PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
115/2013/00039
Contratación administrativa especial
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
“Actividades de educación integral dirigidas a menores, preadolescentes y familias”
OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la realización de actividades de educación integral en el distrito de Moratalaz y con un planteamiento interdisciplinar con el fin de facilitar un proceso óptimo de integración social de menores, preadolescentes y familias en situación de conflicto, aislamiento y/o riesgo social, fomentando el desarrollo de hábitos, actividades positivas, habilidades sociales y de comunicación.
Para ello se van a realizar las siguientes actividades
Actividades educativas dirigidas a los menores y preadolescentes del distrito.
Actividades educativas dirigidas a las familias del distrito.
Actividades educativas y lúdicas dirigidas a menores y preadolescentes del distrito en el periodo vacacional xx xxxxxxx y xx xxxxxx.
Esta Junta Municipal no dispone de los medios personales para poder llevar a cabo esta actividad directamente.
OBJETIVOS DEL CONTRATO
Actividades educativas dirigidas a los menores y preadolescentes del distrito:
Facilitar un óptimo proceso de integración para los menores, adolescentes y adultos en situación de conflicto y/o riesgo social, fomentando el desarrollo de hábitos sanos y actividades positivas, constructivas y creativas, de tal forma que se favorezcan sus procesos de maduración y aumenten sus expectativas de integración social.
Actividades educativas dirigidas al núcleo familiar del distrito:
- Educar en valores positivos en la familia.
- Favorecer la adquisición de hábitos saludables.
- Desarrollar la creatividad desde lo cotidiano.
- Entrenar en técnicas instrumentales básicas.
- Enseñar a compartir.
- Prevenir procesos de socialización incorrecta.
- Favorecer el juego entre padres/madres e hijos.
- Establecer normas de conducta en el ámbito familiar.
Actividades educativas y lúdicas dirigidas a menores y preadolescentes del distrito en el periodo vacacional xx xxxxxxx y xx xxxxxx.
- Potenciar en los menores y preadolescentes un tiempo de vacaciones xx xxxxxx y navidad saludables.
- Favorecer la continuidad de colaboración entre familia y servicios sociales en el periodo vacacional.
- Favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Crear cauces de participación a través de actividades de ocio y tiempo libre.
- Desarrollar habilidades de ocio y tiempo libre.
- Fomentar el uso de los recursos del distrito y la Comunidad.
- Favorecer el conocimiento de nuevas actividades de ocio alternativas a las ya realizadas.
- Desarrollar habilidades sociales y de comunicación.
- Implicar a los chicos/as en las actividades de grupo desarrolladas
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de duración total del contrato será del 1 de octubre de 2013 al 30 de septiembre de 2014. En caso de no formalizarse en el plazo de inicio, su duración será desde la formalización hasta el 30/09/2014.
Las actividades educativas dirigidas a menores y preadolescentes del distrito se realizarán:
- En el 2013 del 1 de octubre al 22 de diciembre.
- En el 2014 del 15 de enero al 30 xx xxxxx y del 1 de septiembre al 30 de septiembre.
Las actividades educativas dirigidas al núcleo familiar del distrito se realizarán:
- En el 2013 del 1 de octubre al 22 de diciembre.
- En el 2014 del 15 de enero al 00 xx xxxxx x xxx 0 xx xxxxxxxxxx xx 00 de septiembre.
La actividad xx xxxxxx se realizará en las dos quincenas de julio del 2014.
Las actividades en periodos vacacionales se realizarán durante las vacaciones escolares del periodo navideño 2013/2014.
PERFIL DE LOS COLECTIVOS OBJETO DE INTERVENCIÓN
El colectivo prioritario de intervención será diferente teniendo en cuenta los objetivos y actividades planteadas en cada una de ellas.
En cuanto a las actividades que se van a desarrollar con menores y preadolescentes del distrito durante este contrato y en la actividad en periodo vacacional xx xxxxxx y xx xxxxxxx el colectivo de intervención prioritario son los usuarios de las principales zonas de realojo de Moratalaz: Fontarrón, Xxxx xx Xxxxx Xxxxx, “El Titanic”, El Ruedo”, Vandel y Timanfaya.
En cuanto a las actividades dirigidas a los núcleos familiares irán dirigidas a:
- Unidades familiares que tengan hijos menores de 3 años.
- Familias del distrito que tengan hijos en edad escolar y presenten absentismo en el centro escolar,
- Familias de los menores y preadolescentes que acuden a las otras actividades del presente contrato,
- Familias con menores en situación de desprotección leve.
ACTIVIDADES
Actividades educativas dirigidas a menores y preadolescentes del distrito:
- Realización de un grupo de menores de una media de 20, en sesiones de dos horas semanales según el calendario escolar.
- Realización de un grupo de preadolescentes de una media de 20, en sesiones de dos horas semanales según el calendario escolar.
- Realización de tres excursiones de media jornada para un número aproximado de
20 menores pertenecientes a los grupos de menores y preadolescentes, coordinados por los educadores sociales.
- Realización de tres excursiones de jornada completa para un número aproximado de 20 menores pertenecientes a los grupos de menores y preadolescentes, coordinados por los educadores sociales.
Actividad en periodo vacacional xx xxxxxx dirigida a menores y preadolescentes del distrito:
Se realizará con dos grupos diferentes de 30 menores por quincena del mes de julio, de lunes a viernes, en horario de 9’30 – 14’30 horas, excepto en los días en que estén programadas actividades de jornada completa.
- Realización de dos salidas para cada una de las quincenas de 30 niños/as (15 menores y 15 preadolescentes) de media jornada.
- Realización de talleres de creatividad para los dos grupos de 30 niños/as (15 menores y 15 preadolescentes) de media jornada.
- Realización de seis salidas lúdicas de media jornada para los dos grupos de 30 niños/as (15 menores y 15 preadolescentes).
- Realización xx xxxx excursiones a parques temáticos y culturales de jornada completa para los dos grupos de 30 niños/as (15 menores y 15 preadolescentes).
Actividad en periodo vacacional xx xxxxxxx dirigida a menores y preadolescentes del distrito:
Se realizará con un grupo de 30 personas (15 menores y 15 preadolescentes), de lunes a viernes, en horario de 9’30 – 14’30 horas, excepto en los días en que estén programadas actividades de jornada completa.
Se realizarán diferentes talleres para los menores, dos excursiones con entradas a actividad lúdica y/o cultural a jornada completa y cuatro a media jornada para las 30 personas del grupo.
Actividades educativas dirigidas a núcleos familiares:
- Realización de un grupo de comunicación y juego “ Un jardín con techo” dirigido a 20 familias con menores de tres años y duración de dos horas semanales.
- Realización de dos excursiones de jornada completa para las 20 familias de “ Un jardín con techo”
- Realización de un grupo de 20 familias con menores en edad escolar, con una duración de dos horas semanales, según el calendario escolar.
- Realización de una salida de ocio a media jornada para los 20 participantes del grupo de familias con menores absentistas.
- Intervención individual con familias con menores en riesgo leve y moderado.
RECURSOS NECESARIOS
- Recursos materiales:
Estas actividades incluirán:
- Transporte colectivo en las excursiones.
Los autobuses tendrán una capacidad máxima de 54 plazas, butacas reclinables, calefacción y aire acondicionado o climatizador, reposapiés, Medios técnicos dotados para su utilización por personas con movilidad reducida (plataforma elevadora, espacio para silla, etc.) cuando sea requerido.
Seguridad pasiva y activa: arcos de seguridad antivuelco, apertura de seguridad en puertas, martillos de emergencia, salidas de emergencia, botiquín de primeros auxilios, extintor, sistema ABS, cinturones de seguridad, asistencia en Carretera.
- Seguro de accidente a cargo de la empresa de autobuses
- Seguro nominativo de accidentes para los participantes en las actividades a realizar. Cuantías: diferentes prestaciones en asistencia médica y sanitaria, hasta un límite por asegurado de 150 euros; repatriación o transporte sanitario de heridos, enfermos o fallecidos con un límite de 1800 euros.
- Seguro de responsabilidad civil de accidentes y responsabilidad civil para todos los participantes, con una cobertura mínima de 300.000 euros.
- Entradas para las distintas actividades
- Material fungible
- Reportaje fotográfico
- Materiales necesarios para talleres, juegos, deportes, etc.
- Material deportes alternativos
- Ruta diaria con varias paradas en el distrito para las actividades xx xxxxxx y navidad
- Almuerzo y menú en las excursiones de media jornada y jornada completa, respectivamente.
- Recursos Humanos:
El personal especializado para llevar a cabo este contrato serán:
- 2 Monitores para las actividades educativas y lúdicas en el periodo vacacional xx xxxxxxx y xx xxxxxx en jornada completa.
- 1 Educador Social a media jornada durante la duración del contrato.
- 1 Educador Social a media jornada durante la duración del contrato.
- 1 Trabajador Social a jornada completa durante la duración del contrato.
- 1 Psicólogo con experiencia en familia a media jornada durante la duración del contrato.
- Un responsable que actúe como interlocutor con el responsable del contrato designado por el Ayuntamiento de Madrid (Departamento de Servicios Sociales).
- La empresa adjudicataria estará obligada a la sustitución inmediata de los profesionales o responsables de las actividades. En caso contrario incurrirá en las penalidades previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
LUGAR DE REALIZACIÓN
Las actividades que no impliquen desplazamiento, se desarrollarán en locales municipales del distrito de Moratalaz. No obstante, cuando el desarrollo de la actividad lo requiera, podrá realizarse en cualquier otro lugar dependiente de esta Junta Municipal o de Instituciones o Entidades colaboradoras, que reúna las condiciones necesarias.
Las actividades que impliquen desplazamiento se desarrollarán en los lugares que se especifiquen de acuerdo a las salidas.
EVALUACIÓN DEL PROYECTO
La empresa adjudicataria llevará a cabo una evaluación flexible, continua y participativa, mediante técnicas cuantitativas y cualitativas, la cual será presentada mensualmente a este Departamento de Servicios Sociales.
CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES
De modo general, las ofertas, programas y presupuestos que se presenten deberán cumplir las siguientes condiciones:
1.- Los objetivos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo detallado para cada una de las actuaciones a realizar, ajustándose a las directrices del programa que se recogen en este Pliego, incluyendo como básicas las actuaciones y contenido que se señalan.
Por otra parte, la Junta Municipal de Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el funcionario responsable, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
2.- El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de la maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio o actividad que sea propiedad municipal.
Cuando concurran tales circunstancias, al comienzo de la actividad o prestación del servicio, se redactará un inventario del material que se vaya a utilizar que, unido al presente pliego, deberá ir firmado por el adjudicatario, viniendo obligado a reponerlo cuando su pérdida o deterioro sean consecuencia inmediata de un uso inadecuado.
3.- Las personas responsables del desarrollo del programa de trabajo deberán permanecer hasta el cumplimiento del contrato.
No obstante, si durante su ejecución alguno de ellos causare baja definitiva, podrá ser sustituido a propuesta del contratista, tras cumplir los requisitos señalados en los pliegos, dando conocimiento a esta Junta de Distrito.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la adjudicataria en todo ámbito y orden legal establecido, siendo por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN:
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de datos de personales por cuenta de la Junta de Distrito de Moratalaz al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato, o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º. Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que solo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (art. 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º. Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º. Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º. Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que la Junta de Distrito de Moratalaz le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del
responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º. A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Título VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Art. 9.2 LOPD).
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicataria para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6º. Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar el cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º. Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º. De conformidad con lo que establece el art. 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que se hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º. Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación definitiva, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Madrid, a 24 junio de 2013 LA JEFA DEL DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS SOCIALES
En funciones
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx