PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ LA SUBASTA PARA LA ENAJENACIÓN DE UN TORNO DE FOSO MODELO D1800 Y CARROS DE ARRASTRE MODELO D1000, FABRICADOS POR DANORAIL
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ LA SUBASTA PARA LA ENAJENACIÓN DE UN TORNO DE FOSO MODELO D1800 Y CARROS DE ARRASTRE MODELO D1000, FABRICADOS POR DANORAIL
X/ Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0. Xxx Xxxxxx. 00000 Xxxxx Tel.: 000 00 00 00 Fax: 000 00 00 00
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA SUBASTA PARA LA ENAJENACIÓN DE UN TORNO DE FOSO MODELO D1800 Y CARROS DE ARRASTRE MODELO D1000, FABRICADOS POR DANORAIL
I OBJETO DEL CONTRATO Y NATURALEZ JURÍDICA
El presente contrato tiene como finalidad la venta por parte de SFM de un torno de foso para el mantenimiento correctivo de las rodaduras ferroviarias, equipado con carro de arrastre para empotrar en suelo.
Estaba previsto que dicho torno se instalase en los talleres de Artà, de la línea Manacor – Artà cuyas obras de reapertura han quedado este año 2013 definitivamente suspendidas por motivos presupuestarios.
La enajenación se adjudicará por el procedimiento de subasta al alza.
En caso de declararse desierto el presente procedimiento por no concurrir ningún licitador, el órgano de contratación podrá iniciar un procedimiento negociado sin publicidad para la adjudicación del contrato de referencia.
La presente enajenación queda sometida a las normas del derecho privado, sin perjuicio de la normativa patrimonial que pueda resultar de aplicación, así como al presente pliego de condiciones particulares.
II BIENES ENAJENABLES.
El presente Pliego de Condiciones Particulares y la oferta del licitador declarado adjudicatario revisten carácter contractual.
Las necesidades a satisfacer mediante el presente procedimiento es deshacerse de los bienes declarados inútil o no apto para el servicio. A pesar de ser inservible el valor económico residual del mismo es considerable, por lo que procede considerarlo como una venta.
III PRESUPUESTO.
El presupuesto de licitación es el recogido en el PPTP.
El precio de adjudicación del contrato, será la cantidad que resulte de la oferta más elevada y se determinará al alza, sobre el tipo mínimo de licitación indicado.
SFM faculta a los potenciales licitadores a presentar una oferta económica en la que se ponderen, como parte de la misma, derechos de crédito consolidados a su favor, directa o indirectamente, que podrían ser objeto de compensación previos los informes técnicos oportunos.
IV ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PERFIL DE CONTRATANTE.
El órgano de contratación en el presente expediente es el Consejo de Administración de la entidad. La adjudicación/formalización se publicará en el perfil de contratante.
V FIANZA
No se exige.
VI PROPOSICIONES.
No podrán tomar parte en la misma las personas físicas y/o jurídicas incursas en alguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, en lo sucesivo).
No podrán tomar parte en la misma, en cuanto resulte de aplicación, las personas físicas incursas en las prohibiciones de adquirir establecidas en el art. 1459 de Código Civil.
Asimismo, no podrán participar en la licitación, en su caso, las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido en el procedimiento de enajenación (en la tasación del bien o en otros supuestos), aplicándose a estos efectos por analogía las causas de abstención y recusación previstas para los peritos en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el TRLCSP.
La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a la que se extiende el objeto del contrato.
VIII EXAMEN DE DOCUMENTACIÓN Y CONSULTAS
Los interesados en participar en la licitación podrán examinar tanto el presente pliego, como los restantes documentos obrantes en el expediente, en la Dirección de S.F.M., sita en X/ Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx 0, Xxxxx xx Xxxxxxxx (Xxxxxx) de 9 a 14 horas de lunes a viernes. Los licitadores dispondrán, para la presentación de sus ofertas, del plazo indicado en el anuncio publicado en el perfil de contratante de la entidad.
Como resultado de las consultas planteadas, si SFM lo estimase conveniente, se publicarán las oportunas notas aclaratorias en el mencionado perfil del contratante, al que las empresas interesadas en participar en el procedimiento deberán prestar la debida atención durante todo el proceso de licitación bajo su total y exclusiva responsabilidad.
Por lo demás, se recomienda a los potenciales licitadores que, con el objetivo de recibir información directa acerca de las novedades que pudieran acontecer en el presente procedimiento, remitan un fax dirigido al Servicio Jurídico y de Contratación de SFM (nº 871730001) en el que se consigne con claridad los datos del procedimiento en cuestión, así como aquella información relativa a la empresa que permita comunicarle tales novedades. Estos datos serán, como mínimo, los siguientes:
Procedimiento de licitación en el que se pretende participar.
Empresa interesada en la licitación (CIF).
Persona de contacto (con indicación del nombre, DNI y cargo).
Dirección, fax y correo electrónico.
Importante: Para visitar los bienes subastados se fijará día y hora, previa cita a concretar con el Técnico correspondiente cuya dirección se identifica en el PPTP.
DOCUMENTACIÓN.
A) SOBRES A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
Las proposiciones constarán de dos sobres, todos ellos cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente. Cada sobre contendrá un índice de su contenido.
B) CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
El sobre número uno contendrá la documentación acreditativa de las condiciones exigidas para tomar parte en el procedimiento de licitación.
El sobre número dos contendrá la oferta económica que se ajustará al modelo que figura en el Anexo del presente Xxxxxx y/o del PPTP, firmada por la persona que ostente la representación de la empresa ofertante.
SOBRE NÚMERO 1: Documentación General.
En forma bien visible se consignará en la portada del sobre lo siguiente:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Título del Contrato: Referencia completa del expediente……………………………………
Licitador: (Denominación y NIF/C.I.F.)
Fecha y Firma:
En el sobre se hará constar su respectivo contenido en un índice y el nombre del licitador, de acuerdo al detalle que a continuación se indica:
1.- Documentos acreditativos de la capacidad de obrar.
La capacidad de obrar de los empresarios que sean persona jurídica se acreditará mediante escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Fotocopia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente a la actividad objeto del contrato, del documento acreditativo del pago del último recibo y NIF.
Los empresarios individuales deberán presentar fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad.
Los empresarios extranjeros acreditarán su capacidad de obrar en la forma establecida en el TRLCSP.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones, en los términos contenidos en el TRLCSP.
2.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que firmen proposiciones en nombre de otro presentarán la Escritura de Poder inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad del firmante de la proposición.
La Escritura de poder del representante se bastanteará en el momento de la apertura del sobre número 1.
3.- Compromiso de constitución en Unión Temporal de Empresas, en su caso.
En el supuesto de que dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad por separado. Asimismo deberán aportar un documento privado en el que asuman el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que lo suscriban, su
participación en la misma, así como la designación de la persona o entidad, que durante la vigencia del contrato ostentará la representación de todos los firmantes frente a SFM.
El documento de compromiso deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la futura unión.
4.- Certificado de clasificación y acreditación de solvencia técnica.
No se aplica.
5.- Resguardo acreditativo de la constitución de fianza provisional.
No procede.
6.- Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias para con la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balear.
Se presentará declaración responsable que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias para con la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Decreto Autonómico 147/2000, de 10 de noviembre, sobre Contratación de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears
7.- Documento acreditativo de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar con la Administración.
Se presentará certificación otorgada ante una autoridad administrativa x xxxxxxx público, o bien Testimonio judicial o certificación administrativa, que acredite que la empresa no está incursa en las prohibiciones para contratar con la Administración enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
8.- Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de la Administración General del Estado.
Certificación administrativa emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de que está al corriente de sus obligaciones tributarias ante ésta, adecuada a la normativa vigente.
Certificación administrativa emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que está al corriente de sus obligaciones ante ésta, y adecuada a la normativa vigente.
9.- Documento acreditativo de no estar incurso el licitador en causa de incompatibilidad.
Se presentará testimonio judicial, certificación administrativa, o declaración responsable que acredite que no forma parte de los órganos de gobierno de la entidad licitadora, persona alguna de aquellas a las que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Si se trata de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad está prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse la documentación precedente por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
10.- Declaración de sumisión a la Jurisdicción española
Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de sumisión a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto, puedan surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
11.- Sucursal en España.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
SOBRE NÚMERO 2: Proposición económica.
En forma bien visible se consignará en la portada del sobre lo siguiente:
SOBRE Nº 2
Referencia completa del expediente ………………………………………………….
Licitador:(Denominación y C.I.F.) Fecha y Firma:
Los licitadores deberán presentar su mejor oferta para la adquisición de los bienes objeto de la subasta, que no podrá ser inferior al precio mínimo de salida de la subasta consignado en el presente pliego.
El importe de la oferta se entenderá que no incluye el I.V.A. o cualquier otro tributo al que la enajenación pueda estar sujeta.
La oferta económica deberá formularse de acuerdo con el modelo de proposición económica que figura en el Anexo del presente Xxxxxx y/o el PPTP.
IX PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA.
1º.- Apertura de propuestas.
Concluido el plazo de presentación de ofertas se procederá, una vez analizada la documentación administrativa, a la apertura de las ofertas económicas en una mesa de licitación constituida al efecto y que tendrá al menos 4 miembros (Presidente, dos vocales y un secretario).
La documentación aportada será examinada y declarada bastante, en su caso, por la mesa constituida al efecto, pudiéndose, también en su caso, otorgar un plazo de 3 días para subsanar los defectos no esenciales apreciados, del sobre número 1.
2º.- Evaluación de ofertas.
Con la mayor celeridad posible (plazo orientativo de 15 días), desde la apertura de las ofertas, la Mesa de licitación evaluará las mismas y formulará una Propuesta de Adjudicación que el Director Gerente elevará al Consejo de Administración de SFM. La propuesta de adjudicación no creará derecho alguno a favor del adjudicatario propuesto.
Si existiera un empate entre las mejores ofertas, se decidirá en el acto si estuvieren los licitadores presentes o bien mediante la apertura de un procedimiento de negociación, abriéndose una puja al alza y proponiéndose la adjudicación al que presentara la oferta económica más elevada. Si los licitadores empatados no modificaran su oferta al alza, la adjudicación recaerá sobre el primero que hubiese presentado su oferta, para lo cual se atenderá a la fecha del registro de entrada en SFM.
El plazo de evaluación y propuesta podrá ser ampliado por SFM cuando concurran circunstancias sobrevenidas que imposibiliten cumplir con el mismo.
3º.- Resolución.
El resultado del examen de la propuesta servirá de base para que, por el Consejo de Administración de SFM, se adopte el correspondiente acuerdo, pudiendo, no obstante, apartarse de la propuesta o declarar desierta la subasta de forma motivada, sin que ello genere derechos para los licitadores participantes en el procedimiento.
X LUGAR Y PLAZOS DE EJECUCIÓN.
El licitador deberá considerar en su puja, en su caso, el coste derivado de la división de los bienes que componen la subasta que en todo caso será asumido por éste.
Los gastos de retirada de los bienes subastados, serán asimismo a cuenta del adjudicatario. Igualmente serán por cuenta de éste todos los gastos ocasionados por la vigilancia, la carga, el transporte y posterior tratamiento de los materiales subastados, en caso de ser necesario.
El adjudicatario queda obligado a la aceptación de todo el material objeto de la subasta.
SFM facilitará al adjudicatario la retirada de los bienes adquiridos de la manera, plazos y en la forma prevista en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
XI FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, en el plazo legalmente establecido, el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato. Queda obligado a comparecer para formalizar el contrato de compraventa el día, la hora y en el lugar que se indique.
Dicha formalización podrá realizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
En el supuesto de que no se formalizase el contrato por causas imputables al adjudicatario, éste perderá la fianza constituida, en su caso, y se dará resuelta la adjudicación.
XII RETIRADA DE LOS BIENES
Los gastos de retirada, transporte, y eventual depósito en vertedero autorizado, de los bienes relacionados, en su caso, serán de cuenta del contratista.
El comprador queda sometido a las responsabilidades que a continuación se exponen:
- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. En ese sentido, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos de retirada y transporte y eventual vertido en vertedero autorizado, así como de las consecuencias que se deduzcan para SFM o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
- El contratista también será responsable de la resolución del contrato por causas imputables al mismo.
- Para el cálculo de la indemnización por demora en la ejecución por culpa atribuible al adjudicatario, se calculará tomando como base los porcentajes expresados en la normativa de contratación pública.
Tampoco será objeto de indemnización el canon de vertido en un vertedero autorizado por imposibilidad de aprovechamiento del material obtenido mediante subasta, así como su transporte.
La ejecución del presente contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista que podrá realizar todas las comprobaciones acerca del estado del material a enajenar que considere necesarias. Ello, en todo caso, con anterioridad a la presentación de su oferta. A partir del momento de retirada de los bienes subastados, SFM quedará exonerado de toda responsabilidad relativa a los mismos.
La retirada de los bienes subastados se entenderá efectuada cuando hayan abandonado físicamente las instalaciones de SFM o aquellas en las que se encuentren depositados. Todo ello de acuerdo con las condiciones del contrato y a satisfacción de esta entidad de derecho público.
La recepción exigirá un acto formal y positivo de retirada del material adjudicado. A este acto asistirán los facultativos que se designen, un representante de SFM, y el empresario si lo desea, haciendo constar a continuación la relación o guía de los bienes.
La retirada del material se realizará siempre con constancia documental, mediante escrito en el que intervendrá SFM y el comprador, debiendo éste efectuar en el mismo momento cualquier reclamación que juzgue oportuna.
El comprador no podrá introducir modificación alguna en las cantidades ni plazos de retirada de material convenidos en el contrato, salvo que dichas modificaciones fuesen previamente aceptadas por SFM.
XIII REGIMEN DE PAGOS.
El pago del precio de este contrato se efectuará de acuerdo con la oferta realizada por el adjudicatario, por cualquiera de los medios liberatorios admitidos en la legislación de contratos del sector público.
El pago del precio se efectuará poniendo a disposición del órgano de contratación el importe de la adjudicación por cualquiera de los medios referidos en el párrafo anterior, en
el plazo xxxxxx xx xxxx días desde la notificación de la adjudicación. El adjudicatario deberá acreditar en el acto de firma el efectivo pago de la cantidad ofertada.
REQUISITO FUNDAMENTAL: El pago del precio es condición sine qua non para que el contratista pueda proceder a la retirada del material enajenado. De tal manera que sólo se podrá proceder a su retirada una vez que se haya verificado el cumplimiento de esta obligación, a satisfacción de SFM, por el contratista.
XIV CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causas de resolución del presente contrato las establecidas con carácter general por el Código Civil para las obligaciones y contratos y, específicamente, las previstas por éste para el contrato de compraventa.
ANEXO
EL MODELO DE OFERTA ECONÓMICA QUE DEBERÁ CUMPLIMENTAR EL LICITADOR ES EL ANEXADO AL PPTP