The Gold Elite Credit Card American Express®
The Gold Elite Credit Card American Express®
Carátula del contrato de adhesión de apertura de crédito en cuenta corriente entre el Tarjetahabiente y American Express Company (México), S.A. de C.V.
CAT (Costo Anual Total) | TASA DE INTERÉS ANUAL | LÍNEA DE CRÉDITO | MÍNIMO A PAGAR | COMISIONES MONTO Y CLÁUSULA |
VARIABLE + IVA | ||||
___% sin IVA VARIABLE Para fines informativos y de comparación Fecha de cálculo: ____________ Ver cláusula DÉCIMA NOVENA. | Tasa Ordinaria ___% + IVA Ver cláusula DÉCIMA NOVENA. | $ M.N. Variable Ver cláusula OCTAVA. | El cálculo del pago mínimo será el monto que resulte mayor conforme a lo establecido en el Contrato. Ver cláusula DÉCIMA NOVENA. Lugar y forma de pago. Ver cláusula VIGÉSIMA PRIMERA. | Anualidad: Cuota Anual Tarjeta Básica que incluye 3 Tarjetas Adicionales sin costo, $1,700.00 M.N. + IVA Cuota Anual Tarjeta Adicional: $750.00 M.N. + IVA cada una a partir de la cuarta Tarjeta. Pago tardío (xxxx) $550.00 M.N. + IVA Por disposición de efectivo en cajeros automáticos en el extranjero: 10% + IVA sobre el monto de la disposición en efectivo. Otras ver cláusula DÉCIMA. |
Metodología del Cálculo de lnterés
Los intereses se calcularán cada periodo con base en el saldo insoluto promedio del periodo. La tasa de interés aplicable a los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del periodo de cálculo de intereses del Estado de Cuenta de que se trate, será la tasa de interés promedio vigente a la fecha xx xxxxx del Estado de Cuenta correspondiente. Ver cláusula DÉCIMA NOVENA.
TASA VARIABLE | ||
Tasa de referencia | Descripción | Comportamiento del Diferencial |
Tasa de referencia: TIIE a 28 días | Tasa de referencia xx xxx: TIIE Diferencial: 55% Total de interés: TIIE + 55% + IVA | El Diferencial aplicable es variable. Para ajustes en la Tasa de interés, ver cláusula Décima Novena. |
Leyendas de Riesgo
"Cuide su capacidad de pago, generalmente sus pagos por créditos no deben de exceder en conjunto del 35% de sus ingresos periód icos, los costos por xxxx son muy elevados".
"Los cargos a pagar en moneda extranjera que se convierten a Moneda Nacional pueden variar conforme al comportamiento de la mon eda, índice o referencia, por lo que el monto a pagar es incierto, lo que puede implicar un mayor riesgo para usted".
"Los intereses de este crédito son en tasa variable; el monto de intereses a pagar varía conforme al comportamiento del índice de referencia, por lo que el monto total a pagar es incierto, lo que implica un mayor riesgo para usted".
"Incumplir con tus obligaciones te puede generar comisiones".
"Contratar Créditos en exceso a su capacidad de pago puede afectar su patrimonio y su historial crediticios".
"Realizar únicamente el pago mínimo de sus créditos, podría implicar liquidar su deuda en un plazo, por lo que se recomienda re alizar y anticipar pagos mayores al mínimo, ya que esto le permitirá reducir el tiempo para liquidar el saldo de La Tarjeta".
INFORMACIÓN RELEVANTE
Fecha límite de pago: la que se establece en el Estado de Cuenta. Fecha xx xxxxx:_________________________________________
Periodo sin generar intereses: hasta 20 días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx.
AUTORIZACIÓN
Los datos personales pueden utilizarse para mercadeo:
Sí No
SEGUROS
• Protección contra robo o extravío de La Tarjeta
• Protección en caso de muerte del Tarjetahabiente Básico (Xxxx Xxxxxxx)
Para mayor información consulte la cláusula TRIGÉSIMA PRIMERA.
Dudas, aclaraciones y reclamaciones:
Para cualquier duda, aclaración o reclamación, favor de dirigirse a: Patriotismo 635 P.B., Col. Ciudad de los Deportes, Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxxx, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx,
X.X. 00000. Teléfono de la Unidad Especializada de Servicio a Clientes: 000 000 0000. Correo electrónico: xxxxxxx@xxxx.xxx Página de Internet: xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx O en su caso a PROFECO: Teléfono 000-000-00-00, Página de Internet: www.profeco.gob. mx
[ESTADO DE CUENTA] / [CONSULTA DE MOVIMIENTOS]
Estado de Cuenta con periodicidad: Mensual
Entrega en domicilio
Consulta vía Internet en xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Datos de inscripción en el Registro de Contratos de Adhesión: 5188-2022 de fecha 23 de septiembre de 2022.
La presente Carátula forma parte del contrato de adhesión de apertura de crédito en cuenta corriente celebrado entre el Tarjetahabiente y American Express Company (México), S.A. de C.V. de conformidad con lo previsto en la solicitud suscrita por el Tarjetahabiente.
03-23
CONTRATO DE APERTURA DE CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE ENTRE EL
TARJETAHABIENTE Y AMERICAN EXPRESS COMPANY (MÉXICO), S.A. DE C.V.
PRIMERA.- INTRODUCCIÓN
Este Contrato, junto con la Carátula respectiva, conforman el Contrato que regula el uso de la línea de crédito en cuenta corriente asociada a La Tarjeta de Crédito American Express. Este Contrato reemplaza cualquier otro Contrato relacionado con la línea de crédito en cuenta corriente asociada a La Tarjeta. Nosotros le haremos entrega de una copia del mismo o se lo haremos de su conocimiento en nuestras oficinas ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx xx los Deportes, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx,
C.P. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx o en nuestra página de Internet www. xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Usted, Cliente o el Tarjetahabiente Básico significa la persona que presentó la Solicitud para el otorgamiento de la línea de crédito en cuenta corriente (la “Cuenta”) asociada a La Tarjeta. Nosotros, Entidad Comercial o American Express significa American Express Company (México)
S.A. de C.V. La Tarjeta significa cualquier tarjeta o medio de pago que Nosotros emitamos para que pueda hacer uso de la Cuenta. Cargo significa cualquier transacción que Usted realice con La Tarjeta o que de cualquier otra forma se cargue a la Cuenta de La Tarjeta, incluyendo cargos por disposición de efectivo, compras, comisiones, cuotas, intereses, impuestos y cualquier otra cantidad que Usted esté de acuerdo en pagarnos o sea responsable del pago de conformidad con el presente Contrato. Este Contrato únicamente podrá celebrarse con personas mayores de edad, por lo que está prohibida la celebración del mismo con personas menores de edad en términos de la legislación aplicable.
Al activar su Tarjeta, Usted reconoce y acepta sujetarse a los términos y condiciones que regulan el uso de The Platinum Credit Card American Express®, The Gold Elite Credit Card American Express® y/o American Express PAYBACK® Gold Credit Card de la cual Usted sea Titular.
Le solicitamos que lea en forma completa este Contrato y que lo conserve para su referencia. Usted nos podrá solicitar que emitamos una o varias Tarjetas con cargo a su Cuenta en favor de determinadas personas, y si Nosotros emitimos tales Tarjetas, dichas personas serán denominadas Tarjetahabientes Suplementarios o Tarjetahabientes Adicionales a su Cuenta de La Tarjeta, quedando obligados a utilizar esta en los términos y condiciones aquí estipulados. Es su responsabilidad que cualquier Tarjetahabiente Suplementario esté plenamente enterado de los términos y condiciones del presente Contrato. Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios son las únicas personas que pueden utilizar La Tarjeta, ya que esta no es endosable ni transferible. Por tal motivo, al recibir La Tarjeta, esta deberá ser firmada de inmediato por Usted y por los Tarjetahabientes Suplementarios.
SEGUNDA.- EMISORA DE LA TARJETA
La emisora de La Tarjeta es American Express, debidamente constituida y existente bajo las leyes de la república mexicana, con domicilio social en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx xx los Deportes, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx,
TERCERA.- PARTES DEL CONTRATO
Este Contrato crea una relación jurídica entre Usted y Nosotros por virtud de la cual se obliga a pagar el importe de todos los Cargos que se efectúen en la Cuenta de La Tarjeta.
CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO
De conformidad con las disposiciones legales aplicables, Nosotros le otorgamos a Usted un crédito en cuenta corriente en Moneda Nacional hasta por el importe que aprobemos y le confirmemos oportunamente, dentro de cuyo límite no se encuentran expresamente comprendidos los intereses, prestaciones, gastos y/o comisiones que se originen con motivo del crédito otorgado y respecto de los cuales Usted se encuentre obligado a pagarnos como consecuencia de lo acordado en este Contrato.
QUINTA.- USO DE LA TARJETA/CÓDIGOS
Para prevenir un mal uso de La Tarjeta, deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios realicen lo siguiente:
• Firmar La Tarjeta inmediatamente después de recibirla en el reverso de la misma;
• Conservar en lugar seguro La Tarjeta en cualquier momento;
• Revisar frecuentemente que tiene La Tarjeta bajo su posesión;
• No permitir que otra persona utilice La Tarjeta;
• Asegurarse que La Tarjeta le sea devuelta cuando efectúe un Cargo; y
• Nunca dar detalles de La Tarjeta a personas no autorizadas, con excepción de que la utilice bajo los términos de este Contrato.
Para proteger su Número de Identificación Personal (“NIP”), códigos de acceso a nuestro centro telefónico, códigos de acceso o “passwords” a nuestra página de Internet, o cualquier otro código que Usted utilice en su Cuenta de La Tarjeta (Códigos), deberá asegurar que tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios realicen lo siguiente:
• Memorice su Código;
• Destruya inmediatamente cualquier comunicación en la cual se informen sus Códigos;
• No conserve ningún registro de sus Códigos con La Tarjeta o cerca de sus números de Cuenta;
• No proporcione los Códigos a ninguna persona;
• Si Usted selecciona un Código, no escoja algún Código que se pueda asociar fácilmente con su nombre, fecha de nacimiento o teléfono; y
• Tenga cuidado para prevenir que ninguna persona vea su Código al utilizarlo para disponer de efectivo en cajeros automáticos o en cualquier otro sistema o equipo electrónico.
Usted reconoce y acepta que se obliga a hacer del conocimiento de los Tarjetahabientes Suplementarios el carácter personal e intransferible de las Tarjetas, así como la confidencialidad del Número de Identificación Personal (“NIP”), obligándose a firmar de inmediato las Tarjetas para prevenir el mal uso de las mismas. Por lo tanto, es de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudieren sufrir como consecuencia del uso indebido que se llegare a hacer de las Tarjetas o del NIP.
La Tarjeta se entregará desactivada y para su activación Usted deberá solicitarlo expresamente, ya sea vía telefónica o por nuestra página de Internet. Nosotros le entregaremos el NIP en forma separada a La Tarjeta, o bien podrá generarlo a través de los medios que para tales efectos pongamos a su disposición.
No procederán Cargos a la Cuenta de La Tarjeta en caso de que la misma no haya sido activada conforme a lo previsto en el párrafo de arriba. Lo anterior no será aplicable a Cargos Recurrentes y otros previamente autorizados por Usted, cuando se sustituya La Tarjeta.
Tanto Usted como los Tarjetahabientes Suplementarios deberán documentar las disposiciones del crédito conferido mediante la suscripción de pagarés o notas de cargo, documentos incondicionales de pago a la vista o cualquier otro que para tal efecto se utilicen internacionalmente y que llegarán a corresponder en cada ocasión, según fuere requerido en los Establecimientos, salvo que se realicen a través de cajeros automáticos u otros equipos o sistemas automatizados autorizados.
Lo anterior no será aplicable al Programa “Firma en Expediente”, por el cual Usted queda autorizado a hacer Cargos por teléfono, por correo o por Internet, sin tener que firmar las notas de cargo. Cada vez que Usted haga Cargos bajo el Programa “Firma en Expediente”, el Establecimiento insertará las palabras “Signature on File” o “Firma en Expediente”, en la línea reservada para la firma en las notas de cargo. En estos supuestos, Usted deberá autorizar en forma previa al Establecimiento por escrito o a través de medios electrónicos que realice Cargos a La Tarjeta mediante este Programa. Usted acepta y conviene en pagar todos los Cargos relacionados y hechos a través de este Programa, en los mismos términos pactados en este Contrato para cualquier Cargo.
Asimismo, tratándose de operaciones en las que Usted no presente La Tarjeta cuando realice otro tipo de operaciones por teléfono o a través de Internet, se entenderá que la operación fue solicitada por Usted, cuando los bienes o servicios adquiridos se entreguen o presten,
según corresponda, en el domicilio que Usted tenga registrado con Nosotros.
En caso de que los servicios no se entreguen o presten conforme al párrafo anterior, Nosotros podemos convenir con el Establecimiento los procedimientos para verificar que la persona que solicitó la operación es el Tarjetahabiente Básico.
Usted nos autoriza en este acto a descontar, ceder, negociar o de cualquier otra forma traspasar los pagarés y/o las notas de cargo u otros documentos relacionados con los Cargos, endosándolos en propiedad o en procuración, en su caso, a favor de terceras personas.
SEXTA.- USOS PERMITIDOS DE LA TARJETA
Usted podrá utilizar La Tarjeta sujeto a las restricciones que se establecen en el presente Contrato, la cual podrá ser utilizada para la compra de bienes y servicios en los establecimientos afiliados a American Express (en lo sucesivo, los “Establecimientos”). A continuación se establecen algunos ejemplos:
• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios en Establecimientos al presentar la misma y firmar las notas de cargo o los códigos correspondientes;
• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes y servicios solicitados a un Establecimiento por teléfono, Internet o correo; y
• Utilizar La Tarjeta mediante el registro de la misma en aplicaciones para dispositivos móviles, ya sean provistas por Nosotros o por terceros, en este último caso siempre que hayan sido autorizados por Xxxxxxxx y previamente informadas a Usted.
Cuando dichas aplicaciones para dispositivos móviles sean proporcionadas por un tercero, Usted acepta y reconoce expresamente que American Express no es responsable de su funcionamiento y que estará sujeta a los términos y condiciones correspondientes los cuales no están previstos en el presente Contrato. Asimismo, reconoce que la aceptación de los términos y condiciones de dichas aplicaciones para dispositivos móviles es opcional, voluntaria y de su entera responsabilidad.
Es del conocimiento del Cliente que al utilizar aplicaciones de terceros, la información que proporcione podrá ser utilizada por dicho tercero para todos los fines necesarios y que resulten como consecuencia del uso de la aplicación correspondiente, de conformidad con los términos y condiciones que haya aceptado y sean aplicables, incluyendo el uso de información correspondiente al detalle de las transacciones u operaciones realizadas mediante el uso de la aplicación. Por lo anterior, el Cliente libera a American Express de cualquier responsabilidad por el uso, fallas, suspensión o cancelación de la aplicación o por el uso de la información que haya proporcionado al tercero proveedor de la misma.
Si Nosotros lo autorizamos, Usted también podrá utilizar La Tarjeta para disposición de efectivo en cajeros automáticos que acepten La Tarjeta. Asimismo, si Nosotros lo autorizamos Usted
podrá utilizar La Tarjeta para transferencias de saldos sujeto a los términos de la cláusula Trigésima Segunda del presente Contrato.
En caso de que sea permitido por el Establecimiento, Usted podrá devolver al Establecimiento los bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta y recibir un crédito a su Cuenta.
La Tarjeta solo podrá utilizarse una vez que Usted solicite su activación mediante los procedimientos de activación que le indiquemos al momento de su entrega respectiva. No procederá la realización de Cargos hasta que La Tarjeta haya sido activada, excepto que se trate de Cargos Recurrentes y otros previamente autorizados por Usted cuando se trata de sustitución de La Tarjeta.
Nosotros pagaremos a los Establecimientos, por cuenta de Usted, ya sea directamente, o a través de instituciones emisoras de tarjetas de crédito pertenecientes a los sistemas nacionales o mundiales con los que celebremos convenios al efecto, según el caso, el importe que proceda por los bienes o servicios proporcionados a Usted por dichos Establecimientos, incluyendo impuestos, propinas y gastos diversos.
SÉPTIMA.- USOS NO PERMITIDOS DE LA TARJETA
Usted se abstendrá de realizar lo siguiente:
• Proporcionar La Tarjeta o su número de cuenta a terceras personas o permitirles que utilicen La Tarjeta o su Cuenta para la realización de Cargos, identificación
o para cualquier otro propósito;
• Utilizar La Tarjeta para la compra de bienes para posteriormente ser revendidos;
• Devolver bienes y servicios adquiridos con La Tarjeta para obtener un reembolso en efectivo;
• Utilizar La Tarjeta para obtener efectivo por parte de un Establecimiento;
• Obtener un crédito en La Tarjeta, con excepción del reembolso de bienes y servicios previamente adquiridos con la misma;
• Utilizar La Tarjeta si Usted se encuentra involucrado en un proceso de concurso
o en estado de insolvencia o si Usted no tiene los fondos suficientes para pagar al menos el Pago Mínimo en su próximo Estado de Cuenta;
• Utilizar La Tarjeta si la encuentra en forma posterior al aviso de pérdida o robo de la misma;
• Utilizar La Tarjeta si la misma ha sido suspendida o cancelada o en forma posterior a la fecha de vigencia que se establece en el anverso de La Tarjeta;
• Utilizar La Tarjeta para propósitos ilícitos, incluyendo para la compra de bienes y servicios prohibidos por la legislación mexicana o en cualquier otro país en donde La Tarjeta sea utilizada; y
• Utilizar La Tarjeta para la adquisición de mercancías o para la adquisición de algún bien o servicio con fines empresariales.
Es responsabilidad de Usted y de los Tarjetahabientes Suplementarios que La Tarjeta no sea utilizada para los fines antes mencionados. Asimismo, Usted será responsable de cualquier uso no permitido de La Tarjeta, aun en el supuesto de que Nosotros no prevengamos o suspendamos el uso prohibido.
OCTAVA.- LÍMITE DE CRÉDITO
Nosotros le informaremos de conformidad con la legislación aplicable el límite de crédito asignado a la Cuenta de La Tarjeta, cuyo monto es la cantidad máxima que Usted podrá disponer con La Tarjeta en los términos del presente Contrato.
Usted se obliga a manejar su Cuenta de tal forma que el saldo insoluto de La Tarjeta no exceda del límite de crédito. No obstante, podremos aprobar Cargos que resulten en un exceso en el límite de crédito asignado, lo cual no constituye un incremento en el límite de crédito. En caso de que sea requerido por Nosotros, Usted nos debe pagar en forma inmediata los Cargos en exceso al límite de crédito conferido.
Usted nos podrá solicitar un incremento en su línea de crédito, y Nosotros podremos aprobar su petición a nuestra discreción, y sujeto a que nos haya proporcionado la información que le solicitemos. Dicha solicitud nos la podrá realizar incluso para que se efectúen incrementos periódicos a la línea de crédito. Asimismo, Usted nos podrá solicitar que reduzcamos su límite de crédito en cualquier momento.
Nosotros podemos aumentar el límite de crédito asignado a la Cuenta de La Tarjeta, en caso de que Usted tenga un buen comportamiento crediticio. Para tal efecto, podemos formularle una oferta para aumentarle el límite de crédito, la cual para ser válida, deberá ser aceptada expresamente y previamente por Usted, ya sea en forma verbal, escrita o por medios electrónicos en términos de la legislación aplicable.
Asimismo, Nosotros podemos ofrecerle que se realicen incrementos periódicos a la línea de crédito en caso de que Usted nos proporcione su consentimiento en cualquiera de las formas mencionadas. Nosotros le comunicaremos el incremento a la línea de crédito a través del Estado de Cuenta, y Usted tendrá en todo momento el derecho de no aceptarlo.
Asimismo, nos reservamos el derecho de reducir en forma unilateral en cualquier momento el límite de crédito otorgado a Usted. Las causas por las cuales podemos reducir el límite de crédito son las que se mencionan a continuación en forma enunciativa mas no limitativa: i) en caso de que Usted incumpla en realizar el Pago Mínimo de La Tarjeta o bien su Cuenta se encuentre en atraso en sus pagos; ii) en caso de que Usted incumpla con cualquier otro contrato que tenga celebrado con American Express o con cualquiera de sus filiales o subsidiarias; iii) en caso de que obtengamos de las sociedades de información crediticia reportes de crédito negativos de Usted;
iv) en caso de que a nuestro juicio Usted no tenga capacidad de pago para cumplir con los términos y condiciones del Contrato; y v) que a nuestro juicio existan cambios en las condiciones
económicas, políticas y sociales del país que puedan afectar su capacidad de pago.
La notificación de la reducción del límite de crédito podrá efectuarse por medio del Estado de Cuenta, correo electrónico, carta, teléfono o por cualquier medio electrónico o impreso. Asimismo, Usted nos podrá solicitar que reduzcamos su límite de crédito en cualquier momento.
NOVENA.- CARGOS A LA TARJETA
El concepto Cargos se emplea para denominar a todas aquellas cantidades reflejadas en el Estado de Cuenta de La Tarjeta, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa, las siguientes:
a) El importe de los pagarés, notas de cargo, o cualesquiera otros documentos que se hubieren suscrito o generado de conformidad con lo dispuesto en este Contrato, en relación con la adquisición por cualquier medio (telefónicamente, correo, Internet, etc.) de bienes y/o servicios en los Establecimientos, incluyendo los Cargos que se realicen en Establecimientos bajo el programa de Mensualidades sin Intereses;
b) El importe de las disposiciones en efectivo, así como los cargos y comisiones aplicables por dichas disposiciones, ya sea en nuestras oficinas, en las de nuestros comisionistas; o a través de los cajeros automáticos que tengamos establecidos, o en operación en sucursales de otras instituciones con las que Nosotros tengamos celebrados convenios;
c) El importe de pagos rechazados o devueltos por Nosotros por cualquier causa, debiendo ser cubiertos en forma íntegra en la fecha límite de pago;
d) El importe de los pagos que Usted nos solicite que realicemos por su cuenta en favor de un tercero, incluyendo la liquidación de saldos de otras tarjetas de crédito o cargo emitidas por instituciones de crédito, tiendas o establecimientos comerciales con cargo a La Tarjeta que Usted nos solicite en los términos de la cláusula Trigésima Segunda del presente Contrato;
e) El importe de los cargos correspondientes al exceso del límite de crédito conferido (“sobregiro del crédito”);
f) El importe de los intereses que, en su caso, procedan de conformidad con lo dispuesto en la cláusula Décima Novena del presente Contrato; y
g) El importe de las comisiones aplicables que se describen en la cláusula Décima y en la Carátula del presente Contrato.
DÉCIMA.- COMISIONES APLICABLES
El concepto/hecho, periodicidad y método de cálculo de las comisiones aplicables por el uso de la Tarjeta se establecen a continuación:
I. Concepto/hecho de la Comisión: Cuota anual de la Tarjeta Periodicidad: Anual
Método de cálculo: Monto fijo
II. Concepto/hecho de la Comisión Cuota anual Tarjetas Adicionales Periodicidad: Anual
Método de cálculo: Monto fijo por Tarjeta Adicional, a partir de la cuarta Tarjeta
III. Concepto/hecho de la Comisión Comisión por disposición de efectivo en cajeros automáticos en el extranjero
Periodicidad: Por evento
Método de cálculo: Porcentaje sobre el importe dispuesto en efectivo
IV. Concepto/hecho de la Comisión Comisión por Pago Tardío Periodicidad: Por evento
Método de cálculo: Monto fijo. Cada vez que no se liquide al menos el pago mínimo en la fecha límite de pago. El importe de la Comisión será el que resulte menor del importe del incumplimiento de pago o la cantidad que se establece para esta Comisión
Todas las comisiones son más Impuesto al Valor Agregado y los montos o porcentajes de cada una de las Comisiones podrán consultarse en la Carátula del presente Contrato.
La cuota anual de la Tarjeta se cobrará por primera vez cuando la Tarjeta sea activada. Posteriormente, se cobrará al cumplir cada aniversario. Para el caso de las Tarjetas Adicionales la comisión anual se cobrará una vez activada ésta y en la misma fecha de aniversario de la Tarjeta del Tarjetahabiente Suplementario.
El cobro de las comisiones se hará con cargo a la Cuenta y se verá reflejado en el Estado de Cuenta del mes correspondiente en que se generen.
Usted reconoce y acepta que Nosotros de conformidad con las disposiciones aplicables, le hemos informado en forma previa a la firma de este Contrato, el monto de las comisiones vigentes por los conceptos mencionados.
Nosotros le comunicaremos a través de cualquiera de los siguientes medios: notificación por escrito, a través de un mensaje en su estado de cuenta, por medios electrónicos, como puede ser correo electrónico, o por medio de nuestra página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, los incrementos al importe de las Comisiones; así como las nuevas Comisiones que se pretendan cobrar, por lo menos, con treinta días naturales de anticipación a la fecha prevista para que estas surtan efectos, de conformidad con lo previsto en la cláusula Trigésima Tercera del presente Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, Usted tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso
de no estar de acuerdo con los nuevos montos; sin que Nosotros podamos cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que Usted solicite dar por terminado el servicio.
Las operaciones realizadas a través de los comisionistas podrán generar una comisión, consulte antes de realizar su operación.
DÉCIMA PRIMERA.- TARJETAHABIENTES SUPLEMENTARIOS
En caso de que Usted nos lo solicite, podemos emitir Tarjetas Suplementarias a su Cuenta a las personas que designe (“Tarjetahabientes Suplementarios”). Nosotros tenemos el derecho de limitar el número de Tarjetas Suplementarias emitidas a su Cuenta. Nosotros generalmente no proporcionamos copia del Contrato, Estados de Cuenta, notificaciones y otras comunicaciones a los Tarjetahabientes Suplementarios.
Usted se obliga y es responsable de asegurarse que los Tarjetahabientes Suplementarios lean, entiendan y cumplan con los términos de este Contrato, incluyendo la Carátula, así como cualesquiera notificaciones y comunicaciones que le enviemos a Usted. Las Tarjetas Suplementarias pueden ser canceladas en cualquier momento, tanto por Usted como por Nosotros. Usted será responsable de pagar los Cargos que realicen los Tarjetahabientes Suplementarios.
Asimismo, Usted se obliga a recabar, resguardar y mantener en todo momento a disposición de American Express, los datos de identificación del (los) Tarjetahabiente(s) Adicional(es) que autorice en términos del presente Contrato, a través de cualquiera de los medios que Nosotros pongamos a su disposición, así como copia de sus documentos (identificación oficial vigente, comprobante de domicilio actualizado, en caso de que el domicilio manifestado no coincida con el de la credencial para votar del Tarjetahabiente Adicional; así como constancia de la CURP y de la Firma Electrónica Avanzada, estas últimas solo cuando cuente con ellas), para el supuesto de que American Express los requiera de forma directa o a petición de cualquier autoridad competente.
DÉCIMA SEGUNDA.- DISPOSICIÓN DE EFECTIVO
En caso de que Nosotros permitamos que Usted disponga de efectivo con La Tarjeta, se sujetará a lo siguiente:
• Usted deberá solicitar un NIP para acceder a los cajeros automáticos;
• Nosotros podremos imponer límites y restricciones para la disposición de efectivo con cargo a La Tarjeta, ya sean límites diarios, por transacción, por periodo, etc.;
• Las instituciones financieras operadoras de los cajeros automáticos también podrán imponer sus propios límites y restricciones para la disposición de efectivo, ya sean límites en cuanto al número de disposiciones, el monto por cada disposición, y el
acceso a los servicios que ofrezca el cajero automático;
• Toda vez que el presente servicio es accesorio al uso de la Tarjeta y que se encuentra sujeto a disponibilidad de terceros operadores de los cajeros automáticos, nos reservamos el derecho de suspender o cancelar en cualquier momento, el servicio de disposición de efectivo, aun en los casos en que la Cuenta de La Tarjeta no se encuentre en atraso, sin notificación previa a Usted;
• Las comisiones por disposición de efectivo se establecen en la cláusula Décima del presente Contrato; y
• Usted deberá cumplir con cualesquier otros términos y condiciones que le proporcionemos
DÉCIMA TERCERA.- CUOTAS ANUALES
Usted se obliga a pagarnos las cuotas anuales derivadas del uso de La Tarjeta Básica y de las Tarjetas Adicionales, las cuales se establecen en la Carátula del presente Contrato salvo que Usted dé por terminado el Contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula Trigésima Cuarta relativa a la vigencia del Contrato y procedimiento para la terminación del mismo.
DÉCIMA CUARTA.- RENOVACIÓN Y REEMPLAZO DE LAS TARJETAS
La Tarjeta será válida dentro del periodo de validez que aparece grabado en la misma. Usted nos autoriza a enviarle, así como a todos los Tarjetahabientes Suplementarios, la renovación o reemplazo de La Tarjeta en forma previa a que expire la vigencia de la misma. Usted deberá destruir La Tarjeta que haya expirado cortándola por la mitad. El presente Contrato, modificado o reemplazado, continuará aplicando para cualquier renovación o reemplazo de las Tarjetas que emitamos. Asimismo, renovaremos anualmente la cuota por el uso de La Tarjeta a las tarifas que se encuentren vigentes.
DÉCIMA QUINTA.- RESTRICCIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO/TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE AMERICAN EXPRESS
Usted reconoce expresamente que Nosotros contamos con la facultad de restringir el importe del crédito, la frecuencia o importe de las disposiciones del mismo y el plazo en que Usted podrá ejercerlo, así como para denunciar el Contrato en cualquier tiempo, y cancelar La Tarjeta dándole a Usted aviso en la forma prevista en este Contrato.
En los casos en que se denuncie el Contrato o se notifique su terminación, el crédito otorgado a Usted se extinguirá en la parte de que no hubiere hecho uso al momento de la terminación, haciéndose exigibles inmediatamente todos y cualesquier Cargos pendientes de facturarse y cualquier saldo en la Cuenta pendiente de cubrirse a Nosotros.
Nosotros podemos cancelar el Contrato o bloquear unilateralmente el uso de la Tarjeta en cualquier momento, y notificar dicha cancelación a los Establecimientos en la forma que juzguemos
más conveniente. Podemos hacer lo anterior, ya sea que Usted haya incumplido o no el Contrato. Nosotros le informaremos de nuestra decisión de cancelar el Contrato en forma previa.
En caso de que cancelemos La Tarjeta o la dejemos expirar al no renovarla, o bien, si La Tarjeta deja de tener validez por cualquier otra razón, Usted queda obligado a devolver La Tarjeta a Nosotros o a nuestro apoderado legal, o a cualquier Establecimiento, cuando así se le requiera, quedando también obligado a pagar todos los Cargos relacionados con dicha Tarjeta. Usted no deberá usar La Tarjeta con posterioridad a su expiración o cancelación.
DÉCIMA SEXTA.- AUTORIZACIÓN DE CARGOS
Podremos solicitar que determinados Cargos sean aprobados en forma previa por Nosotros antes de que sean aceptados por los Establecimientos. Nosotros podemos negar la solicitud de autorización de un Cargo sin causa y sin proporcionar notificación a Usted, aun si la Cuenta de La Tarjeta no se encuentra en atraso.
En determinados casos, los Establecimientos pueden solicitar la autorización de Cargos en forma anticipada, y su línea de crédito se reducirá por el monto de la autorización. Por ejemplo, en los casos xx xxxxx de automóviles, el Establecimiento podrá solicitar en forma anticipada el Cargo total aproximado de la renta de un auto, lo que significa que la línea de crédito se reducirá por el monto de dicho Cargo.
DÉCIMA SÉPTIMA.- LA TARJETA ES DE NUESTRA PROPIEDAD
No obstante de que Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden utilizar Las Tarjetas para la compra de bienes y/o servicios, Las Tarjetas son y serán de nuestra propiedad en todo momento. Nosotros podemos requerirle que nos entregue La Tarjeta en cualquier momento, así como terceras personas en nuestra representación, incluyendo los Establecimientos.
Para tales efectos le informaremos a través de los medios de comunicación establecidos en el presente Contrato el proceso que deberá seguir para su devolución. Asimismo, podremos informar a los Establecimientos que La Tarjeta ya no es válida.
DÉCIMA OCTAVA.- ESTADO DE CUENTA
Usted está de acuerdo en consultar su Estado de Cuenta en nuestra página de Internet xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para lo cual deberá solicitar su inscripción a los servicios en línea que ofrecemos a través de nuestra página, siguiendo las instrucciones que se establecen en la misma. Asimismo, Usted está de acuerdo en crear una identificación de usuario, así como una clave de acceso o “password” para poder consultar su Estado de Cuenta de forma segura.
No obstante, American Express pondrá a disposición del Cliente el Estado de Cuenta correspondiente dentro de un plazo no mayor a 8 (ocho) días posteriores a la fecha xx xxxxx de la Cuenta, Nosotros podremos enviarle dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx de la Cuenta, a través de la dirección de
correo electrónico que nos indique, un aviso informándole que su Estado de Cuenta se encuentra disponible en nuestra página de Internet en donde podrá consultarlo cuantas veces lo considere necesario para poder realizar el pago de La Tarjeta en la fecha límite de pago. El Estado de Cuenta se generará de forma mensual, de acuerdo con lo señalado en su Carátula e incluirá información importante acerca de la cuenta de La Tarjeta, indicando cuando menos, la fecha xx xxxxx, el saldo insoluto a la fecha xx xxxxx de La Tarjeta, una descripción de las cantidades cargadas o abonadas durante cada periodo por Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios, el monto mínimo a pagar, la fecha límite de pago, el saldo para no pagar intereses; así como, en su caso, los datos necesarios para determinar los intereses. En el Estado de Cuenta se distinguirán los consumos y disposiciones de efectivo, realizados dentro de territorio nacional, así como aquellos efectuados en el extranjero.
No obstante lo anterior, si Usted lo prefiere, podrá solicitar que su Estado de Cuenta sea enviado a su domicilio en lugar de que pueda ser consultado a través de nuestra página de Internet para lo cual deberá solicitarlo accediendo, con clave y contraseña, a los servicios en línea en la página de Internet de American Express y dando de baja el servicio “Paperless”, o bien puede comunicarse al centro de atención telefónica de Atención a Clientes al número telefónico 000-000-0000, disponible las 24 horas del día, todos los días de la semana. En caso de envío de Estado de Cuenta a su domicilio, Usted está de acuerdo en que si la Cuenta de La Tarjeta no presente movimiento alguno, Nosotros no enviaremos su Estado de Cuenta; no obstante, en caso de que Usted requiera su Estado de Cuenta deberá comunicarse al 000 000 0000 con el fin de solicitarlo vía telefónica.
Nosotros le informaremos inicialmente en la Carátula y posteriormente en el Estado de Cuenta la fecha xx xxxxx de la Cuenta, misma que no podrá variar sin previa notificación por cualquier medio previsto en este contrato con treinta días naturales de anticipación. No obstante lo anterior, y sin contravenir lo aquí dispuesto, en los casos en que la fecha xx xxxxx sea un día inhábil para Nosotros, estaremos facultados para recorrer la fecha xx xxxxx al día hábil inmediato anterior.
Nosotros enviaremos los Estados de Cuenta únicamente a Usted, por lo que Usted se obliga a pagarnos todos los Cargos que aparezcan reflejados en el Estado de Cuenta respecto a La Tarjeta Básica y las Tarjetas Suplementarias. Sólo en el evento de que los Tarjetahabientes Suplementarios continúen utilizando las Tarjetas Suplementarias con posterioridad al fallecimiento del Tarjetahabiente Básico, Nosotros le podemos exigir a cada uno de los Tarjetahabientes Suplementarios el pago de los Cargos realizados con las Tarjetas Suplementarias.
DÉCIMA NOVENA.- PAGOS DE LA TARJETA/TASAS DE INTERÉS
El saldo que Usted nos adeude deberá ser pagado en los siguientes términos:
Pago total del saldo de La Tarjeta
Usted tendrá un plazo xx xxxxxx de hasta 20 días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx y hasta la fecha límite de pago, esta última identificada inicialmente en su Carátula y posteriormente en su Estado de Cuenta, para realizar el pago de su Tarjeta de conformidad a lo previsto en la presente cláusula. Si Nosotros recibimos en forma mensual el pago del saldo total de La Tarjeta, no se generarán intereses por la compra de bienes y servicios con La Tarjeta. El pago total para no generar intereses se identifica en el Estado de Cuenta, y se compone de todos los Cargos que se realizaron durante el periodo, incluyendo compras de bienes y servicios, disposiciones de efectivo, transferencias de saldos, etc., hasta la fecha xx xxxxx de su Cuenta de La Tarjeta. En caso de que la fecha límite de pago sea un día inhábil, el pago podrá realizarse el siguiente día hábil, y no procederá el cobro de comisiones ni de intereses moratorios.
Pago Mínimo o parcial del saldo de La Tarjeta
Si no fuera cubierto el saldo total en la fecha límite de pago, Usted podrá liquidar el saldo mediante pagos mínimos mensuales, los cuales se determinarán mensualmente en los Estados de Cuenta (“Pago Mínimo”).
El Pago Mínimo se establecerá en el Estado de Cuenta de La Tarjeta y el mismo deberá ser pagado a más tardar en la fecha límite de pago, y será el monto que resulte mayor conforme a los siguientes incisos:
a) La suma del (i) 1.5% (uno punto cinco por ciento) del saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del periodo, sin tomar en cuenta únicamente los intereses del periodo ni el Impuesto al Valor Agregado (IVA), más los referidos intereses y el IVA, o
b) El 1.25% (uno punto veinticinco por ciento) del límite de la línea de crédito, o
c) Hasta el 8% del saldo insoluto del periodo o hasta $500.00 Moneda Nacional, el importe que resulte mayor.
Nosotros podremos determinar otro importe distinto al establecido en los incisos anteriores, siempre y cuando el monto del Pago Mínimo sea mayor al que corresponda conforme a lo establecido en los incisos a) y b) anteriores.
En caso de que el Pago Mínimo sea mayor que el saldo insoluto de la parte revolvente de la línea de crédito al corte del periodo, Nosotros cobraremos este último.
En el evento de que el pago realizado por el Tarjetahabiente durante un periodo de pago sea mayor al Pago Mínimo correspondiente a dicho periodo y, por otra parte, la línea de crédito de que se trate incluya un esquema diferenciado de tasas de interés, Nosotros aplicaremos el excedente de dicho Xxxx Xxxxxx, en primera instancia, a la amortización del saldo insoluto de la parte revolvente con la tasa más alta.
Usted debe liquidar el Pago Mínimo establecido en su Estado de Cuenta íntegramente, ya que
cualquier ajuste que se realice a la Cuenta de La Tarjeta por concepto de intereses, comisiones, cuotas o cualquier otro crédito que se aplique a la Cuenta no se podrá aplicar para liquidar el Pago Mínimo.
Si Usted realiza el Pago Mínimo o efectúa pagos parciales a la Cuenta sin liquidar la totalidad del saldo, Usted se obliga a pagar intereses ordinarios, calculados a partir de la fecha en que se realicen los Cargos, conforme a lo siguiente:
Tasa de Interés
La Tasa de Interés Ordinaria máxima será la que resulte de adicionar a la tasa de referencia TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días que publica diariamente Banco de México en el Diario Oficial de la Federación), un máximo de 75 (setenta y cinco) puntos porcentuales.
No obstante lo anterior, desde el momento de la apertura de la Cuenta y siempre y cuando Usted mantenga su Cuenta al corriente en sus pagos o haya realizado al menos el Pago Mínimo mensual en cada renovación por periodos sucesivos de un año, Nosotros le ofreceremos promocionalmente una Tasa de Interés Ordinaria más baja a la señalada en el párrafo inmediato anterior para los Cargos que realice con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®, The Gold Elite Credit Card American Express® y American Express PAYBACK® Gold Credit Card, la cual será la que resulte de adicionar a la tasa de referencia TIIE un máximo de 65 (sesenta y cinco) puntos porcentuales. Esta Tasa de Interés Ordinaria inicial se informará al Cliente al momento de contratar a través de la Carátula del presente Contrato y aparecerá señalada en sus correspondientes Estados de Cuenta.
En el evento de que Usted se retrase en los pagos a La Tarjeta en dos o más ocasiones posteriores a la fecha límite de pago señalada en su Estado de Cuenta en un periodo de 12 meses o si uno o más pagos han sido rechazados o devueltos de la cuenta de cheques o de inversión que Usted nos proporcionó, quedará sin efecto la Tasa de Interés Ordinaria que promocionalmente se le haya otorgado al momento de la apertura de la Cuenta y se le aplicará en forma inmediata y sin necesidad de notificación o aviso alguno, la Tasa de Interés Ordinaria que le corresponda sin exceder la Tasa de Interés Ordinaria máxima señalada en el primer párrafo de esta sección de Tasa de Interés. Esta Tasa de Interés Ordinaria aplicable le será informada a Usted a través del Estado de Cuenta.
Los puntos que se podrán adicionar a la TIIE en términos del párrafo anterior para calcular la Tasa de Interés Ordinaria aplicable, se determinarán con base en su comportamiento crediticio durante los últimos 12 meses. Nosotros revisaremos su comportamiento de pago y crediticio en un periodo de 12 meses posteriores a cualquier alza de la Tasa de Interés de conformidad con las condiciones previamente descritas, pudiendo ajustar y reducir nuevamente su Tasa de Interés, lo cual podrá ver reflejado en su Estado de Cuenta.
Se entiende que Usted se ha retrasado en el pago de su Cuenta, cuando no haya liquidado al menos el Pago Mínimo en su fecha límite de pago.
La Tasa de Interés que refleje el Estado de Cuenta de La Tarjeta podrá variar sin necesidad de notificación o aviso alguno a Usted, en los siguientes supuestos:
I. Cuando los cambios a la Tasa de Interés sean inherentes a las variaciones en el nivel de la tasa de referencia;
II. En caso de que por su vigencia o comportamiento crediticio y de pago de Usted, conforme a lo pactado en esta cláusula, expire la Tasa de Interés que promocionalmente se otorga al momento de la apertura de su Cuenta.
En cualquier otro supuesto, el aumento en la Tasa de Interés Ordinaria que se pretenda reflejar en los Estados de Cuenta, deberá ser notificado a Usted en dicho Estado de Cuenta por lo menos con treinta días naturales de anticipación a la fecha prevista para que surta efectos el aumento.
El saldo insoluto total que la Cuenta refleje respecto de las disposiciones que al crédito conferido se realicen, causará intereses sobre los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del período de cálculo de intereses del Estado de Cuenta de que se trate, a la Tasa de Interés que se calculará dependiendo del tipo de Tarjeta con la que Usted cuente y de acuerdo con la siguiente:
Metodología de cálculo de los intereses
La Tasa de Interés aplicable a los saldos diarios insolutos comprendidos dentro del periodo de cálculo de intereses del Estado de Cuenta de que se trate, será la tasa de interés promedio vigente a la fecha xx xxxxx del Estado de Cuenta correspondiente, que se determine de conformidad con el procedimiento siguiente:
A. Cada día viernes, Xxxxxxxx calcularemos la tasa de interés promedio considerando las últimas 30 (treinta) publicaciones de la TIIE a 28 días que hay publicado el Banco de México incluyendo la del propio viernes, en su caso.
B. Cada día miércoles, inmediato siguiente al día viernes en que se calcule el promedio de la TIIE a 28 días de acuerdo con el inciso A. anterior, se actualizará la tasa de interés promedio aplicable y se mantendrá vigente hasta la próxima actualización.
Los intereses se calcularán multiplicando el promedio de saldos diarios por la tasa de interés promedio aplicable, vigente a la fecha xx xxxxx del Estado de Cuenta correspondiente de acuerdo con el proceso descrito en los incisos A. y B. anteriores, el resultado se dividirá entre 360 (trescientos sesenta) y por último se multiplicará por el
número de días efectivamente transcurridos en el periodo en el cual se devenguen, los cuales aparecen señalados en el Estado de Cuenta y corresponderán a los comprendidos entre la fecha xx xxxxx del Estado de Cuenta del mes inmediato anterior y la fecha xx xxxxx del Estado de Cuenta en cuestión. El promedio de saldos diarios es el promedio aritmético que resulta de sumar los saldos diarios insolutos de la Cuenta durante el periodo mensual que señale el Estado de Cuenta correspondiente y dividir el monto total entre el número de días del periodo.
El Cliente acepta y reconoce que las disposiciones en efectivo realizadas a través xx xxxxxx automático causarán intereses ordinarios que se calcularán de conformidad a lo previsto en el párrafo anterior, considerando la tasa de interés que aparece señalada en su Estado de Cuenta. Para claridad del Cliente, los intereses a que se refiere el presente párrafo comenzarán a computarse a partir del día en que se realice cada disposición de efectivo y hasta la amortización total del saldo insoluto derivado de la disposición en efectivo correspondiente.
El pago de intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por periodos vencidos. Las partes convienen expresamente en que los intereses, comisiones y cualquier otro Cargo exigible y no pagado a su vencimiento, podrán ser capitalizados por American Express.
Tasa sustituta
En el evento de que la TIIE dejare de existir, la tasa de referencia aplicable para determinar las tasas de interés será la cotización que estime el Banco de México para el costo de captación promedio (“CCP”), y en caso de que el CCP dejare de existir, entonces la tasa de referencia aplicable será la cotización de la tasa de rendimiento en colocación primaria de los Certificados de la Tesorería de la Federación (“CETES”) a 28 días.
Promociones de Tasa de Interés
Nosotros podremos ofrecerle diversas promociones relacionadas con la Tasa de Interés en el entendido que le daremos a conocer la Xxxx y la vigencia de la misma en la comunicación que le enviemos.
Saldo a favor
En caso de que la Cuenta de La Tarjeta tenga saldo a favor por concepto de los pagos realizados o por un crédito aplicado a La Tarjeta, la misma no generará intereses en favor de Usted.
Pagos en efectivo/cheque
Todos los pagos a efectuarse en cumplimiento al presente Contrato deberán ser hechos en efectivo, con cheque u otro documento aceptable para Nosotros, a la orden de American Express Company (México), S.A. de C.V., y/o a nombre de las entidades que Nosotros autoricemos para recibir pagos, las cuales le informaremos con la debida oportunidad.
Costo Anual Total (CAT)
El Costo Anual Total (CAT) de La Tarjeta es el costo anual total del financiamiento expresado en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a la línea de crédito otorgada a Usted de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato. El porcentaje del CAT se establece en la Carátula del presente Contrato y puede variar dependiendo del tipo de tarjeta de crédito de la cual Usted sea Titular.
VIGÉSIMA.- INSTRUCCIÓN DE PAGOS DE LA TARJETA
En términos de las disposiciones legales aplicables, Usted tendrá la facultad de autorizarnos para que los pagos que le corresponda realizar en cada fecha límite de pago, sean cargados en su totalidad o por el importe que nos indique, a las cuentas de cheques, ahorro o de inversión que Usted tenga establecidas con cualquier institución de crédito. Para tal efecto, Usted nos deberá proporcionar la información que le solicitemos de su cuenta de cheques, ahorro o de inversión para poder solicitar los pagos de la misma.
Dicha autorización podrá otorgarse en forma verbal, por escrito o a través del uso de medios electrónicos, y Nosotros estamos facultados para conservar la misma en nuestros registros, archivos y sistemas.
En caso de que la autorización que Usted nos proporcione se efectúe en forma verbal a través del uso de medios electrónicos (ej: teléfono), Usted en este acto nos faculta para que grabemos la llamada telefónica y la conservemos en los medios mencionados en el párrafo anterior durante el plazo que establezcan las disposiciones legales aplicables.
En caso de que la cuenta de cheques, ahorro o de inversión que Usted nos proporcione no tenga fondos suficientes para cubrir el monto del saldo que Usted nos haya indicado, Usted quedará obligado a realizar los pagos correspondientes a través de otros medios de pago, y en su caso, se aplicarán los intereses ordinarios en los términos de la cláusula Décima Novena del presente Contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA.- ACREDITACIÓN DE PAGOS DE LA TARJETA
Los pagos se acreditarán en la Cuenta de La Tarjeta de la siguiente forma:
En caso de que los pagos se realicen en centros de pago autorizados por Nosotros, tales como: bancos, tiendas departamentales u otros comercios que actúan como comisionistas (mismos que podrá consultar en nuestra página de Internet); se acreditarán en la Cuenta de La Tarjeta a más tardar el tercer día hábil siguiente de haberse realizado.
No obstante lo anterior, Xxxxxxxx respetaremos en todo momento la fecha de realización del pago, es decir, el pago se tendrá por realizado y se tendrá por aplicado en el Estado de Cuenta en la
fecha en que se realice el mismo, siempre que este se haya efectuado dentro de los horarios hábiles de operación y/o servicio de cada centro de pago autorizado por American Express; de acuerdo con la confirmación por parte de dichos centros de pago autorizados y/o con base en lo descrito en el comprobante de pago u operación correspondiente. Los cheques se recibirán salvo buen cobro. Una vez que se acredite el pago en la Cuenta de La Tarjeta en términos de lo anterior, se restablecerá la línea de crédito correspondiente.
Usted manifiesta que todos los pagos que nos realice en los términos del presente Contrato serán efectuados con recursos de procedencia lícita.
/ service/online-services/centros-de- pago/corres ponsales-bancarios.html.
Los pagos que Usted realice se aplicarán de la siguiente forma:
a) Intereses Ordinarios más el impuesto correspondiente;
b) Cuotas y comisiones más el impuesto correspondiente; y
c) Disposiciones de capital, mismos que se aplicarán en el siguiente orden: (i) transferencia de saldos; (ii) Cargos por concepto de adquisición de bienes y servicios; y (iii) disposiciones de efectivo con cargo a La Tarjeta.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CARGOS REALIZADOS CON LA TARJETA EN LA REPÚBLICA MEXICANA
Los cargos que Usted realice con La Tarjeta en los Establecimientos afiliados dentro de la república mexicana serán documentados y facturados en Moneda Nacional en el Estado de Cuenta.
VIGÉSIMA TERCERA.- CARGOS REALIZADOS CON LA TARJETA EN EL EXTRANJERO
Los Cargos que realice Usted con La Tarjeta en los Establecimientos afiliados en el extranjero se documentarán en la moneda extranjera que corresponda, y serán convertidos a Moneda Nacional de conformidad con el siguiente procedimiento de conversión:
a) Si Usted realiza un Cargo o se efectúa una acreditación a su Cuenta en moneda extranjera distinta xxx xxxxx americano, dicho Cargo o acreditación será convertido a dólares americanos por AE Exposure Management LTD (“AEEML”), afiliada que realiza la conversión de moneda extranjera. La conversión a dólares americanos se llevará a cabo en la fecha en que el Cargo o la acreditación sea procesado por American Express, que podrá ser en un día distinto a la fecha en que se hubiera realizado, ya que esto depende de la fecha en que el Cargo o acreditación que corresponda se haya
presentado a Nosotros por los Establecimientos.
b) A menos que sea necesario utilizar un tipo de cambio de acuerdo a las leyes o convenciones y usos y costumbres del lugar donde se lleva a cabo el Cargo o acreditación (en cuyo caso AEEML cumplirá con dichas reglas), Usted reconoce y acepta que para la conversión de dichos Cargos o acreditaciones, AEEML utilizará tipos de cambio interbancarios que podrá elegir entre diferentes fuentes de la industria el día hábil anterior a la fecha en que el Cargo o acreditación sea procesado. Si los Cargos o acreditaciones son convertidos por terceras personas en forma previa a la presentación de los mismos a Nosotros, la conversión realizada por dichas terceras personas se llevará a cabo al tipo de cambio determinado por ellos.
c) Los Cargos o acreditaciones realizados en dólares americanos o una vez que los Cargos o acreditaciones en moneda extranjera hayan sido convertidos a dólares americanos de conformidad con los incisos anteriores, serán convertidos por AEEML y reflejados a la cuenta de la Tarjeta en Moneda Nacional. El tipo de cambio que se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con los dólares americanos, no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por
1.027 el tipo de cambio que resulte aplicable y de a conocer Banco de México a la fecha de autorización del cargo correspondiente, o bien, en la fecha en que dicho pago sea procesado por American Express en cuyo caso podrá ser en un día distinto a la fecha de realización o autorización del Cargo o acreditación, ya que esto depende de la fecha en que el Cargo o acreditación sea presentado a Nosotros por los Establecimientos.
VIGÉSIMA CUARTA.- BENEFICIOS Y SERVICIOS
Las Tarjetas contarán con los beneficios que para tal efecto se establecen en el Anexo “A” que se adjunta al presente Contrato para formar parte integrante del mismo.
Nos reservamos el derecho de adicionar, modificar o cancelar cualquier beneficio o servicio ofrecido en forma conjunta con La Tarjeta en cualquier momento, previa notificación a Usted, en el caso de modificación o cancelación de los mismos, con treinta días naturales de anticipación por cualquiera de los medios de comunicación previstos en el presente contrato.
En caso de que así lo establezcamos y que pongamos a su disposición los servicios de cajeros automáticos, Usted podrá realizar disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta a través de los cajeros automáticos donde Nosotros tengamos instalados y en operación este servicio.
Usted acepta que el valor probatorio del comprobante que expida el cajero automático, en el caso de disposiciones en efectivo, tendrá pleno valor y fuerza legal para acreditar tanto la operación realizada así como el importe de la misma. Las disposiciones en efectivo con cargo a La Tarjeta serán totalmente válidas sin que sea necesario que usted suscriba documento alguno.
Nosotros podremos proporcionarle a través de nuestra página de Internet los servicios que de forma enunciativa mas no limitativa se mencionan a continuación o cualquier otro servicio que lleguemos a implementar en un futuro:
I. consulta de saldos y movimientos (hasta de los 6 meses anteriores a la consulta);
II. Pago en Línea de los saldos de La Tarjeta;
III. activación de La Tarjeta;
IV. inscripción para consultar sus saldos y movimientos a través de nuestra página de Internet sin necesidad de recibir el Estado de Cuenta en su domicilio (“Paperless”);
V. actualización de su información personal (teléfono, domicilio, etc.);
VI. registro al servicio de alertas o notificaciones para que a través de un correo electrónico reciba alertas o notificaciones sobre las siguientes operaciones: fecha límite de pago, confirmación de pagos, límite de crédito, transacciones realizadas con La Tarjeta, consulta de Estado de Cuenta a través de la página de Internet, cambio de claves de acceso o “password”, entre otros; e
VII. inscripción a programas de recompensas.
Para poder utilizar los servicios mencionados a través de nuestra página de Internet, Usted deberá de contar con un nombre de usuario y/o una clave o contraseña de acceso que Usted mismo deberá crear a través de nuestra página de Internet la primera vez que utilice nuestros servicios de medios electrónicos. Usted podrá modificar en cualquier momento su clave o contraseña de acceso a través del medio que se encuentre utilizando. En caso de que no utilice su clave o contraseña de acceso en un periodo de 1 (un) año, la misma le será bloqueada y deberá solicitar una nueva clave o contraseña en caso de que requiera volver a utilizarla.
Usted es responsable del uso de los mismos y de guardar la confidencialidad de su nombre de usuario y claves o contraseñas de acceso, ya que son personales e intransferibles. Nuestra responsabilidad respecto al uso de medios electrónicos se establece en la cláusula Vigésima Séptima.
Los servicios ofrecidos no implican la realización de ninguna operación, en caso de que se realice alguna de estas se le proporcionará un número de
folio que quedará registrado en nuestros sistemas como comprobante de dicha operación.
Los términos y condiciones de los servicios mencionados en esta cláusula se establecerán en forma clara en nuestra página de Internet, o bien en los medios electrónicos en donde prestamos el servicio. En virtud de lo anterior, será necesario que Usted los acepte en forma previa a la utilización de dichos servicios. Para tal efecto, en nuestra página de Internet se establecerá un recuadro para que Usted acepte los términos y condiciones de los servicios que le proporcionaremos a través de dicho medio.
Es de su conocimiento que las Tarjetas pueden disfrutar de beneficios consistentes en programas de lealtad o de recompensas, dependiendo de cada tipo de Tarjeta y sujeto a los términos y condiciones correspondientes, por lo que Usted acepta que en caso de que sea Titular de la Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card, Nosotros lo inscribamos al Programa de Lealtad denominado “PAYBACK” operado por la empresa Payback México, S. de R.L. de C.V. del cual podrá consultar sus términos y condiciones en xxx.xxxxxxx.xx. De igual manera Usted acepta que en caso de que sea Titular de la Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express o The Platinum Credit Card American Express, Nosotros lo inscribamos al Programa de Lealtad denominado Membership Rewards with Payback operado con la participación de la empresa Payback México, S. de R.L. de C.V., cuyos términos y condiciones están a su disposición en xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx ershiprewards.
VIGÉSIMA QUINTA.- CARGOS AUTOMÁTICOS DE BIENES Y/O SERVICIOS
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios pueden autorizar a los Establecimientos a que carguen en forma automática a su Cuenta cargos recurrentes o automáticos en forma periódica por la compra de bienes y servicios (“Cargos Automáticos” o “Cargos Recurrentes”).
A continuación le informamos algunos puntos importantes que Usted deberá conocer en relación con los Cargos Recurrentes y su Cuenta de La Tarjeta.
Servicios de Inscripción a Cargos Automáticos
Nosotros podremos ofrecerle la inscripción al programa de Cargos Automáticos de algunos Establecimientos participantes en este programa. En estos casos, Usted continuará siendo responsable de establecer un método de pago alterno hasta el momento en que se comiencen a cargar los Cargos Automáticos a su cuenta de la Tarjeta. Nosotros no seremos responsables por ninguna falla en el proceso de inscripción al programa de Cargos Automáticos si el Establecimiento incumple en hacer los Cargos correspondientes a su cuenta de la
Tarjeta.
Cancelación de Cargos Automáticos
En caso de que Usted desee cancelar el servicio de cargo automático para pago de bienes y/o
servicios que se cargan en forma automática a la Tarjeta, nos deberá dar aviso indicándonos su solicitud de cancelar los Cargos automáticos a la Tarjeta, y Nosotros tendremos un plazo máximo de tres días hábiles para procesar su solicitud de cancelación, en el entendido de que Nosotros no asumiremos ninguna responsabilidad con motivo de dicha cancelación.
Usted podrá realizar la solicitud de cancelación de Cargos Automáticos a través de nuestro centro de atención telefónica de Atención a Clientes, disponible las 24 horas del día, todos los días de la semana. Nosotros le daremos un número de folio o cancelación para que pueda dar seguimiento a la misma.
No autorización de Cargos Automáticos
Si se cancela la cuenta de la Tarjeta, o su cuenta se encuentra en atraso en sus pagos por más de 30 (treinta) días, o bien por haber excedido el acumulado de sus Cargos, Nosotros dejaremos de autorizar los Cargos Automáticos que se carguen a la cuenta de la Tarjeta.
Reemplazo de La Tarjeta o cancelación de La Tarjeta
Nosotros podremos emitir un reemplazo de la Tarjeta si la misma se encuentra extraviada, robada, dañada, cancelada, renovada o bien intercambiada por un diferente producto (Tarjeta remplazada). Asimismo, la tarjeta podrá ser cancelada o bien no se podrán autorizar nuevamente Cargos Automáticos sin que hayamos emitido un reemplazo de la Tarjeta (Tarjeta cancelada).
Con el propósito de evitar una posible suspensión de los Cargos Automáticos y de la entrega o prestación de los bienes y servicios por parte de los Establecimientos, en los casos de una tarjeta reemplazada o cancelada, es siempre su responsabilidad informar a los Establecimientos de la nueva información acerca de su tarjeta reemplazada o bien establecer un nuevo método de pago.
Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios convienen en ser responsables de los Cargos Automáticos que se continúen cargando a una cuenta de la Tarjeta que fue reemplazada o cancelada.
Los Cargos Automáticos podrán ser automáticamente cargados a una tarjeta reemplazada previa notificación a Usted. Nosotros podemos proporcionar en forma eventual información sobre las Tarjetas reemplazadas a los Establecimientos para facilitar los Cargos Automáticos.
VIGÉSIMA SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES SOBRE EL ESTADO DE CUENTA/PROBLEMAS CON BIENES Y/O SERVICIOS
Durante un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx de la Cuenta, o en su caso, de la realización de la operación o del servicio, Usted lo podrá objetar, manifestando por escrito sus objeciones u observaciones que crea convenientes, conviniéndose que en caso de que no reciba el Estado de Cuenta, podrá solicitarlo en un plazo de
10 (diez) días naturales posteriores a la fecha xx xxxxx, lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene para presentar cualquier reclamación en los plazos y términos para poderlo objetar
válidamente en el término antes mencionado. Se presumirá que Usted recibió el Estado de Cuenta si no lo reclama a Nosotros.
El procedimiento de aclaraciones se sujetará a lo siguiente:
I. La solicitud de aclaración que Usted realice podrá presentarse en nuestra Unidad Especializada de Atención de Usuarios, mediante escrito o correo electrónico. Nosotros acusaremos de recibo dicha solicitud.
II. Nosotros abonaremos a su Cuenta el Cargo objetado, a más tardar el segundo día hábil siguiente a la recepción de la reclamación, salvo en el supuesto de que la operación o transacción objeto de la reclamación haya sido autorizada por Usted con el uso de los factores de autenticación que para tales efectos Usted haya generado y/o se hayan puesto a su disposición, como el uso de La Tarjeta y el chip asociado a la misma, NIP, contraseñas, claves o cualquier otro.
III. En cualquier caso, Xxxxxxxx podremos revertir el abono a que se refiere el inciso anterior, realizando un nuevo cargo en la Cuenta, si dentro del plazo de 45 o 180 días, a que se hace referencia en el inciso V siguiente, se acredita que el cargo fue autorizado mediante el uso de los factores de autenticación que para tales efectos Usted haya generado y/o se hayan puesto a su disposición.
IV. Usted tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración.
V. Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales. El dictamen se podrá proporcionar por medios electrónicos.
VI. Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, Usted deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de
otros accesorios generados por la suspensión del pago.
VII. Asimismo, contaremos con un plazo de
45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado en el numeral anterior para poner a disposición de Usted en nuestra Unidad Especializada de Atención de Usuarios el expediente generado con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la Cuenta de La Tarjeta, Nosotros pondremos a disposición de Usted en nuestra Unidad Especializada de Atención de Usuarios el expediente a que hace referencia este inciso.
VIII. Nosotros podremos notificarle el estado que guarda la solicitud de aclaración por escrito, teléfono o cualquier otro medio electrónico.
IX. Transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula sin que Usted haya realizado objeciones u observaciones a su Estado de Cuenta, así como en el supuesto de que Usted haya girado instrucciones para que no se le enviara dicho Estado de Cuenta, los asientos y conceptos que figuren en nuestra contabilidad harán prueba plena en contra de Usted salvo prueba en contrario, en juicio. En caso de que Usted requiera su Estado de Cuenta, deberá comunicarse al 000 000 0000 con el fin de solicitarlo vía telefónica.
X. En caso de que la objeción o reclamación presentada por Usted sea procedente una vez concluido el proceso de investigación respectivo que llevemos a cabo ante el Establecimiento, aplicaremos un crédito definitivo en su Estado de Cuenta, ya sea por el monto total o parcial del Cargo objetado o reclamado, según sea el caso; o bien, se tendrá por definitivo el crédito abonado en términos del inciso II de esta cláusula.
XI. Todas las reclamaciones y/o aclaraciones podrán presentarse en la Unidad Especializada de Atención de Usuarios al teléfono 000 000 0 000 o 5553263660, en la página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o al correo electrónico xxxxxxx@xxxx.xxx. Asimismo, Usted podrá acudir a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), teléfono 000 000 0000, página de Internet: www. xxxxxxx.xxx.xx.
La ubicación de la Unidad Especializada de Atención de Usuarios se encuentra en: Patriotismo 635 P.B., Col. Ciudad de los Deportes, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, C.P. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM.
Usted reconoce y acepta que no tendremos responsabilidad ni obligación por: las comunicaciones, actos u omisiones de los Establecimientos, incluyendo su negativa a aceptar La Tarjeta, así como por los defectos, calidad, peso, cantidad o cualquier otro aspecto relativo a la entrega o prestación de los bienes y/o servicios que se adquieran u obtengan mediante el uso de La Tarjeta. En caso de reclamaciones, Usted las deberá hacer directamente al Establecimiento, sin que por ello se altere su obligación de pago inmediato a Nosotros de los Cargos reclamados.
Usted está de acuerdo en no recibir los originales o copias de las notas de cargo junto con su Estado de Cuenta, ya que acepta que el mismo es comprobante suficiente de la exactitud de los Cargos facturados, salvo prueba en contrario. Por lo tanto, Xxxxx nos autoriza a destruir las notas de cargo y demás documentos relacionados, así como a microfilmarlas y/o digitalizarlas una vez que los Cargos hayan sido facturados en su Estado de Cuenta.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS
Nosotros podemos utilizar equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados para la prestación de nuestros servicios, en cuyo caso, Usted reconoce y acepta que los equipos o sistemas electrónicos y/o automatizados, así como los medios de autenticación que se hayan puesto a su disposición o Usted haya generado, tales como contraseñas, claves, NIP, entre otros; que se utilicen como medios de identificación de Usted, así como constancias de las instrucciones recibidas o los servicios prestados a través de dichos medios, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio. Las grabaciones, cintas magnéticas y cualquier otro documento que resulten del uso de los medios electrónicos acreditarán la creación, transmisión, modificación o extinción de los derechos y obligaciones de las partes.
Nosotros podremos ofrecerle servicios o productos adicionales a los contratados en los términos del presente Contrato, para lo cual se le informarán los términos y condiciones aplicables y, en cualquier caso, para su formalización se deberá contar con el consentimiento expreso del Cliente ya sea mediante firma autógrafa o a través de cualquier medio, incluyendo los electrónicos, que American Express ponga a su disposición. En este último caso, Usted reconoce y acepta que la manifestación de su aceptación o consentimiento a través de dichos medios electrónicos o de cualquier otra tecnología, producirá los mismos efectos que las leyes otorgan al consentimiento manifestado mediante firma autógrafa y, consecuentemente, tendrá el mismo valor probatorio.
En este último caso, el Cliente acepta que al igual que una firma autógrafa (ya sea para el consentimiento de este Contrato, así como en cualquier consentimiento u aprobación a documentos relacionados con el mismo o aquellos correspondientes a servicios o productos adicionales), el uso de firmas electrónicas, digitales, numéricas, alfanuméricas,
huellas de voz, biométricas o cualquier otra forma de manifestación de consentimiento por medios electrónicos, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa de la parte firmante y tendrán el mismo valor probatorio.
VIGÉSIMA OCTAVA.- PRIVACÍA DE LA INFORMACIÓN
A. Información Crediticia:
Usted autoriza, por la firma que estampó en la Solicitud, que Nosotros o nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias efectuemos cualquier investigación crediticia sobre Usted que consideremos necesaria, incluyendo la facultad de solicitar a Sociedades de Información Crediticia debidamente autorizadas informes o reportes con respecto a su historial crediticio. Asimismo, información relativa a su Cuenta podrá ser proporcionada por Nosotros a Sociedades de Información Crediticia, Instituciones Bancarias u otras Sociedades Crediticias.
Asimismo, Usted está de acuerdo en que Nosotros podemos intercambiar cualquier información que recibamos acerca de Usted con nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias, incluyendo cualquier información crediticia o cualquier otra información que obtengamos de su solicitud de La Tarjeta, o de los informes o reportes de Sociedades de Información Crediticia.
Usted nos autoriza expresamente para proporcionar a nuestras empresas subsidiarias y filiales cualquier tipo de información relacionada con las operaciones y/o transacciones que Usted realice o tenga registradas con Nosotros, con la finalidad de que puedan llevar a cabo las actividades operativas de La Tarjeta que, en su caso, le sean encomendadas por Nosotros, y de acuerdo con los términos y condiciones que se estipulan en este Contrato.
B. Listas de Correo:
En términos de la autorización correspondiente, prevista en la Solicitud de la Tarjeta, Usted está de acuerdo en que Nosotros estamos facultados para utilizar la información que Usted nos haya proporcionado en la solicitud de La Tarjeta y en encuestas, información relacionada con el manejo de su Cuenta de La Tarjeta, e información obtenida xx xxxxxxx externas, incluyendo reportes de Sociedades de Información Crediticia, con la finalidad de que Nosotros o nuestras empresas subsidiarias y filiales y/o licenciatarias realicen actividades promocionales sobre sus servicios y/o productos.
Asimismo, podemos utilizar dicha información para desarrollar listas de correo, las cuales serán utilizadas por terceras personas con quienes trabajamos para realizar promociones u ofertas que Usted podrá recibir a través de correo, telefónicamente o por medios electrónicos (ej. Internet). No obstante lo anterior, Usted tiene la elección y el derecho, en cualquier momento, de
prohibirnos que proporcionemos sus datos personales a dichas terceras personas, para lo cual, le solicitamos comunicarse y manifestar su petición a nuestra Área de Servicio a Clientes en los teléfonos y horarios especificados en el folleto explicativo de La Tarjeta.
C. Protección y custodia de la información:
Nosotros contamos con la infraestructura tecnológica, material y humana que nos permite asegurar que la información de nuestros clientes sea procesada en forma rápida, precisa y completa. Asimismo, custodiaremos la información acerca de Usted solamente durante el tiempo que sea apropiado para las propuestas arriba mencionadas o según sea requerido por la legislación aplicable.
Si Usted cree que cualquier información que tengamos de Usted o cualquier información que proporcionemos a las Sociedades de Información Crediticia es incorrecta, le agradeceremos que nos lo informe por escrito de inmediato. Toda la información que encontremos incorrecta o imprecisa será corregida en forma oportuna.
El acceso a la información de nuestros clientes está limitada a aquellos que específicamente la necesitan para realizar o conducir sus responsabilidades de negocio.
Nosotros podemos monitorear llamadas telefónicas realizadas entre Usted o Tarjetahabientes Suplementarios y Nosotros, con la finalidad de asegurar la calidad de nuestro servicio al cliente. Usted podrá o no ser avisado por parte de Nosotros del monitoreo al momento de la llamada telefónica.
Por último, Usted otorga su consentimiento expreso para que Nosotros validemos y verifiquemos sus datos personales a través de bases de datos oficiales y sistemas de verificación, incluyendo sin limitación, los sistemas del Instituto Nacional Electoral (INE), el Registro Federal de Electores y/o el Registro Nacional de Población e Identificación Personal (RENAPO).
VIGÉSIMA NOVENA.- RENUNCIA
El hecho de que no ejerzamos alguno de nuestros derechos derivados del presente Contrato o la renuncia a nuestros derechos en ocasiones aisladas no implica ni constituye una renuncia al ejercicio de nuestros derechos para otras ocasiones.
TRIGÉSIMA.- AVISO EN CASO DE ROBO O EXTRAVÍO DE LA TARJETA. RESPONSABILIDAD EN CASO DE ROBO, EXTRAVÍO O USO INDEBIDO DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA TARJETA.
a) Aviso en caso de robo o extravío.
En los casos de robo o extravío de La Tarjeta, o bien en los casos que no haya recibido un reemplazo de La Tarjeta o sospecha que la misma está siendo utilizada en forma ilícita, Usted deberá comunicarlo inmediatamente a los teléfonos 000-000-0000 desde México y del extranjero por cobrar al 52 8319-9111 (líneas disponibles las 24 horas) con el fin de que podamos proceder a cancelar La Tarjeta.
Nosotros recibiremos el aviso de robo o extravío de La Tarjeta en nuestro centro de atención telefónica. Al recibir el aviso, le daremos un número de referencia, fecha y hora de su reporte.
Usted ni los Tarjetahabientes Adicionales serán responsables de los Cargos que se efectúen con las Tarjetas a partir de dicho aviso. No obstante, Xxxxxxxx podremos exigir el pago de los Cargos Recurrentes u otros previamente autorizados por Usted.
Nosotros le daremos a conocer a través de nuestra página de Internet o en un documento que se adjunte al Estado de Cuenta el alcance de nuestra responsabilidad por Cargos realizados antes del aviso correspondiente.
b) Responsabilidad en caso de robo o extravío.
En caso de que se realicen Cargos con La Tarjeta en un Establecimiento durante las 48 horas previas al aviso a que hace referencia el inciso a) anterior, y Usted no reconozca algún Cargo relativo a dichas transacciones, Nosotros tendremos la obligación de abonar los recursos respectivos a más tardar al segundo día hábil a la recepción de la reclamación, salvo en el supuesto de que la operación o transacción objeto de la reclamación haya sido autorizada por Usted con el uso de los factores de autenticación que para tales efectos se hayan puesto a su disposición. La reclamación deberá realizarse dentro del plazo de
90 días naturales a que hace referencia la cláusula Vigésima Sexta del presente Contrato.
Usted será responsable por cualquier Cargo que terceras personas no autorizadas pudieran hacer por el uso ilegal de La Tarjeta, a excepción de los Cargos no reconocidos por Usted durante las 48 (cuarenta y ocho) horas previas de que Usted nos comunique y recibamos el aviso correspondiente de extravío o robo de La Tarjeta.
Usted nos autoriza expresamente o a nuestro representante legal para que investigue con las más amplias facultades, incluyendo la delegación o sustitución del mandato, todo lo relativo al uso indebido o fraudulento de La Tarjeta, y Usted acepta prestarnos toda la colaboración que pueda ser requerida para estos fines, incluyendo comparecer a declaraciones de carácter judicial, proporcionarnos copia de documentos oficiales o denuncias ante el Ministerio Público o Policía Judicial, en caso de que Nosotros se lo solicitemos.
c) Responsabilidad en caso de uso indebido de la información contenida en La Tarjeta (“Clonación”).
Cuando se realicen transacciones con La Tarjeta en un Establecimiento y Usted no reconozca algún Cargo, Usted tendrá un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx para objetarlo. Nosotros abonaremos a su Cuenta el monto del Cargo reclamado de conformidad con lo previsto en la cláusula Vigésima Sexta de este Contrato.
d) Plazo para contestar la solicitud de aclaración de Cargos no reconocidos.
Una vez que Xxxxx haya presentado la solicitud de aclaración de Cargos no reconocidos de conformidad con la cláusula Vigésima Sexta, así
como con lo previsto en los incisos a), b) y c) de la presente cláusula, Nosotros tendremos un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de aclaración para entregarle el dictamen correspondiente por escrito y suscrito por una persona facultada, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en su solicitud. En el caso de reclamaciones relativas a operaciones realizadas en el extranjero, el plazo previsto en este párrafo será hasta de 180 (ciento ochenta) días naturales. El dictamen se podrá proporcionar por medios electrónicos.
Si conforme al dictamen resulta procedente el cobro del monto respectivo, Usted deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago.
Asimismo, si transcurrido el (los) plazo(s) mencionados en el párrafo anterior, Nosotros no emitimos dictamen alguno, el monto abonado no reconocido por Usted no podrá ser revertido por Nosotros.
Contaremos con un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la fecha de entrega del dictamen mencionado para poner a disposición de Usted en nuestra Unidad Especializada de Atención de Usuarios el expediente generado con motivo de la solicitud de aclaración que corresponda. En caso de que la solicitud de aclaración sea procedente y como consecuencia se haya realizado un crédito definitivo a la Cuenta de La Tarjeta, Nosotros pondremos a disposición de Usted en nuestra Unidad Especializada de Atención de Usuarios el expediente a que hace referencia este inciso.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- SEGUROS
Usted contará con un seguro/beneficio sin costo que lo protege en los siguientes casos y condiciones:
a) Protección contra robo o extravío de La Tarjeta. En estos casos Usted estará protegido a partir del momento mismo en que nos notifique o reporte el extravío o robo de La Tarjeta de conformidad con lo previsto en la cláusula Trigésima del presente Contrato; y
b) Protección en caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Básico (Xxxx Xxxxxxx). Los herederos o causahabientes del Tarjetahabiente Básico quedarán liberados de la obligación del pago del saldo que quede pendiente de cubrirse al momento del fallecimiento del Tarjetahabiente Básico, hasta por
$1,000,000.00 M.N., siempre y cuando los interesados acrediten el hecho del fallecimiento. Esta protección no aplica en casos de fallecimiento de Tarjetahabientes Suplementarios. En virtud de lo anterior a partir del fallecimiento del Cliente, cesa la responsabilidad por el uso de la Tarjeta
de Crédito. No obstante, American Express se reserva el derecho de ejercer acciones legales que sean aplicables en contra de quien utilice indebidamente La Tarjeta con posterioridad al fallecimiento del Cliente.
La información de los seguros/beneficios mencionados se le hará de su conocimiento al momento de la entrega de su Tarjeta.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE SALDOS
En caso de que Nosotros lo ofrezcamos, Usted podrá solicitarnos, ya sea por escrito, teléfono o a través de medios electrónicos, la liquidación de saldos de tarjetas de crédito bancarias emitidas por Instituciones de Crédito, así como saldos de tarjetas de crédito o de cargo emitidas por otras instituciones, y por tiendas o establecimientos comerciales en México (en lo sucesivo, las “Instituciones Emisoras”), con cargo a La Tarjeta (“Transferencia de Saldos”).
En caso de que el saldo de la tarjeta de la que se requiera liquidar el saldo sea mayor al monto de la línea de crédito que Usted tiene autorizada con Nosotros, obtendremos su consentimiento previamente con el fin de que le incrementemos dicha línea de crédito, con objeto de que se pueda realizar la Transferencia de Saldos.
Queda exclusivamente a discreción de Nosotros autorizar la Transferencia de Saldo solicitada por Xxxxx, o bien, autorizar una Transferencia de Saldo por una cantidad menor, lo cual le será informado con la debida oportunidad. Asimismo, le informaremos acerca de la aprobación o declinación, en su caso, de la Transferencia de Saldo solicitada.
En el Estado de Cuenta se especificará la fecha en que se realizó el cargo correspondiente por concepto de la Transferencia de Saldo, y quedará registrado el monto del mismo. A partir de la fecha que se registre la Transferencia de Saldo, se empezarán a computar los intereses correspondientes, de conformidad con lo establecido en la cláusula Décima Novena del presente Contrato.
Nosotros seremos responsables ante Usted, única y exclusivamente de realizar el pago de la Transferencia de Saldo autorizada a la Institución Emisora correspondiente, quedando liberada de cualquier otra responsabilidad u obligación que Usted tenga que cumplir con dicha Institución, siendo Usted responsable ante la Institución Emisora de realizar los pagos mínimos que correspondan a la tarjeta de la que se requiere liquidar el saldo.
Asimismo, Xxxxxxxx no asumiremos responsabilidad alguna por cualquier tipo de reclamación, queja o demanda que Usted presente derivadas del origen y procedencia de los cargos transferidos a la Cuenta de la tarjeta, por lo que cualquier reclamación, queja o demanda derivada de dichos supuestos, deberá dirigirse y presentarse ante la Institución Emisora.
TRIGÉSIMA TERCERA.- PROCEDIMIENTO PARA LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Cualquier modificación o adición a los servicios mencionados, así como a los términos y condiciones del presente Contrato, American Express le notificará mediante notificación por escrito, a través de un mensaje en su estado de cuenta, por medios electrónicos, como puede ser correo electrónico, o por medio de nuestra página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha que entren en vigor dichos cambios, entendiéndose que Usted nos otorga su consentimiento a dichas modificaciones o adiciones si no ejerce su derecho de dar por terminado el presente Contrato, manifestando su voluntad de cancelar la Cuenta en el plazo de 30 (treinta) días naturales siguientes al día en que se efectúe la notificación antes referida.
Adicionalmente, American Express podrá enviar las notificaciones mencionadas en el párrafo anterior por correo y a través del Estado de Cuenta.
En el evento de que Usted no esté de acuerdo con las modificaciones realizadas, puede solicitar la terminación del Contrato dentro de los 60 (sesenta) días naturales posteriores a la entrada en vigor de las modificaciones notificadas de acuerdo con el primer párrafo de la presenta clausula sin responsabilidad alguna a su cargo, y bajo las condiciones pactadas originalmente, debiendo cubrir, en su caso, los adeudos que se generen hasta el término de la operación o el servicio, sin que American Express pueda cobrarle penalización alguna por dicha causa ni cobrar cantidad adicional alguna con excepción de los adeudos que ya se hubieran generado a la fecha en que Usted solicite dar por terminado el Contrato. Los adeudos pendientes por parte del Cliente deberán liquidarse conforme a las condiciones originalmente contratadas, salvo aquellos que se hayan realizado conforme a las modificaciones previamente informadas por American Express de conformidad con lo previsto en el primer párrafo de la presente Cláusula.
TRIGÉSIMA CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIÓN DEL MISMO
El presente Contrato tendrá una vigencia indefinida y el mismo podrá terminarse en los términos y condiciones de la presente cláusula.
Usted podrá solicitar en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del Contrato y el envío del mensaje de aprobación de la Tarjeta, la cancelación del mismo sin responsabilidad alguna para Usted, en cuyo caso no le cobraremos comisión alguna, siempre y cuando Usted no haya utilizado La Tarjeta. El mensaje a que se refiere el presente párrafo será enviado a través de cualquier medio de comunicación previsto en el presente Contrato siempre y cuando su solicitud de Tarjeta haya sido aprobada.
Asimismo, en el evento de que Usted quiera dar por terminado el Contrato en cualquier momento,
Nosotros le devolveremos el importe remanente de la cuota anual que resulte del cálculo siguiente:
a) Se dividirá (i) el número de días contados entre la fecha de terminación del Contrato, excluyendo ese día, y la que deba corresponder a la conclusión del periodo por el cual se haya cobrado la cuota anual respectiva, incluyendo ese día, entre (ii) el número total de días previstos para dicho periodo, incluyendo el primer y último día de ese periodo, y
b) El resultado obtenido del cálculo señalado en el inciso a) anterior se multiplicará por el importe de la cuota anual que la Entidad Financiera haya cobrado.
Como excepción a lo dispuesto por este numeral, Nosotros no estaremos obligados a devolver el remanente de la cuota anual anteriormente referida en caso de que el número de días correspondiente al subinciso (i), del inciso a), del párrafo anterior, sea igual o menor a treinta.
Usted podrá solicitar en cualquier momento la terminación del presente Contrato, bastando para ello la presentación de una solicitud vía telefónica, vía fax o a través de medios electrónicos.
En este caso deberá identificarse previamente y Nosotros debemos cerciorarnos de la autenticidad y veracidad de su identidad mediante la confirmación de sus datos personalmente con Usted, ya sea vía telefónica o por cualquier otro medio. Asimismo, no podrá realizar disposiciones a partir de la fecha en que nos notifique su intención de terminar el presente Contrato.
En caso de que Usted solicite la terminación del Contrato, Nosotros realizaremos en forma inmediata las siguientes acciones:
1. Cancelar en forma inmediata La Tarjeta en la fecha de presentación de la solicitud de terminación del Contrato, por lo que la línea de crédito y La Tarjeta misma quedarán bloqueadas. Usted deberá interrumpir en forma inmediata el uso de La Tarjeta partiéndola por la mitad y devolviéndola a Nosotros o bien deberá manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que ya no cuenta con La Tarjeta;
2. Rechazar cualquier disposición que pretenda efectuarse con La Tarjeta con posterioridad a la solicitud de terminación del Contrato. En consecuencia, no se podrán realizar Cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados;
3. Cancelar, sin responsabilidad alguna de nuestra parte, los servicios de domiciliación o de cargos automáticos en la fecha de solicitud de terminación con independencia de quien conserve la autorización de los Cargos correspondientes; y
4. Nos abstendremos de condicionar la terminación del Contrato a cualquier otro acto no previsto en el presente Contrato, así como de cobrarle alguna comisión o penalización por la terminación del mismo.
El Contrato se dará por terminado al día hábil siguiente de su solicitud, salvo que existan adeudos pendientes de pago, en cuyo caso, la información del monto adeudado estará disponible para su consulta en nuestro centro de atención telefónico de Atención a Clientes al número telefónico 000-000-0000, disponible las
24 horas día, los 7 días de la semana, y la terminación del Contrato se verificará una vez realizado el pago correspondiente a la totalidad de los adeudos que tenga. Para tales efectos, Xxxxxxxx le informaremos en un plazo de 1 (un) día hábil siguiente contado a partir de su solicitud, el monto total del saldo adeudado y una vez liquidados los adeudos se dará por terminado el Contrato.
En la fecha en que se dé por cancelada la Cuenta, Xxxxxxxx le entregaremos cualquier saldo que tenga a su favor en la fecha en que se dé por terminado el Contrato o, al no haber acudido Usted a la oficina de American Express, Xxxxxxxx le informaremos a Usted que el saldo se encuentra a su disposición y determinaremos la forma como le puede ser devuelto, deduciendo las comisiones y cualquier otra cantidad que resulte a su cargo. Una vez realizado en su totalidad el pago, Nosotros pondremos a su disposición hasta en 10 (diez) días hábiles a partir de que se hubiere realizado el pago, el Estado de Cuenta o un documento que dé constancia de la terminación contractual, así como el finiquito correspondiente de sus derechos y obligaciones en relación con el presente Contrato. Asimismo, reportaremos a las sociedades de información crediticia que la Cuenta de La Tarjeta está cerrada sin adeudo alguno.
En tanto no sea liquidada la totalidad de los adeudos, la terminación del Contrato no surtirá efecto y Nosotros no podremos realizar Cargos adicionales, con excepción de los Cargos ya generados pero no reflejados en su Estado de Cuenta, así como las comisiones e intereses que se generen hasta el momento en que Usted liquide el saldo total del crédito. Usted conservará la misma fecha de pago y condiciones que tenía previamente a la solicitud de terminación.
TRIGÉSIMA QUINTA.- CESIÓN DEL CONTRATO
Usted no podrá ceder ni transmitir los derechos y obligaciones derivados de este Contrato sin nuestro previo consentimiento expreso y por escrito. Usted nos autoriza expresamente a ceder, transmitir o vender, en cualquier momento, los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato a nuestras empresas filiales y/o subsidiarias y/o a cualquier tercero. Para efectos de lo anterior, Usted nos autoriza expresamente para proporcionar información y datos de Usted y, en su caso, de los Tarjetahabientes Suplementarios.
TRIGÉSIMA SEXTA.- REDES SOCIALES DE INTERNET
Usted podrá consultar nuestras redes sociales de Internet en:
Facebook xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
YouTube xxx.xxxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- VALIDEZ DE LAS DISPOSICIONES
Si alguna de las disposiciones de este Contrato tiene conflicto con cualquier disposición legal, dicha disposición podrá modificarse o en su caso eliminarse con la finalidad de que el clausulado sea consistente con la legislación aplicable. Esto no afectará de ninguna forma a las obligaciones de las partes en relación con el cumplimiento de este Contrato.
TRIGÉSIMA OCTAVA.- INCUMPLIMIENTO
Nosotros podemos considerar que su Cuenta se encuentra en incumplimiento en el evento de que Usted incumpla con sus obligaciones contractuales, tales como incumplir los pagos correspondientes a la Cuenta de La Tarjeta, realizar o intentar Cargos en exceso al límite de crédito establecido en el Estado de Cuenta, o en términos generales incumplir con las disposiciones de este Contrato.
Nosotros podemos considerar también como incumplimiento el que Usted nos hubiere proporcionado información falsa o incorrecta al momento de solicitar La Tarjeta, o en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, si Usted incumple con cualquier otro contrato que tenga celebrado con Nosotros, si se inician o se hubieren iniciado procedimientos de concurso en contra de Usted, o bien, si tenemos información de que su situación financiera no es estable.
En cualquier escenario de incumplimiento por parte de Usted, Nosotros nos reservamos el derecho de terminar el presente Contrato en forma inmediata y cancelar la Cuenta de la Tarjeta.
En un evento de incumplimiento, Usted será responsable de los gastos y costas en que incurramos, incluyendo los gastos legales que se eroguen para recuperar el saldo adeudado por Usted y los Tarjetahabientes Suplementarios, mismos que se determinarán en el procedimiento judicial correspondiente.
TRIGÉSIMA NOVENA.- COMUNICACIONES POR ESCRITO Y MEDIOS ELECTRÓNICOS
Todas las comunicaciones sobre beneficios, modificaciones al Contrato, así como cualesquier notificación que realicemos durante la vigencia del presente Contrato, incluyendo el estado de cuenta, podrán ser enviadas a Usted por escrito a la dirección que tengamos registrada en nuestros sistemas.
Asimismo, Usted acepta que le enviemos cualquier comunicación por cualquier medio electrónico permitido, incluyendo correos electrónicos o publicaciones en nuestra página de
internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, incluyendo dichos cambios en nuestra página de Internet mediante referencias o enlaces (“links”), que sean proporcionados en su estado de cuenta o en cualquier otra comunicación, por lo que Usted se obliga a consultar su estado de cuenta así como otras comunicaciones que le enviemos por medios electrónicos. Dicha comunicación por medios electrónicos se tendrá por enviada y recibida como si fuera por escrito.
Todas las notificaciones que American Express realice y a que se refiere el párrafo anterior se tendrán por recibidas y surtirán efectos el día en que se envíen a la dirección de correo electrónico que nos haya proporcionado y/o en la fecha en que se publique dicha notificación, según sea el caso.
Usted se obliga a notificarnos inmediatamente cualquier cambio de domicilio o cualquier información relacionada con el mismo, ya sea para fines de envíos de correo por escrito o por medios electrónicos a través de la dirección de correo electrónico, incluyendo los cambios de Tarjetahabientes Suplementarios. En caso de que nos sea imposible enviarle información o bien que nos sea devuelto el correo por no tener actualizada su información, Nosotros podemos suspender el envío de cualquier comunicación hasta que tengamos actualizada su información. Por lo anterior, no seremos responsables de cualquier falla en el envío de cualquier comunicación, ya sea por escrito o a través de medios electrónicos si la información que tenemos de Usted en nuestros sistemas se encuentra incorrecta.
Asimismo, Usted deberá proporcionarnos información actualizada de carácter personal, con la finalidad de tener actualizados nuestros sistemas, y en caso de que le solicitemos información adicional sobre sus ingresos y finanzas personales, Usted nos la deberá proporcionar o bien cuando sea requerida en cumplimiento a disposiciones legales aplicables.
En cualquier caso, todos los avisos, notificaciones y demás diligencias judiciales o extrajudiciales que se hagan en el domicilio indicado por las partes surtirán plenamente sus efectos.
Usted está de acuerdo en que Xxxxxxxx publicaremos en la página de Internet xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, o bien, enviaremos de forma gratuita a la dirección de correo electrónico que nos haya proporcionado, mensajes con información tendiente a que Usted pueda evitar posibles fraudes en los productos contratados.
CUADRAGÉSIMA.- CESIÓN DE DISPUTAS Y RECLAMACIONES
En caso de que le otorguemos un crédito a su Cuenta de La Tarjeta en relación con una disputa o reclamación de un Cargo realizado ante un Establecimiento, Usted en forma automática está de acuerdo en cedernos los derechos derivados de dicha disputa o reclamación que Usted pudiera tener en contra de algún Establecimiento por un monto igual al crédito efectuado. Una vez que realicemos el crédito a la Cuenta de La Tarjeta, Usted se obliga a no realizar reclamación alguna de reembolso ante el Establecimiento
correspondiente. Asimismo, Usted se obliga a cooperar con Nosotros en caso de que sea nuestra intención recuperar ante el Establecimiento el monto acreditado a su Cuenta, incluyendo cualquier información o documentación que podamos necesitar. El hecho de que le otorguemos un crédito a su Cuenta por una ocasión no significa que tengamos la obligación de realizarlo en otras ocasiones.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- LEYES APLICABLES, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
El presente Contrato será regido por las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia o disputa que surja con motivo de la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes de la Ciudad de México. Usted renuncia expresamente desde este momento al fuero que por razón de su domicilio u otra causa pudiera corresponderle ahora o en el futuro.
Asimismo, en término de lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor, Nosotros estamos de acuerdo en que el presente Contrato este sujeto, en la vía administrativa, a la competencia de la Procuraduría Federal del Consumidor para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del mismo.
Este Contrato fue inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión que lleva la Procuraduría Federal del Consumidor, el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxx xx xxxxxx 5188-2022. American Express se sujetará a lo previsto en la Ley Federal de Protección al Consumidor en caso de modificación o cancelación de dicho registro.
xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
American Express Company (México), S.A. de C.V. Xx. Xxxxxxxxxxx 000, Xxx. Xxxxxx xx xxx Xxxxxxxx,
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, México.
ANEXO “A” BENEFICIOS SIN COSTO DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO AMERICAN EXPRESS
A continuación detallamos la información relativa a los beneficios con los que cuentan Las Tarjetas de Crédito American Express, los cuales se encuentran integrados sin costo a la cuota anual que Usted pagará por La Tarjeta:
BENEFICIOS DE LA TARJETA THE GOLD ELITE CREDIT CARD AMERICAN EXPRESS®
a) Compras Protegidas
Protege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® por el Tarjetahabiente Titular, así como por los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx
b) Garantía Plus
c) Vida Crédito
En caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de la Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® hasta por
$1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
d) Seguro Automático contra Accidentes en Viajes
Protección en caso de muerte accidental en transporte público autorizado, siempre y cuando los boletos del mismo hayan sido adquiridos con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®. La protección comienza desde el momento en que se aborda el transporte público autorizado y hasta el descenso del mismo por
$250,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos mayores de 12 años y menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulte Términos, Condiciones y Exclusiones en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx
e) Protección contra Pérdida y Demora de Equipaje
Al adquirir los boletos de avión con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®, se cuenta con protección para Pérdida y Demora de Equipaje para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios sin costo adicional hasta por
$500.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Para conocer los montos aplicables por la Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express®, la documentación requerida para tramitar el beneficio, Términos y Condiciones consulte: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx
f) Seguro contra Xxxx y Daños materiales para Autos Rentados
Cobertura en Estados Unidos y Canadá en la renta de autos pagando con La Tarjeta The Gold Elite Credit Card American Express® con una protección de hasta por
$25,000.00 USD. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulte automóviles asegurables, datos de la compañía aseguradora, exclusiones del seguro, así como los demás Términos y Condiciones vigentes al momento del siniestro en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
BENEFICIOS DE LA TARJETA AMERICAN EXPRESS PAYBACK® GOLD CREDIT CARD
a) Compras Protegidas
Protege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card por el Tarjetahabiente Titular, así como por los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx
b) Garantía Plus
c) Vida Crédito
En caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de La Tarjeta American Express PAYBACK® Gold Credit Card hasta por
$1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
BENEFICIOS DE LA TARJETA THE PLATINUM CREDIT CARD AMERICAN EXPRESS®
a) Compras Protegidas
Protege casi cualquier artículo que se haya adquirido con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® por el Tarjetahabiente Titular, así como los Suplementarios, por un monto mayor de $50.00 USD o su equivalente en moneda nacional por pérdida total y/o daño por robo con violencia, incendio o explosión dentro de los 180 días naturales siguientes a partir de la fecha de compra del artículo. El monto aplicable es hasta por $3,000.00 USD o su equivalente en moneda nacional, limitado a un evento por año. Consulte los Términos y Condiciones del beneficio en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxx
b) Garantía Plus
c) Vida Crédito
En caso de fallecimiento del Tarjetahabiente Titular, Vida Crédito cubre el saldo insoluto de la cuenta de La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® hasta por
$1,000,000.00 M.N. Consulte los Términos y Condiciones en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
d) Seguro Automático contra Accidentes en Viajes
Protección en caso de muerte accidental en transporte público autorizado, siempre y cuando los boletos del mismo hayan sido adquiridos con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®. La protección comienza desde el momento en que se aborda el transporte público autorizado y hasta el descenso del mismo por
e) Protección contra Pérdida y Demora de Equipaje
Al adquirir los boletos de avión con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express®, se cuenta con protección para Pérdida y Demora de Equipaje para el Tarjetahabiente Titular, su cónyuge e hijos menores de 23 años, que sean dependientes económicos y Tarjetahabientes Suplementarios sin costo adicional hasta por
f) Asistencia Global en viajes
g) Seguro contra Xxxx y Daños materiales para Autos Rentados
Cobertura en Estados Unidos y Canadá en la renta de autos pagando con La Tarjeta The Platinum Credit Card American Express® con una protección de hasta por
$25,000.00 USD. El seguro aplica para el Tarjetahabiente Titular y Tarjetahabientes Suplementarios. Consulte automóviles asegurables, datos de la compañía aseguradora, exclusiones del seguro, así como los demás Términos y Condiciones vigentes al momento del siniestro en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
h) Membresía Priority Pass™
Membresía Priority Pass™ sin costo anual que brinda 4 (cuatro) accesos individuales sin costo a más de 1000 salas VIP participantes en aeropuertos ubicados en más de 100 países.
En el sitio xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx se encuentra la lista completa de las Salas VIP participantes en el programa, facilidades y servicios disponibles en cada Sala, así como las Condiciones de Uso que los miembros de Priority Pass™ se comprometen a seguir al utilizar el beneficio.
El presente Anexo forma parte del Contrato de adhesión inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión de la Procuraduría Federal del Consumidor el día 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxx xx xxxxxx 5188-2022.
xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
American Express Company (México), S.A. de C.V. Av. Patriotismo 635, Col. Ciudad de los Deportes,
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.