SOLICITUD
SOLICITUD
1
DE COMPETICIÓN CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR
CONVOCATORIA DE CANDIDATURAS 3
5
PLIEGO DECONDICIONES ADMINISTRATIVAS 8
PLIEGO DE CONDICIONESTÉCNICAS PARTICULARES
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DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADJUDICACIÓN 21
Mediante el presente anuncio, se efectúa convocatoria del procedimiento negociado con publicidad para la adjudicación de la organización Campeonato de España, conforme a los siguientes datos:
1.-ENTIDAD ORGANIZADORA: RFEC.
Domicilio: X/ Xxxxxx, 00-0x Xxxx. Localidad-código postal: Madrid-28008 Teléfono: 91. 000 00 00
Mail: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx Dirección internet: xxx.xxxx.xxx
Tipo: Convenio de colaboración organización Campeonato de España. Descripción del objeto: Organización Campeonato de España Escolar. Número de expediente: CTO 02/2023
3.-TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO.
Procedimiento: Negociado con publicidad.
Criterios de adjudicación: Una vez cumplida la totalidad de requisitos exigidos por los pliegos de condiciones para la elección de los organizadores que opten al Campeonato de España, la RFEC tendrá en consideración los siguientes criterios:
-El buen historial organizativo de la misma competición u otras pruebas similares realizadas por el organizador.
-Soporte acreditativo de las ayudas económicas institucionales y/o de la FFAA.
-Dossier técnico de las pruebas a celebrar.
-Que la fecha propuesta se adecúe a las previstas para dicho Campeonato.
Importe neto: Según lo establecido en pliego de condiciones técnicas y anexo 1.
5.-REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA.
Requisitos específicos recogidos en pliegos de condiciones.
6.-PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
Fecha límite de presentación: 30 días naturales a contar a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en la web RFEC.
Modalidad de presentación: Por escrito en modelo de solicitud oficial acompañado del dossier técnico de las pruebas a celebrar, así como soporte acreditativo de las ayudas económicas institucionales y/o de la FFAA.
Lugar de presentación: RFEC (Registro General).
SOLICITUD DE COMPETICIÓN
Nombre del Organizador: | |||||
Dirección: | |||||
Población: | Código postal: | ||||
Comunidad autónoma: | |||||
Teléfonos entidad: | a. | b. | E-mail: | ||
Persona de contacto: | |||||
Teléfonos: | a. | b. | E-mail: |
Prueba que solicita:
Nombre de la prueba: | ||
Lugar de celebración: | ||
Dirección completa: | ||
Fecha solicitada: |
Observaciones: | |
CONFORME EL ORGANIZADOR – FIRMADO EN TODAS LAS HOJAS
En Madrid, a 26 xx xxxxxx de 2022
De una parte D. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, con DNI 00000000-X y domicilio a efectos de este documento en X/ Xxxxxx, 00 - 0x xxxxxxx xx Xxxxxx.
De otra parte D. , con DNI y con domicilio a efectos de este documento en .
X. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, comparece en nombre y representación de la Real Federación Española de Ciclismo con CIF Q-2878012-J y domicilio social en la Xxxxx Xxxxxx, 00 - 0x xxxxxxx xx Xxxxxx, en calidad de presidente de la misma. En lo sucesivo, la RFEC.
D. comparece en nombre y representación de
con CIF y domicilio social en
, en calidad de . En lo sucesivo, el Organizador.
Ambas partes, reconociéndose competencia y capacidad legal respectivamente para celebrar el presente contrato
I. Que mediante procedimiento negociado se ha adjudicado la contratación de la organización del CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR, de la cual la RFEC es titular y propietaria exclusiva conforme a lo establecido en sus Estatutos por aplicación de la Ley 10/1990 de 15 de octubre y normas que la desarrollan.
II. Que ambas partes convienen otorgar el presente Contrato para la organización del CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR, conforme a las siguientes,
El Organizador asume la organización directa de la prueba de acuerdo con los términos especificados por la RFEC en este contrato, Pliego de Condiciones Administrativas y Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.
Tendrán la consideración de documentos integrantes de este contrato, además de sus cláusulas, los siguientes documentos con sus estipulaciones y anexo/s:
-Pliego de Condiciones Administrativas.
-Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.
El Organizador presta su conformidad al Pliego de Condiciones Administrativas y al Pliego Condiciones Técnicas Particulares, cuyo contenido declara conocer plenamente, haciendo constar su aceptación incondicional de la totalidad de dichas cláusulas y anexo, sin salvedad alguna, y se somete para cuanto no esté establecido en ellos a las normas del Derecho Privado.
La RFEC percibirá las cantidades económicas indicadas en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y Anexo, destinadas a los conceptos expresados en el citado pliego, incrementadas, en su caso, con las mejoras presentadas.
Las cantidades económicas indicadas en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares destinadas a los conceptos expresados en el citado pliego, incrementadas, en su caso, con las mejoras presentadas, serán abonadas por el Organizador mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la RFEC en los plazos estipulados en el citado pliego.
5.-OBLIGACIONES DEL ORGANIZADOR.
De acuerdo con los términos aceptados por el Organizador en el Pliego de Condiciones Administrativas de contratación, son obligaciones del Organizador:
-El cumplimiento de las disposiciones vigentes que sean de aplicación, y en especial las de materia laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, de seguridad social, fiscal, seguros de RC y accidentes, y cualquier otro exigible legalmente, de protección de datos personales y, en su caso, de protección medioambiental.
-El cumplimiento de plazos e indemnizaciones: el Organizador está obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución del contrato.
-El cumplir con la obligación de aportar los documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de la persona del Organizador.
-Acreditar estar en situación de solvencia económica.
6.-GASTOS EXIGIBLES AL ORGANIZADOR.
Son de cuenta del Organizador todos los gastos de cualquier tipo derivados de la ejecución del contrato, así como los tributos de cualquier clase que graven la operación y, en su caso, los derivados de la formalización del contrato y los gastos del anuncio de la convocatoria.
La RFEC, a través de las personas que designe al efecto, podrá dictar las instrucciones que estime oportunas respecto a la ejecución del contrato de acuerdo con el Pliego de Condiciones Administrativas, Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y documentación complementaria.
8.-CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
El Organizador no cederá o subcontratará los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato sin el consentimiento escrito de la RFEC.
9.-MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
No podrán introducirse modificaciones del contrato que impliquen incremento de las obligaciones económicas, salvo que exista acuerdo escrito de las partes.
Las partes, con expresa renuncia a su fuero propio, se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
Leído que fue el presente contrato por las partes y, en prueba de conformidad, se firma por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados.
Por la Real Federación Española de Ciclismo Por el Organizador
CONFORME EL ORGANIZADOR – FIRMADO EN TODAS LAS HOJAS
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
El contrato con sus cláusulas, junto al Pliego de Condiciones Administrativas y el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y su Anexo, tienen por objeto la adjudicación de la organización del CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR, cuyo titular único de los derechos de organización de competiciones nacionales de ciclismo en virtud de la Ley 10/1990 de 15 de octubre y Estatutos federativos, así como de los derechos de explotación publicitaria es la RFEC.
2.-NATURALEZA DEL CONTRATO, LEGISLACIÓN APLICABLE Y CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO.
El presente Pliego de Condiciones de Administrativas, junto con el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares y su Anexo, revestirán carácter contractual por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario en el mismo acto de la formalización del contrato, quedando sometido para cuanto no esté establecido en ellos a las normas del Derecho Privado.
3.-PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará por el sistema de PROCEDIMIENTO NEGOCIADO al amparo de lo preceptuado por acuerdo adoptado por la Comisión Delegada de la RFEC.
El indicado en el Pliego de Condiciones Técnicas.
5.-PRECIO MÍNIMO DE CONTRATACIÓN A SATISFACER A LA RFEC.
La propuesta económica mínima para tomar parte en el procedimiento negociado, sin incluir impuestos, será la establecida en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares.
6.-REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LA RFEC.
Están facultadas para contratar con la RFEC, las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que cuenten con licencia federativa de Organizador, y se encuentren al corriente de pago en sus obligaciones tributarias y de seguridad social, así como económicas con la RFEC y las FFAA, reuniendo los requisitos y condiciones establecidos en los Estatutos y Reglamentos de la RFEC. Igualmente, deben disponer de los seguros exigidos y estar en posesión de programas de protección de datos personales y de protección medioambiental exigidos por la ley.
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las personas empresarias que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente, y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
1.-La capacidad de obrar de las empresas que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2.-Las personas individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3.-En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
4.-La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
5.-Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación, que podrá ser bastanteado por la Secretaría General de la RFEC.
Para celebrar contratos, deberá el ofertante acreditar que se encuentra en una situación de solvencia por medio de la acreditación de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda.
6.3.-ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, DE SEGURIDAD SOCIAL Y CON LA RFEC.
El Organizador se obliga a presentar certificado de la Administración Tributaria de encontrarse al día de todas sus obligaciones tributarias, así como certificado de la Seguridad Social de encontrarse al corriente del pago de cotizaciones y obligaciones, comprometiéndose a que todo el personal que preste servicios en la organización del Campeonato se encontrará dado de alta en la Seguridad Social, al día del pago de cuotas y de obligaciones salariales y a la comunicación a la RFEC de cualquier incidencia.
Igualmente deberá presentar certificado de encontrarse al corriente de pago de cualquier obligación económica contraída con la RFEC.
6.4.-SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES.
El Organizador afirma contar con la organización preventiva que obligatoriamente le corresponde y estar al corriente de las obligaciones en materia preventiva de accidentes.
El Organizador deberá acreditar estar en posesión del Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro de Accidentes exigidos por la normativa vigente.
6.6.-PROTECCIÓN DE DATOS Y MEDIOAMBIENTAL.
El Organizador deberá acreditar debidamente sus programas de cumplimiento de protección de datos de carácter personal, así como, en su caso, medioambientales.
Los puntos del 6.2 al 6.6 podrán acreditarse presentando declaración responsable.
7.-CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN.
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la RFEC.
Podrán formularse propuestas conteniendo mejoras a lo indicado en el pliego.
El plazo máximo para presentar la propuesta finalizará el viernes 8 de octubre de 2021.
En la fase del procedimiento en la que la RFEC lo requiera, el ofertante propuesto o seleccionado deberá acreditar que reúne las condiciones exigidas para la contratación, aportando los documentos necesarios.
La RFEC efectuará la adjudicación del contrato al ofertante libre y justificadamente elegido a la vista de las proposiciones presentadas, pudiendo declarar desierta la contratación si ninguna de las proposiciones fuera aceptable.
En el supuesto de que el adjudicatario incumpliera las condiciones previstas en el presente pliego previas a la firma del contrato o no suscribiera el mismo, la RFEC adoptará la decisión que corresponda, pudiendo en todo caso, adjudicar la contratación a otro ofertante dentro del mismo procedimiento.
10.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá suscribir el correspondiente contrato dentro de los quince días contados desde la fecha de la notificación de la adjudicación, siendo de su cuenta todos los gastos derivados de la formalización del mismo.
11.-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Al contrato se le aplicarán las normas de derecho privado. Las partes, con expresa renuncia a su fuero propio se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
12.-CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.
El Organizador no cederá o subcontratará los derechos y obligaciones que se derivan del contrato sin el consentimiento escrito de la RFEC.
13.-MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
No podrán introducirse modificaciones del contrato que impliquen incremento de las obligaciones económicas, salvo que exista acuerdo de las partes.
La RFEC podrá acordar la suspensión, por escrito, total o parcial del contrato, por el período de tiempo que se estime conveniente. En tal caso, la RFEC se hará cargo de los daños y perjuicios que puedan haberse ocasionado y que serán pactados mutuamente.
Asimismo, la RFEC tendrá también el derecho de suspender, total o parcialmente, en caso de falta o falla del Organizador en el cumplimiento de sus obligaciones, siendo de igual forma el Organizador responsable de los daños y perjuicios ocasionados.
El contrato se extinguirá por resolución y por conclusión o cumplimiento. Son causas de resolución:
-El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el mismo.
-La suspensión definitiva del mismo acordada por la RFEC.
-La muerte o extinción de la personalidad jurídica del Organizador.
-La declaración de concurso de acreedores del Organizador.
-El mutuo acuerdo entre el Organizador y la RFEC.
Visto el presente PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
DE ORGANIZACIÓN DEL CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR mediante procedimiento negociado, resultando que el mismo ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de la RFEC, esta Secretaría General ha resuelto proponer a la Presidencia de la RFEC la aprobación del mencionado pliego.
En Madrid, a 26 xx xxxxxx de 2022.
El Secretario General El Presidente
CONFORME EL ORGANIZADOR – FIRMADO EN TODAS LAS HOJAS
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
El presente Pliego de Condiciones Técnicas, junto con el Pliego de Condiciones de Administrativas y su Anexo, revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el mismo acto de la formalización del contrato.
El calendario oficial RFEC tiene su máximo punto de interés en la disputa del Campeonato de España, cuya titularidad, así como los derechos de organización y explotación de los mismos, son propiedad exclusiva RFEC.
El Campeonato de España se encuentra incluido en el calendario nacional RFEC, en la clase CN Escolar.
Durante la celebración del Campeonato de España no se disputará ninguna otra prueba oficial de dicha categoría y especialidad coincidente con el mismo.
3.-CALENDARIO, PROGRAMA Y RECORRIDOS.
Las fechas previstas para la disputa del citado Campeonato son las que figuran en el programa de competiciones adjuntado como ANEXO I.
Las categorías de competición y participación se realizarán conforme a lo establecido en los Reglamentos Técnicos RFEC.
El programa de competición oficial podrá sufrir variaciones por causas meteorológicas y/u organizativas que así lo recomienden, siendo debidamente comunicadas.
En cuanto a las características de los recorridos, se aplicará lo establecido en los Reglamentos UCI y RFEC, correspondiendo en su caso al Responsable Técnico RFEC la supervisión y aprobación de los recorridos con la suficiente antelación.
Son derechos del Organizador adjudicatario los siguientes:
1.-El Organizador adjudicatario puede asociar en su prueba el título de Campeonato de España Escolar con el nombre de las firmas comerciales que decida, en los términos establecidos en este acuerdo. El Organizador se pondrá en contacto con RFEC para estudiar las posibles incompatibilidades.
2.-La denominación de la prueba será: Campeonato de España Escolar G.P. ”nombre” (siendo éste el nombre de la población sede o firma comercial que el organizador/adjudicatario decida).
3.-Siendo la RFEC único titular de los derechos sobre el Campeonato, corresponde exclusivamente a ésta la realización de todas las gestiones que procedan para la difusión y explotación publicitaria del Campeonato, sin perjuicio de que el Organizador pueda gestionar aquellos espacios publicitarios en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones, corriendo por cuenta del Organizador cualquier gasto de producción, transporte, mantenimiento e instalación de elementos publicitarios gestionado por éste, todo ello previo consentimiento escrito de la RFEC y conforme a las estipulaciones recogidas en el ANEXO I que recogen los elementos publicitarios a cargo de cada una de las partes.
De la misma manera, de conformidad con lo establecido en el presente pliego, el Organizador puede promocionar, publicitar o comercializar el evento a través de los distintos medios informativos.
Los anuncios en prensa escrita, así como los programas de televisión, radio o cualquier otro acto informativo, con imágenes y/o vídeo encargados por el Organizador y bajo su responsabilidad, se realizarán siguiendo las indicaciones de la RFEC, corriendo a cargo del Organizador los costes de producción, fabricación o publicación de los mismos.
El acto de presentación de la prueba se realizará, en su caso, cuando el Organizador lo considere conveniente, siendo el coste del mismo a su cargo. Al acto deberá ser invitado el Presidente RFEC, que podrá delegar su presencia en la persona que considere oportuna.
Los directivos y técnicos de la especialidad RFEC están a disposición del Organizador para cualquier acción técnica o social, fuera de las propias de las jornada/as de competición, que requiera su presencia, corriendo a cargo del Organizador los gastos que, en su caso, origine xxxxxxxxxxxx.
5.-OBLIGACIONES DEL ORGANIZADOR.
El Organizador asume bajo su entera responsabilidad la organización directa del evento acordado, comprometiéndose a seguir las directrices que establezca la RFEC, a la cual corresponde el control y supervisión del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Organizador para la celebración del evento. A tal efecto, ésta designará un representante que actuará de coordinador e interlocutor para el seguimiento del adecuado cumplimiento del contrato suscrito.
Son obligaciones del Organizador las siguientes:
1.-La inscripción y presentación de la prueba en el calendario RFEC, ante la Federación Autonómica y en los plazos establecidos, de los reglamentos particulares de la prueba conforme a los impresos y procedimientos oficiales RFEC.
2.-El pago de los derechos federativos, seguros y aquellas tasas de ámbito autonómico y estatal que conforme a la clase de la prueba le sean de aplicación, que serán abonados en la forma y plazo que marquen las federaciones correspondientes, así como de cualquier cantidad u obligaciones financieras fijadas en el presente Pliego de Condiciones y Anexo I, en los plazos indicados.
3.-Serán de obligado cumplimiento todas las disposiciones y normas del Reglamento del Deporte Ciclista UCI, las Normativas y Reglamentos RFEC y las de las Federaciones Autonómicas que le fueran de aplicación, con especial observancia en lo que se refiere a los elementos de seguridad activa y pasiva, así como los relativos al marcaje y señalización de los circuitos. El Organizador debe disponer de puesto de auxilio básico, con personal perfectamente identificable que incluya al menos un médico (que no deberá ser en ningún caso el responsable del control antidopaje) y un mínimo de dos unidades de asistencia y evacuación (UVI móvil y ambulancia asistencial). El número de servicios médicos se ajustará al tipo de prueba y las necesidades de la misma.
4.-El Organizador pagará a la RFEC la cantidad reflejada en el ANEXO I, por deportista inscrito en concepto de costes generados por la prestación de servicios de registro de inscripciones en la plataforma designada por la RFEC, que serán descontados de la liquidación de inscripciones.
5.-El Organizador adjudicatario será responsable único de cualquier sanción económica y/o disciplinaria que la UCI y/o el Comité de Competición RFEC pudiera imponer a la prueba, como consecuencia de un incumplimiento de las normas deportivas que le fueran de aplicación. Del mismo modo, será responsable de cualquier sanción, multa x xxxx que pudiera derivarse de la organización de la prueba.
B) ASPECTOS TÉCNICOS DE INFRAESTRUCTURA.
El Organizador, en colaboración con las entidades públicas o privadas que se pudieran determinar, será el responsable de todos los aspectos de infraestructura necesaria para el desarrollo con buen fin de la prueba deportiva, así como de sufragar todos los costes que ello suponga.
Serán por cuenta del Organizador la obtención de los permisos administrativos, públicos, privados y federativos necesarios para la realización de la prueba, la instalación de la publicidad propia, de los elementos de señalización y/o marcaje y utilización de equipos de megafonía, y en su caso los relativos a los derechos de autor.
El Organizador dispondrá del personal necesario para el montaje y desmontaje de la infraestructura propia, el montaje de la señalización y marcaje del recorrido, el control xx xxxxxxx y la limpieza posterior del circuito y sus alrededores.
El Organizador garantizará el suministro de energía eléctrica destinado a la oficina permanente, a la línea de salida y meta y a la zona expo RFEC, que garantice el suministro eléctrico para la alimentación de los equipos informáticos de gestión de inscripciones y/o cronometraje, así como los publicitarios y comerciales.
C) ASPECTOS DE PUBLICIDAD E IMAGEN Y DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL.
El Organizador será responsable de la elaboración e instalación de los elementos de publicidad e imagen relacionados en el ANEXO I, así como de la devolución a la RFEC de aquellos que pudieran ser proporcionados por ésta, con portes pagados, una vez finalizado el Campeonato.
El Organizador se compromete a utilizar los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial RFEC, en todas las campañas de publicidad y comunicación que lleve a cabo, en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones, y debiendo contar en todo caso con la autorización previa RFEC antes de iniciar cualquier campaña de publicidad o comunicación.
El Organizador y RFEC se autorizan, recíprocamente, para la utilización de los Derechos de Propiedad Intelectual e industrial de los que sean titulares respectivamente a los exclusivos efectos de poder dar debido cumplimiento al pliego de condiciones.
El Organizador no usará los Derechos de Propiedad Intelectual de los que sea titular de ninguna manera que comprometa o influya desfavorablemente en el buen nombre, en el fondo de comercio, en la reputación y en la imagen de la titular de estos derechos o de la propia RFEC y sus patrocinadores.
En lo que se refiere a la utilización de los Derechos de Propiedad Intelectual, industrial o derechos de imagen de terceros por patrocinios del Organizador, cuando fueran autorizados por la RFEC, éste se compromete a recabar los debidos consentimientos y las autorizaciones que resulten precisas a fin de poder dar cumplimiento al presente pliego de condiciones, manteniendo en todo caso indemne a la RFEC de cualquier reclamación que pudiera originarse por este motivo.
6.-DERECHOS DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CICLISMO.
La RFEC se reserva los siguientes derechos:
A) La realización de todas las gestiones que procedan para la difusión y explotación publicitaria del Campeonato, como único titular de los derechos sobre el mismo, sin perjuicio de que el Organizador pueda gestionar aquellos espacios publicitarios en los términos establecidos en el presente pliego de condiciones y previo el consentimiento por parte de la RFEC, conforme a las estipulaciones del ANEXO I que recoge la distribución de los elementos publicitarios a cargo de cada una de las partes.
B) El diseño íntegro del maillot de líder de cada una de las categorías y todos sus espacios publicitarios.
C) La invitación al acto de imposición de maillot de líder de las distintas categorías es propiedad exclusiva de la RFEC, pudiendo en su caso ceder éste total o parcialmente al Organizador. Este aspecto se comunicará con la debida antelación para favorecer el protocolo de entrega de premios ytrofeos.
D) Con el fin de valorar previamente las condiciones técnicas, deportivas y de seguridad de las distintas pruebas, un técnico de la RFEC podrá, si lo considera oportuno, realizar una visita antes de la fecha fijada para la celebración de la prueba, donde verificará los aspectos anteriormente mencionados.
Correrán a cargo de la RFEC las siguientes obligaciones:
A) Coordinación de todo lo referido a la elaboración y aprobación de los reglamentos particulares del Campeonato, así como la supervisión de los recorridos, prestando asesoramiento técnico y administrativo al Organizador adjudicatario para la preparación y desarrollo de la prueba. En la fecha de celebración de la prueba, y en el día previo, un técnico de la RFEC en la función de Delegado RFEC podrá acudir al evento, para ejercer las labores de coordinación, prestar cuanta ayuda técnica precise tanto el Organizador adjudicatario como el Jurado Técnico acreditado, así como asesorar al Jurado Técnico acreditado, si éste lo requiere.
B) Publicitar el CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR con el nombre particular de la prueba, en sus propios medios, a través de la web oficial xxx.xxxx.xxx, e informando con anterioridad a los medios interesados con la máxima amplitud, en coordinación con el jefe de prensa del Campeonato.
C) Aportará e impondrá todos los maillots de campeones a los titulares, así como las medallas a los tres primeros clasificados, aunque podrá delegar estos compromisos en otras personas.
D) A la firma del presente acuerdo, la RFEC le hará entrega al Organizador de la documentación que acredite ser adjudicatario del CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR.
E) La gestión de registro de inscripciones de participantes en la competición a través de la aplicación informática dispuesta al efecto por la RFEC.
8.-CONDICIONES ECONÓMICAS Y FORMA DE PAGO.
1.-Corresponderá al Organizador el abono a la RFEC en concepto de adjudicación de la organización del Campeonato, tasas federativas, costes arbitrales y servicios prestados por la RFEC por el importe señalado en el ANEXO I.
2.-Las tasas federativas autonómicas vigentes en cada momento serán de cuenta del Organizador.
Los plazos y cantidades por cuenta del Organizador serán abonadas a la RFEC mediante transferencia bancaria a la cuenta designada o cheque nominativo, de la siguiente forma:
-1er Plazo 1/3 a la firma.
-2º Plazo 1/3 a la presentación y tramitación de los reglamentos para su aprobación.
-3er Plazo 1/3 al cierre de las inscripciones según se reseña en la Normativa Técnica vigente.
Si por causa del Organizador la prueba no llegara a celebrarse, los pagos realizados no serán reembolsados al Organizador quedando en beneficio de la RFEC en concepto de indemnización por daños y perjuicios como cláusula penal.
La RFEC liquidará mediante transferencia a la cuenta bancaria designada por el Organizador, en la semana siguiente a la celebración de la prueba, las tasas de inscripción recaudadas por el servicio de gestión de inscripciones.
Visto el presente PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DEL CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR mediante procedimiento
negociado, resultando que el mismo ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de la misma, esta Secretaría General ha resuelto proponer a la Presidencia de la RFEC la aprobación del mencionado pliego.
En Madrid, a 26 xx xxxxxx de 2022.
El Secretario General El Presidente
CONFORME EL ORGANIZADOR – FIRMADO EN TODAS LAS HOJAS
ANEXO I AL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1.-FECHAS DE CELEBRACIÓN DEL CAMPEONATO.
El Campeonato se celebrará en la localidad de , durante los días a de de 2023.
Programa de competiciones: provisto por la RFEC.
Serán por cuenta del Organizador:
DORSALES Y PLACAS. Dorsales y placas para los corredores y sus bicicletas en las cantidades que se determinen, con un espacio en blanco para la publicidad reservada al patrocinador, así como los elementos de sujeción necesarios para ambos (bridas e imperdibles).
PADOCK - APARCAMIENTO. Habilitará una zona de aparcamiento diferenciada, limitada y gratuita para las selecciones autonómicas. Corresponde al Organizador la recepción de solicitudes y gestión de espacio para la instalación de los elementos que cada Federación Autonómica vaya a instalar.
SPEAKER. Con experiencia previa en este tipo de eventos, poniéndose de acuerdo con la RFEC para la publicación de las cuñas publicitarias.
OFICINA PERMANENTE Y PRENSA. Acondicionamiento de una oficina permanente, que incluya varias salas de reuniones (una de ellas para el comité organizador y otra para el colegio de comisarios), y que cuenten con los elementos necesarios para realizar las labores de las personas implicadas (mobiliario, ordenador, fotocopiadora, línea de teléfono, conexión a internet), así como el personal para atenderlo, incluyendo un director de oficina. Estas salas estarán abiertas y en funcionamiento desde la víspera del Campeonato hasta el mismo día de finalización del mismo, garantizando su horario el correcto cumplimiento de las funciones. Se ubicará en el lugar más próximo al recorrido del Campeonato.
3.-DISTRIBUCIÓN EN EL CAMPEONATO DE LOS ELEMENTOS PUBLICITARIOS A CARGO DEL ORGANIZADOR.
Serán por cuenta del Organizador:
CARTEL OFICIAL. Diseño del cartel oficial. La RFEC deberá validar el diseño, enviando al Organizador el logo del Campeonato y RFEC.
CARTELERÍA Y PANCARTAS. Se reservará en la zona de salida/meta del Campeonato espacio suficiente para la instalación de cartelería y pancartas de los patrocinadores comerciales e institucionales con los que RFEC mantiene convenio.
PROGRAMA OFICIAL/PAPELERÍA/ACREDITACIONES/DOCUMENTACIÓN.
PRENSA, VÍDEO Y FOTOGRAFÍA. El Organizador se responsabilizará de la dirección de la oficina y servicio de prensa, vídeo oficial y fotografía del Campeonato, disponiendo de un fotógrafo y empresa audiovisual que facilitarán imágenes y fotografías de la competición bajo las indicaciones RFEC. Dichas imágenes pasarán a formar parte del archivo documental RFEC para su uso durante la prueba y posteriormente cuando se estime oportuno para la promoción del ciclismo. Asimismo, desde la RFEC también podrán tomarse fotografías para su difusión, pudiendo tener su propio personal de comunicación en el Campeonato.
SEÑALIZACIÓN INFORMATIVA. Se establecerá una señalización vial en toda la zona del Campeonato que informe, de forma permanente durante la duración del mismo, de los principales puntos de interés: oficina permanente, acceso a los recorridos, salidas de la ciudad, etc., contando y siendo única y exclusiva responsabilidad del Organizador el disponer de todos los permisos y autorizaciones que sean requeridos.
IMAGEN DEL PODIO Y PUENTE DE META. Crear la lona de podio y puente de meta con el diseño que incluya los logos de los patrocinadores comerciales e institucionales con los que RFEC mantiene convenio. El Organizador deberá enviar el diseño a la RFEC para su aprobación.
IMAGEN DE LA ZONA DE META. Respetando el espacio reservado para la RFEC que se muestra en la siguiente imagen.
4.-CRONOMETRAJE E INFORMÁTICA.
El establecimiento y control del cronometraje electrónico, en conexión con un sistema informático para la confección de clasificaciones de forma automática, será proporcionado por la RFEC. Este servicio será prestado por una empresa de calidad contrastada e indudable prestigio en el ámbito de este tipo de competiciones.
Corresponderá al Organizador:
1.- A excepción de los servicios de cronometraje e informática y servicios arbitrales que serán asumidos por la RFEC; corresponderá al Organizador el resto de los costes asociados a la organización completa de las pruebas que componen el Campeonato, incluyendo el personal necesario para el buen desarrollo organizativo y de seguridad.
2.- El pago de una penalización económica de 10.000€ en caso de suspensión de la prueba por causa no imputable a la RFEC.
Visto el presente ANEXO I AL PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ORGANIZACIÓN DEL CAMPEONATO DE ESPAÑA ESCOLAR mediante
procedimiento negociado, resultando que el mismo ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de la RFEC, esta Secretaría General ha resuelto proponer a la Presidencia de la RFEC la aprobación del mencionado pliego.
En Madrid, a 26 xx xxxxxx de 2022.
El Secretario General El Presidente
CONFORME EL ORGANIZADOR – FIRMADO EN TODAS LAS HOJAS
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADJUDICACIÓN
D. , con DNI y domicilio en
, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la
entidad
.
con NIF a la cual represento en calidad de
Ante la RFEC y para la resolución del expediente relativo a:
(CONSIGNAR PRUEBA Y AÑO POR EL QUE SE SOLICITA)
Que ni el firmante de la declaración ni, en su caso, la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en los Estatutos, la normativa general deportiva de la RFEC, o en el pliego de condiciones de la actividad solicitada, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en la indicada referencia normativa.
Asimismo y de forma expresa, se hace constar que la persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y cumple las disposiciones legales vigentes en materia de aseguramiento de accidentes y RC, protección de datos personales, así como que dispondrá de la solvencia necesaria y de las autorizaciones administrativas pertinentes para la celebración de la prueba a la que opta.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en Madrid, a 26 xx xxxxxx de 2022.