EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO, SANCIONA CON FUERZA DE
E. 13870
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A : 653/05
ARTICULO 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública para la contratación del Servicio de Emergencia por Unidad Móvil y Atención Domiciliaria de Urgencias que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente se imputarán a las partidas 3-4-9-1-1-103-07 (Otros N.E.P.) del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES, Río Cuarto, 23 xx xxxxxx de 2005.-
XXXX XXXXX XXXX
Presidente
XXXXX XXXXXXX XXXXXX
Secretario
A N E X O I
PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EMERGENCIA POR UNIDAD MÓVIL Y ATENCIÓN DOMICILIARIA DE URGENCIAS.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO - SUBSECRETARÍA DE SALUD
ARTÍCULO 1°.- OBJETO DE LA LICITACIÓN: La Municipalidad de Río Cuarto convoca a Licitación Pública para contratar la prestación del Servicio de Emergencia Médica en la vía publica por Unidad Móvil y Atención Domiciliaria de urgencias.
ARTÍCULO 2°.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO: Se entiende por Servicio de Emergencia Médica, aquel que comprende las siguientes prestaciones:
a) El Servicio Médico de Emergencia Médica en Unidad Móvil a desarrollarse dentro del ejido urbano de la Ciudad de Río Cuarto.
b) Atención domiciliaria de urgencias a realizarse también dentro del ejido urbano de la Ciudad de Río Cuarto.
El Servicio objeto de esta Licitación, y en consecuencia todas las prestaciones en él comprendidas, estarán bajo una misma dirección y responsabilidad médica, y deberá ser brindado con recursos materiales y humanos especialmente adecuados y aptos para la atención de pacientes en estado grave, que requieran para su supervivencia de servicios médicos inmediatos en el lugar en que aconteciera la emergencia, y durante el traslado al sitio de tratamiento definitivo que la Municipalidad determine en coordinación con la Central General de Alarmas de Bomberos Voluntarios. Asimismo dicho servicio deberá prestarse en el área destinada a la Guardia en el Centro de Salud Municipal, a solicitud de la misma, a los pacientes que requieran atención de urgencias.
El servicio que se licita deberá ser brindado, tanto en su equipamiento como en su desarrollo, en concordancia con los requisitos que se establecen en el presente.
Las prestaciones fundamentales del servicio que se licita se ajustarán a las siguientes características:
a) SERVICIO DE EMERGENCIA MÉDICA POR UNIDAD MÓVIL
1) Serán beneficiarias todas aquellas personas con cobertura municipal de salud y quienes sufran accidentes y/o emergencias en la vía pública.
Además, se considerarán áreas protegidas las siguientes dependencias municipales: Museo Histórico, Teatro Municipal, Teatrino Trapalanda, Centro Cultural El Xxxxxx, Centro Cultural Viejo Mercado, Xxxxxxx Municipal, Ex- Correo, Concejo Deliberante y Anexos, Tribunal de Cuentas, Subdirección General de Compras, Construcciones, Laboratorio Tecnológico, Cementerio, Centro de Carpintería, Centro Municipal de Educación Física Nº 1, Dirección de Tránsito, Maternidad H. G. xx Xxxxxx, Taller Protegido Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx, I.M.V. y/o Area Vivienda, E.M.O.S., E.D.E.C.O.M.,
Subsecretaría de Mantenimiento y Servicios, Centros Periféricos, los tres (3) Registros Civiles, Servicio Municipal de Empleo, Centros Comunitarios y Comedores y Copas de leche administrados por Instituciones o particulares: (Santa Xxxx, Hogar 121, Hogar 120, Oncativo, 70 y 91 Viviendas, Malvinas II, 62 Viviendas, Amor y Sacrificio, Barrio Chino, Limay, Obrero 1, Rinconcito del Amor, San Xxxxxxxxx Xxxxxx, Mis Sueños (Las Delicias II), La Casita xx Xxxxx, Salto de Malvinas, Humahuaca, Xxxxxx La Católica, Quena, Fundación Hacer, Cristo es la Respuesta, Iglesia Evangélica, La Casita xx Xxxx, Fundación Casa xxx Xxxx, Xxxxx Madre de Dios, Xxxxx Xxxx Mística, Xxx Xxxxxxx xx Xxxxx, Xxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx).
2) La Contratista deberá proveer la cantidad de medicamentos, materiales descartables y cualquier otro elemento necesario para la correcta atención de emergencias.
3) El Servicio contratado funcionará ininterrumpidamente durante las veinticuatro horas, durante todo el año. La prestación del servicio se iniciará inmediatamente de recepcionada la comunicación de la emergencia por parte de la Central General de Alarmas de la Ciudad de Río Cuarto (911), debiendo producirse el arribo de la unidad al lugar encomendado en un tiempo prudencial de acuerdo a la distancia desde donde es requerido, comprometiéndose la empresa contratada a hacerlo en un tiempo lógico y perentorio, que toda urgencia requiere.
4) El Servicio contratado, ante la duda de si la persona involucrada en la emergencia se encuentra dentro del supuesto previsto en inciso 1 de este punto a), procederá a actuar igualmente en la emergencia, debiendo recabar la contratista toda la información posible a los fines del posterior recupero de parte de la Municipalidad de Río Cuarto, en el caso de que la persona tuviera cobertura de emergencia, como así también si la emergencia sucediera en un lugar público de propiedad privada y por las premuras del caso fuera de necesidad inmediata la intervención en el hecho.
5) Todos los insumos que implique la prestación del servicio, estarán a cargo exclusivo de la Contratista, sean ellos lubricantes, combustibles, reparaciones, repuestos, salarios, seguros, aportes xx xxx, etc.
6) A solicitud del Centro de Salud, cuando la emergencia lo requiera y ante la necesidad de derivación por urgencia, el servicio de ambulancia deberá cubrir el traslado al Nuevo Hospital San Xxxxxxx xx Xxxxx o, a requerimiento del paciente, a otro centro de mayor complejidad de la ciudad de Río Cuarto.
b) ATENCIÓN DOMICILIARIA DE URGENCIAS:
El servicio comprende la atención domiciliaria de urgencias: pacientes (niños y adultos) que posean o no cobertura de la Municipalidad de Río Cuarto, en el horario de 19,00 a 7,00 hs., de lunes a viernes y las 24 horas los días xxxxxx, xxxxxxx y feriados.
ARTÍCULO 3°.- REQUISITOS MÍNIMOS DEL SERVICIO - EQUIPAMIENTO:
La Contratista deberá contar con un mínimo de cinco (5) unidades móviles, de acuerdo a las prestaciones solicitadas. Las unidades deberán estar en perfecto estado de mantenimiento, tener suficiente iluminación interna, hermeticidad, toma-corriente de doce (12) voltios para equipos médicos y además deberán adecuarse, en cuanto al color xx xxxxx de la baliza del techo, intensidad del sonido
de la señal acústica, color de vehículo, luces traseras y velocidad de circulación, a las normas municipales vigentes. Las unidades deberán contar por lo menos con el equipamiento exigido en el Decreto Nº 2148/02 de la Provincia xx Xxxxxxx.
ARTÍCULO 4°.- REQUISITO DE FUNCIONAMIENTO: El servicio deberá contar con dos o más líneas telefónicas y una radio central receptora-transmisora V.H.F. o superior, debidamente autorizada por el organismo correspondiente, y que sea compatible con la Central General de Alarmas de la Ciudad, que funcionará en el Cuartel de Bomberos de la Ciudad de Río Cuarto, a través del número único 911, y receptar las solicitudes de servicio de la Municipalidad.
ARTÍCULO 5°.- REQUISITOS DE RECURSOS HUMANOS:
SERVICIO DE EMERGENCIA POR UNIDAD MÓVIL Y ATENCIÓN DOMICILIARIA DE URGENCIAS
El Servicio de Emergencia por Unidad Móvil deberá contar, como mínimo, con los recursos humanos previstos en el Artículo 234º y c.c. del Decreto Nº 2148/02 de la Provincia xx Xxxxxxx.
Todos los servicios deberán ser prestados con los profesionales cuya nómina y antecedentes se presenten de acuerdo al artículo 20º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. En caso de reemplazo de alguno de los profesionales, el mismo deberá ser comunicado fehacientemente a la Subsecretaría de Salud, debiendo el profesional reemplazante satisfacer los requisitos previstos en el presente Pliego.
El médico debe reunir las condiciones establecidas por el Ministerio de Salud de la Nación en cuanto a los requisitos que la normativa nacional determine para todos los médicos que cumplan funciones en una unidad de terapia móvil. Igualmente es extensiva esta cláusula en cuanto a los paramédicos y enfermeros que lo acompañen.
ARTÍCULO 6°.- DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del Contrato será de doce (12) meses con opción a prórroga a favor de la Municipalidad por igual período. Esta opción será notificada a la Contratista por medio fehaciente con una antelación no menor a los treinta (30) días a la fecha de vencimiento. La Contratista deberá continuar con la prestación del servicio, aún después de haber expirado el plazo contractual y hasta la iniciación de los servicios por quien haya de tomarlos a cargo. Sin embargo, ese término no podrá exceder de sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del contrato, o de su eventual prórroga. La duración del contrato se contará a partir de la fecha que disponga el acto administrativo de adjudicación.
ARTÍCULO 7°.- RESCISIÓN: El contrato podrá ser rescindido ante el incumplimiento de la empresa prestataria del servicio o sin expresión de causa alguna por parte de la Municipalidad. En cualquiera de los supuestos anteriores, la Municipalidad de Río Cuarto deberá comunicar la decisión fehacientemente a la contratista con noventa (90) días de antelación a la fecha de la finalización de la relación contractual.
ARTÍCULO 8°.- CONDICIONES LEGALES PARA OFERENTES: Los
proponentes aceptarán por el solo hecho de participar en esta Licitación, la competencia de los Tribunales Provinciales de la Ciudad de Río Cuarto, y harán renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción para todas las cuestiones que pudieran suscitarse con motivo de los servicios licitados, debiendo constituir a tal efecto, domicilio especial dentro del radio de la ciudad de Río Cuarto, donde se
tendrá por válida cualquier notificación, interpelación o intimación administrativa o judicial que se realice.
La Municipalidad fija domicilio en Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx.
ARTÍCULO 9°.- LEGISLACIÓN Y REGLAMENTACIÓN QUE REGIRÁ LA CONTRATACIÓN:
El presente procedimiento de selección y la contratación se regirán por los siguientes documentos:
a)- El Presente Pliego,
b)- La Ordenanza Nº 835/94 y 847/94 y sus modificatorias, c)- La Ordenanza Nº 67/84,
d)- Las normas nacionales y provinciales vigentes o a dictarse que regulen las prestaciones objeto de la presente licitación,
e)- La legislación local que resulte complementaria de los anteriores dispositivos y no establezca normas que se opongan a ellos;
En caso de divergencia sobre la interpretación de los aspectos administrativos y legales, el orden de prelación será el mismo en el que aparecen ordenados los documentos en el listado precedente.
ARTÍCULO 10°.- OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES: La
Contratista deberá cumplir las leyes laborales y previsionales respecto del personal que afecta al servicio licitado. La Municipalidad tendrá derecho a solicitar en cualquier momento exhibición de la documentación que acredite tales cumplimientos.
ARTÍCULO 11°.- SEGUROS: La Contratista deberá contratar seguros contra accidentes de trabajo a su personal (A.R.T.), Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y no transportados de los vehículos afectados al servicio y Responsabilidad Civil por Mala Praxis Médica.
ARTÍCULO 12°.- RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS: No
obstante, lo establecido en el artículo anterior, la Contratista será responsable de los daños y perjuicios ocasionados por sus dependientes y cosas afectadas al servicio. En caso de que algún reclamo o demanda judicial prospere en contra de la Municipalidad, la Contratista deberá restituir a la misma todos los gastos y costas soportados. Las sumas así devengadas podrán hacerse efectivas de los créditos a su favor o depósitos de garantías.
ARTÍCULO 13°.- COTIZACIONES: La cotización deberá expresarse en pesos, con precios unitarios (por mes de servicio) y precio total (por doce meses) para un mínimo de 245 prestaciones mensuales. Asimismo, deberá cotizar el precio unitario por prestación adicional al mínimo establecido para el caso que las prestaciones mensuales se encuentren comprendidas entre 246 y 715 prestaciones mensuales; el precio unitario por prestación adicional al mínimo establecido para el caso que las prestaciones mensuales se encuentren comprendidas entre 716 y 1000 prestaciones mensuales y el precio unitario por prestación adicional al mínimo establecido para el caso que las prestaciones mensuales superen las 1000 prestaciones mensuales.
ARTÍCULO 14°.- VARIACIONES DE COSTOS: La Municipalidad no reconocerá variaciones de costos de ninguna naturaleza y origen y ningún motivo, sobre el precio cotizado y durante la vigencia del Contrato respectivo y su eventual prórroga.
ARTÍCULO 15°.- FORMA DE PAGO: La Municipalidad efectuará el pago mensualmente; el mismo se efectivizará a los veinte (20) días corridos contados a partir de la fecha de presentación de la factura y de haberse recibido de conformidad la prestación del servicio. El monto a facturar mensualmente se determinará de acuerdo a la cotización realizada según el artículo 13º, de la siguiente manera: Se establecerá el total de prestaciones realizadas en el mes (PM), si dicho total supera el mínimo de 245 prestaciones (PM > 245), la contratista facturará el monto fijo mensual y las prestaciones adicionales al mínimo (PM-245) al precio unitario que corresponda según las prestaciones totales del mes (PM) pertenezcan al intervalo [246,715], [716,1000] o [más de 1000].
ARTÍCULO 16°.- MANTENIMIENTO DE OFERTAS: Los proponentes deberán mantener la vigencia de sus propuestas, en todos sus aspectos, por un término no inferior a treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de la presente Licitación. Dentro de ese término, la Municipalidad resolverá la adjudicación.
ARTÍCULO 17°.- OFERENTE ÚNICO: La concurrencia de un solo oferente no será obstáculo para la prosecución del trámite de la Licitación si a juicio de la Municipalidad, el mismo reúne las condiciones requeridas para la admisión de la propuesta.
ARTÍCULO 18°.- OFERENTES CONJUNTOS:
a) Podrán participar de la presente licitación las U.T.E. integradas por dos o más personas jurídicas conforme al Capítulo III - Sección II de la Ley Nacional N°
19.550 con las modificaciones introducidas por la Ley Nacional N° 22.903, en las que cada uno de sus miembros reúna los requisitos establecidos en el presente pliego, que se hallen constituidas mediante un contrato público o privado que prevea la duración de la misma hasta la extinción de la totalidad de las obligaciones emergentes de la presente licitación, así como la responsabilidad de todos sus integrantes sea solidaria, individual y mancomunada durante el plazo de duración exigido y respecto de todas las obligaciones emergentes de la licitación y del eventual contrato.
b) Los contratos de constitución de U.T.E. no deberán contener cláusulas que se contrapongan a ningún aspecto de la licitación o del Derecho Público, debiendo asimismo contemplar que la separación y exclusión de miembros de la U.T.E. y/o la incorporación de nuevos deberá ser sometida a la aprobación de la Municipalidad de Río Cuarto, quien se reserva el derecho de la aceptación o rechazo, reservándose también el derecho de impedir modificación alguna en la constitución de la U.T.E. si a su exclusivo juicio resulta inconveniente.
c) La sola participación dentro de una U.T.E. significará la anulación de la oferta individual que cada integrante de la misma pudiera haber presentado en esta licitación.
d) En el caso de U.T.E. deberán adjuntarse una copia certificada del contrato social de todas y cada una de las firmas que la componen así como copia certificada del contrato de constitución de la U.T.E.
e) Todas y cada una de las empresas que componen la U.T.E. deberán dentro del plazo xx xxxx (10) días corridos de la fecha de la licitación adjuntar: Constancia
de inscripción en A.F.I.P., D.G.R. y Registro de Proveedores de la Municipalidad de Río Cuarto.
ARTÍCULO 19°.- DESESTIMACIÓN Y RECHAZO DE PROPUESTAS: La
Municipalidad se reserva el derecho de desestimar toda propuesta que no se ajuste al pliego, como asimismo rechazarlas a todas aunque se ajusten al mismo, cuando no convinieran a sus intereses por razones debidamente fundadas, en tales supuestos los proponentes no tendrán derecho a reclamo alguno.
ARTÍCULO 20°.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: Los oferentes admitidos según las estipulaciones de este Pliego, presentarán sus ofertas en el lugar indicado para el acto de apertura hasta el día y la hora fijados para la misma. Las propuestas serán redactadas en idioma castellano y estarán contenidas en dos sobres o tipo de contenedor, ambos debidamente cerrados, que se entregarán uno dentro del otro.
El acto de apertura de propuestas, tendrá lugar en las oficinas de la Subdirección General de Compras de la Municipalidad, sita en xxxxx Xxxxxxx 000 el día ……. del mes …………………………..... del año 2005 a las ……… horas o a la misma hora del siguiente día hábil si el designado no lo fuera, en presencia de los interesados que deseen asistir.
La presentación podrá hacerse por medio de envío postal certificado, sin membretes o inscripción que individualicen al proponente y sin que esta manera de presentación signifique responsabilidad alguna para la Municipalidad por demoras o extravíos de cualquier origen.
En todos los casos el sobre o paquete presentación llevará como única leyenda la siguiente: LICITACIÓN PUBLICA Nº ........... “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DEL SERVICIO DE EMERGENCIA POR UNIDAD MÓVIL Y
ATENCIÓN DOMICILIARIA DE URGENCIAS” a realizarse el día ……. del mes de ……………… del año 2005 a las ……….. hs. en la Subdirección General de Compras. En caso de presentación por correo, se agregará la inscripción: 5800 Río Cuarto (Córdoba).
Todos aquellos sobres que no reúnan las condiciones establecidas anteriormente o que por cualquier causa lleguen con posterioridad al día y horas fijados, serán devueltos de inmediato y sin abrir, no admitiéndose reclamo de ninguna naturaleza.
Las presentaciones deberán contener todos los documentos que a continuación se enuncian:
En el sobre PRESENTACIÓN:
a)- Solicitud de admisión según modelo adjunto.
b)- Recibo de pago que acredite la adquisición del presente Pliego de Licitación.
c)- Documento constituyendo domicilio especial del oferente dentro del radio urbano de la ciudad de Río Cuarto a los efectos de la presente Licitación y eventual contrato de prestación de servicio.
d)- Original de la constancia que acredita la constitución de la Garantía de la propuesta por un monto equivalente a Pesos Cinco Mil ($ 5000) en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 23º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
e)- El presente Pliego de Bases y Condiciones foliado, al que agregarán las notas aclaratorias, modificaciones del mismo o complementarias debidamente firmado y sellado por el proponente en todas y cada una de las fojas.
f)- Acta constitutiva, el contrato social y poderes de los firmantes.
g)- En caso que el oferente sea una U.T.E. se deberá presentar contrato de compromiso de constitución de U.T.E. debidamente suscripto por las partes con firmas certificadas por escribano público.
h)- Antecedentes de la empresa y comprobantes expedidos por entidades públicas o privadas que acrediten experiencias en prestaciones similares a las licitadas.
i)- Descripción de los vehículos y equipamientos a utilizar, indicando detalladamente las características de cada uno, su afectación al servicio y todo otro dato ilustrativo que permita establecer con exactitud los recursos y elementos técnicos que se dispondrán para apoyo del servicio.
j)- Detalle de los números de inscripción de los diversos organismos fiscales y de previsión social en que se encuentre inscripto.
k)- Balance del último ejercicio, certificado por Contador Público Nacional y legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
l)- Nómina y antecedentes de cada uno de los profesionales médicos que se afectarán:
1). Al Servicio de Emergencia por Unidad Móvil. 2). Al Servicio de Atención Domiciliaria de Urgencias.
En todos los casos la acreditación de capacitación será mediante fotocopia de los certificados de especialista o de certificaciones de capacitación pertinente emitidos por instituciones que puedan acreditar seriedad, prestigio, idoneidad y experiencia.
La omisión de presentación de los antecedentes de alguno de los profesionales de la nómina dará lugar al rechazo inmediato de la oferta.
m)- Nómina y antecedentes del personal de enfermería que se afectará al Servicio de Emergencia por Unidad Móvil.
n)- Habilitación del Organismo de aplicación del Gobierno de la Provincia xx Xxxxxxx según Decreto Nº 2323/87 y Nº 2411/89 y en caso de haberla tramitado, la nueva habilitación dispuesta por el Decreto Nº 2148/2002.
El Sobre PROPUESTA (Oferta Económica) que se adjuntará dentro del sobre presentación que deberá estar debidamente cerrado y lacrado y llevará como única leyenda: LICITACIÓN PÚBLICA Nº ..................... - SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO (SUBSECRETARÍA DE SALUD) - Empresa (Nombre
o razón social del oferente) y en el caso de U.T.E. las empresas que la integran con los datos supra determinados.
El sobre propuesta contendrá únicamente la fórmula de la propuesta, por duplicado, confeccionado sobre la base del modelo que se adjunta, debidamente firmada por el proponente. La propuesta será redactada a máquina en idioma castellano, sin enmiendas, raspaduras o entrelíneas que no se hubieran salvado formalmente al final.
ARTÍCULO 21°.- APERTURA DE LAS OFERTAS Y PRECALIFICACIÓN:
DE LA APERTURA DE SOBRES
A la hora fijada para la apertura se abrirán: en primer término los sobres exteriores (Sobre Presentación), de la totalidad de las propuestas, leyendo en voz alta el número de orden de las mismas, el nombre del oferente y verificando si la
documentación presentada se corresponde con lo requerido en el artículo 20º del presente.
En los casos que corresponda se declarará la inadmisibilidad de aquellas propuestas que no reúnan los requisitos necesarios. Se procederá a separar los Sobre Propuesta (Oferta Económica) de las no admitidas, para ser devueltos sin abrirlas a los oferentes respectivos.
Los proponentes presentes podrán efectuar las observaciones que estimen pertinentes, las que deberán ser concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos relacionados con este acto licitatorio. Se efectuarán en forma verbal y constarán en el acta, resolviéndose conjuntamente con la licitación. Estas observaciones no tendrán carácter de impugnación formal y sólo serán tomadas en cuenta para el análisis de las ofertas.
De todo lo actuado se labrará un acta.
Los sobres propuestas (Oferta Económica) no se abrirán en ese acto sino que quedarán en custodia a cargo del comitente quién cuidará su inviolabilidad. Estos sobres serán abiertos después de efectuada la precalificación de oferentes, en la fecha que oportunamente fije el comitente.
Resuelta la calificación de los oferentes, se procederá a la apertura de los sobres propuesta (Oferta Económica) en la fecha y hora que se fije para tal fin en un acto público de características similares al de apertura de Sobres Presentación, verificando la admisibilidad de lo presentado en estos segundos sobres, labrándose un acta de lo actuado.
DE LA PRECALIFICACIÓN
La Secretaría de Economía conjuntamente con la Subsecretaría de Salud procederán a la evaluación de la documentación del Sobre Presentación de cada una de las ofertas admitidas en el acto de apertura, procediendo a la verificación del cumplimiento de los requisitos exigidos por el presente Pliego de Bases y Condiciones y emitirá un informe estableciendo que oferentes CALIFICAN y cuales NO CALIFICAN.
Dicho informe será notificado a los proponentes en el domicilio fijado a efectos de la presente licitación, disponiendo los oferentes a partir de tal comunicación, de un plazo de dos (2) días hábiles para formular las impugnaciones que consideren procedentes.
Las impugnaciones serán resueltas por la Secretaría de Economía y convalidadas por el Sr. Intendente Municipal, siendo este resultado obligatorio para el/los recurrente/s, no suspendiéndose el trámite formal de la licitación.
ARTÍCULO 22°.- ACLARACIONES Y CONSULTAS: Los oferentes podrán solicitar aclaraciones y efectuar consultas que estimen necesarias, hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada por escrito y por duplicado antes de la fecha fijada para la apertura de la Licitación. Dichos pedidos de aclaraciones o consultas deberán realizarse por escrito y por duplicado, en la Subdirección General de Xxxxxxx. La Municipalidad comunicará al domicilio consignado en el recibo de compra xxx Xxxxxx, las notas aclaratorias, modificatorias o complementarias que resulten de dichas consultas o las que generen por sí mismo, hasta dos (2) días hábiles antes de la mencionada fecha, a los adquirentes que fijen domicilio en la Ciudad de Río Cuarto.
ARTÍCULO 23°.- GARANTÍAS: El monto de la GARANTÍA DE LA
PROPUESTA será equivalente a Pesos Cinco Mil ($ 5.000) y deberá constituirse en algunas de las modalidades de las siguientes:
a)- Mediante depósitos en el Banco de la Provincia xx Xxxxxxx -Sucursal Río Cuarto- en la cuenta Nº 19.347 “Depósitos de Garantías” a la orden conjunta del Sr. Intendente y del Sr. Tesorero Municipal.
b)- Fianza o Aval Bancario extendido por cualquier entidad bancaria autorizada, la que deberá ser confeccionada de modo de permitirse hacerse efectiva a simple requerimiento del comitente, sin necesidad de otro requisito ni de previa constitución en xxxx al deudor o al fiador; que constituyan al fiador en deudor solidario y principal pagador de los alcances de los artículos 2003, 2005 y 2013 del Código Civil y que no establezca fecha de vencimiento.
c)- Seguro de Caución otorgado por compañía autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La póliza respectiva deberá reunir las condiciones establecidas en el Decreto Nº 411 del 31 de enero de 1969.
El monto de la GARANTÍA DEL CONTRATO será equivalente a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-).
A los fines de su constitución, la misma podrá hacerse en cualquiera de las formas indicadas para la garantía de la propuesta.
El proponente que resulte adjudicatario podrá afectar la Garantía de la Propuesta a la Garantía del Contrato ampliando el monto de aquella hasta alcanzar el de ésta en cualquiera de las modalidades indicadas.
Se deja debidamente expresado que las Garantías establecidas en el presente Xxxxxx no son excluyentes de la reclamación por daños y perjuicios resultantes del incumplimiento en que eventualmente incurriera el proponente, adjudicatario o contratista, en lo que excediera a la Garantía brindada.
La Garantía será devuelta a todos los proponentes una vez que haya sido suscripto el Contrato con quien resulte adjudicatario. Sin embargo una vez vencido el plazo de mantenimiento de la oferta fijado por el artículo 16º, la Garantía de la Propuesta será devuelta al proponente que lo solicite cuando el retiro de su oferta tenga efecto según lo dispuesto en el mencionado artículo.
La Garantía del Contrato será devuelta una vez cumplido el período contractual del servicio y cuando el contratista demuestre haber satisfecho la indemnización por daños y perjuicios que eventualmente corran por su cuenta.
ARTÍCULO 24°.- ADJUDICACIÓN: La adjudicación del servicio será resuelta por la Secretaría de Economía, previo informe de la Subsecretaría de Salud y recaerá sobre la propuesta que a su juicio resulte más conveniente.
Las circunstancias de que se haya receptado una sola propuesta no obliga ni impide la adjudicación del servicio. La notificación de la adjudicación le será formulada a la firma que haya resultado adjudicataria, mediante procedimiento fehaciente (telegrama colacionado, carta documento, cédula de notificación, etc.) al domicilio legal que haya constituido en la propuesta.
El resultado de la adjudicación no dará lugar a recurso o acción alguna por parte del oferente no adjudicatario, puesto que la elección de la propuesta más conveniente es facultad exclusiva de la Municipalidad.
ARTÍCULO 25°.- FIRMA DEL CONTRATO: Dentro de los diez (10) días de notificada la adjudicación, deberá procederse a la firma del Contrato, a tal fin
dentro de los tres (3) días de dicha comunicación el adjudicatario deberá presentarse ante la Municipalidad para notificarse de los elementos y documentación que deberá presentar y merecer aprobación para poder concretar el acto señalado (ratificación del domicilio legal, presentación de garantía del Contrato, nombre de las personas que suscribirán el mismo, documentación que acredite el carácter que invocan, etc.).
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el párrafo anterior o la no concurrencia en término, habilitará a la Administración para dejar sin efecto la adjudicación, con pérdida del depósito de Garantía para la firma incumplidora pudiendo adoptar en ese caso y a su solo juicio algunas de las soluciones siguientes:
a)- Adjudicar los servicios al proponente que sigue en orden de conveniencia y en caso de renuncia del nuevo adjudicatario, disponer la adjudicación descendiendo en la escala hasta el punto que a su solo juicio resulte conveniente.
b)- Declarar desierta la LICITACIÓN devolviendo la garantía de oferta a los proponentes que no la hubieran perdido.
ARTÍCULO 26°.- MULTAS: A los efectos de la aplicación de las sanciones previstas, se entenderá por monto del contrato el resultante del monto de la totalidad del servicio según contrato y las ampliaciones que pudieran existir hasta la fecha de la sanción.
La Municipalidad podrá disponer la aplicación de multas que sancionen el incumplimiento de las condiciones contractuales, las que podrán ser descontadas de cada uno de los pagos pendientes o futuros o de las garantías.
Las causales de aplicación de multas son:
a)- Si la Contratista dejase vencer el término fijado para la firma del Contrato sin concurrir a efectuarla o sin justificar su demora, a juicio de la Municipalidad y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20º de este Pliego, se le podrá aplicar una multa de un medio por mil (0,50%o) del monto del Contrato por cada día de atraso. Esta multa no será aplicable, si se dejara sin efecto la adjudicación con pérdida de la garantía de la propuesta.
b)- Si la Contratista no iniciara los servicios dentro de los plazos estipulados en el presente Xxxxxx, sin que medie justificación alguna a exclusivo juicio de la Inspección, se le podrá aplicar una multa de un medio por mil (0,50%o) del monto del Contrato por cada día de demora en iniciar los mismos.
c)- Si la Contratista incurriera en xxxx en el cumplimiento de Órdenes de Servicio o de Resoluciones de la Administración o cometiera faltas o infracciones a la documentación que integra el Plan de Servicios, se hará pasible a la imposición de multas que podrán variar de un medio por mil (0,50%o) al uno por mil (1%o) del monto del contrato, según la importancia de la infracción y a exclusivo juicio de la Administración y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en este Pliego.
Estas multas podrán ser reiteradas hasta el cese de la infracción.
En caso de persistencia contumaz o de abierto desacato del Contratista, las multas impuestas no serán óbice para que la Municipalidad imponga penalidades de carácter más grave, incluso la rescisión del Contrato. En los casos que la Municipalidad de Río Cuarto incurriera en gastos para satisfacer los servicios no
cumplidos por la contratista, además de las multas previstas en los incisos anteriores, ésta deberá reintegrar al comitente el importe de aquellos con más un ciento por ciento (100%). Asimismo y sin perjuicio de lo establecido precedentemente, el Municipio podrá descontar de la facturación mensual aquellos servicios indebidamente cumplimentados.
Para todos los casos se establece que:
1)- El término de ejecución de las etapas definidas precedentemente, será el contractual más las ampliaciones que hubieran sido reglamentariamente acordadas.
2)- La aplicación de las multas no libera al Contratista de la responsabilidad que pudiera corresponderle por daños y perjuicios ocasionados al Comitente o a Terceros.
3)- La aplicación de las multas que se impongan no podrá superar el DIEZ POR CIENTO (10%) del importe total del Contrato actualizado. Superado este tope la Municipalidad podría disponer la rescisión del Contrato por culpa de la Contratista, sin necesidad de intervención judicial.
ARTÍCULO 27°.- ORDENES DE SERVICIO: Los servicios licitados serán inspeccionados por la Municipalidad de Río Cuarto por personal designado al efecto, debiendo la empresa contratista ajustarse en un todo a las directivas e indicaciones que le sean impartidas, cumplimentar las observaciones y demás exigencias que la Inspección formule.
Las relaciones oficiales en el servicio entre la Municipalidad y el Contratista se mantendrán por medio de Órdenes de Servicios que la Inspección impartirá al Contratista y Notas de Pedidos que el Contratista o su representante cursen al Comitente a través de la Inspección. La Contratista deberá proveer al efecto dos (2) libros o cuadernos con fojas triplicadas que deberán disponerse, permanentemente, uno de ellos en poder de la Inspección y otro en poder de la Contratista o su representante. Tanto Órdenes de Servicios cuanto Notas de Pedido, serán numeradas correlativamente, fechadas y firmadas por quien las emita debiendo la otra parte firmarlas y fecharlas con el solo carácter de acuse de recibo.
El original de estos documentos quedará encuadernados en el libro respectivo y toda enmienda o raspadura deberá ser adecuadamente salvada.
Toda Orden de Servicio deberá ser firmada por la Contratista o su representante dentro de las veinticuatro (24) horas de emitida por la Inspección; su negativa se considerará xxxx en el cumplimiento de la orden impartida y la hará pasible de la multa establecida en el artículo 26º de este Pliego y se lo tendrá por notificado. Se considerará que toda orden de servicio está comprendida dentro de las estipulaciones del Contrato y que no importa modificación de lo pactado, salvo el caso en que en ella se hiciera manifestación explícita de lo contrario. Aún cuando la Contratista considerara que una Orden de Servicio no se ajusta o modifica a los términos del Contrato, deberá notificarse de ella manifestando su disconformidad con la orden recibida sin perjuicio de presentar al Comitente por intermedio de la Inspección y en el término de un (1) día hábil, un reclamo fundamentando las razones que le asisten para observar la Orden recibida.
La observación de la Contratista opuesta a cualquier Orden de Servicio no lo eximirá de la obligación de cumplirla si ella fuera reiterada.
En caso de incumplimiento o atraso en una Orden de Servicio, que tenga fijados plazos o fechas para comienzo o terminación, hará incurrir a la Contratista en xxxx parcial, haciéndola pasible de las penalidades fijadas en el artículo 26º.
ARTÍCULO 28°.- SERVICIOS NO ESPECIFICADOS: La Contratista deberá
ejecutar, por hallarse incluidas en el Contrato y en el sistema de Contratación previstos, todas aquellas provisiones y prestaciones que, aunque no se hallen estrictamente especificados en la documentación contractual, resulten necesarias para la correcta ejecución de los servicios, conforme a los fines que se pretenden.
ARTÍCULO 29°.- El cumplimiento estricto del servicio a prestar, la calidad del mismo, su grado de eficiencia, etc., será controlado por la Subsecretaría de Salud.
La existencia de reclamos o quejas reiteradas de usuarios o terceros, de flagrantes deficiencias fehacientemente comprobadas en la prestación, a saber:
a- Tardanza en la presencia.
b- Inadecuada prestación en la emergencia. c- Falta total en la presentación.
Estas circunstancias importarán la aplicación de sanciones que conforme con la gravedad, serán las multas que se aplicarán en concordancia con lo establecido en el artículo 26º de este pliego.
ARTÍCULO 30º.- PRECIO Y LUGAR DE ADQUISICIÓN DEL LEGAJO: El
precio del legajo de la presente Licitación se fija en Pesos DOSCIENTOS ($ 200.-). Para la adquisición de Pliegos y entrega de propuestas, los interesados deberán dirigirse a la Subdirección General de Compras de la Municipalidad, xxxxx Xxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx.
MODELO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN
El/los firmante/s al pie
…......................................................................................................., en nombre y
representación de la/s firma/s proponente/s ........................................., fijando
domicilio legal en calle ……....................................... N° .........., de la ciudad de Río Cuarto, solicita/n ser admitido/s en la Licitación Pública N° ............... de la Subsecretaría de Salud para la “Contratación del Servicio de Emergencia por Unidad Móvil y atención domiciliaria de urgencias”, a realizarse el día del
mes de ................................. del año .................. a las ................. hs..
A tal fin, se acompaña la documentación de acuerdo a lo establecido en el artículo 20° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
a)-Solicitud de Admisión
b)-Recibo de pago que acredita la adquisición del presente Pliego c)-Documento constituyendo domicilio especial
d)-Garantía de la Propuesta e)-etc.
Firma y Sello del Proponente
MODELO DE FÓRMULA DE PROPUESTA
Río Cuarto,
Proponente: ................................................................................................................................
Domicilio: ...................................................................................................................................
Conforme a lo Establecido en el Artículo 13° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, se cotiza de la siguiente manera:
Total Meses
Precio Unitario Precio
x 12
Por Cada Mes De Servicio................................................$ $
(para un mínimo de 245 prestaciones mensuales)
Por cada prestación adicional a las 245, cuando
las prestaciones mensuales se encuentren.....................$ n/c comprendidas entre 246 y 715
Por cada prestación adicional a las 245, cuando
las prestaciones mensuales se encuentren.....................$ n/c comprendidas entre 716 y 1000
Por cada prestación adicional a las 245, cuando
las prestaciones mensuales superen las 1000.................$ n/c
Plazo de mantenimiento de la oferta: ..................................
Forma De Pago: (Las establecidas en el Artículo 14° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones)
Firma y Sello del Proponente