CONTRATO DE ENSEÑANZA PARA EL CICLO LECTIVO 2019
CONTRATO DE ENSEÑANZA PARA EL CICLO LECTIVO 2019
Entre LA FUNDACION EDUCATIVA Y CULTURAL SAN XXXXXXX en representación del Colegio San Xxxxxxx, en adelante "LA FUNDACIÓN" con domicilio en Anasagasti 202, de San Xxxxxx de Bariloche y ………….………………………………………………………………………. DNI/LE/LC/CI Nº ............................................. y
........................................................................................................................................................... DNI/LE/LC/CI Nº ............................................. en adelante "LOS RESPONSABLES",
constituyendo domicilio en ............................................................................................................................, en el que serán válidas todas las notificaciones cursadas, en su carácter de tutores
legales de EL ALUMNO: ........................................................................................................, en adelante EL ALUMNO, condición que se acredita con
se celebra el siguiente contrato de enseñanza para el ciclo lectivo 2019 conforme las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: De común acuerdo, las partes dejan constancia que el efectivo otorgamiento de la matrícula al alumno/a , para el ciclo lectivo año 2019, se encuentra sujeta a que se cumplan las condiciones que el Consejo de Administración ha fijado en las reglamentaciones vigentes ( las que LOS RESPONSABLES declaran conocer y cuya copia se adjunta e integra al presente como ANEXO) en los plazos que ellas determinan ; todo ello de acuerdo con los datos de la Solicitud de Reserva xx Xxxxxxx expuestas al frente, y siempre que medie aprobación curricular del ciclo académico 2018. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDA: La matriculación obliga al Colegio San Xxxxxxx a impartir al alumno/a:
a) la enseñanza correspondiente al nivel, modalidad y curso en el que está matriculado/a en todo supuesto de aprobación regular del ciclo lectivo 2018 y pase de nivel/curso según los planes oficiales de estudio a los que se encontrara incorporado en el Colegio.-
b) la enseñanza correspondiente al nivel, modalidad y curso que académicamente corresponda ante todo supuesto de repitencia de EL ALUMNO , sujeto a la organización y diagramación del Establecimiento Escolar y según los planes oficiales de estudio a los que se encontrara incorporado en el Colegio.-
c) prestar los demás servicios educativos correspondientes al plan de estudio elegido que con carácter general y obligatorio se desarrollan en el establecimiento.-
d) prestar aquellos servicios de enseñanza extraprogramática y talleres optativos conforme manifestación expresa de voluntad que en tal sentido formalizan LOS RESPONSABLES al pie de la presente.-
e) realizar las evaluaciones respectivas y demás trámites que imponen las normativas vigentes. -
TERCERA: LOS RESPONSABLES conocen, aceptan y se obligan a cumplir y/o hacer cumplir por EL ALUMNO todas las obligaciones establecidas en las reglamentaciones oficiales, Acuerdo Escolar de Convivencia y Reglamento y las demás normas y disposiciones emanadas del Consejo de Administración, de la Dirección General, de la Rectoría o de la Dirección del establecimiento. LOS RESPONSABLES se obligan asimismo – en caso de repitencia del ALUMNO en el ciclo escolar 2018, a aceptar la vacante y asignación de curso dispuesto por LA FUNDACIÓN para el ciclo lectivo 2019.- - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
XXXXXX: LOS RESPONSABLES aceptan y prestan su plena conformidad, al pago de la cuota correspondiente al “derecho de reserva de la vacante”, la que deberá estar totalmente cancelada al día 15 de enero del año 2019. Pasada esa fecha, sin que LOS RESPONSABLES hubieran cumplido con la cancelación total del pago comprometido y/o ante el supuesto de que configurada la repitencia de EL ALUMNO, LOS RESPONSABLES no acepten la asignación de curso, turno y nivel asignado por LA FUNDACIÓN para el ciclo lectivo 2019, se deja expresamente establecido que se interpretará cualquiera de tales situaciones como desistimiento por parte de LOS RESPONSABLES de la solicitud de reserva xx xxxxxxx y por lo tanto pasada esa fecha, EL ALUMNO perderá indefectiblemente la vacante, no teniendo LOS RESPONSABLES derecho a reclamo alguno ni al reintegro de los montos abonados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINTA: En concepto de cuota contribución enseñanza oficial y de cuota de servicio de enseñanza extraprogramática, LOS RESPONSABLES se comprometen a abonar a LA FUNDACIÓN la suma anual de $.................................. (................................................................................................) pagadero en diez cuotas mensuales y consecutivas de $....................................
(............................................................................................................) cada una de las cuales se abonarán del 1 al 5 de cada mes, a partir del mes de Febrero a Noviembre del año 2019 / Se entiende por ¨ Contribución por la enseñanza oficial y servicio de enseñanza extraprogramática obligatoria ¨, a la contribución que LOS RESPONSABLES, se comprometen por este documento formalmente a aportar, con carácter obligatorio en concepto de gastos por el mantenimiento edilicio, equipamiento didáctico – pedagógico, informático, bibliográfico, y demás rubros necesarios para el cumplimiento de las prestaciones comprometidas por LA FUNDACIÓN y que no se encuentran cubiertas por el aporte del Estado Provincial. Se establece, expresamente que dicha cuota, no incluye, ni contempla los talleres adicionales optativos que ofrezca LA FUNDACIÓN y cuya contratación resolverá LA FUNDACIÓN por cuenta propia o de terceros. Todas las actividades y servicios adicionales optativos que ofrezca LA FUNDACIÓN se contratarán por separado, a los valores e importes que establezca LA FUNDACIÓN en función de sus respectivos costos.- - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEXTA: Se deja expresamente convenido y por ende establecido en este documento que la contribución económica referenciada en la cláusula anterior, se encuentra sujeta a las actualizaciones e incrementos que, en los términos, condiciones y plazos dispongan, la Secretaría de Comercio o la autoridad competente correspondiente; como así también en los supuestos de aplicación del decreto 2417/93 en caso de aumentos en los sueldos docentes y/o las variaciones del costo de vida, todo ello a opción de LA FUNDACIÓN . Se acuerda también la posibilidad de actualizar las citadas cuotas, ante el supuesto, que por decisión administrativa del Gobierno de la Provincia de Rio Negro y/o su administración centralizada y/o descentralizada se disponga la suspensión total o parcial del aporte Estatal que LA FUNDACIÓN percibe en su condición de Escuela Pública de Gestión Privada y/o que se aplique sobre el citado aporte una reducción.- Asimismo acuerdan las partes y LOS RESPONSABLES confieren expreso consentimiento para que LA FUNDACIÓN readecúe la contribución anual en la medida que el índice inflacionario lo exija. Queda expresamente convenido que tanto la suma en concepto de contribución, como su actualización constituirán suficiente título de deuda y crédito exigible.- Dichas actualizaciones integrarán también el título ejecutivo del presente instrumento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEPTIMA: Las facturas correspondientes a la contribución convenida, deberán abonarse a su vencimiento conforme al régimen de la cláusula QUINTA y subsiguientes, quedando notificados LOS RESPONSABLES que las mismas estarán a su disposición, en la sede del Colegio el último día hábil de cada mes.- La xxxx se pacta en forma automática, operándose por el solo transcurso del plazo.- A partir de ésta, se devengará un interés punitorio a favor de LA FUNDACIÓN, que será el que aplique el BANCO DE LA NACION ARGENTINA para las operaciones de descubierto transitorio en cuenta corriente. A efectos de acreditar el pago y oponer excepción de pago en caso de ejecución, exclusivamente serán las facturas canceladas en banco y/o institución habilitada al efecto o recibos oficiales emitidos y firmados por las autoridades de LA FUNDACIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
OCTAVA: La falta de pago parcial o total en tiempo y forma de dos mensualidades consecutivas o alternadas, y/o de los importes correspondientes actualizados habilitará unilateral y alternativamente a LA FUNDACIÓN a su exclusivo arbitrio y sin necesidad de previa interpelación extrajudicial o judicial alguna, a rescindir de pleno derecho el presente contrato a considerar las obligaciones de la cláusula QUINTA como de plazo vencido y demandar por xxx xxxxxxxxx xx xxx xxxx 000 x xx xxx XXXX xx xxxxx en xxxx y el pendiente por el resto del año, con más y los intereses moratorios y punitorios. LA FUNDACIÓN acreditará la prestación del servicio educativo con la presentación de las constancias obrantes en los Registros de la Documentación Oficial del Colegio. A tales fines las partes acuerdan en constituir en título ejecutivo al presente contrato, junto con la liquidación y certificación de deuda emitida por el Tesorero de LA FUNDACIÓN y/o el Administrador del Colegio, cuya determinación será el monto base de la ejecución, en los términos del art. 523 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Provincia de Río Negro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -
XXXXXX LA FUNDACIÓN se reserva el derecho de no admitir para el período escolar siguiente, al alumno/a cuyos tutores legales y/o adultos responsables del cumplimiento de las obligaciones nacidas de este contrato, ya sea por encontrarse en xxxx con LA FUNDACIÓN, al momento de iniciarse el período de inscripciones correspondiente al ciclo lectivo 2019 o que hubieran faltado a cumplir con el AEC y Reglamento y/o condiciones esenciales del contrato de enseñanza - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMA: LOS RESPONSABLES acreditarán el cumplimiento de la cláusula QUINTA con la exhibición de los respectivos comprobantes de pago, según disposiciones de la cláusula SÉPTIMA, a requerimiento de LA FUNDACIÓN, no pudiendo oponer LOS RESPONSABLES defensas que tiendan a declarar la nulidad de la notificación u objetarla de modo alguno. - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DECIMO PRIMERA: Este contrato de enseñanza quedará perfeccionado con la inscripción de EL ALUMNO en el libro de matrículas en la oportunidad que corresponda y con los recibos del pago de los correspondientes derechos. La citación a los fines del art. 524 y cc del CPCC se efectuará en el domicilio constituido e indicado "ut supra" donde se diligenciará bajo responsabilidad de la parte actora no pudiendo oponer LOS RESPONSABLES, defensas que tiendan a declarar la nulidad de la notificación u objetarla en modo alguno y el que tendrá plena eficacia procesal aunque LOS RESPONSABLES no se hallaren o no se domiciliaren en la dirección indicada. La modificación del domicilio contractual por LOS RESPONSABLES, para que tenga efectos, deberá ser comunicado al Colegio en forma fehaciente y con antelación mínima xx xxxx días. En caso de duda, la presunción opera a favor de LA FUNDACIÓN. - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMO SEGUNDA: Este contrato, sujeto a las pautas y condiciones precedentes tiene vigencia anual, prolongándose sus efectos hasta que EL ALUMNO rinda sus períodos de recuperación o las evaluaciones que correspondan al año para el curso en que fuere matriculado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMO TERCERA: LA FUNDACIÓN se reserva el derecho de admisión de EL ALUMNO para el curso escolar inmediato superior al pactado en este contrato y podrá denegar la misma sin explicitar causa alguna. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMO CUARTA: LOS RESPONSABLES declaran conocer y aceptar el Acuerdo Escolar de Convivencia y Reglamento del COLEGIO SAN XXXXXXX y aceptan las modificaciones que se dicten en consecuencia dentro de las atribuciones que le son propias, como también reconocen y aceptan el carácter y las autoridades constituidas de LA FUNDACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL SAN XXXXXXX, y el plantel docente, auxiliar y de seguridad del Establecimiento. Asimismo toman a su cargo los adicionales que correspondan por nuevos impuestos u otros tributos no previstos al tiempo del contrato y seguros. El contenido del presente no exime a LOS RESPONSABLES ni al ALUMNO de las obligaciones correspondientes a los servicios prestados, ni por los daños y perjuicios de índole contractual o extracontractual por actos u omisiones del mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
DECIMO QUINTA: Se pacta la jurisdicción y competencia exclusiva y excluyente de los Tribunales Ordinarios de San Xxxxxx de Bariloche, Provincia de Rio Negro con exclusión de todo otro fuero o jurisdicción. Todas las notificaciones se tendrán por válidas en los domicilios indicados "ut supra" o los que se comuniquen fehacientemente en el futuro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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DECIMO SEXTA: LOS RESPONSABLES manifiestan expresamente que SI / NO ( tache lo que no corresponda) contratan a favor de sus representados la prestación de servicios de enseñanza coprogramáticos y talleres optativos que ofrece la institución.,- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en San Xxxxxx de Bariloche, a los................ días del mes de.................................. de recibiendo cada parte un
ejemplar.
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Firma y Aclaración del/la Responsable Firma y Aclaración del/ la Responsable p. Fundación Educativa y Cultural San Xxxxxxx