SUMINISTRO DE ORDENADORES PERSONALES Y ESTACIONES DE TRABAJO PARA GSC
CONDICIONES CONTRACTUALES Y TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE
SUMINISTRO DE ORDENADORES PERSONALES Y ESTACIONES DE TRABAJO PARA GSC
INDICE
PAGINAS
PRESENTACION 3
CONDICIONES ECONOMICO - ADMINISTRATIVAS
- Disposiciones generales 6
- Adjudicación del contrato 11
- Formalización 29
- Ejecución 31
- Finalización 34
- Jurisdicción 35
CONDICIONES TECNICAS
- Características 38
ANEXOS
Anexo I. Documentación y demás elementos a presentar 45
Anexo II Mejoras de puntos de las bases y argumentación 48
Anexo III. Oferta económica 49
PRESENTACIÓN
Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A., en adelante GSC, es una empresa pública adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad y a la Consejería de Sanidad del Gobierno Autónomo de Canarias.
Sus relaciones contractuales se rigen parcialmente por el derecho privado, quedando afectada por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, por la que se aprueba la Ley de Contratos del Sector Público, en tanto que su artículo tres, apartado d, dispone que: “A los efectos de esta Ley se considera que forman parte del sector público los siguientes entes, organismos y entidades:…d) Las sociedades mercantiles en cuyo capital social las participación, directa o indirecta, de entidades de las mencionadas en las letras a) a f) del presente apartado sea superior al 50 por ciento”. Por ello, y de conformidad con el art. 20 de dicho texto legal, los contratos “… se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo,….. En cuanto a sus efectos y extinción estos contratos se regirán por el derecho privado”.
Las actividades realizadas por la empresa, de acuerdo con su objeto social, son las siguientes:
a) Gestionar, administrar y asesorar centros, servicios y establecimientos de carácter sanitario.
b) Gestionar la facturación y cobro de los ingresos de órganos administrativos, actuando como entidad colaboradora de recaudación.
c) Gestionar la adquisición y contratación de recursos materiales y equipos humanos para la prestación de servicios sanitarios.
d) Prestar y colaborar en la asistencia sanitaria de cualquier nivel asistencial.
e) Coordinación de todos los niveles asistenciales de la atención urgente.
f) Coordinación de transporte sanitario de urgencias de cualquier tipo.
g) Formación en materia de atención y gestión a la urgencia y emergencia sanitaria, así como educación para la salud.
h) Concertar con instituciones públicas y privadas las actuaciones tendentes a la realización de los objetivos de la sociedad.
i) Crear o participar en otras sociedades e instituciones con actividades relacionadas con las expresadas en los apartados anteriores.
j) Prestar servicios operativos y de formación en materia de seguridad pública para lo cual podrá gestionar centros y establecimientos de naturaleza pública o privada, así como contratar equipos humanos y recursos materiales.
Para ello, GSC se encuentra organizada en sus correspondientes Divisiones, entre las que caben destacar la del Servicio de Urgencias Canario (SUC) y el Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (CECOES 1-1-2), integrado el primero en el segundo, y ubicado físicamente éste en las dos Salas Operativas existentes en la Comunidad Autónoma Canaria, una en la provincia de Las Palmas y otra en la de Sta. Xxxx de Tenerife.
La principal actividad del CECOES consiste en la coordinación de las actividades y prestación del servicio de atención de llamadas urgentes en función de la encomienda de gestión realizada en su momento. Así, el CECOES-1-1-2, integrado por dos salas operativas, una en Santa Xxxx de Tenerife y otra en Las Palmas de Gran Canaria, es un instrumento concebido para gestionar las demandas que en materia de emergencias y seguridad surgen en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por otra parte las actividades del SUC se encuentran básicamente constituidas por las relativas al transporte sanitario (tanto urgente como no urgente), consultas médicas telefónicas y asistencia domiciliaria.
A fin de poder cumplir con su actividad, y con el constante propósito de ofrecer respuesta a las necesidades demandadas por la sociedad canaria en cada momento, GSC ha de contar de manera permanente con un respaldo humano y técnico en continuo estado de evolución. Consecuencia de ello es el hecho de que en la actualidad resulte preciso llevar a cabo una actualización de nuestra plataforma tecnológica.
La disparidad en la antigüedad del parque de hardware informático, la constante ampliación de infraestructuras, así como el uso permanente del que es objeto una buena parte del mismo, son motivos que fundamentan la necesidad constante de renovación de elementos unitarios, que adicionalmente deben presentar unas características de homogeneidad según su destino, que faciliten su configuración básica y su posterior mantenimiento.
Por ello, es necesario llevar a cabo la adjudicación de un contrato para el suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC, desde la óptica de la calidad y la eficiencia, cuyas condiciones administrativas y técnicas se encuentran recogidas en el presente documento.
DOCUMENTO I
CONDICIONES ECONÓMICO- ADMINISTRATIVAS
I.- DISPOSICIONES GENERALES
1.- OBJETO
Constituye el objeto de estas Bases establecer las condiciones generales de contratación, que habrán de regir las relaciones contractuales entre GSC y la/s empresa/s adjudicataria/s, para la prestación del suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC, de acuerdo con las características mínimas establecidas en el documento II de condiciones técnicas del presente documento.
La contratación se fracciona por lotes que se detallan en las prescripciones técnicas, que tendrán carácter contractual, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente.
Dicho objeto corresponde al código 30.02 de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 2002 (CPNA 2002), así como al código 30200000-1 “Equipos y material informático” de la nomenclatura de Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea (Reglamento nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007).
2.- PARTES CONTRATANTES
Actuarán como partes contratantes en los contratos que se suscriban, conforme a las presentes condiciones contractuales:
- De una parte, la Empresa Pública Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, domiciliada en la Xxxxx Xxxxxxx Xxxx xx 0, xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, con CIF nº X-00000000, creada en virtud de escritura pública de constitución número de protocolo 4063/94 e inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas.
La representación de la Sociedad, en virtud de los artículos 127 y 128 de la Ley de Sociedades Anónimas, corresponde a los administradores en la forma determinada en los estatutos. La representación se extenderá a todos los actos comprendidos en el objeto social delimitado en los estatutos, cuya refundición se llevo a cabo mediante escritura de fecha 28 xx xxxx de 2004. Cualquier limitación de las facultades representativas de los administradores, aunque se halle inscrita en el Registro Mercantil, será ineficaz frente a terceros.
- De otra parte, la persona natural o jurídica española o extranjera que tenga plena capacidad de obrar para contratar y obligarse conforme a las normas del derecho común, y que resulte adjudicataria del/los contrato/s resultantes de la presente concurrencia.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO
El/los contrato/s a los que sirven de base estas Condiciones Contractuales tienen carácter privado. Las partes firmantes quedarán sometidas al contenido de las presentes condiciones contractuales y técnicas, así como a sus Anexos.
El/los contrato/s resultante/s de la presente licitación se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato resultante del presente procedimiento se regirá por el derecho privado.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con GSC las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, y no se encuentren incluidas en alguna causa de prohibición para contratar reguladas en el artículo 49 de la LCSP.
Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, actuando de modo directo o interpuesto –mediante Unión Temporal de Empresas, persona física o jurídica–, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o escisión de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Los que contraten con GSC podrán hacerlo por sí o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
Deberán cumplir la totalidad de los siguientes requisitos, que habrán de
mantener durante todo el periodo de vigencia del contrato:
a) Estar en disposición de suministrar el material o componentes objeto del presente procedimiento, con las características indicadas en las presentes condiciones contractuales y técnicas. Las empresas deberán disponer de un mínimo de unidades almacenadas o de los recursos suficientes para asegurar el suministro en plazo. Asimismo dispondrán en todo momento de cualquier documento y cumplirán cualquier exigencia legal que se requiera, bien en el presente o en el futuro, para la correcta ejecución del suministro.
b) Los ofertantes tendrán que acreditar su solvencia económica, financiera y técnica a través de los medios de acreditación que se reseñan a continuación:
b1) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, correspondientes al último ejercicio económico cerrado, informe de auditoría en su caso, así como liquidación del Impuesto de Sociedades. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, la declaración del IRPF correspondiente al último ejercicio económico cerrado.
En caso de que las Cuentas Anuales y/o el Impuesto de Sociedades o
I.R.P.F. hayan sido presentados telemáticamente o en soporte informatizado, los licitantes deberán aportar conjuntamente con dichos documentos, certificación acreditativa de la presentación y contenido de los mismos expedida por los organismos oportunos o la identificación de la clave que permita a GSC comprobar la veracidad del contenido de los mismos.
b2) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b3) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
A tal efecto, los licitadores habrán de acreditar estar en posesión de las certificaciones de calidad de fabricante ISO 9001relativa a calidad en procesos de producción, montaje y pruebas, e ISO 14001 relativa a calidad en sistema de gestión medioambiental,. Estas certificaciones pueden ser sustituidas por otras equivalentes reconocidas en el ámbito geográfico de la Unión Europea, pero deberán estar referidas a los productos finales, y no a los componentes que los integren.
Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, los licitadores deberán presentar una declaración jurada relativa a comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, cuya efectiva adscripción se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 206.g) de la LCSP.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Estos extremos se acreditarán mediante certificaciones expedidas en los términos exigidos por la condición novena de las presentes condiciones económico-administrativas.
No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras (art. 45.1 LCSP).
5.- VALOR ESTIMADO DE LOS CONTRATOS
El valor estimado de las contrataciones de suministro a realizar, excluyendo el IGIC, asciende a la cantidad de SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS (707.200 €), incluidas las posibles prórrogas contractuales, sin que GSC quede obligada a llevar a efecto una determinada cuantía del suministro, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3.a) de la LCSP, con el desglose que se detalla a continuación:
LOTE 1: Ciento cincuenta y cuatro mil setecientos euros (154.700 €) LOTE 2: Trescientos ocho mil euros (307.500 €)
LOTE 3: Ciento cuarenta y cinco mil euros (145.000 €) LOTE 4: Cien mil euros (100.000 €)
Los precios máximos unitarios de licitación de los bienes a suministrar, sin incluir IGIC, son:
LOTE 1: Mil trescientos euros (1.300 €)
LOTE 2: Dos mil quinientos euros (2.500 €) LOTE 3: Mil doscientos cincuenta euros (1.250 €) LOTE 4: Dos mil quinientos euros (2.500 €)
El presupuesto unitario definitivo del suministro será el que resulte de la aprobación de la proposición seleccionada. El precio indicado se referirá por unidad de cada lote, a efectos de poder hacer viable la comparativa de las ofertas, ante la imposibilidad de previsión sobre las cantidades a suministrar durante la duración del/los contrato/s.
En el precio de la oferta habrá de encontrarse incluido todo el material, mano de obra, instalación, transporte, gastos de desplazamientos, portes, gastos de aduanas, viajes, dietas y cuantos otros gastos se precisaran para la total y completa recepción final del hardware a suministrar en las dependencias de GSC (según las directrices de la empresa contratante).
En el precio de la oferta se entienden comprendidos todas las tasas, arbitrios e impuestos, directos e indirectos, que le pudieran afectar, a excepción del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que queda expresamente excluido.
Los precios ofertados serán únicos. No podrán venir desglosados en los elementos que los compongan, siendo rechazadas aquellas ofertas que incumplan esta condición.
Si se produjese prórroga del contrato, los importes unitarios de cada uno de los bienes objeto de la presente concurrencia no podrán ser objeto de actualización.
Dada la naturaleza del suministro a realizar, y al objeto de procurar que, en todo momento, los precios del contrato sean los adecuados al mercado, el contratista estará obligado a comunicar a GSC aquellas reducciones en los precios de los bienes a suministrar que sean consecuencia de circunstancias tales como obsolescencia, ofertas xx xxxxxxx, exceso de existencia en almacén, etc. Una vez recibida la comunicación, la reducción de precios será automática, sin más requisitos que su aceptación por el órgano de contratación, quien, al mismo tiempo, acordará el carácter temporal o permanente de la misma, según las circunstancias que justifiquen la reducción.
El adjudicatario deberá notificar a GSC, con la debida antelación, cualquier oferta singularizada o xx xxxxxxx que proyecte realizar, tanto para el sector público como para el privado, en relación con los bienes objeto de suministro u otros de similar naturaleza. Se incluirán en tal notificación aquéllas ofertas limitadas en el tiempo o en cuantía, que supongan condiciones más beneficiosas que las de la propia adjudicación del contrato.
La formalización de pedidos en las condiciones derivadas de las ofertas a que se refiere el párrafo anterior no supondrá en ningún caso modificación de las condiciones de adjudicación del contrato, ni requerirán, en consecuencia, su modificación.
Si durante la vigencia del contrato o sus posibles prórrogas se descatalogasen los equipos ofertados, el adjudicatario deberá ofertar un nuevo modelo de iguales o superiores características al original, sin que ello suponga variación en el precio unitario ofertado para el lote correspondiente y sus posibles actualizaciones por prórrogas. Estos nuevos modelos deberán ser aceptados por GSC, tras verificar que no se alteren las capacidades pretendidas para cada lote.
6.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de dos años, siendo su fecha de inicio la de la publicación de la adjudicación definitiva del mismo.
No obstante, la vigencia del contrato podrá prorrogarse por años naturales hasta un máximo de dos anualidades, siempre y cuando se formalice la prórroga por escrito, por mutuo acuerdo entre las partes y antes de finalizar el contrato.
Asimismo, en la Addenda de prórroga que se suscribiese, y dada necesidad de contar de manera permanente con el suministro de equipos actualizados, se encontrarán, en su caso, recogidas las nuevas características técnicas pactadas por las partes, que habrán de ser iguales o superiores a las iniciales, con el fin de mantener actualizados los equipos a suministrar.
7.- GARANTÍA PROVISIONAL
De acuerdo con lo establecido en el artículo 91.1 de la LCSP, los licitadores no deberán constituir garantía provisional.
II.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS
El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en la cláusula 12.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la LCSP, el anuncio para la concurrencia de ofertas se publicará en la página web del Gobierno de Canarias, concretamente en el apartado Perfil del Contratante, así como en el Boletín Oficial del Estado y en el BOC (Boletín Oficial de Canarias). Asimismo, la licitación deberá publicarse en el DOUE.
Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación.
Las ofertas de los interesados y la documentación complementaria se presentarán en el plazo de 52 días contados desde la fecha del envío del anuncio del contrato a la Comisión Europea. Este plazo podrá reducirse en cinco días cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria. Este plazo podrá reducirse en siete días cuando los anuncios se preparen y envíen por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Esta reducción podrá adicionarse, en su caso, a la de cinco días prevista anteriormente.
Las ofertas se presentarán en las oficinas de Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A. sitas en:
- En Gran Canaria: X/ Xxxxxxx Xxxx xx 0, 00000 Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx.
- En Tenerife: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, xx 00, 0x xxxxxx. Edif.
Mapfre, 00000 Xxx. Xxxx de Tenerife.
La presentación podrá realizarse mediante entrega en las oficinas que se indican o bien mediante envío por correo, en cuyo caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y comunicar en el mismo día a GSC, por fax, télex o telegrama la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso de que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna oferta enviada por correo.
La presentación de proposiciones u ofertas presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido de las presentes
bases de concurrencia, sin salvedad o reserva alguna.
La presentación de la proposición u oferta se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
9.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas se corresponderán con el “Suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC”. En ellas se podrán incluir cuantas mejoras se hayan realizado a las características señaladas en las presentes bases, las cuales se encontrarán incluidas en el precio ofertado, debiendo argumentarse su justificación, tener éstas interés para la prestación del servicio y ser aceptadas por el contratante.
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
1.- Sobre primero
En la parte exterior y anterior figurará “SOBRE PRIMERO: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la concurrencia de ofertas relativas al suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC”.
El contenido de dicho sobre habrá de estar relacionado mediante un índice facilitado en hoja independiente en el que consten, por orden, todos los documentos aportados, que deberán ser los siguientes:
1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad de la empresa o empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial que fuera preceptivo.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deben presentar:
a) Sus documentos traducidos de forma oficial al español.
b) Certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan de manera habitual en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga, o en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública en la Organización Mundial del Comercio.
Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para contratar, así como Documento Nacional de Identidad.
1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
2.- Número de identificación fiscal.
3.- Los ofertantes deberán aportar documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la Disposición Cuarta (Capacidad para contratar). Las empresas que liciten en Unión Temporal deberán acreditar, asimismo, los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica señalados con anterioridad de manera individual.
4.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, que se realizará presentando la siguiente documentación:
• Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad.
• Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, en lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
• Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
5.- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la misma. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración jurada otorgada ante fedatario público.
Las certificaciones a que se refieren los puntos 4 y 5 anteriores deberán ser expedidas refiriéndose a los doce meses precedentes al mes inmediatamente
anterior a la fecha de solicitud de la certificación, y haciendo constar expresamente que no existen deudas en período ejecutivo, o que, existiendo, estén aplazadas, fraccionadas o se hubiese acordado su suspensión, extremos que habrán de constar en el correspondiente certificado. Dichas certificaciones deberán expedirse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49. 1 apartado
d) de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contrato del Sector Público así como los artículos 14 y 15 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
6- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración jurada del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme al Art. 49 de la LCSP.
Cuando se trate de empresas de Estados Miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración jurada, otorgada ante una autoridad judicial.
7.- Declaración jurada relativa a comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
8.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la normativa vigente en la materia. Así mismo, los ofertantes presentarán su documentación en castellano.
Todas las hojas, debidamente numeradas y relacionadas en el índice, serán encuadernadas en un solo bloque formando un “librillo”.
GSC se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento la veracidad de la documentación aportada, bien antes de la adjudicación del contrato, bien durante su vigencia, por sí misma o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos supondrá la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
De manera adicional, las empresas ofertantes podrán presentar cualquier otro tipo de documentación que estimen oportuno, en soporte audiovisual u otros (diapositivas, presentaciones informáticas, vídeos, etc.).
2.- Sobre segundo
En la parte exterior y anterior figurará “SOBRE SEGUNDO: Proposición económica y oferta técnica relativa a los criterios de adjudicación para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la concurrencia de ofertas para el suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC”.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, no admitiéndose variantes o alternativas.
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la condición 12, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma, especificando claramente los datos a valorar en cada uno de los apartados, entre otras:
• Características técnicas de cada uno de los lotes a los que se licite por separado, desglosadas en el orden indicado en los criterios de baremación, a efectos de facilitar la evaluación de las mismas.
• Garantías: detalle del alcance y duración del plazo de garantía de cada lote al que se licite.
• Propuestas de mejora sobre cada lote al que se licite.
El contenido de las ofertas económicas, que no deberá superar el precio máximo unitario de licitación establecido en la cláusula 5 del presente pliego, será redactado, según el modelo anexo al presente documento, sin errores,
xxxxxxxxxx o modificaciones sustanciales que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Asimismo las ofertas deberán presentarse debidamente firmadas y selladas por el ofertante o persona que lo represente.
En la proposición económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido. Los licitadores exentos de repercutir IGIC deberán incluir en su proposición económica, junto con el importe del precio ofertado, la manifestación expresa de que el importe del impuesto a repercutir es cero, así como la mención expresa de las circunstancias que les exime de realizar la repercusión del impuesto, es decir, ser comerciante minorista, o cualquiera de las otras circunstancias previstas con tal efecto en la normativa reguladora del impuesto.,
Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere el apartado 12 de las presentes Bases, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio del que se trate.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que se declare bajo su responsabilidad, ser cierto los datos aportados. El órgano de contratación se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por si misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, así como la exigencia de responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
10.- CONSULTAS
Las empresas que pretendan concursar en el presente procedimiento, podrán realizar las consultas que crean necesarias para la mejor adecuación de las ofertas y/o mejoras que presenten. El área específica que atenderá las mencionadas consultas será la Dirección Gerencia, mediante su Unidad Técnica del CECOES (para el Lote I y II) y la Unidad de Informática y Desarrollo (para el Lote III y IV).
11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN/CONCURRENCIA
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, calificará en primer lugar la documentación contenida en el sobre primero presentada por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, será rechazado de la licitación
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales, y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
Una vez subsanados los errores, y en su caso aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos o, transcurridos los plazos conferidos al efecto, la Mesa de Contratación realizará en acto público, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación, la apertura de los sobres números dos de los licitadores admitidos, con arreglo al siguiente procedimiento:
En primer lugar el Presidente de la Mesa dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicándoles el resultado de la calificación de la documentación general presentada en el sobre primero, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres segundos de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto de los criterios de adjudicación. Concluida la apertura de las proposiciones el Presidente invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación al acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles, o bien interponer el recurso especial a
que se refiere el artículo 37 de la Ley de Contratos del Sector Público. A continuación se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
Con posterioridad, la Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso los informes técnicos que considere oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la condición 11 del presente pliego, acompañada del acta de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación provisional.
En referencia a la valoración de la oferta económica, en el supuesto de que en la presente licitación concurran licitadores exentos de repercutir IGIC, la evaluación del precio como criterio de adjudicación se realizará tomando en consideración el precio más el IGIC, en el caso de licitadores que hayan de repercutir dicho impuesto, y sobre el precio sin repercusión de IGIC que oferten los licitadores exentos de repercutirlo.
En el caso de que no hubiere candidato alguno cuya oferta o proposición fuera admisible de conformidad con las presentes bases y demás normas que resulten de aplicación, la Mesa de Contratación propondrá dejar desierta la adjudicación en todo o en parte.
Corresponde al Director Gerente la adjudicación de los contratos, a propuesta de la Mesa de Contratación.
12.- CRITERIOS ADJUDICACIÓN
Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios expuestos a continuación, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación. En caso de producirse empate en la puntuación final, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa, teniendo en cuenta el orden de prelación de los criterios de adjudicación y la ponderación de su incidencia en la valoración de las ofertas empatadas.
Son criterios que han de servir de base para la adjudicación los siguientes:
12.1.- PARA EL LOTE 1 Y 2
a. Características técnicas de los equipos (máximo 40 puntos):
Este apartado estará dotado con un máximo de 40 puntos. Partiendo de la base del obligado cumplimiento de las características mínimas solicitadas para los equipos de cada lote, se tendrán en cuenta las mejoras ofertadas que se encaminen a un mayor rendimiento de los equipos y calidad de los mismos:
• Configuración de memoria RAM (slots libres y mejoras sobre tipo de memoria) 7 puntos
o 1 pto por disponer de más de 1 slot libre
o Aumento de frecuencia: 3 ptos.
o Cambio de memoria RAM DDR2 a DDR3: 3 ptos.
• Cantidad de memoria RAM 5 puntos
▪ Mínimo exigido: 0 pto.
▪ Aumento en 2 Gb: 3 punto.
▪ Aumento en 4 Gb o más: 5 puntos.
• Incremento caché interna del procesador sobre mínimo exigido (sólo se valorarán incrementos sobre el mismo tipo de caché): 12
puntos
▪ 4 puntos por cada 1 Mb adicional de caché interna (sobre el mínimo de 6) hasta un máximo de 12 puntos
• Tarjeta Gráfica 3 puntos
o Por cada 256 Mb sobre el modelo básico (256 Mb), 1 puntos hasta un máximo de 3
• Slots de ampliación internos: Por disponer de al menos 1 slot PCI y 1 slot PCI express libres: 2 puntos.
• Capacidad de almacenamiento en disco interno 1 punto
o 0,002 puntos por GB hasta un máximo de 1 punto
• Tipo y frecuencia de procesador 8 puntos
o Lote 1:
▪ Paso a 4 núcleos: 6 puntos.
▪ 1 puntos por cada aumento de tramo de frecuencia (sin overclocking) hasta un máximo de 4 puntos.
o Lote 2:
▪ 4 puntos por cada aumento de tramo de frecuencia (sin overclocking) hasta un máximo de 8 puntos.
• Aumento en calidad o tamaño de Monitor 2 puntos
o 1 punto por aumento de tamaño respecto a requisitos mínimos
o 1 punto por disminución del tiempo de refresco sobre requisitos mínimos
.
b. Oferta económica (máximo 35 puntos):
Se valorará según el precio unitario -de cada equipo- de la oferta presentada para cada lote siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
a.1.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor respecto al criterio.
a.2.- Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas respecto al criterio, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes a dicho criterio.
a.3.- A las ofertas siguientes en el orden de prelación del criterio se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente formula: P=(pm*O)/mo (donde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “mo” es la mejor oferta y “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
Los valores que se usarán para realizar los cálculos matemáticos y obtener las valoraciones correspondientes de este criterio, de las variables “mo” y “O” serán los valores correspondientes de las rebajas ofertadas con respecto al precio máximo de licitación unitario.
En referencia a la valoración de la oferta económica, en el supuesto de que en la presente licitación concurran licitadores exentos de repercutir IGIC, la evaluación del precio como criterio de adjudicación se realizará tomando en consideración el precio más el IGIC, en el caso de licitadores que hayan de repercutir dicho impuesto, y sobre el precio sin repercusión de IGIC que oferten los licitadores exentos de repercutirlo.
c. Garantía (máximo 15 puntos):
Se valorará el aumento del período mínimo de garantía establecido en tres años, conforme a lo indicado a continuación:
• Ampliación del plazo de garantía en
12 meses (cuatro años en total) 5 puntos
• Ampliación del plazo de garantía en 18 meses
(Cuatro años y medio en total) 10 puntos
• Ampliación del plazo de garantía en 24 meses
(Cinco años en total) 15 puntos
d. Plazo de entrega (máximo 10 puntos):
Se valorará el plazo transcurrido desde la solicitud de los equipos hasta la entrega en la sede de destino de GSC.
• Reducción en 5 días sobre los plazos solicitados 10 puntos
• Reducción en 3 días sobre los plazos solicitados 5 puntos
• Reducción en 2 días sobre los plazos solicitados 3 puntos
Exclusivamente a estos efectos, se considerarán hábiles los días de lunes a viernes, no designados como festivos en el calendario laboral de cada municipio en el que radique la sede de GSC de destino.
12.2.- PARA EL LOTE 3 Y 4
a. Características técnicas de los equipos (máximo 46 puntos):
Este apartado estará dotado con un máximo de 46 puntos. Partiendo de la base del obligado cumplimiento de las características mínimas solicitadas para los equipos de cada lote, se tendrán en cuenta las mejoras ofertadas que se encaminen a un mayor rendimiento de los equipos:
● Configuración de memoria RAM 3 puntos
o 0,5 puntos por cada slot libre, hasta un máximo de 2 puntos.
o Aumento en fecuencia (1 Punto)
● Aumento en cantidad de memoria RAM 6 puntos 4 Gb totales, mínimo exigido 0 puntos
6 Gb totales 2 puntos
8 Gb totales 4 puntos
10 Gb totales 6 puntos
● Cambio de memoria RAM DDR2 a DDR3 3 puntos
La memoria instalada debe resultar utilizable, por lo que se considerará incluida en la puntuación de la mejora los cambios necesarios en el Sistema Operativo si resultasen necesarios (paso de 32 a 64 bit).
● Velocidad del bus interno por aumento de frecuencia
o por duplicación independiente del mismo 3 puntos
● Tipos de conexiones de unidades de
almacenamiento. Paso a SATA II 2 puntos
● Aumento de memoria caché L2. 5 puntos
(1 punto por cada Mb adicional a la configuración mínima, hasta un máximo de 5 Puntos).
● Slots de ampliación internos PCI-E libres tras
aplicación de configuración final 2 puntos (1 punto por cada slot libre hasta un máximo de 2 puntos).
● Aumento de capacidad de almacenamiento en disco interno. Se concederán 0,004 puntos por cada Gb de aumento adicional sobre cada configuración mínima, hasta un máximo de 4 puntos
● Mejora en procesador dentro de la gama requerida para cada lote:
o Lote 3.
o Aumento de frecuencia. 2 puntos por tramo de aumento hasta un máximo de 5 puntos.
o Paso xx xxxxx a cuádruple núcleo 5 puntos.
o Lote 4.
o Aumento de frecuencia. 2 puntos por tramo de aumento hasta un máximo de 5 puntos.
o Adición de un segundo procesador. 5 puntos.
● Mejoras en tamaño de monitor. 2 puntos
(Se concederá 1 punto por cada 2” de aumento del tamaño mínimo solicitado).
● Exclusivamente para el lote 3
Chasis Ultra Slim y monitor con soporte para la CPU 6 puntos
● Exclusivamente para el lote 4
Segundo monitor de idénticas características al ofertado 6 puntos
b. Oferta económica (máximo 29 puntos):
Se valorará según el precio unitario de la oferta presentada para cada lote siguiendo el procedimiento detallado a continuación:
b.1.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor respecto al criterio.
b.2.- Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas respecto al criterio, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes a dicho criterio.
b.3.- A las ofertas siguientes en el orden de prelación del criterio se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente formula: P=(pm*O)/mo (donde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “mo” es la mejor oferta y “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
Los valores que se usarán para realizar los cálculos matemáticos y obtener las valoraciones correspondientes de este criterio, de las variables “mo” y “O” serán los valores correspondientes de las rebajas ofertadas con respecto al precio máximo de licitación unitario.
En referencia a la valoración de la oferta económica, en el supuesto de que en la presente licitación concurran licitadores exentos de repercutir IGIC, la evaluación del precio como criterio de adjudicación se realizará tomando en consideración el precio más el IGIC, en el caso de licitadores que hayan de repercutir dicho
impuesto, y sobre el precio sin repercusión de IGIC que oferten los licitadores exentos de repercutirlo.
c. Garantía (máximo 15 puntos):
Se valorará el aumento del período mínimo de garantía establecido en tres años, conforme a lo indicado a continuación:
• Ampliación del plazo de garantía en
12 meses (cuatro años en total) 5 puntos.
• Ampliación del plazo de garantía en 18 meses
(Cuatro años y medio en total) 10 puntos
• Ampliación del plazo de garantía en 24 meses
(Cinco años en total) 15 puntos.
d. Plazo de entrega (máximo 10 puntos):
Se valorará el plazo transcurrido desde la solicitud de los equipos hasta la entrega en la sede de destino de GSC.
Entrega durante el siguiente día hábil al de la solicitud (10 puntos).
Entrega entre el segundo y tercer día hábil posterior a la solicitud (6 puntos). Entrega entre el cuarto y quinto día hábil posterior a la solicitud (3 puntos).
Exclusivamente a estos efectos, se considerarán hábiles los días de lunes a viernes, no designados como festivos en el calendario laboral de cada municipio en el que radique la sede de GSC de destino.
13.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL, DEFINITIVA Y GARANTÍA:
13.1.- ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
A la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, el órgano de contratación dictará la adjudicación provisional de los contratos en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.
Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado acuerdo sobre las adjudicaciones provisionales, los licitadores podrán retirar sus ofertas.
La adjudicación provisional que realice el órgano de contratación deberá acomodarse a la propuesta de la Mesa de Contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto.
El acuerdo de adjudicación provisional será susceptible de recurso especial regulado en el artículo 37 de la LCSP.
La adjudicación provisional deberá notificarse a los licitadores, y publicarse en el diario oficial en que se publicó el anuncio de licitación o en el perfil del contratante de la página web del órgano de contratación.
Los adjudicatarios provisionales deberán presentar en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional la siguiente documentación:
1.- Un certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social conforme al artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores a los efectos de acreditar encontrarse al corriente en sus obligaciones para con la Seguridad Social. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración jurada otorgada ante fedatario público
2.-Un certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria conforme al artículo 43 de la Ley General Tributaria a los efectos de acreditar encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales.
3.- Justificante acreditativo o documentación de la garantía constituida según el siguiente punto.
13.2.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA
El adjudicatario provisional deberá acreditar, en el plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación o publicación de la adjudicación provisional, la constitución de una garantía que asegure el correcto cumplimiento del contrato, por importe del cinco por ciento del valor estimado del contrato a suscribir.
La garantía podrá constituirse a medio de ingreso en la cuenta corriente de GSC, mediante aval bancario solidario a primer requerimiento y sin beneficio de
excusión o por medio de contrato de seguro de caución. La garantía será devuelta o cancelada al producirse la liquidación del contrato si no resultasen responsabilidades que hayan que ejercitarse sobre la misma.
13.3.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 15 días hábiles para la presentación de la documentación de los adjudicatarios provisionales, a que se refiere la condición 13.1 y 13.2, el órgano de contratación deberá dictar resolución definitiva a favor de los adjudicatarios provisionales, siempre que éstos hayan presentado dicha documentación y acreditado que reúnen las condiciones exigidas al efecto. No obstante, en caso de presentación de recursos especiales, el plazo para dictar la adjudicación definitiva se suspenderá.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva de los contratos a los licitadores que hubiesen resultado adjudicatarios provisionales, por no cumplir éstos las condiciones necesarias para ello, el órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el art. 135.5 de la LCSP, podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que los nuevos adjudicatarios hayan prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éstos un plazo de quince días hábiles para cumplimentar lo señalado en la condición 13.1 y 13.2.
III.- FORMALIZACION
14.- FORMALIZACION Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Con el adjudicatario se formalizará el correspondiente contrato de suministro en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de la comunicación de la adjudicación definitiva.
Cuando el adjudicatario sea una Unión Temporal de Empresas, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
Superado el mencionado plazo sin formalizar el contrato, debido a incumplimiento de los requisitos exigidos y ofertados para la ejecución del
suministro por causa no imputable al contratante, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del mismo, con la reclamación en su caso de los daños y perjuicios que se hubieren podido generar.
La ejecución del contrato se realizará mediante pedidos previos formulados por escrito por GSC, que deberán ser atendidos por el adjudicatario en el plazo máximo de seis días tras la recepción del pedido o en el que hubiere ofertado el adjudicatario en su oferta si éste fuera menor. El plazo de suministro se expresa como un elemento esencial del contrato, constituyendo la prestación del mismo en plazo una cualidad fundamental del suministro.
Como única excepción al plazo de suministro establecido en la cláusula anterior, la previsión de unidades definidas en la cláusula tercera xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, se suministrará en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la notificación de la adjudicación definitiva del/los contrato/s.
El único departamento interno con potestad para efectuar los pedidos será la División Económica y de Servicios Sanitarios.
Las entregas de los bienes correspondientes a cada pedido se realizarán en el lugar designado por GSC, dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Canarias y será coincidente con las sedes de GSC.
Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las directrices de GSC, siendo de exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, puesta en funcionamiento o uso, de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega, tales como embalaje y seguridad ante arañazos o deterioros del bien y, en su caso, la retirada de los bienes usados de GSC, hasta el lugar y destino a convenir.
La entrega del material se efectuará acompañada de un albarán en el que se reflejarán, entre otros, los siguientes datos:
• Número xx xxxxxxx y expediente.
• Lugar de destino de los bienes y lugar de entrega.
• Suministro real que se efectúa con expresión clara de los siguientes datos: número de unidades, descripción, marca, modelo y número de serie (si lo tiene), su referencia y la valoración de cada elemento.
• Fecha de entrega.
• Datos completos del proveedor.
La firma xxx xxxxxxx de entrega del material no implica la aceptación del mismo,
ni en cantidad ni en calidad. El material quedará en depósito y sólo se considerará aceptado una vez efectuada la correspondiente inspección técnica con resultado positivo. El material defectuoso será devuelto al proveedor con portes a su cargo.
La recepción o conformidad del suministro, cuando se encuentre en buen estado, se efectuará dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de aquel, mediante la firma de un Acta de Verificación, único medio hábil de manifestación de conformidad con la entrega.
Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se le hará constar expresamente y se le dará instrucciones precisas al adjudicatario para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, GSC, antes de extinguirse el contrato, dejará los bienes objeto de suministro de cuenta del contratista, quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado.
Se establece una penalización del 1% diario sobre el importe total de cada pedido formulado, conforme a los precios que se hayan señalado contractualmente, en caso de incumplimiento en los plazos de entrega –que será de seis días o el que hubiere ofertado el contratista en su proposición, si fuera menor– o recepción incompleta, intervalo que empezará a contar a partir de la fecha de notificación del correspondiente pedido. Cada vez que las penalizaciones por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del valor del pedido, GSC estará facultada para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución, con imposición de nuevas penalidades.
La imposición de penalizaciones no excluye la indemnización a que pueda tener derecho GSC por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades que se le hubieran podido imponer al contratista o las indemnizaciones que éste haya satisfecho con cargo a la garantía constituida, el contratista deberá reponer o ampliar la misma en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución del contrato.
La constitución en xxxx del adjudicatario no requerirá intimación previa por parte de GSC.
15.- SUBROGACIÓN
Toda cesión por parte de la empresa adjudicataria de los derechos dimanantes del contrato adjudicado a favor de terceros será ineficaz frente a GSC, sin el consentimiento expreso de ésta.
La subrogación de un tercero en el contrato será posible siempre que cumpla, indefectiblemente todas las condiciones contractuales y técnicas aplicables y tendrá que ser aceptada con carácter previo y por escrito por GSC.
Si a lo largo del periodo de vigencia del contrato GSC considerase oportuno subrogar este contrato a favor de otras entidades, se garantizarán los derechos del adjudicatario y se realizará la novación subjetiva del contrato conforme a las normas comunes del Derecho Civil.
IV.- EJECUCION
16.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario, una vez establecido el oportuno contrato, se compromete a suministrar el material contratado con arreglo a las condiciones establecidas en estas Bases y en el contrato, así como las mejoras propuestas en la Oferta presentada en su momento, y dentro de los plazos establecidos en el mismo, con estricta observancia de las normas que a tal efecto establezca GSC.
El equipo humano y material requerido para la realización del suministro objeto del contrato, debe contar con todas las autorizaciones y homologaciones legalmente exigidas, debiendo cumplir las disposiciones vigentes que les correspondan para todos los elementos intervinientes de la contratación.
La ejecución del suministro se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse.
El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar en su caso, a GSC de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones.
Será por cuenta del contratista todos los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que sean causados a terceros por su personal, su maquinaria e instrumentos o como consecuencia de los trabajos propios del suministro, así como por retrasos u omisiones en la prestación del mismo. Para ello contará con un seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente para ello.
Deberán cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de prevención de riesgos laborales, de transportes y cuantas otras le correspondan.
El personal designado por la empresa adjudicataria para efectuar el suministro, así como los servicios incluidos en el objeto de estas bases se encontrará vinculado únicamente al adjudicatario, no existiendo relación laboral ni profesional alguna entre éste y GSC.
El adjudicatario estará obligado a informar a la Dirección Gerencia de GSC de cualquier huelga y/o incidencia que pudiera tener lugar por parte de su personal y que afecte al objeto de la contratación.
El adjudicatario asignará un interlocutor para los temas económico- administrativo y otro para los operativos, con quienes se relacionará GSC para aquellos aspectos puntuales que se precisen.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a GSC.
El personal designado, directa o indirectamente, por la empresa adjudicataria, tendrá el deber de guardar secreto respecto de toda aquella información que, con motivo de su relación con GSC pudiese tener alcance, responsabilizándose la empresa adjudicataria perjuicios que, con motivo del incumplimiento de este deber, se le ocasionasen a la aquélla.
La empresa adjudicataria tendrá la obligación de contar con stock suficiente de cuales quiera elementos, técnicos o de otra índole, en plaza para poder solventar, de forma inmediata, la reparación o sustitución de cualquiera de los ordenadores personales y estaciones de trabajo en caso de avería del cliente.
Asimismo, será obligación de la empresa adjudicataria prestar servicio técnico en ambas capitales de provincia.
17.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
Son de cuenta del adjudicatario todos los gastos derivados de la publicación de
la licitación en el DOUE, en el BOE, en el Boletín Oficial de Canarias por una sola vez, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Tanto en las ofertas presentadas por los ofertantes como en los importes de adjudicación, se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, a excepción del IGIC que deba ser soportado por el contratante, que se indicará como partida independiente.
Igualmente, se consideran incluidos en las ofertas y en el presupuesto de adjudicación, corriendo por cuenta del contratista, los arbitrios municipales.
18.- FACTURACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS
Los bienes suministrados serán facturados por el adjudicatario, una vez realizada la conformidad del suministro (mediante la firma de un Acta de Verificación).
En la factura deberá detallarse el concepto de “Suministro de Ordenadores Marca-Modelo---- Lote -- según Pedido nº ”, así como cuantos requisitos se establezcan en la normativa vigente respecto a la emisión de facturas.
Las facturas serán abonadas a los 60 días de su recepción, siendo requisito indispensable que la mercancía haya sido correctamente entregada y que se encuentre en perfecto funcionamiento, reflejándose ello en la correspondiente Acta de Verificación.
El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y GSC lleve a cabo la ejecución de dicho pago, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta el acuerdo de cesión.
V.- FINALIZACIÓN
Se entenderá finalizado el contrato si a su vencimiento o al de su primera prórroga no se hubiera acordado su renovación conforme a lo estipulado en el presente pliego. En todo caso, el contrato finalizará una vez agotado el plazo de ejecución del mismo.
19.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Una vez adjudicado el/los contrato/s objeto de la presente concurrencia, en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes de las presentes bases, mejoras en la oferta o de cualesquiera estipulaciones contenidas en el/los contrato/s que se suscriba, éstos podrán resolverse, corriendo todos los gastos que por ello se originen a cargo de la parte que haya incumplido sus obligaciones.
20.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse por razones de interés público y para atender a causas imprevistas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194, 202 y 272 de la LCSP. En tales casos, se estará a lo dispuesto en los arts. 140 y 202 de la LCSP.
21.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del presente contrato, además de las generales de la Ley y de los establecidos en los arts. 206 y 275 de la LCSP, los siguientes incumplimientos:
19.1. Del Contratista
Podrá ser causa de resolución del contrato, entre otras:
a) La transgresión de cualquier apartado contenido en las presentes Condiciones de concurrencia y del contrato que se formalice.
b) Deficiencia en la calidad de la prestación del suministro, tanto en las características técnicas de los bienes como en el plazo de entrega de aquellos.
c) Xxxxx de prestar servicio técnico en ambas provincias.
d) El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
GSC podrá optar entre exigir el cumplimiento íntegro o la resolución del contrato. En ambos casos será necesario denuncia o requerimiento previo y expreso manifestado al contratista por escrito con una antelación de 15 días a la fecha de extinción o, en su caso, a la fecha límite para cumplir la obligación incumplida. En ambos casos, el contratista deberá resarcir los daños y perjuicios causados por la perturbación del servicio, y en su caso el abono de
intereses.
En caso de resolución del contrato, cualquiera que fuera la causa, GSC podrá optar por realizar una nueva concurrencia o por adjudicar, previos los trámites pertinentes, la continuación de la ejecución del contrato al siguiente licitador o licitadores, si los hubiere, por orden de sus ofertas, siempre que estos estén conformes y con arreglo al contenido de dichas ofertas, sin que se excluya el trámite por procedimiento urgente que así se determine.
19.2. Del Contratante:
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato por parte de GSC determinará, con carácter general, el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen al contratista.
VII.- JURISDICCION
22.- JURISDICCIÓN
Sin perjuicio de la aplicación en cada caso de las normas procesales que tengan carácter imperativo, las partes en cuanto lo permita la legalidad aplicable al supuesto de que se trata, se someterán a los Juzgados y Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria en caso de litigio sobre la interpretación, ejecución y extinción del contrato, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
DOCUMENTO II: CONDICIONES TÉCNICAS
1.- JUSTIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA
La información técnica que, en base a lo indicado en los apartados posteriores precise justificación se efectuará mediante la aportación de los certificados, memoria o documento que en cada apartado se indique.
2.- CARACTERÍSTICAS GENERALES
Estos equipos informáticos deben reunir unas características específicas para poder ser de utilidad en la prestación de los servicios propios tanto del personal administrativo de GSC, como del que trabaja en las salas operativas del Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad CECOES-1-1-2 las 24 horas del día, los 365 días del año en condiciones de comodidad, seguridad y ergonomía, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de salud laboral.
En relación a posibles normas de calidad, el fabricante deberá disponer de, al menos, las siguientes certificaciones:
• Certificación de calidad en sistema de gestión medioambiental del fabricante (por ejemplo, ISO 14001 o equivalente)
• Ensayos relativos a calidad, demostrados documentalmente, y certificaciones de calidad del fabricante en procesos de producción, montaje y pruebas (por ejemplo, ISO 9001, o equivalente)
3.- CANTIDAD
La previsión inicial de unidades, según lote, es la siguiente: LOTE 1: 75
LOTE 2: 75
LOTE 3: 36
LOTE 4: 40
Las referidas unidades deberán ser suministradas en el plazo máximo de veinte días naturales contados desde la notificación de la adjudicación definitiva, según describe la cláusula número catorce de las condiciones económico- administrativas, salvo que el plazo ofertado por el adjudicatario sea menor.
Los restantes pedidos que se realicen se producirán en base a las necesidades eventuales que se produzcan en el transcurso del tiempo, si bien desde que se realice el pedido bien por vía telemática o fax, el tiempo máximo para la entrega de los mismos en el lugar que GSC designe seguirá las siguientes condiciones:
a) no podrá superar los 5 días hábiles a contar desde el siguiente día a la solicitud del pedido para pedidos inferiores a 6 equipos (Lotes 1 y 3) y 3 equipos (Lotes 2 y 4). Esto se aplicará para aquellos pedidos realizados con un intervalo mínimo de 15 días.
b) No podrá superar los 20 días naturales para pedidos superiores a lo reflejado en el apartado anterior, a contar desde el siguiente día a la solicitud
4.- CARACTERÍSTICAS DE LOS EQUIPOS
Debido a la diferencia de finalidades a las que serán destinados, así como el tiempo de uso previsible que registrarán los equipos, se divide la presente concurrencia en cuatro lotes de productos, que corresponden a las características básicas que se citan a continuación:
❖ LOTE 1. Se incluyen las estaciones de trabajo habitualmente utilizadas en todos los puestos de las Salas Operativas, así como en los puestos externos a las mismas que requieran de la conexión a esa misma red. Soportarán las aplicaciones básicas del servicio.
- Sistema operativo Windows XP Profesional SP3. En caso de versiones posteriores, se deberá proporcionar el software de “DownGrade” debidamente testeado en todos los “Drivers” necesarios para el correcto funcionamiento.
- Memória RAM: 4 Gb de RAM distribuída en 2 módulos como máximo.
- Tipo de Memoria: 800 Mhz no ECC DDR2
- Almacenamiento interno: 1 Disco duro SATA II de 500Gb
- Tarjeta Grafica: tarjeta gráfica con 256Mb de RAM (mínimo) y doble salida DVI y/o vga.
- Procesador: procesador con al menos 2 núcleos y con las siguientes características mínimas:
o 3 Ghz o superior (sin overclocking)
o 6 Mb de caché interna de un solo tipo. No se podrá sumar ambos tipos de caché a efectos de obtener los 6 Mb totales
o Proceso de fabricación de 45nn
o Apoyo por hardware a la virtualización
- Placa Base: plenamente compatible con tipo de procesador y memoria ofertados
- Bus frontal : A partir de 1.000 Mhz o superior
- 2 Pantallas TFT 22” ajustable en altura, con un máximo de 8 ms de refresco
- 6 puertos USB
- Tarjetas de Red: 2 Tarjetas Ethernet 10/100/1000. Al menos una de ellas con soporte para VLAN
- Audio: Sonido de alta definición integrado, sonido 3D con AC'97 Rev. 2.3 o equivalente
- Al menos 1 slot PCI libre
- Altavoces: preferentemente integrados
- Unidades ópticas: Unidad compacta DVD+/-RW (DL/DF)
- Teclado estándar USB
- Ratón USB óptico con Scroll
- Garantía: 3 Años de atención a domicilio .
❖ LOTE 2. Comprende las futuras estaciones de trabajo, a las que posiblemente se deba evolucionar en función de cambios sobre distintos aplicativos del Centro Coordinador.
- Sistema operativo: Windows Vista Business o Ultimate con actualización a Windows 7 garantizada (con igualdad de características)
- Fuente de alimentación: al menos, 700W silenciosa y de alta calidad.
- Memoria RAM: 4 Gb de RAM,
- Tipo de memoria: 800 Mhz no ECC DDR2
- Placa base plenamente compatible con los procesadores y tipos de memoria ofertados
- Almacenamiento interno: 2 Discos duros SATA II. Uno de 320 Gb y otro de 1 Tb. Disponibilidad para ampliación mínima de 4 discos duros en total
- Tarjetas gráfica NVIDIA GTX 280 con soporte para 2 monitores (según requisito exigido por aplicación PLATEA 4D de próxima implantación en las Salas Operativas)
- 1 slot PCI Express libre para soportar una segunda tarjeta gráfica si fuese necesario
- Al menos 1 slot PCI estándar libre
- Tarjetas de Red: 2 Tarjetas Ethernet 10/100/1000. Al menos una de ellas con soporte para VLAN
- Procesador procesador de 4 núcleos con las siguientes características mínimas:
o 2,8 Ghz
o 6 Mb de caché interna de um solo tipo
o Proceso de fabricación de 45 nn
o Apoyo por hardware a La virtualización
- Bus frontal: a partir de 1.000 Mhz
- 3 bahías externas de 5,25 pulg y 1 bahía externa de 3,5 pulg. para unidad de disquetes.
- Unidades ópticas: Unidad compacta DVD+/-RW (DL/DF
- Audio: Audio de alta definición integrado
- 6 puertos USB
- Teclado estándar USB de alta calidad
- Ratón USB con Scroll (óptico)
- 1 Pantalla TFT 24” ajustable en altura, con 8 ms como máximo de refresco y TCO 03 o superior
- Software: 1 licencia Microsoft Office 2007 que contenga, al menos: Word, Excel y PowePoint
- Garantía: 3 Años de atención a domicilio
❖ LOTE 3. Ordenadores administrativos.
⮚ Sistema Operativo: Windows XP Professional SP3 o Vista con DownGrade
⮚ Procesador: Núcleo múltiple de última generación de 45nm; Frecuencia mínima de 3000 Mhz.; Bus frontal de 1000 Mhz mínimo; Cache L2 de 2 Mb mínimo.
⮚ Software: Microsoft Office 2007 Basic o superior.
⮚ Memoria RAM: 4 Gb mínimo, distribuida en dos módulos máximo.
⮚ Tipo de Memoria: 800 MHz no ECC DDR II.
⮚ Unidad de almacenamiento: HDD 320 Gb, SATA a 7.200 RPM ó superior.
⮚ Unidades Ópticas: DVD +/- RW 8X ó superior.
⮚ Monitor: 22” panorámico o superior.
⮚ Tarjeta Gráfica: 256 Mb o superior
⮚ Tarjeta de Red: Ethernet 10/100/1000.
⮚ Altavoces: Externos, preferiblemente en un solo módulo.
⮚ Teclado: Multimedia con conexión USB.
⮚ Ratón: Laser inalámbrico.
⮚ Puertos: 6 USB externos mínimo.
⮚ Garantía: 3 Años de atención a domicilio.
⮚ Software y documentación en castellano.
❖ LOTE 4. Estaciones de Trabajo para MTSNU.
⮚ Sistema Operativo: Windows XP Professional SP3 o Vista con DownGrade
⮚ Chasis: Mini xxxxx x xxxxx.
⮚ Procesador: Núcleo cuádruple de última generación de 45nm; Frecuencia mínima de 2.600 Mhz.; Bus frontal de 1300 Mhz mínimo; Cache L2 de 3 Mb mínimo.
⮚ Software: Microsoft Office 2007 Basic o suerior.
⮚ Memoria RAM: 4 Gb dejándo algún slot libre.
⮚ Tipo de Memoria: 1.333 MHz ECC UDIMM.
⮚ Unidad de almacenamiento: HDD 500 Gb, SATA a 7.200 RPM ó superior.
⮚ Unidades Ópticas: DVD +/- RW 8X ó superior.
⮚ Monitor: 22” panorámico o superior.
⮚ Tarjeta Gráfica: 512 Mb mínimo, PCIe con salida para dos monitores.
⮚ Tarjeta de Red: 2 Ethernet 10/100/1000.
⮚ Altavoces: No se requieren.
⮚ Teclado: Multimedia con conexión USB.
⮚ Ratón: Láser inalámbrico.
⮚ Puertos: 6 USB externos mínimo.
⮚ Garantía: 3 Años de atención a domicilio.
⮚ Software y documentación en Castellano.
Será responsabilidad de el/los contratista/s, asegurar la completa compatibilidad de las configuraciones ofertadas, considerándose incluidas en el precio ofertado cuantas actualizaciones de hardware, software o firmware fuesen necesarias para el correcto funcionamiento del sistema resultante al máximo uso de sus capacidades físicas.
5.- GARANTÍA Y MANTENIMIENTO
A partir de la fecha de puesta en funcionamiento del bien correspondiente, que se hará constar en la correspondiente Acta de Verificación, dará comienzo el período de garantía del bien, accesorios y piezas de repuesto, que no podrá ser inferior a tres años.
Durante el periodo de garantía el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir.
Esta garantía deberá cubrir la sustitución de cualquier elemento defectuoso o que requiera sustitución por circunstancias ajenas a uso indebido por parte de GSC.
La sustitución de estos elementos se llevará a cabo preferentemente en las
instalaciones de GSC, no obstante, de resultar necesario efectuar la reparación fuera de las mismas, se procederá a la sustitución simultánea del equipo retirado por otro de idénticas características hasta que se entregue el original reparado.
La atención a las averías tendrá que efectuarse:
❖ Dentro de las 24 horas siguientes para el lote 1.
❖ Dentro de los dos días hábiles siguientes para el lote 2.
❖ Dentro del siguiente día hábil para los lotes 3 y 4.
Estos tiempos contarán desde la notificación de la incidencia, que se podrá realizar por fax o correo electrónico.
Exclusivamente a estos efectos, se considerarán hábiles los días de lunes a viernes, no designados como festivos en el calendario laboral de cada municipio en el que radique la sede de GSC de destino.
En caso de incidencias reiterativas sobre el mismo equipo, en un plazo inferior a dos meses, GSC podrá solicitar la sustitución definitiva del mismo por una nueva unidad.
Si GSC estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin pretendido podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista allí donde aquéllos se hallasen, notificando dicha circunstancia a éste y quedando GSC exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
6.- IDONEIDAD DE LA OFERTA
La oferta deberá adecuarse a los objetivos y necesidades de Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A.
Las ofertas deberán ser lo más precisas posibles y deberán contener, para proceder a su valoración, todos y cada uno de los puntos presentes en este pliego de condiciones técnicas, debiendo separarse e identificarse claramente
ANEXOS
A PRESENTAR (I)
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONCURRENCIA Y DECLARACIÓN GENERAL
EMPRESA: Nombre o razón social: Localidad: | Provincia: | Cod. Postal: |
Calle: Teléfono: C.I.F.: | Fax: | |
REPRESENTANTE LEGAL: DON de edad N.I.F. número en adelante identificado como | mayor En calidad de: |
Actúa por apoderamiento otorgado en Escritura:
EXPONE
Actuar en nombre y representación de la empresa mencionada, actuando con los correspondientes poderes legales, y estando interesados en participar en la concurrencia de ofertas convocadas al objeto de contratar el suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC.
SOLICITA
Participar en la Concurrencia de Ofertas realizada por GSC al objeto de contratar el suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC.
DECLARA
Que conoce las bases de la convocatoria de concurrencia de ofertas. Que dispone de los elementos necesarios para la contratación. Que se encuentra al corriente en sus obligaciones sociales y fiscales. Que el servicio ofertado lo será cumpliendo las correspondientes bases de convocatoria, el contrato de suministro de bienes y demás disposiciones vigentes para todos los sectores intervinientes en la prestación del servicio, así como la normativa interna de GSC aplicable.
Lo que firma en a de de .
Firma y sello.
A PRESENTAR (II)
▪ Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios Individuales, o Escritura Pública de Constitución -y modificación en su caso- cuando se trate de personas jurídicas.
▪ Documentación traducida al español de forma oficial y presentación de despacho por parte de la embajada del país relativo a la acreditación de capacidad para contratar y obligarse (empresas extranjeras).
▪ Número de Identificación Fiscal.
▪ Poder de representante (cuando el licitador actue por medio de él).
▪ Declaración Jurada de constituirse en Unión Temporal de Empresas, en el caso de que se trate de empresarios que presenten su oferta en tal sentido.
▪ Una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
▪ Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas. A tal efecto, los licitadores habrán de acreditar estar en posesión de las certificaciones de calidad de fabricante ISO 9001relativa a calidad en procesos de producción, montaje y pruebas, e ISO 14001 relativa a calidad en sistema de gestión medioambiental,. Estas certificaciones pueden ser sustituidas por otras equivalentes reconocidas en el ámbito geográfico de la Unión Europea, pero deberán estar referidas a los productos finales, y no a los componentes que los integren.
▪ Cuentas anuales, presentadas en el Registro Mercantil, correspondientes al último ejercicio económico cerrado, informe de auditoría en su caso, así como liquidación del Impuesto de Sociedades. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar,
como medio alternativo de acreditación, la declaración del IRPF correspondiente al último ejercicio económico cerrado.
▪ Recibos (IAE) y certificaciones, expedidas por los órganos correspondientes, relativas al cumplimiento de las obligaciones tributarias (Agencia Tributaria y Comunidad Autónoma Canaria) y con la Seguridad Social.
▪ Declaración jurada de comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello.
▪ Declaración Jurada (para empresas extranjeras) de someterse a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales españoles.
▪ Las pruebas de no estar incursos la empresa o empresario en una prohibición de contratar. Esta prueba podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa y, cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
▪ Características técnicas de la oferta.
▪ Declaración de las mejoras presentadas en la oferta.
▪ Documentación que se estime necesaria para la evaluación de los criterios contenidos en la Condición 12 de las presentes condiciones contractuales y técnicas.
Toda la documentación habrá de ser original o bien copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas, conforme a la normativa vigente en la materia.
ANEXO II : MEJORA DE DETERMINADOS PUNTOS DE LA BASE DE LA CONVOCATORIA Y ARGUMENTACIÓN.
A efectos de la valoración y grado de afectación sobre la calidad del servicio a prestar, se citan los aspectos que SE MEJORAN respecto de las bases de convocatoria: (Cítese: punto de la base, aspecto mejorado, motivo y argumentación).
Lo que firma en a de de .
Firma y sello.
ANEXO III: OFERTA ECONÓMICA
Por la prestación del servicio de suministro de ordenadores personales y estaciones de trabajo para GSC, en las condiciones descritas en la concurrencia de ofertas de la convocatoria, el precio objeto de esta propuesta asciende a la cantidad de (precios unitarios):
PRECIO NETO | IGIC [1] | PRECIO BRUTO |
LOTE 1
LOTE 2
LOTE 3
LOTE 4
[1] En el supuesto de licitadores exentos de repercutir IGIC deberá ponerse 0,00 euros.
En cualquier caso, los precios ofertados incluyen todos los gastos de material, mano de obra, gastos de desplazamientos, portes, gastos de aduanas, viajes, dietas y cuantos otros gastos se precisaran para la total y completa recepción final de los bienes a suministrar en las dependencias de GSC (según las directrices de la empresa contratante), exigidos al inicio y a lo largo de la vigencia del contrato para la realización del servicio. En los precios señalados se incluyen todos las tasas, arbitrios e impuestos, directos e indirectos, que le pudieran afectar, a excepción del IGIC.
Nota informativa:
Los licitadores exentos de repercutir IGIC deberán incluir en su proposición económica, junto con él importe del precio ofertado, la manifestación expresa de que el importe del impuesto a repercutir es cero, así como la mención expresa de las circunstancias que les exime de realizar la repercusión del impuesto, es decir, ser comerciante minorista, o cualquiera de las otras circunstancias previstas con tal efecto la normativa reguladora del impuesto.
Firma y sello