MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA UAM.JA.RG.LP.06.17
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MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA
UAM.JA.RG.LP.06.17
PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGUROS SOBRE SEGURO INDIVIDUAL Y FAMILIAR DE GASTOS MÉDICOS MAYORES, SEGURO DE ACCIDENTES PARA LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL (CENDIS), SEGURO DE VIDA DE GRUPO Y SEGURO COLECTIVO CAPITALIZABLE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA PARA LOS EJERCICIOS 2017-2018
BASES
Con fundamento en los artículos 2, 3, fracción III, 4, fracción III, 19, 22, 23, 24, y 25 del Reglamento para la Adjudicación de Obras, Bienes y Servicios (RADOBIS), la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) participa la Modalidad de Adjudicación por Licitación Pública UAM.JA.RG.LP.06.17, que tiene por objeto la contratación de las pólizas sobre bienes patrimoniales, seguro del parque vehicular, seguro individual y familiar de gastos médicos mayores, seguro de accidentes para los centros de desarrollo infantil (CENDI), seguro de vida de grupo y seguro colectivo capitalizable de la Universidad Autónoma Metropolitana para los ejercicios 2017-2018.
Los licitantes serán responsables xx xxxx y cumplir de manera íntegra lo establecido en las presentes Bases, quedando enterados de que la omisión o contravención de alguno de los puntos, requisitos o documentos indicados en las presentes Bases podrá ser motivo de descalificación.
OBJETO
El objeto de esta Modalidad de Adjudicación por Licitación Pública, es la contratación de las pólizas de seguros sobre seguro individual y familiar de gastos médicos mayores, seguro de accidentes para los centros de desarrollo infantil (CENDI), seguro de vida de grupo y seguro colectivo capitalizable de la Universidad Autónoma Metropolitana para los ejercicios 2017–2018, cuyas características y especificaciones técnicas se describen en el ANEXO 1 Y 2, de las presentes Bases, en el que se proporciona una descripción general de los servicios requeridos por partida.
La adjudicación se llevará a cabo por partida completa. La UAM se reserva el derecho de adjudicar cada una de las partidas que conforman el ANEXO 1 Y 2 a un solo proveedor o a distintos. No se aceptarán propuestas conjuntas.
La UAM da por hecho que los licitantes que presenten ofertas están enterados de todos los requerimientos solicitados por partida y que estos han sido comprendidos en su totalidad. En consecuencia, los licitantes no podrán argumentar que en su Propuesta Técnica no incluyeron algún requerimiento solicitado por desconocimiento y por lo tanto, están comprometidos a suministrarlo.
FORMAN PARTE DE ESTAS BASES LOS SIGUIENTES ANEXOS:
ANEXO 1 Y 2 Descripción, características y especificaciones técnicas de los servicios a adquirir.
Partida I |
Descripción |
Unidad de medida |
A)SEGURO INDIVIDUAL Y FAMILIAR DE GASTOS MÉDICOS MAYORES |
Póliza de seguro de gastos médicos mayores. |
Póliza |
B) SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA LOS CENDIS |
Póliza de seguro de accidentes personales |
Póliza |
Partida II |
Descripción |
Unidad de medida |
|
Póliza seguro de vida de grupo |
Póliza |
|
Póliza seguro colectivo capitalizable |
Póliza |
La adjudicación de las partidas, será por partida completa; entendiéndose por partida completa la cotización de los dos incisos que conforman la partida I y la partida II.
INFORMACIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS.
3.1 VIGENCIA DE LOS SERVICIOS.
La vigencia de los servicios será de las 00:01 horas del 1 de julio de 2017 a las 24:00 horas del 30 xx xxxxx del 2018, conforme a los anexos 1 Y 2 de estas Bases abarcando los ejercicios fiscales 2017- 2018.
3.2 SOLVENCIA ECONÓMICA.
Los licitantes deberán demostrar un Capital Contable mínimo de $200’000,000.00 (DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), solicitado como requisito para poder participar en este concurso, el cual deberá estar revelado en el estado de posición financiera del ejercicio 2016 y al 31 xx Xxxxx de 2017.
PAGOS
El pago de los servicios para todas las partidas, se realizará a través de transferencia bancaria, dentro de los quince días hábiles posteriores a la presentación de la factura en el área de Recursos Humanos y Dirección de Administración, conforme al siguiente calendario de pagos.
CALENDARIO DE PAGO PARA LA LICITACION.
-
EJERCICIO FISCAL
VIGENCIA
PAGO
2017
DE LAS 00:01 HORAS DEL 1º DE JULIO DE 2017 A LAS 24:00 HORAS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2017
EN UNA SOLA EXHIBICIÓN DENTRO DE LOS 15 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA ENTREGA DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE
2018
DE LAS 00:01 HORAS DEL 1º DE ENERO DE 2018 A LAS 24:00 HORAS DEL 30 XX XXXXX DE 2018
EN UNA SOLA EXHIBICIÓN DENTRO DE LOS 15 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA ENTREGA DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE
5. CONDICIONES DE ENTREGA DE LAS PÓLIZAS.
El licitante adjudicado deberá asignar personal para entregar en cada unidad de la Universidad las pólizas de los servicios que integran la propuesta adjudicada descrita en los Anexos 1 y 2 de las presentes Bases, según corresponda.
6. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN.
De conformidad con los artículos 30, 31 y 32 del RADOBIS, la evaluación de las propuestas que hayan sido aceptadas en el acto de apertura de propuestas, será integral, con los siguientes factores:
Documentación administrativa: que comprende las condiciones legales, financieras y administrativas;
Propuesta técnica; y
Propuesta económica.
En la presente licitación el criterio que se aplicará para la evaluación de las propuestas será binario, mediante el cual se adjudicará el contrato al licitante que cumpla con los requisitos establecidos por la UAM en las Bases de la licitación y oferte el precio más bajo siempre y cuando éste resulte conveniente y aceptable, para lo cual se tomará en consideración lo siguiente:
Se evaluarán todas las propuestas que hayan sido aceptadas en el acto de apertura de propuestas.
Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la propuesta, se considerarán: el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, siempre y cuando en las propuestas se proporcione de manera clara la información requerida en las Bases a la licitación y anexos respectivos. En ningún caso la UAM o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las propuestas presentadas.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la UAM, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse por la UAM lo que se hará constar en el dictamen de fallo. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechara la misma o solo las partidas que sean afectadas por el error.
La propuesta solvente más conveniente, será aquélla que cumpla con los requisitos legales, su propuesta técnica cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos en estas Bases, en el anexo técnico correspondiente y su propuesta económica se encuentre entre los parámetros de precio conveniente y aceptable para la Institución.
No serán objeto de evaluación, las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas.
7. DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES.
Conforme al artículo 34 del RADOBIS de la UAM, el licitante podrá ser descalificado en caso de incurrir en alguno de los siguientes supuestos:
I Incumplir, omitir o alterar alguno de los requisitos o documentos establecidos en las Bases;
II Convenir entre los licitantes los términos de sus propuestas, en perjuicio de la Universidad,
III Estar en situación xx xxxx respecto de otras contrataciones con la Universidad.
IV Estar suspendidos en términos del artículo 47 del RADOBIS, o
V Las demás que se establezcan en las presentes Bases.
8. MODIFICACIONES.
La UAM se reserva el derecho de modificar los plazos u otros aspectos establecidos en las presentes Bases, hecho que se hará del conocimiento de los licitantes por escrito.
Las modificaciones a las Bases que se deriven del documento de aclaración de dudas, serán consideradas como parte integrante de las propias Bases.
9. CANCELACIÓN DE LA MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN.
Conforme al artículo 33 del RADOBIS, la UAM podrá cancelar la modalidad de adjudicación, antes de la presentación y apertura de propuestas, cuando:
I No sea posible su continuación por casos fortuitos o de fuerza mayor,
II Se registre sólo un licitante, o
III Se pudiere causar un daño o perjuicio a la Universidad de continuar con la modalidad de adjudicación.
En caso de presentarse cualquiera de los supuestos anteriores, la UAM, lo hará del conocimiento, por escrito, de los licitantes.
10. ADJUDICACIÓN DESIERTA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del RADOBIS, una vez concluida la presentación, apertura y análisis de las propuestas, la UAM podrá declarar desierta la adjudicación cuando medie alguno de los siguientes supuestos:
Las propuestas no reúnan los requisitos establecidos en las Bases.
Se presente sólo una propuesta.
Las propuestas excedan el presupuesto autorizado.
Se pudiere causar un daño o perjuicio a la Universidad de continuar con la modalidad de adjudicación, o
Se presenten circunstancias justificadas que extingan la necesidad de contratar o impidan la continuación de la adjudicación.
11. SITUACIONES NO PREVISTAS EN LAS BASES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 19 del RADOBIS, cualquier cuestión que no esté prevista en las presentes Bases o en el Reglamento, se procederá de acuerdo a la resolución emitida por la Junta Administrativa de la UAM.
12. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
La UAM no tendrá responsabilidad de los daños y perjuicios que pudieran causarse a los licitantes, derivado de casos fortuitos o de fuerza mayor, que interrumpan la continuidad y conclusión del presente concurso.
13. PROCEDIMIENTO.
13.1 ACLARACIÓN DE BASES.
Las preguntas que se tengan respecto a la presente modalidad de adjudicación, deberán enviarse en formato editable Word, fuente Arial, tamaño 11, a más tardar el 21 xx xxxxx de 2017 a las 18:00 horas., a las siguientes direcciones de correo electrónico:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
xxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Las aclaraciones a las preguntas recibidas en tiempo y forma, serán publicadas, en formato Word, en el portal de la UAM: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx, el día 23 xx xxxxx de 2017, a partir de las 19:00 horas.
Únicamente se dará respuesta a las preguntas recibidas en el plazo establecido.
13.2 REGISTRO DE LICITANTES.
El registro de licitantes se llevará a cabo el 27 xx xxxxx de 2017, en el Auditorio Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, ubicado en la Rectoría General, sito en Prolongación Canal xx Xxxxxxxxxx 3855, Colonia Ex-Hacienda San Xxxx xx Xxxx, Delegación Tlalpan, Código Postal 14387, Ciudad de México, en un horario de 17:00 a 17:30 horas.
13.3 ENTREGA DE PROPUESTAS.
La recepción de su documentación administrativa y propuestas técnica y económica, se llevará a cabo el 27 xx xxxxx de 2017, en el Auditorio Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, ubicado en la Rectoría General, sito en Prolongación Canal xx Xxxxxxxxxx 3855, Colonia Ex-Hacienda San Xxxx xx Xxxx, Delegación Tlalpan, Código Postal 14387, Ciudad de México, a las de 18:00 horas. No se recibirán propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.
No se recibirá ninguna propuesta fuera de este horario.
Toda la documentación y propuestas presentadas por los licitantes, deberán ser dirigidas a la Junta Adminidtrativa de la UAM y firmadas en todas sus hojas, por el representante legal acreditado en la modalidad de adjudicación y entregadas conforme a las instrucciones siguientes:
Se recibirán tres sobres cerrados, los cuales deberán encontrarse sellados de manera inviolable y estar identificados plenamente en su portada exterior, rotulada con el número y nombre de la modalidad de adjudicación; la razón social del licitante, así como su domicilio, teléfono, nombre y firma del representante legal. En cada sobre deberá incluirse una carpeta con la documentación que se indica en los siguientes apartados y en el mismo orden en que estos se señalan, la cual deberá estar debidamente separada e identificada.
Cada uno de los documentos que integren las propuestas y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera consecutiva las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante, la omisión de lo anterior no será motivo de descalificación.
13.3.1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA (SOBRE UNO)
En este sobre se incluirá original y copia fotostática para cotejo, de la siguiente documentación:
Acreditación de personalidad jurídica (Formato No. 1). Este documento se requiere sólo en original.
Poder notarial vigente para actos de administración y de dominio del representante legal o apoderado de la empresa.
Identificación oficial vigente del representante legal o apoderado de la empresa (credencial de elector, pasaporte o cédula profesional).
Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) de la empresa.
Comprobante de domicilio de la empresa, con fecha no mayor a dos meses anteriores a la apertura de su propuesta.
Carta, en formato libre, de declaración de conocimiento y aceptación del contenido de las Bases, así como de las modificaciones derivadas del documento de aclaración de Bases. Este documento se requiere sólo en original.
Balance general, estado de resultados, estado de variaciones en el capital contable y estado de flujo de efectivo al 31 de diciembre de 2016, firmados por el Contador Público que los elabora, anexando copia de su cédula profesional.
Balance general, estado de resultados, estado de variaciones en el capital contable y estado de flujo de efectivo al 31 xx Xxxxx de 2017, firmados por el Contador Público que los elabora, anexando copia de la cédula profesional.
Declaración anual completa del impuesto sobre la renta presentada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el ejercicio 2016, en la que se observe el acuse de recibo, por dicha autoridad hacendaria.
Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, emitida por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con antigüedad no mayor a 30 días naturales a la fecha de presentación de su propuesta, la cual deberá ser positiva para continuar en el proceso de licitación. Este documento se requiere sólo en original y podrá presentarse la impresión obtenida del portal del SAT.
Carta bajo protesta de decir verdad, en formato libre, en el que el licitante manifieste que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 del RADOBIS o, en su caso, inhabilitado o sancionado por ninguna dependencia o entidad gubernamental, por lo que no se ubica en el supuesto normativo previsto en el artículo 47, fracción VI del RADOBIS. Este documento se requiere sólo en original.
Carta compromiso donde el licitante manifieste su compromiso para entregar los servicios adjudicados, en los tiempos señalados en el punto 3.1 y 5 de estas Bases, y dando cumplimiento a todas y cada una de las especificaciones técnicas establecidas en la partida en la que participe, incluyendo las modificaciones derivadas del documento de aclaración de dudas. Este documento se requiere sólo en original.
13.3.2 PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE DOS)
Se elaborará en idioma español y en papel membretado de la empresa licitante de acuerdo a lo solicitado en los anexos 1 y 2 de estas Bases. En este sobre se incluirá la siguiente información:
Descripción amplia de los servicios que se ofrecen, en concordancia con lo señalado en los anexos 1 y 2 de estas Bases dando cumplimiento a todas y cada una de las especificaciones técnicas establecidas en los mismos de acuerdo a la partida que corresponda, incluyendo las modificaciones derivadas del documento de aclaración de Bases, en su caso.
Adjuntar listado detallado y actualizado de sus oficinas de servicio en cada estado de la República Mexicana.
Escrito manifestando contar con el personal profesional y técnico especializado en los xxxxx de seguros suficiente para la ejecución, operación y supervisión continúa de los servicios.
Escrito mediante el cual garantice la calidad de los servicios a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos técnicos, procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con el servicio a satisfacción de la UAM, durante la vigencia de la(s) póliza(s) de seguro que se deriven de esta licitación.
Presentar copia legible de la autorización emitida por la SHCP, para operar los xxxxx de acuerdo a la partida en que se participe.
Escrito bajo protesta de decir verdad, en hoja membretada del licitante, en la que manifieste, que la compañía aseguradora no se encuentra intervenida por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, o la SHCP.
Currículum de la empresa licitante indicando nombre, dirección y teléfono de los clientes a los cuales les haya proporcionado servicios iguales o similares a los aquí solicitados. En este currículum se deberá indicar las empresas con las que ha trabajado por tipo de póliza contratada (seguro colectivo de gastos médicos mayores, seguros de vida grupo, etc.).
Escrito en el que manifieste que de resultar adjudicado se obliga a no divulgar por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio la información y documentación que le sea proporcionada por la UAM, para la prestación del servicio objeto de la presente licitación y mantener en la más estricta confidencialidad los resultados parciales y finales del mismo, absteniéndose de dar a conocer cualquier información al respecto a terceros de forma directa o a través de interpósita persona.
13.3.3 PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE TRES)
En este sobre, se incluirá en idioma español y en papel membretado de la empresa licitante, la siguiente información:
Las cotizaciones por el total del servicio solicitado en la(s) partida(s) en que se participe, conforme se indica en los formatos correspondientes para cada partida de esta licitación debidamente requisitada y firmada en cada una de sus hojas, deberá incluir la información correspondiente a este anexo en dispositivo USB, considerando lo siguiente:
Los licitantes deberán presentar sus PROPUESTAS económicas exclusivamente en moneda nacional (peso mexicano), a dos decimales, de acuerdo con la Ley Monetaria en vigor.
Los precios deberán ser fijos durante la vigencia de la Póliza.
Precio total del servicio que oferte objeto de esta licitación desglosando el I.V.A., correspondiente.
Los precios deberán incluir todos los costos involucrados, considerando todos los conceptos del servicio que requiere la Universidad, por lo anterior, el licitante que resulte adjudicado no podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables durante la vigencia de la Póliza, por lo que los precios se considerarán fijos hasta que concluya la relación contractual.
En la propuesta económica deberá identificarse claramente el costo de cada una de las partidas, así como el desglose de los componentes que la integran.
Cualquier valor agregado ofrecido por el licitante tendrá que quedar por escrito en la propuesta económica.
Escrito original en hoja membretada del licitante y firmado por su representante legal, en el que hace constar su conocimiento y conformidad para que en caso de ser adjudicado, el pago de las facturas sea a través de transferencia bancaria, realizada por la UAM o por una institución bancaria privada.
13.4 APERTURA DE PROPUESTAS.
La apertura de la documentación administrativa y propuestas técnicas y económicas se llevará a cabo el 27 xx xxxxx de 2017, a las 18:00 horas, de acuerdo al orden de registro de los licitantes, en el Auditorio Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, ubicado en la planta xxxx, xxx xxxxxxx, xxx xxxxxxxx “X” xx xx Xxxxxxxx General, sito en Prolongación Canal xx Xxxxxxxxxx No. 3855, Col. Ex Hacienda Xxx Xxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000. Xxxxxx xx Xxxxxx; asentándose los pormenores de este evento en el acta correspondiente.
13.5 COMUNICACIÓN DEL FALLO Y FORMALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS.
De conformidad con el artículo 37 del RADOBIS, el fallo es inapelable y se dará a conocer a los licitantes a través del portal de la UAM: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx, el día 28 xx xxxxx de 2017, a partir de las 18:00 horas.
La aseguradora entregará a la UAM en el transcurso de 3 días hábiles posteriores al fallo de la presente licitación, una carta cobertura para cada una de las pólizas de seguros adjudicadas.
14. ACEPTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA LICITACIÓN.
Para el caso de la Universidad, las áreas responsables para administrar y verificar la correcta prestación de este servicio, así como el cumplimiento de las pólizas que se deriven de esta licitación, será la Coordinación General de Administración y Relaciones Laborales.
15. TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LA PÓLIZA.
La UAM podrá dar por terminada la prestación del servicio, de manera anticipada, cuando la aseguradora incurra en el incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En caso de optar por la terminación anticipada de la prestación del servicio, la UAM comunicará por escrito a la aseguradora el incumplimiento en el que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término la UAM, en un plazo de quince días, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho la aseguradora, determinará de manera fundada y motivada de dar o no por terminada la póliza.
Cuando se dé por terminada la póliza, se formulará el cálculo del finiquito correspondiente.
Iniciado un procedimiento de conciliación, la UAM podrá suspender el trámite del procedimiento de terminación.
Si previamente a la determinación de dar por terminada la póliza, se prestare el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la UAM, de que continúa vigente la necesidad del mismo, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
La UAM podrá decidir no dar por terminada la póliza, cuando durante el procedimiento se advierta que esta terminación pudiera ocasionar algún daño a sus funciones sustantivas.
Al no dar por terminada la póliza, la UAM establecerá con el licitante otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento y deberá formalizarse mediante el documento respectivo.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, la UAM quedara expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento de la póliza, aplicando las penas convencionales y/o darlo por terminado, siendo esta situación una facultad potestativa.
16. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.
Cuando en la prestación de los servicios solicitados, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la UAM, bajo su responsabilidad podrá suspender el mismo, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente devengados y en su caso, se reintegraran las primas no devengadas, a prorrata.
Formato No. 1
Formato para la Acreditación de la Personalidad Jurídica del Licitante
___________________________________, Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con las facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación, a nombre y representación de:______________________________________. Licitación Pública Nacional No UAM.JA.RG.LP.06.17
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio:
Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo Electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma:
Datos de la Inscripción en el Registro Público de Comercio Fecha
Relación de accionistas.-
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre (s):
Descripción del objeto social:
Reformas del acta constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.-
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
Lugar y fecha: ________________________________________________________________.
Nombre y Firma del Representante Legal
Protesto lo Necesario.
___________________________
(Firma)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO NO. 2
MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
FECHA: _______________________________________
LICITANTE: ____________________________________
LICITACIÓN No. UAM.JA.RG.LP.06.17
PARTIDA I.- GASTOS MEDICOS MAYORES
VIGENCIA: DE LAS 00:01 HORAS DEL 1º DE JULIO DE 2017 HASTA LAS 24.00 HORAS DEL 30 XX XXXXX DE 2018
DETERMINACIÓN DE LA PRIMA NETA PÓLIZA |
||||||
RANGO |
HOMBRES |
MUJERES |
TOTALES |
PRIMA NETA ANUAL POR ASEGURADO |
PRIMA NETA TOTAL POR RANGO DE EDADES |
|
HOMBRES |
MUJERES |
|||||
0 A 19 |
|
|
|
|
|
|
20 A 24 |
|
|
|
|
|
|
25 A 29 |
|
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|
|
|
30 A 34 |
|
|
|
|
|
|
35 A 39 |
|
|
|
|
|
|
40 A 44 |
|
|
|
|
|
|
45 A 49 |
|
|
|
|
|
|
50 A 54 |
|
|
|
|
|
|
55 A 59 |
|
|
|
|
|
|
60 A 64 |
|
|
|
|
|
|
65 A 69 |
|
|
|
|
|
|
70 A 74 |
|
|
|
|
|
|
MÁS DE 75 |
|
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|
|
|
|
TOTALES: |
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|
|
|
-
DETERMINACIÓN DE LA PRIMATOTAL MENSUAL CON I.V.A. DE $700,000.00 A $1’050,000.00 MN
RANGO DE EDADES HOMBRES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
RANGO DE EDADES MUJERES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
0 A 19
0 A 19
20 A 24
20 A 24
25 A 29
25 A 29
30 A 34
30 A 34
35 A 39
35 A 39
40 A 44
40 A 44
45 A 49
45 A 49
50 A 54
50 A 54
55 A 59
55 A 59
60 A 64
60 A 64
65 A 69
65 A 69
70 A 74
70 A 74
MÁS DE 75
MÁS DE 75
-
DETERMINACIÓN DE LA PRIMATOTAL MENSUAL CON I.V.A. DE $700,000.00 A $1’400,000.00 MN
RANGO DE EDADES HOMBRES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
RANGO DE EDADES MUJERES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
0 A 19
0 A 19
20 A 24
20 A 24
25 A 29
25 A 29
30 A 34
30 A 34
35 A 39
35 A 39
40 A 44
40 A 44
45 A 49
45 A 49
50 A 54
50 A 54
55 A 59
55 A 59
60 A 64
60 A 64
65 A 69
65 A 69
70 A 74
70 A 74
MÁS DE 75
MÁS DE 75
-
DETERMINACIÓN DE LA PRIMATOTAL MENSUAL CON I.V.A. DE $700,000.00 A $1’750,000.00 MN
RANGO DE EDADES HOMBRES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
RANGO DE EDADES MUJERES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
0 A 19
0 A 19
20 A 24
20 A 24
25 A 29
25 A 29
30 A 34
30 A 34
35 A 39
35 A 39
40 A 44
40 A 44
45 A 49
45 A 49
50 A 54
50 A 54
55 A 59
55 A 59
60 A 64
60 A 64
65 A 69
65 A 69
70 A 74
70 A 74
MÁS DE 75
MÁS DE 75
-
DETERMINACIÓN DE LA PRIMATOTAL MENSUAL CON I.V.A. DE $700,000.00 A $2’800,000.00 MN
RANGO DE EDADES HOMBRES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
RANGO DE EDADES MUJERES
PRIMA NETA POR ASEGURADO
0 A 19
0 A 19
20 A 24
20 A 24
25 A 29
25 A 29
30 A 34
30 A 34
35 A 39
35 A 39
40 A 44
40 A 44
45 A 49
45 A 49
50 A 54
50 A 54
55 A 59
55 A 59
60 A 64
60 A 64
65 A 69
65 A 69
70 A 74
70 A 74
MÁS DE 75
MÁS DE 75
|
|||
RANGO DE EDADES HOMBRES |
PRIMA NETA POR ASEGURADO |
RANGO DE EDADES MUJERES |
PRIMA NETA POR ASEGURADO |
0 A 19 |
|
0 A 19 |
|
20 A 24 |
|
20 A 24 |
|
25 A 29 |
|
25 A 29 |
|
30 A 34 |
|
30 A 34 |
|
35 A 39 |
|
35 A 39 |
|
40 A 44 |
|
40 A 44 |
|
45 A 49 |
|
45 A 49 |
|
50 A 54 |
|
50 A 54 |
|
55 A 59 |
|
55 A 59 |
|
60 A 64 |
|
60 A 64 |
|
65 A 69 |
|
65 A 69 |
|
70 A 74 |
|
70 A 74 |
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MÁS DE 75 |
|
MÁS DE 75 |
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RESUMEN XX XXXXXX PARTIDA I. SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES Y SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA LOS CENDIS
DE LAS 00:01 HORAS DEL 1º DE JULIO DE 2017 A LAS 24:00 HORAS DEL 30 XX XXXXX DE 2018,
CONCEPTO |
TOTAL ASEGURADOS |
PRIMA NETA TOTAL |
DERECHOS DE PÓLIZA |
SUB TOTAL |
IVA |
PRIMA TOTAL |
PÓLIZA: SEGURO DE GASTOS MEDICOS MAYORES |
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POLIZA:DE SEGUROS DE ACCIDENTES PERSONALES PARA LOS CENDIS |
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TOTAL: |
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FORMATO NO. 2
MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
FECHA: _______________________________________
LICITANTE: ____________________________________
LICITACIÓN No. UAM.JA.RG.LP.06.17
PARTIDA II.- SEGURO DE VIDA DE GRUPO
VIGENCIA: DE LAS 00:01 HORAS DEL 1º DE JULIO DE 2017 HASTA LAS 24.00 HORAS DEL 30 XX XXXXX DE 2018
SEGURO COLECTIVO DE VIDA TEMPORAL “A”
COBERTURA |
SUMA ASEGURADA TOTAL |
PRIMA NETA |
DERECHOS DE PÓLIZA |
PRIMA TOTAL ANUAL |
VIDA |
|
|
|
|
MUERTE ACCIDENTAL |
|
|
|
|
MUERTE COLECTIVA |
|
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|
TOTAL |
|
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IMPORTE TOTAL CON LETRA DE LA PARTIDA II
NOMBRE
Y FIRMA DEL LICITANTE O SU APODERADO
PARTIDA II.- SEGURO COLECTIVO CAPITALIZABLE
SEGURO COLECTIVO DE VIDA TEMPORAL “B”
COBERTURA |
SUMA ASEGURADA TOTAL |
PRIMA NETA |
DERECHOS DE PÓLIZA |
PRIMA TOTAL ANUAL |
VIDA |
|
|
|
|
MUERTE ACCIDENTAL |
|
|
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MUERTE COLECTIVA |
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TOTAL |
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IMPORTE TOTAL CON LETRA DE LA PARTIDA II
NOMBRE
Y FIRMA DEL LICITANTE O SU APODERADO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
PARTIDA I
SEGURO COLECTIVO DE
GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGURO COLECTIVO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS:
-
VIGENCIA:
A PARTIR DE LAS 00:01 HORAS DEL DÍA 1º DE JULIO DE 2017 HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 30 XX XXXXX DE 2018 HORA LOCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
LA ENTREGA DE LA PÓLIZA Y ENDOSOS CORRESPONDIENTES POR PARTE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES, POSTERIORES A LA FECHA EN QUE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA RECIBA POR ESCRITO EL FALLO DE LA ADJUDICACIÓN FORMULADO POR LA UNIVERSIDAD Y, CONFORME A LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO
PROPORCIONAR LA ASISTENCIA TÉCNICA NECESARIA QUE GARANTICE UNA ADECUADA ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO, INCLUYENDO INFORMACIÓN SOBRE NUEVOS PRODUCTOS Y MODIFICACIONES LEGALES O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, QUE RESULTEN DE INTERÉS PARA LA UNIVERSIDAD.
PROPORCIONAR LOS MANUALES DE OPERACIÓN, PARTICULARMENTE EN LO RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE PAGO, REEMBOLSO DE PÓLIZA Y ENDOSOS, PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES, ATENCIÓN Y PAGO DE SINIESTROS E INTEGRACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A DICHOS PROCESOS.
PERÍODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO:
DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA CONTRATADA, MÁS EL TIEMPO SEÑALADO POR LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Y EN ESPECIAL POR LO SEÑALADO POR EL ARTÍCULO 81 DE DICHO PRECEPTO LEGAL.
2. ASPECTOS ECONÓMICOS
LA PROPUESTA ECONÓMICA SE CONSIDERARÁ COMO POSTURA DEFINITIVA DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LICITANTE Y CONTEMPLARÁ LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS EN QUE DEBA INCURRIR LA COMPAÑÍA ASEGURADORA CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE SE INDICAN EN LAS CONDICIONES DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES ANEXO TÉCNICO DE ESTAS BASES. |
|
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LICITANTE SUFRAGARÁ TODOS LOS GASTOS RELACIONADOS CON LA PREPARACIÓN DE SU OFERTA Y LA UNIVERSIDAD NO SERÁ RESPONSABLE EN CASO ALGUNO DE DICHOS COSTOS, CUALQUIERA QUE SEA LA FORMA EN QUE SE REALICE LA CONTRATACIÓN O SUS RESULTADOS. |
EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU PROPUESTA ECONÓMICA, INDICANDO LAS TARIFAS POR QUINQUENIO PARA LA LICITACION, TARIFAS DE ALTAS DE ASEGURADOS Y POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA, EN LAS SIGUIENTES MODALIDADES:
POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA
NIVELES |
SUMA CONTRATADA |
POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA |
||
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´050,000.00 |
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´400,000.00 |
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´750,000.00
|
XXXXX 0 |
DE: Ñ |
700,000.00 |
A |
2´800,000.00 |
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR TARIFAS PARA EL EFECTO DE DETERMINAR LAS PRIMAS OFERTADAS, POR EDAD Y SEXO, MISMAS QUE DEBERÁN OPERAR DURANTE TODA LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ATENDER LOS SINIESTROS DE INMEDIATO AL AVISO QUE RECIBA DE LA UNIVERSIDAD, CON EL PROPÓSITO DE EVITAR EN LO POSIBLE PROBLEMAS DE CARÁCTER JUDICIAL A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA.
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A PROPORCIONAR 45 CHECK UPS CON TOMOGRAFÍA, EN EL HOSPITAL MÉDICA SUR U HOSPITAL XXXXXXX XXX XXXXXXXX, SIN COSTO ALGUNO PARA EL CONTRATANTE, MEDIANTE LA ENTREGA DE CERTIFICADOS INDIVIDUALES, SURTIENDO SUS EFECTOS AL PORTADOR DEL MISMO.
4.- LA COMPAÑÍA ASEGURADORA A LA QUE SE LE ADJUDIQUE LA PÓLIZA DEBERÁ:
ELABORAR LA GUÍA DE USUARIO, TRÍPTICOS, CARTELES, ENTRE OTROS; CON EL FIN DE INFORMAR A LOS ASEGURADOS DEL USO DEL SERVICIO.
PROPORCIONAR CREDENCIALES A LOS TITULARES Y BENEFICIARIOS, LAS CUALES DEBERÁN CONTAR CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN MÍMINA: LOGOTIPO DE LA UNIVERSIDAD. NÚMERO DE PÓLIZA, VIGENCIA, SUMA ASEGURADA, NOMBRE DEL TITULAR Y SUS DEPENDIENTES Y TELEFONOS DE ATENCIÓN AL ASEGURADO.
MANTENER MÓDULOS DE ATENCIÓN DIRIGIDOS POR PERSONAL ADMINISTRATIVO Y UN MEDICO INTERNISTA POR CADA UNIDAD INCLUYENDO RECTORIA GENERAL, CUYA FUNCIÓN SERÁ ORIENTAR A LOS TRABAJADORES DE ACUERDO A LAS NECESIDADES Y DUDAS QUE SOLICITEN Y LA SINTOMATOLOGÍA QUE PRESENTEN; ASESORAR Y DE SER NECESARIO CANALIZAR CON UN MÉDICO ESPECIALISTA DE LA RED, HOSPITAL O CENTRO DE DIAGNÓSTICO PARA SU EVALUACIÓN, ASÍ COMO DE AUTORIZAR UN INTERNAMIENTO EN LOS DIFERENTES HOSPITALES DE LA RED MÉDICA DE LA ASEGURADORA, Y LA CONTRATACIÓN DE UNA AMBULANCIA LOS CUALES DEBERÁN CUBRIR UN HORARIO SIN EXCEPCIÓN DE LAS 10:00 A 17:30 HORAS. LA UNIVERSIDAD PROPORCIONARÁ LOS ESPACIOS EN CADA UNA DE LAS UNIDADES PARA LOS MODULOS DE ATENCION Y MEDICOS INTERNISTAS.
A CONTINUACIÓN LA UBICACIÓN DE LAS UNIDADES UNIVERSITARIAS Y LA RECTORÍA GENERAL, EN DONDE DEBERÁN SER INSTALADOS LOS MÓDULOS DE ATENCIÓN:
-
UNIDAD UNIVERSITARIA
DOMICILIO
AZCAPOTZALCO
Xx. Xxx Xxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xx. Xx Xxxxxx.
CUAJIMALPA
Xx. Xxxxx xx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxx Xx Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa, C.P. 05348, Cd. De México.
IZTAPALAPA
Xx. Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xx. Xx Xxxxxx.
XXXXX
Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xx Xxxxxxxx, X.X. 000000, Xxxxx xx Xxxxxxx, Edo. De México.
XOCHIMILCO
Xxxxxxx xxx Xxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 00000, Xx. Xx Xxxxxx.
RECTORÍA GENERAL
Prolongación Canal xx Xxxxxxxxxx No. 3855, Col. Ex Xxxxxxxx Xxx Xxxx xx Xxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xx. Xx Xxxxxx.
GARANTIZAR QUE LOS ASEGURADOS PUEDAN OBTENER LA INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN NECESARIA A CUALQUIER HORA DURANTE TODOS LOS DÍAS DEL AÑO. (CALL CENTER) 24 HORAS
CONTAR CON UN EJECUTIVO DE CUENTA QUE ACUDA SEMANALMENTE A LAS INSTALACIONES DE LA RECTORÍA GENERAL, PARA SOLUCIONAR Y ATENDER CASOS ESPECÍFICOS Y UNA VEZ AL MES A LAS UNIDADES.
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DEBERÁ INCLUIR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA EL CATÁLOGO COMPLETO DE HONORARIOS MÉDICOS QUE SE UTILIZARÁ PARA EL PAGO DE LOS SINIESTROS QUE OCURRAN.
LA ASEGURADORA ADJUDICADA, DEBERA PROPORCIONAR PLATICAS TRIMESTRALES EN CADA UNA DE LAS UNIDADES Y RECTORIA PARA ORIENTAR A LOS ASEGURADOS DE QUE HACER EN CASO DE SINIESTRO.
LA UNIVERSIDAD PODRA LLEVAR A CABO UNA REVISION DE LAS CONDICIONES DE LA POLIZA Y HACER LOS AJUSTES NECESARIOS PARA HACER MAS EFICIENTE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.
NOTA: LAS FUNCIONES DEL MÉDICO SERÁN LAS DE ORIENTAR A LOS TRABAJADORES DE ACUERDO A LA NECESIDADES Y DUDAS QUE SOLICITEN Y A LA SINTOMATOLOGÍA QUE PRESENTEN, ASESORAR Y DE SER NECESARIO CANALIZAR CON UN MÉDICO ESPECIALISTA DE LA RED, HOSPITAL, O CENTRO DE DIAGNÓSTICO PARA SU EVALUACIÓN, ASÍ COMO DE AUTORIZAR UN INTERNAMIENTO EN LOS DIFERENTES HOSPITALES DE LA RED MÉDICA DE LA ASEGURADORA Y LA CONTRATACIÓN DE UNA AMBULANCIA.
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS
EL SEGURO COLECTIVO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES ES UN BENEFICIO QUE CUBRE A LA POBLACIÓN ASEGURADA, ASÍ COMO A SU CÓNYUGE (ESPOSA(O) O COMPAÑERO (CONCUBINO(A) E HIJOS HASTA LOS 25 AÑOS, ANTE LA EVENTUALIDAD DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD QUE REQUIERA TRATAMIENTO MÉDICO, CIRUGÍA U HOSPITALIZACIÓN, CUALQUIERA QUE FUERE LA CAUSA.
LA SUMA ASEGURADA BÁSICA PUEDE VOLUNTARIAMENTE SER POTENCIADA A RANGOS SUPERIORES HASTA LA CANTIDAD DE $2’800,000.00 M.N. (DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) MEDIANTE EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE POR PARTE DEL TRABAJADOR.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
-
PÓLIZA
SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
CONTRATANTE
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
ASEGURADOS
PERSONAL DE TIEMPO COMPLETO Y MEDIO TIEMPO CONTRATADO POR TIEMPO INDETERMINADO.
PERSONAL DE TIEMPO COMPLETO Y MEDIO TIEMPO CONTRATADO POR TIEMPO DETERMINADO (TEMPORAL), CON UNA ANTIGÜEDAD DE AL MENOS TRES AÑOS CUMPLIDOS.
LOS CÓNYUGES - ESPOSO(A) O COMPAÑERO(A) (XXXXXXXXX(A - E HIJOS HASTA DE 25 AÑOS DE EDAD.
ADMINISTRACIÓN DE ALTAS Y BAJAS DE ASEGURADOS
REPORTE MENSUAL CON COBRO DE PRIMA A PRORRATA.
SUMA ASEGURADA BÁSICA
$700,000.00 M.N.
EMERGENCIA EN EXTRANJERO
$50,000.00 DLLS. AMERICANOS
VIGENCIA
DE LAS 00:01 HRS DEL 1º /07/2017 A LAS 24:00 HRS. DEL 30/06/2018, HORA LOCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
MONEDA
NACIONAL
HONORARIOS MÉDICOS
TABULADOR DE HONORARIOS MÉDICOS $40,000.00
PROCEDIMIENTOS TERAPEÚTICOS AMPARADOS
-
ANESTESISTA
30%
1ER. Y 2DO. ASISTENTE
20% Y 10% RESPECTIVAMENTE
ENFERMERA
MÁXIMO 30 DÍAS
CONSULTAS MÉDICAS
POST-OPERATORIAS
HABITACIÓN
ESTANDAR
RENTA DE EQUIPO HOSPITALARIO
SI
MEDICAMENTOS
SI
AMBULANCIA
TERRESTRE CON PAGO DIRECTO
TERAPIA INTENSIVA
SI
APARATOS – PRÓTESIS
SOLO EN CASO DE ACCIDENTE
COBERTURA EN EL EXTRANJERO
NO
EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO
SI SUMA ASEGURADA $50,000.00 USD DEDUCIBLE EN EL EXTRANJERO
50 DÓLARES
COASEGURO EN EL EXTRANJERO 0 %
DEDUCIBLE NACIONAL
SEGÚN NIVEL HOSPITALARIO
COASEGURO NACIONAL
SEGÚN NIVEL HOSPITALARIO
GASTOS MÉDICOS MENORES
NO ESTÁ CUBIERTO
BENEFICIOS ESPECIALES
-
PARTO NORMAL
$20,000.00 M.N. SIN DEDUCIBLE, SIN COASEGURO, CON PERIODO DE ESPERA DE 10 MESES, CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, ELIMINANDO LOS PERIODOS DE ESPERA.
COMPLICACIONES EN EMBARAZO
CUBIERTO, HASTA EL LÍMITE DE LA SUMA ASEGURADA.
PADECIMIENTOS CONGÉNITOS
AMPARADO, SIEMPRE QUE LOS PRIMEROS GASTOS SE HAYAN ORIGINADO DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
CESÁREA
$20,000.00 M.N. SIN DEDUCIBLE, SIN COASEGURO, CON PERIODO DE ESPERA DE 10 MESES, CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, ELIMINANDO LOS PERIODOS DE ESPERA.
CIRUGÍA NARIZ
AMPARADA POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD DIAGNÓSTICADA POR EL MÉDICO TRATANTE, NO INCLUYE CIRUGÍA ESTETÍCA, EXCEPTO POR ACCIDENTE.
CIRCUNCISIÓN
AMPARADA A PARTIR DEL 3ER AÑO, CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, ELIMINANDO LOS PERIODOS DE ESPERA.
DEPORTES PELIGROSOS
NO ESTÁN CUBIERTOS
SIDA
AMPARADO 5 AÑOS DE ESPERA. CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, ELIMINANDO LOS PERIODOS DE ESPERA.
ANTIGÜEDAD Y PREEXISTENCIA
SI
PADECIMIENTOS SIN PERIODO DE ESPERA
SI
TIEMPO DE PAGO DE PADECIMIENTOS
ILIMITADO HASTA AGOTAMIENTO DE SUMA ASEGURADA O LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
APLICACIÓN DE DEDUCIBLES Y COASEGUROS
-
HOSPITAL
TIPO DE SERVICIO
DEDUCIBLE
COASEGURO
HOSPITAL NIVEL I
MÉDICO DE RED
$
3,000.00
10% MÁXIMO $10,000.00 MN
MÉDICO FUERA DE RED
$
5,000.00
10% MÁXIMO $10,000.00
ACCIDENTE
$ 1,500.00
NO APLICA
ACCIDENTE DE TRABAJO
NO APLICA
NO APLICA
HOSPITAL NIVEL II
MÉDICO DE RED
$
5,000.00
20% MÁXIMO $15,000
MÉDICO FUERA DE RED
$
7,000.00
20% MÁXIMO $15,000
ACCIDENTE
$
3,000.00
NO APLICA
HOSPITAL NIVEL III Y/O FUERA DE RED
MÉDICO DE RED
$
10,000.00
30% MÁXIMO $40,000.00
MÉDICO FUERA DE RED
$
15,000.00
30% MÁXIMO $40,000.00
ACCIDENTE
$
6,000.00
10% MÁXIMO $9,000.00 MN
LA CONTABILIZACIÓN DEL COASEGURO SERÁ DESPUÉS DE APLICAR EL DEDUCIBLE CORRESPONDIENTE A LOS GASTOS EFECTUADOS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE.
PARA LA PRESENTE LICITACIÓN, DEBERÁ CONSIDERARSE COMO HOSPITALES DE NIVEL I, A LOS SIGUIENTES:
ANGELES MOCEL,
ANGELES ACOXPA,
ANGELES METROPOLITANO Y,
ANGELES LINDAVISTA
POBLACIÓN ASEGURADA:
PERSONAL DE TIEMPO COMPLETO Y MEDIO TIEMPO CONTRATADO POR TIEMPO INDETERMINADO.
PERSONAL DE TIEMPO COMPLETO Y MEDIO TIEMPO CONTRATADO POR TIEMPO DETERMINADO (TEMPORAL), CON UNA ANTIGÜEDAD DE TRES AÑOS CUMPLIDOS.
LOS CÓNYUGES – ESPOSO(A) O COMPAÑERO(A) (PAREJAS QUE VIVAN EN UNIÓN LIBRE Y BASTARA CON QUE SE DESIGNE A LA PERSONA CON AQUEL CARÁCTER) E HIJOS HASTA DE 25 AÑOS DE EDAD, SIEMPRE QUE NO TENGAN UN TRABAJO REMUNERADO, LOS HIJOS ESTARÁN ASEGURADOS DESDE EL NACIMIENTO HASTA LOS 24 AÑOS DE EDAD, CANCELÁNDOSE AUTOMÁTICAMENTE AL VENCIMIENTO DE LA PÓLIZA EN QUE EL ASEGURADO CUMPLA 25 AÑOS DE EDAD.
LOS TITULARES SOLO PODRÁN INCLUIR DENTRO DE LOS ASEGURADOS A UN CÓNYUGE O COMPAÑERO(A).
NO EXISTE LÍMITE DE EDAD
LA PÓLIZA DE SEGURO CUBRE A CUALQUIER PERSONA INCLUIDA EN LA POBLACIÓN ASEGURADA CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, A PARTIR DEL INICIO DE VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA Y, POSTERIORMENTE DESDE EL DÍA QUE “LA UNIVERSIDAD” NOTIFIQUE LA ALTA CORRESPONDIENTE, ASI COMO LAS PERSONAS QUE INTEGRAN EL PATRONATO Y LA JUNTA DIRECTIVA.
ESPECIFICACIONES
COBERTURAS:
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA SE OBLIGA A CUBRIR LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS RELACIONADOS CON LA ATENCIÓN MÉDICO-QUIRÚRGICA QUE SE ORIGINE A CONSECUENCIA DE UNA ENFERMEDAD, PADECIMIENTO O ACCIDENTE SUFRIDOS POR CUALQUIER MIEMBRO DE LA POBLACIÓN ASEGURADA, CUALQUIERA QUE FUERE LA CAUSA Y QUE OCURRA DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, HASTA EL LÍMITE DE LA SUMA ASEGURADA, CON EXCEPCIÓN DE LAS EXCLUSIONES, QUE DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA DICHOS GASTOS COMPRENDEN:
HONORARIOS DE LOS MÉDICOS TRATANTES, ANESTESISTAS Y SUS AYUDANTES, HASTA LOS LÍMITES SEÑALADOS.
GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN, INCLUYENDO CUARTO DE HOSPITAL (INCLUYE CAMA EXTRA PARA UN ACOMPAÑANTE DURANTE LA HOSPITALIZACIÓN) QUIRÓFANO, TERAPIA INTENSIVA, MEDICAMENTOS, ESTUDIOS DE LABORATORIO Y GABINETE, TRANSFUSIONES, PROVISIÓN DE OXÍGENO, RENTA DE EQUIPO TIPO HOSPITAL, ALIMENTOS (SOLO PARA EL PACIENTE HOSPITALIZADO), Y ATENCIÓN DE ENFERMERA CON LA INTENSIDAD QUE SE REQUIERA, DENTRO Y FUERA DEL HOSPITAL.
CONSULTAS PRE Y POST OPERATORIAS, MÁS LOS GASTOS DE MEDICAMENTOS (EN EL ENTENDIDO QUE AQUELLOS QUE SE ADQUIERAN FUERA DEL HOSPITAL DEBERÁN SER ACOMPAÑADOS POR LA FACTURA DE LA FARMACIA, ADEMÁS DE SER PRESCRITOS POR LOS MÉDICOS TRATANTES Y RELACIONADOS CON EL PADECIMIENTO CUBIERTO Y AUTORIZADOS POR LAS AUTORIDADES SANITARIAS PARA SU VENTA EN TERRITORIO NACIONAL), ESTUDIOS DE LABORATORIO Y GABINETE CORRESPONDIENTE (SE CUBRIRÁN SIEMPRE Y CUANDO EXISTA UN DIAGNÓSTICO MÉDICO DEFINITIVO Y LA ENFERMEDAD O ACCIDENTE ESTE CUBIERTO EN LA PÓLIZA).
PRÓTESIS Y APARATOS ORTOPÉDICOS POR ACCIDENTE.
GASTOS DE AMBULANCIA TERRESTRE DENTRO DE LA REPÚBLICA MEXICANA, EN CASO ESTRICTAMENTE NECESARIO Y POR INDICACIÓN DEL MÉDICO TRATANTE, PARA TRASLADAR AL ASEGURADO AL CENTRO HOSPITALARIO MÁS CERCANO Y/O ADECUADO). EL TIPO DE AMBULANCIA QUE SE CUBRIRÁ SERÁ DE ACUERDO A LA GRAVEDAD Y CIRCUNSTANCIAS QUE SE PRESENTEN EN CADA CASO, INCLUYENDO AMBULANCIA DE TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA O ESTÁNDAR SEGÚN SE REQUIERA. ESTA COBERTURA OPERARÁ CON PAGO DIRECTO
COSTO DE CAMA EXTRA PARA EL ACOMPAÑANTE DEL PACIENTE (NO INCLUYE ALIMENTOS NI CUALQUIER OTRO GASTO REALIZADO POR EL ACOMPAÑANTE).
COSTO DEL PAQUETE DE ADMISIÓN DE LOS HOSPITALES.
TODOS LOS GASTOS MÉDICOS MAYORES SERÁN EN EXCESO DE LOS DEDUCIBLES Y/O COASEGUROS CONTRATADOS, POR UNA O VARIAS ENFERMEDADES DIAGNÓSTICADAS POR UN MÉDICO CON CÉDULA PROFESIONAL Y QUE LA ENFERMEDAD, PADECIMIENTO O ACCIDENTE DE QUE SE TRATE SE ENCUENTRE CUBIERTO POR LA PÓLIZA.
PARTO Y/O CESÁREA:
MEDIANTE EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE A ESTA COBERTURA SE AMPARA EL EVENTO FINAL AL QUE SE LLEGUE POR XXXXXXXX, YA SEA DE LA TITULAR, ESPOSA O COMPAÑERA, TRÁTESE DE PARTO NORMAL O CESÁREA HASTA POR UN MONTO MAXIMO DE $ 20,000.00 M.N., ESTE IMPORTE INCLUYE LOS GASTOS DE:
GASTOS EROGADOS POR LA ATENCIÓN INTRA-HOSPITALARIA DEL RECIÉN NACIDO SANO, LA CUAL ES INDEPENDIENTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA. LOS GASTOS CUBIERTOS POR ESTE CONCEPTO SON: CUNERO, ATENCIÓN PEDIÁTRICA Y ATENCIÓN DE ENFERMERÍA.
CIRCUNCISIÓN PARA EL RECIÉN NACIDO SANO. LA CUAL ES INDEPENDIENTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA.
SE CUBREN LOS GASTOS EROGADOS A CONSECUENCIA DE LAS COMPLICACIONES DEL EMBARAZO, PARTO Y PUERPERIO DE LA TITULAR, ESPOSA O COMPAÑERA, ENUNCIADAS A CONTINUACIÓN Y HASTA EL LÍMITE DE LA SUMA ASEGURADA BÁSICA CONTRATADA, ENTRE OTRAS:
EMBARAZO EXTRAUTERINO
TOXEMIA DEL EMBARAZO
FIEBRE PUERPERAL
EMBARAZO MOLAR
LOS TRATAMIENTOS DERIVADOS DEL EMBARAZO, INCLUYENDO EL ABORTO INVOLUNTARIO, AL IGUAL QUE LAS COMPLICACIONES DERIVADAS DEL ABORTO INVOLUNTARIO.
EL ABORTO O AMENAZA DE ABORTO SE CONSIDERA UN PADECIMIENTO DIFERENTE Y POR TANTO SE SUJETA A LA SUMA ASEGURADA BÁSICA DE LA PÓLIZA.
EN CASO DE AMENAZA DE ABORTO O ABORTO NO DESEADO, PERO QUE LLEGUE A LA CONCLUSIÓN DE LA GESTACIÓN, SE CUBRIRÁ HASTA EL IMPORTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA. ADICIONAL AL MONTO DE PARTO Y/O CESÁREA.
NO EXISTE LÍMITE DE EDAD.
NO APLICA DEDUCIBLE Y COASEGURO.
PREEXISTENCIA:
SE CUBRIRAN TODOS LOS PADECIMIENTOS PREEXISTENTES DE LA POBLACIÓN ASEGURADA, SIN IMPORTAR QUE HAYAN O NO PRESENTADO SÍNTOMAS, INTEGRANDO UN DIAGNOSTICO O EROGADO ALGÚN GASTO CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA INCLUYENDO PADECIMIENTOS QUE SE ORIGINARON ANTES DEL INICIO DE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA.
PARA ASEGURADOS DE NUEVO INGRESO, TODOS LOS PADECIMIENTOS PREEXISTENTES ESTARAN CUBIERTOS POR LA ASEGURADORA Y TENDRÁN UN SUBLÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE $250,000.00 M.N., APLICA DEDUCIBLE Y COASEGURO
ESTE SUBLIMITE NO ES EN ADICIÓN A LA SUMA ASEGURADA BÁSICA CONTRATADA NI A LA POTENCIACIÓN DE LA SUMA ASEGURADA.
EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO:
MEDIANTE EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE A ESTA COBERTURA, SE REEMBOLSARÁ LOS GASTOS ORIGINADOS POR UNA EMERGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO HASTA EL LÍMITE MÁXIMO DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, O POR UN PERÍODO MÁXIMO DE 90 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL PRIMER GASTO EROGADO EFECTUADO POR EL ASEGURADO, LO QUE OCURRA PRIMERO, SEGÚN LO INDICADO EN LOS TABULADORES, MISMOS QUE HAN SIDO DETERMINADOS POR LOS ORGANISMOS ENCARGADOS DE LA SALUD, DEL PAÍS DONDE SE ATIENDA.
LA EMERGENCIA TERMINA CUANDO EL ASEGURADO SALE DE LA SITUACIÓN CRÍTICA DEL ESTADO AGUDO DEL ACCIDENTE O ENFERMEDAD, MANTENIENDO SUS SIGNOS VITALES DENTRO DE LOS PARÁMETROS ACEPTABLES QUE PERMITAN SU TRASLADO A LA REPÚBLICA MEXICANA AL HOSPITAL AL CUAL EL ASEGURADO TENGA DERECHO DE ACUERDO AL PLAN CONTRATADO, MOMENTO EN EL CUAL TERMINAN LOS EFECTOS DE ESTA COBERTURA.
LA SUMA ASEGURADA DE ESTA COBERTURA ES INDEPENDIENTE A LA CONTRATADA EN CUALQUIER OTRO BENEFICIO Y SERÁ LA QUE RIJA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA. EN ESTA COBERTURA APLICA DEDUCIBLE DE ACUERDO A LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA DE ESTE BENEFICIO, NO APLICA COASEGURO.
EN ESTA COBERTURA PUEDE OPERAR EL BENEFICIO DE PAGO DIRECTO, SIEMPRE Y CUANDO EXISTA CONVENIO CON EL PRESTADOR DE SERVICIOS.
PAGO DE COMPLEMENTOS:
SE DEBERAN PAGAR TODOS LOS GASTOS EROGADOS DURANTE LA VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA POR ACCIDENTES, ENFERMEDADES, PADECIMIENTOS O TRATAMIENTOS CUBIERTOS Y SUS COMPLICACIONES, QUE TUVIERON SU ORIGEN ANTES DEL INICIO DE ESTA POLIZA HASTA AGOTAR LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, AUNQUE LA PRIMERA RECLAMACION HUBIESEN SIDO CUBIERTA POR OTRAS COMPAÑIAS ASEGURADORAS ANTERIORES A LA VIGENCIA DE ESTA POLIZA.
EXCLUSIONES Y LIMITACIONES:
QUEDAN FUERA DE LA COBERTURA DE LA PÓLIZA LOS SIGUIENTES CASOS:
CUALQUIER GASTO POSTERIOR AL DIAGNÓSTICO MÉDICO DEL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (SIDA). XXXXX, QUE HAYA TRANSCURRIDO EL PERIODO DE ESPERA (5 AÑOS)
ACOMPAÑANTES EN EL TRASLADO DEL ASEGURADO CON PACIENTE, NI LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA EN HOSPITALES NACIONALES O EXTRANJEROS. DE LA MISMA FORMA QUEDAN EXCLUIDOS LOS GASTOS REALIZADOS POR EL ACOMPAÑANTE DURANTE LA HOSPITALIZACIÓN DEL ASEGURADO, A EXCEPCIÓN DE LA CAMA EXTRA.
TRATAMIENTOS MÉDICOS Y/O QUIRÚRGICOS DE HALLUX VALGUS (JUANETES).
PELUQUERÍA, BARBERÍA, PEDICURISTA, ASÍ COMO EL ALQUILER DE APARATOS O SERVICIOS PARA COMODIDAD PERSONAL.
TRATAMIENTOS ESTÉTICOS Y DE CALVICIE.
TRATAMIENTOS DIETÉTICOS, DE OBESIDAD Y COMPLEMENTOS VITAMÍNICOS, Y EN GENERAL DE TODAS AQUELLAS CON FINES COSMÉTICOS O DE APARIENCIA.
CURAS DE REPOSO, EXÁMENES MÉDICOS O ESTUDIOS DE CUALQUIER TIPO PARA COMPROBAR EL ESTADO DE SALUD, NI CHECK UP’S.
ADQUISICIÓN DE ANTEOJOS, LENTES DE CONTACTO, APARATOS AUDITIVOS NI LENTES INTRAOCULARES.
LA COMPRA O RENTA DE ZAPATOS ORTOPÉDICOS.
TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEORALES, GINGIVALES O MAXILOFACIALES NO INDISPENSABLES Y SUS COMPLICACIONES CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA U ORIGEN, Y PRÓTESIS DENTALES NECESARIA POR ENFERMEDAD. SÓLO SE CUBRIRÁN AQUELLOS QUE SE CONSIDEREN COMO TRATAMIENTOS INDISPENSABLES, ES DECIR, AQUELLOS QUE SEAN ORIGINADOS A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD CUBIERTA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
TRATAMIENTOS DE INFERTILIDAD, CONTROL NATAL, IMPOTENCIA SEXUAL, NI CUALQUIERA DE SUS COMPLICACIONES, INDEPENDIENTEMENTE DE SUS ORÍGENES.
TRATAMIENTOS MÉDICOS Y/O QUIRÚRGICOS PARA CORREGIR LA PRESBICIA, MIOPÍA, PRESBIOPÍA, HIPERMETROPÍA, ASTIGMATISMO O ESTRABISMO, QUERATONOMÍA RADIADA, QUERATOMILEUSIS Y EPIQUERATOFAQUIA.
HONORARIOS MÉDICOS CUANDO EL MÉDICO SEA FAMILIAR DIRECTO (PADRES, HERMANOS, HIJOS Y CÓNYUGE) DEL ASEGURADO O EL MISMO ASEGURADO.
REPOSICIÓN Y ADQUISICIÓN DE APARATOS ORTOPÉDICOS Y PRÓTESIS EXISTENTES EN LA FECHA DE CONTRATACIÓN DE ESTA PÓLIZA, SIN IMPORTAR LA NATURALEZA O CAUSA DE LA REPOSICIÓN, SALVO AQUELLOS QUE MÉDICAMENTE SEAN NECESARIOS Y QUE SE REQUIERAN A CAUSA DE UN ACCIDENTE.
TRATAMIENTOS PARA CORREGIR ALTERACIONES DEL SUEÑO, APNEA DE SUEÑO, RONCOPATÍAS, TRASTORNOS DE LA CONDUCTA, DEL APRENDIZAJE Y DEL LENGUAJE, ENAJENACIÓN MENTAL, DEPRESIÓN PSÍQUICA O NERVIOSA, HISTERIA, NEUROSIS O PSICOSIS. TAMPOCO SE CUBRE ESTUDIOS O TRATAMIENTOS DE SUS ORÍGENES O CONSECUENCIAS.
TRATAMIENTOS REALIZADOS POR ACUPUNTURISTAS, NATURISTAS, VEGETARIANOS Y AQUELLOS BASADOS EN HIPNOTISMO Y QUELACIONES.
TRATAMIENTOS EXPERIMENTALES O DE INVESTIGACIÓN.
PADECIMIENTOS RESULTANTES DEL INTENTO DE SUICIDIOS Y/O MUTILACIÓN VOLUNTARIA, AUNQUE SE HAYAN COMETIDO EN ESTADO DE ENAJENACIÓN MENTAL.
PADECIMIENTOS RESULTANTES DE ACTOS DELICTIVOS INTENCIONALES COMETIDOS POR EL ASEGURADO, NI AQUELLOS DERIVADOS DE PELEAS EN QUE EL ASEGURADO HAYA PARTICIPADO, A EXCEPCIÓN DEL CASO EN QUE EL ASEGURADO SEA LA VÍCTIMA (EL ASEGURADO NO PARTICIPA COMO SUJETO ACTIVO EN LA COMISIÓN DE DELITOS).
PADECIMIENTOS RESULTANTES DEL SERVICIO MILITAR DE CUALQUIER CLASE, ASÍ COMO DE LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO EN ACTOS XX XXXXXX, INSURRECCIÓN, REVOLUCIÓN O REBELIÓN.
PADECIMIENTOS RESULTANTES DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL DE CUALQUIER DEPORTE.
PADECIMIENTOS RESULTANTES DE LA PARTICIPACIÓN DEL ASEGURADO EN COMPETENCIAS, ENTRENAMIENTOS, PRUEBAS O CONTIENDAS DE SEGURIDAD, RESISTENCIA O VELOCIDAD.
PADECIMIENTOS RESULTANTES DE LA PRÁCTICA DE BOX, LUCHA LIBRE X XXXXX ROMANA, CHARRERÍA, TAUROMAQUIA, DEPORTES AÉREOS, ALPINISMO, PARACAIDISMO, ESPELEOLOGÍA, CACERÍA Y RAPEL AÚN CUANDO SE PRACTIQUEN XX XXXXX AMATEUR U OCASIONAL.
LESIONES QUE EL ASEGURADO SUFRA CUANDO VIAJE EN CALIDAD DE MECÁNICO O MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE AERONAVE DISTINTA A LA DE UNA LÍNEA AÉREA COMERCIAL.
PROGRAMAS DE REHABILITACIÓN, TRATAMIENTOS Y PADECIMIENTOS QUE RESULTEN DEL ALCOHOLISMO Y TOXICOMANÍAS. CABE MENCIONAR QUE QUEDARÁ CUBIERTA TODA AQUELLA ATENCIÓN MÉDICA EN QUE EL ASEGURADO SEA LA VÍCTIMA, INDEPENDIENTEMENTE SI PRESENTA O NO SÍNTOMAS DE QUE HAYA INGERIDO BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y/O PRESENTE CONSUMO DE DROGAS, SIEMPRE Y CUANDO SE DEMUESTRE PRESENTANDO EL ACTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, QUE EL ASEGURADO NO ES EL CAUSANTE DEL ACCIDENTE.
CIRUGÍAS DE NARIZ Y/O SENOS PARANASALES Y CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA DE CARÁCTER ESTÉTICO, EXCEPTUANDO AQUELLAS QUE SE DERIVEN DE UN ACCIDENTE (POR CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA DE CARÁCTER FUNCIONAL, EXCLUYENDO LAS DE CARÁCTER ESTÉTICO) O ENFERMEDAD, PREVIA VALORACIÓN DEL MÉDICO DE LA COMPAÑÍA.
QUEDA EXCLUIDO EL TRATAMIENTO DE CUALQUIER PERSONA QUE SE OSTENTE COMO CÓNYUGE O COMPAÑERO(A) CUANDO HAYA OCURRIDO, DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, ALGUNA RECLAMACIÓN ANTERIOR A NOMBRE DE OTRA PERSONA CON ESA CALIDAD.
TRATAMIENTO QUIRÚRGICO DE LESIONES PIGMENTARIAS DE LA PIEL CONOCIDA COMO LUNARES O NEVUS.
PADECIMIENTOS DERIVADOS DE RADIACIONES ATÓMICAS O NUCLEARES, NO PRESCRITAS POR UN MÉDICO.
QUEDARÁN CUBIERTOS TODOS AQUELLOS PADECIMIENTOS QUE NO HAYAN SIDO MENCIONADOS EN ESTE PUNTO.
ERRORES U OMISIONES:
CON SUJECIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA, QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL EN LA DESCRIPCIÓN DE LA POBLACIÓN ASEGURADA, NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO, YA QUE ES INTENCIÓN DE ESTA PÓLIZA DAR PROTECCIÓN EN TODO TIEMPO, SIN EXCEDER DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN LA PÓLIZA, POR LO TANTO, CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL, SERÁ CORREGIDO AL SER DESCUBIERTO Y EN CASO DE QUE EL ERROR U OMISIÓN LO AMERITE, SE HARÁ EL AJUSTE CORRESPONDIENTE EN LA PRIMA.
COBERTURA AUTOMÁTICA POR 60 DÍAS:
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE ESTA PÓLIZA SE EXTIENDE A CUBRIR DE FORMA AUTOMÁTICA LAS PERSONAS POR LOS CUALES SEA RESPONSABLE “LA UNIVERSIDAD Y/O DE LAS CUALES SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE CONTRATADAS. Y ESTEN CONSIDERADAS DENTRO DE LA POBLACIÓN ASEGURADA.
EN CONSIDERACIÓN A LA OBLIGACIÓN QUE LA COMPAÑÍA ASUME DE MANTENER EN TODO TIEMPO SU RESPONSABILIDAD COMO QUEDÓ ASENTADO ANTERIORMENTE, EL ASEGURADO CONTRATANTE POR SU PARTE SE COMPROMETE A DAR AVISO A LA COMPAÑÍA DENTRO DE LOS 60 DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE PRODUZCAN TALES ALTAS, CAMBIOS Y/O BAJAS, CON PAGO DE LA PRIMA RESPECTIVA A PRORRATA.
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES QUE ESTA COBERTURA AUTOMÁTICA NO SURTIRÁ EFECTOS, CUANDO ENTRE LAS FECHAS DE OCURRENCIA DE UN SINIESTRO Y EL MOMENTO DE ALTAS O CAMBIOS, EXISTA UN LAPSO DE MÁS DE 30 DÍAS NATURALES SIN QUE LO HAYAN DECLARADO.
ALTAS Y BAJAS DE LA POBLACIÓN ASEGURADA:
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO ENTRE EL ASEGURADO Y LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, QUE LOS AUMENTOS Y BAJAS PARA PERSONAS OBJETO DEL SEGURO, DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, SE EFECTUARAN APLICANDO LA MISMA CUOTA A PRORRATA POR EL PERIODO AMPARADO.
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIONES POR RAZONES DE RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES O GÉNERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS.
SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD
PERSONAL PENSIONADO Y EN PROCESO DE JUBILACIÓN.
LOS PENSIONADOS QUE ACTUALMENTE ESTÉN ASEGURADOS ASÍ COMO EL PERSONAL EN PROCESO DE JUBILACION, SIN EXAMEN MÉDICO, TENDRAN DERECHO A CONTINUAR BAJO LOS MISMOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PRESENTE PÓLIZA, PASANDO A FORMAR PARTE DE LA CARTERA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, SIN INCLUIR BENEFICIO ADICIONAL ALGUNO, EMITIENDOSE POLIZA INDIVIDUAL, CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD Y PAGO DE COMPLEMENTOS HASTA EL AGOTAMIENTO DE LA SUMA ASEGURADA DE CUANDO SE REALIZÓ EL PRIMER GASTO
LAS TARIFAS APLICABLES PARA LAS PERSONAS QUE SE SEPAREN DE LA COLECTIVIDAD DEBERÁN SER PREFERENCIALES, DE ACUERDO A LAS CONDICIONES XXX XXXXXXX, QUIENES A SU XXXXX HARÁN EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE
PARA EJERCER ESTE DERECHO, LA PERSONA SEPARADA DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA DEBERÁ PRESENTAR SU SOLICITUD A LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DÍAS NATURALES CONTADO A PARTIR DE SU SEPARACIÓN. LA ASEGURADORA DEBERÁ ASEGURAR A ESTE PERSONAL POR LO MENOS TRES AÑOS A LA MISMA TARIFA.
EL LICITANTE DEBERÁ DE ANEXAR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA LA TARIFA CON COSTOS PREFERENCIALES PARA ESTE PERSONAL. EL NO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO SERÁ CAUSA DE DESCALIFICACIÓN DE ESTA PARTIDA.
HIJOS QUE CUMPLAN 25 AÑOS
LOS HIJOS QUE CUMPLAN 25 AÑOS AL ANIVERSARIO DE LA PÓLIZA TENDRAN DERECHO A CONTINUAR BAJO LOS MISMOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PRESENTE PÓLIZA, PASANDO A FORMAR PARTE DE LA CARTERA DE SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, SIN INCLUIR BENEFICIO ADICIONAL ALGUNO, EMITIENDOSE POLIZA INDIVIDUAL, CON RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD Y PAGO DE COMPLEMENTOS HASTA EL AGOTAMIENTO DE LA SUMA ASEGURADA DE CUANDO SE REALIZÓ EL PRIMER GASTO
LAS TARIFAS APLICABLES PARA LAS PERSONAS QUE SE SEPAREN DE LA COLECTIVIDAD DEBERÁN SER PREFERENCIALES, DE ACUERDO A LAS CONDICIONES XXX XXXXXXX.
EL LICITANTE DEBERÁ DE ANEXAR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA LA TARIFA CON COSTOS PREFERENCIALES PARA ESTE PERSONAL. EL NO CUMPLIR CON ESTE REQUISITO SERÁ CAUSA DE DESCALIFICACIÓN DE ESTA PARTIDA.
INDEMNIZACIÓN POR XXXX:
EN CASO DE QUE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA CANTIDAD PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, ESTARÁ OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 135 BIS DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
CANCELACIÓN:
EN CASO DE QUE “LA UNIVERSIDAD” DECIDIERA CANCELAR POR BAJA DEL SEGURO CONTRATADO O ALGÚN RUBRO DEL MISMO, LA DEVOLUCIÓN DE LAS PRIMAS SE HARÁ A PRORRATA DENTRO DE LOS 30 DÍAS NATURALES AL AVISO DE LA CANCELACIÓN.
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA NO PODRÁ CANCELAR LA PÓLIZA, EXCEPTO POR FALTA DE PAGO DE LA PRIMA, EN CASO DE NO CUMPLIR CON LOS TÉRMINOS QUE MARCA EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA:
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA ACEPTA Y CONVIENE CON LA CONTRATANTE, EN INCREMENTAR LA SUMA ASEGURADA. POR LA POBLACIÓN ASEGURADA, HASTA POR LOS IMPORTES ABAJO SEÑALADOS.
EL TRABAJADOR A SU ELECCIÓN PODRA INCREMENTAR LA SUMA ASEGURADA BÁSICA A SU XXXXX, PARA LO CUAL, LA CONTRATANTE SE COMPROMETE A REALIZAR LOS DESCUENTOS QUINCENALES QUE SEÑALE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, EN FUNCIÓN DEL INCREMENTO SOLICITADO POR LA POBLACIÓN ASEGURADA Y A REALIZAR EL ENTERO MENSUAL A FAVOR DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA PARA EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE.
POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA
NIVELES |
SUMA CONTRATADA |
POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA |
||
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´050,000.00 |
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´400,000.00 |
XXXXX 0 |
DE: |
700,000.00 |
A |
1´750,000.00
|
XXXXX 0 |
DE: Ñ |
700,000.00 |
A |
2´800,000.00 |
EL INCREMENTO A LA SUMA ASEGURADA ES VOLUNTARIA Y SERÁ SUFICIENTE CON EL CONSENTIMIENTO DEL TRABAJADOR PARA REALIZAR EL DESCUENTO QUINCENAL CORRESPONDIENTE, PARA QUE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA LE EMITA EL ENDOSO POR POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA.
LA POTENCIACIÓN ES AUTOMÁTICA PARA EL TITULAR Y SUS DEPENDIENTES EXCLUYENDO ASCENDENTES.
LA POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA SOLICITADA POR EL TRABAJADOR QUE LO DESEE, SERÁ A PARTIR DE LA SOLICITUD Y HASTA LA TERMINACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y/O A SOLICITUD DEL TRABAJADOR Y/O POR FALTA DE ENTERO DE LA(S) PRIMA(S) CORRESPONDIENTES.
EL PLAZO PARA SOLICITAR LA POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA, SERÁ DE 90 DÍAS PARA PERSONAL ACTIVO A PARTIR DEL INICIO DE VIGENCIA Y 30 DÍAS PARA EL PERSONAL DE NUEVO INGRESO A PARTIR DE LA FECHA DE ALTA EN EL SEGURO.
ESTA POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA NO CUBRIRÁ PADECIMIENTOS PREEXISTENTES O ENFERMEDADES QUE SE ENCUENTRAN EN PROCESO DE ATENCIÓN Y/O PAGO DE SINIESTROS, SOLO CUBRIRÁ NUEVOS PADECIMIENTOS QUE SE GENEREN CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CONTRATACIÓN DE LA POTENCIACIÓN DE SUMA ASEGURADA, APLICÁNDOSE EN TODO MOMENTO LAS CONDICONES ESPECIALES CONTENIDAS EN LA PÓLIZA.
SERVICIOS ESPECIALES HOSPITALARIOS
LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS DEBERAN ANEXAR A SU PROPUESTA TÉCNICA DE MANERA DIGITAL LA RED DE SERVICIOS MÉDICOS DE TODAS LAS ESPECIALIDADES; HOSPITALARIOS, DE LABORATORIO, DE GABINETE, FARMACIAS, ENTRE OTROS, PARA LA BUENA ATENCIÓN DE LOS SERVICIOS DE GASTOS MÉDICOS MAYORES PARA LA POBLACIÓN ASEGURADA.
LA POBLACIÓN ASEGURADA PODRÁ HACER USO DE LA RED DE SERVICIOS MÉDICOS PROPORCIONADA POR LA COMPAÑÍA ASEGURADORA, HACIENDO USO DEL PAGO DIRECTO CON LOS PRESTADORES DE SERVICIO. EN SU DEFECTO, SE REALIZARA EL REEMBOLSO DE LOS GASTOS MÉDICOS MAYORES EN FORMA TRADICIONAL.
BUSCANDO UN ESTRICTO NIVEL DE CALIDAD EN EL SERVICIO, SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN QUE LAS EMPRESAS LICITANTES SUBCONTRATEN LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN HOSPITALARIA A NIVEL NACIONAL, POR LO QUE DEBERÁN PRESENTAR COPIA DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS CON EL O LOS GRUPOS HOSPITALARIOS CON QUE TENGAN CONVENIO. PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE REQUISITO DEBERÁN DE PRESENTAR 10 CONTRATOS.
PRELACIÓN:
LAS CONDICIONES DE ESTA ESPECIFICACIÓN, TENDRÁN PRELACIÓN CUANDO SE CONTRAPONGAN CON LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES.
CLÁUSULA DE NO ADHESIÓN:
POR TRATARSE DE UN CONTRATO DE SEGURO CUYAS CONDICIONES HAN SIDO LIBREMENTE ACORDADAS Y FIJADAS POR LAS PARTES, SIN SUJECIÓN A UN MODELO PREVIAMENTE ESTABLECIDO, DECLARA LA COMPAÑÍA ASEGURADORA EXPRESAMENTE QUE NO SE TRATA DE UN CONTRATO DE ADHESIÓN A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 36 – B DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, POR LO TANTO, NO REQUIERE SER REGISTRADO ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.
ESTÁNDARES DE SERVICIO
-
CONCEPTO
TIEMPO DE RESPUESTA
EMISIÓN DE PÓLIZA Y/O CERTIFICADOS:
10 DÍAS HÁBILES
EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ALTAS, BAJAS, MODIFICACIONES)
7 DÍAS HÁBILES
EXPEDICIÓN DE PÓLIZAS POR ERRORES
7 DÍAS HÁBILES
DUPLICADO DE CREDENCIAL CUANDO SE SOLICITE
7 DÍAS HÁBILES
REPORTE DE REMANENTE DE SUMA ASEGURADA
7 DÍAS HÁBILES
REEMBOLSOS
10 DÍAS HÁBILES
DE SINIESTRALIDAD
MENSUAL, DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 DÍAS NATURALES DE CADA MES
PROGRAMACIÓN DE CIRUGÍAS, TRATAMIENTOS O CIRUGÍAS AMBULATORIAS
7 DÍAS HÁBILES
RESPUESTA DE CASOS ESPECÍFICOS
10 DÍAS HÁBILES
ENTREGA DE EXPEDIENTES
10 DÍAS HÁBILES
ACLARACIONES
10 DÍAS HÁBILES
NOTAS:
LOS TIEMPOS DE RESPUESTA SERÁN CONTABILIZADOS A PARTIR DE QUE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA TENGA EN SU PODER LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL TRÁMITE.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA COMPAÑIA ASEGURADORA, EL ASEGURADO CONTRATANTE REALIZARÁ UNA PENALIZACIÓN POR CADA DÍA DE ATRASO A LA ASEGURADORA EQUIVALENTE A 5 DSMGVDF POR CADA DÍA DE ATRASO. EL IMPORTE RESULTANTE SE APLICARÁ A LOS AJUSTES QUE REALICE LA UNIVERSIDAD AL FINAL DE CADA EJERCICIO.
CASOS ESPECIALES
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA CONVIENE EXPRESAMENTE CON EL ASEGURADO CONTRATANTE EN CUBRIR ALGUN SINIESTRO EXCLUIDO, O CASO ESPECIAL QUE A JUICIO DE LA UNIVERSIDAD DEBA PAGARSE.
PARA EL TRAMITE DE ESTOS CASOS, LA UNIVERSIDAD DEBERA ENVIAR A LA ASEGURADORA UN ESCRITO FIRMADO POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO, SOLICITANDO EL PAGO ASI COMO EL DICTAMEN DE LOS GASTOS PROCEDENTES. ESTOS PAGOS SERAN CUBIERTOS POR LA UNIVERSIDAD A LA ASEGURADORA, UNA VEZ QUE LA ASEGURADORA HAYA DETERMINADO EL IMPORTE DE GASTOS A PAGAR.
NOTA: LA PERSONA FACULTADA PARA AUTORIZAR LOS CASOS ESPECIALES, SERÁ ACORDADA CON LA ASEGURADORA ADJUDICADA
TARIFAS PREFERENCIALES PARA BENEFICIARIOS ASCENDENTES
LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DEBERÁ CONTEMPLAR TARIFAS PREFERENCIALES PARA BENEFICIO DE LOS TRABAJADORES QUE ASI LO DESEAN Y PUEDAN CONTRATAR UN SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES PARA SUS BENEFICIARIOS ASCENDENTES, EL IMPORTE DE LA PRIMA A PAGAR DEBERA SER CUBIERTA POR EL TRABAJADOR BAJO EL SISTEMA DE DESCUENTO POR NÓMINA.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
PARTIDA I
B) SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA LOS NIÑOS
INSCRITOS EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL
(CENDIS)
SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA PROTEGER A LOS NIÑOS INSCRITOS EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL (CENDIS) DE LA UAM
COLECTIVIDAD ASEGURABLE:
TODOS LOS NIÑOS QUE SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL (CENDIS). DE LA “UAM”.
VIGENCIA:
EL PERÍODO DE VIGENCIA DE ESTE SEGURO PRINCIPIA A LAS 00:01 HORAS, DEL 1º DE JULIO DE 2017 Y TERMINA A LAS 24:00 XXXXX XXX 00 XX XXXXX XXX 0000.
POBLACIÓN ASEGURADA
LA POBLACIÓN ASEGURADA INICIAL ESTÁ INTEGRADA COMO SIGUE:
-
No. CENDI
CAPACIDAD INSTALADA
OCUPACIÓN AL 15 XX XXXXX DE 2017
1
229
131
2
249
154
3
249
123
TOTAL
727
408
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA SE COMPROMETE A ACEPTAR UNA VARIACIÓN DE HASTA EL 15% EN EL NÚMERO DE ASEGURADOS SIN QUE LA UAM”ESTÉ OBLIGADO A REALIZAR NINGUNA NOTIFICACIÓN Y SIN COBRO DE PRIMA ADICIONAL. EN CASO DE QUE SE REBASE DICHO PORCENTAJE, LA UAM NOTIFICARÁ EL NÚMERO DE ALUMNOS QUE REBASEN EL 15% PAGÁNDOSE PRIMA POR EL NÚMERO DE ALUMNOS QUE SE INCREMENTEN.
EDADES DE ACEPTACIÓN:
LA EDAD MÁXIMA DE ACEPTACIÓN ES DE 0 A 7 AÑOS.
REGISTRO DE ASEGURADOS:
ESTA PÓLIZA FUNCIONA SIN REGISTRO DE ASEGURADOS
CARENCIA DE RESTRICCIONES:
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE RESIDENCIA, OCUPACIÓN, VIAJES, GENERO DE LOS ASEGURADOS, O CUALQUIER CIRCUNSTANCIA SIMILAR.
DEFINICIONES:
PARA LOS EFECTOS DE ESTE SEGURO, SE ENTENDERÁ POR:
ACCIDENTE PERSONAL. TODA LESIÓN CORPORAL XXXXXXX INVOLUNTARIAMENTE POR EL ASEGURADO POR LA ACCIÓN SÚBITA, FORTUITA Y VIOLENTA DE UNA FUERZA EXTERNA.
PÉRDIDA DE UNA MANO. SU SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DESDE LA ARTICULACIÓN XXX XXXX O ARRIBA DE ELLA.
PÉRDIDA DE UN PIE. SU SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DESDE LA ARTICULACIÓN DEL TOBILLO O ARRIBA DE ELLA.
PÉRDIDA DE LA VISTA DE UN OJO. LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN DE LA VISTA DE ESE OJO.
PÉRDIDA DE LA VISTA. LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN DE LA VISTA DE AMBOS OJOS.
PÉRDIDA XXX XXXXXX E ÍNDICE. LA SEPARACIÓN O ANQUILOSAMIENTO DE DOS FALANGES COMPLETAS EN CADA DEDO.
PÉRDIDA DE UN DEDO. LA SEPARACIÓN O ANQUILOSAMIENTO DE DOS FALANGES COMPLETAS DE ESE DEDO.
AMPUTACIÓN PARCIAL O ANQUILOSAMIENTO PARCIAL DE UN PIE. LA SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DE CUALQUIER PARTE ANTERIOR A LA ARTICULACIÓN DEL TOBILLO, QUE INCLUYE LOS CINCO DEDOS COMPLETOS.
SORDERA COMPLETA. LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN AUDITIVA DE AMBOS OÍDOS.
SORDERA PARCIAL. LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN AUDITIVA DE UN OÍDO.
ACORTAMIENTO DE UN MIEMBRO INFERIOR. CUANDO ES DE CINCO CENTÍMETROS O MÁS EN RELACIÓN AL OPUESTO.
ALCANCE DE LA COBERTURA:
EL ALCANCE DE ESTA COBERTURA SE APLICARÁ DEL TRAYECTO DE CASA DE LOS NIÑOS A LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, DURANTE SU ESTANCIA Y/O ACTIVIDADES DENTRO Y FUERA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, ASÍ COMO DEL TRAYECTO DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL A SU CASA. LA COBERTURA APLICARÁ TAMBIÉN EN LA PARTICIPACIÓN DE LOS MENORES EN TODO TIPO DE EVENTOS EXTRA CENDIS SUPERVISADOS POR LAS AUTORIDADES DE LOS CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL DE LA UAM, AMPARANDO DESDE LA SALIDA DE SU CASA O DE LOS CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL, SU ESTANCIA EN EL LUGAR DEL EVENTO, ASÍ COMO SU REGRESO AL CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL O A SU DOMICILIO.
LA ASEGURADORA ADJUDICADA PAGARÁ LA SUMA ASEGURADA DE ESTAS COBERTURAS, SI EL NIÑO FALLECE A CONSECUENCIA DE ALGÚN ACCIDENTE Y DENTRO DE LOS 180 (CIENTO OCHENTA) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO.
LA ASEGURADORA DEBERÁ GARANTIZAR QUE LOS HOSPITALES EN LOS QUE SE SOLICITA PAGO DIRECTO CUENTEN SIEMPRE CON LA DISPONIBILIDAD, GARANTIZANDO ASIMISMO QUE EL PAGO DE ATENCIONES MÉDICAS SE HAGA SIN NINGÚN OBSTÁCULO, CONFORME SE VAYAN PRESENTANDO LOS SINIESTROS INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA ESTANCIA EN EL HOSPITAL SEA MENOR A 24 HORAS Y SIN QUE LOS PADRES DE LOS MENORES HAGAN NINGÚN DESEMBOLSO, PARA LO CUAL DEBERÁ HACER LOS ARREGLOS ADMINISTRATIVOS NECESARIOS CON EL HOSPITAL CON EL OBJETO DE QUE EN CUANTO INGRESE ALGÚN MENOR DE LOS CENDIS DE LA UAM A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE SE GARANTICE LA ATENCIÓN MÉDICA.
LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA DEBERÁ CONTAR CON CONVENIO Y GARANTIZARÁ PAGO DIRECTO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA ESTANCIA EN EL HOSPITAL SEA MENOR A 24 HORAS.
COBERTURAS Y SUMAS ASEGURADAS:
OPCIÓN A.
-
COBERTURA
SUMA ASEGURADA (S.A.)
*MUERTE ACCIDENTAL
$100,000.00 M.N.
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE
$ 50,000.00 M.N.
PERDIDAS ORGANICAS ESC “B”
$100,000.00 M.N.
DEDUCIBLES
SIN DEDUCIBLE
OPCIÓN B.
-
COBERTURA
SUMA ASEGURADA (S.A.)
*MUERTE ACCIDENTAL
$100,000.00 M.N.
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE
$ 100,000.00 M.N.
PERDIDAS ORGANICAS ESC “B”
$100,000.00 M.N.
DEDUCIBLES
SIN DEDUCIBLE
*LA INDEMNIZACIÓN DE ESTA COBERTURA SE OTORGARÁ BAJO EL CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR GASTOS FUNERARIOS
EL LICITANTE DEBERÁ COTIZAR, TANTO LA OPCIÓN A COMO LA OPCIÓN B. EL NO COTIZAR AMBAS OPCIONES SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN.
MUERTE ACCIDENTAL
SI A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE SUFRIDO POR EL ASEGURADO Y DENTRO DE LOS 180 (CIENTO OCHENTA) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO SOBREVINIERE LA MUERTE, LA ASEGURADORA PAGARÁ LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTA COBERTURA.
PÉRDIDAS ORGÁNICAS:
SI COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE SUFRIDO POR EL ASEGURADO Y DENTRO DE LOS 180 (CIENTO OCHENTA) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO, LA LESIÓN PRODUJERA CUALQUIERA DE LAS PÉRDIDAS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN, LA ASEGURADORA PAGARÁ LOS PORCENTAJES QUE SE SEÑALAN, DE LA SUMA ASEGURADA ESTABLECIDA PARA ESTA COBERTURA.
TABLA DE INDEMNIZACIÓN
-
AMBAS MANOS, AMBOS PIES O LA VISTA DE AMBOS OJOS
100%
UNA MANO Y UN PIE
100%
UNA MANO O UN PIE Y LA VISTA DE UN OJO
100%
PÉRDIDA TOTAL DEL BRAZO O DE UNA MANO
60%
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX Y DEL ÍNDICE DE UNA MANO
25%
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS COMPRENDIENDO EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO
30%
PÉRDIDA TOTAL DE TRES DEDOS QUE NO SEAN EL PULGAR O EL ÍNDICE DE UNA MANO
25%
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX Y DE OTRO DEDO (NO SIENDO EL ÍNDICE) DE UNA MANO
25%
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE Y OTRO DEDO QUE NO SEA EL PULGAR DE UNA MANO
20%
PÉRDIDA TOTAL XXX XXXXXX SOLO
20%
PÉRDIDA TOTAL DEL ÍNDICE
15%
PÉRDIDA TOTAL DEL DEDO MAYOR, DEL ANULAR O DEL MEÑIQUE
5%
PÉRDIDA TOTAL DE DOS DE ESTOS ÚLTIMOS TRES DEDOS
10%
PÉRDIDA TOTAL DE UNA PIERNA O UN PIE
50%
AMPUTACIÓN PARCIAL DE UN PIE COMPRENDIENDO TODOS LOS DEDOS
30%
PÉRDIDA DEL MAXILAR INFERIOR
30%
PÉRDIDA TOTAL DE UN OJO
30%
SORDERA COMPLETA
30%
SORDERA PARCIAL
15%
ACORTAMIENTO POR LO MENOS EN 5 CM. DE UN MIEMBRO INFERIOR
15%
PÉRDIDA TOTAL DE CUALQUIERA DE LOS DEDOS DE UN PIE
5%
SE ENTENDERÁ POR PÉRDIDA DE LOS MIEMBROS, DE LAS MANOS O DE LOS PIES, LA MUTILACIÓN O ANQUILOSIS TOTAL DE ESTOS ÓRGANOS, EN CUANTO A LOS OJOS, LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA VISTA, POR LO QUE SE REFIERE A LOS DEDOS, LA SEPARACIÓN DESDE LA COYUNTURA METACARPO O METATARSO-FALANGEAL, SEGÚN SEA EL CASO, O ARRIBA DE LA MISMA.
EN CASO DE QUE EN UN ACCIDENTE SE SUFRA LA PÉRDIDA DE VARIOS DEDOS DE LOS PIES DE LOS DEDOS DE AMBAS MANOS, SE INDEMNIZARÁ LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA PARA CADA UNO DE ESTOS MIEMBROS DE CADA UNA DE LAS MANOS.
LA INDEMNIZACIÓN POR VARIAS PÉRDIDAS ORGÁNICAS EN UNO O VARIOS ACCIDENTES, EN NINGÚN CASO EXCEDERÁ DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA ESTE BENEFICIO.
REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS:
SI COMO CONSECUENCIA DIRECTA DE UN ACCIDENTE CUBIERTO E INDEPENDIENTEMENTE DE CUALQUIER OTRA CAUSA, EL ASEGURADO, DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DEL MISMO, SE VIERA PRECISADO A REALIZAR GASTOS POR TRATAMIENTO MÉDICO O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA, HOSPITALIZACIÓN, SERVICIO DE ENFERMERA, SERVICIO DE AMBULANCIA TERRESTRE, MEDICINAS RECETADAS POR EL MÉDICO TRATANTE, LA COMPAÑÍA REEMBOLSARÁ, ADEMÁS DE LAS OTRAS INDEMNIZACIONES A LAS QUE TUVIERA DERECHO EL ASEGURADO, EL COSTO DE LAS MENCIONADAS ASISTENCIAS HASTA LA CANTIDAD MÁXIMA ASEGURADA POR ESTE CONCEPTO, PREVIA COMPROBACIÓN, SIN APLICAR DEDUCIBLE ALGUNO.
DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS:
EN ESTE SEGURO NO EXISTE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
COBERTURA AUTOMÁTICA
LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A AMPARAR EN FORMA AUTOMÁTICA TODAS LAS ALTAS QUE SE REGISTREN DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y “LA UAM” NO TENDRÁ OBLIGACIÓN DE REPORTARLAS, MIENTRAS NO SE REBASE EL
15% DEL NÚMERO DE ASEGURADOS CON QUE INICIE LA PÓLIZA. ESTO SERÁ SIN COBRO XX XXXXXX.
ALTAS, BAJAS Y MOVIMIENTOS:
EN ESTA PÓLIZA NO SE REPORTARÁN ALTAS NI BAJAS. LA ASEGURADORA QUE RESULTE ADJUDICADA DEBERÁ ASEGURAR EN FORMA AUTOMÁTICA A LOS NIÑOS Y NIÑAS QUE INGRESEN A LOS CENDIS CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE VIGENCIA, SIN COBRO DE PRIMA ADICIONAL, SIEMPRE Y CUANDO NO SE REBASE EL 15% DEL NÚMERO DE ASEGURADOS CON QUE INICIE LA PÓLIZA.
EN CASO DE SINIESTRO SE COMPROBARÁ LA PERTENENCIA A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA CON EL REGISTRO QUE LLEVA EL CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL EN EL QUE SE ENCUENTRE INSCRITO EL MENOR
SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA:
AL SEPARARSE EL ASEGURADO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, AUTOMÁTICAMENTE CAUSARÁ BAJA DE ESTE SEGURO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CAUSA DE SEPARACIÓN.
PAGO DE SUMA ASEGURADA:
DOCUMENTACION CON LA QUE SE ACREDITARAN LAS RECLAMACIONES:
NOTA: LA ASEGURADORA, NO PODRÁ SOLICITAR NINGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS AQUI MENCIONADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS REQUISITOS QUE TENGAN ESTABLECIDOS EN SUS PROCEDIMIENTOS INTERNOS.
EN EL CASO DE MUERTE ACCIDENTAL:
COPIA CERTIFICADA POR EL REGISTRO CIVIL DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO,
SOLICITUD DE PAGO FIRMADA POR EL PADRE, MADRE O TUTOR O QUIEN SEA EL PRINCIPAL RESPONSABLE DEL CUIDADO O MANUTENCIÓN DEL MENOR,
IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE LA PERSONA QUE ESTÁ FIRMANDO LA SOLICITUD DE PAGO,
COMPROBANTE DE DOMICILIO VIGENTE NO MAYOR A TRES MESES, DE LA PERSONA QUE FIRMA LA SOLICITUD DE PAGO.
TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE PÉRDIDA DE MIEMBROS:
INFORME MÉDICO FIRMADO POR EL MÉDICO TRATANTE,
SOLICITUD DE PAGO FIRMADA POR EL PADRE, O LA MADRE, O TUTOR, O LA PERSONA RESPONSABLE DE LA MANUTENCIÓN Y CUIDADO DEL MENOR,
IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE QUIEN FIRMA LA SOLICITUD DE PAGO,
DICTAMEN MÉDICO EXPEDIDO POR CUALQUIER INSTITUCIÓN DE SALUD
PARA LA COBERTURA DE REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS:
INFORME MÉDICO FIRMADO POR EL MÉDICO TRATANTE,
RECIBOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS, DE SERVICIO DE AMBULANCIA, HONORARIOS DEL MÉDICO TRATANTE, Y CUALQUIER OTRO GASTO CUBIERTO.
FACTURA DE HOSPITAL CON DESGLOSE DE CADA CARGO,
FACTURAS DE MEDICAMENTOS CON SU RESPECTIVA RECETA,
SOLICITUD DE PAGO FIRMADA POR LA PERSONA A NOMBRE DE LA QUE ESTÁN LOS COMPROBANTES.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE LA PERSONA QUE FIRMA LA SOLICITUD DE PAGO
COMPROBANTE DE DOMICILIO DE LA PERSONA QUE FIRMA LA SOLICITUD DE PAGO, NO MAYOR A TRES MESES.
CONDICIONES GENERALES:
LAS LICITANTES DEBERÁN ADJUNTAR SUS CONDICIONES GENERALES IMPRESAS, EN EL ENTENDIDO QUE ÉSTAS OPERAN EN CUANTO NO SE CONTRAPONGAN CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES.
PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS EN CASO DE SINIESTROS:
LAS LICITANTES INCLUIRÁN EN SU PROPUESTA TÉCNICA LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE “QUE HACER EN CASO DE SINIESTRO”, ESPECIFICANDO LOS PASOS A SEGUIR DESDE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO HASTA LA FIRMA DEL FINIQUITO, PARA CADA UNA DE LAS COBERTURAS QUE INTEGRAN ESTA PÓLIZA.
ASIGNACIÓN DE PERSONAL:
SE DEBERÁ ASIGNAR POR LO MENOS A UN EJECUTIVO PARA LA ATENCIÓN Y SERVICIO DE LA CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE CON EL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO. EL CUAL DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HRS. DEL DÍA Y DEBERÁ PRESENTARSE EN LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD, LAS VECES QUE SEA REQUERIDO.
ERRORES U OMISIONES:
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL EN EL ALTA, DESCRIPCIÓN, INCLUSIÓN O UBICACIÓN DE LOS ASEGURADOS NO ANULARÁ EL SEGURO CONTRATADO POR LA PÓLIZA NI PERJUDICARA LOS INTERESES DE “LA UAM”, YA QUE ES INTENCIÓN DE ESTA CLÁUSULA DAR PROTECCIÓN EN TODO TIEMPO. “LA UAM” REPORTARÁ EL ERROR U OMISIÓN TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUÉS DE SU DESCUBRIMIENTO O SINIESTRO, Y EN CASO DE QUE DICHA CORRECCIÓN LO AMERITE SE EFECTUARÁ EL AJUSTE DE PRIMA CORRESPONDIENTE.
ESTANDARES DE SERVICIO:
LAS LICITANTES SE COMPROMETEN A ACEPTAR LOS ESTÁNDARES DE SERVICIO, DE CONFORMIDAD CON LA PRESENTE TABLA; LOS CUALES FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA ESPECIFICACIÓN DE LA PÓLIZA.
ESTÁNDARES DE SERVICIO DEL SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PERSONALES.
SUSCRIPCIÓN |
TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO |
|
||
1 |
CARTA COBERTURA DESPUÉS DEL FALLO |
24 |
HORAS |
|
2 |
ENTREGA DE PÓLIZAS EN LAS OFICINAS DE “LA UAM”, DESPUÉS DEL INICIO DE VIGENCIA. |
10 |
DÍAS HÁBILES |
|
3 |
EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ENDOSOS A, B Y D) |
7 |
DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. |
|
4 |
REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES |
7 |
DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA NOTIFICACIÓN. |
|
5 |
ENTREGA DE DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE |
7 |
DÍAS HÁBILES, DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA SOLICITUD. |
|
6 |
ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO, CUANDO XXXXXXX. |
5 |
DÍAS HÁBILES |
|
|
SINIESTROS |
TIEMPO DE RESPUESTA MÁXIMO |
1 |
TIEMPOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE PAGOS ESPECIALES, A PARTIR DE QUE RECIBA LA SOLICITUD. |
10 DÍAS HÁBILES |
2 |
TIEMPO DE REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR COMPLEMENTO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ADICIONAL O DAR CARTA RECHAZO, UNA VEZ QUE LA ASEGURADORA RECIBA EL TRÁMITE DE LA RECLAMACIÓN. |
5 DÍAS HÁBILES |
3 |
TIEMPO DE ENTREGA DEL FINIQUITO Y CHEQUE DESPUÉS DE HABER RECIBIDO LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA: |
10 DÍAS HÁBILES |
4 |
REPORTES DE SINIESTRALIDAD |
MENSUAL DENTRO DE LOS PRIMEROS 15 DIAS NATURALES DE CADA MES |
5 |
VISITA DEL EJECUTIVO CUANDO SEA REQUERIDO POR “LA UAM” |
EL SIGUIENTE DÍA HÁBIL AL DE LA SOLICITUD |
CLÁUSULA DE INTERÉS MORATORIO:
EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS Y TIEMPOS ESTABLECIDOS EN LAS PRESENTES BASES, DEBERÁ PAGAR AL ASEGURADO O BENEFICIARIO UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 135 BIS DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
CLÁUSULA DE NO ADHESIÓN.
POR TRATARSE DE UN CONTRATO DE SEGURO CUYAS CONDICIONES HAN SIDO LIBREMENTE ACORDADAS Y FIJADAS POR LAS PARTES, SIN SUJECIÓN A UN MODELO PREVIAMENTE ESTABLECIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE QUE NO SE TRATA DE UN CONTRATO DE ADHESIÓN A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 36 B DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
PRELACIÓN:
LAS CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIALES DE ASEGURAMIENTO, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES O ADECUACIONES DERIVADAS DE LAS PRESENTES BASES, PREVALECERÁN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA ASEGURADORA, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE.
PRESCRIPCIÓN:
TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO DE SEGUROS, PRESCRIBIRÁN EN CINCO AÑOS, TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EN LOS SEGUROS DE VIDA Y EN DOS AÑOS EN TODOS LOS DEMÁS CASOS, CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.
EL PLAZO DE QUE TRATA EL PÁRRAFO ANTERIOR NO CORRERÁ EN CASO DE OMISIÓN, FALSAS O INEXACTAS DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO CORRIDO, SINO DESDE EL DÍA EN QUE LA ASEGURADORA HAYA TENIDO CONOCIMIENTO DE ÉL, Y SI SE TRATA DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESDE EL DÍA EN QUE HAYA LLEGADO A CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS, QUIENES DEBERÁN DEMOSTRAR QUE HASTA ENTONCES IGNORABAN DICHA REALIZACIÓN. TRATÁNDOSE DE TERCEROS BENEFICIARIOS SE NECESITARÁ, ADEMÁS, QUE ÉSTOS TENGAN CONOCIMIENTO DEL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR.
LA PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPIRÁ NO SOLO POR LAS CAUSAS ORDINARIAS, SINO TAMBIÉN POR AQUELLAS A QUE SE REFIERE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.
ARTICULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO:
SI EL CONTENIDO DE LA PÓLIZA O SUS MODIFICACIONES NO CONCORDASEN CON LA OFERTA, EL ASEGURADO PODRÁ PEDIR LA RECTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE DENTRO DE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES DE LA RECEPCIÓN DE LA PÓLIZA. TRANSCURRIDO ESE PLAZO SE CONSIDERARÁN ACEPTADAS LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA.
NO CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA:
LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA PARA AMPARAR ESTE SEGURO, NO PODRÁ SER CANCELADA POR NINGÚN MOTIVO DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA, A MENOS QUE SEA EXPRESAMENTE SOLICITADO POR “LA UAM”, O QUE EL PAGO DE LA PRIMA NO SE REALICE, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES.
SINIESTRALIDAD:
LA ASEGURADORA ENVIARÁ MENSUALMENTE A LA UNIVERSIDAD UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD, EN FORMA IMPRESA Y EN MEDIOS MAGNÉTICOS, DURANTE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL CIERRE DE CADA PERÍODO, DETALLANDO LO SIGUIENTE:
NUMERO DE SINIESTRO
FECHA DEL SINIESTRO
NOMBRE DEL ASEGURADO
R.F.C.
MOTIVO DEL SINIESTRO (GASTOS FUNERARIOS, PERDIDA ORGÁNICA O REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS)
IMPORTE PAGADO PARA CADA COBERTURA
FECHA DE PAGO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
Partida II
Seguro de Vida de Grupo
Seguro Colectivo Capitalizable
INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR.
VIGENCIA
A PARTIR DE LAS 00:01 HORAS DEL DÍA 1º DE JULIO DEL 2017 Y HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 30 XX XXXXX DEL 2018.
LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR PROPUESTA POR AMBOS SEGUROS.
PROPORCIONAR LA ASISTENCIA TÉCNICA NECESARIA QUE GARANTICE UNA ADECUADA ADMINISTRACIÓN DE LOS SEGUROS, INCLUYENDO INFORMACIÓN SOBRE NUEVOS PRODUCTOS Y MODIFICACIONES LEGALES O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, QUE RESULTEN DE INTERÉS PARA LA UNIVERSIDAD.
PERÍODO DE GARANTÍA DEL SERVICIO:
DURANTE LA VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS CONTRATADAS, MÁS EL TIEMPO SEÑALADO POR LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
ASPECTOS ECONÓMICOS.
LA PROPUESTA ECONÓMICA SE CONSIDERARÁ COMO POSTURA DEFINITIVA DEL LICITANTE Y CONTEMPLARÁ LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS EN QUE DEBA INCURRIR LA COMPAÑÍA ASEGURADORA CON MOTIVO DE LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE SE INDICAN EN LAS CONDICIONES DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA TEMPORAL-A Y CONDICIONES DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA TEMPORAL-B (ANEXO TÉCNICO), DE ESTAS BASES.
CONDICIONES ESPECIALES Y GENERALES PARA LA COTIZACIÓN.
EL
LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR SU PROPUESTA ECONÓMICA, PARA CADA TIPO
DE SEGURO.
LA ASEGURADORA DEBERÁ PRESENTAR TARIFAS PARA EL EFECTO DE DETERMINAR LAS PRIMAS OFERTADAS PARA EL ANEXO TÉCNICO, MISMAS QUE DEBERÁN OPERAR DURANTE TODA LA VIGENCIA DE LAS PÓLIZAS
LA ASEGURADORA MANIFIESTA Y ACEPTA QUE EL ANEXO TÉCNICO FUNGIRÁ COMO XXXXXX Y ACEPTA DICHAS CONDICIONES EN ADICIÓN A LA GENERALES POR TIPO DE SEGURO, PREVALECIENDO LAS ESPECIALES CONTRA LAS GENERALES EN CUANTO ESTAS SE CONTRAPONGAN.
LA ASEGURADORA SE COMPROMETE A ATENDER LOS SINIESTROS DE INMEDIATO AL AVISO QUE RECIBA DE LA UNIVERSIDAD, CON EL PROPÓSITO DE EVITAR EN LO POSIBLE PROBLEMAS DE CARÁCTER JUDICIAL A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA.
PROPORCIONAR EN MEDIOS MAGNÉTICOS LA SINIESTRALIDAD NETA MENSUAL, QUE SE REGISTRE EN CADA UNA DE LAS PÓLIZAS CONTRATADAS POR EVENTO Y POR COBERTURA DENTRO DE LOS SIGUIENTES SIETE DÍAS NATURALES DEL MES AL QUE SE REPORTA.
CONDICIONES GENERALES
OBJETO
LA COMPAÑÍA PAGARÁ AL BENEFICIARIO RESPECTIVO EL IMPORTE DEL SEGURO QUE CORRESPONDA AL ASEGURADO QUE FALLECIERE DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO Y CUYO NOMBRE APAREZCA EN EL REGISTRO DE ASEGURADOS. ANEXO A LAS PÓLIZAS O DENTRO DE LOS MOVIMIENTOS MENSUALES QUE SE REGISTREN. EL PAGO SE HARÁ PREVIA LA PRESENTACIÓN DE PRUEBAS FEHACIENTES DEL FALLECIMIENTO DE DICHO ASEGURADO, DE LAS CAUSAS DEL FALLECIMIENTO Y DEL DERECHO DEL RECLAMANTE. EL IMPORTE DEL SEGURO SERÁ EL QUE RESULTE DE ACUERDO CON LA REGLA PARA DETERMINAR LA SUMA ASEGURADA.
DISPUTABILIDAD
DENTRO DE LOS PRIMEROS 30 DÍAS DE VIGENCIA, ESTAS PÓLIZAS SERÁN DISPUTABLES POR OMISIÓN O INEXACTA DECLARACIÓN DE LOS HECHOS NECESARIOS QUE PROPORCIONE LA UAM PARA APRECIACIÓN DEL RIESGO.
TRATÁNDOSE DE ASEGURADOS DE NUEVO INGRESO, NO APLICARÁ EL TÉRMINO DE ESPERA PARA HACER USO DEL DERECHO Y ÉSTE SE CONTARÁ A PARTIR DE LA FECHA EN QUE QUEDÓ ASEGURADO.
EN CASO DE SUICIDIO DE ALGUNO DE LOS ASEGURADOS SE PAGARÁ EL TOTAL DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA, CON INDEPENDENCIA DE LA ANTIGÜEDAD EN LAS PÓLIZAS. A) Y B).
CARENCIA DE RESTRICCIONES
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA, YA SEA POR EDAD, EN ATENCIÓN A LA RESIDENCIA, A LA OCUPACIÓN, A LOS VIAJES Y EN GENERAL, AL GÉNERO DE VIDA DE LOS ASEGURADOS.
GRUPO ASEGURADO
EL GRUPO ASEGURADO LO INTEGRAN LAS PERSONAS QUE APAREZCAN INSCRITAS EN EL PADRÓN DE LA UAM.
LOS MOVIMIENTOS DE ALTAS Y BAJAS SE REALIZARÁN SI DICHOS MOVIMIENTOS DE ALTAS Y BAJAS REPRESENTAN MÁS DEL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL TOTAL DE LA POBLACIÓN ORIGINALMENTE ASEGURADA.
INGRESOS POSTERIORES
LOS NUEVOS TRABAJADORES QUE INGRESEN A LA UAM POSTERIORMENTE A LA ADJUDICACIÓN DE LA PÓLIZA, QUEDARÁN ASEGURADOS SIN EXAMEN MÉDICO Y SIN RESTRICCIÓN ALGUNA.
CÁLCULO XX XXXXXX DE MOVIMIENTOS
EL AJUSTE DE ALTAS Y BAJAS DE ASEGURADOS SE HARÁN ANUALMENTE POR EJERCICIO FISCAL, LA UAM ENTREGARÁ A LA ASEGURADORA DURANTE LOS PRIMEROS 1O DÍAS DEL MES, LA RELACIÓN ACTUALIZADA DE ASEGURADOS QUE CONTENDRÁ LA INFORMACIÓN ESPECÍFICA SIGUIENTE INFORMACIÓN BÁSICA:
1 |
NÚMERO DE EMPLEADO |
2 |
TIPO DE ASEGURADO |
3 |
NOMBRE COMPLETO DEL ASEGURADO |
4 |
GÉNERO |
5 |
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES O CURP |
6 |
LUGAR DE ADSCRIPCIÓN |
LA RELACIÓN ACTUALIZADA DE ASEGURADOS SE UTILIZARÁ PARA EFECTUAR EL AJUSTE ANUAL, MISMO QUE SERVIRÁ PARA CUBRIR LAS PRIMAS DE LOS NUEVOS ASEGURADOS, LA DEVOLUCIÓN XX XXXXXX POR LAS BAJAS QUE HAYAN OCURRIDO O BIEN POR ACTUALIZACIONES EN SUMAS ASEGURADAS.
EL CÁLCULO DEL AJUSTE ANUAL SE HARÁ MEDIANTE LA APLICACIÓN DE LAS SIGUIENTES FÓRMULAS:
CUOTA PROMEDIO ANUAL = PRIMA INICIAL DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA / SUMA ASEGURADA INICIAL DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
PRIMA DEL AJUSTE = ((SUMA ASEGURADA FINAL DE LA VIGENCIA DE AJUSTE - SUMA ASEGURADA INICIAL DEL SIGUIENTE PERIODO ANUAL) * CUOTA PROMEDIO ANUAL) I 2
LA APLICACIÓN DE ESTAS FÓRMULAS SERÁ PARA LAS PÓLIZAS A) Y B), APLICANDO LAS CANTIDADES QUE CORRESPONDAN A CADA UNA DE ELLAS.
LA PRIMA A PAGAR POR ESTA PÓLIZA ESTARÁ COMPUESTA POR LA PRIMA NETA MÁS EL DERECHO DE PÓLIZA.
BENEFICIARIOS
SIEMPRE QUE NO EXISTA RESTRICCIÓN LEGAL EN CONTRARIO, CUALQUIER ASEGURADO PODRÁ HACER NUEVA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
CUANDO NO HAYA BENEFICIARIO DESIGNADO EN LA UAM POR EL ASEGURADO, EL IMPORTE DEL SEGURO FORMA PARTE DEL HABER HEREDITARIO DEL ASEGURADO Y, POR LO TANTO, SE PAGARÁ A QUIENES FUERAN DECLARADOS SUS HEREDEROS BAJO EL TESTAMENTO O BIEN EN EL JUICIO SUCESORIO CORRESPONDIENTE.
A FALTA DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIO CONFORME A LO MENCIONADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 501 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
PAGO DE LA SUMA ASEGURADA
LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS TENDRÁN ACCIÓN DIRECTA PARA COBRAR LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, CONFORME A LAS REGLAS ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES CONDICIONES.
EN CASO DE SINIESTRO, LA UAM ENTREGARÁ A LA ASEGURADORA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
-
1
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN EXPEDIDA POR EL REGISTRO CIVIL.
2
COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DEL MINISTERIO PÚBLICO EN CASO DE ACCIDENTE.
LA ASEGURADORA PAGARÁ A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE ACREDITE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO (ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).
ANTICIPO DE SUMA ASEGURADA
LA ASEGURADORA SE OBLIGA A REALIZAR UN ANTICIPO DE SUMA ASEGURADA HASTA POR UN IMPORTE DE $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/ 100 M.N.) PARA HACER EL PAGO DE LOS GASTOS FUNERARIOS DEL ASEGURADO. ESTE PAGO SE REALIZARÁ DENTRO DE LAS 24 HORAS POSTERIORES A CUALQUIERA DE LOS BENEFICIARIOS CONTENIDOS EN EL CONSENTIMIENTO DE VIDA VIGENTE DEL ASEGURADO, CON LA SIMPLE PRESENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN. ESTE BENEFICIO APLICARÁ PARA LA PÓLIZA A, POR LO QUE LA DIFERENCIA DE LA SUMA ASEGURADA MENOS EL ANTICIPO OTORGADO POR GASTOS FUNERARIOS, SERÁ DISTRIBUIDO EN LA FORMA EN QUE SE ENCUENTRE DETERMINADO EL CONSENTIMIENTO DE VIDA A SUS BENEFICIARIOS.
MODIFICACIONES
LAS ESTIPULACIONES CONSIGNADAS EN LAS PÓLIZAS CORRESPONDIENTES SÓLO PODRÁN MODIFICARSE PREVIO ACUERDO ENTRE LA ASEGURADORA Y LA UAM. LAS MODIFICACIONES SE HARÁN CONSTAR EN ENDOSOS ADICIONALES A LAS PÓLIZAS.
COMPETENCIA
EN CASO DE CONTROVERSIA, EL QUEJOSO DEBERÁ ACUDIR A LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS Y, SI DICHO ORGANISMO NO ES DESIGNADO ÁRBITRO, PODRÁ CONCURRIR A LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL DOMICILIO DE LA ASEGURADORA.
CLAUSULA DE NO ADHESIÓN
SE HACE CONSTAR EXPRESAMENTE QUE ESTA PÓLIZA RESULTA DE LAS NEGOCIACIONES EFECTUADAS ENTRE LA UAM Y LA ASEGURADORA Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 36,36-A, 36-C 36-D DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
INDEMNIZACIÓN POR XXXX
EN CASO DE QUE LA ASEGURADORA, NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA CANTIDAD PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, ESTARÁ OBLIGADA A PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 135 BIS DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS.
ERRORES Y OMISIONES
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL EN LA DESCRIPCIÓN DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO, YA QUE ES INTENCIÓN DE ESTE DOCUMENTO DAR PROTECCIÓN EN TODO TIEMPO, SIN EXCEDER DE LOS LÍMITES ESTABLECIDOS EN EL SEGURO Y SIN CONSIDERAR COBERTURA O UBICACIÓN ADICIONAL ALGUNA, POR LO TANTO, CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL, SERÁ CORREGIDO AL SER DESCUBIERTO Y EN CASO QUE EL ERROR U OMISIÓN LO AMERITE, SE HARÁ EL AJUSTE CORRESPONDIENTE DE LA PRIMA.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS, ALCANCES DE LA PRESTACIÓN Y CONDICIONES GENERALES QUE INTEGRAN LOS SERVICIOS SOLICITADOS
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO:
EN ESTA PARTIDA SE INCLUYEN DOS PÓLIZAS:
PÓLIZA A). |
SEGURO DE VIDA DE GRUPO |
PÓLIZA B). |
SEGURO COLECTIVO CAPITALIZABLE |
LA PÓLIZA A) CUBRE:
COBERTURA BÁSICA DE SEGURO DE VIDA
DOBLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL
TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE COLECTIVA
LA PÓLIZA B) CUBRE:
COBERTURA BÁSICA DE SEGURO DE VIDA
DOBLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL
TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE COLECTIVA
LAS CONDICIONES GENERALES QUE INTEGRARÁN EL SERVICIO SOLICITADO, DEBERÁN FORMAR PARTE DE LAS PÓLIZAS DE LOS SEGUROS.
DE ACUERDO A LAS CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO ESPECÍFICAS DE LA UAM, SE DESCRIBEN LOS ENDOSOS QUE DEBERÁN CONTENER LAS PÓLIZAS DE VIDA.
LAS PÓLIZAS SE DEBEN EXPEDIR POR LA SUMA ASEGURADA AL CIEN POR CIENTO SIN REQUISITOS MÉDICOS POR EDAD O SUMA ASEGURADA O LA MEZCLA DE AMBOS.
EN LAS EDADES DE ACEPTACIÓN Y DE CANCELACIÓN PARA LA COBERTURA POR FALLECIMIENTO NO EXISTE LIMITANTE.
NO SE ACEPTARÁ NINGUNA MODIFICACIÓN A LAS CONDICIONES INCLUIDAS EN ESTAS BASES, POR LO QUE DEBERÁN RESPETARSE.
TAMPOCO SE ACEPTARÁN CONDICIONES ADICIONALES A LAS ESTABLECIDAS, AUNQUE SEAN OFRECIDAS SIN COSTO. LAS ASEGURADORAS LICITANTES DEBERÁN APEGARSE AL CONTENIDO DE ESTAS BASES.
ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO.
LA UAM SERÁ LA RESPONSABLE DE DAR SEGUIMIENTO A LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES BASES Y EN SU CASO DE TERMINAR ANTICIPADAMENTE LOS SERVICIOS POR INCUMPLIMIENTO.
LA ADMINISTRACIÓN DE ESTA PÓLIZA SERÁ CENTRALIZADA EN LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
LA UAM ADMINISTRARÁ LOS CONSENTIMIENTOS Y/O DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS; EN CASO DE SINIESTRO LA UAM ENTREGARÁ A LA ASEGURADORA EL CONSENTIMIENTO DE VIDA QUE SE ENCUENTRE VÁLIDO EN EL EXPEDIENTE DEL EMPLEADO, ACEPTANDO EN TODO MOMENTO EL CONSENTIMIENTO EXISTENTE EN EL EXPEDIENTE DEL EMPLEADO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SEA DE OTRA COMPAÑÍA ASEGURADORA.
EN CASO DE NO SER PROCEDENTE UN SINIESTRO, LA ASEGURADORA DEBERÁ NOTIFICAR EL RESULTADO NEGATIVO DEL DICTAMEN DE SINIESTROS DURANTE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA ENTREGA TOTAL DE LA DOCUMENTACIÓN QUE AMPARE LA RECLAMACIÓN.
ENTREGABLES.
LA ASEGURADORA ENTREGARÁ LAS PÓLIZAS SOLICITADAS POR LA UAM A MÁS TARDAR A LOS 10 DÍAS HÁBILES DE QUE SE LES HAYA PROPORCIONADO LA INFORMACIÓN COMPLETA PARA EMITIR LAS PÓLIZAS.
LAS PÓLIZAS CONTENDRÁN:
1 |
CARÁTULA DE LA PÓLIZA |
2 |
CONDICIONES GENERALES |
3 |
ENDOSOS |
4 |
EL PRESENTE ANEXO COMO CONDICIONES PARTICULARES PARA LA UAM |
5 |
RECIBOS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA FORMA DE PAGO |
6 |
RELACIÓN DE ASEGURADOS CON LA QUE SE OBTUVO LA PRIMA A PAGAR |
AL FINAL DE CADA TRIMESTRE, DURANTE LOS 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES, LA ASEGURADORA ENTREGARÁ A LA UAM UN REPORTE DE LA SINIESTRALIDAD, CON LOS SIGUIENTES DATOS:
1 |
NOMBRE DEL ASEGURADO |
2 |
CAUSA DEL SINIESTRO |
3 |
FECHA DE OCURRIDO |
4 |
FECHA DE PAGO |
5 |
MONTO PAGADO |
A) PÓLIZA SEGURO DE VIDA GRUPO
SUMA ASEGURADA $150,000.00 M.N. (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
QUEDA ENTENDIDO QUE LA COBERTURA DE MUERTE ACCIDENTAL Y DE MUERTE COLECTIVA SERÁ CONSIDERADA CON LA MISMA SUMA ASEGURADA.
ENDOSO DE LA COBERTURA DE MUERTE ACCIDENTAL.
ENDOSO QUE SE AGREGA Y FORMA PARTE DE LA PÓLIZA EMITIDA A NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM).
POR EL PRESENTE ENDOSO, HACE CONSTAR QUE EL BENEFICIO XX XXXXX INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCI DENTAL QUE SE ADICIONA A LA PÓLIZA ANTES CITADA, OPERARÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE BENEFICIO SE PRODUCE EN UN ACCIDENTE O A CONSECUENCIA DE ÉL, EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ CON SUJECIÓN A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE ENDOSO POR UNA SOLA VEZ, LA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A LA REGLA PARA DETERMINAR LA SUMA ASEG URADA DEL PROPIO ASEGURADO, AL MOMENTO DEL SINIESTRO. SE ENTIENDE POR MUERTE ACCIDENTAL, LA OCASIONADA POR LESIONES CORPORALES SUFRIDAS INVOLUNTARIAMENTE POR EL ASEGURADO, POR LA ACCIÓN SÚBITA, FORTUITA Y VIOLENTA DE UNA FUERZA EXTERNA, SIEMPRE QUE EL FALLECIMIENTO SOBREVENGA DENTRO DE LOS 180 DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL MISMO EN QUE SUFRIÓ LAS LESIONES. ESTA COBERTURA NO TIENE RESTRICCIÓN ALGUNA POR LÍMITE DE EDAD ALCANZADA.
QUEDA EXPRESAMENTE EXCLUIDA DE ESTA COBERTURA LA MUERTE OCURRIDA:
A CONSECUENCIA DE LESIONES SUFRIDAS EN CUALQUIER CLASE DE SERVICIO MILITAR, ACTOS XX XXXXXX, INSURRECCIÓN, REBELIÓN, REVOLUCIÓN O SIMILARES, EN LA COMISIÓN DE ACTOS DELICTUOSOS O EN RIÑAS EN QUE PARTICIPE DIRECTAMENTE EL ASEGURADO.
POR SUICIDIO
EN LOS RIESGOS DE AVIACIÓN ESTE BENEFICIO AMPARA ÚNICAMENTE AL ASEGURADO, EN EL CASO DE QUE EL ACCIDENTE OCURRA EN UNA LÍNEA AUTORIZADA, DE UNA COMPAÑÍA AUTORIZADA Y EN UN MEDIO DE TRANSPORTE AUTORIZADO.
AL TRAMITARSE ALGUNA RECLAMACIÓN RELATIVA A ESTA COBERTURA, LA ASEGURADORA TENDRÁ EL DERECHO QUE EJERCERÁ, SI LO ESTIMA NECESARIO, DE SOLICITAR DE LA AUTORIDAD COMPETENTE LA PRÁCTICA DE NECROPSIA.
A LA SOLICITUD DE PAGO DE SUMA ASEGURADA DEL PRESENTE BENEFICIO SE DEBERÁ ACOMPAÑAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA PÓLIZA DE QUE ESTE ENDOSO FORMA PARTE, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL INCLUYENDO RELACIÓN DE HECHOS, INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL, DECLARACIÓN DE TESTIGOS PRESENCIALES, PARTE DE ACCIDENTE Y CERTIFICADO DE AUTOPSIA I NECROPSIA.
ESTE BENEFICIO ADICIONAL SE CONCEDE MEDIANTE EL PAGO DE UNA PRIMA QUE ESTÁ INCLUIDA EN EL IMPORTE TOTAL QUE POR ESTA PÓLIZA SE DEBE PAGAR. ESA PRIMA PUEDE CANCELARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA UAM PRESENTE SOLICITUD POR ESCRITO, INDICANDO QUE SE ANULE EL PRESENTE BENEFICIO ADICIONAL ACOMPAÑANDO LA PÓLIZA PARA SU ANOTACIÓN.
ENDOSO DE LA COBERTURA DE MUERTE COLECTIVA
ENDOSO QUE SE AGREGA Y FORMA PARTE DE LA PÓLIZA EMITIDA A NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM).
POR EL PRESENTE ENDOSO, SE HACE CONSTAR QUE EL BENEFICIO DE TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE COLECTIVA QUE SE ADICIONA A LA PÓLIZA ANTES CITADA, OPERARÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, LOS MIEMBROS DEL GRUPO ASEGURABLE, GOZARÁN DEL BENEFICIO ADICIONAL DE TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA, CONFORME A LAS SIGUIENTES BASES:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE BENEFICIO SE PRODUCE EN UN ACCIDENTE O A CONSECUENCIA DE ÉL, EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ CON SUJECIÓN A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE ENDOSO Y POR UNA SOLA VEZ, LA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A LA REGLA PARA DETERMINA R LA SUMA ASEG URADA DEL PROPIO ASEGURADO.
AL MOMENTO DEL SINIESTRO. SE ENTIENDE POR MUERTE COLECTIVA CUANDO:
VIAJANDO COMO PASAJERO EN CUALQUIER VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO QUE NO SEA AÉREO NI MARÍTIMO Y DICHO VEHÍCULO SEA IMPULSADO MOTORIZADO MECÁNICAMENTE Y OPERADO POR UNA EMPRESA AUTORIZADA DE TRANSPORTES PÚBLICOS SOBRE UNA RUTA ESTABLECIDA NORMALMENTE PARA SERVICIOS DE PASAJEROS Y SUJETA A ITINERARIO REGULAR.
SI SE ENCUENTRA EN UN ASCENSOR QUE OPERE PARA SERVICIO PÚBLICO DE PERSONAS, SIEMPRE QUE NO LABORE COMO ELEVADORISTA Y CON EXCLUSIÓN DE ASCENSORES DE CARGA, MINAS, POZOS PETROLEROS, PLATAFORMA MARINA, CONSTRUCCIÓN, GRUTAS O SIMILARES.
C) A CAUSA DE INCENDIO O CONATO EN CUALQUIER TEATRO, HOTEL U OTRO EDIFICIO ABIERTO AL PÚBLICO EN EL CUAL EL ASEGURADO SE ENCUENTRE AL INICIARSE EL INCENDIO.
ESTA COBERTURA NO TIENE RESTRICCIÓN ALGUNA POR LÍMITE DE EDAD ALCANZADA.
QUEDA EXPRESAMENTE EXCLUIDA DE ESTA COBERTURA LA MUERTE COLECTIVA OCURRIDA POR:
A. INFECCIONES, CON EXCEPCIÓN DE LAS CAUSADAS POR LESIONES ACCIDENTALES.
B. TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO, SALVO CUANDO SEA MOTIVO POR LESIONES ACCIDENTALES.
C. LESIONES SUFRIDAS EN SERVICIO MILITAR DE CUALQUIER CLASE, EN ACTOS XX XXXXXX O REBELIÓN, ALBOROTOS POPULARES O INSURRECCIONES.
LESIONES RECIBIDAS AL PARTICIPAR EL ASEGURADO EN UNA RIÑA, SIEMPRE Y CUANDO EL ASEGURADO SEA EL PROVOCADOR.
ACCIDENTES QUE OCURRAN MIENTRAS EL ASEGURADO SE ENCUENTRA ABORDO DE UNA NAVE PARTICULAR, YA SEA AÉREA O MARÍTIMA, EXCEPTO CUANDO VIAJE COMO PASAJERO DE UN VEHÍCULO PÚBLICO, DE COMPAÑÍA COMERCIAL, DEBIDAMENTE AUTORIZADA EN VIAJE DE ITINERARIO REGULAR ENTRE AEROPUERTOS O PUERTOS ESTABLECIDOS.
ACCIDENTES QUE OCURRAN CUANDO EL ASEGURADO PARTICIPE COMO CONDUCTOR O COPILOTO DURANTE LA CELEBRACIÓN DE PRUEBAS O CONTIENDAS DE VELOCIDAD, RESISTENCIA O SEGURIDAD EN VEHÍCULOS DE CUALQUIER TIPO.
ACCIDENTES QUE OCURRAN MIENTRAS EL ASEGURADO SE ENCUENTRE REALIZANDO ACTIVIDADES DE PARACAIDISMO, BUCEO, ALPINISMO, MONTAÑISMO, BOXEO, CUALQUIER TIPO DE LUCHA , CHARRERÍA , ESQUÍ, TAUROMAQUIA, CAZA, CUALQUIER DEPORTE AÉREO, ARTES MARCIALES, ESPELEOLOGÍA, EQUITACIÓN Y RAPEL, SALVO CUANDO SE PRACTIQUEN EN FORMA OCASIONAL SIN QUE POR ESTO SE CONSIDERE UNA AFICIÓN.
INHALACIÓN DE GASES O HUMO, EXCEPTO SI SE DEMUESTRA QUE FUE ACCIDENTAL.
PADECIMIENTOS MENTALES O CORPORALES.
ABORTOS, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA, EXCEPTO ACCIDENTAL.
HERNIAS O EVENTRACIONES, EXCEPTO SI SE DEMUESTRA QUE FUE ACCIDENTAL.
RADIACIONES ATÓMICAS, NUCLEARES Y DERIVADAS DE ESTAS.
LESIONES SUFRIDAS POR CULPA GRAVE DEL ASEGURA DO CUANDO SE ENCUENTRE BAJO LOS EFECTOS DE ALGUNA DROGA, ENERVANTE, ESTIMULANTES O SIMILARES, EXCEPTO LAS PRESCRITAS POR UN MÉDICO.
ENVENENAMIENTO CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA, SALVO QUE SE TRATE DE UN ACCIDENTE.
ACCIDENTE QUE OCURRA POR CULPA GRAVE DEL ASEGURADO, TENIENDO ESTE UNA CANTIDAD DE ALCOHOL EN LA SANGRE SUPERIOR A 0.8 GRAMOS POR LITRO O DE ALCOHOL EN AIRE EXPIRADO SUPERIOR A 0.4 MILIGRAMOS POR LITRO.
SUICIDIO, CUALQUIERA QUE SEA SU CAUSA.
LESIONES SUFRIDAS EN ACTOS DELICTIVOS DE CARÁCTER INTENCIONAL, COMETIDOS POR EL PROPIO ASEGURADO.
ACCIDENTES QUE OCURRAN POR LA PARTICIPACIÓN DE CUALQUIER FORMA DE NAVEGACIÓN SUBMARINA.
LAS LESIONES CORPORALES PROVOCADAS INTENCIONALMENTE POR EL ASEGURADO.
AL TRAMITARSE ALGUNA RECLAMACIÓN RELATIVA A ESTA COBERTURA, LA ASEGURADORA TENDRÁ EL DERECHO QUE EJERCERÁ, SI LO ESTIMA NECESARIO, DE SOLICITAR DE LA AUTORIDAD COMPETENTE LA PRÁCTICA DE NECROPSIA.
A LA SOLICITUD DE PAGO DE SUMA ASEGURADA DEL PRESENTE BENEFICIO SE DEBERÁ ACOMPAÑAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA PÓLIZA DE QUE ESTE ENDOSO FORMA PARTE, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO INCLUYENDO RELACIÓN DE HECHOS, INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL, DECLARACIÓN DE TESTIGOS PRESENCIALES, PARTE DE ACCIDENTE Y CERTIFICADO DE AUTOPSIA I NECROPSIA.
ESTE BENEFICIO ADICIONAL SE CONCEDE MEDIANTE EL PAGO DE UNA PRIMA QUE ESTÁ INCLUIDA EN EL IMPORTE TOTAL QUE POR ESTA PÓLIZA SE DEBE PAGAR. ESA PRIMA PUEDE CANCELARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA UAM PRESENTE SOLICITUD POR ESCRITO, INDICANDO QUE SE ANULE EL PRESENTE BENEFICIO ADICIONAL ACOMPAÑANDO LA PÓLIZA PARA SU ANOTACIÓN.
B) PÓLIZA SEGURO DE VIDA GRUPO COLECTIVO CAPITALIZABLE
SUMA ASEGURADA $75,000.00 M.N. (SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.)
QUEDA ENTENDIDO QUE LA COBERTURA DE MUERTE ACCIDENTAL Y DE MUERTE COLECTIVA SERÁ CONSIDERADA CON LA MISMA SUMA ASEGURADA.
ENDOSO DE LA COBERTURA DE MUERTE ACCIDENTAL.
ENDOSO QUE SE AGREGA Y FORMA PARTE DE LA PÓLIZA EMITIDA A NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM).
POR EL PRESENTE ENDOSO, HACE CONSTAR QUE EL BENEFICIO XX XXXXX INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCI DENTAL QUE SE ADICIONA A LA PÓLIZA ANTES CITADA, OPERARÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE BENEFICIO SE PRODUCE EN UN ACCIDENTE O A CONSECUENCIA DE ÉL, EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ CON SUJECIÓN A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE ENDOSO POR UNA SOLA VEZ, LA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A LA REGLA PARA DETERMINAR LA SUMA ASEG URADA DEL PROPIO ASEGURADO, AL MOMENTO DEL SINIESTRO. SE ENTIENDE POR MUERTE ACCIDENTAL, LA OCASIONADA POR LESIONES CORPORALES SUFRIDAS INVOLUNTARIAMENTE POR EL ASEGURADO, POR LA ACCIÓN SÚBITA, FORTUITA Y VIOLENTA DE UNA FUERZA EXTERNA, SIEMPRE QUE EL FALLECIMIENTO SOBREVENGA DENTRO DE LOS 180 DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL MISMO EN QUE SUFRIÓ LAS LESIONES. ESTA COBERTURA NO TIENE RESTRICCIÓN ALGUNA POR LÍMITE DE EDAD ALCANZADA.
QUEDA EXPRESAMENTE EXCLUIDA DE ESTA COBERTURA LA MUERTE OCURRIDA:
A CONSECUENCIA DE LESIONES SUFRIDAS EN CUALQUIER CLASE DE SERVICIO MILITAR, ACTOS XX XXXXXX, INSURRECCIÓN, REBELIÓN, REVOLUCIÓN O SIMILARES, EN LA COMISIÓN DE ACTOS DELICTUOSOS O EN RIÑAS EN QUE PARTICIPE DIRECTAMENTE EL ASEGURADO.
POR SUICIDIO
EN LOS RIESGOS DE AVIACIÓN ESTE BENEFICIO AMPARA ÚNICAMENTE AL ASEGURADO, EN EL CASO DE QUE EL ACCIDENTE OCURRA EN UNA LÍNEA AUTORIZADA, DE UNA COMPAÑÍA AUTORIZADA Y EN UN MEDIO DE TRANSPORTE AUTORIZADO.
AL TRAMITARSE ALGUNA RECLAMACIÓN RELATIVA A ESTA COBERTURA, LA ASEGURADORA TENDRÁ EL DERECHO QUE EJERCERÁ, SI LO ESTIMA NECESARIO, DE SOLICITAR DE LA AUTORIDAD COMPETENTE LA PRÁCTICA DE NECROPSIA.
A LA SOLICITUD DE PAGO DE SUMA ASEGURADA DEL PRESENTE BENEFICIO SE DEBERÁ ACOMPAÑAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA PÓLIZA DE QUE ESTE ENDOSO FORMA PARTE, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL INCLUYENDO RELACIÓN DE HECHOS, INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL, DECLARACIÓN DE TESTIGOS PRESENCIALES, PARTE DE ACCIDENTE Y CERTIFICADO DE AUTOPSIA I NECROPSIA.
ESTE BENEFICIO ADICIONAL SE CONCEDE MEDIANTE EL PAGO DE UNA PRIMA QUE ESTÁ INCLUIDA EN EL IMPORTE TOTAL QUE POR ESTA PÓLIZA SE DEBE PAGAR. ESA PRIMA PUEDE CANCELARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA UAM PRESENTE SOLICITUD POR ESCRITO, INDICANDO QUE SE ANULE EL PRESENTE BENEFICIO ADICIONAL ACOMPAÑANDO LA PÓLIZA PARA SU ANOTACIÓN.
ENDOSO DE LA COBERTURA DE MUERTE COLECTIVA
ENDOSO QUE SE AGREGA Y FORMA PARTE DE LA PÓLIZA EMITIDA A NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA (UAM).
POR EL PRESENTE ENDOSO, SE HACE CONSTAR QUE EL BENEFICIO DE TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE COLECTIVA QUE SE ADICIONA A LA PÓLIZA ANTES CITADA, OPERARÁ DE LA SIGUIENTE FORMA:
DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, LOS MIEMBROS DEL GRUPO ASEGURABLE, GOZARÁN DEL BENEFICIO ADICIONAL DE TRIPLE INDEMNIZACIÓN POR MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA, CONFORME A LAS SIGUIENTES BASES:
SI DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE BENEFICIO SE PRODUCE EN UN ACCIDENTE O A CONSECUENCIA DE ÉL, EL FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO, LA ASEGURADORA PAGARÁ CON SUJECIÓN A LO ESTIPULADO EN EL PRESENTE ENDOSO Y POR UNA SOLA VEZ, LA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A LA REGLA PARA DETERMINA R LA SUMA ASEG URADA DEL PROPIO ASEGURADO.
AL MOMENTO DEL SINIESTRO. SE ENTIENDE POR MUERTE COLECTIVA CUANDO:
VIAJANDO COMO PASAJERO EN CUALQUIER VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO QUE NO SEA AÉREO NI MARÍTIMO Y DICHO VEHÍCULO SEA IMPULSADO MOTORIZADO MECÁNICAMENTE Y OPERADO POR UNA EMPRESA AUTORIZADA DE TRANSPORTES PÚBLICOS SOBRE UNA RUTA ESTABLECIDA NORMALMENTE PARA SERVICIOS DE PASAJEROS Y SUJETA A ITINERARIO REGULAR.
SI SE ENCUENTRA EN UN ASCENSOR QUE OPERE PARA SERVICIO PÚBLICO DE PERSONAS, SIEMPRE QUE NO LABORE COMO ELEVADORISTA Y CON EXCLUSIÓN DE ASCENSORES DE CARGA, MINAS, POZOS PETROLEROS, PLATAFORMA MARINA, CONSTRUCCIÓN, GRUTAS O SIMILARES.
C) A CAUSA DE INCENDIO O CONATO EN CUALQUIER TEATRO, HOTEL U OTRO EDIFICIO ABIERTO AL PÚBLICO EN EL CUAL EL ASEGURADO SE ENCUENTRE AL INICIARSE EL INCENDIO.
ESTA COBERTURA NO TIENE RESTRICCIÓN ALGUNA POR LÍMITE DE EDAD ALCANZADA.
QUEDA EXPRESAMENTE EXCLUIDA DE ESTA COBERTURA LA MUERTE COLECTIVA OCURRIDA POR:
A. INFECCIONES, CON EXCEPCIÓN DE LAS CAUSADAS POR LESIONES ACCIDENTALES.
B. TRATAMIENTO MÉDICO O QUIRÚRGICO, SALVO CUANDO SEA MOTIVO POR LESIONES ACCIDENTALES.
C. LESIONES SUFRIDAS EN SERVICIO MILITAR DE CUALQUIER CLASE, EN ACTOS XX XXXXXX O REBELIÓN, ALBOROTOS POPULARES O INSURRECCIONES.
LESIONES RECIBIDAS AL PARTICIPAR EL ASEGURADO EN UNA RIÑA, SIEMPRE Y CUANDO EL ASEGURADO SEA EL PROVOCADOR.
ACCIDENTES QUE OCURRAN MIENTRAS EL ASEGURADO SE ENCUENTRA ABORDO DE UNA NAVE PARTICULAR, YA SEA AÉREA O MARÍTIMA, EXCEPTO CUANDO VIAJE COMO PASAJERO DE UN VEHÍCULO PÚBLICO, DE COMPAÑÍA COMERCIAL, DEBIDAMENTE AUTORIZADA EN VIAJE DE ITINERARIO REGULAR ENTRE AEROPUERTOS O PUERTOS ESTABLECIDOS.
ACCIDENTES QUE OCURRAN CUANDO EL ASEGURADO PARTICIPE COMO CONDUCTOR O COPILOTO DURANTE LA CELEBRACIÓN DE PRUEBAS O CONTIENDAS DE VELOCIDAD, RESISTENCIA O SEGURIDAD EN VEHÍCULOS DE CUALQUIER TIPO.
ACCIDENTES QUE OCURRAN MIENTRAS EL ASEGURADO SE ENCUENTRE REALIZANDO ACTIVIDADES DE PARACAIDISMO, BUCEO, ALPINISMO, MONTAÑISMO, BOXEO, CUALQUIER TIPO DE LUCHA , CHARRERÍA , ESQUÍ, TAUROMAQUIA, CAZA, CUALQUIER DEPORTE AÉREO, ARTES MARCIALES, ESPELEOLOGÍA, EQUITACIÓN Y RAPEL, SALVO CUANDO SE PRACTIQUEN EN FORMA OCASIONAL SIN QUE POR ESTO SE CONSIDERE UNA AFICIÓN.
INHALACIÓN DE GASES O HUMO, EXCEPTO SI SE DEMUESTRA QUE FUE ACCIDENTAL.
PADECIMIENTOS MENTALES O CORPORALES.
ABORTOS, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA, EXCEPTO ACCIDENTAL.
HERNIAS O EVENTRACIONES, EXCEPTO SI SE DEMUESTRA QUE FUE ACCIDENTAL.
RADIACIONES ATÓMICAS, NUCLEARES Y DERIVADAS DE ESTAS.
LESIONES SUFRIDAS POR CULPA GRAVE DEL ASEGURADO CUANDO SE ENCUENTRE BAJO LOS EFECTOS DE ALGUNA DROGA, ENERVANTE, ESTIMULANTES O SIMILARES, EXCEPTO LAS PRESCRITAS POR UN MÉDICO.
ENVENENAMIENTO CUALQUIERA QUE SEA SU NATURALEZA, SALVO QUE SE TRATE DE UN ACCIDENTE.
ACCIDENTE QUE OCURRA POR CULPA GRAVE DEL ASEGURADO, TENIENDO ESTE UNA CANTIDAD DE ALCOHOL EN LA SANGRE SUPERIOR A 0.8 GRAMOS POR LITRO O DE ALCOHOL EN AIRE EXPIRADO SUPERIOR A 0.4 MILIGRAMOS POR LITRO.
SUICIDIO, CUALQUIERA QUE SEA SU CAUSA.
LESIONES SUFRIDAS EN ACTOS DELICTIVOS DE CARÁCTER INTENCIONAL, COMETIDOS POR EL PROPIO ASEGURADO.
ACCIDENTES QUE OCURRAN POR LA PARTICIPACIÓN DE CUALQUIER FORMA DE NAVEGACIÓN SUBMARINA.
LAS LESIONES CORPORALES PROVOCADAS INTENCIONALMENTE POR EL ASEGURADO.
AL TRAMITARSE ALGUNA RECLAMACIÓN RELATIVA A ESTA COBERTURA, LA ASEGURADORA TENDRÁ EL DERECHO QUE EJERCERÁ, SI LO ESTIMA NECESARIO, DE SOLICITAR DE LA AUTORIDAD COMPETENTE LA PRÁCTICA DE NECROPSIA.
A LA SOLICITUD DE PAGO DE SUMA ASEGURADA DEL PRESENTE BENEFICIO SE DEBERÁ ACOMPAÑAR, ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA PÓLIZA DE QUE ESTE ENDOSO FORMA PARTE, COPIA CERTIFICADA DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO INCLUYENDO RELACIÓN DE HECHOS, INFORME DE LA POLICÍA JUDICIAL, DECLARACIÓN DE TESTIGOS PRESENCIALES, PARTE DE ACCIDENTE Y CERTIFICADO DE AUTOPSIA I NECROPSIA.
ESTE BENEFICIO ADICIONAL SE CONCEDE MEDIANTE EL PAGO DE UNA PRIMA QUE ESTÁ INCLUIDA EN EL IMPORTE TOTAL QUE POR ESTA PÓLIZA SE DEBE PAGAR. ESA PRIMA PUEDE CANCELARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LA UAM PRESENTE SOLICITUD POR ESCRITO, INDICANDO QUE SE ANULE EL PRESENTE BENEFICIO ADICIONAL ACOMPAÑANDO LA PÓLIZA PARA SU ANOTACIÓN.