Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE RECOGIDA SELECTIVA DE ACEITE VEGETAL USADO PARA LA MANCOMUNIDAD DE SAN XXXXXX CON CONTENEDORES MULTIENVASE.
TITULO I. ASPECTOS GENERALES
1.- OBJETO
Es objeto del presente Pliego el enumerar una serie de condiciones técnicas que sirvan de base para la contratación del servicio de recogida selectiva de aceite vegetal usado mediante contenedores para la Mancomunidad de San Xxxxxx.
La explotación se efectuará con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y a lo que se determine a través del contrato de adjudicación del servicio objeto del concurso.
2.- ÁMBITO TERRITORIAL
Los trabajos definidos en el presente Pliego se extenderán, además de todos los garbigunes de la Mancomunidad, a los siguientes municipios del ámbito territorial de la Mancomunidad de San Xxxxxx:
○ Errenteria.
○ Lasarte-Oria.
○ Lezo.
○ Oiartzun.
○ Pasaia.
○ Urnieta.
En un futuro no se descarta la ampliación del servicio a otros municipios que componen la Mancomunidad.
TITULO II. DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES TÉCNICAS DE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETOS DEL CONCURSO
3.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio de recogida selectiva de aceite vegetal usado comprenderá todas las operaciones a desarrollar desde la recogida del material depositado por los ciudadanos en los contenedores instalados para tal fin en la vía pública, su transporte al centro de recuperación, y la posterior valorización del material recogido mediante su entrega a valorizador autorizado para la fabricación de biocombustible (biodiésel), ó para destinarlo a otra finalidad reglada y autorizada por la normativa vigente para este material, así como la correcta gestión de los residuos no valorizables que puedan generarse en tales operaciones.
Solidariamente a este servicio, el adjudicatario o contratista deberá desarrollar otros trabajos afines al de recogida, tales como la colocación, reposición, limpieza de contenedores, su mantenimiento, y otras labores que se especificarán a lo largo del presente Pliego.
4.- CRITERIOS DE ACTUACIÓN Y FORMA DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Corresponde a las empresas licitadoras proponer los sistemas más eficaces para la realización del servicio propuesto. Definirán con todo detalle el proyecto de organización del servicio, definiendo recorridos, vehículos y personal.
4.1-Modalidad de recogida.
La recogida del aceite vegetal usado se efectuará mediante vehículos industriales debidamente acondicionados y equipados para las operaciones de carga y descarga, atendidos por un operario como mínimo.
De forma general, los operarios de recogida estacionarán el vehículo en las inmediaciones del contenedor, no entorpeciendo el normal tránsito de personas y vehículos, adoptando las debidas medidas de seguridad realizando las paradas y maniobras estrictamente necesarias.
Abrirán la puerta del contenedor que da acceso a la cuba metálica interior que contiene los envases con el aceite, retirarán la barra de seguridad, extraerán la cuba y la reemplazarán por otra vacía y limpia, volviendo a colocar la barra de seguridad y cerrando la puerta con su correspondiente candado.
4.2-Número de usuarios, de contenedores y cantidad de residuos a recoger.
El ámbito de usuarios al que se destina la prestación del servicio, es el conjunto de ciudadanos que habitan en los municipios componentes de la Mancomunidad de San Xxxxxx adheridos a esta recogida. Esta población se puede cifrar en aproximadamente
85.000 habitantes.
Actualmente hay instalados en la Mancomunidad 57 contenedores, según la relación que se adjunta en el Anexo I.
Adicionalmente, durante la vigencia del contrato, la Mancomunidad de San Xxxxxx podrá aumentar la dotación inicial de contenedores, sin que ello suponga incremento alguno en el precio del contrato.
En el Anexo II se adjunta un histórico de la cantidad de aceite vegetal recogido con este servicio a modo orientativo.
4.3-Frecuencia y horarios de recogida.
Se establece una frecuencia mínima inicial de vaciado semanal por contenedor, que el adjudicatario deberá ajustar a la realidad de cada uno de ellos, asegurando en todo momento que ningún contenedor supere el 75 % de su capacidad total, de tal manera que siempre exista al menos un 25 % de capacidad para que los usuarios puedan seguir usándolo.
Así, comenzado el servicio, el adjudicatario en un plazo inferior a tres meses deberá presentar a los Servicios Técnicos de la Mancomunidad las frecuencias, días y horarios de recogida de cada uno de los contenedores propuestos, en función de sus niveles de llenado y uso real de los mismos en ese momento.
El adjudicatario deberá realizar un seguimiento continuo del nivel de llenado de los mismos a lo largo de la vigencia del contrato, al objeto de acomodar la frecuencia de vaciado a la velocidad de llenado de los mismos, aumentando si fuera preciso las frecuencias para evitar situaciones de saturación y mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito en los contenedores, tal y como se indicaba anteriormente, sin que ello suponga incremento alguno en el precio del contrato.
El adjudicatario deberá informar en todo momento a los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de los incrementos de frecuencia así como de las posibles variaciones que se produzcan en la recogida.
Por otra parte tratándose de una recogida en la que la regularidad es necesaria, los licitadores deberán detallar expresamente la solución prevista para las recogidas programadas en días festivos.
4.4.-Ejecución de los trabajos de recogida.
El equipo de recogida vaciará los contenedores de residuos de aceite vegetal de acuerdo con el calendario de recogida establecido, con independencia del nivel de llenado que cada contenedor en cuestión pudiera tener en ese momento.
Asimismo el equipo de recogida retirará cualquier residuo que por el motivo que fuere se encuentre alrededor de los contenedores, ya sea depositado en el suelo o encima de los mismos. Si se trata de aceite vegetal, ésta será recogido junto con el resto de residuos depositados en el contenedor. Si se trata de cualquier otro residuo, será igualmente retirado y depositado en su contenedor correspondiente más próximo.
Los residuos que se viertan en la vía pública durante las operaciones de manipulación de los contenedores, serán inmediatamente retirados por los operarios que forman el equipo de recogida, o de otra forma alternativa que no implique a los servicios municipales de limpieza viaria.
En el caso de que el vehículo de recogida derramara accidentalmente cualquier líquido o resto sólido, procederá inmediatamente a realizar una limpieza completa de la zona afectada.
Por otro lado, será responsabilidad del adjudicatario efectuar la limpieza a fondo de las xxxxx metálicas empleadas para la recogida, realizando su limpieza después de cada uso, utilizando sistemas de limpieza a presión y productos detergentes y desengrasantes apropiados para ello.
4.5.-Transporte de los residuos. Recuperación, reciclaje y eliminación del material recogido.
El aceite vegetal recogido será transportado y descargado en la planta de acondicionamiento previo o en la de valorización que proponga en su oferta, quedando totalmente prohibida la descarga de dicho material en cualquier otro punto, salvo autorización expresa de la Mancomunidad.
La propiedad del aceite vegetal depositado por los usuarios en los contenedores es de la Mancomunidad de San Xxxxxx, propiedad que será cedida al adjudicatario dentro de la gestión global del servicio.
La totalidad del material recogido quedará por tanto en propiedad del adjudicatario, que asumirá las obligaciones, derechos y responsabilidades que puedan surgir en el proceso de recuperación y reciclado. Dicha gestión deberá realizarse de manera ambientalmente correcta, con arreglo al orden de prioridad que marca la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y demás normativa medioambiental.
Las ofertas deberán incluir una descripción detallada de la gestión prevista para el material recogido, indicando el gestor autorizado al que va a destinar el aceite para su valorización, debiendo presentar acuerdo de conformidad con las condiciones previstas. Asimismo será obligación del adjudicatario efectuar el vaciado y reciclaje de los envases y recipientes domésticos utilizados por los ciudadanos para el depósito de aceite en los contenedores. Definirán en la oferta presentada la solución a adoptar para el reciclaje de dichos envases.
4.6- Características de los contenedores instalados.
La Mancomunidad de San Xxxxxx se responsabilizará del suministro de los contenedores necesarios para la implantación del servicio y de poner a disposición del adjudicatario de una pequeña cantidad en reserva inicial.
Los contenedores han sido suministrados por la casa Manufacturas Metálicas Madrileñas, S.L., y sus principales características técnicas son las siguientes:
○ El contenedor está diseñado específicamente para que el usuario pueda depositar el aceite vegetal embotellado en su domicilio en cualquier envase o recipiente doméstico reutilizado, de hasta aproximadamente 5 litros de capacidad.
○ Está formado por dos elementos, ambos metálicos. Cuenta con una carcasa exterior y una cuba o recipiente extraíble interior estanca.
○ Contenedor de 2,5 m3 exterior con un recipiente interior de 900 litros, adaptado para su vaciado manual. Dimensiones:
Longitud: 1.400 mm Ancho:1.050 mm Altura: 1.830 mm
○ El cuerpo está fabricado en xxxxx xx xxxxx galvanizado en frío ALZ275, con espesores comprendidos entre 1 y 1,5 mm de espesor. Las paredes laterales, tapa superior y estructura son xx xxxxx y está reforzado con estructura en perfil con un
espesor de 1,5 mm tanto por la parte superior como por la inferior, con refuerzos de mayor espesor, tanto en el cuerpo como en la puerta y en sus cuatro esquinas mediante angulares remachados y posteriormente soldados, consiguiendo un cuerpo de construcción muy robusta.
○ El recipiente interior está compuesto por una cuba estanca y galvanizada en caliente para evitar la oxidación. Cuenta con una trampilla manual para facilitar la retirada de las botellas en las operaciones de descarga. Para su manipulación cuenta con ruedas en su parte inferior, siendo dos de ellas giratorias y las otras dos fijas para facilitar sus movimientos.
○ La parte inferior del cuerpo del contenedor cuenta con un doble fondo al objeto de evitar derrames innecesarios a la vía pública. Uno es la tapa que conforma el suelo del contenedor y otro una bandeja que se puede extraer para recoger y limpiar posibles derrames.
○ El apoyo del contenedor se realiza a través de cuatro pletinas rectangulares, que cuentan con un orificio preparado para fijar el contenedor al suelo.
○ La carcasa exterior cuenta con una puerta para la extracción de la cuba interior. Ésta dispone de cerradura de seguridad. Incorpora además dentro del cuerpo una barra de seguridad con candado para evitar/dificultar la extracción del cubeto interior en caso de la apertura de la puerta, disponiendo por tanto xx xxxxx cierre.
○ Dispone de dos bocas con orificios de 300 mm., permitiendo la introducción de cualquier tipo de envase o recipiente doméstico cerrado, ubicados a 1450 mm del suelo. Cuentan con dos trampillas de fácil apertura, abatibles y retornables a su posición inicial fabricados en chapa.
○ Los contenedores vienen pintados al horno a 220ºC con un espesor mínimo de dos micras, con pintura especial para galvanizado resistente a la intemperie y estabilizada para mantener la intensidad de coloración frente a la acción de los rayos ultravioletas.
Todas las responsabilidades que pudieran derivarse de su ubicación en la vía pública, de su uso por parte de los ciudadanos y de las operaciones relacionadas con los trabajos de explotación, serán por cuenta del contratista.
El contratista queda obligado a mantener los contenedores en buen estado de limpieza y conservación.
Al término del contrato, el contratista deberá devolver a la Mancomunidad de San Xxxxxx los contenedores puestos a su disposición en el mismo estado en que las hubiera recibido al
comienzo de aquella, teniendo en cuenta el deterioro que un uso normal de los mismos y el transcurso del tiempo hubieran podido producir.
En garantía del cumplimiento por parte del contratista de la obligación de mantener y conservar adecuadamente los contenedores, tres meses antes de la finalización del contrato o de sus prórrogas, se someterán las mismas a la inspección técnica de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, realizando x xxxxx del adjudicatario las reparaciones y reposiciones de cuantos desperfectos se observen y excedan del normal deterioro derivado de su uso y correcto mantenimiento.
Una vez finalizada la vigencia total del contrato, el adjudicatario hará entrega a los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de una relación actualizada de los contenedores y recipientes, incluidos los de reserva.
4.7- Colocación y reubicación de contenedores y otros trabajos afines.
Será obligación del contratista la realización de los siguientes trabajos:
a) La reubicación o la retirada y posterior colocación de los contenedores instalados, por cualquier causa justificada y comunicada con suficiente antelación por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
b) La instalación de cuantos contenedores adicionales sean solicitados por la Mancomunidad a lo largo del contrato, prórrogas incluidas.
c) Otros trabajos similares ordenados por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
El plazo para la ejecución de los trabajos, será el que dicten los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
4.8- Limpieza y mantenimiento de los contenedores.
Al objeto de garantizar el perfecto estado higiénico-sanitario y el buen aspecto estético de todos los contenedores, será obligación del adjudicatario realizar una limpieza y desinfección exhaustiva de la totalidad del parque de contenedores para la recogida selectiva de aceite vegetal usado, así como las zonas adyacentes de los mismos, procediendo a limpiar las posibles manchas que pudieran aparecer.
Finalizada la operación xx xxxxxx e higienizado, el estado final del contenedor y sus alrededores, será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.
La frecuencia mínima de limpieza será bimensual. Con independencia a ésta, a requerimiento de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, el adjudicatario estará obligado a efectuar limpiezas puntuales de contenedores, que en el período comprendido entre limpiezas presentes signos evidentes de suciedad, ó de aquellos vertidos accidentales que se produzcan en sus alrededores, sin que ello suponga incremento alguno en el precio del contrato.
Las operaciones de limpieza se realizarán preferentemente en horario diurno, no antes de las 8.00 a.m. ni después de las 22:00 p.m., para evitar molestias añadidas a los vecinos.
Por otra parte, el adjudicatario estará obligado a la organización y ejecución de la totalidad de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo que sean necesarios para mantener el parque de contenedores en perfecto estado de uso.
Deberá establecer un programa para el mantenimiento preventivo en el que queden detalladas todas las operaciones a realizar, tales como períodos de revisiones, puntos a controlar, etc.
En los casos de mantenimientos correctivos no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, las mismas deberán ser iniciadas de forma inmediata y realizadas en el menor tiempo posible desde la detección o comunicación de la avería.
Para poder llevar a cabo con garantías los trabajos de mantenimiento, el contratista deberá disponer de un stock suficiente de piezas de repuesto de los contenedores instalados.
El adjudicatario asumirá las responsabilidades derivadas que pudieran producirse de un mantenimiento inadecuado, asegurándose que los mismos estén en todo momento en perfectas condiciones de uso y que no suponen riesgos añadidos por su mal estado para los usuarios.
Teniendo en cuenta todos los condicionantes expresados en los puntos anteriores, los licitadores deberán definir con todo detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:
✓ Descripción de los equipos de recogida en cuanto a vehículos y personal.
✓ Rutas de recogida debidamente justificadas y contenedores objeto de vaciado.
✓ Calendario y horarios de los servicios.
✓ Vehículos de reserva disponibles en las instalaciones fijas del adjudicatario y plan de actuación previsto para situaciones de avería o parada programada.
✓ Descripción de los equipos previstos para la colocación, movimiento de los contenedores, limpieza y mantenimiento. Limpieza de las xxxxx.
✓ Descripción de las instalaciones fijas, de las del acondicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido.
✓ Descripción de las labores de vaciado y reciclado de los envases y recipientes empleados.
✓ Descripción de los productos de limpieza a emplear y del stock de piezas de repuesto.
✓ Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio.
La Mancomunidad de San Xxxxxx por razones de interés para el servicio se reserva el derecho de aumentar o reducir el ámbito y/o servicio prestado.
TITULO III. PERSONAL
5.-PERSONAL.
El contratista dispondrá en todo momento del personal necesario para prestar el servicio, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, y en la oferta presentada.
Al frente del servicio y como máximo responsable deberá figurar una persona con la suficiente capacidad de toma de decisiones en todos los aspectos de la contrata. Esta persona mantendrá contacto directo con los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
El contratista deberá disponer de los medios humanos necesarios para asegurar en todo momento la eficaz ejecución del servicio objeto del contrato y cubrir eventualidades tales como bajas por enfermedad o accidente, permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas debidamente justificadas, así como todo tipo de bajas imprevistas y absentismo. Dichas ausencias o bajas del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por parte del contratista.
Atendiendo a lo anterior, los licitadores en sus propuestas deberán presentar una propuesta de previsión de personal necesario para realizar eficazmente los servicios contratados, así como un plan de sustituciones del personal.
Todo el personal deberá estar perfectamente identificado en orden a la seguridad de los servicios, debiendo proponer el sistema de identificación más eficaz.
Se cumplirá estrictamente la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales y demás legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
El contratista deberá cumplir todas las obligaciones laborales relativas a Seguridad Social, accidentes de trabajo e I.R.P.F.
La Mancomunidad de San Xxxxxx no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otro índole con el personal del adjudicatario, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de éste concurso.
TITULO IV. VEHÍCULOS DE RECOGIDA E INSTALACIONES
6.-VEHÍCULOS.
El adjudicatario deberá aportar cuantos medios materiales sean necesarios para la correcta prestación del servicio.
Los medios materiales destinados a la ejecución del servicio, asegurarán en todo momento la prestación de los mismos con margen suficiente para llevar a término puntualmente el plan de trabajo y solventar los imprevistos que pudieran producirse. El material móvil a utilizar será el más adecuado a las exigencias del servicio, considerando entre otros aspectos el volumen y pesos a recoger y transportar, dotados por ello de medios mecánicos para la manipulación de cargas sujetos a homologación.
Del mismos modo los vehículos contarán con las correspondientes permisos y tarjetas establecidas en la normativa de transportes.
Todos los medios materiales afectos a la contrata serán puestos al servicio de la Mancomunidad de San Xxxxxx a tiempo parcial, es decir, únicamente en los momentos de prestación del servicio.
Los licitadores en sus ofertas indicarán el diverso material móvil a utilizar en los diferentes servicios, expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y material de reserva, es decir, aquél que no estando ordinariamente en servicio, se incluirá con el fin de suplir a los de servicio por causa de avería o refuerzo ocasional.
Todo el material destinado al servicio deberá ser descrito por los licitadores, con aportación de cuantos datos crean necesarios a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos. Se valorará en especial las medidas encaminadas a reducir las emisiones de gases y ruidos de los vehículos.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública deberán ser perfectamente visibles. Dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios, serán perfectamente visibles y estarán dotados de los sistemas de señalización precisos para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y el tráfico rodado.
Los licitadores presentarán relación de las instalaciones que se vayan a poner a disposición del servicio, como oficinas, talleres, garajes, almacenes, etc., incluidas las dependencias auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
TITULO V. SISTEMAS DE CONTROL Y OTRAS DISPOSICIONES
7.- SISTEMA DE CONTROL
Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la Mancomunidad de San Xxxxxx en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio contratado y sobre cualquier aspecto relacionado con la explotación del servicio. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los disponibles por la Mancomunidad, sean informáticos o de otra naturaleza.
El adjudicatario deberá disponer además de los medios necesarios para asegurar en todo momento un sistema de comunicación ágil y eficaz entre la dirección de los servicios de recogida y los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
El servicio contratado estará sometido permanentemente a la inspección y vigilancia de la Mancomunidad a través de sus Servicios Técnicos, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas en cualquier momento y lugar. La Mancomunidad podrá dictar, en
función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas que serán de obligado cumplimiento por el contratista.
El adjudicatario deberá presentar dentro de la primera semana de cada mes informe mensual completo y detallado con datos relativos a cantidades recogidas por contenedor, niveles de llenado, partes de limpieza y mantenimiento, información sobre anomalías detectadas, incidencias, etc. , en formato digital en fuentes abiertas compatible con la futura plataforma a desarrollar por la Mancomunidad. El adjudicatario asume la responsabilidad de medir, registrar y comunicar a la Mancomunidad las cantidades y pesos del material recogido, aportando los justificantes correspondientes.
Anualmente deberá presentar una memoria en el plazo máximo de un mes tras la finalización del año natural que incluya:
- Un resumen de datos mensuales de cantidades recuperadas y recicladas, envases incluidos, total y por puntos de depósito (este último dato sólo del aceite recogido).
- Un listado actualizado de los puntos de depósito con indicación de las posibles altas y bajas del año, así como un fichero en formato digital con la geolocalización de todos los contenedores.
- Toda la información relativa al ciclo de recuperación de aceite y otros materiales recogidos, con indicación de las empresas gestoras en cada una de las fases, incluyendo los documentos de aceptación y entrega del residuo.
- Un resumen de actuaciones desarrolladas en materia de información y concienciación ciudadana.
El contratista queda obligado a exhibir en cualquier momento, cuantos documentos le sean solicitados por la Mancomunidad de San Xxxxxx, y en especial, los relativos a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, instalaciones y material, y en general, a permitir todas aquellas actuaciones encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de la Mancomunidad.
El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por la Mancomunidad de San Xxxxxx.
8.- DAÑOS A TERCEROS
El adjudicatario será responsable de cualquier daño o perjuicio que cause a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Por ello con
independencia o complementariamente a los seguros exigidos por el ordenamiento vigente en materia laboral, de seguridad e higiene y de tráfico de vehículos, los licitadores deberán presentar en sus ofertas los proyectos de pólizas de seguro correspondiente, haciendo mención expresa de las coberturas de riesgo, primas, indemnizaciones y demás aspectos que deban incluirse para afrontar las posibles incidencias del servicio, evitando cualquier responsabilidad subsidiaria de esta Mancomunidad.
9.- PRECIO
El coste integral del servicio, incluyendo la limpieza y mantenimiento de los contenedores serán por cuenta del contratista.
La Mancomunidad de San Xxxxxx cederá sin coste todas las cantidades de aceite al contratista y los correspondientes envases empleados para su depósito. No obstante, este podrá proponer una cantidad económica por tonelada a abonar a la Mancomunidad de San Xxxxxx durante la vigencia del contrato.
En el supuesto de que el retorno económico que el contratista obtenga en el mercado aumente o disminuya por encima del 25% respecto a la situación al inicio de contrato, la cantidad propuesta podrá ser modificada en la misma proporción para períodos anuales respecto a la fecha de contratación, aunque sin ninguna posibilidad de abono alguno en este concepto por parte de la Mancomunidad de San Xxxxxx. La Mancomunidad tendrá la facultad de revisar y auditar los datos facilitados por el contratista y al respecto el contratista queda obligado a acreditar los datos que la Mancomunidad le requiera. A modo de ejemplo, si varía en un 28% se variará el canon propuesto por el adjudicatario en un 28%.
En el supuesto de que la reducción del valor económico del aceite usado fuese de una magnitud tal que hiciese inviable económicamente el servicio, el contratista, previa autorización por escrito de la Mancomunidad y siempre respetando entre otras criterios de igualdad de género, normativa lingüística, etc., podrá utilizar el soporte para la inclusión de publicidad. El contratista deberá justificar debidamente tal inviabilidad o necesidad de financiación.
Por ello los licitadores deberán adjuntar en el sobre “C” detalle de todos los gastos previstos para la ejecución del servicio, tal y como se detalla en la base 19 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
10.- OTRAS CUESTIONES RELATIVAS AL SERVICIO
Los objetos de valor que el personal a cargo del adjudicatario pueda encontrar deberán ser puestos a disposición de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, para su posterior devolución a quienes acrediten ser sus propietarios.
Cuando por efecto de un descuido o una imprudencia se produzca la caída involuntaria de objetos personales tales como llaves, carteras, relojes, joyas, documentación de diversa índole etc. dentro de los contenedores y hubiera constancia de que aún permanecen en el interior, el adjudicatario prestará toda su colaboración para permitir la recuperación de tales objetos, en la forma en que dicten los Servicios Técnicos de la Mancomunidad.
Donostia-San Xxxxxxxxx, mayo de 2015
ANEXO I ERASKINA
CONTENEDORES UBICADOS EN LA VIA PUBLICA/HERRI BIDEAN KOKATURIKO EDUKIONTZIAK
EDUKIONTZIA/CONTENEDOR | HERRIA/POBLACION |
CONT-XXXXXXX(GARBIGUNE) | DONOSTIA |
CONT- LASARTE-ORIA (ATSOBAKAR) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (BASAUNDI) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (BERASATEGI) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (CASA CULTURA) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (HIPODROMO) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (NAGUSIA PENSIONISTA) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (PZA ARALAR BURUNTZA) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (SAN XXXXXXXXX) | LASARTE |
CONT- LASARTE-ORIA (SASOETA) | LASARTE |
CONT- LEZO (ALTAMIRA PISCINAS) | LEZO |
CONT- LEZO (LARRAUN) | LEZO |
CONT- LEZO (ZUBITXO) | LEZO |
CONT- LEZO(DONIBANE CON X. XXXXXXXXX | LEZO |
CONT- OIARTZUN (GARBIGUNE) | OIARTZUN |
CONT-OIARTZUN(ITURRINE) | OIARTZUN |
CONT-OIARTZUN(BIDEGAINA) | OIARTZUN |
CONT-OIARTZUN(KALEBERRIA) | OIARTZUN |
CONT- PASAJES ANTXO (ESKALANTEGI) | PASAJES ANTXO |
CONT- PASAJES ANTXO (OARSO) | PASAJES ANTXO |
CONT- PASAJES SAN XXXX (BIZKAIA PTO | PASAJES SAN XXXX |
CONT- PASAJES SAN XXXX (XXXX XXXXX) | PASAJES SAN XXXX |
CONT- PASAJES SAN XXXX (MEIPI) | PASAJES SAN XXXX |
CONT- ERRENTERIA (AGUSTINAK) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (AGUSTINAS FORMACION | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (ALABERGA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (ALAMEDA KIOSKO) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (XXXXXX AUTOBUS) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (FANDERIA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (GABIERROTA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (GAZTAÑO) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (IZTIETA OIARZUN) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (LARTZABAL) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (MONROY) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (MUSICA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (OLIBET RENFE) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (PARKE PARROKIA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (PONTIKA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (ROTONDA) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (SORGINTXULO) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (XXXXX XXXXXXXX) | XXXXXXXX |
CONT- ERRENTERIA (URDABURU) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (USANDIZABAL) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (XENPELAR BITERI) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA (YANCI) | RENTERIA |
CONT- ERRENTERIA(ESNABIDE TELEFONICA) | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE ANDONA | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE XXXXXX | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE IGLESI | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE MERCAD | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE RENTE | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- SAN XXXXX Y TRINTXERPE SERAFI | SAN XXXXX Y TRINTXERPE |
CONT- URNIETA (ESTACION) | URNIETA |
CONT- URNIETA (PINTORE POLIDEPORTIV | URNIETA |
CONT- URNIETA (PZA ETXEBERRI) | URNIETA |
CONT- URNIETA (SAN XXXX) | URNIETA |
CONT-USURBIL(GARBIGUNE (ATALLU) | USURBIL |
XXXXX XX ERASKINA
KILOS ANUALES RECOGIDOS/URTEROKO JASOTAKO KILOAK
URTEA/AÑO | URTEKO KILOAK/KILOS ANUALES |
2014 | 113.713 |
2013 | 91.775 |
2012 | 90.695 |
2011 | 83.035 |