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CARATULA XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE JUEGOS INFANTILES, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. OBJETO DEL CONTRATO. Ejecución del contrato de suministro e instalación de juegos infantiles, con sujeción al Pliego de Prescripciones Técnicas.
CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: No.
CONTRATO SUSCEPTIBLE DE RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACION: No.
2. EXISTENCIA DE LOTES E IDENTIFICACION: No.
CODIFICACION SEGÚN LA NOMENCLATURA DE LA CPV: 43325000-7
3. PLAZO DE EJECUCIÓN: 3 meses.
PLAZOS PARCIALES: No POSIBILIDAD DE PRORROGAS: No
4. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN: 76.859,50 euros más 21% IVA. Total: 93.000,00 euros.
En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre C, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
• Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros.
• El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe.
Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA
PRECIOS UNITARIOS: No.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 76.859,50 (IVA excluido). EXPEDIENTE DE TRAMITACION ANTICIPADA: No.
5. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 06.1534.601.04
6. FORMA DE PAGO: El pago del suministro se realizará contra la presentación de la correspondiente factura previa recepción del mismo y a conformidad del Área del Ayuntamiento de Galdakao promotora del expediente, en el plazo de 30 días conforme a lo establecido en el art 216.4 del TRLCSP.
La presentación de las facturas deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 5 xxx Xxxxxx. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el Registro General de Facturas, en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio.
7. REVISION DE PRECIOS: No procede
8. GARANTIAS: Definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación (IVA excluido).
PLAZO PARA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCION: 1 mes.
PLAZO DE GARANTIA: 2 años, a contar desde la recepción de los materiales a suministrar. Durante ese plazo (o durante el plazo derivado de la oferta de la adjudicataria), será de cuenta de la adjudicataria toda aquella reparación o reposición que sea precisa, tanto por deficiencias en el material como por defectuosa fabricación.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACION POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION:
UNICO CRITERIO: No.
MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS, POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU
PONDERACION: Sí, siendo los que figuran a continuación:
9.1. CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (HASTA 55%)
• PRECIO: La puntuación a otorgar será la que se desprenda de aplicar la siguiente fórmula:
Para determinar la puntuación de una oferta económica se procederá del siguiente modo:
• Se considerarán los importes de todas las ofertas económicas admitidas, donde la oferta económica será el presupuesto de ejecución ofertado (IVA excluido).
• Se considerará como referencia la oferta tipo de la Administración, que será la que coincida con el presupuesto de licitación (IVA excluido)
• Se ordenarán todas las propuestas económicas admitidas, por cuantía de mayor importe (primera) a menor importe (última), excluyéndose aquellas que superen el presupuesto de licitación (siempre, excluido IVA).
• Se calculará el coeficiente de baja ofertada por cada una, de la siguiente manera: BE i = 100 * [1 - (OL i / PL )]
Donde:
OL i → oferta económica de cada licitador, excluido IVA
PL → presupuesto base TIPO de licitación del contrato, excluido IVA BE i → baja de la oferta económica presentada por cada licitador, en %
• Una vez conocidos los coeficientes de baja, se determinarán las ofertas con valores anormales o desproporcionados, siendo de aplicación el procedimiento fijado por el artículo 152.3 del TRLCSP. Este PPAP establece un “umbral de temeridad” de un 5 %, por lo que todas aquellas bajas inferiores a ese porcentaje sobre la baja media, se considerarán anormales o desproporcionadas (entendiendo por baja media la media aritmética de las bajas de todas las ofertas económicas admitidas).
En este punto, se dará audiencia a todo licitador que haya incurrido en baja desproporcionada para que justifique la valoración de su oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación. Una vez recibidas las justificaciones de los licitadores en baja anormal, si el Órgano de Contratación, considerando la documentación recibida y en su caso, los informes técnicos solicitados y emitidos al efecto, estimase que las ofertas no pueden ser cumplidas como consecuencia de sus valores desproporcionados, las excluirá de la licitación (artículo 152.4 del TRLCSP).
• Tras el trámite anterior, se identificará la oferta económica de menor importe, de entre todas aquellas ofertas económicas que no hayan sido excluidas tras aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior.
• Se calculará la baja de la oferta económica de menor importe de entre todas las ofertas presentadas que no hayan sido excluidas:
BE mín = 100 * [ 1 - (OL mín / PL ) ]
Donde:
BE mín → baja de la oferta económica de menor importe presentada no rechazada
OL min → oferta económica mínima de entre las propuestas por los licitadores no excluidos PL → oferta tipo de la Administración
• Se procederá a la asignación de puntos del siguiente modo:
- Se asignarán 100 puntos a la oferta económica de menor importe, no rechazada
- Se asignarán 0 puntos a la oferta tipo de la Administración
• Se calculará la puntuación económica de cada oferta por interpolación lineal entre los 0 puntos para una oferta igual al presupuesto tipo de licitación y 100 puntos para la oferta económica de menor importe no rechazada (siempre excluido IVA) (para el caso de que esta última no sea superior al 20 % de baja sobre el precio de licitación, se tomará este porcentaje como la oferta económica de menor importe no rechazada), de acuerdo con la siguiente fórmula:
XXX i = 100 * (BE i / BE mín) Donde:
XXX i → puntuación económica de la oferta presentada por cada licitador BE i → baja de la oferta económica presentada por cada licitador, en %
BE mín → baja de la oferta económica de menor importe presentada no rechazada, en %
• La puntuación de cada licitador, en la “valoración global de las ofertas”, será la que resulte de ponderar esa puntuación obtenida, según el criterio (económico) → 55 %).
9.2. CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (HASTA 45 %):
La valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas alcanzará hasta un máximo de 100 puntos. La puntuación técnica de una oferta será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios siguientes:
Criterios no evaluables mediante fórmulas | Ponderación |
1.- Memoria Técnica: | 50 |
Memoria de ejecución, implantación, programación de actividades, plazos de ejecución,… | |
2.- Calidad de los materiales: | |
Adecuación de los materiales a la propuesta | 20 |
Mejoras en calidades y equipamientos | 20 |
3.- Programa de Actuaciones Medioambientales: | 5 |
Gestión y eliminación de residuos, planificación. | |
4.- Minimización de impacto | 5 |
Medidas a adoptar para minimizar afecciones en la obra, en la actividad, e impactos en el entorno. |
100
Posteriormente, en la “valoración global de ofertas”, esa puntuación obtenida será ponderada, según el criterio (técnico) → 45 %).
Aquellas ofertas que incumplan lo exigido en el pliego de prescripciones técnicas que rige la licitación, serán excluidas del procedimiento de licitación.
Por otra parte, las que no alcancen el “umbral mínimo” en los criterios no evaluable mediante fórmulas establecido en el apartado 11 de esta Carátula (50 puntos) no serán tenidas en consideración, al entender que su calidad técnica no es aceptable, no siendo garantes del adecuado cumplimiento del Contrato.
En consecuencia, si todas las ofertas se encontraran por debajo de dicho umbral mínimo, la mesa de contratación propondrá que se declare desierta la licitación.
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas (Casa Consistorial. Kurtzeko Xxxxx 0, 0x xxxxxx. Xxxxxxxx 00000), durante el plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia. Si éste fuera sábado o festivo se trasladará al día hábil siguiente.
MODALIDAD DE PRESENTACION: Presencial, Grupo Correos o similar.
FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Se deberán presentar 3 sobres, respetando la forma que se indica a continuación:
Sobre A: DECLARACION RESPONSABLE:
Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 18 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato, acompañada de una hoja índice en la que se relacionen numeradamente todos los documentos presentados. En todo caso, contendrá los siguientes documentos:
1.- Declaración responsable de la entidad licitadora indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y con todas las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, con arreglo al modelo que se incluye en el Anexo I. (El documento deberá ser original).
2.- Documentación relativa al cumplimento de contar con un 2% de personas trabajadoras con discapacidad o al cumplimiento de las medidas alternativas correspondientes (Véase punto 6 de la cláusula 18 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas).
Sobre B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULA:
Se presentará un dossier debidamente paginado y ordenado en el que figure la documentación relativa a los criterios relacionados en el punto 9.2 de la presente Caratula.
Sobre C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULA:
C.1- Oferta económica según modelo del Anexo II xxx Xxxxxx.
Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE JUEGOS INFANTILES. EC 2/2018.
SOBRE:(indicar, según xxxxxxx X, B o C)
DOCUMENTACIÓN:(indicar la denominación que proceda con arreglo a lo expuesto en el apartado precedente)
Denominación social:
Cif:
Domicilio social:
Nombre de la persona apoderada: e-mail de comunicación: Teléfono:
Fax:
LUGAR DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: El expediente se podrá
examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en la Jefatura de Obras y Servicios, promotora del expediente.
11. UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: Sí se establece: Aquellas licitadoras que no obtengan una puntuación mínima de 50 puntos en la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas conforme establece el punto 9.2 de esta Carátula, quedarán excluidas de la licitación
12. CLASIFICACIÓN: No se exige.
COMPROMISO DE ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: Sí se exige. Las
licitadoras deberán comprometerse a adscribir a un/a encargado/a jefe/a de obra y con dedicación mínima de media jornada, identificándolo y adjuntando la documentación acreditativa de su titulación.
SOLVENCIA FINANCIERA, ECONOMICA, TECNICA Y PROFESIONAL:
- ECONOMICA Y FINANCIERA: Se entenderá acreditada mediante la presentación del Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato.
El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
En el caso de licitadoras que no tengan obligación de presentar las cuentas anuales en ningún registro oficial, acreditarán su solvencia económica y financiera aportando, además de la declaración responsable de no tener dicha obligación, los modelos 303 y/o 390 o equivalente de declaración del Impuesto de Valor Añadido ó el modelo 200 o equivalente del impuesto sobre Sociedades, o cualquier otro medio que permita su acreditación.
NOTA: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil. En los casos de licitadoras no sujetas a esta legislación, se estará a la documentación que resulte pertinente.
- TECNICA Y PROFESIONAL: Se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales trabajos del mismo tipo o naturaleza realizados durante los 5 últimos años que incluya importe, fechas, y la destinataria pública o privada de los mismos.
Y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado de este contrato.
Los trabajos efectuados se acreditarán, cuando la destinataria sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando la destinataria sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por ésta o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la empresa licitadora; en el caso de que se presentara esta declaración, esta Administración podrá comprobar su validez.
HABILITACION PROFESIONAL: No se exige.
13. MEMORIA O PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige, sin perjuicio de incluir en el Sobre B los documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmula previstos en el punto 9.2 de la presente Carátula.
VARIANTES: No se establecen, sin perjuicio de las mejoras que se propongan por las licitadoras.
14. PLAZO PARA LA ADJUDICACION: 2 meses.
15. GASTOS DE PUBLICIDAD: A cargo de la adjudicataria.
16. TRAMITACION URGENTE: No.
17. PORCENTAJE MAXIMO DE SUBCONTRATACION: Según Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
18. RESPONSABLE DEL CONTRATO: Jefe de Obras y Servicios
19. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION DE CARÁCTER SOCIAL O MEDIOAMBIENTAL: Si se establecen. Será de aplicación a la presente contratación la “INSTRUCCIÓN SOBRE INCLUSION DE CLAUSULAS SOCIALES, AMBIENTALES, LINGÜISTICAS, PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES Y DERIVADAS DE OTRAS POLITICAS PUBLICAS EN LA CONTRATACION DEL AYUNTAMIENTO DE GALDAKAO”, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Galdakao en sesión Ordinaria de 26 xx Xxxxx de 2014.
En concreto, será de aplicación en esta contratación lo dispuesto en su apartado “3.1. Condiciones especiales de ejecución aplicables a todos los contratos:
Estas condiciones se configuran como obligaciones contractuales de carácter esencial, pudiendo optar el órgano de contratación en caso de incumplimiento de las misma por resolver el contrato por incumplimiento culpable según el artículo 223.f) del TRLCSP; o continuar la ejecución del contrato, con la imposición de una penalidad que el órgano de contratación deberá estimar en función de su gravedad y consecuencias entre el 3% y el 10% del presupuesto del contrato, conforme al artículo
212.1 del TRLCSP.
El órgano de contratación podrá inspeccionar el efectivo cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución durante la vigencia del contrato, solicitando la documentación y medios de prueba que estime oportunos.
3.1.1. Cláusulas para la igualdad de mujeres y hombres
• Se garantizará por la adjudicataria la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, duración y ordenación de la jornada laboral. Se garantizará igualmente la adopción de medidas para prevenir el acoso sexual y del acoso por razón de sexo en el trabajo.
• La adjudicataria estará obligada a establecer medidas de favorecimiento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas adscritas a la ejecución del contrato conforme establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
• La empresa adjudicataria estará obligada a utilizar un lenguaje no sexista y se eliminará en toda documentación y material cualquier imagen discriminatoria de la mujer, asimismo se fomentará una imagen con valores de igualdad, diversidad, pluralidad de roles y corresponsabilidad.
• Las empresas obligadas a ello deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres.
• Las acciones de prevención de riesgos laborales y la salud laboral incluirán la perspectiva de género y adaptarán su contenido a las características diferenciadas de sexo.
• Se realizarán acciones de sensibilización y formación respecto a los derechos establecidos en las leyes de igualdad o en el convenio colectivo de aplicación, en materia de igualdad, y de conciliación a las personas trabajadoras.
3.1.2. Cláusulas ambientales
A.- Cuando la prestación del servicio conlleve la presentación de documentación, dícese informes, memorias, dossieres, etc., la empresa adjudicataria estará obligada a:
# Utilizar papel 100% reciclado y totalmente libre de cloro.
# Imprimir los documentos a dos caras.
La empresa adjudicataria presentará al inicio del contrato la documentación de los papeles reciclados que utilizará (nombre, marca, características técnicas y ambientales) para que sean autorizados por el Ayuntamiento de Galdakao. Si se produjeran cambios durante la vigencia del contrato, la adjudicataria tendrá la obligación de informar y solicitar su aprobación por la contratante.
B.- Cuando se vayan a contratar servicios para la realización de trabajos de fotomecánica, impresión y encuadernación de las publicaciones, se hará con el objeto de garantizar un mayor respeto medioambiental tanto de la prestación del servicio en si mismo como de los productos finales. Para lo que se aplicarán los criterios ambientales básicos establecidos en el Material de apoyo por producto/servicio creado por IHOBE para la Compra y Contratación Pública Verde.
3.1.3. Cláusulas lingüísticas.
A.- Cuando la prestación del servicio objeto de la contratación comporte una relación directa con la ciudadanía:
• La empresa adjudicataria deberá proporcionar su prestación respetando el derecho ciudadano a ser atendido en las dos lenguas oficiales, debiendo asimismo garantizar el uso de ambas en todos los soportes o actividades que sirvan de base a esa relación (encuestas, cuestionarios, grupos de discusión,…. Para ello, la contratista o subcontratista deberá destinar al desempeño de las funciones que tengan relación directa con la ciudadanía la cantidad apropiada de efectivos capacitados para el desarrollo de dichas funciones en euskera.
• Los impresos, escritos y notificaciones de uso público deberán ser realizados en euskera y en castellano por la empresa adjudicataria, dando en todo caso prioridad al primero de ellos.
• La empresa adjudicataria deberá utilizar el euskera en las intervenciones públicas ligadas a la actividad objeto del contrato.
• El resultado del objeto del contrato (estudios, informes, proyectos,…) deberá entregarse en ambas lenguas oficiales cuando el resultado, en su totalidad o en parte, vaya a difundirse entre la ciudadanía y cuando el destinatario del objeto del contrato sea la población infantil o juvenil.
B.- Cuando el objeto de la adjudicación sea una obra pública, la empresa adjudicataria estará obligada a que las señales, indicadores y notas públicas deberán estar en las dos lenguas oficiales.
3.1.4. Comercio justo.
En aquellos contratos susceptibles de incorporar en su prestación productos de comercio justo, y siempre que el órgano de contratación determine expresamente esta posibilidad, la empresa adjudicataria deberá incorporar en la prestación del servicio o en el contenido del suministro productos de comercio justo.
La obligación se establece de la siguiente manera (que deberá singularizar el órgano de contratación):
• Sobre determinados productos (café, té, infusiones, cacao, azúcar, arroz, miel, zumos, fruta fresca, especias, vino, algodón, flores, frutos secos, productos textiles, balones u otros).
• Sobre un importe determinado o un porcentaje de productos de comercio justo sobre el total de presupuesto de licitación.
La utilización de productos de comercio justo, deberá acreditarse mediante los dos sistemas de garantía reconocidos a nivel internacional son la acreditación de WFTO –otorgada por la Organización Mundial de Comercio Justo- que avala a entidades, o el Sello Fairtrade (otorgado por la Fair Labelling Organization/Organización del Sello de Comercio Justo), que certifica productos y es accesible a empresas convencionales.
3.1.5. Otras políticas públicas.
Accesibilidad
Las empresas adjudicatarias deberán respetar los criterios de accesibilidad universal y de diseño para todas las personas en los términos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.”
20. REGIMEN DE PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: El previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para el incumplimiento del plazo de ejecución del contrato y para el cumplimiento defectuoso de la prestación.
21. MODIFICACIONES PREVISTAS: No.
22. OBSERVACIONES. OTROS REQUISITOS:
La adjudicataria del contrato, y las empresas que en su caso resulten subcontratadas, deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, en el R.D. 1627/97 y en las demás Normas que en relación con esta materia se hallen vigentes y con lo dispuesto por el Pliego de Prescripciones Técnicas en relación con esta materia.
ORGANO DE CONTRATACION: El Alcalde.
PERFIL DE CONTRATANTE: xxx.xxxxxxxx.xxx
23. Nº DE EXPEDIENTE: 2/2018.