SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO CARTAGENA D. T. Y C.
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO CARTAGENA D. T. Y C.
TRANSCARIBE S.A.
LICITACIÓN PÚBLICA No. TC-LPN- 002-2016
PLIEGO DE CONDICIONES
OBJETO: SELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA PARA LAS 18 ESTACIONES CONSTRUIDAS A LO LARGO XXX XXXXXXXX PRINCIPAL O TRONCAL DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DEL DISTRITO CARTAGENA DE INDIAS TRANSCARIBE S.A., Y DE LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS DE TRANSCARIBE.
Cartagena de Indias septiembre de 2016
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CONTENIDO
CAPITULO I. CONDICIONES GENERALES
1. INFORMACION GENERAL
1.1. CONVOCATORIA DE LA LICITACION
TRANSCARIBE S.A., ha convocado mediante Resolución No. 154 de 30 de SEPTIEMBRE de 2016 la Licitación Pública No. TC-LPN-002 de 2016, ordenando la apertura de la presente a partir de la fecha indicada en el cronograma incluido en el presente documento, para que los interesados en celebrar el contrato de prestación de servicios que se licita, presenten las propuestas correspondientes, en los términos y con los requisitos previstos en el presente pliego de condiciones.
Este proceso se adelanta en cumplimiento de los principios de economía, planeación, eficiencia, responsabilidad, selección objetiva y transparencia, contenidos en la Ley 80 de 1993 y en la Ley 1150 de 2007, haciendo uso de la modalidad de selección de licitación pública.
La entidad pública contratante de este proceso de selección será TRANSCARIBE S.A., sociedad por acciones constituida entre entidades públicas del orden municipal bajo la forma de sociedad anónima de carácter comercial con aportes públicos, autorizada mediante Acuerdo No. 004 del 19 de Febrero de 2003 del Concejo Municipal xx Xxxxxxxxx, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, constituida mediante Escritura Pública No. 0654 de julio 18 de 2003, registrada en la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxxx, la cual tiene el carácter de titular y gestor del Sistema Transcaribe.
1.2. OBJETO DE LA LICITACION
El objeto del proceso licitatorio es SELECCIONAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA PARA LAS 18 ESTACIONES CONSTRUIDAS A LO LARGO XXX XXXXXXXX PRINCIPAL O TRONCAL DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO DEL DISTRITO CARTAGENA DE INDIAS TRANSCARIBE S.A., Y DE LAS INSTALACIONES ADMINISTRATIVAS DE TRANSCARIBE S.A.
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS - UNSPSC: El objeto contractual del presente proceso se encuentra clasificado en el tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios (UNSPSC), así:
Código UNSPSC | Nombre UNSPSC |
92121500 | SERVICIOS DE GUARDIAS |
92121700 | SERVICIOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD |
46171600 | EQUIPO DE VIGILANCIA Y DETECCIÓN |
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx
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1.3. DESCRIPCIÓN TÉCNICA, DETALLADA Y COMPLETA DEL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO
1.3.1. Alcance del objeto: Dentro de las actividades que va a desarrollar el contratista de acuerdo a las exigencias xxx xxxxxx de condiciones están:
- Suministrar el personal capacitado y entrenado, para el servicio de vigilancia, de acuerdo con la normatividad vigente y requisitos legales para trabajar y desempeñarse como tal en este país, en las instalaciones de las 18 estaciones construidas por TRANSCARIBE S.A., a lo largo xxx xxxxxxxx principal del SITM y en las instalaciones de Transcaribe ubicadas en el Barrio Xxxxxx Edificio Xxxxxx.
- El personal que ejecutará las labores de vigilancia debe estar capacitado en vigilancia y seguridad privada, con nivel fundamentación y reentrenamiento de seguridad, de conformidad con la Resolución No. 2852 del 08 xx Xxxxxx de 2006, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, ya que se hace necesario que los diferentes servicios contratados por la Entidad sean cubiertos con personal competente teniendo en cuenta las condiciones de los puestos y en procura de la calidad del servicio.
- El adjudicatario del contrato a suscribir, deberá suministrar 28 puestos de vigilancia mixta 24 horas (diurno sin arma, nocturno armado) y un puesto 12 horas diurno adicional para las oficinas de Transcribe, y para que ejerzan esta función en cada vagón de las 18 estaciones xx xxxxxx construidas por TRANSCARIBE S.A. Son 27 vagones en total
Por lo tanto se contrataran:
- 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones en jornada nocturna, 30 días al mes, con arma.
- 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones estaciones para la jornada diurna, 30 días al mes, sin arma.
- 1 puesto de vigilancia en las oficinas de Transcaribe, 24 horas permanente diurno sin arma, y un puesto 12 horas diurnas sin arma dotado cómo se explicó anteriormente
- El proponente seleccionado deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de la Licitación, el listado y los soportes correspondientes que acrediten los requisitos exigidos para el rol de Guardas de Seguridad, de conformidad con lo descrito en el Anexo Técnico, los cuales serán verificados por el Supervisor del Contrato.
El listado de los guardas de seguridad que prestarán el servicio de vigilancia y seguridad privada, deberá consignar la siguiente información de cada uno de ellos:
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Nota: Esta información se deberá allegar en carpeta debidamente legajada y foliada.
Este personal debe estar dotado de equipos de seguridad: armas de fuego, radio de comunicación, espejos cóncavos (vigilantes en sede de Transcaribe), detector de metales y demás elementos que se requieran para el cumplimiento del objeto del contrato, además debe estar uniformado con un atuendo que contenga insignia y placa de identificación de la empresa contratista.
1.3.2. Autorizaciones, permisos y licencias:
Las que se requieran para el desarrollo de los servicios descritos, deberán ser conseguidas por el contratista.
1.3.3. Especificaciones técnicas:
a. PERSONAL, TURNOS Y HORARIOS
Para la ejecución cabal del contrato se requiere la Prestación de Servicio de Vigilancia y Seguridad Interna y Externa de las Instalaciones de TRANSCARIBE S.A. y las 18 estaciones xx xxxxxx, así: deberá suministrar 28 puestos de vigilancia mixta 24 horas (diurno sin arma, nocturno armado) y un puesto 12 horas diurno adicional para las oficinas de Transcribe, y para que ejerzan esta función en cada vagón de las 18 estaciones xx xxxxxx construidas por TRANSCARIBE S.A. Son 27 vagones en total. Por lo tanto se necesitaran:
- 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones en jornada nocturna, 30 días al mes, con arma.
- 18 puestos de vigilancia, un servicio para cada uno de los 27 vagones estaciones para la jornada diurna, 30 días al mes, sin arma.
- 1 puesto de vigilancia en las oficinas de Transcaribe, 24 horas permanente diurno sin arma, y un puesto 12 horas diurnas sin arma dotado cómo se explicó anteriormente.
Para el cubrimiento de los puestos de servicio, el proponente deberá indicar el número de vigilantes por servicio y la manera como organizará los turnos con el personal propuesto, de tal forma que no superen el límite de la jornada laboral, de acuerdo con lo establecido en las normas que rigen la materia.
b. PERSONAL QUE EJECUTARA LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
JEFE DE SEGURIDAD O COORDINADOR
El Jefe de Seguridad o Coordinador requerido deberá tener disponibilidad permanente, no exclusiva para la ejecución del contrato con TRANSCARIBE y ejercerá las siguientes funciones:
a) Conocer perfectamente la parte técnica y operativa del contrato para coordinar todos los aspectos relacionados con la correcta ejecución del mismo, partiendo de su formación como especialista en administración de la seguridad.
b) Organizar, programar, dirigir y controlar la labor del supervisor y vigilantes asignados para la ejecución del contrato.
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c) Estar permanentemente disponible cuando sea requerido en horas no hábiles, los días xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
d) Xxxxxxxx contacto permanente con el supervisor o interventor que sea designado por TRANSCARIBE para la correcta ejecución del contrato.
e) Recibir, evaluar, analizar y difundir la información prevista en las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana, creadas por Decreto No. 3222 de 2002 y demás disposiciones aplicables, al comando Metropolitano de Policía o a la autoridad competente, de manera inmediata, en todo lo relacionado con hechos que puedan perturbar la tranquilidad y seguridad ciudadana, con el fin de establecer las políticas, estrategias, acciones y demás mecanismos para su buen desarrollo, el cual estará orientado al logro de los resultados y efectos propuestos por estas Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana con miras a la seguridad y protección de las estaciones de TRANSCARIBE, de conformidad con la Circular 001 de 2003 expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
f) Diseñar estrategias de seguridad de acuerdo con las necesidades de TRANSCARIBE de tal manera que se garantice la adecuada prestación del servicio, previa autorización del supervisor del contrato.
g) Prestar asesoría cuando XXXXXXXXXXX la requiera o en situaciones de contingencia o emergencia.
h) Dar solución inmediata a las novedades que en el desarrollo del contrato se presenten.
i) Verificar las novedades presentadas en los sitios y puestos de trabajo durante la ejecución del contrato, así como constatar que el personal a su cargo esté prestando el servicio adecuadamente y dentro de los horarios propuestos.
j) Determinar, autorizar y ejecutar los cambios o relevos de personal que sean necesarios previa autorización del supervisor del contrato, teniendo en cuenta que el reemplazo reúna el perfil adecuado y esté debidamente capacitado.
k) Efectuar recomendaciones a TRANSCARIBE encaminado a superar el nivel de prestación del servicio de vigilancia y seguridad integral.
l) Verificar y corregir permanentemente la presentación del personal destinado para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad integral.
m) Mantener disponibilidad permanentemente para la ejecución del contrato de vigilancia integral para TRANSCARIBE.
n) Las demás actividades asignadas por TRANSCARIBE. para la correcta ejecución del contrato
SUPERVISOR
El Supervisor requerido, deberá tener disponibilidad permanente, no exclusiva para la ejecución del contrato con TRANSCARIBE y ejercerá las siguientes funciones:
a) Verificar la asistencia y puntualidad de los vigilantes y la práctica de los relevos.
b) Realizar rondas permanentes en todas las estaciones de TRANSCARIBE y sus oficinas ubicadas en el barrio Xxxxxx Edificio Xxxxxx.
c) Acompañar e instruir a los vigilantes sobre los procedimientos y métodos que ofrecen mayor eficiencia en la prestación del servicio.
d) Controlar y verificar que el servicio de vigilancia y seguridad se preste de manera adecuada, de conformidad con las normas que rigen la prestación de este servicio.
e) Apoyar cualquier puesto de vigilancia y seguridad integral en el momento que sea requerido.
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f) Conocer perfectamente la parte técnica y operativa del contrato para dar cumplimiento estricto al mismo.
g) Reunirse mínimo una vez al mes con la persona encargada de la parte operativa de las estaciones, con el fin de revisar y actualizar novedades y medidas de seguridad que sean requeridas para la correcta ejecución del contrato.
h) Mantener contacto permanente con el jefe de seguridad o coordinador quien será el enlace directo con el supervisor de TRANSCARIBE. Quien realizará el control de ejecución del contrato.
i) Xxxxx a disposición del contratista que ejercerán el control de ejecución del contrato, todos los documentos que hayan sido implantados por el contratista como controles, para la adecuada prestación del servicio.
j) Las demás actividades asignadas por TRANSCARIBE. Para la correcta ejecución del contrato.
Durante la ejecución del contrato el coordinador, supervisor y personal de vigilancia podrán ser removidos o retirados de sus cargos, únicamente en los siguientes eventos:
a) Por autorización o solicitud de TRANSCARIBE. Por intermedio del supervisor del contrato designado por ésta.
b) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.
c) En el evento de enfermedad o vacaciones será remplazado y sólo por el tiempo necesario, por personas que reúnan iguales o superiores condiciones profesionales y de experiencia que se hayan acreditado para el personal seleccionado.
Para autorizar el remplazo, se deberá presentar al supervisor del contrato la hoja de vida para su aprobación, de la persona que cumpla con los requisitos mínimos solicitados en el anexo técnico, y que acredite experiencia específica igual o superior a la de la persona a sustituir.
En caso de requerirse remplazo del recurso humano, se deberá contar con la aprobación del supervisor del contrato asignado por parte de TRANSCARIBE.
El personal dependerá administrativamente del contratista y no tendrá vínculo laboral con TRANSCARIBE. No obstante, esta se reserva el derecho de solicitar el retiro o reemplazo del que considere no apto o que con sus actuaciones atente contra la buena relación con el contratante, la comunidad, o cause algún impacto negativo a TRANSCARIBE.
En todo caso el contratista deberá conformar bajo su responsabilidad, el equipo de trabajo humano y la logística que le permitan cumplir la totalidad de las obligaciones objeto del presente proceso de selección.
VIGILANTES
El proponente seleccionado deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de la presente Licitación, los soportes correspondientes que acrediten los requisitos exigidos para el rol de Guardas de Seguridad, los cuales serán verificados por el Supervisor del Contrato. Para este efecto, se deberá aportar lo siguiente:
fica como guarda de seguridad.
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, credencial vigente expedida por el proponente titular de la licencia de funcionamiento de conformidad con el Artículo 103 del Decreto 019 de 2012, o por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde se especifique el tipo de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, según la modalidad en que se desempeñará.
er o Acta de Grado.
a Libreta Militar de Reservista.
de fundamentación y/o reentrenamiento en vigilancia y seguridad privada, o la homologación del curso básico de guarda de seguridad, certificados por una escuela o instituto de capacitación en vigilancia y seguridad privada, debidamente autorizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
El contratista, deberá allegar al supervisor del contrato una certificación por parte de su Oficina xx Xxxxxxx Humano en donde conste que el personal de vigilancia no cuenta con antecedente penal y disciplinario, relacionando la lista del personal de Guardas con el nombre completo y numero de documento de identificación.
TRANSCARIBE requiere que el contratista disponga del número de vigilantes que se requieren en cada ubicación, en las cantidades y servicios detallados en este documento.
Todos los servicios y su ubicación podrán variar durante la ejecución del contrato, de acuerdo con las necesidades de TRANSCARIBE y deberán operar de conformidad con las instrucciones que imparta por escrito el supervisor del contrato. Por lo tanto, estas variaciones deben ser atendidas por el contratista en un término no superior a ocho horas, contadas a partir de la solicitud del supervisor.
En cuanto a cantidades de servicios, se aclara que durante la ejecución del contrato, TRANSCARIBE. podrá suprimirlos o adicionarlos, los cuales serán solicitados por el supervisor del contrato y el contratista deberá proceder de conformidad en forma inmediata, de acuerdo a los plazos establecidos en la solicitud, sin que esto genere reclamaciones posteriores para TRANSCARIBE., lo cual generará adicionalmente un aumento o disminución en el valor de los servicios prestados.
Los vigilantes serán los encargados de velar por la seguridad de las personas y por la custodia de los bienes muebles e inmuebles, en los sitios donde se preste el servicio y deberán cumplir las siguientes funciones:
a) Controlar el ingreso y salida de personas de las instalaciones donde se presta el servicio, orientándolos para su correcto desplazamiento dentro de las mismas y responder por el control en todos los accesos existentes, de acuerdo con las instrucciones que imparta TRANSCARIBE.
b) Controlar, registrar y responder por la entrada y salida de bienes; así como realizar la revisión de bolsos y paquetes de todo el personal (beneficiarios, funcionarios, contratistas y visitantes) que ingresen o salgan de las instalaciones. Para el efecto debe mantener una minuta diaria de actividades realizadas y de supervisión tanto diurno como nocturno.
c) Mantener permanente comunicación interna entre los diversos puntos de vigilancia, los
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supervisores y el coordinador o jefe de seguridad la cual debe ser permanente, de manera inmediata y oportuna.
d) Velar por los bienes de TRANSCARIBE., lo mismo que por los elementos instalados interna y externamente para realizar la vigilancia.
e) Cumplir a cabalidad con los turnos señalados para la correcta prestación del servicio y llevar el control de los mismos.
f) Impedir el acceso de personas armadas a las estaciones y a las oficinas de Transcaribe, salvo en los casos de personas autorizadas.
g) Garantizar la seguridad mediante la ejecución coordinada de rondas periódicas internas.
h) Responder por la seguridad de todas las instalaciones y los bienes de TRANSCARIBE., así como por la de las personas que se encuentran en éstas, estableciendo los mecanismos y controles necesarios para garantizar esa labor.
i) Mantener excelente presentación personal con los uniformes exigidos, según las normas vigentes junto con el porte del carnet en un lugar visible y el apellido que lo distingue en el uniforme.
j) Dar aviso al Supervisor designado por el contratista, dentro de la hora (1) siguiente a la ocurrencia de cualquier anomalía que se presente en los sitios o puestos de vigilancia, y que ponga en peligro a las personas que se encuentren en las estaciones o a los bienes de TRANSCARIBE.
k) Efectuar requisas manuales en cada punto de ingreso, siempre y cuando sea necesario, sin afectar la intimidad de los ciudadanos; además de revisar los objetos de mano con el fin de restringir el ingreso de celulares, otros medios de comunicación, instrumentos, que puedan ser utilizados para infringir daños a los servidores, contratistas o las instalaciones.
l) Las demás que le sean asignadas por el contratista y que por la naturaleza del servicio se requieran.
TRANSCARIBE se reserva el derecho de aceptar a los vigilantes que realizarán relevos, si no se ha recibido notificación de los datos del vigilante o sin previo aviso.
Entre el personal del contratista que utilice dentro de la ejecución del contrato y TRANSCARIBE no surge ninguna relación laboral ni contractual.
TRANSCARIBE podrá exigir el retiro de cualquier vigilante, o supervisor en forma inmediata cuando no reúna los requisitos enunciados anteriormente o que cumpliéndolos de muestras de indisciplina o incapacidad para el desarrollo de su labor mediante solicitud escrita del supervisor del contrato. Así mismo podrá exigir en cualquier momento las hojas de vida y demás documentos que considere pertinentes sobre el personal requerido para el desarrollo del objeto contractual.
c. DOTACIÓN PARA EL PERSONAL
El contratista deberá disponer permanentemente de la siguiente dotación mínima por vigilante, entendiéndose esta como los elementos necesarios para la prestación del servicio, sin que ello signifique un costo adicional al servicio de vigilancia privada contratado:
a) Equipos de comunicaciones radio, Avantel y/o celular, con salida de llamadas, para todos los vigilantes, jefe de seguridad o coordinador y supervisor incluido el del supervisor
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del contrato; mediante los cuales realizaran conexión permanente con la central de la empresa y la Red de Apoyo de la Policía Nacional de Colombia.
La empresa prestadora del servicio de vigilancia deberá suministrar a la entidad dos avanteles de comunicación para monitoreo.
b) Dotación de invierno (botas e impermeable por persona)
c) Linterna de pila recargable y cargador (por puesto)
d) Xxxxx (Bastón de mando) (por puesto)
Por cada uno de los servicios de vigilancia sin armas, sin costo adicional se deberá disponer como mínimo de:
a) Libro de minuta
b) Carpeta de consignas y conductas de reacción en caso de hurto, asalto, inundación, conato de incendio, movimiento telúrico, entre otros.
c) Conexión del sistema de comunicaciones con la central de la empresa
Lo requerido en este numeral se verificará durante la ejecución del contrato, por parte del Supervisor designado por TRANSCARIBE.
d. ESPECIFICACIONES ADICIONALES DEL SERVICIO DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
- Capacitación del personal de vigilancia
El contratista deberá cumplir las normas que regulan la materia. TRANSCARIBE se reserva el derecho de constatar en cualquier momento de la ejecución del contrato, la información que le presente el contratista, bien en las instalaciones donde realice la capacitación de su personal, o bien con el registro que de estas actividades aparezca en las entidades rectoras de esta actividad.
Todo el personal que ponga a disposición la empresa de vigilancia debe conocer en su integralidad el contenido del manual del usuario del sistema, el cual hace parte como apéndice xxx xxxxxx de condiciones.
- Defectos de Xxxxxxx
El contratista será responsable por los daños causados por defectos de calidad de los elementos que suministra en la presente contratación. Así mismo, se compromete a llevar a cabo bajo su costo todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos.
- Exclusión de toda relación laboral
De conformidad con lo señalado en el artículo 32, numeral 3 de la Ley 80 de 1993, en ningún caso el contrato a celebrarse por medio de esta invitación genera relación laboral, ni prestaciones sociales, respecto del contratista o del personal que este ocupe para el desarrollo del objeto contratado.
- Salud Ocupacional y Medio Ambiente
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El contratista se obligará a cumplir con todas las leyes y reglamentaciones que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y medio ambiente, de manera tal que se protejan la seguridad y salud de sus empleados, de terceras personas involucradas en sus operaciones, de los funcionarios que laboran en las instalaciones de las estaciones, oficinas de Transcaribe y del público en general, así mismo, realizara todas la actividades que sean necesarias tendientes a la protección del medio ambiente.
1.4. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de la adjudicación de la presente licitación pública será EN TOTAL xx xxxx (10) meses veinte
(20) días: UN (1) mes y VEINTE (20) días del año 2016 y NUEVE (9) meses del año 2017, contados a partir de la firma del acta de inicio suscrita entre el contratista y el interventor designado por Transcaribe S.A., previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del mismo.
La vigencia del contrato se entiende como el plazo de ejecución del contrato más el término establecido para su liquidación. El término para la liquidación del contrato, será de seis (6) meses contados a partir de la finalización del término establecido para la ejecución del objeto del contrato.
1.5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El análisis económico proyectado para el año 2016, se hizo con base en las tarifas estipuladas en el Decreto 4950 de 2007 y circular reglamentaria de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada No. 435 de 2014 para las Empresas y Cooperativas de Vigilancia Y Seguridad Privada y Usuarios del Servicio, como se describe en forma genérica en la siguiente tabla de presupuesto:
PRESUPUESTO VIGILANCIA ESTACIONES
Las 18 estaciones constan de 27 vagones. Se requiere un vigilante 24 horas por vagón.
VALOR PRESUPUESTO 2016 UN MES Y VEINTE DIAS | $ 328.824.820.00 |
VALOR PRESUPUESTO 2017 NUEVE MESES | $1.899.368.348.00 |
VALOR TOTAL PRESUPUESTO | $2.228.193.168,00 |
A estos contratos se les aplica impuestos tales como: |
IMPUESTOS | |
Rete ICA | 8/1000 |
Sobre tasa deportiva (IDER) | 2% |
Estampilla Pro Universidad xx Xxxxxxxxx | 1% |
Estampilla Pro Años Dorados | 2% |
Estampilla Pro Hospital Universitario del Caribe 1% |
Un total de 7% aproximadamente.
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1.5.1 Forma de pago
TRANSCARIBE, conforme al PAC de la entidad, cancelará el valor del contrato que se suscribirá de la siguiente manera: el primer pago se hará de manera proporcional a los días efectivamente ejecutados del mes de noviembre de 2016. Los meses siguientes se cancelaran mediante pagos mensuales, de acuerdo a la propuesta presentada por el contratista, dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de las facturas respectivas, previa certificación de recibido a satisfacción suscrita por el supervisor del contrato, quien verificara el cumplimiento de las obligaciones contractuales y el pago al día de los parafiscales.
1.6. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Tal como se ha venido mencionando, el proceso tiene como objeto PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA INTERNA Y EXTERNA PARA LAS 18 ESTACIONES CONSTRUIDAS POR TRANSCARIBE S.A. A LO LARGO XXX XXXXXXXX PRINCIPAL DEL SISTM CARTAGENA DE INDIAS Y LA SEDE ADMINISTRATIVA DE TRANSCARIBE S.A.
En virtud del objeto y del valor de la presente contratación, la modalidad de selección que debe utilizarse para la escogencia del contratista es la LICITACION PUBLICA, contenida en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 2 Numeral 1° de la Ley 1150 de 2007, reglamentada a su vez por el Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con la modalidad de selección, se solicitarán los requisitos habilitantes que a continuación se detallan como condiciones de participación y una vez verificados se procederá a aplicar los factores de evaluación previstos.
1.7. RÉGIMEN LEGAL DE LA LICITACION Y DE LOS CONTRATOS
El marco legal de la presente Licitación Pública y del Contrato de Compra Venta que se suscribirá en virtud de la adjudicación de la presente Licitación Pública, está conformado por la Constitución Política, las leyes de la República de Colombia y en especial por la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, y demás decretos reglamentarios de las normas anteriormente citadas, por el Código Civil, el Código de Comercio y por las demás normas concordantes que rijan o lleguen a regir la prestación del servicio público de transporte masivo de pasajeros en Colombia.
Las normas actualmente vigentes que resulten pertinentes de acuerdo con la ley colombiana se presumen conocidas en su totalidad por todos los proponentes dentro de la presente Licitación Pública.
1.8. NORMAS DE INTERPRETACION XXX XXXXXX
El presente Pliego de Condiciones debe ser interpretado como un todo, y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada, por lo tanto, se entienden integrados a él los anexos y proformas que lo acompañan y las adendas que se expidan durante el
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proceso licitatorio. Además de lo anterior, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones:
El orden de los numerales del presente pliego de condiciones no debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismos.
Los títulos de los numerales y sub numerales utilizados en el presente Pliego de Condiciones sirven sólo como referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
Los plazos establecidos en el presente Pliego de Condiciones se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Los días sábados se entienden como días no hábiles.
Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día no hábil para la entidad pública contratante, o cuando ésta no preste atención al público durante ese día por cualquier razón, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
1.9. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
Son documentos integrantes de la presente Licitación Pública, los siguientes:
1 El estudio Previo y estudio del sector
2 La convocatoria pública y el aviso
3 La Resolución de apertura del proceso
4 El Pliego de Xxxxxxxxxxx y sus formularios y anexos, según la siguiente relación:
4.1 Anexos
4.1.1 ANEXO 1: Matriz de Riesgos
4.1.2 ANEXO 2: Minuta del Contrato
4.1.3 ANEXO 3: Manual del Usuario de TRANSCARIBE
4.2 Formularios.
FORMULARIO No. 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA FORMULARIO No. 2. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
FORMULARIO No. 3. CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
FORMULARIO No. 4. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA HABILITANTE DEL PROPONENTE
FORMULARIO No. 5. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA Y DE ORGANIZACIÓN DEL PROPONENTE
FORMULARIO No. 6. PRESENTACION OFERTA TECNICA DE CALIDAD FORMULARIO No. 7. PRESENTACION OFERTA ECONÓMICA
5 Los demás actos administrativos que se expidan con ocasión de la presente Licitación Pública
1.10. COSTOS DE LA LICITACIÓN
Cada Proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta dentro del presente proceso licitatorio, o en relación con cualesquiera investigaciones, negociaciones u operaciones subsecuentes, ya sea o no que las mismas lleguen a consumarse. Por lo tanto
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TRANSCARIBE S.A. no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado de la presente Licitación Pública, incluso en el caso en que ésta sea declarada desierta.
1.11. CORRESPONDENCIA
Toda la correspondencia que se dirija a TRANSCARIBE S.A. con motivo del presente proceso licitatorio, deberá ser enviada a la entidad, identificada con los siguientes datos:
TRANSCARIBE S.A.
XXXXXXXXXX XXXXXXX Xx. XX-XXX-000-0000
Xxxxxx, Carrera 5ª Xxxxx 00 Xx. 00 – 00. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx
Xxxxxxxx
Fax: 0000000, 0000000
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
1.12. CONSULTA XXX XXXXXX DE CONDICIONES Y DE LOS DEMÁS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
El Pliego de Condiciones podrá consultarse en el portal único de contratación, xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Igualmente, el pliego de condiciones y los demás documentos de interés para el proceso podrán ser consultados en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., ubicada en el Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx 0 Xx. 00 – 00 Xxxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
1.13. DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACION SOBRE LA LICITACIÓN
Los proponentes al elaborar su propuesta, deberán tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se deberá basar estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
En virtud de lo anterior será responsabilidad de los proponentes:
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1. Conocer el proyecto del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Pasajeros del Distrito de Cartagena de Indias, Sistema Transcaribe y realizar todas las evaluaciones y estimaciones que sean o considere necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características del negocio.
2. Evaluar el alcance legal, fiscal y financiero del negocio, las condiciones jurídicas del Contrato de Compra Venta, la distribución de riesgos que se establezca y, en general, todos los aspectos que puedan incidir en la determinación de la oferta.
3. Determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos e implicaciones tributarias y de cualquier otra naturaleza que genere la celebración del Contrato de Compra Venta.
4. Informarse sobre los requisitos legales aplicables a la presente Licitación Pública y del Contrato de Compra Venta que se celebrará como consecuencia de la adjudicación de la misma.
5. La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar cada proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad aun cuando ésta se encuentre incluida dentro de la bibliografía de consulta que haya compilado TRANSCARIBE S.A., a la que los interesados en el presente Pliego de Condiciones podrán acceder mediante solicitud escrita presentada ante TRANSCARIBE S.A.
Sin perjuicio de la declaración expresa que los proponentes deberán hacer en el FORMULARIO 1 del presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx sobre este particular, por la sola presentación de las propuestas constituyen reconocimiento y aceptación por parte de los proponentes respecto a que:
i. Han realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de sus propuestas.
ii. Han investigado plenamente las condiciones de envío, distribución, los riesgos, y en general, todos los factores determinantes de los costos que incidan o puedan incidir en sus propuestas.
El hecho que los Proponentes hayan obtenido o no toda la información que pueda influir en la determinación de sus propuestas, y/o que hayan estudiado o no la totalidad de los requisitos, no los eximirá en ningún caso de la responsabilidad que les corresponde, ni dará derecho al Proponente incumplido a solicitar el reembolso de los costos en que los que haya incurrido con ocasión del presente proceso licitatorio, ni a reconocimiento económicos adicionales en su favor, en el caso en que por su acción o por su omisión se causen posteriores sobrecostos en la ejecución del Contrato de Compra Venta contenido en el ANEXO 3 del presente Pliego de Condiciones, y/o cambios en la estructura de su propuesta y/o de la propuesta y/o en los elementos y/o en las consideraciones en que hubiera podido fundamentar su propuesta.
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1.14. COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCION
Con el fin de apoyar la acción del Estado Colombiano en la lucha contra la corrupción, los proponentes presentarán con su propuesta la FORMULARIO 2, que contiene el Compromiso de Origen de Fondos, Legalidad y Anticorrupción mediante el cual cada proponente confirma, para efectos del presente proceso licitatorio, que el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones económicas a cualquier nivel y concernientes al presente proceso licitatorio, no provienen de actividades ilícitas ni de actividades relacionadas de cualquier forma con el tráfico de estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación nacional y/o internacional.
Este compromiso, que debe ser suscrito y diligenciado en su integridad por parte del representante legal del proponente o por apoderado debidamente acreditado, se entiende presentado bajo la gravedad de juramento por la sola presentación de las propuestas.
PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se reportará el hecho al Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción a los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (1) 565
8671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 9800 – 913 040 o (1)
286 48 10; correo electrónico al sitio de denuncias del programa, en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0x Xx 0–00 Xxxxxx X.X.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y de los contratos que forman parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
En el caso en que el Fondo comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva oferta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
1.15. VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo establecido en el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y la Ley 850 de 2003, se convoca a las veedurías ciudadanas, a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación y de considerarlo procedente, formulen por escrito las recomendaciones que consideren necesarias para buscar la eficiencia institucional, para lo cual pueden consultar el proceso en el portal único de contratación estatal: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
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CAPITULO II. PROCESO DE LICITACION Y CONTRATACION 2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO
ETAPA | FECHA |
Publicación de los estudios y documentos previos | 9 de septiembre de 2016 SECOP |
Publicación aviso de convocatoria pública | |
Publicación Proyecto de Pliegos y sus Anexos, Apéndices y proformas | |
Publicación avisos (art. 224 Decreto 0019 de 2012) | 10 a 20 días calendario anteriores a la apertura SECOP |
Fecha límite de recibo de observaciones a pre pliego | Hasta el 23 de septiembre de 2016 |
Publicación de las observaciones recibidas y sus respuestas | Hasta el 30 de septiembre de 2016 SECOP |
Apertura de Licitación (publicación resolución de apertura y pliego de condiciones) | 30 de septiembre de 2016 SECOP |
Inicio del plazo para la recepción de ofertas | 3 de octubre de 2016 |
Audiencia para revisión de asignación de riesgos y definición de su distribución | 5 de octubre de 2016 a las 10:00 a.m., EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN CARTAGENA D.T. Y X. XXXXXX XXXXXX XXX 0 Xx. 00-00 XXXXXXXX XXXXXX |
Audiencia aclaración pliego de condiciones. Artículo 39 del Decreto 1510 de 2013 | Por definir en desarrollo de la audiencia de revisión de asignación de riesgos |
VISITA OBLIGATORIA | 6 de octubre de 2016. 8:00 a.m. Punto de encuentro por definir. |
Fecha límite de recibo de observaciones x xxxxxx | 9 de octubre de 2016 |
Publicación de observaciones al pliego y sus respuestas | Hasta el 11 de octubre de 2016 SECOP |
Fecha límite para expedir adendas | 11 de octubre de 2016 |
Cierre del proceso, plazo límite para entrega de propuestas y apertura de las propuestas | 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xxx xxxx xx xx xxxxx (3:00 PM), EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN |
ETAPA | FECHA |
CARTAGENA D.T. Y X. XXXXXX XXXXXX XXX 0 Xx. 00-00 XXXXXXXX XXXXXX. | |
Publicación del Informe de Evaluación de las Propuestas | 25 de octubre de 2016 SECOP |
Plazo para presentar observaciones al Informe de Evaluación de las Propuestas | Desde el 26 hasta el 1 de noviembre de 2016, en TRANSCARIBE S.A. |
Publicación de las respuestas a las observaciones al Informe de Evaluación de las Propuestas | 3 de noviembre de 2016 |
Audiencia Pública de Adjudicación (acta de audiencia y resolución de adjudicación) | 4 de noviembre de 2016, a las diez horas (10:00) EN LAS OFICINAS DE TRANSCARIBE S.A., UBICADAS EN CARTAGENA D.T. Y X. XXXXXX XXXXXX XXX 0 Xx. 00-00 XXXXXXXX XXXXXX. |
Celebración y suscripción del Contrato | Hasta el 10 de noviembre de 2016, en TRANSCARIBE S.A. |
Acta de inicio | 15 de noviembre de 2016 |
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Las fechas dispuestas en el Cronograma de la Licitación pueden ser objeto de modificación por parte de TRANSCARIBE S.A., de conformidad con lo establecido en la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones para la prórroga de los plazos de la Licitación, de lo cual se dará oportuno aviso a través del portal de contratación SECOP.
La participación de los proponentes y el desarrollo de las etapas mencionadas se sujetarán a las condiciones que se establecen en los numerales subsiguientes.
2.2. CONSULTA DEL PROYECTO DE PLIEGOS Y OBERVACIONES
El proyecto xx xxxxxx será publicado desde el 9 de septiembre de 2016 en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP).
Dentro de este plazo se reciben observaciones al proyecto xx xxxxxx por escrito en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx las cuales serán revisadas, analizadas y, tenidas en cuenta para expedir el pliego de condiciones definitivo.
En virtud del artículo 2.2.1.1.2.1.4. del Decreto 1082 de 2015, los interesados pueden hacer comentarios al proyecto de pliegos de condiciones a partir de la fecha de publicación de los mismos, durante un término xx xxxx (10) días hábiles en el caso de licitación pública.
2.3. AVISOS EN EL SECOP
De conformidad con lo previsto por el numeral 3° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del Decreto 019 de 2012, dentro de los diez (10) a veinte
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(20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación, se publicarán hasta (3) avisos con intervalos de hasta tres (3) días calendario en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP, según se señala en el cronograma de esta Licitación. Estos avisos contendrán la información necesaria para dar a conocer el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, si está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano, el presupuesto oficial del contrato, el lugar físico y electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los estudios y documentos previos de este proceso.
Estos avisos contendrán la información prevista en el artículo 2.2.1.1.2.1.2. del Decreto 1082 de 2015 relacionada con los aspectos necesarios para dar a conocer el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, si está cobijada por un Acuerdo Internacional o un Tratado de Libre Comercio vigente para el Estado Colombiano, el presupuesto oficial del contrato, el lugar físico y electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones y los estudios y documentos previos de este proceso.
2.4. APERTURA DEL PROCESO Y CONSULTA DE PLIEGOS DEFINITIVOS
El Gerente General de TRANSCARIBE S.A. mediante Acto Administrativo de carácter general, ordenará la apertura del proceso, el cual será publicado simultáneamente con el Pliego de Condiciones Definitivo. Este acto administrativo contendrá los requisitos exigidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015.
A partir de la fecha de apertura de la Licitación, el pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado en la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., y en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública.
Cuando los interesados deseen retirar fotocopia de cualquiera de los documentos que reposan en el expediente de la convocatoria, salvo aquellos que tengan reserva legal deberán consignar previamente su valor, previa solicitud escrita en las siguientes condiciones:
ENTIDAD BANCARIA: Banco de Occidente
NOMBRE DE LA CUENTA: Transcaribe SA
NUMERO DE LA CUENTA: Cuenta corriente 830094512
VALOR: $150,oo por fotocopia
CONCEPTO FOTOCOPIAS: folios dentro del proceso de licitación No. TC-LPN- XXXXXXX
A partir de su publicación se recibirán observaciones al pliego de condiciones definitivo por escrito dirigido a la Oficina Asesora Jurídica de TRANSCARIBE S.A., o por correo electrónico a la dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Las observaciones al pliego de condiciones deberán indicar claramente el número y objeto de la licitación a que hace referencia la solicitud de aclaración y el numeral, capítulo, formulario y/o anexo xxx xxxxxx sobre el cual se formula. Igualmente deberán indicar el número telefónico y el correo electrónico del interesado, con el fin de enviarle por este medio las aclaraciones del caso.
Las observaciones, preguntas y solicitudes de aclaración al pliego de condiciones
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definitivo se recibirán desde su publicación y hasta la fecha prevista en el cronograma de la presente licitación.
2.5. ADENDAS
La modificación xxx xxxxxx de condiciones se realizará a través de adendas, que señalarán la extensión del tiempo de cierre que resulte necesario para que los proponentes cuenten con el tiempo suficiente que les permita ajustar sus propuestas a las modificaciones realizadas.
La adenda deberá incluir el nuevo cronograma y establecerá los cambios que ello implique en el contenido del acto de apertura del proceso, el estudio de conveniencia y oportunidad y el aviso de convocatoria, según el caso.
De acuerdo con lo previsto en el inciso 2° del numeral 5 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011, “no podrán expedirse adendas dentro de los tres (3) días anteriores en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para extender el término del mismo. La publicación de estas adendas sólo se podrá realizar en días hábiles y horarios laborales".
A pesar de esto, de acuerdo con el articulo 2.2.1.1.2.2.1. del Decreto 1082 de 215 “la Entidad Estatal puede expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato.”
Adicionalmente, en virtud del artículo 2.2.1.1.2.2.1. del Decreto 1082 de 215, la Entidad Estatal debe publicar las Adendas en los días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m.
2.6. AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y DE ACLARACION XXX XXXXXX DE CONDICIONES
De conformidad con lo previsto en el artículo 220 del Decreto 019 de 2012, el cual modifica el numeral 4 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, dentro de los tres días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas, en la fecha y hora señalada en el Cronograma, se celebrará una Audiencia para llevar a cabo la revisión de la asignación de riesgos establecida por la entidad, en la cual puede tratarse también el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones si un interesado así lo solicita.
Sobre esta audiencia debe respetarse el contenido del artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015 según el cual:
“Artículo 2.2.1.2.1.1.2. Audiencias en la licitación. En la etapa de selección de la licitación son obligatorias las audiencias de: (a) asignación de Riesgos, y (b) adjudicación. Si a solicitud de un interesado es necesario adelantar una audiencia para precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de Riesgos.
En la audiencia de asignación de Riesgos, la Entidad Estatal debe presentar el análisis de Riesgos efectuado y hacer la asignación de Riesgos definitiva.
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(…)”
Teniendo en cuenta lo anterior, los interesados en presentar ofertas deberán estudiar y analizar los riesgos tipificados en el pliego de condiciones. Lo anterior, con el fin de que puedan participar y pronunciarse sobre ellos, en las observaciones que formulen por escrito o en la audiencia referida, de la cual se levantará un acta que evidencie en detalle la discusión acontecida. Con base en esta discusión la entidad llevará a cabo la tipificación, estimación y asignación de los riesgos definitiva. La presentación de las ofertas implica la aceptación por parte de los proponentes, de la distribución de riesgos efectuada por la entidad en el respectivo pliego y discutida con los proponentes en el proceso de selección.
Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a los pliegos de condiciones y prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación.
Lo anterior no impide que dentro del plazo previsto en el cronograma del proceso, cualquier interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante comunicación que se publicará en el SECOP. En adición a lo anterior, dentro del trámite de la audiencia de asignación de riesgos, los interesados en el proceso podrán solicitar la celebración de una audiencia para precisar el alcance y contenido xxx xxxxxx de condiciones (Primer inciso del artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015.
2.7. PLAZO DE LA LICITACION
El plazo de la licitación entendido como el término que debe transcurrir entre su apertura (fecha en que inicia la presentación de las ofertas) y su cierre podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, cuando lo estime conveniente la entidad de oficio o a solicitud de un número plural de posibles oferentes, prórroga que podrá ser por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado (numeral 5º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 reformado por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011).
El proceso de selección podrá ser suspendido, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse y que puedan afectar la normal culminación del proceso.
2.8. SUJECIÓN DE LAS PROPUESTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Las propuestas deberán presentarse para el objeto establecido en el presente Pliego de Condiciones y sujetarse en un todo a los requisitos establecidos en el mismo y en sus anexos, apéndices y proformas.
2.9. ENTREGA DE PROPUESTAS
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, en sobre cerrado, en la recepción de TRANSCARIBE S.A., en la fecha y hora señaladas en el cronograma para el cierre del proceso. Las propuestas deben presentarse en sobres separados en un (1)
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original y dos (2) copias, foliados de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1).
El original y la copia de las propuestas deberán ser presentados en sobres separados, sellados y marcados de la siguiente forma:
TRANSCARIBE S.A.
Licitación Pública No. TC-LPN-002-2016
NOMBRE DEL PROPONENTE:
DIRECCIÓN:
CIUDAD:
TELÉFONO Y CELULAR:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
NUMERO DE FOLIOS DE QUE CONSTA LA PROPUESTA:
Y la indicación del contenido del sobre según sea “Original o copia”.
Nota: Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto original.
Las Ofertas estarán vigentes por el término de sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma.
Los Proponentes deben presentar la Oferta y los anexos en los formatos indicados, diligenciando la totalidad de los formularios (1 a 7) xxx xxxxxx de condiciones, y acompañadas de los documentos solicitados, así como de la garantía de seriedad de la Oferta.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones y sus Adendas.
NOTA: NO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS DESPUÉS DEL DÍA Y HORA SEÑALADOS PARA EL CIERRE DEL PROCESO
TRANSCARIBE S.A. no será responsable de la apertura o no apertura de una propuesta, en caso de no estar correctamente marcada o en el evento de no haber sido entregada en el recinto correspondiente.
No se aceptarán propuestas presentadas vía fax o por correo electrónico.
2.10. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
En el lugar, fecha y hora fijada para el cierre de la licitación se procederá a abrir las propuestas, con intervención de las personas que deseen asistir y los delegados de TRANSCARIBE S.A. En dicha audiencia se dará apertura a cada Propuesta presentada, dando lectura a la carta de presentación de las propuestas, el número de póliza de
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seriedad, el número de folios y demás datos importantes contenidos en el FORMULARIO 1
de la oferta.
La audiencia de apertura de las propuestas no podrá ser utilizada por los asistentes para tratar temas distintos a los señalados anteriormente.
2.11. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Dentro del plazo establecido para tal efecto en el presente Pliego de Condiciones y de acuerdo con el régimen legal aplicable al presente proceso licitatorio, el grupo evaluador que designe mediante acto administrativo el gerente de TRANSCARIBE S.A. preparará un documento que contenga el resultado de la verificación de los requisitos habilitantes y de la evaluación y calificación de los documentos incluidos en la oferta y exigidos en estos Pliegos de Condiciones que no son objeto de conformación dinámica de la oferta.
En este documento TRANSCARIBE hará un análisis integral de todas las propuestas presentadas en el proceso. Sin embargo, para efectos de conformar el orden de elegibilidad, se asignará el puntaje a todas, pero sólo se tendrán en cuenta las propuestas habilitadas.
El informe que contenga el resultado de la evaluación de las propuestas, será puesto a disposición de los oferentes, por el termino de cinco (5) días hábiles en el portal único de contratación, para que los proponentes presenten las observaciones que estimen pertinentes, sin que con ello los proponentes se encuentren habilitados para completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. Las observaciones a la evaluación podrán enviarse por correo, fax o a través de la dirección electrónica xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx hasta la fecha prevista en el cronograma del proceso.
Dentro del término de evaluación de las propuestas, TRANSCARIBE S.A. podrá solicitar aclaraciones, sin que por ello el proponente pueda adicionar, mejorar o modificar su oferta.
2.12. SUBSANABILIDAD DE LAS OFERTAS
En el proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En este sentido, la entidad no puede rechazar a un proponente por la ausencia de documentos o requerimientos necesarios para verificar el cumplimiento de requisitos habilitantes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, en los siguientes eventos no será posible subsanar una propuesta:
1. Cuando falte la capacidad para presentar la oferta
2. Cuando se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso
3. Cuando se adicione o mejore el contenido de la oferta
4. Cuando se trate de factores de escogencia.
De acuerdo con lo anterior, TRANSCARIBE S.A. no rechazará una propuesta por la ausencia de documentos o requerimientos necesarios para verificar el cumplimiento de requisitos habilitantes. Vale decir, se permitirá que los proponentes subsanen los elementos
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de sus propuestas que sean necesarios para cumplir con los requisitos mínimos habilitantes, siempre que no se trate de uno de los eventos enlistados anteriormente.
Cuando se trate de documentos que sirvan para acreditar el cumplimiento de requisitos habilitantes que al mismo tiempo sirven para otorgar puntaje, TRANSCARIBE S.A. permitirá a los proponentes subsanar el error contenido para acreditar el requisito, únicamente para efectos de habilitar la propuesta. Sin embargo, esa subsanación no servirá al proponente para efectos de otorgarle puntaje.
2.13. AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN
La audiencia de adjudicación se celebrará en la fecha, hora y lugar indicados en el cronograma y se sujetará a las siguientes reglas (Artículo 2.2.1.2.1.1.2. del Decreto 1082 de 2015):
1. Los proponentes de manera directa o por conducto de apoderado, podrán pronunciarse sobre las respuestas dadas a las observaciones presentadas al informe de evaluación. Estas respuestas serán publicadas de manera previa a la audiencia. Las intervenciones tendrán una duración máxima de quince (15) minutos consecutivos por cada proponente. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o las personas previamente designadas por el oferente. En ningún caso, esta posibilidad implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.
2. En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio de la entidad requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
3. Se podrá conceder el uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los intervinientes.
4. La entidad dará respuesta a las observaciones presentadas por los proponentes en la audiencia, ratificando o modificando el informe de evaluación, donde se conformará un orden de elegibilidad para la adjudicación de cada concesión, de acuerdo a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
5. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, el Gerente de TRANSCARIBE S.A. adoptará la decisión que corresponda y se notificará a los presentes de conformidad con el artículo 9º de la Ley 1150 de 2007.
Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.
La audiencia de adjudicación no podrá ser utilizada por los asistentes para tratar temas distintos a los señalados anteriormente.
En todo caso, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan, TRANSCARIBE
O
S.A. podrá prorrogar el plazo de celebración de la audiencia de adjudicación antes de su vencimiento, conforme con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007.
2.14. CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate entre dos o más propuestas, cuando obtengan un número idéntico en el puntaje total de su propuesta, según los guarismos que serán asignados con un número exacto y dos (2) decimales (no habrá aproximaciones).
Se deberá tener en cuenta lo contenido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015 respecto a los factores de desempate, así:
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. En el asunto en revisión, corresponderá al componente precio.
Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si aún después de lo anterior persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
O
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
Adicionalmente, como criterio de desempate debe tenerse en cuenta el contenido en la Ley 361 de 1997 según el cual:
“Artículo 24. Los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación tendrán las siguientes garantías:
a) A que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación;”
2.15. RECHAZO DE LA PROPUESTA
En general, las propuestas serán rechazadas cuando por su contenido, impidan la selección objetiva, y en especial en los siguientes casos:
i. Cuando se presente la propuesta en forma condicionada.
ii. Cuando se compruebe que se ha allegado información o documentos con la propuesta que contengan datos no veraces, tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a TRANSCARIBE S.A.
iii. Cuando en la propuesta haya información contradictoria que impida realizar una comparación objetiva de la propuesta.
iv. Cuando el proponente o alguno de los integrantes del proponente se encuentre en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la ley.
v. Cuando el Proponente presente más de una propuesta ya sea por si sólo o como miembro de un proponente plural. Esta causal no aplica cuando el mismo proponente presente propuestas, bajo una misma estructura de proponente plural o singular, para las dos tipologías de vehículos
vi. Cuando el proponente no firme la carta de presentación de la oferta.
vii. Cuando el proponente o el miembro del proponente no tenga capacidad legal para presentar propuesta o suscribir el contrato.
viii. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponde a lo requerido en el pliego de condiciones.
ix. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los requisitos habilitantes previstos en el presente pliego de condiciones, sus anexos y demás documentos
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que se generen con ocasión del proceso de selección.
x. Toda otra causal de rechazo contemplada en la Ley y en este pliego de condiciones.
2.16. DECLARATORIA DE DESIERTA
TRANSCARIBE S.A. podrá declarar desierta la Licitación en los siguientes eventos:
i) Cuando no se hubiera presentado ninguna propuesta a TRANSCARIBE S.A. con motivo de la presente Licitación Pública.
ii) Cuando ninguna de las propuestas cumpla con lo exigido en el presente Pliego de Condiciones.
iii)Por cualquier otro motivo o causa que impida la selección objetiva.
2.17. SUSCRIPCION DEL CONTRATO
Notificada la resolución de adjudicación, TRANSCARIBE S.A. elaborará el respectivo contrato; el proponente favorecido, deberá presentarse a suscribirlo, a más tardar al día hábil previsto en el cronograma de la Licitación.
Si el adjudicatario sin justa causa se abstuviere de suscribir el contrato correspondiente dentro del término señalado por TRANSCARIBE S.A. incurrirá en la causal de inhabilidad para contratar con el Estado por un término de cinco (5) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
En este caso TRANSCARIBE S.A., dentro de los quince (15) días siguientes y mediante acto motivado, podrá adjudicar el contrato a la propuesta habilitada calificada en segundo lugar (artículo 9 ley 1150 de 2012).
2.18. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN Y LEGALIZACION DEL CONTRATO
El contrato de compra venta se perfecciona con la firma de las partes y el correspondiente registro presupuestal.
Son requisitos de ejecución del contrato de prestación de servicios los siguientes documentos:
- La aprobación de la garantía única de cumplimiento del proponente, constituida conforme a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y la póliza de responsabilidad civil extracontractual.
- El certificado actualizado de pago de aportes parafiscales expedido en los términos del presente Pliego de Condiciones, y en cumplimiento del Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 23 de la ley 1150 de 2007.
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2.19. DERECHOS Y DEBERES DEL PROPONENTE
1. Los establecidos en los artículos 5o. y 7o. de la Ley 80 de 1993.
2. Los proponentes tendrán la oportunidad de conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se han señalado en este pliego etapas que permitan el conocimiento de dichas actuaciones y la posibilidad de expresar sus observaciones.
3. El desarrollo de la presente licitación es de carácter público, por lo tanto los expedientes que la contengan estarán abiertos al público, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios.
4. El oferente que formule propuestas en las que se fijen condiciones económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato, responderá conforme a las leyes vigentes e igualmente responderá por haber ocultado al contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa o por sus acciones u omisiones en la actuación contractual.
5. Cuando sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad dentro de la presente convocatoria, se entenderá que el proponente renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo, para lo cual, deberá informar tal hecho oportunamente.
CAPITULO III. PROPUESTAS
Los proponentes deberán presentar propuesta en los términos previstos en el presente capítulo xxx Xxxxxx de Condiciones.
Para efectos de la presentación de las propuestas, los oferentes diligenciarán y presentarán con sus propuestas cada uno de los formularios señalados en el presente documento, debidamente suscritos, así como los demás documentos expresamente exigidos en el presente Pliego de Condiciones relacionados en las instrucciones incluidas para el diligenciamiento de cada uno de ellos.
3.1. METODOLOGÍA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La metodología de presentación a la que deben sujetarse las ofertas está determinada por las siguientes condiciones:
a) El proponente deberá presentar su oferta en un sobre cerrado, que debe contener un (1) original y dos (2) copias de la oferta, así como los documentos de acreditación necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
b) El proponente deberá presentar con su oferta todos los documentos expresamente exigidos en el presente Pliego de Condiciones, relacionados en las instrucciones incluidas para el diligenciamiento de cada una de las proformas.
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c) No deberán incluirse catálogos, folletos o documentos cuyo contenido sea diferente al solicitado en el presente Pliego de Condiciones. En caso de que se incluyan, no serán en todo caso tenidos en cuenta para ningún efecto, lo cual se entiende aceptado por cada proponente con la presentación de su propuesta.
d) La oferta deberá ser presentada ante TRANSCARIBE S.A. en sobre cerrado que deberá exhibir una leyenda visible en la que únicamente debe constar la siguiente información relacionada en la forma que a continuación se señala:
DESTINATARIO: TRANSCARIBE S.A.,
OFICINA: Xxxxxx, Xxxxxxx 0x Xxxxx 00 Xx. 00 – 91. Edificio Xxxxxx
CONTIENE: OFERTA PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA No. XXXXXX ORIGINAL (o PRIMERA COPIA, o SEGUNDA COPIA)
FECHA: XX de XXXXXXX de 2016
e) En caso de existir discrepancia entre la información contenida en el ejemplar original de la oferta y la información contenida en cualquiera de sus copias, TRANSCARIBE S.A. sólo tendrá en cuenta al momento de la evaluación de la oferta, la información contenida en el documento presentado en original.
f) El idioma de la presente Licitación Pública será el español. Por lo tanto, todos los documentos emitidos en un idioma diferente que se adjunten a la propuesta deberán venir acompañados de una traducción oficial del documento, cumpliendo lo dispuesto en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 del Ministerio de Relaciones Exteriores y en el artículo 251 del Código General del Proceso, en adición a los requisitos necesarios para hacer valer documentos público o privados otorgados en el exterior.
g) Los documentos presentados con la oferta que contengan enmiendas, entrelíneas y raspaduras no serán tenidos en cuenta por TRANSCARIBE S.A. al momento de la evaluación de las propuestas a excepción de aquellos documentos debidamente aclarados y ratificados con la firma del representante legal del proponente y de la persona que expidió el documento que se ratifica, cuando sea el caso.
3.2. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Cada proponente deberá presentar junto con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta para entidades públicas, a cargo del proponente y en favor de TRANSCARIBE S.A., de conformidad con las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
3.3. INFORMACION SOBRE LAS PROPUESTAS
3.3.1. Ampliación de la información suministrada
TRANSCARIBE S.A. podrá requerir a los proponentes las aclaraciones que considere necesarias y podrá solicitar los documentos que encuentre convenientes, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación pública, y sin que las aclaraciones o documentos que los proponentes alleguen a solicitud de TRANSCARIBE S.A., puedan modificar, mejorar o adicionar las propuestas presentadas.
O
TRANSCARIBE S.A. también podrá requerir informes a terceros cuando lo considere conveniente o necesario para el análisis y evaluación de las propuestas.
3.3.2. Inexactitud de la información
Si durante el término comprendido entre la evaluación de las propuestas y la fecha de adjudicación de la presente Licitación Pública se evidencia que la información y las declaraciones presentadas por los proponentes contienen elementos inexactos de carácter relevante, relacionados con la información solicitada dentro de los factores de elegibilidad o de valoración, no se considerará acreditado el aspecto que con dicha información se pretendiera hacer valer, salvo que la Ley permita a TRANSCARIBE S.A. solicitar aclaración o complementación y la Entidad así lo hubiera hecho.
Cuando la inexactitud presentada impida realizar una comparación objetiva de la propuesta, procederá el rechaza de la misma.
Se entenderá que una información o declaración es un elemento relevante para efectos de este numeral cuando sea determinante para la comparación objetiva de las propuestas presentadas dentro de la presente Licitación Pública.
3.3.3. Información confidencial
A pesar que la naturaleza de la información que se solicita para la presentación de las propuestas no tiene la vocación de constituir información que pueda ampararse en la reserva o el secreto protegidos por la ley, los proponentes serán responsables de advertir lo contrario en el caso en que las propuestas contuvieren información confidencial, privada o que configure secreto industrial de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresando las normas legales que le sirven de fundamento. En particular, los proponentes deberán acreditar la configuración de las causales de confidencialidad previstas en el numeral 4º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, según el cual: “4o. Las autoridades expedirán x xxxxx de aquellas personas que demuestren interés legítimo, copia de las actuaciones y propuestas recibidas, respetando la reserva de que gocen legalmente las patentes, procedimientos y privilegios”.
TRANSCARIBE S.A. analizará la solicitud de tratamiento confidencial, teniendo en cuenta el fundamento legal indicado y decidirá sobre el carácter confidencial del documento en cuestión.
En todo caso, TRANSCARIBE S.A. se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar las propuestas.
CAPITULO IV. FACTORES DE HABILITACION Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El presente numeral contiene los requisitos y condiciones exigidos para la acreditación de la existencia, capacidad y representación legal del Proponente y/o de los miembros del proponente, así como todos los factores de verificación legal, financieros y técnicos y de ponderación, económicos y de calidad, que deberán ser acreditados por los Proponentes en sus propuestas dentro del presente proceso licitatorio.
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4.1 REQUISITOS HABILITANTES
4.1.1 JURIDICOS
4.1.1.1. Registro único de proponentes
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, que compiló el artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, cada Proponente o integrante del Proponente persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal, interesado en participar en el presente proceso de contratación deberá estar inscrito y allegar el Registro Único de Proponentes vigente, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, a efectos de verificar su calificación y clasificación, además de los requisitos habilitantes asociados a la: experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera, y la capacidad organizacional.
Este certificado debe haber sido expedido dentro de los dos (2) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
Tratándose de personas jurídicas extranjeras de naturaleza pública o privada, sin domicilio en Colombia, no se requerirá su inscripción en el RUP, teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto 1082 de 2015, que compiló las normas dispuestas en el Decreto 1510 de 2013, tal calidad se debe acreditar mediante el RUP del país de origen, su documento equivalente o certificación consularizada de que en dicho país no se exige tal actividad administrativa.
La información contenida en el RUP debe encontrarse en firme al momento de presentar propuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el artículo 2.2.1.1.1.5.6 del Decreto 1082 de 2015, que compiló el artículo 13 del
Decreto 1510 de 2013.
Las actuaciones inscritas en el Registro Único de Proponentes (inscripción, actualización, renovación) quedarán en firme pasados diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), siempre y cuando no se haya interpuesto recurso alguno contra esta actuación.
Se solicitara clasificación UNSPSC Clasificador de bienes y servicios de las Naciones Unidas, en el RUP teniendo en cuenta el artículo 162: Régimen de Transición “… A partir del primer día hábil xx xxxxx de 2014, para la inscripción, renovación y actualización del RUP todos los proponentes deben utilizar el Clasificador de Bienes y Servicios”.
Se requiere para este proceso de selección que el proponente tenga inscrita las actividades que se describen a continuación:
Código UNSPSC | Nombre UNSPSC |
92121500 | SERVICIOS DE GUARDIAS |
92121700 | SERVICIOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD |
46171600 | EQUIPO DE VIGILANCIA Y DETECCIÓN |
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4.1.1.2. Aptitud legal del proponente
De acuerdo con la estructuración del proceso de selección, TRANSCARIBE S.A. ha considerado que pueden participar como proponentes dentro del proceso licitatorio personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios o uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos por la vigencia del Contrato y hasta un (1) año más.
Los documentos para acreditar la capacidad legal deberán anexarse al FORMULARIO No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, que son:
Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal, con fecha de expedición no superior a treinta
(30) días anteriores a la entrega de las propuestas, cuyo objeto social incluya el objeto de la presente convocatoria tanto de su principal como de su sucursal y/o agencia.
Autorización por parte del órgano competente al representante legal para presentar la propuesta y celebrar el contrato si le fuese adjudicado, en el evento de requerirse según el límite de las facultades del representante legal.
Certificado suscrito por el revisor fiscal o representante legal acreditando el pago de los aportes de seguridad social y parafiscales, durante los 12 meses anteriores a la celebración del contrato correspondiente a esta contratación, o durante la vigencia de la sociedad si esta fuere menor.. (Art. 50, Ley 789 de 2002 “Reforma Laboral”).
Acuerdo consorcial (para consorcios o uniones temporales) en caso de presentarse bajo esta modalidad, y acta de la junta de socios o directiva autorizando la conformación de la unión o el consorcio, en caso de ser necesario según los estatutos.
Certificado del Registro Único Tributario (RUT).
4.1.1.2.1. Acreditación de la existencia y representación legal del proponente
Personas Naturales: Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación y registro mercantil.
Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
O
En relación con lo anterior, las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
Personas Jurídicas Nacionales. Si el proponente es una persona jurídica nacional, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado de existencia y representación legal expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores al cierre de este proceso de selección, por la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad o la autoridad competente.
En dicho documento se deberá acreditar que el objeto social se encuentra relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
También deberá constar quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo. Se deberá acreditar que su duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año más. Si el representante legal tenga limitaciones para participar en procesos de selección, presentar propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar con la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano societario competente, que autorice de manera expresa al representante legal para la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.
Personas Jurídicas Extranjeras con sucursal en Colombia. Las personas jurídicas extranjeras que tengan domicilio en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta.
En el Certificado de existencia y representación deberá constar quién es el representante legal y las facultades del mismo.
Se deberá acreditar que la duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año más. Igualmente, se deberá acreditar que en el objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
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Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar adjudicatario, se deberá presentar copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.
Personas Jurídicas Extranjeras sin sucursal en Colombia. Las personas jurídicas extranjeras que no tengan constituida sucursal en Colombia a la fecha de cierre, deberán acreditar que su duración no será inferior a la vigencia del contrato (plazo de ejecución y liquidación), incluyendo el de la financiación y un (1) año más. Igualmente deberán acreditar que el objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar.
Adicionalmente, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales vigentes y en el pliego de condiciones y en caso de resultar adjudicataria del presente proceso (directamente o como integrantes de un consorcio o unión temporal), dichas personas deberán establecer una sucursal en Colombia, de conformidad con lo establecido en el Título VIII del Libro Segundo del Código de Comercio (Arts. 469 y ss.), teniendo en cuenta que el objeto del contrato materia del presente proceso de selección constituye actividad permanente, según el artículo 474 del X.Xx. Por la presentación de la propuesta, el oferente asume la obligación de acreditar TRANSCARIBE S.A., dentro de los cinco (5) días calendarios siguientes a la notificación de la adjudicación, que ha establecido la sucursal.
Las personas jurídicas extranjeras, sin sucursal en Colombia deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(i) Documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio.
Dicho documento, deberá ser expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre, y en él deberá constar su existencia, que su objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar, la fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), su vigencia, el nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción del interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal, expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la respectiva jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad en que conste que: a) no existe autoridad u organismo que certifique lo
O
solicitado en el presente numeral; b) la información requerida en el presente numeral; y
(c) la capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx.
Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en propuestas conjuntas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los miembros de la propuesta conjunta con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural.
(ii) Extracto de los estatutos sociales o certificado de representante legal o funcionario autorizado.
Este documento deberá anexarse para acreditar:
a) Que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
b) Que su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia tiene(n) las suficientes facultades para la suscripción del Contrato.
c) Que su duración es por lo menos igual al plazo total estimado del Contrato y un (1) año más.
(iii) Autorización del órgano social competente de la sociedad
Deberá adjuntarse si el(los) representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.
(iv) Reciprocidad.
Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten Propuesta, recibirán el mismo tratamiento que los nacionales, siempre que exista un acuerdo, tratado o un convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, en el cual se establezca que a las ofertas de servicios colombianos se les concede en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales
O
en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los Contratos celebrados con el sector público.
El Proponente o miembro del Proponente conjunto, deberá presentar con su oferta una certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que contendrá lo dispuesto por el Decreto 1082 de 2015.
La inexistencia de la certificación mencionada no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
De conformidad con la Ley, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Consorcios y Uniones Temporales: Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman. En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera con domicilio en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados previamente, según corresponda.
Reglas de participación de consorcios y uniones temporales
Las personas naturales y las personas jurídicas legalmente constituidas podrán presentar ofertas a través de consorcio o unión temporal, para lo cual deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 80 de 1993.
El documento de constitución deberá cumplir mínimo con lo siguiente:
- Expresar si la participación es a título de consorcio o unión temporal.
- Si se trata de unión temporal, sus miembros deberán señalar las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad, los términos y extensión –actividades a ejecutar, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito por parte de TRANSCARIBE S.A.
- Señalar el nombre o razón social, domicilios y representante legal de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal y la participación porcentual de cada integrante.
- Indicar la duración del consorcio o de la unión temporal, la cual deberá ser, como mínimo, igual al plazo contado desde la fecha de cierre del presente proceso hasta la fecha de vencimiento del plazo de ejecución del contrato, incluyendo la financiación y un (1) año más.
- Hacer la designación de la persona que tendrá la representación convencional del consorcio o de la unión temporal, indicando expresamente sus facultades. El representante designado deberá contar con facultades amplias y suficientes para formular la propuesta y obligar a todos los integrantes del consorcio o unión temporal al momento de suscribir el contrato resultante. La persona que sea designada como representante del consorcio deberá tener un suplente que lo reemplace en sus faltas
O
absolutas o temporales, debiendo quedar expreso en el acto de constitución la imposibilidad de renunciar sin que exista un reemplazo debidamente notificado ante la entidad.
- El consorcio o unión temporal deberá expresar que ninguno de los integrantes del mismo se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el Estado.
- Los integrantes del consorcio o unión temporal, así como sus representantes legales, deben tener plena capacidad jurídica para la presentación de la propuesta y para la suscripción y ejecución del contrato.
- El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados xx xxxxxx de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante. En este sentido, los miembros del consorcio o unión temporal deberán acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con lo previsto previamente en el presente documento.
- En el evento en que existan limitaciones estatutarias a la capacidad del representante legal de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, deberán aportar autorización del órgano social competente facultándolo a presentar propuesta, suscribir y ejecutar el contrato.
4.1.1.3. Aportes parafiscales
El artículo 50 de la Ley 789 de 2010 prevé la obligación de las entidades estatales de verificar que los proponentes hayan efectuado el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 50. CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES.
La celebración, renovación o liquidación por parte de un particular, de contratos de cualquier naturaleza con Entidades del sector público, requerirá para el efecto, del cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Las Entidades públicas en el momento de liquidar los contratos deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante toda su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas.
En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la Entidad pública deberá retener las sumas adeudadas al sistema en el momento de la liquidación y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, conforme lo define el reglamento.
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Cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Para la presentación de ofertas por parte de personas jurídicas será indispensable acreditar el requisito señalado anteriormente. El funcionario que no deje constancia de la verificación del cumplimiento de este requisito incurrirá en causal de mala conducta.
(…)” (Resaltado fuera del texto).
En el mismo sentido, la Ley 1150 de 2007 previó en relación con la obligación de acreditar en los procesos de selección el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales, lo siguiente:
“ARTÍCULO 23. DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. El
inciso segundo y el parágrafo 1o del artículo 41 de la Ley 80 quedarán así:
Para la ejecución se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del presupuesto. El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda.
PARÁGRAFO 1o. El requisito establecido en la parte final del inciso segundo de este artículo, deberá acreditarse para la realización de cada pago derivado del contrato estatal.
El servidor público que sin justa causa no verifique el pago de los aportes a que se refiere el presente artículo, incurrirá en causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al régimen disciplinario vigente” (Resaltado fuera del texto).
Atendiendo a la obligación prevista en la normatividad antes citada, en el presente proceso de selección se exigirá la acreditación del pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales, como requisito habilitante para participar en el proceso de selección, de acuerdo con el diligenciamiento del formulario incluido para esos efectos.
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4.1.1.4. Compromiso Anticorrupción
El proponente deberá diligenciar el respectivo FORMULARIO No. 2 que se denominará “Compromiso de Origen de Fondos, Legalidad y Anticorrupción”, por medio del cual certifica los pagos en que incurrirá el proponente, asociados con la oferta, así como su compromiso de NO ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público, en relación con su propuesta.
4.1.1.5. Certificado de antecedentes disciplinarios
La entidad verificará que no se encuentren reportados en la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, respecto del proponente y del representante legal. Y en el caso de proponentes plurales, de cada uno de los integrantes y sus representantes legales.
4.1.1.6. Certificado de responsabilidad fiscal
La entidad verificará que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con al artículo 60 de la ley 610 de 2000, respecto del proponente y del representante legal. Y en el caso de proponentes plurales, de cada uno de los integrantes y sus representantes legales.
4.1.1.7. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal
Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía.
Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman.
4.1.1.8. Licencia de funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
De acuerdo con los señalado en las Xxxxxxxxxx 000 xx 0000 - Xxxxxxxxxxxx Personal Operativo Servicios de Vigilancia Privada y 025 del 2014 –Contratación de Servicios de Vigilancia Privada, el proponente deberá anexar junto con su propuesta, copia legible de la Licencia de Funcionamiento vigente, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, donde se constante su operación a nivel nacional. El proponente debe contar con sede Principal, Sucursal o agencia en la Ciudad de Cartagena de Indias con una antigüedad no menor a ocho (8) años, lo cual se acreditara con copia de la Respectiva Autorización por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
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La licencia deberá permitir la prestación del servicio de vigilancia fija, con y sin armas y con medios tecnológicos, y estar vigente a la fecha de cierre y adjudicación de la licitación a adelantar. En el evento de vencerse durante la ejecución del contrato, deberá renovarla.
Si a la fecha de cierre del proceso o al momento de la adjudicación, la Licencia o la autorización para operar se encuentra en trámite de renovación, la Entidad aceptará el certificado que expide la Supervigilancia como constancia de ello; de la misma forma si durante la ejecución del contrato se vence dicha licencia, el contratista deberá prever esta situación y presentar la solicitud a la Supervigilancia con la antelación necesaria para garantizar la prestación del servicio.
Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar la Licencia de Funcionamiento de acuerdo a lo requerido en el presente numeral.
4.1.1.9. Certificación de multas y sanciones expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
El proponente deberá presentar una certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, dentro de los noventa (90) días hábiles anteriores a la fecha de cierre de este proceso de selección, en la que se evidencie que el proponente no ha sido sancionado o multado dentro de los cinco (5) últimos años anteriores al cierre de este proceso de selección.
En todo caso la entidad se reserva el derecho de verificar en la página web de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la vigencia de este requisito.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, se allegará la certificación de cada uno de los integrantes. Cada sanción representara la disminución de 5 puntos del puntaje final.
4.1.1.10. Licencia del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- MINTIC.
Los proponentes deben anexar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con cobertura en los sitios de prestación del servicio, mediante el cual se otorga el permiso para la utilización de frecuencias radioeléctricas (Título Habilitante Convergente, o licencia de valor agregado y telemático).
Dicha licencia deberá estar vigente en la fecha de presentación de la propuesta y celebración del contrato, así mismo deberá mantenerse vigente durante todo el plazo de ejecución del contrato.
En caso de que la licencia termine durante la ejecución del contrato deberá ser renovada en el término establecido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y estará sujeta a verificación por parte de la Entidad en cualquier momento.
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El Proponente podrá presentar en ausencia de la licencia solicitada, el Registro TIC vigente expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y copia del contrato vigente con la empresa autorizada por la misma Entidad de Comunicaciones para prestar el servicio de comunicaciones móvil ofertado, contrato que deberá estar vigente durante toda la ejecución del contrato.
En el caso de presentación de la propuesta bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberán contar con dicho permiso, o Registro TIC vigente expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y copia del contrato vigente con la empresa autorizada por la misma Entidad de Comunicaciones para prestar el servicio de comunicaciones móvil ofertado, contrato que deberá estar vigente durante toda la ejecución del contrato.
4.1.1.11. Certificado de vinculación a la red de apoyo de la Policía Nacional de Colombia.
El proponente y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberá adjuntar a su propuesta, la constancia vigente de estar afiliado a la Red de Apoyo de la Policía Nacional, correspondiente a la ciudad xx Xxxxxxxxx, la Red de Apoyo del Grupo de Explosivos y Manejo de Incidentes de la Fiscalía General de la Nación y el Frente de Seguridad Empresarial de la Dirección de Investigación Judicial - DIJIN vigentes a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública.
4.1.1.12. Póliza de responsabilidad civil extracontractual
El proponente y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá anexar a su propuesta, copia legible de la póliza permanente de Responsabilidad Civil Extracontractual y de los certificados modificatorios, vigente frente a terceros, por los riesgos de uso indebido de elementos de vigilancia y seguridad privada no inferior a mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada, de conformidad con el artículo 18 del Decreto 356 de 1994. Incluyendo RC Bienes bajo cuidado, Tenencia y Control.
4.1.1.13. Permiso de tenencia y porte xx xxxxx
El proponente presentará el permiso vigente para uso xx xxxxx de fuego de acuerdo con los requisitos establecidos en el Título IX del Decreto 2535 del 17 de diciembre de 1993 y demostrara que cuenta con todos los permisos y salvoconductos requeridos, conforme las normas legales para el uso xx xxxxx.
Para el caso de Consorcios y unión temporal todos deberán estar inscritos en el RUP y la clasificación podrá complementarse entre sus miembros.
No estar incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad acorde con lo establecido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, para lo cual deberá anexar: certificado de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, tanto para la persona jurídica como para su representante legal, Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación, tanto para la persona jurídica como para su representante legal, Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal, Certificado de antecedentes judiciales del representante legal o de la persona natural
O
proponente y certificación donde conste que el proponente no está dentro de causal de inhabilidad o incompatibilidad y si es persona jurídica, que ni el representante legal ni los socios se encuentran en causal de inhabilidad o incompatibilidad para participar el proceso de contratación y suscripción del contrato con La Entidad.
4.1.1.14. Certificación de sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo en avance de la implementación del decreto 1072
El proponente deberá acreditar que cuenta con la certificación en desarrollo e implementación del Decreto 1072 con un puntaje superior a 80% y cuya expedición no exceda del segundo semestre de 2016.
4.1.1.15. Asistencia a la visita
El interesado en participar podrá asistir a visita la cual será programada en el cronograma que regula el proceso de selección, con el propósito de que los posibles oferentes conozcan de primera mano el lugar y las circunstancias que rodean la prestación del servicio.
4.1.2 CONDICIONES TECNICAS DE LA PROPUESTA:
4.1.2.1. EXPERIENCIA HABILITANTE
La experiencia del proponente se verificará en el RUP, con máximo Dos (2) contratos los cuales indicará el proponente, y cuyo objeto (de cada contrato) comprenda los CÓDIGOS UNSPSC establecidos dentro del presente proceso.
Código UNSPSC | Nombre UNSPSC |
92121500 | SERVICIOS DE GUARDIAS |
92121700 | SERVICIOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD |
46171600 | EQUIPO DE VIGILANCIA Y DETECCIÓN |
Los contratos que se pretendan acreditar deben tener las siguientes características:
- Estar registrados en el RUP;
- la sumatoria de los contratos debe ser igual o superior a 36.000 SMMLV.
- Los contratos deben haberse ejecutado en un 100%.
Adicionalmente deberá acreditar un contrato celebrado con una entidad pública que se haya ejecutado en los últimos tres (3) años, en la Ciudad xx XXXXXXXXX, por un valor no inferior a 20.000 SMMLV.
En caso de que la información contenida en el RUP no permita acreditar la totalidad de las exigencias establecidas, el proponente deberá aportar certificaciones que contengan como mínimo la siguiente información:
Nombre del contratante
O
Nombre del Contratista Objeto del contrato
Fecha de inicio y fecha de terminación (día, mes y año) Valor del contrato
El certificado debe incluir claramente las actividades que acrediten la experiencia técnica mínima requerida.
Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente. Firma de quien expide la certificación.
Para efectos de verificación de este aspecto, TRANSCARIBE S.A. no tendrá en cuenta certificaciones de contratos que no se relacionen con el objeto de la presente solicitud de oferta, ni las relaciones de contratos o copias de los mismos por si solos, copia de la factura, actas de liquidación o aquellas certificaciones cuyo cumplimiento esté por debajo xx xxxxx o su equivalente.
En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite.
Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de constituidas, se podrá acumular la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015.
En caso de certificaciones expedidas por entidades de derecho privado el proponente deberá adjuntar además de la certificación, copia del contrato respectivo u órdenes de compra y copia de la facturación.
Nota: Los salarios mínimos de cada certificación se liquidarán con base en el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2016.
Para el caso de proponentes extranjeros no obligados a estar registrados en el RUP, deben acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sea proponentes individuales o integrantes de un consorcio o una unión temporal, mediante el diligenciamiento del FORMULARIO No. 4 CERTIFICADO DE ACREDITACION DE EXPERIENCIA xxx xxxxxx de
condiciones.
La entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada por el oferente y lo establecido por la Entidad, la propuesta no será evaluada técnicamente, lo anterior sin perjuicio de las acciones penales pertinentes.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá cumplir con todos los requisitos establecidos, en cuanto a la experiencia y acreditar todos los aspectos de acuerdo a su porcentaje de participación.
DEBE TENERSE EN CUENTA QUE LA EXPERIENCIA DESCRITA EN ESTE PUNTO ES UN REQUISITO HABILITANTE, MAS NO PONDERABLE.
O
4.1.2.2. CERTIFICACION DE AUTORIZACION DEL PROGRAMA DE CAPACITACION
El proponente deberá allegar la respectiva certificación expedida por la Superintendencia de Xxxxxxxxxx y Seguridad Privada, en relación con la capacitación de su personal así:
a) Si el proponente cuenta con su propio departamento de capacitación, deberá allegar copia de la certificación de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la cual conste que la empresa tiene autorizado el programa de capacitación.
b) Si el proponente presta la capacitación al personal de su empresa a través de una escuela de capacitación en la cual se provea enseñanza, capacitación, entrenamiento y actualización de conocimientos relacionados con vigilancia y seguridad, deberá allegar copia de la licencia de funcionamiento de la misma, la cual debe encontrarse vigente.
El proponente debe allegar dentro de su oferta copia del programa de capacitación donde se demuestre los cursos con que cuenta para instruir al personal de guardas tanto en temas de seguridad y vigilancia como en medios tecnológicos.
En el caso de presentación de la propuesta bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, cada uno de sus integrantes deberá contar con dicho requisito.
4.1.2.3. RESOLUCIÓN VIGENTE O SOLICITUD DE APROBACIÓN DE UNIFORMES Y DISTINTIVOS
El proponente deberá presentar copia clara y legible de la resolución vigente expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la cual se aprobaron los diseños, colores, materiales, condiciones de uso y demás especificaciones y distintivos, utilizados por el personal de vigilancia y seguridad privada, la cual deberá mantenerse vigente durante la ejecución del contrato.
En el evento de haberse solicitado la aprobación o cambio de uniformes o distintivos, de conformidad con el Decreto 1979 de 2004 y la resolución 510 de 2004, no habiendo obtenido aun respuesta, deberá aportarse la respectiva solicitud debidamente presentada y radicada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de estos deberá cumplir con el anterior requisito.
4.1.2.4. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
El oferente deberá presentar con su propuesta CERTIFICACION DEL REPRESENTANTE LEGAL donde bajo gravedad de juramento indique que cuenta con el Reglamento Interno de Trabajo, de acuerdo con la normatividad vigente y el mismo se encuentra publicado.
Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, todos sus miembros deberán presentar este documento, con los requisitos señalados en el presente numeral.
DEBE TENERSE EN CUENTA QUE LA EXPERIENCIA DESCRITA EN ESTE PUNTO ES UN REQUISITO HABILITANTE, MAS NO PONDERABLE.
O
4.1.3 CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE
En concordancia con lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015 que compiló las disposiciones normativas consignadas en el Decreto 1510 de 2013, que define la capacidad financiera como condición que se verificará para habilitar una oferta previa a la calificación, se efectuará con fundamento en el cumplimiento de la documentación requerida.
El oferente deberá acreditar su capacidad financiera de acuerdo con los indicadores señalados en el numeral 3 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, que compiló el artículo 10 del decreto 1510 de 2013, a saber:
El Proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
INDICADOR | FORMULA | INDICE REQUERIDO |
Índice de Liquidez | activo corriente/pasivo corriente | Igual o superior a 2.2 |
Índice de endeudamiento | Pasivo total sobre activo total X 100 | Igual o inferior a 60% |
Razón de cobertura de intereses | Utilidad Operacional/Gastos de Intereses | Igual o superior a 4 |
Si el Proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura debe cumplir su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual expedido por Colombia Compra Eficiente para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación versión M-DVRHPC-04.
Índice de Liquidez = IL
El indicador de liquidez requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Liquidez= ACTIVO CORRIENTE/PASIVO CORRIENTE
Liquidez= ≥ 2.2
La liquidez acreditada por el oferente deber ser mayor a 2.2. En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, cada miembro deberá acreditar el índice exigido.
Índice de Endeudamiento (E):
El nivel de endeudamiento requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Endeudamiento Total = PASIVO TOTAL/ACTIVO TOTAL X 100
O
Endeudamiento Total = ≤60%
El nivel de endeudamiento acreditado por el oferente deber ser menor o igual al 60%. En el caso de oferentes en unión Temporal o consorcio, el nivel de endeudamiento acreditado será igual a la fracción de: la sumatoria de los valores individuales del pasivo total sobre la sumatoria de los valores individuales del activo total, este resultado multiplicado por cien (100).
Razón de Cobertura de Intereses (R):
La Razón de Cobertura de Intereses requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional/Gastos de Intereses Razón de Cobertura de Intereses = Debe ser mayor o igual (≥) 4
4.1.4 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP.
INDICADOR | FORMULA | INDICE REQUERIDO |
Rentabilidad operativa del patrimonio (ROE) | Utilidad operativa dividida por el patrimonio | Igual o superior a 50% |
Rentabilidad operativa del activo (XXX) | Utilidad operativa dividida por el activo total | Igual o superior a 25% |
Rentabilidad operativa del Patrimonio: (ROE)
La Rentabilidad operativa del Patrimonio requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Rentabilidad operativa del Patrimonio: Utilidad Operacional/ Patrimonio Rentabilidad operativa del Patrimonio: Debe ser mayor o igual (≥) 50%
Rentabilidad operativa del Activo: (XXX)
La Rentabilidad operativa del Activos requerido para la oferta se calculará teniendo en cuenta la siguiente fórmula:
Rentabilidad operativa del Activo: Utilidad Operacional/ Activo Total Rentabilidad operativa del Activo: Debe ser mayor o igual (≥) 25%
En el caso de OFERENTES PLURALES, UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO, la capacidad financiera la acreditarán así:
O
- ÍNDICE DE LIQUIDEZ, será igual a la fracción de la sumatoria de los valores individuales del Activo Corriente, dividido entre la sumatoria de los valores individuales del Pasivo Corriente. El resultado a acreditar es mayor o igual a dos punto dos (2.2).
- El NIVEL DE ENDEUDAMIENTO se acredita sumando los valores individuales del pasivo total sobre la sumatoria de los valores individuales del activo total, este resultado multiplicado por cien (100). El resultado a acreditar debe ser igual o menor del sesenta por ciento (60%).
- LA COBERTURA DE INTERÉS se obtiene mediante la sumatoria de los valores individuales de la Utilidad Operacional sobre la sumatoria de los valores individuales de los Gastos de Interés. El resultado a acreditar debe ser igual o mayor de cuatro (4).
- LA RENTABILIDAD OPERATIVA DEL PATRIMONIO se acreditara con la sumatoria de la Utilidad Operacional de cada uno de los miembros entre la sumatoria del Patrimonio de cada uno de los miembros del proponente plural y debe ser mayor o igual (≥) 50%.
- LA RENTABILIDAD OPERATIVA DEL ACTIVO se acreditará con la sumatoria de la Utilidad Operacional de cada uno de los miembros entre la sumatoria del total activo de cada uno de los miembros del proponente plural y debe ser mayor o igual (≥)25%
Para el caso de PROPONENTES EXTRANJEROS, no obligados a estar registrados en el RUP, deben acreditar que cumplen con los requisitos habilitantes, bien sea proponentes individuales o integrantes de un consorcio o una unión temporal, mediante el diligenciamiento del FORMULARIO CERTIFICADO DE ACREDITACION DE CAPACIDAD
FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL xxx xxxxxx de condiciones.
Notas Generales
NOTA 1: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin domicilio o de personas jurídicas extranjeras que no tenga establecida sucursal en Colombia, no se le exigirá el RUP.
NOTA 2: Cuando el proponente sea un gobierno extranjero o alguna entidad estatal extranjera del orden nacional, no requerirá acreditar la capacidad patrimonial, siempre y cuando se anexe una carta emitida por el representante legal, bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que no está obligado por ley a presentar los documentos financieros requeridos en el pliego de condiciones.
NOTA 3: Los Oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0). En este caso el Oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
NOTA 4: Cuando en desarrollo de la verificación financiera requiera verificar información adicional del proponente, podrá solicitarse los documentos que se consideren necesarios
O
para el esclarecimiento de la información, tales como Estados Financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerir las aclaraciones que se consideren necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a solicitud de esta entidad puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
La verificación de los requisitos financieros se realizará de acuerdo con la información que parezca reportada en el Registro Único de Proponentes, RUP.
Para verificar la capacidad financiera se tendrá en cuenta la información correspondiente al año fiscal 2015, contenida en el RUP.
Cuando el proponente no cumpla con los requisitos financieros mínimos establecidos, la propuesta será evaluada como NO CUMPLE FINANCIERAMENTE, lo que generará el rechazo de la misma.
4.2 REQUISITOS PONDERABLES
El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones.
El numeral 2° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 estipula que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. …”
El artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, que reglamenta el ofrecimiento más favorable a que se refiere el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, consagra que: “En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio …”.
La ponderación se efectuará entonces, sobre los elementos de calidad y precio señalados en el pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos.
La ponderación se hará únicamente a las propuestas HABILITADAS en los aspectos de capacidad jurídica y financiera, experiencia y organización.
Para la presentación de la propuesta, el oferente debe ceñirse a las condiciones establecidas a continuación. La presentación de la propuesta será evidencia de que el interesado ha examinado cuidadosamente los documentos, que entiende sus alcances y
O
significado, que no tiene reserva sobre ellos, que los acepta integralmente y que han sido considerados para preparar la propuesta.
Las propuestas serán ponderadas, teniendo en cuenta los siguientes factores sobre una asignación máxima total de 1000 puntos, así:
FACTOR | CRITERIO | PUNTAJE MAXIMO | |
Ponderación económica | Media Geométrica | 500 | |
Ponderación de calidad | Recurso Humano | 300 | 400 |
Recurso tecnológico | 100 | ||
Apoyo a la industria nacional | 100 | ||
PUNTAJE TOTAL | 1000 puntos |
Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación son:
4.2.1. PONDERACIÓN ECONÓMICA (hasta 500 Puntos)
Se otorgará 500 puntos a la propuesta que, contemplando los salarios exigidos por TRANSCARIBE, la totalidad de cargas laborales y prestacionales mínimas exigidas por la ley laboral colombiana, todos los costos de equipos de comunicaciones y armamento según el lugar de servicio, así como los costos de administración y de legalización y ejecución del contrato, presente su oferta determinando la media geométrica calculada con los valores de las ofertas habilitadas incluyendo el presupuesto asignado por la Entidad para esta actividad.
Una vez obtenido este resultado, se compararan los valores de las ofertas presentadas bien sea por encima o por debajo a la media geométrica calculada.
Por lo tanto, la asignación de puntajes se realizara de la siguiente forma Sea:
X: Media Geométrica calculada con los valores de las ofertas habilitadas incluyendo el presupuesto oficial.
N: Valor de la oferta a evaluar
RANGO | PUNTAJE A ASIGNAR |
ENTRE EL 95% Y EL 105% DE LA MEDIA GEOMETRICA | 500 PUNTOS |
ENTRE EL 90 Y 94.99% DE LA MEDIA | 250 PUNTOS |
GEOMETRICA Y XXXXX XX 000 X XX 000 XX XX XXXXX GEOMETRICA | |
INFERIOR AL 90% Y SUPERIOR AL 110% DE LA MEDIA GEOMETRICA | 0 PUNTOS |
O
SE APLICARA EL PUNTAJE POR CERCANIA A LA MEDIA DE ACUERDO A LAS FORMULAS, AL MAS CERCANO EL MAYOR PUNTAJE Y AL RESTO POR REGLA DE TRES PROPORCIONAL DENTRO DE UN MISMO RANGO.
FORMULARIO No. 7 “PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA”. A través del
diligenciamiento de este formulario se determinará autónomamente por cada proponente, el costo total de los bienes o servicios a proveer. Este formulario debe ser firmado por el representante legal o el apoderado.
4.2.2 PONDERACIÓN DE ELEMENTOS DE CALIDAD (hasta 400 puntos)
Con el fin de escoger la propuesta más favorable para la Entidad, y que los diferentes servicios contratados por la Entidad sean cubiertos con personal competente teniendo en cuenta las condiciones de los puestos y con recurso tecnológico, en procura de la calidad del servicio, se evaluarán los siguientes factores de calidad:
4.2.2.1. RECURSO HUMANO (300 PUNTOS)
Para la asignación del puntaje, el proponente deberá ofrecer en el Formulario No. 6 lo siguiente:
1. JEFE DE SEGURIDAD O COORDINADOR
Se calificara con 150 puntos la experiencia específica del Jefe de Seguridad o Coordinador presentado por el proponente para ejecutar dichas actividades, el cual debe acreditar como mínimo los siguientes requisitos:
a. Presentar hoja de vida del Coordinador propuesto.
b. Ser profesional Universitario con título universitario en áreas administrativas
c. Aporta credencial vigente de Consultor
d. Especialización en administración de la seguridad
e. N.A.
f. Formación demostrada por el organismo competente en implementación y desarrollo de sistemas de gestión
g. Xxxxxx xxxx (10) años o más de experiencia demostrada como coordinador de contratos de seguridad o experiencia similar
h. No tener antecedentes penales, ni disciplinarios, acreditados mediante certificados vigentes expedidos por la Policía Nacional y por la Procuraduría General de la Nación, respectivamente.
x. Xxxxx de Compromiso mediante la cual el Jefe de Seguridad o Coordinador propuesto, se compromete a prestar sus servicios en caso de llegarle a ser adjudicado el contrato al Proponente. Para lo cual deberá diligenciar el FORMULARIO No. 6 xxx xxxxxx de condiciones, en la parte correspondiente.
O
TRANSCARIBE verificará la ausencia de antecedentes penales y disciplinarios del Jefe de Seguridad propuesto.
2. SUPERVISOR
Se otorgará un máximo puntaje de 150 Puntos al proponente que ofrezca un supervisor para ejercer la labor de supervisión en HSEQ para el contrato, quien deberá cumplir el siguiente perfil:
a. Oficial o Suboficial retirado de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, acreditado con fotocopia del diploma o certificación expedida por la oficina de recursos humanos de la respectiva fuerza.
b. Curso como Supervisor vigente.
c. Credencial vigente.
d. Título Profesional Universitario.
e. Tener experiencia como supervisor en empresas de vigilancia y seguridad privada, no menor a doce (12) años, acreditada mediante certificación expedida por los representantes legales de las empresas de vigilancia y seguridad privada donde haya laborado, o por el funcionario autorizado para ello.
f. Demostrar vinculación laboral con el oferente no menor a diez (10) años, para lo cual se deberá presentar el contrato y afiliaciones a la EPS, FONDO DE PENSIONES y última planilla de pago de la Seguridad Social.
g. No tener antecedentes penales ni disciplinarios, acreditados mediante consultas en línea vigentes al momento del cierre de la presente licitación pública, expedidas por las páginas Web de la Policía Nacional y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente.
NOTA:
Para acreditar la experiencia del Jefe de Seguridad o Coordinador y Supervisor, el Proponente debe anexar en su propuesta certificaciones que reúnan los siguientes requisitos:
. En caso que la certificación no indique el día de inicio, se tomará el último día calendario del mes o en el evento, que la certificación no exprese el día de terminación, se tomará el primer día calendario del mes.
Si el Proponente es el mismo que certifica al personal ofrecido, además de la certificación aquí descrita, debe presentar copia del contrato suscrito entre el Proponente y su contratista.
Además de los contratos y las certificaciones o demás documentos que acreditan la experiencia del personal propuesto, el Proponente deberá adjuntar, según se trate de Jefe de Seguridad o Coordinador y Supervisor, los siguientes documentos:
O
conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia
de retiro mediante copia del respectivo acto administrativo y/o Hoja de vida expedida por la fuerza pública donde prestó sus servicios.
Para todo el personal propuesto TRANSCARIBE no aceptará el caso de Oficiales o Suboficiales Retirados de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, cuando se conozca que su retiro se debió a situaciones disciplinarias o de mala conducta, de las señaladas en el Decreto 1793 de 2000 o en el Decreto 1798 de 2000.
4.2.2.2. RECURSO TECNOLÓGICO (100 PUNTOS)
Para la asignación del puntaje, el proponente deberá ofrecer en el Formulario No. 6 lo siguiente:
ACREDITACION DE UN SISTEMA DE GESTION DE RIESGO IMPLEMENTADO CON AL MENOS 2 AÑOS DE FUNCIONAMIENTO Y CERTIFICADO POR DOS CLIENTES.
El proponente deberá ofrecer la implementación del sistema de gestión de riesgo para la prestación de los servicios contratados sin costo alguno para la entidad, a través de manifestación bajo la gravedad de juramento expedida por el representante legal
La entidad, Transcaribe S. A., podrá realizar una visita técnica para constatar la existencia y funcionalidad del sistema de gestión de riesgo.
LA INFORMACION RELATIVA A LOS FACTORES DE EVALUACIÓN ANTERIORMENTE DESCRITOS SE CALIFICARA A PARTIR DE LA INFORMACION APORTADA EN LA PROPUESTA, POR ENDE NO SERA SUSCEPTIBLE DE MODIFICACION, ACLARACION, COMPLEMENTACION, NI CORRECCION POR PARTE DEL OFERENTE CON POSTERIORIDAD A LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO, POR TRATARSE DE UN FACTOR DE PONDERACION ESENCIAL PARA LA COMPARABILIDAD DE LAS OFERTAS.
4.2.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 puntos)
Para este componente, TRANSCARIBE tendrá en cuenta si los servicios son de origen nacional o extranjero. En aplicación del principio de reciprocidad y de apoyo a la industria nacional de que trata la Ley 816 de 2003 y en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de empresas o sociedades de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales. En este caso deberá señalarse el tratado, convenio o acuerdo y/o la ley de ratificación.
Igual tratamiento recibirán aquellos proponentes originarios de países en los cuales a las ofertas de servicios de origen colombiano se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus servicios nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios
O
para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. Esto se demostrará con un informe o certificado de la respectiva Misión Diplomática Colombiana que debe indicar por los menos los siguientes aspectos:
- País de origen.
- Funcionario competente (nombre, cargo y firma). Citación de la disposición legal que lo autoriza para expedir la certificación.
- Indicación xx xxx interna del país extranjero o del documento referente al trato igualitario a los proponentes colombianos en materia de acceso a contrataciones estatales.
Para la asignación del puntaje de que trata este numeral el proponente debe presentar junto con su propuesta, manifestación en la cual indique bajo la gravedad del juramento si el personal que labora para el proponente es cien por ciento (100%) nacional o aplica principio de reciprocidad; si parte del personal que labora para el proponente es extranjero sin que acredite principio de reciprocidad o si la totalidad del personal que labora para el proponente es de nacionalidad extranjera sin que acredite principio de reciprocidad.
Se reitera que dicha manifestación debe presentarse con la oferta, so pena de no otorgarse el respectivo puntaje por este aspecto.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, este criterio se calificara así:
ASPECTO | PUNTAJE |
Si todo el personal presentado de nacionalidad colombiana, o aplica principio de reciprocidad, de acuerdo a manifestación del proponente | 100 PUNTOS |
Si dentro del personal presentado hay algunos de nacionalidad extranjera sin acreditación de principio de reciprocidad, de acuerdo a manifestación del proponente. | 50 PUNTOS |
Si todo el personal presentado es de nacionalidad extranjera, y no acredita principio de reciprocidad | 0 PUNTOS |
4.3 GARANTÍAS
4.3.1 Generalidades
En virtud del artículo 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
1. Póliza de seguros
O
2. Fiducia mercantil en garantía – patrimonio autónomo
3. Garantía bancaria
Los anteriores mecanismos de cobertura del riesgo se sujetarán a las condiciones y requisitos generales establecidos en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el Código de Comercio y demás normas concordantes.
Por otra parte, debe tenerse en cuenta que de acuerdo con el artículo 2.2.1.2.3.1.4. del Decreto 1082 de 2015 cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal o Consorcio, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes
En el presente proceso de selección se exigirán las siguientes garantías:
4.3.1.1 Póliza de seguros
La póliza deberá presentarse en ORIGINAL y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. A la póliza deberán adjuntarse las Condiciones Generales de la misma, correspondientes a las depositadas por la aseguradora en la Superintendencia Financiera.
Se entenderá, por ministerio de la ley, que el seguro no expirará por falta de pago de la prima ni por revocación unilateral.
Cuando no sea posible la contratación de la póliza con compañías aseguradoras legalmente establecidas en Colombia, la misma podrá contratarse con aseguradoras del exterior previa autorización que, por razones de interés general, imparta la Superintendencia Financiera, de conformidad con lo establecido en el Artículo 188 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
4.3.1.2 Fiducia mercantil en garantía – patrimonio autónomo
El proponente deberá presentar una COPIA del respectivo contrato xx xxxxxxx y el ORIGINAL del certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria, documentos con los cuales se acreditará la constitución de la garantía. En todo caso dicho documento deberá cumplir con las exigencias contenidas en el artículo 2.2.1.2.3.3.1. y ss del Decreto 1082 de 2015.
4.3.1.3 Garantía bancaria
El proponente deberá presentar el documento mediante el cual acredita el otorgamiento de la garantía, según se dispone más adelante, dependiendo de la clase de garantía bancaria que presente.
Frente a este tipo de garantías debe cumplirse lo contenido en el artículo 2.2.1.2.3.4.1. del Decreto 1082 de 2015 según el cual:
“Garantías bancarias. La Entidad Estatal puede recibir como garantía en los términos de los artículos 115 y 116 del presente decreto garantías bancarias y las cartas de crédito stand by, siempre y cuando reúnan las siguientes condiciones:
O
1. La garantía debe constar en documento expedido por una entidad financiera autorizada por la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces, otorgado de acuerdo con las normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
2. La garantía debe ser efectiva a primer requerimiento o primera demanda de la Entidad Estatal.
3. La garantía bancaria debe ser irrevocable.
4. La garantía bancaria debe ser suficiente en los términos de los artículos 118 a 125 del presente decreto.
5. El garante debe haber renunciado al beneficio de excusión.”
Serán admisibles las siguientes clases de garantías bancarias a primer requerimiento:
A - El contrato de garantía bancaria: El proponente acreditará la constitución de la garantía de seriedad de la propuesta mediante la entrega del documento ORIGINAL contentivo del contrato, suscrito por el representante legal del establecimiento de crédito o por su apoderado, y que cumpla con lo indicado a continuación.
La entidad bancaria emisora, obrando por cuenta y por orden del proponente, se obligará irrevocablemente para con TRANSCARIBE S.A., en calidad de beneficiaria, a pagarle el monto cubierto por la garantía como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones que con ocasión de la propuesta, surjan para el proponente de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones.
TRANSCARIBE S.A. podrá aceptar como garantías bancarias a primer requerimiento para amparar la seriedad de la propuesta, los contratos de garantía bancaria, siempre y cuando dichas garantías consten en un documento en el cual se cumplan las siguientes condiciones:
1. En el contrato debe constar el nombre de TRANSCARIBE S.A. como beneficiario de la garantía;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite del presente numeral denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. La vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este mismo numeral.
4 Deberá constar que el establecimiento de crédito asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de TRANSCARIBE S.A., el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del proponente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte del mismo;
5. Debe constar la forma de hacer exigible la garantía;
6 Se hará constar que la garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito el acto administrativo en firme que declara el acontecimiento de cualquiera de los
O
eventos constitutivos deincumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos.
7. La entidad emisora efectuará el pago dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que TRANSCARIBE S.A. le entregue el acto administrativo debidamente ejecutoriado, en el que conste el incumplimiento del proponente y se disponga el cobro de la garantía.
B - La carta de crédito stand by: El proponente o miembro de un proponente, acreditará la constitución de la garantía de seriedad de la propuesta mediante la entrega del documento ORIGINAL contentivo de la carta de crédito stand by, suscrita por el representante legal de la entidad emisora o por su apoderado, y que cumpla con lo indicado a continuación.
La carta de crédito stand by deberá haber sido expedida por una entidad crediticia sometida a la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera de Colombia. En el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, podrán otorgar cartas de crédito stand by expedidas en el exterior.
TRANSCARIBE S.A. podrá aceptar como garantías bancarias a primer requerimiento para amparar la seriedad de la propuesta, las cartas de crédito stand by siempre y cuando dichas garantías consten en un documento en el cual se cumplan las condiciones siguientes condiciones:
1. En la carta de crédito stand by debe constar el nombre de TRANSCARIBE
S.A. como beneficiario de la carta de crédito;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. La vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este pliego de condiciones
4 Deberá constar que la entidad emisora de la carta de crédito, asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de TRANSCARIBE S.A., el compromiso de pagarle en dinero las obligaciones surgidas a cargo del proponente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte del mismo;
5. La entidad emisora efectuará el pago, a primer requerimiento, contra entrega por parte de TRANSCARIBE S.A. de la carta de crédito, acompañada del acto administrativo debidamente ejecutoriado, en el que conste el respectivo evento constitutivo de incumplimiento por parte del proponente de la seriedad de los ofrecimientos hechos y se disponga el cobro de la garantía;
6. Debe constar la forma de hacer exigible la carta de crédito.
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4.3.2 Garantía de seriedad de la oferta
Una vez vencido el plazo para la presentación de las propuestas, se entenderá que la propuesta formulada por cada oferente es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta hasta el momento de suscripción del contrato.
Para participar en este proceso de selección, la propuesta debe, simultáneamente desde su presentación, estar acompañada de la garantía de seriedad, de acuerdo con lo establecido en las normas legales sobre la materia y en este pliego de condiciones. La no presentación de la garantía de forma simultánea con la propuesta, será causal de rechazo de esta última. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor de TRANSCARIBE S.A.
El Proponente debe presentar junto con la Oferta una garantía de seriedad de la oferta a favor de la Entidad Contratante por un valor de $ 80.624.575,oo) M/CTE, y con vigencia desde la presentación de la Oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato, que se presume será dentro del plazo de vigencia de la propuesta (60 días calendario).
4.3.2.1 Saneamiento de la garantía
La omisión de aportar la garantía de seriedad de manera simultánea con la propuesta será causal de rechazo de ésta última. En todo caso TRANSCARIBE S.A., cuando la garantía presentada simultáneamente con la propuesta no sea expedida o constituida de acuerdo con los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones, podrá requerir al proponente para que remita las modificaciones del caso, dentro del plazo que al efecto le señale.
4.3.2.2 Devolución de la garantía
TRANSCARIBE S.A., previa solicitud escrita del oferente, devolverá las garantías de seriedad de todas las ofertas, una vez haya sido perfeccionado el contrato adjudicado y se hayan aprobado por TRANSCARIBE S.A. las garantías contractuales que amparen los riesgos propios de la etapa contractual o quede en firme la resolución que declare desierto el proceso.
4.3.3 Garantía única de cumplimiento
La garantía, de acuerdo con el artículo 7 de la ley 1150 de 2007 deberá ser suficiente para amparar las obligaciones del contratista y cubrir los riesgos a que se ve avocada la entidad pública que celebra el contrato. A continuación se establece los riesgos que pueden existir para la entidad y a la vez el amparo que se debe tener, así como las vigencias y las cuantías que se deben asegurar:
A. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al
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contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado.
Deberá constituirse por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
B. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES:
Del personal que empleará para la ejecución del contrato. Por una cuantía xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.
C. CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del acta de finalización del contrato.
NOTA: Tanto la garantía de seriedad, como la de cumplimiento, deberán expedirse teniendo en cuenta además de lo descrito por la compañía seguradora, la siguiente información y deberá presentarse firmada por el tomador:
Asegurado/Beneficiario: Transcaribe S.A.
Dirección: Xxxxxx Xxxxxx xxxxxxx 0 # 00-00 Xxxxxxxx Xxxxxx Teléfono: 0000000
4.4 SUPERVISIÓN
En principio la supervisión técnica, financiera y jurídica del contrato de compra venta está en cabeza de TRANSCARIBE S.A. La supervisión será ejecutada por el DIRECTOR DE PLANEACION E INFRAESTRUCTURA de TRANSCARIBE S.A.
En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el contratista y TRANSCARIBE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
El supervisor debe ejercer un control integral, técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre la ejecución del proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del mismo.
El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por escrito, y con copia al representante legal de la Entidad.
Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, el supervisor comunicará dicha situación al representante legal de la Entidad, para que este tome las medidas que considere necesarias.
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El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, incumpliendo así el desarrollo normal de las actividades programadas.
FIN DEL DOCUMENTO