CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE PROGRAMA DE COMPUTO
CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE PROGRAMA DE COMPUTO
ANTES DE ABRIR EL PAQUETE QUE ALMACENA EL PROGRAMA DE COMPUTO LEA CUIDADOSAMENTE EL TEXTO DEL PRESENTE CONTRATO
Por el hecho de abrir este paquete que contiene los discos que almacenan el programa de cómputo que ha adquirido usted exteriorizará su voluntad en quedar obligado en los términos y condiciones del presente contrato de licencia de uso. Si usted no desea celebrar este convenio dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que hubiese adquirido el presente PROGRAMA, regrese a su DISTRIBUIDOR este paquete (sin alteraciones o enmendaduras) incluido en el, los discos que contienen el programa de cómputo y todos sus componentes, tal como instructivos, guías, folletos y en su caso actualizaciones si existieren, exhibiendo su recibo de pago, con lo cual recibirá del DISTRIBUIDOR el reembolso del precio que hubiese pagado, dentro del plazo que este le establezca, en caso contrario quedará obligado en los términos y condiciones de este contrato. Al adquirir este producto la relación comercial se entiende realizada entre usted y el DISTRIBUIDOR, y en consecuencia en ningún caso se entenderá que el reembolso de la cantidad que como pago hubiese usted efectuado para adquirir el programa, lo realizará el fabricante “Microsistemas San Xxxx
S.A. de C.V.” por lo que para todos los efectos legales a que haya lugar, se libera a este último de toda responsabilidad al respecto.
CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE PROGRAMA DE COMPUTO
Que se celebra entre el PROVEEDOR y el CLIENTE respecto al PROGRAMA.
DECLARACIONES
UNICA.- Para efectos del presente se entenderá por:
I.- “PROGRAMA” al programa de computo escrito en lenguaje o código objeto, que se encuentra grabado en los soportes magnéticos de información digitalizada (discos compactos) ubicados dentro del paquete, instructivo o guía de instalación del producto, la actualización del mismo, y en su caso el material impreso, todo lo que se incluye en el empaque (caja) del producto.
II.- “PROVEEDOR” la empresa “Microsistemas San Xxxx SA de CV”.
III.- “DISTRIBUIDOR” a la persona física o moral que de manera profesional e independiente promociona, ofrece y vende el “PROGRAMA” .
IV.- “CLIENTE” el usuario de este programa.
V.- “COTIZACION AUTORIZADA” el documento que contiene los datos fundamentales de la operación comercial como: descripción del producto, precio, numero de licencias, servicios adicionales, firma de aprobación del cliente, compromisos, etc.
VI.- “USUARIO” la(s) persona(s) que por autorización y bajo responsabilidad del CLIENTE usan el PROGRAMA.
Conformes con lo anterior las partes de común acuerdo sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- Objeto del Contrato Por virtud de este contrato, el PROVEEDOR, le otorga al CLIENTE una copia del PROGRAMA y tantas licencias de uso que indique la COTIZACION AUTORIZADA en favor precisamente de EL CLIENTE.
SEGUNDA.- Precio. Los contratantes lo convienen y se establece que el precio total de la licencia y el PROGRAMA es el establecido en la
COTIZACION AUTORIZADA mismo que debidamente autorizado y firmado por el CLIENTE forma parte integrante del presente contrato.
TERCERA.- Entrega del Programa. Al adquirir el programa EL PROVEEDOR le entrega al CLIENTE una copia del “PROGRAMA” en lenguaje o código objeto, que se encuentra grabado en los soportes magnéticos de información digitalizada (discos compactos) ubicados adentro del paquete, instructivo o guía de instalación del producto, la actualización del programa, y cuando aplique material impreso, los que se incluyen en el empaque (caja) del producto. En ningún caso EL PROVEEDOR está obligado a proporcionar al CLIENTE versiones del programa en código fuente.
CUARTA.- Otorgamiento de Licencia. Por virtud del presente contrato EL PROVEEDOR otorga a favor del CLIENTE una licencia de uso, no exclusiva e intransferible del PROGRAMA, la cual puede incluir documentación para su uso, ya sea en forma impreso o en forma electrónica, como parte del mismo PROGRAMA. La presente licencia es limitada y queda circunscrita exclusivamente para uso personal del CLIENTE, por lo que el programa solo podrá instalarse y utilizarse en una sola unidad de procesamiento de datos (computadora personal o dispositivo móvil) en su carácter de CLIENTE final, salvo que la versión del PROGRAMA sea para red, en cuyo caso, se especificará de esta manera en la COTIZACION AUTORIZADA, indicándose el número de terminales de trabajo, en las que podrá éste ser instalado y utilizado, extendiéndose el contenido obligacional del presente contrato a todo el USUARIO del PROGRAMA.
QUINTA.- Inicio de Vigencia. El presente contrato entrará en vigor en el momento que el USUARIO hubiese roto o violado el sello de protección de este paquete o cuando haya instalado el PROGRAMA en su computadora. Una vez abierto este paquete el CLIENTE deberá registrar este PROGRAMA vía Internet, a la dirección electrónica del PROVEEDOR que aparece al final de este instrumento. Esta licencia permanecerá vigente hasta en tanto no sea revocada, por causa de rescisión del presente contrato.
SEXTA.- Instalación. El CLIENTE instalará directamente el PROGRAMA de acuerdo al instructivo o guía de instalación que se adjunta al producto y se asegurará de establecer los procedimientos y métodos de control para la adecuada utilización del PROGRAMA, así como de realizar su respaldo conforme lo establecido en el último párrafo de la Cláusula DECIMA. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del CLIENTE la instalación, mantenimiento y adaptación del PROGRAMA con objeto de satisfacer sus necesidades particulares. El CLIENTE acepta en todo momento que el PROGRAMA sirve únicamente como herramienta de trabajo que permite hacer cálculos ajustados a las disposiciones legales vigentes, debiendo el CLIENTE validar en todo momento la información por él o su personal suministrada al ordenador y/o dispositivo electrónico (fijo o portátil) y/o programa, teniendo también la obligación de verificar cualquier resultado obtenido del PROGRAMA, cuando haya de aplicarlos a cualquier trabajo. El CLIENTE podrá modificar las fórmulas contenidas en el programa, para la realización de los cálculos previstos en el mismo, cuando a su criterio, la aplicación de la xxxxx xxxx ser otra, en cuyo caso, la responsabilidad del resultado obtenido y el cumplimiento de las normas legales, será su exclusiva responsabilidad.
QUINTA.- Prohibiciones al Usuario. Queda estrictamente prohibido al usuario:
a) Modificar el título o denominación del PROGRAMA, mismo que constituye una marca registrada propiedad industrial de el PROVEEDOR.
b) Remover o alterar las leyendas sobre la titularidad de los derechos de autor del PROGRAMA, incluyendo el material electrónico, los de la documentación impresa o electrónica, tales como instructivos, guías, folletos, información adjunta y actualizaciones si las existieran.
c) Sublicenciar, enajenar, otorgar el uso o goce por cualquier título sea de manera gratuita u onerosa, o en cualquier otra forma transmitir el programa o cualquier otro derecho del mismo a terceros, incluyendo a otras personas físicas x xxxxxxx, de los que el USUARIO tenga una relación directa o indirecta con los mismos, por razón de su negocio, empleo, representación, asesoría, consultoría, presentación de servicios o cualquier arreglo asociativo.
d) Duplicar, grabar o reproducir permanentemente o provisionalmente en todo o en parte por cualquier medio o forma el PROGRAMA, sus actualizaciones, las bases de datos, el material electrónico, información adjunta y la disposición gráfica de las pantallas, por las que se presenta visualmente el PROGRAMA.
e) Duplicar, grabar o reproducir permanentemente o provisionalmente en todo o en parte por cualquier medio o forma el material electrónico, el material impreso, tales como instructivos, guías folletos e información adjunta incluidas en este paquete.
f) Realizar cualquier tipo de traducción, adaptación, arreglo, compendio, crestomatía, transportación, reordenación, mejora, o transformación total o parcial que implique una modificación, cambio o alteración a la forma o contenido del programa, sus actualizaciones, las bases de datos, el material electrónico, el material impreso, tales como instructivos, guías, folletos e información adjunta y la disposición gráfica de las pantallas por las que se presenta visualmente el PROGRAMA incluyendo la reproducción de cualquier programa resultante.
g) Cualquier forma de distribución del programa, las bases de datos, el material electrónico, material impreso antes aludido, información adjunta, incluyendo su alquiler.
h) Realizar por cualquier medio o forma, cualquier clase de edición, publicación, reproducción, divulgación, ejecución, representación, exhibición, utilización, o comunicación pública del PROGRAMA, por cualquier medio o procedimiento que lo difunda, así como las bases de datos, del material electrónico, del material impreso ya aludido, información adjunta o la disposición gráfica de las pantallas por las que se presenta visualmente el PROGRAMA, así como su acceso al público por cualquier medio de comunicación, del PROGRAMA y demás elementos antes citados, así como de cualquier resultado de las operaciones mencionadas en el inciso f) sin previa autorización por escrito de MICROSISTEMAS
i) Descompilar, desmembrar, desensamblar el PROGRAMA sea el código fuente u objeto, o realizar cualquier proceso para revertir la ingeniería del PROGRAMA.
j) Instalar el programa en más de una unidad de procesamiento de datos (computadora o dispositivo electrónico personal fijo o portátil) salvo que la versión del programa sea para red, en cuyo caso se especificará de esta manera, indicándose el número de terminales de trabajo en las que podrá este ser instalado y utilizado.
k) Solicitar exclusividad para el uso del PROGRAMA.
OCTAVA.- Obligaciones para el CLIENTE. Son obligaciones del CLIENTE:
1. Instalar el programa.
2. Pagar el precio pactado como prestación del PROGRAMA
indicado en la COTIZACION AUTORIZADA.
3. Usar el PROGRAMA para los fines creados y aquí pactados.
4. A que en caso de necesitar reinstalar el sistema, deberá solicitar al PROVEEDOR, una clave de activación vía internet, para continuar utilizando el programa.
5. A ingresar la clave de activación cada vez que le sea solicitada por el sistema.
6. A capturar la información en el programa y hacer respaldos.
7. A tener los requisitos mínimos tecnológicos antes de instalar el programa.
8. A instalar el PROGRAMA.
9. Responder en los casos en que el USUARIO del PROGRAMA que accesa por autorización de este ultimo o bien sin esta pero por conducto de las licencias otorgadas al CLIENTE viole en cualquier forma el presente contrato.
NOVENA.- Servicio y Mantenimiento del Programa. De conformidad con lo establecido en la Cláusula Quinta de este contrato, el USUARIO deberá registrar el PROGRAMA vía Internet en la dirección electrónica del PROVEEDOR que aparece al final de este instrumento, de acuerdo con la información o datos contenidos en el instructivo o guía rápida de instalación contenida en este producto. En caso de que el CLIENTE, solicite servicios de asesoría respecto al uso, operación o aplicaciones del PROGRAMA, deberá recurrir al DISTRIBUIDOR de quien lo hubiese adquirido o en su caso, si así lo deseara, podrá solicitar dichos servicios directamente con el PROVEEDOR, previo el pago de los honorarios correspondientes que en esos momentos tenga establecidos y bajo los lineamientos y políticas que éste determine, para lo cual también en forma previa el CLIENTE debió haber registrado el PROGRAMA en los términos antes indicados. De ninguna manera, a través de la celebración de este contrato, EL PROVEEDOR adquiere la obligación con el CLIENTE del mantenimiento del PROGRAMA, entendiéndose por tal la prestación de servicios de asesoría o la entrega de modificaciones o adecuaciones que impliquen una mejora al PROGRAMA de actualizaciones, nuevas versiones o modificaciones o adecuaciones al material electrónico, al material impreso ya aludido o información adjunta. El CLIENTE solo tendrá derecho a obtener actualizaciones, mejoras, nuevas versiones del PROGRAMA cuando haya registrado el producto y previo al pago de los cargos que para tales efectos EL PROVEEDOR tenga establecidos en ese entonces.
DECIMA.- Derechos de Propiedad intelectual. El CLIENTE reconoce como único titular de los derechos patrimoniales de autor del programa al PROVEEDOR mismo que se encuentra inscrito en el Registro Público de Derecho de Autor del Instituto Nacional de Derecho de Autor. Así mismo el USUARIO reconoce que la información contenida en el PROGRAMA es de carácter confidencial constituyendo un secreto industrial y por ende queda obligado a adoptar todas las medidas y precauciones de seguridad necesarias para impedir la divulgación, copiando, reproduciendo, venta o alquiler de dicha información incluyendo las bases de datos documentación y materiales impresos o electrónicos correspondientes. De igual forma el USUARIO reconoce al PROVEEDOR como único propietario y legitimo titular de los derechos de cualquier adaptación, arreglo, traducción, comprendido, crestomatía, transportación, reordenación de la información, mejora o transformación total o parcial del PROGRAMA que implique una modificación, adecuación, cambio o alteración a la forma o al contenido del mismo, incluyendo las actualizaciones o nuevas versiones que en el futuro de este se realicen, las bases de datos utilizadas en el mismo y la disposición gráfica de las pantallas por las que visualmente este se presenta, sus modificaciones así como la reproducción de cualquier programa resultante aun cuando cualquiera de estos, los hubiese realizado o desarrollado el USUARIO, quedando restringidos su divulgación, publicación, comunicación pública, reproducción, venta, alquiler, distribución, el acceso al público por cualquier medio de telecomunicación o cualquier forma de explotación sin previa autorización expresada y por escrito del PROVEEDOR. Sin embargo, el PROVEEDOR autoriza al CLIENTE para que pueda realizar una copia de respaldo del programa a la que destinara exclusivamente como resguardo, para sustituir la copia legítimamente adquirida, cuando en su caso no pueda utilizarse esta última por daño o perdida debiendo el CLIENTE transcribir en los medios magnéticos que almacena la copia del respaldo, las leyendas sobre Derechos de Autor, así como las etiquetas externas de los mismos, manteniendo dicha copia en su poder
y para su uso exclusivo. La misma autorización se otorgara para los Programas que trabajen en Red.
DECIMA PRIMERA.- Derechos de Propiedad industrial. La denominación y diseño del PROGRAMA que el CLIENTE adquiere constituye una marca registrada propiedad del PROVEEDOR también es propiedad industrial del PROVEEDOR, el diseño del empaque y la marca del producto; mismos que se encuentran registrados ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial considerándose los derechos vigentes. Cualquier trasgresión o violación del CLIENTE o USUARIO a estos derechos adquiridos por el PROVEEDOR, será responsable de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados sin perjuicio de que el PROVEEDOR ejercite las acciones administrativas o penales en contra del CLIENTE.
DECIMA SEGUNDA.- Transmisión de Derechos de la Licencia. Los derechos consignados de la presente Licencia de Uso conferidos al CLIENTE conforme al presente contrato NO PODRÁN ser cedidos, concesionados, sublicenciados, otorgados en uso o goce en cualquier forma transmitidos a terceros.
DECIMA TERCERA.- Rescisión y Revocación de la Licencia. EL PROVEEDOR tiene en todo tiempo, el derecho de rescindir el presente contrato y revocar la licencia amparada por el mismo, en caso de que el CLIENTE o el USUARIO incumplan con sus obligaciones que este instrumento les impone, sin necesidad de declaración judicial previa, sin perjuicio de la indemnización a cargo del CLIENTE a favor de EL PROVEEDOR, por los daños y perjuicios causados derivado de dicho incumplimiento, así como del ejercicio por parte de esta última de las acciones administrativas o penales en contra del CLIENTE o su(s) representante (s) legal (es) cuando el incumplimiento origine alguna infracción o delito. En caso de que se diera la rescisión del contrato, la presente licencia quedara automáticamente revocada y el CLIENTE deberá desinstalar o borrar de su unidad de procesamiento de datos ( ordenador o computadora personal o dispositivo electrónico – fijo o portátil) el PROGRAMA así como devolver directamente a l PROVEEDOR todos los medios magnéticos de información digitalizada en los que se contiene el PROGRAMA, el material impreso relacionado y la copia de respaldo autorizada del PROGRAMA que se encuentren en su posesión o bien proceder a su destrucción lo que deberá comprobar a el PROVEEDOR de lo contrario será responsable de los daños y perjuicios que sean causados.
DECIMA CUARTA.- Garantía limitada. EL PROVEEDOR garantiza que el programa original almacenado en los discos magnéticos y sus materiales impresos se encuentran libres de defectos en condiciones normales uso, operación y servicio. Esta garantía se otorga por un plazo de treinta días a partir de la adquisición del Programa y siempre y cuando el CLIENTE hubiese registrado el PROGRAMA en los términos que se establecen en la cláusula OCTAVA de este contrato. En ejercicio de esta garantía el CLIENTE deberá reportar vía telefónica o correo electrónico al PROVEEDOR al número 00-000-0000000 o la dirección xxxxxxx@xxx.xxx.xx cualquier error o defecto que tuviera el programa
el usuario deberá cubrir el precio vigente de la reactivación del programa a los costos que tenga y determine en ese momento el PROVEEDOR. En ningún caso el PROVEEDOR será responsable de daño o perjuicio alguno o perdida de cualesquier clase de información por causas que sean imputables directa o indirectamente al CLIENTE por el uso del programa. EL PROVEEDOR no garantiza en forma alguna que el programa funcione interrumpidamente o que corrija cualquier error originado por el mal uso, uso inadecuado o indebido del CLIENTE salvo que dicho(s) error (es) se derive (n) de la producción del programa. Tampoco garantiza la copia que como respaldo al programa hubiera realizado el CLIENTE de la misma forma la presente garantía no se aplica cuando el Programa haya sido alterado o duplicado aun cuando su aplicación sea para diseños específicos del CLIENTE por razones de equipo de computo que este posee a los programas de computo que utilice cuando san diferentes al cual diseñado el programa.
DECIMA QUINTA.- Legislación aplicable. El presente contrato se rige por lo dispuesto en sus cláusulas y en su defecto por las disposiciones aplicables del código civil y penal federal, el código de comercio, la ley federal de protección al consumidor, la ley federal de derechos de autor, la ley de la propiedad industrial, cualquier crédito, factura o arreglo verbal o que por escrito tenga el CLIENTE con el DISTRIBUIDOR o un tercero que se encuentre en oposición a lo aquí estipulado no producirá efecto alguno.
DECIMA SEXTA.- Jurisdicción. Para caso de controversia sobre la interpretación o incumplimiento del presente contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes ubicados en la ciudad de San Xxxx Río Colorado Sonora, renunciando al fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presente o futuros. El presente contrato y las cláusulas que anteceden constituyen un contrato de adhesión por lo que surte sus efectos en todos sus términos sin necesidad de firma entre las partes.
EL PROVEEDOR:
Microsistemas San Xxxx SA de CV
Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxx 00 Xxxxx X Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx
Xxx Xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx XX 00000 Xxxxxx
Teléfono: 00 (000) 000-0000
EL CLIENTE:
Nombre o Razón Social:
que una vez que sean comprobados por el PROVEEDOR, esta ultima
repare el programa y en su caso envíe las adecuaciones del mismo al CLIENTE sin costo alguno o en caso el CLIENTE deberá entregar al DISTRIBUIDOR el material o discos en que se contenga el programa original para que este a su vez lo envíe al PROVEEDOR y que una vez
comprobados los errores o defectos correspondientes reemplazara el programa al CLIENTE también sin costo alguno. Con excepción de lo
Representante Legal:
anterior el PROVEEDOR no otorga otra garantía ni en forma expresa ni
de forma táctica aun cuando las hubiese declarado el distribuidor. Cualquier servicio que el CLIENTE utilice a través del soporte electrónico remoto en el portal xxx.xxxx.xxx.xx se brindara previo el
pago de los servicios que ahí se indiquen y se encuentren vigentes. En caso de que el CLIENTE requiera una segunda activación del programa
Fecha:
deberá solicitarlo al PROVEEDOR a través del portal
xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxx, a partir de la tercera activación del programa