CONTRATO MARN No. 017/2019 VERSION PUBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CONTRATO MARN No. 017/2019 VEHICULAR DEL MARN” Nosotros, por una parte RAÚL ERNESTO MELARA MORÁN, ***, portador de...
XXXXXXXX XXXX Xx. 000/0000
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VERSION PUBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
CONTRATO MARN No. 017/2019
“SUMINISTRO DE CUPONES DE COMBUSTIBLE PARA LA FLOTA
VEHICULAR DEL MARN”
Nosotros, por una parte XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, ***, portador de
Documento Único de Identidad número c****, actuando en nombre y representación del
Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente del Ministerio de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, entidad con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos
catorce guión ciento sesenta mil quinientos noventa y siete guión ciento cuatro guión
cinco, en carácter de Fiscal General de la República, y que en el transcurso de este
instrumento me denominaré “La Institución Contratante”; y por la otra, XXXXXXXX
XXXX XXXXXXXX Y XXXX, ****, portador de Documento Único de Identidad
número *****; y con Número de Identificación Tributaria ****; y XXXXXX XXXXX
XXXXX XXXXXXXX, *****, portador del Documento Único de Identidad número
****; y con Número de Identificación Tributaria *****; ambos actuando en nombre y
representación en calidad de Apoderados General Administrativos de la Sociedad UNO
EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse UNO EL
XXXXXXXX, S.A., sociedad de plazo indefinido, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,
departamento de La Libertad; y con Número de Identificación Tributaria ****; y que en
el trascurso de este instrumento nos denominaremos “La Contratista”; y en los
caracteres dichos, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar el presente
Contrato para el “Suministro de Cupones de Combustible para la Flota Vehicular del
MARN”, según Resolución Razonada Adjudicativa MARN número cero cero seis pleca
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dos mil diecinueve, de fecha siete de enero de dos mil diecinueve. El presente Contrato
se sujeta a todo lo establecido en la LACAP, Tratado de Libre Comercio entre Estados
Unidos, los países de Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA), Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, y el RELACAP; así como, a las
cláusulas siguientes: PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del presente
contrato es el “Suministro de Cupones de Combustible para la Flota Vehicular del
MARN”. Tales bienes serán suministrados durante el plazo y de la forma establecida en
el presente contrato. A efecto de garantizar el cumplimiento del objeto del presente
contrato, “La Institución Contratante”, podrá realizar todas las gestiones de control de los
aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere
necesario, a efecto de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA.
DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los
siguientes documentos: a) Solicitud de Obras, Bienes y Servicios número trescientos
guion dos mil dieciocho; b) Base de Licitación Abierta Cubierta por el DR CAFTA –
ADACA EU número cero cero dos pleca dos mil diecinueve; c) Oferta Técnica y
Económica; d) Resolución Razonada Adjudicativa MARN número cero cero seis pleca
dos mil diecinueve, de fecha siete de enero de dos mil diecinueve; e) Garantías; f)
Resoluciones Modificativas en caso las hubiese; y g) otros documentos que emanaren del
presente contrato. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato,
prevalecerá este último. TERCERA. PLAZO Y FORMA DE ENTREGA, Y
VIGENCIA DEL CONTRATO: El período de ejecución y vigencia del presente
contrato es a partir de la fecha establecida como Orden de Inicio hasta el treinta y uno de
diciembre de dos mil diecinueve. Los cupones serán entregados en un plazo máximo de
ocho (08) días hábiles, posteriores a la recepción de la orden de pedido, emitida por el
Administrador de Contrato, mediante un total de cuatro entregas parciales. La entrega de
cupones por parte de “La Contratista”, se realizará siempre que esté al día en sus
obligaciones de pago de las entregas anteriores, la siguiente entrega estará sujeta a que la
entrega que antecede haya sido cancelada al momento de la solicitud. CUARTA.
LUGAR DE ENTREGA Y RECEPCIÓN: Los bienes objeto del presente contrato
deberán entregarse en las Oficinas Administrativas de “La Contratista”, ubicadas en:
XXXXXXXX XXXX Xx. 000/0000
0/00
xxxxxxx Xxx Xxxxxxxx y avenida Xxxxxx Xxxxxxxx, Torre Cuscatlán, piso quince, Antiguo
Cuscatlán, departamento de La Libertad, de lunes a viernes, en horario de las ocho (8:00)
horas a las doce (12:00) horas; contra entrega de una carta de autorización, extendida por
el MARN, en la que se detalle el nombre de la persona autorizada para el retiro de los
cupones, quien entregará además, el comprobante de remesa como constancia de pago.
La recepción de los bienes se efectuará de conformidad con los artículos ochenta y dos,
BIS, literal e); ciento veintiuno y ciento veintidós, de la Ley de Adquisiciones y
Contrataciones de la Administración Pública (LACAP); y artículo setenta y siete, del
Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública
(RELACAP). QUINTA. MONTO: “La Institución Contratante”, pagará a “La
Contratista”, bajo los términos de este contrato un monto total de DOSCIENTOS
VEINTICINCO MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$225,000.00), por un total de veintidós mil quinientos Cupones de
Combustible Genérico, y cuyo precio unitario de venta por cupón es xx Xxxx 00/100
Dólares de los Estados Unidos de América (US$10.00), cada uno, monto que incluye el
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA);
Contribución de Conservación Vial (FOVIAL), y la Contribución Especial para la
Estabilización de las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros
(COTRANS), y la totalidad de los costos en que incurriere “La Contratista”, para el
cumplimiento del presente contrato. SEXTA. FORMA DE PAGO: El pago por el
suministro de los bienes se realizará en cuatro pagos, según las entregas realizadas, el
pago será de contado, y se realizara a través de un depósito a la cuenta designada por “La
Contratista”. Para trámite de pago, “La Contratista”, deberá presentar el Acta de
Recepción del Comprobante de Venta de Cupones, debidamente firmada y sellada por su
representante y por el Administrador de Contrato, en la Unidad Financiera Institucional
del MARN, ubicada en Kilómetro cinco y medio, carretera a Santa Tecla, calle y colonia
Las Mercedes, Xxxxxxxx Xx. 0 xxx XXXX (xxxxxxxxxxxxx XXXX), Xxx Xxxxxxxx.
Posteriormente se emitirá el pago, y se retirarán los Cupones respectivos en las oficinas
de “La Contratista”, debiendo levantarse el Acta de Recepción de los Cupones. Todo
pago que realizare “La Institución Contratante”, con motivo del presente Contrato, estará
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gravado con los impuestos establecidos por el Código Tributario y demás leyes vigentes.
SÉPTIMA. COMPROMISO PRESUPUESTARIO: “La Institución Contratante”,
hace constar que el importe económico del presente contrato será aplicado de
conformidad al Comprobante de Certificación Presupuestaria, emitido mediante
Comprobante de Confirmación de Asignación Presupuestaria número cero ocho pleca
dos mil diecinueve, de fecha siete de enero de dos mil diecinueve, cuya Fuente de
Financiamiento es el Fondo General de la Nación. OCTAVA. OBLIGACIONES DE
LA CONTRATISTA: “La Contratista”, se obliga a entregar los bienes de conformidad
con la Base de Licitación, la Oferta presentada y las condiciones del presente contrato;
obligándose a entregar los bienes de las características siguientes:
ITEM Cantidad
Bien Precio
Unitario Monto Total
1 22,500 CUPONES DE COMBUSTIBLE
GENERICO
Valor nominal del cupón US$10.00
US$10.00 US$225,000.00
*Precios incluyen IVA, FOVIAL y COTRANS.
Los cupones tendrán una vigencia de un (01) año, a partir de la fecha de emisión y se
podrá aumentar la vigencia de los mismos a solicitud del MARN, por un período de hasta
seis (06) meses, para lo cual “La Contratista”, emitirá una carta donde se hará constar
que se aumentará la vigencia por seis (06) meses más, pero no se reemplazarán los
cupones. Los cupones a entregar son genéricos, y pueden ser utilizados en la Red de
Estaciones de Servicio, detalladas en el Listado de Estaciones de Servicio, anexo a la
Oferta Técnica presentada, pudiendo ser canjeados por gasolina super, gasolina regular
y/o Diesel. Los cupones cumplirán además con las siguientes características de
seguridad: a) Marca de agua genérica; b) tinta invisible con fluorescencia amarilla visible
a través de lámpara de luz ultravioleta; c) fibras visibles xxxxx y azules; y fibras invisibles
xxxxxxxxx y azules, visibles sólo con luz ultravioleta; d) verificación instantánea (reacción
a plumón verificador); e) logoline en área de firmas; f) código xx xxxxxx; y g) los cupones
tendrán el nombre de MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES, o el requerido por “La Institución Contratante”, y su numeración es
correlativa. NOVENA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para
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garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato, “La Contratista”, presentará a
favor de “GOBIERNO DE EL XXXXXXXX - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES”, mediante Fianza o Garantía Bancaria, emitida por una
Institución Bancaria, Compañía Aseguradora o Afianzadora, debidamente autorizada por
la Superintendencia del Sistema Financiero de El Xxxxxxxx, una Garantía de
Cumplimiento de Contrato, a satisfacción de “La Institución Contratante”, dentro del
plazo xx xxxx (10) días hábiles, posteriores a la fecha de recepción del Contrato, por un
monto xxx xxxx por ciento (10%), del valor total del contrato, equivalente a VEINTIDOS
MIL QUINIENTOS 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$22,500.00), la cual deberá estar vigente por un período de quince (15)
meses, contado a partir de la fecha del Contrato. En caso de incumplimiento del contrato,
“La Institución Contratante” hará efectiva dicha Garantía, de acuerdo a los siguientes
casos: i) Cuando “La Contratista”, incumpla alguna de las especificaciones consignadas en
el contrato sin causa justificada; ii) cuando se comprueben defectos en la entrega del
suministro, y “La Contratista”, no subsanare los defectos comprobados en el plazo
establecido por el Administrador de Contrato; y iii) en cualquier otro caso que exista
incumplimiento por parte de “La Contratista”, sin causa justificada. La no presentación
de esta Garantía en el plazo establecido dará por caducado el contrato, y se entenderá que
“La Contratista”, ha desistido de su oferta, haciéndose efectiva la Garantía de
Mantenimiento de Oferta. DÉCIMA. ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: La
administración del presente contrato estará a cargo del señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx,
Encargado de Transporte, de la Unidad de Logística, quien será el responsable de
verificar la buena marcha y el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente
contrato, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis,
ciento veintidós, de la LACAP; cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y
cinco, setenta y siete, ochenta, y ochenta y uno del RELACAP, y otras establecidas en el
presente contrato. DÉCIMA PRIMERA. PROHIBICIONES: Queda expresamente
prohibido a “La Contratista”, traspasar o ceder a cualquier título los derechos y
obligaciones que emanan del presente contrato, así como subcontratar. La trasgresión de
esta disposición además de las causales comprendidas en el artículo noventa y cuatro, de
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la LACAP, dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose a hacer efectiva la
Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA SEGUNDA. INCUMPLIMIENTO:
En caso xx xxxx en el cumplimiento por parte de “La Contratista”, de las obligaciones
emanadas del presente contrato, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco, de
la LACAP, sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato. “La Contratista”
expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la Ley o del presente contrato
las que serán impuestas por “La Institución Contratante”, a cuya competencia se somete a
efecto de la imposición. DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIÓNES Y PRÓRROGA
DEL CONTRATO: “La Institución Contratante”, podrá modificar el contrato en
ejecución, de común acuerdo entre las partes, respecto al objeto, monto y plazo del
mismo, siguiendo el procedimiento establecido en la LACAP. Para ello, “La Institución
Contratante”, autorizará la Modificativa mediante resolución razonada; la
correspondiente Modificativa que se genere será firmada por el Fiscal General de la
República y por “La Contratista”, debiendo estar conforme a las condiciones establecidas
en el artículo ochenta y tres A, ochenta y tres B, de la LACAP; y artículo veintitrés,
literal “k”, del RELACAP. Si en cualquier momento durante la ejecución del Contrato
“La Contratista”, encontrase impedimentos para la prestación del suministro, notificará
con prontitud y por escrito a “La Institución Contratante”, e indicará la naturaleza de la
demora, sus causas y su posible duración, tan pronto como sea posible; después de recibir
la notificación “La Institución Contratante”, evaluará la situación y podrá, prorrogar el
plazo. En este caso, la prórroga se hará mediante Modificación al Contrato, la cual será
autorizada por “La Institución Contratante”, mediante Resolución Razonada; y la
Modificativa será firmada por el Fiscal General de la República y “La Contratista”, de
conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y seis; y noventa y dos, inciso
segundo, de la LACAP; así como, los artículos setenta y seis; y ochenta y tres, del
RELACAP. El contrato podrá prorrogarse una sola vez, por un período igual o menor al
pactado inicialmente, para lo cual deberá seguirse lo establecido en el artículo ochenta y
tres, de la LACAP; así como, el artículo setenta y cinco, del RELACAP; la prórroga será
autorizada, mediante resolución razonada por “La Institución Contratante”, y la prórroga
del contrato será firmada por el Fiscal General de la República y “La Contratista”.
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DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN BILATERAL: Las partes podrán acordar la
extinción de las obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento,
siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a “La Contratista”, y
que por razones de interés público que haga innecesaria o inconveniente la vigencia del
contrato. DÉCIMA QUINTA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las discrepancias,
diferencias o disputas que surgiere entre las partes con relación a este contrato, su
interpretación y/o ejecución, serán decididas en particular por Arreglo Directo, con
intervención de sus representantes y delegados, especialmente acreditados, dejando
constancia escrita en Acta de los puntos controvertidos y de las soluciones en su caso, tal
como lo establece los artículos ciento sesenta y uno, ciento sesenta y dos, ciento sesenta
y tres y ciento sesenta y cuatro, de la LACAP, intentando el Arreglo Directo, sin hallarse
solución alguna de las diferencias, se pasará al Arbitraje de Derecho o Técnico, de
conformidad a la Ley de Mediación, Consolidación y Arbitraje. DÉCIMA SEXTA.
JURISDICCION Y LEGISLACION APLICABLE: Para los efectos jurisdiccionales
de este contrato, las partes se someten a la legislación vigente de la República de El
Xxxxxxxx, cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo
cinco, de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad, a la
competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA SÉPTIMA.
NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones referente a la ejecución de este contrato,
serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito y tendrán efecto a partir de su
recepción en las direcciones de las partes contratantes, para cuyo efecto señalan como
lugar para recibir notificaciones los siguientes: “La Institución Contratante”, en: ***,
teléfono: ****; y “La Contratista”, en: ***, teléfono: ***. En fe de lo cual firmamos el
presente contrato, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los veintiocho días del mes de enero de
dos mil diecinueve.
POR EL MARN: POR LA CONTRATISTA:
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Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Fiscal General de la República
“La Institución Contratante”
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y Xxxx UNO EL XXXXXXXX, S.A.
“La Contratista”
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
UNO EL XXXXXXXX, S.A.
“La Contratista”
En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día
veintiocho de enero de dos mil diecinueve. Ante mí, XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
XXXXX, Notario de este domicilio, comparecen los señores, XXXX XXXXXXX
XXXXXX XXXXX, de ****, persona de mi conocimiento, con Documento Único de
Identidad número ****, quien actúa en nombre y representación del Estado y Gobierno
de El Xxxxxxxx, específicamente del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, entidad con Número de Identificación Tributaria *****, en carácter de Fiscal
General de la República, que en el transcurso de este instrumento se denominará “La
Institución Contratante”; personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber
tenido a la vista el Decreto Legislativo Número Doscientos Veinte, emitido por la
Asamblea Legislativa el día veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho, publicado en el
Diario Oficial Número Uno, Tomo Número Cuatrocientos Veintidós, de fecha tres de
enero de dos mil diecinueve, mediante el cual la Asamblea Legislativa eligió en el cargo
de Fiscal General de la República, al Abogado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, para el
período de tres años contados a partir del día seis de enero de dos mil diecinueve que
concluyen el cinco de enero de dos mil veintidós, y sobre la base de lo dispuesto en los
artículos Ciento Noventa y Tres, Ordinal Quinto de la Constitución de la República;
Dieciocho literal ”i” de la Ley Orgánica de La Fiscalía General de la República; y
Dieciocho, Inciso Cuarto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la
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Administración Pública, los cuales le conceden facultades para celebrar contratos como
el presente; y por otra parte XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXX, de ******, a
quien no conozco pero identifico por medio de Documento Único de Identidad número
*****; y con Número de Identificación Tributaria *****; y XXXXXX XXXXX XXXXX
XXXXXXXX, de *****, a quien no conozco pero identifico por medio de Documento
Único de Identidad número ****; y con Número de Identificación Tributaria ****;
ambos actuando en nombre y representación en calidad de Apoderados General
Administrativos de la Sociedad UNO EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, que
puede abreviarse UNO EL XXXXXXXX, S.A., sociedad de plazo indefinido, del
domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, la que entre sus
finalidades se encuentra la compra, distribución y venta en el mercado salvadoreño e
internacional de productos derivados de la refinación, manufactura y transformación de
petróleo, tales como combustibles, asfalto, aceites, grasa, lubricantes, etc, entre otras;
sociedad con Número de Identificación Tributaria ****, personería que se legitima con
Testimonio de Escritura Pública de Poder General Administrativo, otorgado en la ciudad
de San Xxxxxxxx, a las quince horas del día quince de julio de dos mil catorce, ante los
oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por parte del doctor Xxxx Xxxxxx
Xxxxxxx, actuando como Ejecutor Especial de la Junta General Ordinaria de Accionistas
de la Sociedad UNO EL XXXXXXXX, S.A., documento debidamente inscrito en el
Registro de Comercio al número Once, del Libro Un mil seiscientos cuarenta y nueve,
del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el dieciocho de julio de dos mil catorce,
documento en el que se les faculta para que en forma conjunta puedan ejecutar los actos
y celebrar los contratos que sean del giro ordinario de la Sociedad, por un monto que
exceda a Cien Mil Dólares de los Estados Unidos de América, por lo que están
plenamente facultados para celebrar actos y contratos como el aquí contenido; estando en
dicha Escritura plenamente establecida y comprobada la existencia legal de la sociedad,
lo mismo que la personería del doctor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por dar fe de ello el Notario
autorizante, y que en lo sucesivo se denominarán “La Contratista”; y ME DICEN: I)
Que para efecto de darle valor de instrumento público me presentan el documento
privado que antecede, el cual está redactado en cuatro hojas de papel simple; II) que
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reconocen como suyas las firmas puestas al pie del documento anterior, y en el carácter
en que actúan en el Contrato MARN número cero diecisiete pleca dos mil diecinueve,
relacionado con el “Suministro de Cupones de Combustible para la Flota Vehicular del
MARN”, a que se refiere el documento anterior y que es consecuencia del proceso de
Licitación Abierta Cubierta por el DR CAFTA – ADACA EU número cero cero dos
pleca dos mil diecinueve; III) que asimismo, reconocen todos los derechos, obligaciones,
pactos y renuncias de sus representadas, contenidos en DIECISIETE cláusulas que
forman parte de dicho Instrumento, el cual ha sido otorgado en esta ciudad y en esta
fecha, y que entre sus cláusulas principales establece que “La Contratista” se
compromete a suministrar los bienes que han sido detallados en cuanto a sus
características en la Cláusula Octava del referido contrato; IV) que el monto total por
dicho suministro es por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, por un total de veintidós
mil quinientos Cupones de Combustible Genérico, y cuyo precio unitario de venta por
cupón es xx Xxxx Dólares de los Estados Unidos de América, cada uno, monto que
incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios;
Contribución de Conservación Vial, y la Contribución Especial para la Estabilización de
las Tarifas del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros, y la totalidad de
los costos en que incurriere “La Contratista”, para el cumplimiento del contrato; V) el
período de ejecución y vigencia del presente contrato es a partir de la fecha establecida
como Orden de Inicio hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diecinueve. Los
cupones serán entregados en un plazo máximo de ocho (08) días hábiles, posteriores a la
recepción de la orden de pedido, emitida por el Administrador de Contrato, mediante un
total de cuatro entregas parciales. La entrega de cupones por parte de “La Contratista”, se
realizará siempre que esté al día en sus obligaciones de pago de las entregas anteriores, la
siguiente entrega estará sujeta a que la entrega que antecede haya sido cancelada al
momento de la solicitud; y VI) los bienes objeto del contrato deberán ser entregados en
las Oficinas Administrativas de “La Contratista”, ubicadas en: bulevar Los Próceres y
avenida Xxxxxx Xxxxxxxx, Torre Cuscatlán, piso quince, Antiguo Cuscatlán, departamento
de La Libertad, de lunes a viernes, en horario de las ocho horas a las doce horas; contra
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entrega de una carta de autorización, extendida por el MARN, en la que se detalle el
nombre de la persona autorizada para el retiro de los cupones, quien entregará además, el
comprobante de remesa como constancia de pago. Yo, la suscrito Notario, doy fe: De ser
auténticas las firmas que calzan al final del anterior documento, por haberlas reconocidas
como suyas los comparecientes, en el carácter en el que actúan, así como de ser legítima
y suficiente la personería para actuar en nombre de sus representadas, por haber tenido a
la vista la documentación antes relacionada. Además, les expliqué claramente los
derechos y obligaciones a los que se han sometido por medio de este Instrumento. Así se
expresaron los comparecientes a quienes le hice saber los efectos legales de la presente
Acta Notarial, que principia al pie del contrato ya relacionado y que consta en tres hojas
de papel simple, y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto, sin
interrupción, ratifican su contenido y para constancia firmamos. DOY FE.
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Fiscal General de la República
“La Institución Contratante”
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y Xxxx UNO EL XXXXXXXX, S.A.
“La Contratista”
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
UNO EL XXXXXXXX, S.A.
“La Contratista”
VERSION PUBLICA DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL ART. 30 LAIP