Términos y Condiciones de Venta y Entrega de tesa tape Colombia Limitada
Términos y Condiciones de Venta y Entrega de tesa tape Colombia Limitada
1 . Alcance
Los siguientes Términos y Condiciones de Venta y Entrega ( en adelante denominado: " Condiciones de Venta ") se aplican exclusivamente a la completa relación legal actual y futura entre tesa tape Colombia Limitada ( en adelante: " tesa ") y el Comprador en relación con la venta de bienes muebles (" Bienes " ) . Se l lamara Contrato a cualquier acuerdo realizado entre las partes que puede estar representado en un contrato, Orden de Pedido u Orden de Compra. Al colocar el Comprador un pedido, sin embargo, a más tardar en el momento de la aceptación de la entrega de los Bienes, el Comprador confirma la única aplicación vinculante de las presentes Condiciones de Venta. En caso de que el Comprador utilice términos y condiciones contradictorios, que se desvíen o modifiquen, su aplicación en relación con tesa quedarán excluidas, incluso aun si no han s ido expresamente objetadas por tesa.
2 . Oferta y conclusión del Contrato
2 . 1 Las ofertas de tesa no son v inculantes y sólo deben entenderse como una solicitud de entrega de un pedido. No se celebrará ningún contrato hasta que tesa no haya proporcionado una confirmación escrita del pedido, y el contrato se define únicamente por el contenido de la confirmación del pedido y/ o de las presentes Condiciones de Venta. Los acuerdos y/ o compromisos verbales requieren una confirmación por escrito de tesa para ser válidos.
2 . 2 Las confirmaciones de pedido realizadas por xxxx, las cuales difieran en su contenido material del pedido original se considerarán aceptadas si no objetadas dentro de los t res días laborales s iguientes, contados a partir de la recepción de la confirmación de pedido por parte del Comprador.
3 . Plazos y fechas de entrega
3 . 1 Las fechas y plazos de entrega indicados en los pedidos del Comprador sólo son vinculantes, s i han s ido confirmados por tesa por escrito o en forma de texto y el Comprador ha informado a tesa o le ha facilitado toda la información, especificaciones de calidad, planos aprobados, documentos, permisos y aprobaciones necesarios para la ejecución de la entrega a su debido t iempo y ha pagado los anticipos negociados de acuerdo con los términos acordados. Los plazos negociados comienzan a contar a partir de la fecha de la confirmación del contrato o de la declaración de aceptación, según el
caso. En caso de que se haga un pedido adicional o ampliado posteriormente, los plazos se prorrogarán en consecuencia.
3 . 2 Los eventos imprevisibles, inevitables y fuera del área de influencia de tesa y de los que tesa no es responsable ( tales como casos fortuitos, guerra, actos de terrorismo, epidemias, desastres naturales, huelgas, cierres patronales, ocupación de fábricas e instalaciones, medidas gubernamentales, escasez de energía, materiales o materias primas, daños causados por incendios y explosiones, problemas de transporte y operativos, actos soberanos ( ya sean legales o i legales) o acontecimientos similares, eximirán a xxxx, durante su duración, de su obligación de realizar la entrega puntual de bienes o servicios. El período negociado se prolongará por la duración del incidente; el Comprador será informado de manera adecuada de la ocurrencia y de la f inalización de la perturbación. tesa no está obligada a adquirir bienes de sustitución de terceros. Cuando la terminación del problema no sea previsible o el problema continúe durante más de dos meses, cada una de las partes tendrá derecho a rescindir el contrato en lo que respecta al alcance de la entrega afectada por el problema.
3 . 3 En cuanto a las obligaciones de entrega por parte de tesa para aquellos Bienes par a los cuales tesa compra materias primas o partes a proveedores, la entrega estará sujeta a la entrega oportuna y correcta por parte de dichos proveedores a tesa.
3 . 4 En caso de que las entregas de tesa se retrasen, el Comprador tendrá el derecho a rescindir del contrato, sí la responsabilidad del retraso es atribuible a tesa y si ha transcurrido un plazo razonable para la entrega f ij ado por el Comprador.
3 . 5 Si el Comprador se retrasa en la aceptación o ha incumplido sus obligaciones u otras acciones de cooperación que le incumben, tesa tendrá el derecho, independientemente de los demás derechos, a almacenar la Bienes por cuenta y r iesgo del Comprador o, en caso de incumplimiento de la obligación, a rescindir el contrato.
3 . 6 tesa podrá realizar una entrega parcial, siempre y cuando ( i) la entrega parcial pueda ser utilizada por el Comprador dentro del ámbito del propósito contractual, ( i i) la entrega de los Bienes restante solicitada esté garantizada y ( i i i ) el Comprador no incurra en ningún esfuerzo o coste adicional considerable.
3 . 7 En la medida en que tesa se haga cargo de los gastos de entrega de conformidad con la c láusula 4 de las presentes Condiciones de Venta, tesa no está obligada a realizar la entrega de los Bienes por vía aérea o por un medio de t ransporte acelerado comparable.
4 . Valor y Volumen Mínimo de Pedido, Envío, Embalaje, Traspaso del Riesgo
4 . 1 tesa no aceptará pedidos por debajo de un valor mínimo de un Salario Mínimo Legal Vigente, esto no aplica para c l ientes c lasificados como Cadenas. Si se cumple este valor mínimo de pedido y se acepta de acuerdo con la cláusula 2 . 1 o 2 . 2 , tesa se hará cargo de los gastos de x xxxx y envío. En caso de que el Comprador no cumpla con este valor mínimo de pedido y s i , no obstante, el pedido podrá ser aceptado por tesa en excepciones justificadas. El volumen mínimo de pedido por número de entrega es de una unidad de empaque o caja corrugada; no se aceptarán pedidos de volúmenes más pequeños ni siquiera cuando se cumpla el valor mínimo del pedido.
4 . 2 Los Bienes se enviarán o entregarán respectivamente en el embalaje normal de tesa. 4 . 3 El r iesgo de pérdida accidental y deterioro accidental se t ransferirá al Comprador en el momento de la t ransferencia de la posesión de los Bienes a la compañía despachadora o - en caso de recogida personal en el momento de la entrega al Comprador. Si la transferencia de la posesión o el envío se retrasa por motivos atribuibles al Comprador, el r iesgo se transferirá al Comprador en la fecha de la notificación de la disponibilidad de los Bienes para su envío.
4 . 4 En la medida en que sea aplicable, el Comprador está obligado a despachar los Bienes para su importación al país de destino, a pagar los derechos de importación aplicables y a diligenciar las respectivas formalidades de importación.
5 . Precios, condiciones de pago
5 . 1 Todos los contratos se basan en los precios y tasas de descuento aplicables en la fecha de aceptación del pedido, s iempre y cuando que las partes no hayan l legado a ningún otro acuerdo.
5 . 2 Todos los precios de tesa están expresados en Pesos y son netos del IVA aplicable. Siempre que no se acuerde lo contrario entre tesa y el Comprador, cualquier impuesto adicional correrá a cargo del Comprador; esto se aplica, en particular, al IVA o impuestos similares en el país desde el cual tesa emite su factura. Dichos impuestos se facturarán en la cantidad correspondiente prevista por la ley y se pagarán en consecuencia.
En el caso de ventas a Zonas Francas o Comercializadores Internacionales, el Comprador se compromete a proporcionar a tesa una evidencia de notificación de exportación equivalente en un plazo de 20 días laborables a partir de la fecha de la factura. Si no se presenta esta evidencia, tesa t iene derecho a cobrar el IVA posteriormente.
5 . 3 tesa tendrá derecho a expedir facturas parciales por entregas parciales en el sentido de la c láusula 3 . 6 .
5 . 4 Cada factura deberá ser pagada sin deducciones en un plazo de 60 días a partir de su recepción por el Comprador, siempre y cuando que no se determine lo contrario en la confirmación de pedido de xxxx. El incumplimiento se producirá automáticamente por falta de pago al expirar este plazo.
Los pagos del Comprador sólo se considerarán efectuados una vez que tesa haya recibido dicho pago.
5 . 5 Si el Comprador se retrasa en el pago, tesa t iene derecho a exigir intereses xx xxxx al t ipo de interés más alto que le permita la legislación aplicable, sin perjuicio de los demás derechos y recursos de tesa, incluyendo pero no l imitando a la recuperación de los bienes vendidos
5 . 6 El comprador sólo tendrá derecho a compensar las contrademandas o a retener los pagos debidos por dichas demandas s i sus contrademandas no son contestadas o han s ido declaradas definitivas y absolutas por la autoridad competente, o resultan del mismo contrato en el que se ha realizado la correspondiente entrega.
5 . 7 Si tesa, tras la conclusión del contrato, toma conciencia del r iesgo de falta de capacidad de pago por parte del Comprador, xxxx tendrá derecho a ejecutar las entregas pendientes sólo contra pago anticipado u otra garantía de pago. Si los pagos anticipados u otras garantías de pago no se efectúan, incluso tras la expiración de un período xx xxxxxx razonable, tesa podrá interrumpir las entregas hasta que se efectúen los pagos anticipados o las garantías de pago o podrá rescindir total o parcialmente los contratos individuales o todos los contratos afectados. En tal caso, tesa seguirá teniendo derecho a hacer valer otros derechos.
6 . Retención de la t itularidad
6 . 1 Los Bienes seguirán siendo propiedad de xxxx hasta que se haya efectuado el pago completo de todas y cada una de las reclamaciones de tesa en virtud de la relación comercial con el Comprador.
6 . 2 En el caso de un acuerdo de mercancia en consignación, se considerará que la reserva de propiedad garantiza la reclamación por parte de xxxx xxx xxxxx pendiente.
6 . 3 El Comprador no podrá vender los Productos sujetos a la reserva de propiedad (" Productos en Consignación") solo es permitido su uso dentro del curso normal de los procesos productivos. xxxx puede retirar la autorización y el derecho a consumir los Bienes si el Comprador incumple obligaciones importantes, como el pago a tesa; en caso de retirada de la autorización, tesa t iene derecho a cobrar las reclamaciones por sí misma. El Comprador no t iene derecho a dar en prenda los Productos Reservados ( En
consignación) o a transferir el t í tulo como garantía o a realizar cualquier otra disposición que pueda amenazar la propiedad de xxxx.
6 . 4 El Comprador proporcionará a tesa en todo momento toda la información solicitada sobre los Productos Reservados( en Consignación) o sobre las reclamaciones que le hayan sido asignadas a tesa en v ir tud del presente documento. Las intervenciones o reclamaciones de terceros sobre los Productos Reservados ( En consignación) deberán ser comunicadas a tesa por el Comprador inmediatamente después de la entrega de los documentos necesarios. El Comprador deberá informar al tercero o terceros al mismo t iempo de la reserva de propiedad de tesa. Los costos de la defensa contra tales intervenciones y reclamaciones correrán a cargo del Comprador.
6 . 5 El Comprador está obligado a etiquetar por separado los Productos Reservados ( En Consignación) como propiedad de tesa, en la medida de lo posible, durante la duración de la reserva de propiedad y a manejarlos con cuidado.
6 . 7 En caso de que el Comprador incurra en un incumplimiento de obligaciones importantes en relación con tesa, tales como obligaciones de pago, s in perjuicio de otros derechos , tesa podrá rescindir el contrato de conformidad con las disposiciones legales. En caso de que tesa rescinda el contrato, tesa tendrá derecho a recuperar los Productos Reservados ( En Consignación) y a hacer valer de otro modo su garantía con el f in de satisfacer las reclamaciones vencidas. En caso de reclamación por la entrega de los Productos Reservados ( En Consignación), el Comprador concederá inmediatamente a tesa o a un representante autorizado de tesa acceso a los Productos Reservados ( En Consignación) y los entregará.
7 . Calidad, Derechos del Comprador en caso de defectos, Obligación de inspeccionar y reclamar
7 . 1 La calidad acordada de los Bienes se mide únicamente por los acuerdos específicos sobre propiedades, características y prestaciones de los Bienes puestos por escrito entre las partes y que se establecen por escrito en las descripciones estándar de los productos de tesa o en las designaciones de los productos (" Acuerdo de Calidad "), en la medida en que un Acuerdo de Calidad no se refiera expresamente a contenidos no vinculantes ( por ejemplo, c i f ras medias). xxxx no asumirá ninguna garantía sobre la idoneidad de sus Bienes para un determinado propósito de aplicación previsto por el Comprador. El Comprador es el único responsable de la decisión para determinar si los Bienes que cumplen con el Acuerdo de Calidad son adecuados para un determinado propósito y para la naturaleza de su uso.
7 . 2 En el caso de producción de Bienes de conformidad con las descripciones de calidad, planos, bosquejos, dibujos, etc. redactados y publicados por el Comprador ( en adelante: " Especificaciones de Calidad "), la calidad se medirá únicamente de conformidad con estas Especificaciones de Calidad publicadas y los demás acuerdos sobre calidad que las partes puedan celebrar. Las características de los Bienes que se basan en las Especificaciones de Calidad publicadas por el Comprador no constituyen un defecto material, por lo que el Comprador no t iene derecho a ninguna reclamación de garantía contra tesa a este respecto. En particular, el Comprador es el único responsable de la exactitud y viabilidad de todas las Especificaciones de Calidad y sus suplementos redactadas, entregadas a tesa y publicadas por el Comprador.
7 . 3 La información contenida en los catálogos, l is tas de precios y demás material informativo facilitado al Comprador por tesa, así como la información descriptiva de los productos, no debe entenderse en ningún caso como garantías de una determinada calidad o durabilidad de los Bienes; dichas garantías de calidad o durabilidad deben acordarse expresamente por escrito.
7 . 4 Se permiten las discrepancias comerciales normales de volumen y peso dentro de un rango de hasta el 10 % del volumen del pedido. También se permiten las discrepancias comerciales normales en calidad/ propiedades causadas por los Bienes.
7 . 5 El Comprador deberá inspeccionar los Bienes inmediatamente después de su entrega al Comprador, en la medida en que ello sea factible en el curso normal de los negocios. El Comprador notificará al transportador cualquier pérdida o daño v is ib le externamente de los Bienes en el momento de la entrega. Otros defectos obvios de los bienes que hubieran sido reconocibles en una inspección inmediata se considerarán aprobados por el Comprador si tesa no recibe una notificación escrita de los defectos en la que se indique el número de factura o de pedido en un plazo de siete días a partir de la fecha de entrega. Los bienes que tengan un defecto oculto se considerarán aprobados si tesa no recibe una notificación por escrito de los defectos del Comprador en un plazo de siete días a partir del momento en que el defecto se hizo evidente.
7 . 6 En el caso de cada notificación de un defecto, tesa tendrá derecho a inspeccionar y probar los Bienes en cuestión. El Comprador concederá a tesa el t iempo y la oportunidad necesarios para hacerlo. xxxx también podrá exigir al Comprador que envíe los Bienes en cuestión a tesa a cargo de tesa.
7 . 7 tesa subsanará los defectos, a su elección, mediante la eliminación del defecto o mediante una entrega alternativa de un artículo l ibre de defectos ( denominada conjuntamente " Cumplimiento suplementario ").
7 . 8 Los gastos de t ransporte, desplazamiento, mano de obra y materiales necesarios par a el cumplimiento suplementario correrán a cargo de tesa. En caso de que la notificación de un defecto resulte injustificada y el Comprador no haya tenido en cuenta las indicaciones correspondientes al presentar la notificación de defectos de manera intencionada o por negligencia grave, el Comprador estará obligado a indemnizar a tesa por todos los gastos y daños y perjuicios ocasionados en este contexto ( por ejemplo, gastos de v iaje y envío). 7 . 9 En caso de que falle el Cumplimiento Suplementario, es decir, si es imposible, si no se puede esperar razonablemente del Comprador, s i se retrasa injustificadamente o s i tesa rechaza el Cumplimiento Suplementario en v i r tud de la legislación aplicable, el Comprador, a su elección y en aplicación análoga de las disposiciones legales, puede rescindir el contrato o, reducir el precio de compra y/ o exigir una indemnización por daños y perjuicios de conformidad con la cláusula 8 o la compensación de sus gastos.
7 . 10 A menos que las leyes aplicables dispongan lo contrario, el plazo de prescripción de los derechos del Comprador por defectos de los Bienes será de doce meses a partir de la entrega de los Bienes al Comprador o a su agente. Los plazos de prescripción legales se aplicarán en su lugar a las reclamaciones de daños y perjuicios del Comprador por lesiones a la vida, el cuerpo o la salud causadas de manera culposa por tesa o sus agentes indirectos, así como por otros daños causados por negligencia grave e intencionada.
8 . Responsabilidad y Daños
8 . 1 la responsabilidad de tesa por incumplimiento de los principales deberes contractuales o " deberes cardinales" causados por una negligencia leve está l imitada en su cuantía a los daños previsibles y t ípicos del contrato en el momento de su celebración. Los deberes contractuales principales ( o deberes cardinales) son aquellos deberes que procuran al Comprador una posición jurídica que se supone que el contenido y el propósito del contrato le conceden, así como aquellos deberes cuyo cumplimiento hace posible que el contrato se ejecute correctamente y en cuya observancia el Comprador confía y puede confiar regularmente.
8 . 2 tesa no es responsable de un incumplimiento l igeramente negligente de sus obligaciones en v ir tud del contrato, salvo las establecidas en la c láusula 8 . 1 .
8 . 3 Por lo demás, las reclamaciones legales del Comprador por daños y perjuicios no se ven afectadas; en particular, tesa es responsable de dolo y negligencia grave de conformidad con las disposiciones legales.
8 . 4 Las l imitaciones de responsabilidad mencionadas en las cláusulas 8 . 1 y 8 . 2 no se aplican en casos de responsabilidad legal obligatoria ( en particular, en v ir tud de la Ley de Responsabilidad por Productos), en caso de lesiones culpables por parte de tesa a la vida, el cuerpo o la salud o por garantías ofrecidas por tesa o por la ocultación fraudulenta de defectos.
8 . 5 El comprador está obligado a proporcionar a tesa pruebas de cualquier daño reclamado. No se aplicará ninguna de las penalizaciones contractuales y/ o daños y perjuicios globales previstos en los términos y condiciones del Comprador ( véase la cláusula 1 de estas Condiciones de Venta).
8 . 5 tesa no será responsable del lucro cesante, los daños indirectos o la pérdida de reputación del Comprador. En todo caso, la reclamación de daños y perjuicios deberá ser probada ante un tr ibunal de la jurisdicción competente en adhesión del debido proceso.
9 . Obligación de indemnización por parte del comprador
Si el Comprador revende los Bienes, deberá indemnizar a tesa en el marco de su relación interna por las reclamaciones de responsabilidad por productos u otras reclamaciones de terceros, siempre que sea responsable del defecto ( material) que da lugar a la responsabilidad.
10 . Defectos en el t ítulo y derechos de propiedad
10 . 1 tesa no t iene conocimiento de ninguna reclamación definitiva de terceros que impida el uso de los Bienes de acuerdo con la intención definida y los términos del contrato.
10 . 2 Si, a pesar de ello, el Comprador infringe los derechos de propiedad industrial o de autor de terceros ( " Derechos de Propiedad") que deben reconocerse como legalmente válidos mediante el uso de los Bienes de conformidad con las disposiciones y el contrato, tesa obtendrá el derecho a un uso posterior para el Comprador a su cargo o modificará los Bienes de manera que sea razonable para el Comprador de modo que la infracción de los Derechos de Propiedad dejen de existir. Si esto no es posible en condiciones económicamente razonables o en un plazo de t iempo razonable, tanto el Comprador como tesa tendrán derecho a rescindir el contrato. Además, tesa indemnizará al Comprador - dentro de los l ímites de la c láusula 8 - por las reclamaciones no contestadas o legalmente establecidas de terceros, a condición de que tesa sea considerada responsable de la supuesta infracción de la propiedad industrial.
10 . 3 El Comprador está obligado a informar a xxxx sin demora injustificada s i se presentan reclamaciones contra el Comprador por parte de terceros debido al uso de los Bienes de acuerdo con la intención definida y los términos del contrato basados en la infracción de los Derechos de Propiedad o s i los terceros han abordado consultas sobre el derecho del Comprador al Comprador. Lo mismo se aplica si el Comprador se da cuenta de que el uso de los Bienes de acuerdo con la intención definida y los términos del contrato podrán posiblemente infringir los derechos de terceros. En estos casos, tesa tendrá derecho a rescindir los contratos de entrega existentes por causa justificada. xxxx también tendrá derecho a rescindir los contratos de entrega por causa justificada si tesa corre el r iesgo de infringir ella misma los derechos de terceros al ejecutar los contratos de entrega.
10 . 4 En caso de intervención de un tercero contra el Comprador en el marco de la cláusula 10 . 3 , tesa apoyará al Comprador en la medida de sus posibilidades en la defensa de dichas reclamaciones en relación con el tercero, a condición de que la reclamación en cuestión se derive de los bienes suministrados por tesa al Comprador. Esto requerirá que el Comprador no haya entregado ninguna declaración a terceros en detrimento de tesa.
11 . Procedimientos de prueba del Comprador
Los costos de cualquier procedimiento de prueba del Comprador o del cliente del Comprador sólo serán compensados por tesa con la aprobación previa y explícita de tesa. 12 . Disposiciones generales, Código de Conducta
12 . 1 El comprador no podrá ceder sus reclamaciones contra tesa - excepto las pecuniarias, a terceros s in el consentimiento escrito de tesa.
12 . 2 Las modificaciones y enmiendas a los acuerdos contractuales entre tesa y el Comprador y/ o a las presentes Condiciones de Venta y a cualquier otro acuerdo accesorio requerirán la forma escrita. Esto también se aplicará para la modificación de este requisito de forma escrita.
12 . 3 Para cumplir con la forma escrita exigida en estas Condiciones de Venta, es suficiente la t ransmisión por telecomunicación, en particular correo electrónico.
12 . 4 Si una disposición de los acuerdos contractuales entre tesa y el Comprador y/ o estas Condiciones de Venta es total o parcialmente nula o inválida, ello no afectará a la validez del resto de las disposiciones. Las partes se comprometen en este caso a sustituir la disposición nula o inválida por otra válida que se acerque lo más posible a la intención comercial de la disposición nula o inválida.
12 . 5 El lugar de cumplimiento de todas las reclamaciones recíprocas es el domicilio social de tesa.
12 . 6 La jurisdicción exclusiva para todos los l it ig ios en virtud o en relación con la relación contractual es la del lugar de cumplimiento, tal y como se ha indicado anteriormente.
12 . 7 El Comprador autoriza a tesa a recoger, tratar y compartir sus datos personales dentro del ámbito de los presentes Términos y Condiciones, y de acuerdo con las políticas de privacidad de datos de Tesa, todo ello disponible en: www. tesa. com/ es- co
12 . 8 El Comprador se compromete a cumplir con el principio básico de la política de privacidad de tesa
Código de conducta. Esto se puede encontrar en: Código de Conducta ( Disponible en xxx.xxxx.xxx/xx-xx) .