Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD DE LA REDACCION DEL PROYECTO DE URBANIZACION DEL BARRIO DE SAN XXXXXX EN EL MUNICIPIO DE LEKEITIO
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto XX XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXX XXXXXX con arreglo al Pliego de Prescripciones Técnicas en el que aparecen detalladas las condiciones a que debe ajustarse su ejecución.
El Pliego de Prescripciones Técnicas y el presente Pliego de Cláusulas Administrativas tendrán carácter contractual.
En la ejecución del contrato el adjudicatario actuará en estrecho contacto con los servicios técnicos municipales, así como con los responsables municipales.
Se deberá prever una concreción detallada y un plan completo de las obras que recoge el proyecto del contrato, a fin de que la dirección de obra pueda ser llevada por un técnico que no sea el propio redactor.
El trabajo objeto del contrato deberá respetar el contenido y disposiciones establecidas en las vigentes Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Lekeitio y demás instrumentos de Planeamiento.
El proyecto de obra a redactar por el adjudicatario deberá contener, como mínimo, los documentos que especifica el artículo 123 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Codificación de la nomenclatura CPV-71200000-0 correspondiente al objeto del contrato: SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y SERVICIOS CONEXOS
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
Los trabajos se realizarán en el plazo máximo de 4 meses. Dicho plazo se contará a partir del día hábil siguiente al de la recepción de la notificación del contrato.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso de los plazos citados, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación será de TREINTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA EUROS (37.190 €), más SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ EUROS (7.810 €) de IVA, cantidad que
podrá ser mejorada por los licitadores.
Los gastos de redacción de los documentos, gastos colegiales, etc. y la edición de los ejemplares solicitados por el Ayuntamiento estarán incluidos en el precio.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato, el Ayuntamiento tiene prevista la financiación con cargo al presupuesto del año en curso.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad de la correspondiente factura, una vez se haya dado el visto bueno al proyecto por parte de los servicios técnicos municipales.
6. REVISION DE PRECIOS
Por la naturaleza de la prestación, en el presente contrato no procederá la revisión de precios.
7. GARANTÍAS
La garantía definitiva será del 5% del presupuesto del contrato y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación del concurso. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del referido Texto Refundido, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx y en su caso a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
Obligaciones del adjudicatario:
1.- Para la realización del trabajo se deberá adscribir, como mínimo, el personal siguiente: Un arquitecto. Este personal estará adscrito mientras dure el contrato.
2.- El adjudicatario deberá dar cuenta al Ayuntamiento de las incompatibilidades que le pudieran afectar en el plazo de 15 días.
3.- Acompañará al Alcalde, Concejales y funcionarios a las reuniones a celebrar con otras Instituciones, tanto públicas como privadas.
4.- Cada vez que se lo solicite el Ayuntamiento, deberá tener disponibilidad para exponer el proyecto redactado ante concejales, técnicos y público.
5.- Deberá estar en contacto permanente con la oficina técnica del Ayuntamiento de Lekeitio e informará sobre el desarrollo de los trabajos a realizar.
6.- Deberá incorporar al proyecto todas las modificaciones aprobadas por el Ayuntamiento.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de seguridad e higiene en el trabajo, y de prevención de riesgos laborales quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Así mismo, si el proyecto redactado por el adjudicatario contuviera deficiencias, deberá cumplir lo dispuesto en los artículos 310, 311 y 312 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, afrontando las responsabilidades que en los mismos se concretan.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 309 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
12.- RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA
En el plazo máximo de 20 días desde la finalización de la prestación objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.
Así mismo, se establece un plazo de 1 año a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la referida Ley.
Durante este plazo de garantía el contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
13.-PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCION DEL CONTRATO
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
14.-CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución previstas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se adjudicará por procedimiento negociado con publicidad, según lo previsto y regulado en los artículos 176 a 178, y 163 a 166 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Los criterios de selección del adjudicatario serán los que se determina seguidamente:
1. ESTUDIO DIAGNOSIS DE LA SITUACION URBANISTICA Y CALIDAD DE LA PROPUESTA DE ACTUACION. Se valorará hasta 40 puntos.
2. VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA Y EL PLAZO. Dichas ofertas se valorarán sobre un total máximo de 40 puntos, subdividido en 2 apartados de la siguiente forma:
2.1. OFERTA ECONÓMICA: máximo 25 puntos.
• Las ofertas económicas recibidas y admitidas se valorarán conforme al siguiente criterio:
• Se valora con la máxima puntuación (25 puntos) la oferta económica más baja.
• La puntuación del resto de propuestas admitidas, se obtendrá mediante la siguiente fórmula: 110 – (45 * B/A). Siendo A= oferta más baja y B= oferta del licitador.
2.2. MEJORAS EN LOS PLAZOS DE LA FASE DE PROYECTO: máximo 15 puntos.
2.3.
• La oferta de plazo se presentará en unidades enteras de semanas naturales.
• El plazo de cada fase de trabajo recogerá la oferta propuesta por el equipo facultativo para la realización de la totalidad de trabajos de la fase exceptuando los correspondientes a los siguientes conceptos: visado colegial, revisión e informes de agentes externos, corrección de documentación a partir de informes externos.
• En todos los casos, el plazo máximo para la elaboración del documento corregido, a partir de los informes de revisión externos, será de un mes a contar desde la recepción del requerimiento de subsanación.
• Toda reducción o mejora del plazo previsto deberá ser justificada técnicamente.
• Las ofertas recibidas y admitidas se valorarán conforme a los siguientes criterios:
- Se valora el total del plazo (suma de todas las fases de trabajo, salvo los expresamente indicados en el punto anterior (visados, informes y correcciones).
- Las ofertas que superen el plazo tipo serán excluidas.
- El plazo tipo se valorará con 0 puntos.
- La reducción del plazo se valorará a razón de 3 puntos por cada semana de reducción del plazo total propuesto, respecto al tipo establecido en la licitación.
- Reducciones de más 5 semanas respecto al plazo tipo, se valorarán con el máximo de 15 puntos.
3. MEJORAS REFERIDAS AL ALCANCE DE LOS TRABAJOS: máximo 10 puntos.
El licitador podrá presentar en su oferta mejoras y sobreprestaciones respecto a los mínimos fijados en el pliego (objeto del contrato), que se valorarán, exclusivamente, según los siguientes criterios:
• Cuando se incluya la realización de un estudio geotécnico si se precisase en función de los trabajos que haya que ejecutar en el ámbito. Se valorará con 6 puntos.
• Cuando el proyecto se complete con infografías con al menos cuatro vistas y una integración aérea. Se entiende como infografía el modelado del ámbito de la urbanización y sus alrededores con asignación de materiales, asignación de iluminación y ambientación básica del entorno; se entiende como integración aérea el fotomontaje de una infografía 3D sobre una imagen aérea; se valorará con 8 puntos.
• Cuando el trabajo facultativo, de redacción de proyecto verifique su realización aplicando un sistema de gestión de la calidad, acreditado por normas europeas en la materia (ISO-9001 y similares) y cuyo alcance de la certificación, sea coincidente con el objeto del contrato (Redacción de Proyecto Arquitectónico) se valorará con 3 puntos.
• Cuando el trabajo facultativo, de redacción de proyecto verifique su realización aplicando un sistema de gestión en Ecodiseño, acreditado por normas europeas en la materia (UNE-150.301 y similar) y se certifique según dichas normas el proyecto y las obras correspondientes a la promoción objeto de la convocatoria; se valorará con 3 puntos.
3. METODOLOGIA DEL PROCESO DE PARTICIPACION: máximo 10 puntos.
17.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 18.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
18.- PRESENTACIÓN DE PROPOSIONES Y NEGOCIACION CON LOS PARTICIPANTES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la oficina técnica de este Ayuntamiento en horario comprendido entre las
9.00 y 14.00 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Así mismo se podrá consultar en la web xxx.xxxxxxxx.xxx, perfil del contratante.
Las proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por telex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la solicitud en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico, se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los/las licitadores/as deberán presentar dos sobres cerrados (A y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD DE LA REDACCION DEL PROYECTO DE URBANIZACION DEL BARRIO SAN XXXXXX”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre A se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación
fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los medios establecidos en los artículos 75, letra a) y 76, letras a), b) y e), del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En relación con los medios señalados, los requisitos mínimos de solvencia que deberán reunir las empresas para este contrato concreto serán los siguientes:
• Haber redactado al menos dos proyectos de reforma de urbanización para áreas residenciales y con superficies similares a la del objeto de esta licitación.
La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f).
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras b), c), d) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP2. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso, el adjudicatario del contrato, previo a la formalización del mismo, deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
El sobre B se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN” y
contendrá los siguientes documentos:
a) Memoria explicativa de los trabajos a realizar, en la que se incluirá un análisis de la situación urbanística del barrio, destacando las prioridades de actuación. Programa de trabajo.
b) Proposición económica ajustada al modelo que aparece como anexo I.
c) Metodología de participación.
d) Cualquier otra documentación que sirva para acreditar los criterios de valoración.
19.- ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
Para la adjudicación del contrato, el órgano de contratación estará asistido de una comisión negociadora que se encargará de llevar a efecto las negociaciones con las empresas invitadas.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, el órgano de contratación abrirá los sobres que las contienen, examinará la documentación aportada, pudiendo conceder un plazo para subsanar los posibles errores u omisiones observados en la misma y, admitida finalmente la referida documentación, abrirá, en su caso, la fase de negociación de ofertas en base a los aspectos económicos, técnicos y/o logísticos referidos al objeto del contrato.
En aras de llevar a efecto esta fase, el órgano de contratación establecerá una rueda de conversaciones con cada una de las empresas invitadas. La citación se realizará mediante el correo electrónico proporcionado.
Terminada la negociación, los participantes que hayan cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir su oferta final para que se proceda a la identificación y selección de la oferta económicamente más ventajosa por el órgano de contratación.
La adjudicación se realizará condicionada a que el adjudicatario lleve a cabo las actuaciones que se le especificarán en la notificación al efecto, además de la formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 10 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 18, letra e), de este pliego.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, no hubiese aportado o hubiese aportado en fotocopia simple en el sobre que configura la proposición.
e) Presentar otros documentos exigidos en el presente pliego que no hayan sido aportados, en su caso.
f) Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
III. NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
20.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto en:
- El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por R.D. Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre.
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
- Ley 7/85 de 2 xx xxxxx reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 11/99 de 21 xx xxxxx y Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por R.D Legislativo 781/86 de 18 xx xxxxx.
- Otras disposiciones que regulen la contratación administrativa local y resulten aplicables en el ámbito de la misma.
21.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
El Ayuntamiento de LEKEITIO será propietario de los trabajos que se realicen en cualquiera de sus fases, pudiendo recabar del adjudicatario la entrega del trabajo realizado hasta ese momento. El adjudicatario no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros dato alguno del trabajo contratado, ni publicar total o parcialmente el contenido de los mismos, reservándose el Ayuntamiento la propiedad intelectual y la explotación del trabajo.
22.- PROTECCION DE DATOS DE CARACTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
23.- JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lekeitio, 21de abril de 2017
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA
Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
D…………………………., mayor de edad, con domicilio en ……………… y D.N.I nº……………….., en nombre y representación de …………………, con domicilio social en
……………………….. y C.I.F. nº……………… enterado del concurso convocado por……………………………………….., para la contratación de…………………………………………..
EXPONE
Primero.- Que me comprometo a su ejecución por el precio de… €,
más……………………………. €, correspondientes al % de I.V.A., y en el plazo
de , debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos
incluyendo impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
Segundo.- Que conoce los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas que rigen este contrato y que expresamente asumo y acato en su totalidad.
Tercero.- Que declara bajo su responsabilidad que la empresa licitadora no se halla comprendida en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración señalados en la legislación vigente, tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar los citados trabajos y reúne los requisitos específicos exigidos para este contrato.
En………………., a…….de de 2.017.
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO II. MODELO DE DECLARACION JURADA
Cuando se trate de persona natural:
D……………………………………………………………………DECLARA BAJO JURAMENTO que, siendo licitador en el contrato de está facultado
para contratar con la Administración, ya que, teniendo capacidad de obrar, no se halla comprendido en ninguna de las circunstancias señaladas en el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y cumple su empresa todos los requisitos y obligaciones exigidas por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
(Lugar, fecha y firma) Cuando se trate de persona jurídica:
D…………………………………………………… como apoderado de
………………………………………DECLARA BAJO JURAMENTO, que la Empresa a la que representa, licitadora en el contrato de ……………. Está facultada para contratar con la administración, ya que, teniendo capacidad de obrar, no se halla comprendida en ninguna de las circunstancias señaladas en el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y cumple todos los requisitos y obligaciones exigidas por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento legal.
(Lugar, fecha y firma)