ACUERDO DE CERTIFICACIÓN GLOBALG.A.P. Código: PO.01-F11S V: 02
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ACUERDO DE CERTIFICACIÓN GLOBALG.A.P. |
Código: PO.01-F11S |
V: 02 |
Fecha de Vigencia: 2023-09-29 |
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En la ciudad de Bogotá D.C., se suscribe el presente Acuerdo de Certificación de Conformidad GLOBALG.A.P. (en adelante “el Acuerdo”) entre XXXXX COLOMBIA S.A.S., sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, domiciliada en Bogotá D.C., identificada con NIT 900429938-0, representada en este acto por Representante Legal LCO, mayor de edad e identificado como aparece al pie de su firma, actuando en calidad de representante legal (en adelante “XXXXX”); y Razón social organización domiciliada en Ciudad, País, identificada con Tipo de documento Número, representada en este acto por Representante Legal Cliente, mayor de edad e identificado como aparece al pie de su firma, actuando en calidad de representante legal (en adelante el “CLIENTE”), previas las siguientes.
CONSIDERACIONES
XXXXX xxxxxx servicios de certificación de productos, instalaciones, obras, sistemas de gestión de calidad y de gestión ambiental (en adelante “Productos”), como Organismo de Evaluación de la Conformidad, siempre y cuando cumplan con las normas, reglamentos técnicos, resoluciones, requisitos de certificación y disposiciones que resulten aplicables, incluyendo el Decreto 1074 de 2015 o cualquiera que lo modifique o adicione, (en adelante “las Normas”), y con los requisitos establecidos por las autoridades competentes, en el caso que apliquen.
El CLIENTE cuenta con uno o varios productos respecto de los cuales requiere Certificación por lo que presentará solicitud para iniciar procedimiento de evaluación de la conformidad atendiendo los servicios prestados por LENOR (en adelante la “Solicitud”).
Este Acuerdo tiene por objetivo establecer las condiciones y requisitos necesarios para que XXXXX adelante el proceso de certificación del productor y otorgue la respectiva certificación, y cuando corresponda, la autorización del uso de las marcas de conformidad, fijando los derechos y obligaciones de las partes.
La suscripción de este Acuerdo no implica la obligación xx XXXXX de emitir un Certificado de Conformidad en los eventos en que el productor no evidencie el cumplimiento de las normas establecidas tanto a nivel internacional como nacional, que le resulten aplicables.
En consecuencia, las partes convienen celebrar el presente Acuerdo que rige los servicios prestados por XXXXX y solicitados por el CLIENTE, conforme las siguientes.
CLÁUSULAS
OBJETO Y DEFINICIONES.
Por medio del presente Acuerdo se establecen los lineamientos y términos generales del servicio de Certificación prestado por XXXXX, que deberán ser atendidos por el CLIENTE en su Solicitud y que regirán la Evaluación de la Conformidad, el procedimiento de Certificación (en adelante “el Procedimiento”), el otorgamiento o no del Certificado de Conformidad (en adelante “el Certificado”) por parte xx XXXXX respecto al proceso de producción presentado por el CLIENTE, y el uso de las marcas de conformidad (en adelante “Marca de Conformidad”).
A los términos utilizados en este documento con iniciales en letra mayúscula les resultan aplicables las definiciones que aquí se indiquen y aquellas contempladas en las Normas que rigen la actividad de certificación en Colombia y, especialmente, las del artículo 2.2.1.7.2.1. del Decreto 1074 de 2015 o de las normas que lo adicionen o modifiquen.
CONDICIONES DE USO DE LA CERTIFICACIÓN.
El CLIENTE que ha obtenido autorización para el uso de los certificados otorgados por LENOR puede utilizar la marca de conformidad siguiendo las disposiciones que se indican en los documentos normativos GLOBALG.A.P. El CLIENTE no puede hacer ninguna publicidad sobre el certificado hasta después de su aprobación. El incumplimiento a esta disposición puede causar la negación del certificado o su aplazamiento.
El CLIENTE puede utilizar el sello o marca de conformidad siguiendo las disposiciones que se indican a continuación:
En su publicidad:
Con la razón social del CLIENTE.
Con el GGN
Dentro del período de validez del certificado
En documentos, avisos y otros medios publicitarios con una clara descripción del alcance de la Certificación.
En caso de existir dudas sobre el contenido autorizado para la publicidad, el CLIENTE puede consultar previamente con XXXXX sobre el contenido de la misma.
En el producto:
La colocación de la marca de conformidad sobre el producto, cuando sea aplicable, debe realizarse de acuerdo con lo establecido en los documentos normativos de GLOBALG.AP.
En el caso de las Certificaciones GLOBALG.A.P., la marca de conformidad nunca deberá figurar en el producto, en el envase final ni en el punto de venta.
El CLIENTE solo puede hacer publicidad del certificado, después de su aprobación. En caso de suspensión o cancelación del certificado, el Cliente no podrá hacer uso de los sellos o marcas de conformidad.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
Obligaciones del CLIENTE. El CLIENTE se obliga a observar y cumplir los siguientes lineamientos y obligaciones:
El CLIENTE debe cumplir los requisitos del esquema GLOBALG.A.P., para el cual solicita y/o es titular de la certificación y de todos aquellos específicos relacionados con dicho esquema y los establecidos en este reglamento.
Firmar por un representante legal autorizado, el Acuerdo en señal de aceptación de la propuesta y condiciones de la Certificación indicadas en el presente documento.
Suministrar la documentación necesaria, registros e información requerida por el evaluador y/o el equipo evaluador, para la preparación de la evaluación y la elaboración del plan de auditoria con la oportunidad requerida antes de cada evaluación y presentar las evidencias válidas que permitan demostrar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el esquema de certificación para la certificación del producto.
Asegurar el libre acceso xx XXXXX a todos los sitios y documentos correspondientes a las actividades para las cuales solicita/obtiene la Certificación y nombrar una persona responsable para la coordinación de las actividades de la auditoria con XXXXX. En relación con lo anterior, todos los sitios de manejo y almacenamiento del producto se consideran una extensión de los sitios que se encuentran dentro del alcance de la Certificación, siendo el CLIENTE el responsable del cumplimiento de este documento.
Cuando el CLIENTE que solicita la certificación no posee la propiedad de la unidad de producción registrada para la certificación, debe contar con un contrato con el propietario de la unidad productiva, que garantice que LENOR puede llevar a cabo la auditoria, sin problema alguno y que el CLIENTE que solicita la certificación es el responsable directo del proceso productivo y las decisiones que sobre este se tomen.
El CLIENTE debe permitir la participación de equipos evaluadores tanto de organismos de acreditación como de GLOBALG.A.P., en las evaluaciones que dichos organismos seleccionen. No se requiere informar previamente al CLIENTE de la participación de los evaluadores de organismos de acreditación y/o GLOBALGA.P..
Nota. Los miembros del equipo evaluador del Organismo de acreditación no desarrollan actividades tales como: intervenciones relacionadas con el proceso de evaluación, reporte de incumplimientos, toma decisiones relacionadas con los resultados de la evaluación e informe de resultados de evaluación al CLIENTE.
El CLIENTE debe pagar, dentro de los plazos estipulados, las facturas que XXXXX presente, por concepto de los servicios de evaluación y certificación y demás correspondientes.
Pagar dentro de los plazos estipulados, los honorarios y gastos que XXXXX le formule por las actividades correspondientes a la gestión del certificado. Las tarifas correspondientes son establecidas y comunicadas cada año por XXXXX, durante el tiempo de vigencia del certificado.
Nota. XXXXX podrá abstenerse de entregar el certificado de otorgamiento, mantenimiento, reactivación y renovación o por cualquier otro concepto al CLIENTE, en caso de que este no se encuentre totalmente x xxx y salvo.
XXXXX podrá incrementar el valor definido en las facturas en los siguientes casos:
Por el cambio en los acuerdos inicialmente definidos en la oferta de certificación.
Por la identificación de diferencias en los detalles suministrados inicialmente x XXXXX para determinar los valores del contrato.
Por repeticiones de la evaluación o de las actividades debido a los procedimientos de registro y reglas que no se estén cumpliendo por parte del CLIENTE.
Por el desarrollo de actividades adicionales debido a la suspensión, cancelación y/o reactivación de un Certificado.
Por la ejecución de evaluaciones extraordinarias o complementarias.
Por la realización de actividades que afecten el alcance certificado, los cuales deben ser necesariamente notificados por el CLIENTE.
XXXXX se reserva el derecho de incrementar los costos durante el periodo de vigencia del contrato, teniendo en cuenta que el valor definido inicialmente se basa en la tarifa vigente a la firma del contrato. Cualquier incremento en el valor de la Certificación será notificado al CLIENTE.
El CLIENTE debe garantizar que no va a reproducir parcial o totalmente los documentos suministrados por XXXXX, ni va a permitir el acceso a estos documentos por parte de terceros, salvo autoridades competentes, organismo de acreditación o GLOBALG.A.P..
El CLIENTE debe informar x XXXXX con un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del cambio, acerca de las modificaciones que puedan afectar la producción del producto, el alcance del Certificado o alguna de las siguientes situaciones:
Cambios en la razón u objeto social.
Cambios en la dirección de contacto o los sitios permanentes bajo el alcance de la Certificación.
Cambios en la información de contacto con XXXXX: Representante, dirección, teléfonos, entre otros.
Situaciones adversas durante la producción o con el producto que afecten la integridad, seguridad, salud o la vida de las personas o de otros seres vivientes.
Cambios en el sistema de producción que pueda afectar la conformidad con la norma.
Fusión, escisión, liquidación, toma de control, cesión de acciones y en general cualquier otra operación que implique un cambio en la naturaleza jurídica del CLIENTE o de su propiedad.
Intervención judicial o administrativa, inicio de investigaciones por autoridad competente o sanciones impuestas por autoridad competente.
Cese voluntario u obligatorio de actividades, o cierre temporal o definitivo decidido por el CLIENTE u ordenado por la autoridad competente.
Recogidas de producto xxx xxxxxxx. Esta notificación se debe realizar x XXXXX desde el inicio de la recogida.
Nota. Los cambios que realice el CLIENTE sin consentimiento ni aceptación xx XXXXX y que sean de tal naturaleza que modifiquen las condiciones de la autorización de uso del certificado, dan lugar automáticamente a la suspensión del mismo. En caso de fusión, liquidación o absorción del CLIENTE, compra o venta, todos los derechos de uso del Certificado se pierden.
De acuerdo con lo anterior, XXXXX se reserva el derecho de realizar evaluaciones extraordinarias, para verificar el cumplimiento de los requisitos de la Certificación, lo cual puede ocasionar la modificación, suspensión o retiro del certificado. La suspensión no dará lugar a la extensión del certificado.
El CLIENTE debe informar al evaluador líder acerca de los riesgos a los cuales se expone y las normas que el equipo evaluador debe cumplir en las instalaciones del CLIENTE o bajo el control del CLIENTE, con el fin de prevenir daños a la integridad de las personas.
Mantener mientras esté vigente la certificación, registro o evidencias de lo indicado a continuación:
Las quejas o reclamaciones de las partes interesadas aplicables según los requisitos, así como del tratamiento dado a los mismos incluyendo las correcciones y acciones correctivas pertinentes.
Los retiros del producto.
Las investigaciones y las sanciones impuestas por la autoridad competente por incumplimiento de requisitos legales o reglamentarios aplicables en el alcance de la Certificación.
Permitir que XXXXX tenga accesible al público o proporcione a petición, la información relativa a las certificaciones otorgadas, suspendidas o retiradas. Si por razones excepcionales, el CLIENTE considera que el acceso a esta información debe ser limitado, debe notificar y justificar x XXXXX. (Estas justificaciones deben ser validadas por XXXXX).
Cuando se presenten incumplimientos durante la evaluación, entregar las correcciones y planes de acción adecuados para la aprobación por el evaluador líder xx XXXXX, xxxxxx cinco (5) días calendario después de finalizada la evaluación de campo. En los casos en que el evaluador solicite ajustes a los planes de acción propuestos por el CLIENTE, éstos deben realizarse en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles. La aprobación definitiva de los planes de acción y evidencias de cierre correspondientes a las no conformidades es máximo veintiocho (28) días calendario a partir de la finalización de la evaluación de campo para el caso de renovaciones y seguimientos no anunciados. En caso de incumplimiento de los plazos antes mencionados, XXXXX procede a la suspensión del certificado. Para el caso de otorgamiento o evaluación inicial el cliente cuenta con noventa (90) días calendario después de la finalización de la evaluación en campo para la aprobación de los planes de acción y envío de evidencias para el respectivo cierre de no conformidades, de no cumplirse este plazo, se deberá realizar una nueva evaluación.
Nota. La presentación de los planes de acción no necesariamente es aplicable para los incumplimientos menores que se presenten cuando una Organización ha obtenido el 95% de cumplimiento de requisitos menores el día de la evaluación. En este caso, la presentación de los planes de acción correspondientes es una decisión del CLIENTE.
Suministrar x XXXXX, dentro de los plazos establecidos, la información pertinente a investigaciones iniciadas por la autoridad competente y permitir investigar las quejas que sean reportadas x XXXXX.
Suministrar la información que XXXXX le solicite dentro de los plazos establecidos. No entregara x XXXXX de manera oportuna la información solicitada es causal de sanciones.
Para llevar a cabo la renovación del certificado, el Cliente debe solicitarla con mínimo tres (3) meses de anterioridad de la fecha de vencimiento, a través del formulario suministrado por XXXXX. Esta actividad es condición necesaria para que XXXXX pueda programar la evaluación de renovación. La fecha de realización de esta evaluación debe permitir x XXXXX tomar la decisión de renovación antes de la fecha de vencimiento del certificado.
El CLIENTE debe renunciar a cualquier acción legal en contra xx XXXXX por la suspensión o cancelación del certificado. Así mismo, el CLIENTE no podrá seguir utilizando el certificado ni usar el logo-símbolo de la marca de conformidad para ningún fin a partir de la fecha en que le sea notificado por escrito o por cualquier otro medio la suspensión o cancelación del certificado. En caso de que el CLIENTE siga utilizando el certificado o el logo-símbolo, LENOR puede iniciar las acciones legales correspondientes y exigirle el pago de los derechos y compensaciones por uso indebido del certificado o marca de conformidad.
No utilizar el sello o marca de conformidad otorgada por XXXXX de manera que pueda ocasionar un daño reputacional para XXXXX. No colocar el logo-símbolo de la marca de conformidad otorgada por XXXXX para producciones realizadas en sitios no aprobados por XXXXX. El derecho de uso del certificado es intransferible, en caso de que el CLIENTE transfiera de manera total o parcial la producción certificada, debe informar con antelación x XXXXX, para decidir sobre la continuidad del certificado.
En caso de incumplimiento de los requisitos GLOBALG.A.P. el CLIENTE debe:
Dar tratamiento, conforme lo establece la ley y el prudente actuar, a las unidades no conformes que se encuentren en el mercado, estén o no en poder de los consumidores.
Aceptar y efectuar la recolección, retiro y destrucción del producto cuando las unidades observadas impliquen peligros o riesgos para los bienes o la vida de las personas y otros seres vivientes. Esta disposición podrá hacerse extensiva a todo el lote de producto no conforme y a los productos que están en el mercado. Así mismo, de acuerdo con la gravedad de la falla y sus implicaciones sobre la seguridad de los consumidores o usuarios del producto; el CLIENTE debe publicar un aviso de prevención en un medio de circulación masiva.
Asumir la responsabilidad sobre las garantías que le corresponden a la empresa conforme con la ley.
Asumir la responsabilidad legal exclusiva frente a terceros por los daños y perjuicios que pudiera derivarse por el incumplimiento del presente documento.
Hacer la implementación requerida para demostrar la conformidad, cuando se presenten cambios en el referencial o en los requisitos de la Certificación o en ambos.
Los evaluadores de integridad de GLOBALG.A.P. tendrán derecho a participar, previo aviso, en las auditorías realizadas por LENOR, FoodPLUS GmbH correrá con los gastos que se requieran.
Obligaciones xx XXXXX. XXXXX se obliga a observar y cumplir los siguientes lineamientos y obligaciones:
Tratar de manera confidencial toda la información y los documentos obtenidos del CLIENTE, en relación con las actividades desarrolladas para la gestión de la certificación y usarla solamente para los fines relacionados con la certificación. En caso de que una autoridad administrativa o legal requiera información relacionada con el CLIENTE, XXXXX lo informará al CLIENTE, para que este otorgue la autorización.
Verificar que se cumple con los requisitos especificados por GLOBALG.A.P., de este y los demás documentos aplicables. La certificación no exime al CLIENTE de su responsabilidad de cumplir con la legislación legal vigente y suministrar productos que cumplan los requisitos aplicables. La certificación otorgada por LENOR no sustituye las obligaciones asignadas a los organismos de control, según sus competencias.
Entregar los informes de las evaluaciones realizadas, y comunicar al CLIENTE cualquier decisión tomada en relación con el otorgamiento, seguimiento, reactivación, renovación, suspensión, cancelación y cualquier otra decisión frente al certificado.
Enviar al CLIENTE el informe correspondiente máximo cinco (5) días después de haber finalizado el servicio y de haber aprobado el proceso de evaluación a satisfacción, es decir después de la toma de decisión de la certificación.
Informar a las organizaciones titulares sobre los cambios en los requisitos de certificación y sobre su entrada en vigencia.
Colaborar activamente con GLOBALG.A.P. en la gestión de las reclamaciones relacionadas con XXXXX o con los productores que hayan programado sus servicios.
La secretaría GLOBALG.A.P. puede instruir x XXXXX para que lleven a cabo auditorías adicionales, anunciadas o no anunciadas, o visitas en el sitio para investigar las reclamaciones.
Cuando LCO sea notificado por GLOBALG.A.P con tarjeta roja después de una evaluación CIPRO o ha perdido la aprobación de GLOBALG.A.P debe informar (por medio de una carta escrita) al cliente sobre su derecho a solicitar que LCO anule el acuerdo de sublicencia y certificación GLOBALG.A.P. dentro de los cinco días laborales siguientes a la pérdida de la aprobación de GLOBALG.A.P. Tras la solicitud de un productor, LCO debe permitir y facilitar el traslado del productor a otro OC para evitar lagunas en la certificación. Si LCO no lo hace, la secretaría GLOBALG.A.P. debe informar a los productores utilizando los datos de contacto registrados en los sistemas TI GLOBALG.A.P. y permitir que los productores se trasladen a otro OC.
PERIODO DE LA CERTIFICACIÓN.
El otorgamiento del certificado está condicionado al cumplimiento por parte del productor/grupo de productores solicitante, de todos los requisitos aplicables establecidos en este reglamento, sus anexos y en los documentos normativos correspondientes. La vigencia de los certificados es de un (1) año. El periodo de la vigencia de la certificación puede extenderse de acuerdo con las disposiciones particulares, establecidas en los documentos normativos correspondientes. En este caso, XXXXX informará las condiciones para realizar la extensión de la vigencia del certificado. Se aclara que el periodo de vigencia de la certificación puede extenderse, sin embargo, el ciclo de certificación anual no es modificable.
En todos los casos, durante el periodo de extensión debe concluirse el proceso de renovación del certificado, de lo contrario el titular quedará sin certificación hasta tanto el nuevo certificado sea aprobado. La solicitud de la extensión de la vigencia del certificado implica el pago de las regalías aplicables y derechos de certificación para el ciclo de certificación siguiente, independientemente del resultado de la evaluación de renovación.
EVALUACIONES EXTRAORDINARIAS.
XXXXX puede realizar evaluaciones extraordinarias cuando se presente alguna o varias de las siguientes situaciones:
Cambios en requisitos legales o reglamentarios que podrían afectar el estado de cumplimiento del Cliente.
Cambios en la estructura organizacional, los procedimientos, las operaciones, las actividades o sitios de producción, lo cual podrá, a juicio xx XXXXX, conllevar una suspensión temporal del certificado.
Cambio o transferencia de la empresa a otros propietarios.
Por solicitud del comité de certificación.
Cambio en el diseño del producto o el proceso de producción
Por resultados de reposiciones o apelaciones.
Quejas o reclamos de los clientes o de otras partes interesadas que afecten el alcance de la certificación y que de acuerdo con su magnitud e impacto lo ameriten.
El valor correspondiente de estas evaluaciones y los gastos ocasionados por las mismas, estarán a cargo del CLIENTE de acuerdo con su duración.
SANCIONES.
Las infracciones a las condiciones indicadas en el presente reglamento darán lugar a sanciones y dependiendo de la gravedad de las mismas, podrán ser:
Amonestación escrita con el requerimiento de que cesen las infracciones en un plazo determinado.
Amonestación escrita acompañada de una evaluación extraordinaria.
Penalización económica del 30% del valor correspondiente a la evaluación notificada y programada, en caso de no recibirla o en caso de requerir reprogramación, con menos de cinco (5) días de anticipación a la prestación del servicio. Se exceptúan de esta penalización las solicitudes de reprogramación por motivos de fuerza mayor.
Por xxxx mayor a sesenta (60) días en el pago de los servicios de evaluación establecidos contractualmente o por no cumplir los acuerdos de pago. En estos casos XXXXX podrá suspender la realización de la evaluación de seguimiento o renovación y en consecuencia el certificado queda en estado suspendido hasta tanto el CLIENTE cancele las obligaciones pendientes. Definida la suspensión del certificado por xxxx en el pago, se dará un plazo máximo de treinta (30) días antes de proceder con su cancelación si el valor el valor de la deuda no es saldado.
La infracción a las condiciones indicadas en el presente documento.
No recibir las evaluaciones de seguimiento programadas.
La no aceptación de la realización de una evaluación extraordinaria.
Porque el titular del certificado se encuentre sancionado por investigaciones judiciales o administrativas, por la práctica de actividades ilícitas, por la afectación injustificada de derechos de terceros o por incurrir en actividades que atenten contra la imagen xx XXXXX o de las actividades de certificación. Estos criterios serán validados conforme a los parámetros y comités designados para el efecto, al interior xx XXXXX.
Resultar el CLIENTE titular del certificado condenado judicialmente por cualquiera de los hechos descritos en el literal anterior. Este criterio será validado conforme a los parámetros y comités designados para el efecto, al interior xx XXXXX.
QUEJAS Y APELACIONES.
Quejas y reclamos.
Si a juicio del CLIENTE, existen aspectos de insatisfacción con el servicio de certificación GLOBALG.A.P. que xxxxxx XXXXX, el CLIENTE puede presentar la queja o reclamación correspondiente con las evidencias que a su juicio sustentan la insatisfacción a través de cualquier sistema de comunicación, XXXXX investiga la queja o reclamación de acuerdo con los procedimientos establecidos para tal fin y le responde formalmente al CLIENTE. Si la investigación de la queja o reclamación implica incumplimiento de los requisitos establecidos por XXXXX en sus procedimientos, se definen las correcciones pertinentes.
Trámite de reposiciones y apelaciones.
Las decisiones tomadas por XXXXX respecto a la certificación son susceptibles del recurso de reposición, el cual debe ser presentado por el CLIENTE ante XXXXX, y cuyo trámite se lleva a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido por XXXXX. Esta reposición debe ser presentada por el CLIENTE, con las evidencias que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la notificación de la decisión tomada. Si transcurrido este plazo el CLIENTE no presenta por escrito la reposición, se entiende que acepta dichas decisiones sin lugar a posteriores reclamaciones judiciales o extrajudiciales.
XXXXX responderá la reposición en un plazo de máximo quince (15) días hábiles luego de haberse recibido la comunicación de la reposición.
MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD.
El CLIENTE acepta de manera libre, voluntaria y espontánea, que ha contratado los servicios xx XXXXX sin ningún tipo de presión, condicionamiento o afectación a su voluntad, además de que no recibió promesa remuneratoria, de beneficio, compensación, premio o trato preferencial respecto de los servicios que ha contratado con XXXXX, razón por la que incondicional e irrevocablemente renuncia a reclamar xx XXXXX el reconocimiento de derechos o cualquier otra contraprestación ajena a las estipulaciones del servicio contratado.
El CLIENTE utilizará la información que le suministre XXXXX, inclusive el informe de evaluación, de conformidad con las políticas que sobre su propiedad intelectual ha establecido XXXXX, por lo tanto, se prohíbe y el CLIENTE acepta que no grabará ni reproducirá por ningún medio audiovisual o fotostático ni las evaluaciones, conferencias o documentos propiedad xx XXXXX.
Parámetros contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Con la aceptación y contratación de los servicios ofrecidos por XXXXX, regidos por el presente documento, estarán sometidos a estas disposiciones que buscan favorecer al país atacando la financiación del terrorismo y el lavado de activos. La simple contratación de los servicios ofrecidos por XXXXX convierte al contratante en aceptante inmediato de lo contemplado en este documento, de manera que no podrá alegar desconocimiento o razones diferentes para abstenerse de su cumplimiento.
En virtud de lo anterior, XXXXX queda legitimado para en cualquier momento suspender o cancelar el o los certificados que hayan sido emitidos, cuando XXXXX tenga noticias de que el CLIENTE ha estado inmerso o está siendo vinculado a investigaciones que por estos hechos cursen ante las autoridades judiciales y/o administrativas competentes.
Disposiciones:
El CLIENTE declara expresa y abiertamente que sus fondos y recursos son de origen legal, fruto de operaciones ejecutadas en cumplimiento de su objeto social, dentro del marco legal y reglamentario propio de las actividades industriales y comerciales que desarrolla. Así mismo, declara que ha verificado la tradición y libertad de los bienes de su propiedad, constatando que los mismos no han pertenecido a personas vinculadas a delitos relacionados con lavado de activos y financiación del terrorismo.
El CLIENTE declara de manera expresa que no está siendo investigado por ninguna entidad privada o de gobierno por hechos relacionados con el lavado de activos o la financiación del terrorismo, o que, en caso de haber sido objeto de dicha investigación, la misma ya se ha terminado con resultados satisfactorios. En el evento que tenga en curso alguna investigación, deberá informarlo de manera expresa y anticipada a la prestación del servicio contratado x XXXXX, presentando toda la documentación e información relevante, para que sea evaluada por XXXXX, quien, a su discreción y única voluntad, podrá decidir ejecutar o no el contrato y prestar el servicio al CLIENTE.
El CLIENTE acepta que, en caso de sostener operaciones comerciales directa o indirectamente en países calificados como paraísos fiscales, lo informará de manera expresa y anticipada x XXXXX, aclarando puntualmente en qué consisten esas operaciones. En este caso, XXXXX a su arbitrio y única voluntad podrá decidir ejecutar o no el contrato y prestar el servicio al CLIENTE.
El CLIENTE acepta que todas las operaciones comerciales que celebre con XXXXX, se harán utilizando los mecanismos del sistema financiero, y documentando cada operación con contratos y facturas.
El CLIENTE declara que ha verificado los antecedentes judiciales de todos sus empleados, y por ello certifica que no tiene contratadas personas que hayan estado o estén vinculadas a investigaciones administrativas o judiciales por hechos relacionados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
El CLIENTE declara, acepta y reconoce que mantendrá indemne x XXXXX de toda investigación y vinculación con operaciones afines al lavado de activos y la financiación del terrorismo, de manera que en caso de resultar XXXXX vinculado a una o varias de estas investigaciones por hechos originados por el CLIENTE, éste asumirá los costos y gastos de la defensa jurídica, judicial y técnica en que tenga que incurrir XXXXX para proteger sus intereses. En caso de que XXXXX asuma directamente su defensa, podrá reclamar los valores correspondientes al CLIENTE.
Se firman dos originales, quedando uno en poder de cada una de las Partes.
Por: Razón social LCO |
Por: Razón social Cliente |
Nombre: Representante Legal |
Nombre: Representante Legal |
Cargo: Cargo |
Cargo: Cargo |
Domicilio: Xxxxxxxxx x |
Xxxxxxxxx: Domicilio |
Fecha: Haga clic aquí para seleccionar una fecha |
Fecha: Haga clic aquí para seleccionar una fecha |
Firma:
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Firma: |
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