SERVICIO DE LIMPIEZA EN EDIFICIOS Y CENTROS DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL
JEFE DE MANTENIMIENTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/03/2017
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
Servicio de Mantenimiento
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
SERVICIO DE LIMPIEZA EN EDIFICIOS Y CENTROS DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL
DE ALBACETE
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NIF: P0200000H
Servicio de Mantenimiento
JEFE DE MANTENIMIENTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/03/2017
1. CONSIDERACIONES GENERALES, OBJETO, FINES Y CONTENIDO.
El objeto del presente pliego tiene por finalidad la contratación mediante procedimiento abierto de:
a) El Servicio de Limpieza de los locales, estancias, dependencias y unidades que de forma explícita se relacionan en el mismo como parte integrante de los inmuebles de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, así como el mobiliario, enseres, cristales y otros utensilios que forman parte de los mismos y se especifican en el presente Pliego.
b) Limpieza de los cristales de las fachadas exteriores de todos los edificios y centros que se describen y componen los distintos inmuebles que gestiona esta Excma. Diputación Provincial de Albacete, así como también cuando proceda efectuar la Gestión interna de residuos: Recogida en origen, transporte interno por los circuitos descritos, almacenamiento intermedio y transporte y almacenamiento final siguiendo las normas e instrucciones que en cada momento establezca el Responsable de Limpieza o el correspondiente Director del Centro, en cualquiera de las fases de gestión descritas, incluidas la provisión y gestión de residuos de contenedores higiénicos para pañales.
c) El suministro y reposición de los materiales consumibles tales como papel higiénico y de manos, jabón, etc. Así como los productos que se deban utilizar en la prestación del Servicio tales como mopas, bolsas, cubos, detergentes, desinfectantes, maquinas, etc… que serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
d) Montaje y recogida de los comedores de planta y el fregado y secado de la vajilla y cubertería generada en los distintos comedores que procedan de los Centros Asistenciales, San Xxxxxxx xx Xxxx y U.M.E.
El Servicio de Limpieza comprenderá la totalidad de locales y dependencias que forman parte del objeto del contrato y dentro de ellos a título enunciativo y no limitativos, se incluyen, aunque no figuren en las zonas previamente fijadas,pudiendo quedar incluidas dentro de otras zonas: Azoteas, Fachadas, Aseos, Cocinas, Despachos, Salas de Juntas, Salones de Actos, Entradas principales de cada edificio, Archivos, Barandillas, Escaleras, Cristales tanto interiores como exteriores, Zonas de Garajes, Patios, se incluye además la totalidad del mobiliario, equipos, aparatos y enseres pertenecientes a los mismos, salvo en aquellos casos en que La Excma. Diputación de Albacete, decida que su limpieza, total o parcial, se realice por personal propio o empresas especializadas, con el fin de mantener los citados edificios en perfecto estado de limpieza.
El presente Xxxxxx tiene también como finalidad señalar el ámbito espacial de los servicios de limpieza que se contratan, enumerar las distintas prestaciones a realizar y determinar las condiciones, periodicidad y cuantas concreciones sean precisas para la ejecución del contrato.
Las condiciones que se establecen en el presente Pliego, en orden a la calidad y cantidad de los servicios, deben entenderse como mínimas y, por tanto, podrán ser mejoradas por los distintos licitadores en todo cuanto suponga un beneficio para las Unidades que comprende.
El adjudicatario deberá proveer al personal que preste los servicios de limpieza, de los medios técnicos y mecánicos más apropiados, con especial atención a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Únicamente a los efectos de alcanzar una limpieza más idónea que responda a las prestaciones que proporcionan y ofrecen los distintos Servicios de esta Administración, los edificios y centros de esta dependientes, y solamente a efectos del presente contrato para la prestación del Servicio de Limpieza, se dividen en dos grandes áreas funcionales, que por su especificad y heterogeneidad se clasifican en:
a) Centros Administrativos, Generales o Técnicos y
b) Centros Sociales y Sanitarios.
Dentro de los Centros Sociales y Sanitarios se incluyen la Residencia Asistida San Xxxxxxx xx Xxxx y la Unidad de Media Estancia y Residencia Psicosocial “La Milagrosa”.
En el ámbito de aplicación de los Centros Administrativos, Generales o Técnicos se incluye el resto de edificios objeto del presente Pliego, excluidos los Centros Sociales y Sanitarios mencionados anteriormente.
A su vez estos, tanto los Centros Administrativo-Generales como los centros Socio-Sanitarios de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, se subdividen en Zonas Independientes de Limpieza, que por su homogeneidad composición, puede agruparse por su clasificación, siendo estas las relacionadas a continuación, comprendiendo los Módulos Unitarios de Limpieza (locales, estancias, dependencias o en general cualquier espacio definido gráficamente por una poli-línea cerrada, integrado tanto por el continente como por el contenido) que se describen en cada una:
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ZONA A: Aparcamientos exteriores y zonas de circulación y maniobra de vehículos, así como zonas de circulación de peatones.
ZONA B: Habitaciones y estancias de residentes y personal socio/sanitario, instalaciones de internamiento o aislamiento de pacientes, consultas sanitarias y externas, despachos clínicos, dormitorios y salas de estar Psiquiátricas, Geriátricas o de Asistentes, salas de curas y reconocimientos, farmacias y dispensadores de medicamentos, administración y controles de enfermería, aseos, baños, , halls, pasillos, escaleras, rampas, miradores, terrazas, ascensores, montacamillas y en general todas las instalaciones que estén destinadas a prestar una atención Asistencial a pacientes o residentes.
Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO MEDIO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología.
ZONA C: Despachos, oficinas, áreas de administración, bibliotecas, gimnasios, mortuorios, salas de duelos y cámaras, salas de visitas, salas de estar o televisión, , habitaciones de parques de bomberos, almacenes de material de oficina o depósitos de diversos materiales no recogidos en otras zonas específicas, costureros, porterías, vestíbulos y entradas generales de edificios así como ascensores, monta-camillas, pasillos, escaleras, rampas, miradores, terrazas, halls, salas de fumadores y en general todas las instalaciones relacionadas que estén destinadas a prestar un Servicio de atención Administrativa o General.
Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO BAJO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología, siendo estos protocolos menos rigurosos en cuanto a sus técnicas aplicativas que en las zonas de mayor riesgo.
ZONA D: Comedores, offices, cocinas, despensas y almacenes de víveres y alimentos, cámaras de congelación y de refrigeración y en general todas las áreas e instalaciones destinadas a hostelería no incluidas en otras zonas específicas, que presten un Servicio de Asistencia alimenticia.
Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO BAJO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología, siendo estos protocolos menos rigurosos en cuanto a sus técnicas aplicativas que en las zonas de mayor riesgo, debiéndose tener un especial cuidado en cuanto a la manipulación de productos de limpieza y similares, así como al movimiento y traslado de objetos depositados en estas instalaciones para su mantenimiento y decoro.
ZONA E: Aseos, baños, vestuarios de personal y de cualquier tipo, armarios y en general todas las áreas e instalaciones destinadas a higiene y aseo personal o sanitario no incluidas en otras zonas específicas.
Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO BAJO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología, siendo estos protocolos menos rigurosos en cuanto a sus técnicas aplicativas que en las zonas de mayor riesgo, debiéndose tener un especial cuidado en cuanto a la manipulación de productos de limpieza y similares, así como a una limpieza exhaustiva de los elementos y aparatos sanitarios que se encuentren en estas instalaciones para su debido mantenimiento.
ZONA F: Talleres, lavanderías, depósitos de suministros y otros consumibles, salas de maquinas, xxxxx xx xxxxxxxx, almacenes, garajes y almacenes de maquinaria, herramientas y utensilios varios, salas de maniobras de vehículos, grupos de presión e hidroneumáticos, armarios y cuadros eléctricos e instalaciones diversas y en general todas las áreas e instalaciones destinadas a servir de apoyo y labores de mantenimiento y logística de los edificios y centros objeto del presente pliego no incluidas en otras zonas específicas.
Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO BAJO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología, siendo estos protocolos menos rigurosos en cuanto a sus técnicas aplicativas que en las zonas de mayor riesgo, debiéndose tener un especial cuidado en cuanto a la manipulación de productos de limpieza y similares, así como a una limpieza exhaustiva de los elementos que componen las instalaciones y aparatos diversos que se encuentren en las mismas.
ZONA G: Otras dependencias exteriores, cubiertos o sin cubrir, jardines, viales, patios, y en general cualquier zona exterior al aire libre que sea propia xxx xxxxxxx o estancia del Centro o Edificio correspondiente.
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Las áreas o recintos clasificados en este epígrafe tendrán la consideración de ZONAS DE RIESGO BAJO, en cuanto a la posibilidad de transmisión de componentes patógenos, debiéndose aplicar las técnicas y procedimientos de limpieza que se prevean para evitar contagios o transmisiones de enfermedades o cualquier otra patología, siendo estos protocolos menos rigurosos en cuanto a sus técnicas aplicativas que en las zonas de mayor riesgo, debiéndose tener un especial cuidado en cuanto a la manipulación de productos de limpieza y similares, así como a una limpieza exhaustiva de los elementos que componen las instalaciones y aparatos diversos que se encuentren en las mismas, principalmente si son de uso común.
Esta división, principalmente entre Zonas de Riesgo Medio y Zonas de Riesgo Bajo (puesto que el presente Pliego para el Contrato de Limpieza de Edificios y Centros de la Excma. Diputación Provincial de Albacete no contempla ninguna Zona Critica o de Riesgo Alto), implicará programas distintos, tanto diarios, semanales, mensuales, trimestrales, semestrales, anuales, etc.., distintas técnicas y procedimientos de limpieza o mantenimiento que se señalarán de forma específica, para cada zona, así como la aplicación igualmente distinta de concentraciones de detergentes y desinfectantes, con la debida aprobación del Servicio de Medicina Preventiva y Prevención de Riesgos Laborales de esta Administración, cuando proceda, y de todos los cuales a finales o principios de mes se facilitará información al Responsable del Servicio de Limpieza de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
El tipo previsto de concentraciones mínimas de detergentes y desinfectantes se fijará de acuerdo a las necesidades especificas de cada zona de limpieza, así como a la normativa aplicable a la misma, de existir esta, del mismo modo, se indicará la frecuencia mínima con la que habrá de realizarse el servicio de limpieza. En cualquier caso, los concurrentes al Procedimiento, podrán ofertar mejoras a lo requerido en el presente Xxxxxx.
2. ALCANCE Y ÁMBITO ESPACIAL.
El alcance de los Servicios a prestar incluye la superficie de los Módulos Unitarios de Limpieza que componen las instalaciones descritas en anexo II., si bien estas superficies estarán moduladas en función de las horas de trabajo semanales a prestar en cada Centro y/o Edificio por las distintas categorías del personal que compone la contrata del Servicio de Limpieza.
Se entiende por Módulo Unitario de Limpieza (en adelante M.U.L.), el local, estancia, dependencia o espacio definido gráficamente por una poli-línea cerrada, integrado tanto por el continente como por el contenido del mismo. Puede ser tanto un elemento único: Habitación, Despacho, Consulta, como un elemento complejo: Lavandería, Sala de Máquinas, Xxxx xx Xxxxxxxx, etc…
Dicho M.U.L. estará definido por los siguientes parámetros:
1.) Ubicación geográfica:
a) Por su pertenencia al Centro, Edificio, Planta, Orientación.
b) Dimensión: Por su superficie en metros cuadrados (m2).
c) Pertenencia: Por su pertenencia a una Unidad, Servicio, Negociado o Area concreta.
d) Clasificación de riesgo: Según su finalidad, función y el tipo de riesgo de transmisión patógena, pertenecerá: Zona crítica o de alto riesgo, el presente pliego y contrato no contempla ninguna zona con estas características en los Centros de la Excma. Diputación Provincial de Albacete. Zona semicrítica o de medio riesgo y Zona general o de riesgo bajo.
2.) por su composición:
a) Continente:
Suelo: material, textura, tratamiento de su composición. Techo: material, textura, tratamiento de su composición Paredes: material, textura, tratamiento de su composición
Puertas, pomos, manillas, herrajes, ventanas, cristales, persianas, cortinas e instalaciones fijas cogidas definitivamente al continente como elementos sanitarios, farolas, fuentes, etc…
b) Contenido:
Equipamiento: material de composición.
Mobiliario: material de composición, así como otras instalaciones como espejos, luminarias, plafones, lámparas, etc…
Cada ofertante podrá definir los M.U.L. que considere más adecuados a su proyecto técnico y a la exposición de su oferta, bien entendido que, en todo caso, debe contemplar la integridad de las superficies y la necesidades de personal mínimo, en horas de trabajo semanales a prestar, con el alcance y ámbito espacial que se detalla en el anexo II.
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Ampliaciones, modificaciones o reducciones
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Si durante la vigencia del contrato se produjesen ampliaciones, reducciones o modificaciones, bien definitivas o de forma temporal, éstas se incorporarán al mismo por la definición de los nuevos M.U.L y su valoración, bien en horas semanales de prestación del Servicio como en superficie de los mismos, tal como se indica más adelante.
ÁMBITO ESPACIAL Y ZONIFICACIÓN.
Los Centros para los que se contrata el Servicio de Limpieza y reposición de materiales consumibles con destino a los mismos, son los que se indican, en el anexo II del presente pliego de prescripciones técnicas, en el que se detalla, por Edificios y Centros, las diferentes zonas y superficies, superficie de zonas acristaladas y usos.
3. DERECHOS Y OBLIGACIONES.
3.1. Obligaciones del Adjudicatario del Servicio
Además de la obligación de prestar el servicio de la forma y en los términos indicados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el adjudicatario tiene las obligaciones siguientes:
· Iniciar las actividades objeto del contrato en la fecha indicada en el documento de formalización del mismo.
· Suministrar todo el material, herramientas, maquinaria, y demás elementos necesarios para la buena prestación del servicio de limpieza.
· Tener la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada prestación del servicio.
· Ejercer directamente la prestación del servicio en las condiciones contenidas en la oferta. En todo caso se deberá comunicar los trabajos objeto de subcontratación, debiendo ser estos autorizados por la Administración.
· Nombrar un representante, debidamente acreditado por el adjudicatario, que canalice las comunicaciones entre el contratista y la Diputación de Albacete.
· Comprometerse y tomar todas las medidas necesarias, así como tener los medios humanos y materiales adecuados para la óptima prestación del servicio objeto del contrato y de su control de calidad, estando a su exclusivo cargo todos los gastos que originen este compromiso. Así mismo, también irán a su cargo todos los medios auxiliares de características especiales que sean necesarios para el desarrollo de la tarea, y la formación adecuada del personal para el mejor desarrollo del servicio.
· Llevar a cabo el servicio de limpieza con los medios humanos y mecánicos establecidos en la oferta de la empresa adjudicataria. Así mismo, la planificación normal del servicio es tarea de la empresa adjudicataria, siempre que esta no sea contradictoria respecto a la propia actividad habitual de la Administración o con este Pliego. Esta planificación ha de ser aprobada previamente a su implantación por parte del Responsable de la Diputación, o por los Directores de los Centros o Servicios correspondientes, los cuales darán su visto bueno por escrito. La empresa tiene la obligación de actuar de forma inmediata en circunstancias especiales o urgentes con los equipos necesarios de personal y maquinaria.
· Informar previamente de todas las variaciones contractuales, incrementos y disminuciones del personal que tiene designado para prestar su servicio en las dependencias de la Diputación que forman parte del objeto de contratación, así como reorganización del servicio y horarios, con la suficiente antelación, para poder recibir la aprobación y visto bueno por parte de los Responsables del Servicio de Limpieza de la Administración.
· Aportar la información que específicamente se solicite, al margen de lo concretado ya en el Pliego de Prescripciones Técnicas sobre: procesos de trabajo, trabajos efectuados, tiempos invertidos, etc.
· Durante el desarrollo de sus actividades será responsable de los desperfectos causados por los trabajadores a personas y bienes en general, tanto si pertenecen al adjudicatario, a la Diputación o a terceros, derivados de la ejecución del contrato.
· La Diputación puede proporcionar, en su caso, un espacio suficiente en cada centro adecuado para el uso del personal que ha de prestar el servicio en las condiciones establecidas en el presente Pliego. En el caso de que las dependencias, los equipos o las instalaciones cedidas al adjudicatario sufran daños debidos al incumplimiento de las normas sobre el uso y la conservación por parte de este o de su personal, la Administración pasará al adjudicatario un cargo por el importe de su reparación o sustitución. Este cargo se descontara de los pagos que se realicen al adjudicatario para la prestación del servicio o se hará efectivo con cargo a la garantía definitiva.
· La responsabilidad establecida en los puntos anteriores no sustituye a la responsabilidad civil, penal o laboral en la que puedan incurrir el adjudicatario o sus trabajadores.
· El adjudicatario deberá ejecutar el servicio de observancia de la legislación, presente y futura, que en materia medio ambiental sea aplicable. Deberá colaborar con los planes de recogida de residuos que se realicen en las diferentes dependencias. Se deberán utilizar productos, materiales y procedimientos que,
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dentro de las posibilidades xxx xxxxxxx, garanticen el respeto al medio ambiente (uso de productos reciclables y no contaminantes, uso de procedimientos que minimicen la generación de residuos, etc.). En los trabajos de este contrato se promoverá el ahorro de recursos naturales (agua, energía eléctrica, etc.).
3.2. Derechos del Adjudicatario.
El adjudicatario tiene los siguientes derechos:
1. Utilizar sin cargo los suministros de agua y energía eléctrica existentes en las diferentes instalaciones, y que sean necesarios para realizar el servicio. Si, por causas ajenas al adjudicatario, no se pudiesen efectuar estos suministros, el adjudicatario quedaría sin responsabilidad por lo que se refiere a las imperfecciones y la demora del servicio de limpieza, en la medida en que estos retrasos sean atribuibles a los fallos anteriormente nombrados. No obstante, el adjudicatario deberá garantizar un mínimo de limpieza en cuanto a las operaciones que necesariamente tengan que ser diarias y, a estos efectos, deberá tener los materiales necesarios (sistemas de iluminación, depósitos de agua, etc.) para poder efectuar estas operaciones.
Los distintos Centros donde se reciben los Servicios de Limpieza facilitarán al contratista agua, alumbrado y energía eléctrica, en la medida necesaria para el cumplimiento de su cometido, no permitiéndose el uso indebido de estos elementos, corriendo el gasto de cuenta de la Diputación.
La Diputación, aportará exclusivamente locales para el vestuario del personal y almacén para materiales, dentro de las posibilidades del edificio. El adjudicatario deberá aportar las taquillas para los vestuarios en número suficiente para que todo el personal disponga de ellas, inclusive taquillas dobles si fuera necesario en función del trabajo a realizar por algunos empleados. La correcta gestión de taquillas, vestuarios y almacenes puestos a disposición de la empresa adjudicataria, será responsabilidad de ésta.
2. Cualquier otro que legalmente le corresponda.
3.3. Precauciones documentales durante las labores de limpieza.
A) Cualquier cambio de ubicación de la documentación administrativa o archivos, con el fin de facilitar al personal de limpieza sus labores, deberá ser previamente comunicado al Responsable de la empresa adjudicataria o al empleado correspondiente para dicho Servicio.
B) El personal de limpieza podrá retirar como basura, sin autorización expresa por parte de la Administración, cualquier papel que presente alguno de los siguientes rasgos:
• Que se encuentre en la papelera.
• Que carezca de escritura, planimetría o signo distintivo alguno.
• Que no se encuentre en contenedores destinados a otros fines.
C) La limpieza de armarios, archivos, estanterías o similares, sólo podrá ser acometida en su exterior, cuando:
• Mantengan elementos de cierre, aunque estos no se encuentren activados.
• Posean puertas, aunque no estén dotadas con elementos de cierre.
Para la coordinación de todas estas labores será necesario que la empresa adjudicataria nombre un Encargado General, disponible y localizable durante las horas de prestación del Servicio, en cualquier día.
D) La empresa adjudicataria estará obligada a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos, tanto materiales como personales, derivados de la realización del Servicio en las distintas sedes objeto del contrato, con un capital asegurado mínimo igual al importe del presupuesto de licitación, incluido IVA, más las revisiones del precio del contrato que pudieran producirse.
4. PLANES DE LIMPIEZA.
Las firmas concursantes en su oferta técnica, y al desarrollar el “Programa de trabajo” presentarán con el mayor detalle posible, los planes de limpieza que proponen para el adecuado desarrollo del servicio.
Los planes de limpieza, de acuerdo con los módulos unitarios de limpieza definidos por el licitador, deberán especificar las tareas que se realizarán y orden de realización. También indicarán zonas a limpiar, periodicidad, maquinaria, útiles de limpieza y materiales, productos a utilizar, modo dosificación o dilución, modo de empleo de los productos, EPI,S. Dichos planes de limpieza han de ser gráficos y de fácil comprensión para facilitar su seguimiento por los limpiadores y supervisores.
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4.1. SISTEMA ESTÁNDAR DE LIMPIEZA.
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Las firmas concursantes en su oferta técnica, y al desarrollar el “programa de trabajo” a realizar deberán tener en cuenta los siguientes criterios:
· Limpieza de suelos: El sistema que se requiere por defecto en todas las áreas que este contrato cubre será:
-Zonas B. Medio Riesgo. Implantación del sistema de prehumectación, con microfibra.
-Zonas C,D,E. Bajo Riesgo. Implantación de fregado mopa plana con sistema xx xxxxx que incluya doble cubo.
En áreas grandes se podría utilizar máquinas fregadoras-secadoras.
La utilización de otros sistemas requerirá la justificación correspondiente.
· Eliminación de polvo de suelos: barrido con mopa de microfibra. Queda prohibido el barrido en seco.
· Como norma general, se procederá a limpiar de las zonas más limpias a las más sucias.
· Se realizará la renovación del agua y/o productos de limpieza con una periodicidad fija según el tipo de zona y siempre que sea necesario.
· Las bolsas de basura se cerrarán previamente antes de ser retiradas, sin comprimir su contenido, para evitar accidentes. Queda prohibido el arrastre de las mismas.
· Se aplicará un método de código de colores a las bayetas, diferenciando color por área de trabajo. Se desecharán las bayetas después de la limpieza de cada unidad.
· El polvo se quitará con bayeta humedecida con una solución limpiadora o desinfectante según se requiera y de acuerdo con las técnicas establecidas para cada área.
· El polvo de las superficies altas se eliminará con utensilios que incluyan material de microfibra para evitar la dispersión del polvo por la estancia.
· Los detergentes y desinfectantes se emplearán en la concentración recomendada de uso, utilizando sistemas de dosificación o dilución adecuados.
· Se deberá seguir un programa específico xx xxxxxx y/o desinfección del material, de forma que se asegure su correcta conservación.
4.2. PROCEDIMIENTOS DE LIMPIEZA.
Las tareas de limpieza se realizaran de acuerdo con los procedimientos mas adecuados y utilizando los productos más idóneos a la naturaleza de los elementos a limpiar, teniendo en cuenta los materiales constructivos.
El Servicio se prestara siempre conforme a lo dispuesto por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y los Reglamentos de desarrollo, y los procedimientos se adecuaran, siempre que sea necesario, a la normativa vigente. Asimismo, en los procedimientos de limpieza se respetara la normativa vigente en cada momento en materia de protección del medio ambiente, tanto con los procedimientos propiamente dichos como en los materiales y productos que se utilicen, con el fin de reducir al máximo posible el impacto ambiental en la realización de las tareas propias del servicio.
El adjudicatario se obliga a mantener el estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, de las Unidades y dependencias objeto del contrato, debiendo observar las siguientes normas:
PAVIMENTOS
Dentro de la correcta realización del conjunto de trabajos y operaciones necesarias para una adecuada limpieza y conservación de todas las dependencias, y dado que los pavimentos recogen un alto porcentaje de la suciedad que penetra en los recintos, los suelos son objeto de un estudio particularizado en cada caso, según el tipo de superficie, para tener un especial cuidado en su tratamiento y sistemática de limpieza.
En general se procederá, cuando las circunstancias lo permitan, al acondicionamiento previo de los pavimentos, de manera que el mantenimiento posterior de esta superficie sea facilitado y racionalizado al máximo, con vistas a conseguir una mas rápida y eficaz eliminación de la suciedad, así como un mayor grado de higiene y estética.
Dado que los pavimentos recogen un alto porcentaje de suciedad, deben ser objeto de un estudio particularizado en cada caso, para aplicar un especial cuidado en su tratamiento y sistemática de limpieza y desinfección.
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Suelos duros y porosos.
-Los pavimentos porosos y duros (mármoles, terrazas, piedra artificial...) se tratarán con un barrido húmedo y se fregarán con mopa y detergente neutro.
-Los pavimentos no porosos (granito pulimentado, grés, baldosas cerámicas vitrificadas...) se tratarán con un barrido húmedo y se fregarán con mopa y detergente neutro. La terminación se llevará a cabo con empleo de materiales neutros de naturaleza antideslizante.
Suelos de tarima y similares.
-La limpieza se realizará a base de barrido, aspirado, fregado o encerado, adaptándose al tráfico de cada dependencia, desgaste o grado de suciedad.
-Los suelos xx xxxxxx encerados se tratarán de modo análogo; la reposición del tratamiento superficial xx xxxx y abrillantamiento subsiguiente se realizará tras la eliminación de la capa anterior de ceras.
-Los suelos flexibles tales como los derivados vinílicos, gomas o sintasoles, etc. Se tratarán mecánicamente tanto en su decapado como en el abrillantamiento posterior.
-El mantenimiento diario se efectuará mediante barrido húmedo.
-Las alfombras, moquetas y tapicerías se someterán a aspiración mecánica.
Suelos textiles (moquetas y alfombras).
Estos pavimentos se deberán aspirar de acuerdo con las frecuencias establecidas con aspiradoras de filtro total HEPA, y se deberán eliminar de los mismos todas las manchas que se produzcan. Asimismo y según programa preestablecido se deberán realizar limpiezas más profundas mediante métodos adecuados y productos específicos de limpieza y desinfección.
TECHOS, PAREDES, COLUMNAS, MAMPARAS DE SEPARACIÓN Y CORNISAS
En estas superficies se deberán eliminar permanentemente todas las manchas que se produzcan, así como se deberá efectuar una limpieza periódica de las mismas con máquinas y productos de limpieza y desinfección adecuados al tipo de suciedad, siempre en función del soporte, pinturas, accesorios de metal, etc.
Los aspiradores que se utilicen para esta limpieza deberán incorporar filtro total HEPA.
CRISTALES Y XXXXXX
a) Cristales
Para la limpieza de los cristales se deberán utilizar productos específicos de propiedades repelentes con el fin de prolongar la duración de dicha limpieza. Asimismo se deberán utilizar utensilios idóneos de limpieza y sistemas que permitan garantizar la seguridad en el trabajo. Los cristales correspondientes a puertas de acceso se deberán mantener permanentemente limpios.
Las empresas licitadoras deberán presentar un estudio del sistema o sistemas que se pretenden utilizar para las limpiezas de las ventanas, indicando, maquinaria, productos, medidas de seguridad, etc.
b) Xxxxxx de aluminio o metálicos.
Para la limpieza de los xxxxxx se deberán utilizar productos de limpieza neutros de naturaleza protectora (no corrosivos) que limpien y eviten la oxidación de dichos xxxxxx.
Una vez finalizada su limpieza se deberán dejar completamente secos.
FACHADAS
Las fachadas se deberán limpiar con productos y maquinaria que se adapten en todo momento a la sensibilidad del material constructivo. Asimismo una vez limpiadas se deberán hidrofugar con productos hifrofugantes para protegerlas de los agentes atmosféricos así como para evitar la adherencia de posibles carteles o graffitis.
PATIOS INTERIORES, TERRAZAS Y ENTRADAS A LOS CENTROS. ZONAS EXTERIORES Y AJARDINADAS.
Los patios interiores, terrazas y entradas a los Centros se deberán mantener permanentemente limpios de papeles, etc. (suciedad voluminosa). Asimismo y de acuerdo a las frecuencias establecidas, también se deberán barrer y fregar.
Limpieza y tratamiento de exteriores: Se consideran espacios exteriores (puertas, terrazas, aparcamientos, zonas de acceso, etc.) requiriendo diferentes tipos de limpieza:
- Recogida de sólidos: recoger todo tipo de objetos de tamaño superior a 2-3 cm ( por ejemplo, cigarros, papeles, etc..)
- Limpieza manual o mecánica de escombros, manual o mecánicamente de partículas inferiores a 2-3 cm.
- Recogida de otros elementos que deban ser objeto del servicio de limpieza.
Asimismo y de acuerdo a las frecuencias establecidas, también se deberán aspirar, retirar papeleras, etc.
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GARAJES Y ALMACENES
El garaje y los almacenes se deberán mantener permanentemente limpio de suciedad voluminosa (papeles, etc.). Asimismo y de acuerdo a las frecuencias establecidas se le deberá efectuar un barrido y fregado mecanizado con la maquinaria adecuada para mantener su estado de limpieza.
ELEMENTOS METÁLICOS
a) Aceros inoxidables y aluminios
Los aceros inoxidables y aluminios se deberán limpiar con material de microfibra y productos de limpieza neutros de naturaleza protectora (no corrosivos) que limpien y eviten la oxidación de dichos elementos. Asimismo se deberá excluir para dicha limpieza todo abrasivo que pudiera rayarlos.
b) Dorados y metales
Los dorados y metales se deberán limpiar con material de microfibra y con producto limpiametales adecuado exento de amoniaco.
Nota: Las barandillas se deberán limpiar con producto anti-huella para garantizar elefecto permanente de limpieza.
PUERTAS, POMOS Y TIRADORES.
Las puertas de todos los Centros se deberán mantener en todo momento en perfectas condiciones de limpieza y desinfección, así como los pomos y tiradores de las mismas.
PUNTOS DE LUZ, FLUORESCENTES, FOCOS, INDICADORES LUMINOSOS, INTERRUPTORES, ENCHUFES, APLIQUES, PUNTOS DE MEGAFONÍA Y CUADROS ELÉCTRICOS.
Estas superficies se deberán mantener permanentemente libres de polvo. Asimismo y de acuerdo a las frecuencias establecidas se deberá efectuar una limpieza a fondo de las mismas con material de microfibra y producto de limpieza dieléctrico (producto no conductor de la electricidad).
OBJETOS DE DECORACIÓN, PLANTAS DECORATIVAS Y FIGURAS
Los cuadros se deberán limpiar única y exclusivamente los xxxxxx, los cuales se deberán tratar en función de la calidad del material, no limpiando bajo ningún concepto las telas. En el supuesto que en el marco exista una placa metálica, esta se deberá limpiar con un producto limpiametales adecuado.
Las reproducciones enmarcadas bajo cristal se deberán limpiar tanto el marco, como el cristal protector de las mismas.
Las plantas y figuras decorativas se deberán desempolvar adecuadamente para que mantengan en todo momento una apariencia de limpieza.
MOBILIARIO
Todo el mobiliario y sus accesorios se deberán limpiar de acuerdo con las frecuencias establecidas con material y producto especifico para ello.
El mobiliario tapizado (sillas tapizadas, sillones, etc.) deberá aspirarse con aspirador de filtro total HEPA y de acuerdo a las frecuencias establecidas se le deberá efectuar un tratamiento de limpieza a fondo con método adecuado y producto específico de limpieza y desinfección.
EQUIPOS DE OFICINA
Los equipos de oficina se deberán limpiar con bayeta de microfibra que incorpore fibra de carbono activo y producto antiestático.
Nota: De acuerdo a las frecuencias establecidas se deberá realizar una limpieza a fondo de los equipos de oficina.
ASCENSORES, MONTACAMILLAS Y MONTACARGAS
Los ascensores deberán ser objeto de esmerada limpieza (fregado del suelo y paredes con detergente desinfectante y aspirado xx xxxxxxxx de deslizamiento de puertas), cuantas veces sea necesario a lo largo del día.
PERSIANAS, CORTINAS, ESTANDARTES Y BANDERAS
Las persianas, por medio de cuantos elementos sean necesarios, se limpiarán de forma que queden en perfectas condiciones de limpieza y desinfección.
Los estandartes, cortinas y banderas y de acuerdo a la frecuencias establecidas se deberán descolgar y lavar con detergente neutro y programa adecuado al tipo de fibra, evitando alterar el tejido.
El desmontaje de las persianas, cortinas estandartes y banderas será por cuenta del adjudicatario.
RECOGIDA Y TRASLADO DE BASURAS
Traslado retirada y depósito de los residuos que se generen al lugar concreto y en la forma que se señale a fin de facilitar su evacuación por los servicios municipales correspondientes. Así mismo también se recogerán los pañales en los centros asistenciales que procedan.
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MANTENIMIENTO DE MATERIAL Y EQUIPOS
Elementos textiles.
Una vez finalizada la jornada, todos los elementos textiles que se utilicen en la limpieza, (excepto aquellos que sean de "uso desechable"), se lavarán y desinfectarán adecuadamente y se guardarán en su lugar correspondiente.
Elementos no textiles.
El resto del material (cubos, carros, etc.), se lavará al final de cada jornada con detergente desinfectante, y se guardará a continuación completamente seco.
4.3. TAREAS A DESARROLLAR Y FRECUENCIAS.
Se estima que deberán existir, tres tipos de Limpieza: La limpieza NORMAL o de rutina; la limpieza GENERAL, y la limpieza CONCRETA o de mantenimiento.
La Limpieza “NORMAL” o de rutina se realizará tanto en los turnos tarde y de mañana y tarde, según correspondan dependiendo de los distintos Centros de Diputación en los que se preste el Servicio con las técnicas y procedimientos descritos y con los útiles adecuados.
La Limpieza “GENERAL” o a fondo se realizará de forma programada, o siempre que por causas exógenas sea estrictamente necesario, y de acuerdo con el Supervisor o Responsable del Servicio o Unidad, bien sea Asistencial o Administrativo/General.
Se considerará limpieza "CONCRETA" o de mantenimiento a aquella no programada, y que es causada por un hecho accidental y fortuito, debido al normal funcionamiento del centro, que se realizará siempre por indicación del supervisor/a o del responsable del servicio, y se hará cuantas veces sea preciso y necesario a fin de mantener el centro en el mayor nivel de higiene.
Se considerará limpieza "concreta" igualmente, a la que debe realizarse en las áreas de estancia de los residentes y enfermos, cuando ocurra cualquier incidencia no determinada.
Se estimará asimismo, como un servicio de limpieza del tipo concreto, no programado, a aquel que haya de efectuarse en cualquier día o momento, pero que por necesidades específicas y a fin de mantener una correcta atención asistencial, inexcusablemente deba realizarse. A modo de ejemplo se señala, la
limpieza tras la realización de obras de adaptación, traslados de oficinas, mejora o mantenimiento, pintura, inundaciones, etc.
Son por cuenta de la empresa adjudicataria, en su caso, las limpiezas derivadas tanto por obras realizadas en los edificios, como aquellas necesarias después de realizarse servicios de reparaciones y conservación, tales como pintura de las paredes y techos de los edificios o cambios de la decoración de las dependencias que se puedan realizar a lo largo del período de vigencia de este contrato. La empresa adjudicataria se obligará a reforzar el servicio de limpieza para mantener el desempeño de los servicios establecidos anteriormente, cuando así fuere necesario. Del mismo modo si las obras implicaran el desalojo de las dependencias de algún Centro de Trabajo objeto de servicio del presente pliego, el Responsable del Servicio de Limpieza del órgano contratante determinará la reasignación de los efectivos de limpieza a las tareas de limpieza que considere oportunas y que formen parte de los servicios descritos en el presente pliego.
Los distintos Centros, y ante las posibles limpiezas especiales o trabajos extraordinarios que se pudieran desarrollar, especificarán si la empresa tiene que realizar el xxxxxx xx xxxxxxxx o limpiezas que requieran especialistas con equipamiento especial, como grúas, trabajos verticales y otros.
Las Tareas propias a aplicar así como la periodicidad mínima de las mismas, son las siguientes:
LIMPIEZA DE ZONAS INTERIORES:
2 veces al día:
-Limpieza y desinfección de aseos de uso público en centros asistenciales.
Diariamente:
-Vaciado y limpieza de papeleras.
-Desempolvado de mobiliario, equipamiento, enseres, cuadros y objetos decorativos.
-Limpieza de polvo depositado en cajetines y en cualquier otro elemento, en los Centros en que proceda.
-Limpieza de pintadas, pegatinas y carteles en paredes, suelos, puertas, ventanas y mobiliario.
-Aspirado y desmanchado de moquetas y alfombras.
-Limpieza a fondo y desinfección de aseos.
-Reposición de papel higiénico, jabón, papel de secar las manos o cualquier otro elemento en baños, que pueda ser objeto de reposición.
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-Limpieza de zonas de cocina y office, incluyendo el colocar y lavado de menaje y vajilla, en los Centros Asistenciales de San Xxxxxxx xx Xxxx y U.M.E. La Milagrosa.
-Barrido y fregado, limpieza xx xxxxxxx y puertas de ascensores y montacargas.
-Barrido y/o fregado de suelos, incluidas las escaleras, descansos y rampas.
-Limpieza de cualquier suciedad ocasional que deberá realizarse en el momento en que se advierta.
-Recogida de ropa sucia y traslado a la lavandería.
-Recogida de pañales y depositado para residuos.
-En general se deberán atender en los Centros Asistenciales todas las zonas dedicadas a estar y alojamiento de residentes y enfermos, tanto habitaciones de internamiento como otras zonas comunes de los Centros, incluyendo baños, cocinas, porterías, despachos, Etc...
-Limpieza y desinfección de pomos.
-Limpieza y desinfección de teléfonos.
-Limpieza y en su caso desinfección de material de rehabilitación y terapia.
Semanalmente:
-Limpieza húmeda de mobiliario, equipamiento, enseres, cuadros y objetos decorativos.
-Limpieza de interruptores, enchufes y elementos eléctricos.
-Limpieza xx xxxxxxxxx interiores de puertas, ventanas y separaciones.
-Limpieza de almacenes, cuartos de instalaciones, calderas y escaleras de emergencias.
-Limpieza de puntos de luz de ascensores y montacargas.
-Limpieza de barandas.
-Cambio y lavado de toallas, dónde proceda.
-Limpieza en profundidad de habitaciones de residentes y enfermos.
-Limpieza y desinfección de los cubos de basura.
Mensualmente:
-Barrido o aspirado de suelos de aparcamientos y garajes.
-Limpieza de lámparas y puntos de xxx xx xxxxxxx y techos.
-Limpieza general xx xxxxxxxxx, lunas, puertas, ventanas y rejas interiores.
-Limpieza en profundidad de alfombras y moquetas.
-Cepillado de las tapicerías de butacas, sillones y sillas.
-Limpieza de directorios, letreros y rótulos interiores.
-Limpieza de dorados y metales.
-Desempolvado de libros y cajas de archivo de las estanterías.
-Abrillantado y encerado de suelos según el tipo de los mismos.
-Limpieza de archivos.
-Reposición de contenedores higiénicos en los aseos femeninos.
Trimestralmente:
-Desempolvado/aspirado xx xxxxxxxx y persianas.
-Limpieza de las alturas de los muebles altos.
-Limpieza y desempolvado de techos y paredes.
-Limpieza de la superficie del suelo ocupada por los muebles, desplazando los mismos.
-Eliminación de manchas y roces de los muebles.
-Fregado y aspirado de suelos y limpieza xx xxxxxxx de aparcamientos y garajes.
-Eliminación de manchas y roces en las tapicerías de butacas, sillones y sillas.
-Limpieza de contraventanas y cristales exteriores en profundidad, aunque sean de difícil acceso.
-Limpieza general de cocinas y office, incluyendo electrodomésticos y el interior de los muebles de estas dependencias, en los Centros que proceda.
-Cualquier otra indicada por los Centros y necesaria para el óptimo de limpieza exigido en el presente Xxxxxx.
Semestralmente:
-Tratamiento de suelos, pulido, abrillantado y otros, con productos y máquinas adecuadas.
-Lavado o limpieza de persianas y estores no textiles.
-Cualquier otra indicada por los Centros.
Anualmente:
-Limpieza general.
-Lavado o limpieza en seco xx xxxxxxxx, visillos y estores, incluyendo desmontaje, limpieza y colocación de los rieles y barras, salvo que este servicio esté contratado por los Centros con otra empresa especializada.
-Cualquier otra indicada por los Centros y necesaria para el óptimo de limpieza exigido en el presente Xxxxxx.
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LIMPIEZA DE ZONAS EXTERIORES:
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Diariamente:
-Vaciado de papeleras y ceniceros.
-Recogida de desperdicios y suciedades en patios, zonas asfálticas, zonas deportivas y jardines, incluido hojas de los árboles.
-Barrido de zonas de entrada y aceras.
-Limpieza en paredes, suelos, puertas, ventanas y mobiliario de pintadas, pegatinas y carteles.
-Limpieza de las puertas y escaleras de acceso a los edificios.
-Cualquier otra indicada por los Centros.
Semanalmente:
-Barrido de patios, zonas asfálticas, zonas deportivas, escaleras de emergencia, terrazas, balcones, azoteas y desagües de las mismas.
-Cualquier otra indicada por los Centros para la correcta aplicación y perfecto estado de limpieza que exige el presente Pliego.
Mensualmente:
-Limpieza de canalizaciones. En casos de obstrucción tantas veces como sea necesario.
-Limpieza de letreros, rótulos exteriores, enchufes e interruptores exteriores,rejas, persianas, lamas, fuentes, maceteros, jardineras, puntos de luz y otro mobiliario urbano.
-Limpieza xx xxxxxxxxx exteriores.
-Cualquier otra indicada por los Centros.
Trimestralmente:
-Limpieza con agua a presión de los patios, zonas asfálticas y zonas deportivas.
-Cualquier otra indicada por los Centros.
Semestralmente:
-Limpieza de fachadas.
-Xxxxxx xx xxxxxxxx.
-Cualquier otra indicada por los Centros que resulten necesarias.
Anualmente:
-Limpieza general anual.
Con el fin de que los Centros Asistenciales y otros Edificios de esta Administración que cuenten con afluencia de público, mantengan el nivel de calidad óptimo en cuanto al estado de limpieza, que debe conseguirse en todas las unidades descritas y en aquellas otras que por analogía puedan no haber sido mencionadas, deberá complementarse si ello fuera necesario, con uno o varios equipos de limpieza que de forma continuada, permanezcan en el Centro y se encarguen de la limpieza, en aquellos casos en que sea preciso por motivos accidentales u otras causas, como excesiva afluencia de público, sobre uso de determinados lugares, etc., a fin de realizar una limpieza “concreta o de mantenimiento”, si estas fueran precisas, siempre y cuando dichas labores no fueran desarrolladas por el personal propio de la Diputación o abonadas como suplemento al contrato.
4.4. CONSIDERACIONES ESPECIALES DE DETERMINADAS ZONAS DE LIMPIEZA.
4.4.1. ZONA B: ZONAS ASISTENCIALES O DE RIESGO MEDIO.
En las zonas de riesgo medio de los centros Socio/Sanitarios, y en general donde se presta un Servicio Asistencial, se procederá diariamente a la prestación de los servicios y tareas que se indican, además de atenerse en cuanto a periodicidad, en lo previsto en el punto correspondiente del presente Pliego de Prescripciones Técnicas:
1. Los de residuos y basuras: Los residuos y basuras que se generen en las distintas áreas se recogerán siempre a primera hora del día y si fuere preciso varias veces por cada jornada de trabajo.
2. Limpieza y desinfección de zonas: Se iniciará la limpieza y desinfección de zonas "limpias" de los Centros Socio-Sanitarios, boxes de enfermería, salas de preparación de prescripciones médicas, zona de lencería, despachos, mobiliario, y se concluirá por cuartos de baño y duchas. Por la mañana y por la tarde, a ser posible a primera hora de las distintas jornadas laborales.
Salas de curas, Salas de descanso y/o de reuniones, Almacenillos de farmacia y otros almacenes, donde proceda de los Centros Socio-Sanitarios. Por la mañana y por la tarde.
Pasillos y vestíbulos de planta. Por la mañana y por la tarde, a ser posible a primera hora de las distintas jornadas laborales.
Zonas consideradas muy sucias: (Retretes, vertederos, offices, etc.).Se limpiarán al final.
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3. Limpieza y desinfección de lavabos, duchas, grifos, retretes, lavacuñas, etc. A primera hora de la mañana, y cuantas veces sea necesario a lo largo del día. Se recogerán y repondrán diariamente por la mañana y
por la tarde los contenedores higiénicos de pañales.
4. Limpieza y desinfección de Duchas generales y aseos de enfermos y residentes. A primera hora de la mañana, y varias veces más al día, siempre después de cada uso cuando sea necesario.
5. Limpiezas generales y limpiezas concretas según lo señalado en los puntos correspondientes, así como diariamente se deberán colocar las mesas, vajilla y cubertería pertinente en los comedores de residentes y pacientes, y posteriormente se procederá a su fregado y secado, y en general procederán al montaje y desmontaje de los comedores de planta cuando estos sean usados.
4.4.2. ZONA D: COCINAS, CAFETERIAS Y ALMACENES DE VIVERES.
En las zonas de preparación de alimentos y zonas de almacenes, donde se debe prestar una especial atención a la higiene y limpieza, así como desinfección, diariamente se retiraran las basuras, se limpiará el mobiliario de trabajo, las puertas (caso de huellas), paredes y cristales (caso de salpicaduras), prestando especial cuidado a las zonas de fregaderos, campanas extractoras y arrastre de aguas, limpiando suelos detenidamente, incluso debajo del mobiliario.
Se aplicarán una limpieza de refuerzo después de cada preparación de comida, prestando especial cuidado a limpieza de suelos. paredes, cristales, superficies metálicas, puntos de luz.
Semanalmente se aplicará una limpieza general, incluidos superficies alicatadas, cristales y mobiliario. Limpieza quincenal campanas, filtros de campanas.
Mensualmente se aplicará una limpieza general más en profundidad donde se traten los suelos, las rejillas de aire acondicionado, limpieza a fondo debajo del mobiliario.
4.5. CONSIDERACIONES RESPECTO LA EJECUCIÓN LAS TAREAS.
Las reparaciones de los desperfectos que se puedan producir durante la prestación del servicio de limpieza, en bienes muebles y/o inmuebles, por el personal de la empresa adjudicataria o el personal de las empresas subcontratadas que hayan sido autorizadas por la Administración, correrán por cuenta del adjudicatario.
5.- PROGRAMA Y CARGAS DE TRABAJO.
La carga de Trabajo mínima a ofertar durante la vigencia del contrato para que se tenga en cuenta la proposición deberá ser de mil ochocientas sesenta y una horas semanales (1861) prestadas semanalmente por todo el personal, quedando su distribución como sigue:
CENTROS SOCIO/SANITARIOS o ASISTENCIALES, CUADRANTE DE PERSONAL Y HORAS A PRESTAR:
HORARIO | DÍAS | CATEGORÍA | HORAS SEMANALES | CENTRO |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | LIMPIADORA | 560 | U.M.E. |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | PEÓN ESPECIALIZADO | 40 | U.M.E. |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | SUPERVISOR SECTOR | 40 | U.M.E. |
TOTAL HORAS | 640 | |||
HORARIO | DÍAS | CATEGORÍA | HORAS | CENTRO |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | LIMPIADORA | 589 | SAN XXXXXXX XX XXXX |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | PEÓN ESPECIALIZADO | 40 | SAN XXXXXXX XX XXXX |
MAÑANA Y TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | SUPERVISOR SECTOR | 40 | SAN XXXXXXX XX XXXX |
TOTAL HORAS | 669 | |||
TOTAL CENTROS SOCIO/SANITARIOS 1.309 HORAS |
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CENTROS ADMINISTRATIVO/GENERALES o TÉCNICOS, CUADRANTE DEPERSONAL Y HORAS A PRESTAR:
HORARIO | DÍAS | CATEGORÍA | HORAS SEMANALES | CENTRO |
TARDE | LABORABLES | LIMPIADORA | 240 | OFIC. GENERALES (XXXXXXX) |
TARDE | LABORABLES | LIMPIADORA | 30 | GESTIÓN TRIBUTARIA |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 30 | IMPRENTA – TALLERES MANTENIMIENTO |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 15 | TALLERES – PARQUE MÓVIL |
MAÑANA | LABORABLES Y FESTIVOS | LIMPIADORA | 30 | SEPEI VILLARROBLEDO |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 20 | XXXXX XXXXXX |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 20 | SEPEI LA XXXX |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 20 | SEPEI ALMANSA |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 12 | SEPEI MOLINICOS |
MAÑANA | LABORABLES | LIMPIADORA | 9 | XXXXX XXXXX XXXXXX |
MAÑANA | LABORABLES Y FESTIVOS | LIMPIADORA | 9 | SEPEI ALCARAZ |
MAÑANA O TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | SUPERVISOR SECTOR | 26 | *TODOS LOS CENTROS |
MAÑANA O TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | PEÓN ESPECIALIZADO | 40 | *TODOS LOS CENTROS |
MAÑANA O TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | PEÓN ESPECIALIZADO- CRISTALERO | 37 | *TODOS LOS CENTROS |
MAÑANA O TARDE | LABORABLES Y FESTIVOS | LIMPIADORA | 14 | *TODOS LOS CENTROS |
TOTAL CENTROS ADMINISTRATIVOS/GENERALES 552 HORAS |
*TODOS LOS CENTROS: OFICINAS GENERALES (XXXXXXX), EDIF. XXXXX XXXXX (DANZA Y OFICINAS), C.C. ASUNCIÓN, TEATRO DE LA PAZ, IMPRENTA-PUBLICACIONES, TALLERES OFICIOS MANTENIMIENTO, ORGANISMO AUTÓNOMO GESTIÓN TRIBUTARIA, PARQUE MÓVIL Y TALLERES CAMPOLLANO, RESIDENCIA SAN XXXXXXX XX XXXX, CENTRO U.M.E., CENTRAL SEPEI – EXPOVICAMAN, XXXXX XXXXXXXXXXXXX, XXXXX XXXXXX, SEPEI ALMANSA, SEPEI ALCARAZ, SEPEI MOLINICOS, XXXXX XXXXX XXXXXX.
La empresa adjudicataria distribuirá el personal de limpieza según las características de cada edificio o dependencia objeto de este contrato, teniendo en cuenta los tipos de limpieza a realizar en cada una de las zonas en las que se subdividen y las operaciones de limpieza estipuladas en este pliego para conseguir los niveles de calidad requeridos, si bien en los Centros Socio-Sanitarios el personal será obligatoriamente el adscrito actualmente al respectivo Centro, no pudiendo estar la plantilla sujeta a cambios o rotaciones con personal de otros Edificios o Centros ni entre los propios Centros Socio-Sanitarios, salvo causa justificada y previa autorización del Responsable del Contrato, debiendo así mismo autorizar este cualquier cambio de puesto de trabajo, centro, horario, etc.
La empresa establecerá, teniendo en cuenta la prioridad de jornada de tarde que se establece, principalmente en los edificios Administrativo/generales, el horario más adecuado para la realización de los trabajos de su personal, procurando que se realicen las labores de limpieza en aquellos horarios que perjudiquen el mínimo posible las actividades normales de cada Centro.
La limpieza de edificios, locales y dependencias se realizara preferentemente en jornada de tarde, de lunes a viernes no festivos, excepto en aquellos casos en que se indiquen otros horarios y en los Centros Socio- Sanitarios que se prestarán en horario de mañana y tarde, realizándose principalmente las tareas más voluminosas por la mañana, en función de los Servicios prestados en dichos centros.
Se consideraran días festivos:
- Todos los domingos del año.
- Las doce fiestas que fija el calendario Nacional y Autonómico.
- Las dos fiestas locales.
- El día xx xxxxxxxxxx y nochevieja así como la festividad de Santa Xxxx.
Cuando un edificio o local, o cualquier dependencia de los mismos no se encuentre operativo podrá reducirse o anularse la prestación del servicio durante el periodo o días de la semana que permanezca inactivo. Igualmente si parte de un edificio o local quedara fuera de uso se acordará la reducción de los trabajos ordinarios de limpieza y
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se detraerá del coste del contrato los costes asociados, conforme establece el presente pliego respecto de la modificación y reducción de los Módulos Unitarios de Limpieza.
El adjudicatario será responsable de sustituir a las personas que causen baja por contingencias comunes o profesionales, así como dar cobertura a las horas sindicales, permisos obtenidos de los trabajadores, vacaciones, etc. En caso de bajas imprevistas el contratista deberá disponer de personal de sustitución para cubrir la prestación, según se señala en el apartado 10 sobre Recursos Humanos.
El adjudicatario será responsable ante la Diputación por el incumplimiento de la carga de trabajo y horarios propuestos, así como de la falta de suplencias o cualesquiera otra deficiencia que impida el correcto cumplimiento de este Pliego de Prescripciones Técnicas y de las mejoras que el adjudicatario haya incluido en su oferta y aprobadas por la Administración.
El personal del servicio de limpieza deberá cumplir las funciones y horarios propuestos por la empresa, siendo la misma la responsable del cumplimiento y control de la presencia física de los trabajadores.
En el periodo de vacaciones la empresa adjudicataria organizara las mismas teniendo en cuenta las necesidades de cada centro, de acuerdo con las cargas de trabajo de su oferta. Deberá comunicar por escrito a la Diputación el personal y las cargas de trabajo que mantendrá en este periodo para su aprobación por los responsables de los Centros y Servicios de Diputación, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y más concretamente en el apartado de Recursos Humanos.
5.2.- HORARIOS
El adjudicatario deberá ajustarse a las condiciones establecidas en cada Centro de Trabajo de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, bien sean Socio-Sanitarios o Administrativo- Generales, tanto para la limpieza como para la retirada de residuos. En el caso de limpiezas programadas, que serán de duración superior a la diaria, se realizarán fundamentalmente en horario de tarde, si bien en las Zonas Asistenciales se realizará en el horario que establezca el Centro respectivo para mayor comodidad de los residentes y pacientes.
La Dirección del Centro o el Responsable del Servicio de Limpieza podrá solicitar el cambio de horario de limpieza, cuando así lo precise el buen funcionamiento del Centro de que se trate. Dicho cambio no repercutirá en la facturación.
6. PRODUCTOS Y MATERIALES DE LIMPIEZA.
6.1. PRODUCTOS DE LIMPIEZA
Las firmas concursantes presentarán, en su proyecto técnico, un archivo detallado de los productos que vayan a utilizar, con sus correspondientes fichas técnicas (marca, descripción, aplicaciones, modo de empleo, información técnica, precauciones en su manipulación y almacenamiento, información medioambiental, etc) y fichas de seguridad.
Los productos de limpieza, sus concentraciones recomendadas de uso, así como el sistema de dilución y/o dosificación, ya sean detergentes, desinfectantes u otros productos, se indicarán en la oferta técnica al citar de forma específica cada Módulo unitario de limpieza (según la definición establecida en el punto 2 de este Pliego de condiciones técnicas).
En todo caso, los productos de limpieza a utilizar, han de cumplir las condiciones que marca la legislación vigente. Los productos de limpieza deben estar adecuadamente envasados y etiquetados, ya sean de producto puro o producto diluido, han ser de reconocida calidad para la limpieza de las dependencias objeto de este contrato, en cuanto a tipos de suelo, paredes, mobiliario y accesorios varios que se encuentran en las mismas.
Se valorarán positivamente aquellas ofertas que prescriban la utilización de productos ecológicos, con su correspondiente etiquetado ecológico oficial.
Se valorarán positivamente aquellas ofertas que incluyan material sencillo y auto explicativo, que indique la forma de uso de sistemas de dosificación/dilución de los productos.
El Responsable del Servicio de Diputación, podrá decidir la sustitución de productos por otros con las características adecuadas para cubrirsatisfactoriamente las necesidades de limpieza y desinfección.
Todo cambio de producto que se estime conveniente, se informará/consultará previamente con el Responsable del Servicio de la Diputación, y se aportará ficha del nuevo producto, requiriendo en todo caso la validación del mencionado servicio.
El coste de los productos utilizados en los servicios de limpieza y desinfección de cada edificio y dependencia será por cuenta del adjudicatario, así como la reposición de todos los materiales y consumibles en baños, aseos y demás dependencias donde se establezca.
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La empresa dispondrá de una habitación como mínimo por planta de cada Centro, que será facilitada por la Administración, donde deberá disponer de un pequeño stock de materiales para la limpieza de las dependencias de los Edificios y Centros de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
En la primera quincena del contrato la Administración fijará las cantidades mínimas de productos de limpieza y materiales consumibles que la empresa ha de mantener en dicha sala.
En el caso de que la empresa no disponga de dicho material, la Administración podrá solicitar dichos materiales al distribuidor que le señale la empresa adjudicataria o bien, si no ha señalado ninguno, o si esta se retrasa en la entrega, a la empresa que considere oportuno, descontando el importe de dicho suministro de la factura mensual.
6.2. MATERIALES CONSUMIBLES Y EQUIPAMIENTO DE ASEOS
Las características de los materiales higiénicos a utilizar en las dependencias de la Diputación serán las siguientes:
Papel higiénico normal 40 m., doble capa, liso gofrado blanco. Papel industrial 160 m., liso gofrado
Xxxxxxxxx xxxx-xxxxx "X”, xxxxxxxxx xxxxxx xxxxx capa Jabón preenvasado.
Papel Bobina celulosa industrial doble capa (para office, cocina y consultas médicas).
Se valorará el suministro por las empresas licitadoras de materiales higiénicos de calidad contrastada y/o marcas de reconocido prestigio.
De acuerdo con los dispensadores existentes en los aseos de los locales se determinaran las frecuencias de reposición necesarias para un adecuado servicio, que la empresa adjudicataria deberá planificar e indicar al Departamento antes del inicio de la ejecución del contrato.
De no existir los citados dispensadores será obligación de la empresa adjudicataria colocar los mismos a su cargo dentro del presupuesto de licitación.
Especificaciones técnicas del equipamiento de aseos:
Cada aseo general y aseos de pacientes, incluidos en las zonas de limpieza descritas en el punto correspondiente, de no existir en la actualidad, deberá constar ,como mínimo de :
1.- Dosificador de jabón (con modelo unificado). 2.- Portarrollos de papel higiénico.
3.- Dispensador de toallas – secamanos, así como el contenedor para desechar dichas toallas. 4.- Escobillero y escobilla.
5.- Tablón con cuadro de firmas semanal en el que conste la fecha, hora y firma de la limpiadora.
Se valorarán positivamente las mejoras ofertadas por las empresas licitadoras en el equipamiento de los aseos.
7. EQUIPAMIENTO y MAQUINARIA.
Los materiales necesarios por limpiador/a serán como mínimo los que a continuación se relacionan, no debiéndose entender esta relación con carácter limitativo, en consecuencia se deberán incorporar cuantos elementos o materiales sean necesarios para garantizar la correcta limpieza.
Zonas delimitadas de los centros Socio-Sanitarios con riesgo de tipo medio.
· Carro que posibilite realizar el prehumectado con microfibra
· Mopa microfibra
· Soporte mopa
· Agua, jabones, detergentes
· desinfectantes con registro sanitario ambiental
· Limpiador abrasivo
· Recogedor de vertidos
· Guantes de goma
· Bayetas de distintos colores para mobiliario y aseos
· Bolsas para forrar cubos y papeleras
· Bolsas para recogida de basuras
· Dosificadores: sistema transportable, cerrado herméticamente que asegure la dosis correcta según aplicación (método por pulverización o método cubeto) y producto. Acompañada con material o guías de uso de fácil e intuitivo seguimiento. Imprescindible en centros donde no se haya adjudicado un supervisor exclusivo para dicho centro.
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Zonas delimitadas de los centros socio-sanitarios con riesgo de tipo bajo y resto de zonas de todos los centros.
· Carro que posibilite realizar sistema xx xxxxx cubo con microfibra
· Mopa microfibra
· Soporte mopa
· Agua, jabones, detergentes
· Desinfectantes con registro sanitario ambiental para estancias que no estén en contacto con alimentos y HA para superficies que estén en contacto con los alimentos
· Limpiador abrasivo
· Recogedor de vertidos
· Guantes de goma
· Bayetas de distintos colores para mobiliario y aseos
· Bolsas para forrar cubos y papeleras
· Bolsas para recogida de basuras
· Dosificadores: sistema transportable, cerrado herméticamente que asegure la dosis correcta según aplicación (método por pulverización o método cubeto) y producto. Acompañada con material o guías de uso de fácil e intuitivo seguimiento. Imprescindible en centros donde no se haya adjudicado un supervisor exclusivo para dicho centro.
· Cepilladora para paredes y techos
Zonas donde deba actuar el personal correspondiente respecto xx xxxxxxxxx y similares.
· Limpiador xx xxxxxxxxx
· Limpiador con mango largo xx xxxxxxxxx
· Cubo
· Esponja
· Trapos de secar
· Escalera de seguridad
· Arnés de seguridad. A los empleados especialistas se les proveerá de los útiles y herramientas adecuados para cada caso, que deberán ser descritos por el licitador. Cada limpiador/a dispondrá de un carro de transporte que cumpla los siguientes requisitos:
1. Ruedas de gran movilidad
2. Timones que se puedan ajustar a la altura del operario
3. El chasis xxx xxxxx ha de ser ligero, de material no susceptible a la corrosión, y maniobrable
4. Debe disponer de cubetos o compartimentos con posibilidad de cierre con llave para evitar sustracciones de material químico
5. Debe posibilitar que el carro disponga de 2 cubetas de 7 litros, con tapas de dos colores y con posibilidad de cierre
6. Adosado/incorporado al carro, doble cubo de fregado de asas de distinto color y prensa para poder realizar el sistema de fregado xx xxxxx cubo
7. Bolsa de recogida de basura y bolsa de recogida de material sucio
8. Carro modulable: carro que se pueda reutilizar para otros fines y métodos de limpieza pudiendo pasar de sistema xx xxxxx cubo a sistema de microfibra con un simple cambio en alguno de los elementos que lo conforman. En todo caso los carros deberán reunir las condiciones necesarias para realizar las funciones encomendadas de forma adecuada. Dichos carros serán aportados por el adjudicatario, quedando estos a disposición de la Administración.
Además de los materiales suministrados por la empresa adjudicataria, en su caso, tendrán que utilizar, colocar o reponer, cuando el Responsable o la Dirección así lo considere necesario, por las condiciones de la Unidad, otros materiales o productos relacionados con la limpieza en todas sus fases, aunque el proveedor sea distinto del adjudicatario de este procedimiento y los productos sean a cuenta de la Administración.
En todos los casos, serán por cuenta del adjudicatario los Equipos de Protección Individual y vestuario laboral que legalmente se establezcan para cada una de las actividades a desarrollar dentro del objeto del Contrato.
Será obligación del contratista uniformar por su cuenta a todo el personal masculino y femenino durante las horas en que se realice el servicio, debiendo el personal ir provisto permanentemente durante la jornada laboral de la tarjeta de identificación en lugar visible. La tarjeta deberá disponer de fotografía, nombre y dos apellidos, categoría laboral del empleado, así como nombre y logotipo de la empresa.
Además a todos los trabajadores pertenecientes al adjudicatario, este, deberá dotarles de las prendas de vestir siguientes, como mínimo, salvo que el Convenio del Sector aplicable, Limpieza de Edificios y Locales en la Provincia de Albacete, establezca otras superiores:
· Uniforme de la empresa, si es distinto de bata o mono
· Dos pares de guantes, más los necesarios de un solo uso
· Dos monos o batas de trabajo según proceda
· Dos pares de zapatos, zuecos o similares
· Chaquetón forro polar o similar para trabajos en el exterior, cuando proceda
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Para cada zona de identificación detallada en cada Centro o Edificio existirá el equipo de personal de limpieza correspondiente, llevando cada limpiador/a el pertinente material citado, pudiendo si la organización del trabajo lo permite, encargarse de varias zonas sucesiva o alternativamente, si bien en los centros Socio-Sanitarios de la Diputación de Albacete, se deberá respetar la normativa al respecto, debiendo existir únicamente un equipo de limpieza por cada planta de las respectiva zonas en que se subdivide el edificio.
Las firmas concursantes presentarán, en su proyecto técnico, una relación detallada por centros, tanto de la maquinaria de limpieza como del resto de equipamiento a utilizar, especificando, marca, modelo y número de unidades. Así mismo, presentarán un listado de la maquinaria común a disposición de todos los centros.
Se valorará cantidad, calidad, así como adecuación de la maquinaria y equipamiento propuestos a las necesidades y características del servicio de limpieza en edificios y centros de la Diputación de Albacete.
Se valorará positivamente la existencia de un servicio de mantenimiento y reparación de la maquinaría, así como la existencia de acuerdos de colaboración para la equipación de maquinaría de limpieza con asistencia post- venta.
Compete a la Excma. Diputación de Albacete la facultad de rechazar aquellos aparatos, máquinas o dispositivos que considere ruidosos o que por cualquier otra causa puedan producir molestias a los usuarios en general, al personal, o a la actividad de la Diputacion de Albacete.
En todo caso, esta maquinaria, material y productos cumplirán o superaran los requisitos establecidos en este Pliego, debiendo disponer de su ficha técnica en regla, estar en perfectas condiciones de uso y manejo y cumplir con la normativa vigente de aplicación.
La maquinaria que utilice la empresa para el desarrollo de sus labores de limpieza, deberá cumplir con la normativa actualmente vigente en materia de Salud Laboral y, específicamente, se seguirán las prescripciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a ”obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores”.
La maquinaria utilizada deberá contar además, con el Certificado CE, así como el listado de las revisiones reglamentarias según la normativa aplicable en cada caso. En todo caso, la maquinaria contará como mínimo, con las protecciones exigidas por la legislación en materia de :
• Protección eléctrica y radioelectrica
• Protección contra humedad y polvo
• Protección sobre sobrecalentamiento
• Protección contra el nivel de ruido.
• Protección contra la emisión de partículas .
El adjudicatario del contrato deberá emplear la maquinaria y el material por él indicados en el Proyecto Técnico de su oferta.
Todos los productos, materiales, útiles de limpieza y maquinaria a emplear en las tareas de limpieza, correrán por cuenta de la empresa adjudicataria.
8. ESTRUCTURACIÓN DEL SERVICIO.
Se valorará la adecuación del equipo de gestión para una correcta prestación del servicio. Para ello, las empresas licitantes deberán presentar:
- Organigrama General, en el que queden perfectamente identificadas las funciones de los responsables, así como resto de personal implicado en el mismo.
- Titulaciones y dedicación de los miembros del equipo de gestión implicados en la ejecución del servicio.
Es requisito mínimo, con el fin de establecer un contacto permanente entre la dirección de los distintos Centros y la contrata adjudicataria a los efectos de seguimiento del cumplimiento y calidad del servicio contratado, que el contratista cuente con un representante con poderes suficientes para la resolución inmediata de cuantos defectos e incidentes sean observados en la prestación del servicio. Así pues para facilitar las tareas de control e inspección en la relación entre la Diputación y el adjudicatario, éste deberá designar con carácter previo a la formalización del contrato a aquellas personas que le representen en cada momento. Así mismo, la empresa adjudicataria designará una o varias personas pertenecientes a su cadena de mandos intermedios para canalizar las órdenes e instrucciones de trabajo.
Respecto del personal adscrito al servicio, deberán presentar y se valorará:
- Uniformidad propuesta para el personal, tanto la general como la de las zonas de medio riesgo y especiales que también deberá ser aportada por el adjudicatario, previa autorización de la Diputación, y será de colores distintos a la utilizada por el personal del propio Centro.
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- Modelo de tarjeta de identificación con fotografía, que inexcusablemente deberá portar el personal de limpieza en el horario de trabajo.
- Equipos de protección individual utilizados
En lo referente al Personal de Apoyo, se valorará la existencia de un servicio Xxxx Xxxxxx, 00 horas y 365 días al año, para la resolución de urgencias.
9. GESTIÓN DE RESIDUOS.
Las empresas licitadoras deberán presentar un plan para la gestión de los residuos generados, tanto por la contrata que resulte adjudicataria como los generados con ocasión de la actividad desarrollada en los Edificios y Centros de la Diputación.
Dicho plan, deberá contener un estudio medioambiental indicando los Kg. De residuos generados por el servicio de limpieza por unidad de uso (ejemplo: metros cuadrados), y planes de minimización en la generación de residuos.
La gestión de residuos generados por el servicio de limpieza, deberá cumplir, en todo caso, con la normativa vigente y será a cargo del contratista. La contratación de un gestor externo de residuos peligrosos propios del servicio de limpieza (envases que hayan contenido sustancias peligrosas u otros que eventualmente puedan producirse) será a cargo del adjudicatario.
10. DE LOS RECURSOS HUMANOS.
10.1. PERSONAL AL SERVICIO DEL ADJUDICATARIO
El personal que preste el servicio objeto del contrato, dependerá laboralmente de la empresa que resulte adjudicataria, la cual está obligada a abonar los importes correspondientes a salarios y seguridad social vigentes, o que en lo sucesivo se estipulen, de conformidad con lo dispuesto en Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la Provincia de Albacete que resulta de aplicación a la empresa adjudicataria y demás normativa aplicable, quedando exenta esta Corporación de toda responsabilidad que pudiera derivarse al respecto.
La empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender las obligaciones y hacerse cargo en la forma reglamentaria del personal de limpieza, subrogándose el personal que se relaciona en el anexo I, adjunto a este pliego, de conformidad con el articulo 44 del R. D. Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, que aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores y por aplicación del articulo 16 del Convenio Colectivo Provincial de Limpiezas de Edificios y Locales de Albacete respecto de la obligación de subrogación prevista en el vigente Convenio Colectivo referida a la “Adscripción del personal”. Por todo ello la empresa que resulte adjudicataria deberá hacerse cargo, en la forma legalmente establecida, del personal procedente de la contrata actual. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social e Higiene en el Trabajo, referidas al propio personal a su cargo. Asimismo, el personal que aporte el adjudicatario para la realización del servicio de limpieza objeto del presente contrato no generará ningún tipo de derecho frente a la Excma. Diputación Provincial de Albacete. Será el contratista el que poseerá y mantendrá los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario, de acuerdo con lo previsto por la vigente legislación laboral, aún cuando las medidas disciplinarias que el adjudicatario pudiera adoptar, fuesen consecuencia de incumplimientos y de la estricta aplicación del contrato.
El adjudicatario deberá facilitar la relación nominal de las personas que van a prestar sus servicios en los distintos edificios, inmediatamente antes del inicio de dicha prestación, especificando las respectivas categorías laborales. En caso de modificación de dicha relación nominal, el adjudicatario deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Responsable del Servicio de Limpieza de la Diputación.
La empresa estará obligada a sustituir al personal de limpieza y a los cristaleros en su periodo de vacaciones, de acuerdo con lo establecido en el presente Pliego, así como a mantener la totalidad de los trabajadores establecidos en un 100% del Servicio. Por lo tanto el adjudicatario estará obligado a mantener una plantilla constante del 100% del personal, de tal modo que cada persona que no acuda en su jornada laboral, deberá ser sustituida, dado que en otro caso procederá el descuento en la facturación mensual del valor horario de su trabajo según la penalización que se establece en el presente Xxxxxx. El adjudicatario debe suplir, de modo inmediato, las ausencias del personal de los puestos de trabajos que se puedan producir por I.T., I.P., jubilaciones, vacaciones, permisos, sanciones, etc., de manera que permanentemente estén prestando sus servicios el mismo número de personas en presencia física, para dar cumplimiento a las horas de trabajo contratadas.
El adjudicatario deberá disponer en cada uno de los Edificios y Centros del personal necesario para realizar las horas de trabajo establecidas como mínimo. Las personas designadas por la Diputación, y en su defecto los Responsables del Servicio de Limpieza y de los distintos centros y servicios, serán las encargadas de marcar las
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directrices generales del Servicio de limpieza a los responsables de la empresa adjudicataria. Las competencias principales en la prestación del servicio serán las siguientes:
- Establecer prioridades en los horarios de limpieza según las actividades y usos de los centros.
- Establecer prioridades en las limpiezas de verano, Navidad y Semana Santa, así como en festivos y fines de semana en los centros donde proceda.
- Definir las prioridades de limpieza a fondo, cristales y tratamientos en profundidad de pavimentos.
- Controlar la prestación y la calidad del Servicio de forma complementaria al sistema de control de calidad general establecido en este Pliego.
- Designar las necesidades de movilidad del personal por centros (si fuera necesario).
El adjudicatario instruirá al personal a su cargo sobre la necesidad de que guarden el más estricto secreto sobre cualquier información de la que pudiera tener conocimiento accidentalmente y que afecte a documentos de la administración. Serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento de dicha obligación por el personal a su cargo.
El adjudicatario se compromete a ajustarse a los horarios establecidos por la Excma. Diputación de Albacete para la limpieza de cada edificio. Será asimismo responsabilidad del adjudicatario la de evitar que el personal a su servicio permanezca en los edificios fuera de su horario de trabajo, sin autorización expresa para ello. También será responsabilidad del adjudicatario el control del personal a su servicio, durante el tiempo de trabajo.
Todo el personal adscrito deberá estar correctamente uniformado, incluyendo el uso obligatorio de guantes, debiendo ir provisto permanentemente de una placa de identificación colocada en lugar visible, todo ello a cargo del adjudicatario, quien asume al mismo tiempo la responsabilidad de garantizar el comportamiento adecuado de este personal.
El adjudicatario quedará obligado asimismo, a sustituir a aquel personal que no actuara con la debida corrección, o que fuera ineficaz o negligente en el desempeño de sus tareas, o que incumpliera alguna de las obligaciones enumeradas en los apartados anteriores, cuando así sea solicitado por la Diputación.
El adjudicatario deberá entregar diariamente en la Administración de cada edificio al finalizar la jornada de trabajo, el listado del personal que efectivamente haya realizado su jornada laboral.
Si el adjudicatario recibiese una comunicación de preaviso de huelga, o tuviere conocimiento de que tal situación puede producirse, deberá notificar formalmente y de inmediato tal circunstancia a la Corporación, a fin de acordar las medidas oportunas y, en particular, determinar propuesta de cobertura de servicios mínimos que se realice a la autoridad laboral competente. Si llegara finalmente a concretarse la situación de huelga, el adjudicatario solamente tendrá derecho a percibir la parte proporcional de la retribución correspondiente a los puestos de trabajo realmente cubiertos en los distintos turnos, voluntariamente o por cobertura de servicios mínimos legalmente establecidos, durante los días en los que se mantenga esa situación.
Los cambios del personal asignados al servicio objeto de este procedimiento deberán ser autorizados previamente por la Administración. La Diputación se reserva el derecho de exigir la sustitución de personal, por mal comportamiento, incapacidad y otras causas justificadas.
La empresa deberá comunicar a la Administración, antes del 15 xx xxxxx, los trabajadores que van a sustituir a los trabajadores habituales (si fuese preciso para los trabajadores), y los periodos de sustitución para el periodo vacacional estival.
Las ausencias del personal por enfermedad, permisos, licencias o ausencias, justificadas o no, del personal que va a prestar el servicio, deberán ser cubiertas por la empresa, bien mediante la contratación de nuevo personal o mediante la realización de horas extraordinarias con el personal existente. En el caso de que la empresa no pudiera cubrir algunas ausencias por razones justificadas de premura en su comunicación o cualquier otra causa motivada, la Administración podrá encomendar trabajos equivalentes, en número de horas, que se reservan en una bolsa especial por este concepto, a prestar durante los fines de semana o en otros periodos que fije la Administración a su conveniencia, hasta completar el horario perdido, o bien puede penalizar a la empresa adjudicataria conforme a las reglas establecidas en el presente pliego.
El personal prestará sus servicios, adecuadamente uniformado y se someterá a las normas que se establezcan en los distintos Servicios y Centros de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
La empresa firmará con los trabajadores contratos en régimen laboral de forma escrita en las distintas modalidades establecidas en la legislación vigente, no admitiéndose contratos verbales, aún cuando la normativa específica lo pueda establecer para determinados modelos y circunstancias, quedando enterado de esta situación y prohibición el adjudicatario.
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Asimismo el adjudicatario está obligado a facilitar con carácter inmediato al Director del contrato del Servicio de Limpieza de la Diputación de Albacete los movimientos de altas y bajas sucesivas de su personal especificando el motivo, debiendo ser aprobadas por la Diputación todos los cambios que se produzcan en la plantilla. Para ello se podrá establecer un sistema informático de gestión de personal y control de presencia física al que tendrá acceso en cualquier momento la Dirección del Centro receptor de los servicios de limpieza o el personal de Diputación que corresponda. La Diputación podrá establecer el sistema de control de presencia del personal adscrito a este servicio, que será de obligado cumplimiento por el adjudicatario.
Todo el personal que por parte de la empresa adjudicataria que intervenga en el servicio de limpieza deberá someterse a las normas de seguridad y control establecidas en los Edificios, Centros y dependencias objeto del contrato. Además en este sentido la empresa adjudicataria estará obligada a:
1.- Mantener informada a la Diputación de los cambios y sustituciones que se produzcan, tanto de personal, horarios, dedicación, etc.
2.- Presentar por escrito cualquier propuesta de cambio de la carga de trabajo inicialmente ofertada (organización de los locales de trabajo, personas que componen la plantilla de un centro, bases de trabajo, horarios, etc.)
El personal de limpieza de la empresa adjudicataria, que actúe con las funciones que le son propias, deberá estar en todo momento sujeto a las normas de conducta, confidencialidad, decoro y comportamiento genérico para el resto del personal del Centro, independientemente de las normas que a este respecto deba cumplir por pertenecer a la empresa de limpieza que ha resultado elegida en la adjudicación. Al personal de limpieza le estará prohibido recibir visitas durante su jornada laboral, realizar cualquier otra actividad comercial o profesional que no sea propia del objeto de este contrato o que no haya sido autorizada u ordenada por la autoridad competente. Así mismo le estará prohibida la utilización de equipos informáticos, fax, teléfonos no públicos o cualquier otro elemento o equipo de la Excma. Diputación Provincial de Albacete sin autorización expresa para ello.
El personal de limpieza, habrá de comunicar al personal responsable de turno de la Unidad en la que presta servicio cualquier cosa que considere anómala o extraordinaria, para que sea subsanada, corregida o simplemente conocida y advertida.
Igualmente, el contratista estará obligado a comunicar a la Administración contratante nombre y apellidos, número del D.N.I. y de afiliación a la Seguridad Social, del personal empleado en la realización del servicio de limpieza, además de los documentos descritos propios de la relación laboral que se describen en el apartado siguiente.
El adjudicatario estará obligado a presentar mensualmente ante la Excma. Diputación Provincial de Albacete la relación completa de empleados, así como una copia de las nóminas del personal y de los Boletines de Cotización a la Seguridad Social que acrediten la afiliación y cotización de los mismos así como el pago de los salarios. El adjudicatario estará obligado a la apertura de un código de cuenta de cotización específico para el personal adscrito al Servicio de Limpieza de la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
El Director del contrato del servicio de la Limpieza de esta Administración deberá ser informado de las contrataciones de personal que haga la empresa adjudicataria, o cualquier otra decisión cuyo efecto traspase el periodo contractual, reservándose la facultad de examinar y dar conformidad a las mismas.
Será obligación del contratista adiestrar al personal para la realización del trabajo en las distintas zonas de los Centros y Edificios de la Diputación, atendiendo a las circunstancias de cada una de ellas, cumpliendo como mínimo los contenidos de formación del personal descritos en este punto xxx Xxxxxx.
10.2. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ADJUDICATARIO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA RESPECTO DEL PERSONAL
La empresa adjudicataria se compromete a:
• A ejecutar directamente el contrato, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder ni traspasar directamente o indirectamente el servicio objeto del contrato.
• El personal afecto a la prestación del servicio observará buen comportamiento en el mismo, manteniendo en todo momento correcta uniformidad, que será facilitada por el contratista en función de las tareas a realizar, dotándolo de un distintivo de la empresa.
• El contratista será responsable de los daños que cause su personal.
• El aumento o disminución del número inicial de trabajadores deberá contar con la aprobación expresa de esta Diputación Provincial y, de no hacerlo, podrá dar lugar a la rescisión del contrato con pérdida de la fianza y de las retenciones practicadas.
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• El personal encargado de la realización del servicio dependerá exclusivamente del contratista, quién será responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario, con arreglo a la legislación laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo vigente en cada momento, referidas al personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda establecerse vínculo alguno entre la Administración y dicho personal. En ningún caso el personal afecto al servicio podrá esgrimir derecho alguno en relación con la Administración contratante, ni exigirle responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que las medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación y otros efectos del contrato.
10.3. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
Al término del contrato actualmente en vigor, los trabajadores de la empresa saliente pasarán a estar adscritos a la nueva titular de la contrata, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la anterior en los términos del vigente Convenio Colectivo del sector limpieza de edificios y locales de Albacete y su provincia.
Se incluye relación de personal en el Anexo nº I a este Pliego, con su correspondiente vinculación y antigüedad.
11. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Excma. Diputación Provincial de Albacete conocerá las medidas preventivas en materia laboral y sanitaria adoptadas por la empresa que resulte adjudicataria con respecto a sus trabajadores así como las posibles repercusiones de éstas con respecto a los profesionales del Centro a prestar los Servicios de Limpieza, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales (B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre), modificaciones posteriores y legislación que desarrolla dicha ley.
Se realizarán por parte del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Empresa del adjudicatario los reconocimientos médicos periódicos, vacunaciones y programas de Salud necesarios en función de los riesgos inherentes al trabajo; así mismo la empresa contará con un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, propio o ajeno, que deberá coordinarse con el propio de la Excma. Diputación Provincial de Albacete en los aquellos aspectos que se determinen en la legislación competente, presente o futura, según lo establecido en el presente pliego y normas aplicables descritas anteriormente.
La empresa adjudicataria deberá aportar un plan de prevención de riesgos laborales específico del presente contrato de prestación del Servicio de Limpieza.
En el caso de la materia que en este punto nos ocupa, la Prevención de Riesgos Laborales, tienen una especial importancia las Directivas Comunitarias, así como la normativa específica del sector en el cual se enmarca el adjudicatario. Así, la empresa que desarrolle el servicio de limpieza de los Centros y Edificios de la Diputación de Albacete, deberá ajustarse a lo concretado en materia de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como dispone la norma general la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de "Prevención de Riesgos Laborales", sobre las siguientes materias:
- Planificación de la prevención en riesgos y salud laborales, así como la evaluación periódica de la misma.
- Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y control de la efectividad de las mismas.
- Cumplimiento en las obligaciones dispuestas hacia el trabajador, en relación con su derecho a participación, comunicación, formación e información sobre materia de riesgos laborales. De esta manera, la plantilla y, en su caso, el sistema de representación que en salud laboral proceda, según criterios de plantilla y condiciones de trabajo, han de estar debidamente informados sobre los riesgos a los que están expuestos (riesgos existentes) y la forma de prevenirlos (prevención activa previa al daño).
La empresa adjudicataria deberá presentar la evaluación de riesgos obligatoria de los puestos de trabajo desempeñados por sus trabajadores en este contrato, debiéndose comprobar que comprenden todas las tareas que deban realizar en este centro de trabajo, incluyendo la utilización de máquinas u herramientas.
Asimismo, se tendrán en buena cuenta las directivas europeas que tienen un claro carácter armonizador de la variada legislación existente en los países comunitarios, y en especial la Directiva del Consejo 89/391/CEE, de 12 xx Xxxxx y sus actos modificativos, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. En el seno de la Unión Europea, esta es considerada como marco normativo, y según la cual "la prevención se planificará desde la misma concepción del proceso productivo, el diseño de los puestos de trabajo y la organización y métodos del propio trabajo, adaptándolo a la persona y procurando sustituir lo peligroso por lo que no sea o entrañe menor riesgo. Se antepondrán las medidas de protección colectiva a las de protección individual".
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12. FORMACIÓN.
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Todo el personal temporal y/o fijo deberá ser informado por la Empresa con carácter previo a su incorporación al puesto de trabajo al que se destine de los procedimientos de limpieza y riesgos relacionados con el puesto a cubrir.
Se considera necesario el establecimiento de un programa de formación del personal de limpieza que contenga al menos los siguientes temas:
· Procedimientos de limpieza.
· Utilización adecuada de materiales y productos.
· Medio Ambiente y Calidad del medio laboral.
· Gestión de residuos.
Para ello realizará un Plan de formación aplicable al personal adscrito al servicio y que es criterio de valoración. La empresa adjudicataria deberá tener obligatoriamente un centro o una unidad de formación de su personal, pudiendo ser este propio o contratado con una empresa especializada.
El responsable del Servicio de la Diputación, a través de la persona que estime pertinente, podrá si lo considera oportuno girar una visita a dicho centro o unidad, a fin de comprobar el nivel de enseñanza y, en consecuencia, de formación de dicho personal.
13. SEGUIMIENTO Y FACULTAD DE INSPECCIÓN DEL CONTRATO POR LA DIPUTACIÓN.
La Excma. Diputación Provincial de Albacete, nombrará un Director del Contrato del Servicio de Limpieza que hará las veces de interlocutor valido con la empresa Adjudicataria, quedando facultado para llevar a cabo las tareas encomendadas propias de la Dirección de la prestación del Servicio y especialmente las descritas en los Pliegos, tales como la inspección, supervisión, comprobación y vigilancia para la correcta realización de las tareas de limpieza y cumplimiento contractual, así como también asumiendo la coordinación y enlace entre esta Administración, con sus distintos Centros de trabajo, y la empresa adjudicataria para un desarrollo eficiente de la prestación del Servicio y con los niveles de exigencia de calidad y costes que establezca el contrato suscrito entre las partes, constituyéndose así en interlocutor válido, a todos los efectos, en la relación Administrativa y contractual con todos y cada uno de los afectados e intervinientes en el Servicio de Limpieza, quien podrá inspeccionar al personal y su trabajo en todo lo que a la contrata se refiere y comprobar la limpieza efectuada cuando lo considere oportuno, exigiendo que se subsanen los defectos que existan, todo ello sin perjuicio de las instrucciones que puedan dar la respecto los responsables de los distintos Servicios y otro personal adscrito a los mismos para el cumplimiento del contrato y una mejor prestación del servicio de limpieza. La empresa deberá facilitar al citado personal descrito toda la información que le soliciten, para que puedan desempeñar adecuadamente sus tareas de inspección, control y evaluación, tanto para asegurar la presencia en los edificios de los efectivos concertados con el adjudicatario, como para comprobar las condiciones en las que estos desempeñan sus tareas, así como la calidad del trabajo realizado y de los productos y materiales utilizados en el mismo. Las labores de inspección y vigilancia se podrán delegar en cualquier trabajador de la Excma. Diputación de Albacete por parte del Director del contrato del Servicio de Limpieza.
En caso de que, como resultado de esas labores de inspección, control y evaluación, se constatara una situación de incumplimiento de las obligaciones por el adjudicatario, la Diputación lo comunicará a éste mediante la correspondiente acta de incidencias. Para ello, podrá inspeccionar personalmente, o a través de persona en quien delegue, al personal de la empresa adjudicataria del servicio, en la realización de sus cometidos, suscribiendo un Acta en el momento de la inspección del servicio, en la que conste la calidad de la prestación realizada. La empresa contratista estará obligada a corregir de forma inmediata las irregularidades o incorrecciones en la prestación del servicio reflejadas en el Acta.
El levantamiento de tres Actas de Inspección desfavorables podrá ser causa de rescisión del contrato con pérdida de la fianza.
El presente Pliego de Características Técnicas formará parte indivisible xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, formando parte de él a los efectos de cláusulas contractuales, obligaciones y derechos para ambas partes.
14. CONTROL DE HORARIOS Y ABSENTISMO.
Las empresas licitadoras describirán en su oferta, de manera detallada, el Sistema de control de horarios y control del absentismo a aplicar al Servicio de Limpieza de los Edificios y Centros de la Diputación de Albacete.
El Sistema de control de horarios y control del absentismo del Servicio es uno de los criterios de valoración de la oferta.
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El personal del servicio de limpieza deberá encontrarse en el lugar de trabajo asignado durante el horario establecido. La empresa adjudicataria controlará la presencia física y la hora de entrada y salida de sus trabajadores. El adjudicatario responderá ante la Diputación por el incumplimiento del horario contratado para la prestación del servicio de limpieza en cada uno de los locales afectados por el contrato, así como la falta de suplencias o cualquier otra deficiencia que impida el correcto desarrollo de lo establecido en este contrato.
La empresa adjudicataria deberá realizar un listado quincenal de las personas que prestan servicio en el Departamento, para la correcta comprobación de las prestaciones, indicando horas de presencia, y entregando copia a la Unidad o Servicio competente.
La Diputación cree oportuna el control y la revisión periódica de la información relativa al personal de la empresa asignado a los distintos Centros y Servicios, a fin de comprobar que no se han producido variaciones sustanciales en el personal que presta sus servicios que no hayan sido comunicadas oportunamente, y que no existen alteraciones de ningún tipo en relación con el personal que presta servicio. A estos efectos, la función que aquí se describe, es exclusivamente de control sobre el cumplimiento de la legalidad vigente en las obligaciones de la seguridad social.
Por tanto, todo el personal de limpieza adscrito al contrato deberá someterse a las normas de seguridad y control que la Administración señale, de manera que:
-En el plazo de una semana desde el inicio del contrato, el adjudicatario entregara a la Diputación la relación nominal del personal a su servicio, con expresión de su D.N.I., lugar y horario de trabajo, a fin que quede constancia que la distribución horaria y de zonas de trabajo se ajusta a lo establecido por la propia empresa en
su oferta, y que deberá ser aprobada por la Administración.
-Cualquier propuesta de modificación que consolide un cambio definitivo de la persona asignada a la organización de los puestos de trabajo (numero de personas que componen la plantilla a subrogar, centro y horario) deberá hacerse por escrito con anterioridad a dicha modificación, a fin de recibir su correspondiente aprobación por la Diputación de Albacete.
-El Director del contrato podrá exigir a la empresa, en cualquier momento, que le remita los TC1 y TC2 así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio o las nominas pagadas, con independencia de las obligaciones de facilitar la documentación descrita en este punto.
15. CONTROL DE CALIDAD DEL SERVICIO EN LAS TAREAS DE LIMPIEZA.
Las empresas licitadoras describirán en su oferta, de manera detallada, el Sistema de Control de calidad a aplicar a la prestación del Servicio de Limpieza de los Edificios y Centros de la Diputación de Albacete.
Para el control de calidad en la prestación del Servicio se pueden establecer como mínimo, los siguientes mecanismos, no siendo limitativa la siguiente relación:
-Partes de trabajo cumplimentados diariamente, especificando el tiempo de trabajo empleado y las labores desarrolladas, que deben ser confirmados por el Director o Responsable del Servicio mediante firma.
-Partes de incidencias de limpieza, donde se señalarán las deficiencias observadas.
-Informes referentes a la prestación del Servicio
-Reuniones con el Representante de la Administración, en la que se presentarán los partes de trabajo, hojas de incidencias y acciones correctoras, al menos una vez al mes, en la sede de a Diputación Provincial de Albacete.
El control de calidad de la limpieza correrá a cargo de:
• El Servicio de Medicina y Prevención de Riesgos Laborales de la Diputación de Albacete, en cuanto a sus labores propias y cometidos relativos a medicina preventiva y seguridad e higiene en el trabajo.
• El Director del contrato del Servicio de Limpieza de la Excma. Diputación Provincial de Albacete, en todo lo demás.
En cualquier caso, estos podrán delegar, a efectos de supervisión, en el personal que estimen oportuno, en cada zona, servicio o unidad.
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El Director del contrato podrá efectuar las Auditorias internas que precise, pudiéndose realizar mensualmente, o con la periodicidad que se estime conveniente, mediante los informes recibidos por los encargados de la supervisión en quien haya delegado y/o de las encuestas realizadas entre los usuarios (personal, residentes, pacientes, visitantes, Administrados, etc), realizados en función de los siguientes indicadores de calidad:
1.- Productos de limpieza y/o desinfección. 2.- Utilización de los productos.
3.- Útiles de limpieza. 4.- Manejo de los útiles.
5.- Técnicas de limpieza / desinfección. 6.- Higiene del personal.
7.- Personal presente.
Mensualmente, o con otra periodicidad, y mediante los informes de calidad emitidos con los indicadores indicados dentro de la auditoria interna, se realizará una valoración de la limpieza, bien del Servicio en general o bien por cada Centro o Edificio, en la que se podrá otorgar una puntuación desde 0 (Deficiente) a 5 (Buena o muy buena), quedando detallada la CALIFICACION CONCEPTUAL DE LA PUNTUACION, como sigue:
- Deficiente 0
- Mala 1
- Regular 2
- Aceptable 3
- Buena 4
- Muy buena 5
Mensualmente, de las evaluaciones realizadas de las distintas zonas, habiéndose establecido en su caso las causas de las deficiencias y las propuestas de mejora, estas deberán ser revisadas y subsanadas lo más rápidamente posible.
16. PENALIZACIONES.
La calificación mensual obtenida dada en función de los distintos indicadores será motivo para realizar el pago a la empresa adjudicataria por los servicios de limpieza ejecutados, que se realizará según indica le presente Pliego, por mensualidades vencidas de la parte proporcional del precio del contrato por los servicios de limpieza realizados en el período que se trate, pudiendo llevar aparejada una penalización en el precio a facturar.
Así pues la calificación obtenida será tenida en cuenta para realizar el pago a la empresa adjudicataria por los servicios de limpieza realizados en el período de que se trate.
Si la calificación por cada zona verificada, a juicio del Director del contrato o de los distintos encargados en quien delegue, no alcanza el nivel de puntuación 4 se establecerán las penalizaciones económicas mensuales sobre el precio del contrato que a continuación se determinan:
Entre 3 y 4 puntos: 1,5 % del valor de facturación del centro total. Entre 2 y 3 puntos: 3 % del valor de facturación del centro total. Entre 1 y 2 puntos: 4 % del valor de facturación del centro total. Entre 0 y 1 punto: 5 % del valor de facturación del centro total.
El Órgano contratante del Servicio de Limpieza, a petición de la empresa adjudicataria, y a la vista de razonamientos fundados y demostrados, podrá, si lo estima conveniente, revisar y modificar el baremo reflejado de penalización en el punto anterior, si bien los meses en los que no se efectúe informe de calidad de las distintas zonas de limpieza, el precio del contrato se abonará en un 100%.
17. RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La Diputación Provincial de Albacete podrá rescindir el contrato, sin que ello le obligue a devolver al contratista cantidad ni indemnización alguna, con pérdida inclusive de la fianza, además de los supuestos establecidos en la legislación vigente en materia de Contratos de las Administraciones Públicas, en los siguientes casos:
Por comportamiento del personal de limpieza:
A.- Cuando hubiere reiteradas faltas de negligencia:
A.1.- En la limpieza de los distintos Centros. Estas causas se expondrán al adjudicatario quien resolverá, sustituyendo al personal causante de la negligencia. Si ello no fuese así, incurrirá en esta penalización.
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
Servicio de Mantenimiento
JEFE DE MANTENIMIENTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/03/2017
A.2.- En el uso indebido (mal trato; utilización indebida y/o prohibida etc.,) de material sanitario o de oficina, muebles y objetos propiedad de la Diputación, y/o de los enfermos y usuarios del Centro Asistencial, así como del resto de trabajadores de la Administración.
B.- Cuando exista un absentismo laboral, de forma reiterada, igual o superior al 10% como mínimo, del personal objeto del presente contrato, durante un período de treinta días naturales.
C.- Cuando se haya comprobado, de forma fehaciente y continuada, que alguien del personal de limpieza llevado por el contratista y perteneciente a su servicio, ha realizado, hurtos y/o robos, bien sea en cualquier Centro Asistencial de la Diputación como en el resto de sedes administrativas y generales, y tanto a las personas residentes, trabajadores como a los usuarios y visitantes y en general a cualquier administrado en los mismos. En este supuesto, se descontará además, de la facturación mensual, el valor de lo sustraído.
Por incumplimiento de la empresa adjudicataria:
A.- Por la falta de presentación de la documentación que sea solicitada por el Responsable de la Administración, a fin de la comprobación de la situación de los trabajadores o cualquier otro extremo relacionado con el presente contrato. Así también llevará aparejada la Resolución del contrato el incumplimiento de la empresa de sus obligaciones hacía sus trabajadores, tales como retrasos en los pagos mensuales de salarios, seguridad social, falta de contrato escrito y debidamente registrado, falta de alta en la seguridad social, etc.
B.- Por el incumplimiento del deber de confidencialidad establecido en el presente Pliego. C.- Por la interrupción de la prestación del Servicio sin autorización.
D.- El incumpliendo de la normativa vigente en cualquier materia, especialmente, el Convenio Colectivo o reglamentaciones medioambientales, laborales, sanitarias, etc…
18. AMPLIACIONES, REDUCCIONES Y MODIFICACIONES DEL ALCANCE.
El adjudicatario se compromete a adaptar sus servicios a las posibles reducciones o modificaciones del alcance del contrato, por futuras reformas y reestructuración de los distintos Servicios que actualmente presta la Excma. Diputación Provincial de Albacete. A tal efecto se formulará por el Responsable del Servicio una propuesta económica en base a lo siguiente, descontándose el valor del precio del contrato:
• Precio m2 de limpieza en zonas de medio riesgo
• Precio m2 de limpieza en zonas de bajo riesgo
• Precio hora trabajador y precio de los productos suministrados.
En el supuesto contemplado en el aparatado anterior, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar ninguna indemnización.
Si por producirse el hecho de que se ocuparan otros edificios o locales, La Diputación podrá encargar al adjudicatario la limpieza de aquellos siempre que el precio de las nuevas prestaciones, que deban realizarse en ellos, sea igual al del contrato y sea aceptado por el adjudicatario.
En el caso de producirse un traslado de las Unidades que ampara el presente Pliego, siempre y cuando se trate de la misma extensión superficial del local o locales afectados y se requieran las mismas prestaciones, el adjudicatario estará obligado a realizar el servicio de limpieza en las mismas condiciones. En caso contrario se regirá por lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
19. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo inicial de ejecución del contrato será de CUATRO AÑOS contados a partir del día de su entrada en vigor con posibilidad de prórroga por DOS AÑOS más.
20. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
Se fija un precio máximo de licitación para el total del contrato de 6.520.223,12 euros, más 1.369.246,86 euros de IVA (21%), lo que totaliza 7.889.469,98 euros de presupuesto total incluido IVA.
El pago se realizará mediante la facturación mensual, a meses vencidos, con cargo a la partida habilitada expresamente para ello.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden todos aquellos impuestos o tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, así como todos los gastos que la
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NIF: P0200000H
Servicio de Mantenimiento
JEFE DE MANTENIMIENTO XXXXXXX XXXXXX XXXXXX FECHA: 15/03/2017
empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, beneficios, financieros, seguros, cotizaciones, honorarios y salarios del personal a su cargo y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato.
La forma de pago de conformidad con en el Pliego de Cláusulas Administrativas, se efectuará de forma mensual por partes alícuotas del precio de una anualidad del contrato.
El contratista emitirá mensualmente certificaciones parciales que relacionarán los trabajos realizados en dicho periodo, pudiendo estas coincidir con la factura mensual de la parte proporcional a una anualidad del precio del contrato.
Cada certificación deberá ir acompañada de una ficha de control en la que se detallen para cada edificio o Centro, aquellos trabajos de los de frecuencia mensual, trimestral, semestral o superior, que hayan sido realizados en el mes correspondiente. Las certificaciones y facturas mensuales serán comprobadas por el Responsable del Servicio, sin cuya conformidad no se tramitarán las facturas correspondientes.
El contratista tendrá derecho al abono del precio del contrato, con arreglo a los precios convenidos, respecto de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al mismo y a sus modificaciones, si las hubiere.
En el supuesto de que, excepcionalmente, y por causas no imputables al adjudicatario, debidamente justificadas y apreciadas por el Responsable del Contrato y el/la Director/a del Centro correspondiente, no fuera posible la sustitución inmediata de un trabajador o la contratación del personal exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el pago se efectuará por las prestaciones efectivamente realizadas, debiendo efectuarse la deducción que corresponda a los servicios no prestados.