EXP. 14.2.1.0012
EXP. 14.2.1.0012
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRA DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON VARIOS CRITERIOS DE VALORACION, PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONTROL DE CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO EN MUNICIPIOS Y NUCLEOS DE POBLACION DE LA PROVINCIA XX XXXXXXXXX.
1.- OBJETO Y AMBITO DE APLICACION.- Es objeto de la presente contratación, la prestación del Servicio de Control de la Calidad del Agua de Consumo Humano en municipios y núcleos de población de la provincia xx Xxxxxxxxx que realicen de forma directa la gestión del abastecimiento, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los Criterios Sanitarios de la Calidad del Agua de Consumo Humano.
La Prestación de los servicios se efectuará con arreglo a lo dispuesto en el presente Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se da aquí por reproducido.
La codificación correspondiente de la nomenclatura C.P.A.-2002 es 71.20.11 La codificación correspondiente de la nomenclatura C.P.V- es 71610000-7
En la actualidad el ámbito territorial en que la empresa adjudicataria deberá realizar la prestación del servicio está integrado por 318 municipios , lo que supone 374 núcleos de actuación y cuya relación completa se recoge en el Anexo I del presente Pliego de Cláusulas.
Asimismo, podrá incluirse en el ámbito del servicio, el agua de consumo humano suministrada mediante cisternas o depósitos móviles en núcleos de población de la provincia xx Xxxxxxxxx. La Diputación podrá decidir la variación de este ámbito territorial durante el periodo de vigencia del presente contrato, debiendo comunicar este hecho a la empresa adjudicataria con un mes de antelación para que pueda adaptar el servicio.
2.-ACCESO AL PERFIL DE CONTRATANTE.- La información referente a la actividad contractual de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxxx incluida la información pública relativa al presente procedimiento, tiene su difusión en Internet en el Perfil de Contratante de esta Corporación, al cual se puede acceder a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx.
3.-CALIFICACIÓN Y REGIMEN JURÍDICO.- El presente contrato tiene carácter administrativo conforme a lo establecido en el art.19 del RDL 3/11 de 14 de noviembre, aprobatorio del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), calificándose de contrato de servicios y rigiéndose por el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por el citado Texto Refundido y en cuanto no se encuentre derogado por mencionado precepto, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado
por el Real Decreto 1098/200, de 12 de octubre y demás disposiciones vigentes en materia contractual
4.- FORMA DE CONTRATACIÓN.- De conformidad con lo establecido en el art.
138.2 en relación con el art, 150.3 del TRLCSP, la adjudicación del presente expediente se realizará mediante el procedimiento abierto con varios criterios de valoración y de acuerdo con las disposiciones recogidas en citado texto normativo para el contrato de servicios.
5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN.- El valor
estimado del presente contrato asciende a la cantidad de 717.652,33 euros (IVA excluido), siendo el IVA repercutido el 21% de dicho importe (150.706,99 €), lo que supone un montante total de 868.359,32 €.
El tipo máximo de licitación se considera el del CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS la cláusula 6.1. PRECIOS UNITARIOS se adjunta como Anexo II “Condiciones Particulares”.
En consecuencia, la oferta económica que presentarán los licitadores será la baja porcentual (%) que apliquen sobre dicho cuadro de precios (IVA excluido).
Las ofertas lo serán por el tipo de licitación o a la baja, debiendo ajustarse estrictamente al modelo que se inserta al final de las presentes Cláusulas .
En consonancia con lo dispuesto en el art. 147 del TRLCSP, queda prohibida la introducción de cualquier tipo de variante o alternativa a las expresamente fijadas en el presente Pliego, siendo desechadas aquellas ofertas que contravengan lo inmediatamente reseñado.
6.- FINANCIACIÓN.- La presente contratación está financiada con cargo a la partida presupuestaria 2014.40.1610A.2270600 según documentos contables “RC” 201400022003 por un importe de 90.454,10 euros y “RCFUT” 201400022004 por un importe de 777.905,22 euros, expedidos por la Intervención Provincial e incorporados al expediente.
No obstante la presente contratación y por lo que respecta los importes referidos a los ejercicios 2015 y 2016, queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que de ella se derivan, en el Presupuesto de los ejercicios siguientes inherentes a esta adjudicación.
Asimismo, en caso de producirse la prorroga de esta contratación, la misma quedará condicionada a las consignaciones presupuestarias de los ejercicios económicos a los que queden vinculadas.
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO.- El contrato tendrá un período de vigencia inicial de dos años, a contar desde el día 1 del mes siguiente a la formalización del mismo en documento publico administrativo, pudiendo ser prorrogado por un periodo igual de tiempo previo acuerdo expreso entre las partes, que será efectuado con al menos un mes de antelación a la finalización de la contratación inicial y en todo caso supeditada a la oportuna consignación presupuestaria adecuada y suficiente para hacer frente a la misma en los futuros ejercicios presupuestarios inherentes a dicha prórroga.
8.- GARANTIA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.- De conformidad con lo establecido en el art. 103 del TRLCSP, para tomar parte en este procedimiento, no será necesario constituir fianza o garantía provisional.
El licitador cuya oferta resulte ser la más ventajosa económicamente, en el plazo de 10 días hábiles, al de la recepción del oportuno requerimiento del órgano de contratación, deberá constituir garantía definitiva por un importe equivalente al 5% del precio de adjudicación IVA excluido (globalizado en los dos años comprensivos de duración del contrato, incluyendo su posible prorroga), de acuerdo con lo dispuesto en el art. 95 del TRLCSP y pudiendo formalizarse en cualesquiera de las formas recogidas en el art.96 del citado Texto Legal y deberá depositarse en la Caja de la Corporación a fin de proceder a la adjudicación del contrato.
La garantía definitiva constituida para responder de la buena y pronta ejecución del contrato, será devuelta una vez concluido el servicio, previo informe favorable de la correcta realización del mismo, emitido por los Servicios Técnicos provinciales competentes, debiendo tenerse en cuenta a estos efectos el contenido del art. 102 del TRLCSP.
9.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN.- Las proposiciones para tomar parte en este procedimiento, se presentarán en el Servicio de Contratación de esta Diputación Provincial, (C/ Xxxxxx Xxxxxx 0 00000 Xxxxxxxxx).
El plazo de presentación de proposiciones para tomar parte en este procedimiento, será el mayor de los dos siguientes: 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o un mínimo de 40 días naturales desde la fecha de remisión al DOUE del preceptivo anuncio de licitación ( fecha indicada en la citada inserción en el BOE), de conformidad con lo dispuesto en el art.143 de la LCSP, finalizando a las 13,00 horas del último día natural de cualquiera de los citados plazos, que en caso de coincidir en sábado o festivo se prorrogará al primer día habil siguiente.
Las ofertas podrán remitirse por correo, en cuyo caso el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta, mediante telex, fax (923.293108 o 923.293135) o telegrama en el mismo día; en el caso de que la imposición del citado envío se realizase el último día de finalización del plazo señalado en el anuncio, el licitador deberá justificar además la hora, (siempre con anterioridad a las 13 horas) tanto en aquél como en el aviso de remisión de la oferta. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la proposición no será admitida si la misma es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la finalización del plazo señalado en el anuncio de la convocatoria. Transcurridos no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida. La documentación a presentar constará de TRES SOBRES cerrados (A, B y C) que contendrán la documentación que se especifica en la presente cláusula, indicando en cada uno de ellos el objeto del contrato y , denominándose: sobre A "Documentación administrativa para participar en el procedimiento abierto....."; sobre B " Oferta Técnica para participar en el procedimiento abierto. " y sobre C “Oferta Económica para participar
en el procedimiento abierto. "
Se hace constar expresamente que toda la documentación que deba ser bastanteada o compulsada, deberá presentarse a tal fin en la Servicio de Contratación con una antelación mínima de 24 horas al momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
El sobre A "Documentación Administrativa": cuyo contenido deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, deberá de incluir los documentos que a continuación se relacionan:
a) D.N.I. del proponente o del representante legal de la empresa, fotocopia legalizada del mismo o testimonio notarial de éste.
b) Poder, en su caso, que acredite la representación del proponente, si la propuesta no se suscribiera en nombre propio. Este poder deberá hallarse debidamente bastanteado por el Sr. Secretario General de la Corporación.
c) En su caso, escritura de constitución o modificación de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, en la que su objeto social sea coincidente con el del contrato de que se trata.
d) Declaración responsable, de no hallarse incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar recogidas en el art. 60 del TRLCSP, en la que se incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (art. 146.1 c) TRLCSP). (Los certificados acreditativos de tales conceptos, deberán presentarse por el licitador cuya oferta resulte ser la más ventajosa, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, según el art. 151.2 TRLCSP).
e) Documento acreditativo de que el licitador se halla matriculado y en alta, en el momento de la presentación de su plica, en el I.A.E. correspondiente con el objeto del contrato, y al corriente en el pago del mismo, debiendo presentarse al efecto certificado de alta y último recibo abonado cuando el licitador sea persona jurídica y su cifra de negocios sea superior a un millón de euros.
f) Tratándose de empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
g) Tratándose de Uniones Temporales de Empresas se estará a lo dispuesto en el art. 59 del TRLCSP.
h) Justificación de la solvencia económica y financiera del empresario, que podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes conforme a lo dispuesto en el art.
75 del TRLCSP. ( por un importe acumulado al menos igual al de la presente contratación):
* Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
* Declaración relativa a la cifra de negocios global de la empresa en el curso de los 3 últimos ejercicios.
* Tratándose de sociedades, presentación de balances o extractos de balances, cuando su publicación sea obligatoria.
i) Justificación de la solvencia técnica del empresario, que deberá acreditarse, de acuerdo con el contenido del art. 78, mediante la aportación de la documentación justificativa de que cuentan con un sistema de aseguramiento de la calidad en la realización de determinaciones analíticas, con validación vigente ante una unidad externa de control de calidad.
A estos efectos, los licitadores deberán justificar que tienen en vigor la certificación por la UNE-EN ISO 9001 y la acreditación por la UNE-EN ISO/IEC 17025.
El sobre B “Oferta Técnica” o “Proposición relativa a a criterios de valoración no automática contendrá :
1.- La Memoria Técnica relativa a la Organización del Servicio, a que se refiere el apartado A) 1º de la cláusula siguiente y debidamente detallados en el punto 2º del Anexo III a los Pliegos.
2.- El Programa de divulgación del Servicio, a que se refiere el apartado A) 2º de la cláusula siguiente y debidamente detallados en el punto 4º del Anexo III a los Pliegos.
El sobre C "Oferta Económica” o Proposición relativa a criterios de valoración automática contendrá:
1- la Propuesta económica, debiendo ésta efectuarse conforme al modelo establecido al final de las presentes cláusulas y pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el art. 84 del RGCAP.
2.- La mejoras ofertadas a que se refiere el apartado B) 2º de la cláusula siguiente, debidamente especificadas en el punto 3º del Anexo III a los Pliegos.
10.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN.- Los criterios ponderados para la adjudicación del presente contrato, debidamente detallados en el Anexo III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, son los que a continuación se enumeran, sobre una base de 100 puntos:
A.-Criterios no cuantificables automáticamente máximo 25 puntos.
-1º.- Plan de Organización del Servicio: hasta a 20 puntos
-2º.- Programa de divulgación del Servicio: hasta 5 puntos
B.-Criterios cuantificables automáticamente máximo 75 puntos.
-1º.- Oferta económica: hasta a 70 puntos.
-2º.-Mejora de la cobertura de riesgos mediante suscripción de póliza de responsabilidad civil por encima de mínimo exigido (100.000,00 €): hasta 5 puntos.
11.- MESA DE CONTRATACIÓN.- La Mesa de Contratación, conforme el Acuerdo del Pleno Provincial adoptado en sesión extraordinaria de fecha 11 de julio de 2011, estará compuesta por los siguiente miembros:
Presidente: Vicepresidente 1º de la Corporación Provincial sustituyéndole, en caso de ausencia, el Vicepresidente 2º de la misma.
Vocales: El Secretario General de la Corporación Provincial o funcionario en quien delegue; el Interventor General de la Corporación Provincial o funcionario en quien delegue; un Diputado Provincial en representación del Grupo Socialista y un Diputado Provincial en representación del Grupo Popular.
Secretario: La Jefa de Servicios Jurídicos y Contratación.
La Mesa de Contratación, asistirá con carácter preceptivo al órgano de contratación en todos los procedimientos abiertos o restringidos que tramite la Diputación Provincial para la adjudicación de los contratos, previa comprobación de la documentación requerida en cada expediente, apertura de ofertas técnicas y económicas y propuestas de adjudicación, en su caso, en base a los informe técnicos y jurídicos emitidos al efecto. La Mesa de Contratación podrá requerir la presencia de cuantos funcionarios estime oportuno para llevar a cabo la formulación de la propuesta de adjudicación.
12.- ORGANO DE CONTRATACIÓN.- El órgano de contratación competente, para la aprobación y posterior adjudicación de este procedimiento, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del TRLCSP, será el Pleno Provincial.
13.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN.- La Mesa de
Contratación, previamente a la apertura de las ofertas técnicas y económicas presentadas en tiempo y forma por los licitadores, procederá al examen y calificación de la documentación contenida en el sobre A “Documentación Administrativa”, conforme a lo establecido en el art. 160 del TRLCSP, procediendo, en su caso a la publicación en el Tablón de Edictos de la Corporación, del anuncio relativo a tales extremos y al cual se puede acceder a través al cual se puede acceder a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxx y donde se indicará, además del perfil de contratante, la fecha de la apertura del sobre B “Oferta Técnica”, que nunca podrá superar siete días hábiles contados desde la apertura del sobre “A”.
En caso de documentación a subsanar, se les concederá a los licitadores un plazo no superior a tres días hábiles desde citada publicación, para que estos corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación los documentos de que se trate, y procediéndose por la misma a determinar los que resulten admitidos, a la licitación, los rechazados y las causas de su rechazo, de acuerdo con lo previsto en el art. 82 del (R.G.C.A.P.), en relación con el art. 82 del TRLCSP.
Transcurrido el plazo de subsanación anteriormente señalado, la Mesa procederá, en acto público, en la fecha indicada en el anuncio de licitación, que nunca podrá ser superior a siete días contados desde la apertura del sobre “A”, la apertura de la documentación contenida en el sobre B “ Oferta Técnica”, presentada por los licitadores que resulten admitidos, y relativa a los criterios de adjudicación no cuantificables automáticamente, los cuales serán valorados por la Mesa de Contratación, a cuyos efectos esta podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes.
En caso de inclusión en este sobre de cualquier documento relativo a la baremación de la oferta económica (sobre C), la propuesta del licitador, en este 2º acto, quedará automáticamente excluida del proceso licitatorio.
La apertura de las “Ofertas Económicas” (sobre C), se efectuará por la Mesa de Contratación, en acto público, en la fecha indicada en el anuncio de licitación, dándose a conocer en este mismo acto del resultado de la valoración de los criterios señalados en el párrafo anterior y contenidos en el sobre “B”. y con posterioridad a esta actuación, y una vez valorados por la Mesa la totalidad de los criterios de adjudicación, señalados en el Pliego o en el anuncio de licitación, el Organo de Contratación, procederá en base a dicha valoración a clasificar, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento los certificados a que se refiere la cláusula 9ª d) del presente Xxxxxx, la fianza definitiva prevista en la cláusula 8ª del mismo, y en su caso, la documentación acreditativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
De no cumplir, el licitador, dicho requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que este ha retirado su oferta, en cuyo caso se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación mencionada. Dicha adjudicación se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil de contratante de la Corporación.
El plazo máximo para la adjudicación del contrato será de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, quedando durante dicho periodo de tiempo las empresas obligadas a mantener su proposición, transcurrido el cual los licitadores admitidos al procedimiento tendrán derecho a retirar su propuesta
14.- RENUNCIA O DESISTIMIENTO.- Corresponde al órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir del contrato, antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, conforme al art.155 del TRLCSP.
15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- El contrato se formalizará en documento público administrativo.
De conformidad con el contenido del art. 156,3 del TRLCSP, dicha formalización no podrá efectuarse antes del transcurso de 15 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Transcurrido dicho plazo, sin que se haya interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice este, en plazo no superior a 5 días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
16.-FORMA DE PAGO.- El abono de los trabajos requeridos a la Empresa adjudicataria, se realizará de forma mensual por el importe de los servicios realizados en el mes anterior, previa presentación de factura y su conformidad de los servicios técnicos de la Diputación, de la siguiente forma:
9.1.- Realización de análisis del agua.
Se aplicará el precio unitario correspondiente en función del tipo de análisis efectuado (análisis de control, completo o en grifo) al número de muestras de agua analizadas de conformidad con las especificaciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
9.2.- Formación del personal municipal
Se aplicará el precio unitario al número de alumnos participantes en el programa de formación efectuado de conformidad con las especificaciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
9.3.- Redacción de Protocolos de autocontrol y gestión del abastecimiento del agua
Se aplicará el precio unitario por cada protocolo redactado de conformidad con las especificaciones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
Así, la factura mensual se configurará de la siguiente forma:
CONCEPTO | Uds. Realizadas / mes | Precio unitario resultante de aplicar la baja ofertada (€/Ud.) | Total/mes (€) | ||
Realización de análisis del agua | Auto control | Análisis de control | "A" muestras | V | A x V |
Análisis completo | "B" muestras | W | B x W | ||
Control en grifo del consumidor | "C" muestras | X | C x X |
Formación del personal municipal | "D" alumnos | Y | D x Y |
Redacción de Protocolos de autocontrol | "E" protocolos | Z | E x Z |
Total: Importe mensual | SUMA | ||
IVA 21% | IVA | ||
Total, IVA incluido | SUMA + IVA |
Para proceder al abono será requisito indispensable la comunicación de los datos y la presentación de los informes especificados en el presente pliego.
17.- REVISION DE PRECIOS.- Únicamente en caso de producirse las prórrogas a que hace alusión la cláusula séptima del presente pliego, podrá aplicarse la revisión de precios del presente contrato, de conformidad con lo preceptuado en el art.89 del TRLCSP, y en caso de suponer un incremento, requerirá la previa solicitud del adjudicatario en tal sentido, que deberá ir acompañada del certificado del INE acreditativo del aumento del IPS correspondiente del ejercicio anterior, actualizándose el precio, en base lo dispuesto en la Disposición Adicional 88ª de la Ley 22/2013 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, mediante la aplicación de la fórmula siguiente:
K= 0´85 x variación del IPSS del ejercicio anterior ( índice anual y correspondiente su computo al del trimestre en el que se inicia la prestación)
*(siendo IPSS el Indice de Precios del Sector Servicios conforme la base 2006 CNAE 2009, concretamente los dígitos 7.1 “servicios técnicos de arquitectura e ingenieria: ensayos y análisis técnicos” )
La revisión de precios quedará en todo caso supeditada a la existencia de crédito suficiente y adecuado a tal fin.
18.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.- El adjudicatario viene obligado a pagar el importe de los anuncios, especialmente el la inserción en el B.O.E. y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, hasta un importe máximo de 1.200,00 euros. También serán de cuenta del adjudicatario todos los tributos estatales y locales, incluido el IVA correspondiente.
Todos los gastos anteriormente señalados se entienden comprendidos en el precio de adjudicación y serán abonados por la Corporación, la cual se reintegrará del contratista, con cargo a su garantía si fuera necesario.
Se entienden incluidos asimismo en el precio de adjudicación y por cuenta exclusiva del contratista:
a) La realización de todos los trabajos necesarios para la ejecución de los servicios requeridos en el presente pliego, incluyendo el desplazamiento a los municipios.
b) Los gastos derivados de la adquisición y mantenimiento de los vehículos u otros medios necesarios para la realización total de los servicios.
c) El seguro de responsabilidad civil mencionado en la cláusula 20 del presente Xxxxxx, así como cualquier otro seguro que resulte preceptivo para la prestación del servicio.
d) Los gastos del personal que se precisa para los distintos servicios a realizar.
e) La reparación de los daños que se produzcan en la realización de los servicios
19.- INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS.- Los servicios técnicos designados por la Diputación xx Xxxxxxxxx podrán ejercer en todo momento desde la adjudicación del contrato y a lo largo de su duración, la supervisión, control y dirección técnica de los trabajos realizados por la empresa adjudicataria quien, por su parte estará obligada a dar toda clase de facilidades para las visitas de inspección, tanto a los trabajos como a las instalaciones fijas.
20.- RESPONSABILIDAD CIVIL.- La empresa adjudicataria deberá suscribir una póliza de responsabilidad civil con una cobertura mínima de cien mil (100.000,00) euros para responder a cualquier daño originado por el personal de la Empresa en el desarrollo de las funciones contratadas. Dicha póliza deberá presentarse en la Excma. Diputación en el plazo máximo de 15 días tras la formalización del contrato.
21.- DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: Son las que se
derivan xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas y de los Anexos al presente Pliego y que se dan aquí por reproducidas.
22.- PENALIDADES AL ADJUDICATARIO.- El incumplimiento del contrato, especialmente el plazo de ejecución, será penalizado con arreglo a lo establecido en el art 212 del TRLCSP, cuando sea por causa imputable al adjudicatario, pudiéndose llegar incluso a la resolución o rescisión del contrato cuando así se estime por el órgano de contratación. Los importes de las penalidades por demora se harán efectivos mediante deducción de los mismos en la factura correspondiente. La aplicación y el pago de estas penalidades no excluyen la indemnización a que la Corporación pudiera tener derecho por daños y perjuicios motivados por aquellos retrasos.
En particular, podrán penalizarse, mediante la aplicación de las sanciones que a continuación se detallan las infracciones cometidas en el desarrollo de la prestación de los servicios, entendiéndose como tales el incumplimiento, por causas imputables al contratista, de alguno de los términos establecidos en el Pliego para la atención a los de servicios requeridos y en particular:
Se consideran infracciones leves:
- Retrasos inferiores a un mes en la presentación de la documentación indicada en el presente pliego.
- El incumplimiento del contratista de cualquiera de los términos establecidos en los pliegos o en su oferta, siempre y cuando por su importancia no sea susceptible de ser considerado como grave.
Se consideran infracciones graves:
- No realizar los análisis de agua con la frecuencia requerida para cada municipio
- Comportamiento incorrecto del personal asignado al servicio.
- Retraso superior a tres meses en la presentación de la documentación o inexistencia de la misma.
- Falta de colaboración con los servicios técnicos de la Diputación para la realización de las tareas de control/inspección del Servicio.
- Ocultación a la Diputación de información relevante referida al servicio.
- Incumplimiento de las instrucciones y órdenes escritas de la Diputación, relativas a la ejecución del servicio.
- La modificación de un servicio sin causa justificada o autorización previa, cuando no sea considerada falta muy grave.
- La acumulación de más de dos faltas leves en un año.
- El incumplimiento del contratista de cualquiera de los términos establecidos en los pliegos o en su oferta, siempre y cuando por su importancia no sea susceptible de ser considerado como muy grave.
Se consideran infracciones muy graves:
- Existencia de vehículos adscritos al servicio sin su correspondiente seguro.
- Incumplimiento de lo establecido en materia de prevención de riesgos laborales.
- La negativa a la ejecución de las mejoras ofertadas o de cualquier actuación de similar importe establecida por la Diputación.
- El incumplimiento de la reglamentación vigente en materia de salarios, seguridad social y accidentes de trabajo.
- La acumulación de más de dos faltas graves en un año.
- El incumplimiento del contratista de cualquiera de los términos establecidos en los pliegos o en su oferta, siempre y cuando por su importancia sea susceptible de ser considerado como muy grave.
Sanciones aplicables:
- Por cada infracción leve: podrá aplicarse sanción comprendida entre 150 y 300 € por cada día que se produzcan.
- Por cada infracción grave: podrá aplicarse sanción comprendida entre 301 y 1.200 € por cada día que se produzcan
- Por cada infracción muy grave: podrá aplicarse sanción comprendida entre 1.201 y
3.000 € por cada día que se produzcan.
En todo caso la fianza definitiva responderá de la efectividad de aquéllas. La aplicación y el pago de estas penalidades no excluyen la indemnización a que la Corporación pudiera tener derecho por daños y perjuicios motivados por los retrasos imputables al adjudicatario.
23.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- Serán en todo caso causas de resolución del contrato las que con carácter general vienen establecidas en el art. 223 del TRLCSP, así como las especiales que para los contratos de servicios aparecen recogidas en el art. 308 y xx.xx dicho Texto Legal.
24.- INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS.- La Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxxx se reserva la facultad de interpretar los contratos que se lleven a cabo en virtud de las presentes cláusulas, así como de resolver cuantas dudas ofrezca su cumplimiento.
25.-RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION.-. El presente
procedimiento será susceptible de recurso especial en materia de contratación regulado en los arts.40 y siguientes del RDL 3/11 de 14 de noviembre, aprobatorio del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
26- TRIBUNALES COMPETENTES.- Para conocer de cuántas cuestiones pudieran surgir como consecuencia del contrato que se formalice, será competente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo xx Xxxxxxxxx y la Sala del mismo orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a cuya jurisdicción queda expresamente sujeto el adjudicatario con renuncia a cualesquiera otra y a su propio fuero.
27.- LEGISLACIÓN PROTECTORA Y SOCIAL.- El contratista se obliga celebrar con el personal a su cargo, el contrato de trabajo que determine la Ley, y cumplirá con todo lo dispuesto al efecto por las disposiciones legales vigentes en materia de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.
28.- NORMAS COMPLEMENTARIAS.- En lo no previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el de Condiciones técnicas, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado por X. X.Xxx 0/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx el RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, por la Ley14/13 de
apoyo a los emprendedores y su internacionalización, Ley 25/13 de la factura electrónica y en cuanto no se encuentre derogado por las disposiciones anteriores, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y demás disposiciones legales vigentes en materia contractual y subsidiariamente por los preceptos contenidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre y normas complementarias.
Así mismo, en la prestación del servicio la empresa adjudicataria deberá cumplir lo especificado en la siguiente normativa y documentos:
• Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los Criterios Sanitarios de la Calidad del Agua de Consumo Humano.
• Orden SCO/1591/2005, de 30 xx xxxx, sobre el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo.
• Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.
• Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo Humano de Castilla y León.
Salamanca a 25 de xx xxxxx de 2014
LA COORDINADORA DE CONTRATACION, INFORMES Y S.S. JDCOS
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D..................................., mayor de edad, con D.N.I................, domicilio a efectos de
notificaciones en...................., C/................, nº......., y nº de teléfono................., en su
nombre (o en representación de la sociedad ..........................., con nº de C.I.F. ,
en virtud del poder que se acompaña, cuyo mandato no me ha sido revocado, modificado ni restringido hasta el momento), invitado a licitar por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxxxx, en el procedimiento negociado sin publicidad para la contratación, del servicio de Control de la Calidad del Agua de Consumo Humano en municipios y núcleos de población de la provincia xx Xxxxxxxxx que realicen de forma directa la gestión del abastecimiento, se compromete a la prestación de citado servicio, conforme a lo dispuesto en los correspondientes Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de servir de base para la adjudicación y,
aplicando al Cuadro de Precios (IVA excluido) la baja del cifra y letra).
(Lugar, fecha y firma)
% ( en
*En caso de discrepancia entre la letra y el número, prevalecerá el importe en letra.