Contract
CONTRATO DE MATRÍCULA 2023 - Prestación de Servicios, capacitaciones, seminarios, cursos y diplomados de preparación educativa informal.
GRUPO EDUCATIVO UNIVÉRSATE es una institución de educación informal artículo 43 de la Ley 115 de 1994 Ley General de Educación.
Entre el GRUPO EDUCATIVO UNIVERSATE SAS con Nit.830.130.250-3, institución de carácter privado, registrada con matrícula 01320792 del 05 noviembre 2003 de la cámara de comercio, bajo la modalidad de educación informal de acuerdo a la ley general de educación 115 de 1994 articulo 43 quien para efectos de este contrato se llamara EL CONTRATISTA; y de otro lado, el ESTUDIANTE, o su REPRESENTANTE (en caso de ser aquel menor de edad), los cuales se identifican como se soporta en el consentimiento de los datos suministrados en la Matrícula y aceptación de términos y condiciones, establecen un contrato de servicios educativos, capacitaciones, seminarios, cursos y diplomados de preparación educativa informal. EL ESTUDIANTE se encuentra interesado en uno de los cursos ofrecidos por la ENTIDAD EDUCATIVA.
EL ESTUDIANTE es una persona con plena capacidad legal de goce y de ejercicio, o se encuentra representado en el presente contrato por su representante legal.
El REPRESENTANTE es la persona que actúa en nombre del estudiante cuando este es menor de edad y no tiene capacidad contractual. Quien para efectos del presente contrato se denominan el CONTRATANTE.
Teniendo en cuenta lo anterior, las partes, acuerdan celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Educativos, que se rige por las siguientes CLÁUSULAS:
CLÁUSULA PRIMERA- OBJETO PRINCIPAL: EL CONTRATISTA se obliga con EL CONTRATANTE a
prestar los servicios educativos, según la oferta educativa elegida por el EL CONTRATANTE, a través de la página web, y su correspondiente matrícula, XXXXXXXXXX.XX tanto en la modalidad presencial, como en las diferentes modalidades de preparación del curso, adquiridos por EL CONTRATISTA.
CLAUSULA SEGUNDA. . - ALCANCE. - los objetos contemplados en el presente contrato tendrá los siguientes alcances: los servicios educativos informales podrán ser prestados en diversos programas académicos por medio de estrategias y metodologías que permitan obtener los saberes y competencias necesarias, según el servicio educativo que elija EL CONTRATANTE en modalidad presencial, y plataformas virtuales.
Cursos preuniversitarios y pre saber y en las diferente oferta comercial de cursos que buscan: preparar al estudiante para desarrolle habilidades y competencias en busca de mejores condiciones al presentar las pruebas de admisión de distintas universidades como la Universidad Nacional, Universidad de Antioquia, Universidad del Cauca, Universidad xx Xxxxxxxxx, Universidad xxx Xxxxx, Universidad del Atlántico, Universidad xx Xxxxxxxxx; o para la presentación de la prueba Saber 11 y preparación para la Validación de bachillerato entre otros cursos. Acordes a la oferta comercial publica en la web y ofertada a través del asesor educativo.
En los servicios personalizados o grupales de Lectura rápida, orientación profesional, clases particulares, capacitación a docentes u otros servicios educativos de capitación, cursos, talleres y/o diplomados , El CONTRATISTA se compromete a desarrollar las actividades y metodologías de los planes de estudio respectivos u órdenes de servicio acordes con la oferta educativa en brindada, de manera personalizada en los tiempos programados y previamente comunicados, su incumpliendo descontara las horas contradas.
CLÁUSULA TERCERA: CLÁUSULAS INSTITUCIONALES Los servicios de educación prestados por EL CONTRATISTA son INTRANSFERIBLES.
3.1 Si una vez iniciado el curso o programa, EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE decide abandonar el mismo, El CONTRATISTA no estará obligado a llevar a cabo devolución de dinero parcial ni total, teniendo en cuenta por el contrario que este se deberá cancelar en su totalidad sea pago de contado o a crédito, independiente de culminar el curso por razones diferentes a Incapacidad médica o calamidad personal.
3.2 En caso de solicitud de aplazamiento, cambio de horario o curso, modalidad de presencial a virtual o lo contrario, después de haber iniciado clases, entrará a estudio únicamente solicitudes por las siguientes razones: Incapacidad médica certificada por eps mayor a 15 días o calamidad doméstica, deberán ser enviados por escrito con soportes a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
3.3 Para apertura de cursos está sujeto a que se logre el cupo mínimo de 10 estudiantes. En caso de no la inviabilidad e inicio de un curso la Institución se reserva el derecho de ofertar una nueva fecha de inicio, y horarios de inicio, para consolidar el curso u otra alternativa. De no aperturarse el curso, en esta segunda fecha. La institución procede a realizar el trámite de reembolso del dinero. Dicha solicitud se deberá tramitar a través del correo de xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx enviar información completa del estudiante matriculado soportes de pago y certificado bancario, termino máximo 15 días hábiles de respuesta.
3.4 Cuando el curso es financiado el acudiente responsable y estudiante en caso de incumplimiento de su compromiso financiero, este genera intereses xx xxxx, gastos por gestión de cobranza y reporte ante las centrales xx xxxxx. El Compromiso adquirido es independiente del programa y esta debe de ser cancelado en su totalidad independiente, de la asistencia del estudiante, retiro voluntario, aplazamiento u observaciones generales presentadas previamente al dpto. académico del curso, que no satisface las expectativas del cliente.
3.5 EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE - CONTRATANTE- autoriza al contratista a consultar o reportar a las Centrales Riesgo (DataCrédito, SIFIN, etc.) sobre sus obligaciones crediticias y declaran que la información aquí declarada es veraz y actualizada. Este contrato hace parte integral, junto con el pagaré y carta de instrucciones ACEPTADO EN LA MATRICULA, en la modalidad de pago a crédito a financiación del respetivo curso matriculado.
3.6 El retardo por parte de EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE, en el pago de una de las cuotas pactadas en el sistema de crédito, dará lugar a que EL CONTRATISTA, lleve a cabo el cobro de
intereses moratorios a la tasa máxima legal vigente directamente o a través de una agencia de recudo externo e iniciar la exigibilidad de la obligación crediticia aceptada en la matrícula.
3.7 Siendo EL CONTRATISTA una sociedad de derecho privado, no es responsable de las decisiones administrativas y académicas tomadas por las Universidades y el Estado respecto a la fecha de pago, inscripciones, cambio de pensum, cambio en fechas de exámenes de admisión, apertura y cierre de programas; sistema de admisión, así como de los cambios en la estructura de pruebas determinadas por el ICFES, Universidad Nacional, Universidad, de Antioquia y otra Universidades públicas, razón por la cual, es responsabilidad de EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE, el verificar las fechas de inscripciones, proceso de inscripción, compra de pines y demás información necesaria para el proceso de admisión.
Si eres padre, madre, tutor o representante de un usuario menor de 18 años, cuando permites que tu hijo utilice el servicio, quedas sujeto a las condiciones de este acuerdo y eres responsable de la actividad de tu hijo en el servicio. Puedes encontrar herramientas y recursos que te ayudarán a adoptar hábitos digitales saludables y a través de xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xx- 419/familylink/
CLAUSULA CUARTA -DE RETRACTO.- Si EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE, dentro de las (24) horas
siguientes a la matricula y aceptación del respectivo contrato de prestación de servicios, se retracta del servicio educativo a prestar por EL CONTRATISTA, este último llevará a cabo el reembolso total a la fecha de los dineros pagados por EL ESTUDIANTE o REPRESENTANTE; realizar solicitud a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx en cada caso se validará internamente en respuesta hasta en 15 días hábiles, desde la fecha en que se radique al solicitud.
CLAUSULA QUINTA- GARANTIA DE RESULTADOS- se devolverá 100% del curso matriculado , una vez finalice el curso con una asistencia en 90% del curso, con un promedio de 7.5 DE LOS CADA UNA DE LAS MATERIAS EVALUADAS EN LAS PRUEBAS INTERMEDIA Y FINAL DEL CURSO, se revisará y
aprobará, en un plazo no superior a 15 días hábiles una vez se de la PUBLICACION DE LOS RESULTADOS del examen de presentación del estudiante, no aplica para en el caso en que la matricula al curso seleccionado por el ESTUDIANTE, o su REPRESENTANTE (en caso de ser aquel menor de edad), (CONTRATANTE) los cuales se identifican como se soporta en el consentimiento de los datos suministrados en el link de preinscripción, matrícula y aceptación de términos y condiciones, a del presente contrato de servicios educativos, que se hallan adquirido con algún tipo de oferta promocional MENOR AL VALOR REAL DEL CURSO, o pago a crédito (financiado) o anticipos, plan separe o credicontado, queda exento de la Garantía de RESULTADOS. Enviar solicitud previamente con todos los soportes, DE PAGO, RESULTADOS DE LOS SIMLACROS PRESENTADOS, DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL PADRE, DEL ESTUDIANTE, RESULTADOS DEL
EXAMEN DE ADMISION PRESENTADO, certificado de cuenta bancaria del contratante. xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
CLÁUSULA SEXTA
OBLIGACIONES DE LAS PARTES: las partes conjuntamente manifiestan su entendimiento y aceptación respecto a que el objeto del presente contrato requiere su compromiso y voluntad conjunta y en tal sentido el cumplimiento oportuno y adecuado de las actividades a cargo de cada de una de ellas y de las premisas antes expuestas. A partir de este principio rector son obligaciones:
De EL CONTRATISTA: se obliga a realizar todas las tareas y actividades en los tiempos establecidos en la modalidad de capacitaciones, consultorías o documentación de contenidos digitales mediante programas informáticos –servicios educativos informales–, a fin de cumplir con las obligaciones definidas en el objeto del presente contrato; actividades todas estas que ejecutará con profesionalismo y dedicación, siguiendo la metodología de formación de acuerdo con el plan seleccionado por el estudiante y la oferta comercial Adquira y legalizada en su matrícula y viabilidad de apertura de grupos.
De EL CONTRATANTE: en desarrollo de este contrato, se obliga a:
Aceptar y cumplir, asistir, con los entregables, tareas y actividades, en los plazos pactados y de acuerdo con los criterios establecidos para su aceptación.
Realizar oportunamente los pagos de los valores pactados por las partes como contraprestación de los servicios objeto de este contrato y los intereses moratorios cuando haya lugar a ellos.
Cumplir con los tiempos y estrategias de formación de cara al plan adquirido por el CONTRATANTE. Disponer de acceso a internet y herramientas tecnológicas aptas de conexión, necesarias con el fin de ingresar a la plataforma como sistema de apoyo a los cursos presenciales y utilizar los recursos que se dispongan en línea para el cumplimiento en los cursos en modalidad virtual, en cumplimiento del curso de interés matriculado y aceptado por el estudiante.
CLÁUSULA SEPTIMA. -LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO: las partes
declaran que los servicios que serán prestados por EL CONTRATISTA son prestados desde el territorio nacional.
Para cursos, presenciales Única sede para Bogotá se dictarán en la dirección Cra. 18a #44-52 – Barrio Xxxxxxx – localidad Teusaquillo - Bogotá
ver ubicación aquí
Así mismo, para cursos presenciales en la ciudad de Medellín se dictarán en la sede Cl. 65 #50a-49 - Barrio Xxxxx Centro – Medellín -Antioquía
ver ubicación aquí
CLÁUSULA OCTAVA. -DURACIÓN-: la duración del presente contrato se determinará de acuerdo con el tiempo de preparación académica para el cumplimiento del curso (s) académico seleccionado por EL CONTRATANTE, de cara al objeto contractual. Y desde la aceptación los términos y condiciones desde la matricula del estudiante. fecha e información publicada en la página web. Acorde a la oferta comercial, comunicada previamente en el proceso comercial a través, de WhatsApp, correo electrónico o presencial directamente en nuestra sede, a través del asesor educativo autorizado.
CLÁUSULA NOVENA. -
VALOR DE LOS SERVICIOS Y FORMA DE PAGO: el valor por los servicios soportados en los objetos, principal y subsidiario, del presente contrato, serán determinados así: OBJETO PRINICIPAL: los
servicios de educativos se determinan conforme al curso o programa de formación seleccionado por EL CONTRATANTE. En su oferta comercial a la fecha de matrícula y aceptación del presente contrato. Y de acuerdo a la modalidad de desarrollo y oferta comercial para cada curso en las diferentes modalidades, horarios, sedes, y oferta comercial, seleccionada. PARÁGRAFO: el valor de los servicios contratados deberá ser pagados únicamente por los medios dispuestos y autorizados por EL CONTRATISTA y publicados a través de su página web, ningún medio de pago a nivel persona natural, estará autorizado. Confirmar previamente los medios de pago a nombre del contratista grupo educativo univérsate sas nit.830130250-3. El contratista no se hace responsable por dineros pagados a otras cuentas diferentes.
CLÁUSULA DECIMA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: el contrato terminará por las siguientes causales: el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que adquiere EL CONTRATISTA por este contrato, facultará a EL CONTRATANTE para darlo por terminado unilateralmente en cualquier tiempo sin previo aviso y sin necesidad de declaración judicial, reconvenciones, requerimientos por xxxx, e indemnizaciones a las cuales renuncia EL CONTRATISTA, bastando para el efecto el envío de una comunicación escrita por parte de EL CONTRATANTE, indicándole la fecha en que se hará efectiva la terminación o retiro voluntario. EL CONTRATANTE igualmente podrá dar por terminado el contrato siguiendo el procedimiento indicado por la ocurrencia de cualquiera de las siguientes causales: Por mutuo acuerdo entre las partes, o retiro voluntario. - el cual deberá constar por escrito.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.-incumplimiento de las obligaciones-Cuando por circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles, de casos fortuito y fuerza mayor, posteriores a la celebración del contrato, que impidan el cumplimiento del objeto del presente contrato en las diferentes modalidades de aprendizaje y preparación en el curso seleccionado por el contratante, EL CONTRATISTA se compromete a dar continuidad al cumplimiento del contrato celebrado entre las partes, utilizando las herramientas digitales , asistidas y mediadas por las tecnologías de la información y recursos asistidos a través de su plataforma virtual y/o en otra propuesta alterna viables de horarios, jornadas, sedes cursos. Garantizando el cumplimiento del presente contrato.
La entrega de los resultados del trabajo contratado en forma defectuosa o distinta a lo estipulado sin que EL CONTRATISTA haya tomado medidas para su corrección.
En general, el incumplimiento grave de las obligaciones que surgen de la ejecución del presente contrato, así como de aquellas previstas en las normas legales y que resulten aplicables.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. -CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA reconoce y acepta que en
desarrollo del objeto del presente contrato tendrá o podrá tener acceso a información de EL CONTRATANTE o de terceros que le representan, la cual tendrá carácter de información confidencial. EL CONTRATISTA deberá mantener tal información en forma confidencial y no debe divulgarla a ningún tercero por ninguna razón. Se excluye de la obligación de reserva y confidencialidad cualquier información que: (i) Estuviere en el dominio público con anterioridad a la fecha de celebración del Contrato; (ii) Llegare al dominio público con posterioridad a la fecha de celebración del Contrato sin violación de las condiciones establecidas en el mismo o en la Ley. Su incumplimiento acarreará las consecuencias civiles o penales inherentes a la conducta realizada.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA. - DERECHOS DE AUTOR: los derechos patrimoniales de autor sobre los videos, talleres, cuestionarios o guías se encuentran en cabeza de EL CONTRATISTA, y, por tanto, el desarrollo del objeto soportado en el presente contrato en ningún momento se debe entender como una sesión de los derechos que a este le asisten.
CLÁUSULA DECIMOS CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: las partes, actuando en
calidad de responsables y en la de titular de datos personales suministrados de manera libre en las condiciones y aceptación del presente contrato , autorizan que los datos personales sean compilados, almacenados, consultados, usados, compartidos, intercambiados, transmitidos, transferidos y sean objeto de tratamiento en bases de datos conforme a las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015 de la ley de protección de datos personales. Dichos datos estarán destinados única y exclusivamente para el cabal cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato y a fin de consultar el desempeño en las pruebas Saber, y exámenes de ingreso de las universidades, otros cursos y determinar la efectividad de los programas; adicional, para mantener una eficiente comunicación de la información y de acuerdo a el aviso de privacidad. Publicados en la web del contratista, para el Tratamiento de Datos Personales.
CLÁUSULA DECIMO QUINTA- DOMICILIO CONTRACTUAL Y LEGISLACIÓN APLICABLE: las partes
contratantes señalan como domicilio contractual y para todo efecto legal la ciudad de Bogota D.C.- Colombia, así mismo, la legislación aplicable es la normatividad colombiana, en todo aquello que no se hubiere pactado expresamente en el presente documento.
CLÁUSULA DECIMO SEXTA - CLÁUSULA ARBITRAL: toda controversia de carácter legal que surja entre las partes con ocasión de la ejecución, interpretación o liquidación de este contrato se resolverá así: Por acuerdo directo entre las partes, dentro del mes siguiente a la notificación escrita de la parte que alega la existencia de la controversia. De no ser posible el acuerdo directo, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la disputa, para solucionar dicha discrepancia cualquiera de las partes podrá convocar a un Tribunal de Arbitramento, que se regirá de acuerdo con las siguientes reglas: 1º. El tribunal estará integrado por tres (3) árbitros designados, de la siguiente manera: dos (2) de común acuerdo por las partes y el tercero (3) será designado por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. de la lista de árbitros de dicha entidad. por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C.
CLÁUSULA DECIMA SEPTIMA - IMPUESTOS: los impuestos que se deriven de la aceptación, celebración y ejecución del presente contrato serán asumidos por la parte que sea sujeto pasivo de este, sin importar la jurisdicción tributaria beneficiario del mismo.
CLÁUSULA DECIMO OCTAVA -INTEGRALIDAD: las partes expresamente reconocen que el presente contrato constituye el acuerdo total en relación con la materia a que el mismo se refiere, por lo que deja sin efecto cualquier otro acuerdo verbal o escrito o de cualquier naturaleza en relación con el objeto del presente acuerdo, celebrado con anterioridad a la fecha de vigencia de este.
CLÁUSULA DECIMO NOVENA- ESTIPULACIONES INDEPENDIENTES: si una o más de las disposiciones de este acuerdo son declaradas inválidas, ilegales o sin efectos, la validez, legalidad o vigencia de las disposiciones restantes de este acuerdo no se verán afectadas por estas. Hasta donde lo permita la ley aplicable, cada parte renuncia a cualquier disposición legal que declare de
LEGALIDAD: para efectos legales el ESTUDIANTE O EL ACUDIENTE certifica que la información diligenciada y enviada en su Pre-Inscripción y/o Inscripción, matricula, correos electrónicos o medio de legalización del proceso de pago y lección del curso elegido por el contratante, es veraz. Los datos que representan validez para el presente contrato del ESTUDIANTE O EL ACUDIENTE son aquellos diligenciados en el proceso de Inscripción, acepta las condiciones y valida el respectivo contrato y se compromete a dar cumpliendo cabalidad a las cláusulas expuestas.
El presente contrato es de adhesión y cumple con los requisitos soportados en el artículo 37 de la Ley 1480 de 2011.
Para todos los efectos legales, se tendrá la ciudad de Bogotá como domicilio contractual y la fecha de aceptación corresponde a la fecha de matrícula e inscripción del programa.
De ante mano le damos la bienvenida a el GRUPO EDUCATIVO UNIVÉRSATE S.A.S
Gracias.
GRUPO EDUCATIVO UNIVERSATE
Representante Legal Nit.830130250
Matrícula mercantil 01320792 del 05 noviembre 2003 de la cámara de comercio de Bogotá D.C.