Contract
Entre los suscritos a saber, por una parte, XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No. 29.952.191, actuando en calidad de Representante Legal Suplente de la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A., FIDUCOLDEX, quien actúa única y exclusivamente como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD identificado bajo NIT. 830.054.060-5, constituido mediante el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 1292 celebrado entre Fiducoldex S.A., y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el día 30 de noviembre de 2023, comprometiendo única y exclusivamente el patrimonio del citado Fideicomiso, quien en adelante se denominará EL FONDO y/o FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, y por la otra, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 94.373.167, quien actúa en su calidad de Director General de INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE RECURSOS BIOLÓGICOS XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, identificado bajo NIT. 820.000.142-2, es una
corporación civil sin ánimo de lucro, de carácter público pero sometida a las reglas de derecho privado, vinculada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio propio, organizada según lo dispuesto en la Ley 29 de 1990 y el Decreto 393 de 1991, encargada de realizar investigación básica y aplicada sobre los recursos genéticos de la flora y la fauna nacionales y de levantar y formar el inventario científico de la biodiversidad en todo el territorio nacional., quien en adelante se denominará EL ALIADO, y quienes en conjunto se denominarán LAS PARTES, hemos convenido celebrar el presente CONVENIO, el cual se regirá por las cláusulas que se insertan a continuación, previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. Que la Ley 99 de 1993 le asigna al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la competencia para la formulación de políticas públicas ambientales, que abarcan aspectos de dirección y coordinación de procesos de planificación y ejecución de actividades en materia ambiental; definición de programas y proyectos para el saneamiento del medio ambiente o en relación con el manejo, aprovechamiento, conservación, recuperación o protección de los recursos naturales renovables y del medio ambiente; contratación de estudios de investigación y seguimiento de procesos ecológicos y ambientales; y administración de vehículos financieros como el Fondo Nacional Ambiental-FONAM, Fondo de Compensación Ambiental -FCA, entre otros fondos, como el ahora Fondo para la Vida y la Biodiversidad
2. El Sistema Nacional Ambiental - SINA se encuentra integrado por los siguientes componentes: i) Los principios y orientaciones generales contenidos en la Constitución Nacional, en la Ley 99 de 1993 y en la normatividad ambiental que la desarrolle. ii) La normatividad específica que no fue derogada por la Ley 99 de 1993 y la que se desarrolle en virtud de la Ley. iii) Las entidades del Estado responsables de la política y de la acción ambiental, señaladas en la Ley. iv) Las organizaciones comunitarias y no gubernamentales relacionadas con la problemática ambiental. v) Las fuentes y recursos económicos para el manejo y la recuperación del medio ambiente. vi) Las entidades públicas, privadas o mixtas que realizan actividades de producción de información, investigación científica y desarrollo tecnológico en el campo ambiental. (art. 4, Ley 99 de 1993).
3. Como cabeza del SINA y de la lectura integral de las funciones asignadas por la Ley 99 de 1993 al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible le corresponden la competencia de formulación de políticas públicas ambientales, para abarcar aspectos de dirección y coordinación de procesos de planificación y ejecución de actividades en materia ambiental; definición de programas y proyectos para el saneamiento del medio ambiente o en relación con el manejo, aprovechamiento, conservación, recuperación o protección de los recursos naturales renovables y del medio ambiente; contratación de estudios de investigación y seguimiento de procesos ecológicos y ambientales; y administración de vehículos financieros como el Fondo Nacional Ambiental – FONAM, Fondo de Compensación Ambiental – FCA, entre otros fondos, como el ahora Fondo para la Vida y la Biodiversidad.
4. En el contexto descrito se expidió el artículo 49 de la Ley 2277 de 2022 “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”, con el cual se modificó
el artículo 223 de la Ley 1819 de 2016, se creó el Fondo para la Sustentabilidad y la Resistencia Climática – FONSUREC – como un “Patrimonio Autónomo, adscrito al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible” y precisa que “sus recursos serán administrados por la sociedad fiduciaria que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible determine.
5. Dicho artículo definió la destinación específica del Impuesto Nacional al Carbono, para lo cual estableció que el 80% de los recursos que se recauden por concepto de este impuesto se destinarán, a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “al manejo de la erosión costera; la reducción de la deforestación y su monitoreo; la conservación xx xxxxxxx hídricas; la protección, preservación, restauración y uso sostenible de áreas y ecosistemas estratégicos a través de programas de reforestación, restauración, esquemas de Pago por Servicios Ambientales (PSA), priorizando los municipios PDET donde haya presencia de economías ilícitas, incentivos a la conservación, entre otros instrumentos; la promoción y fomento de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad; el financiamiento de las metas y medidas en materia de acción climática establecidas en la Ley 2169 de 2021, así como las previstas en la Contribución Determinada a Nivel Nacional de Colombia (NDC) sometida ante la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático, o cualquiera que la actualice o sustituya, de conformidad con los lineamientos que establezca el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible”. Sobre el particular dichos recursos, una vez ingresen al Fondo, se debe garantizar que su uso se enmarca en los temas habilitados por la ley.
Se establece que dichos recursos del recaudo del Impuesto Nacional al Carbono serán administrados a través del Fondo para la Sustentabilidad y la Resiliencia Climática -FONSUREC.
Se definió que “la selección de la sociedad fiduciaria, su contratación, así como los actos y contratos requeridos para la administración, distribución y ejecución de los recursos se regirá por las normas del derecho privado, observando en todo caso los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad”.
6. Que mediante el parágrafo 1º del artículo 49 de la Ley 2277 de 2022, que modificó el artículo 223 de la Ley 1819 de 2016, se dispuso lo siguiente:
“Créase el Fondo para la Sustentabilidad y la Resiliencia Climática (FONSUREC) como un Patrimonio Autónomo, adscrito al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y sus recursos serán administrados por la sociedad fiduciaria que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible determine. La selección de la sociedad fiduciaria, su contratación, así como los actos y contratos requeridos para la administración, distribución y ejecución de los recursos se regirá por las normas del derecho privado, observando en todo caso los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. El FONSUREC tendrá como mínimo un consejo directivo y un director ejecutivo. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentará la administración y funcionamiento del FONSUREC.” (Subrayado y negrilla fuera del texto).
7. Posteriormente, el artículo 196 de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, estipuló lo siguiente:
“El Fondo para la Sustentabilidad y la Resiliencia Climática (Fonsurec) de que trata el artículo 223 de la Ley 1819 de 2016 se denominará en adelante Fondo para la Vida y la Biodiversidad y tendrá por objeto articular, focalizar y financiar la ejecución de planes, programas y proyectos de índole nacional o territorial, encaminados a la acción y resiliencia climática, la gestión ambiental, la educación y participación ambiental y la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables; y la biodiversidad, así como las finalidades
establecidas para el Impuesto Nacional al Carbono en el inciso primero del artículo 223 de la Ley 1819
de 2016.” (Xxxxxxxxx y negrilla fuera del texto).
8. Consecuentemente se expidió el Decreto 1648 de 2023, “por el cual se adiciona el Capítulo 13 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 11 del Decreto 1076 de 2015 en lo relacionado con el Fondo para la Vida y la Biodiversidad”, en ese sentido, en esta normatividad se encuentra la reglamentación de sus órganos de gobierno y administración, así como los mecanismos para el ingreso, administración y ejecución de los recursos que lo integran. Además, se definieron aspectos relacionados con el negocio fiduciario, a través del cual se constituyó el patrimonio autónomo que administra los recursos del FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD.
9. Así las cosas, mediante la Resolución 1254 del 22 de noviembre de 2023 se adjudicó el proceso de licitación pública de derecho privado LP-DP-001-2023 a la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A.
– FIDUCOLDEX S.A., dando lugar a la celebración del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 1292 (056-2023 para FIDUCOLDEX S.A.), el día 30 de noviembre del año 2023, entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Fiduciaria mencionada, cuyo inicio de ejecución fue formalizado mediante acta de inicio de fecha 19 de diciembre de 2023, el cual a su vez cuenta con un Manual Operativo mediante el cual se regula la ejecución del Patrimonio Autónomo.
10. El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026, en su capítulo de Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática, propone que se implementará una estrategia de diversificación productiva y reconversión laboral con un enfoque territorial y diferencial, orientada a los empleos del sector minero y de hidrocarburos afectados por la transición energética. Por lo cual “se promoverán actividades alternativas en áreas altamente dependientes de actividades extractivas de fósiles, como el corredor de vida del departamento xxx Xxxxx”
11. En respuesta a este compromiso, en diciembre de 2022, el Gobierno Nacional, representado por varios ministerios y agencias, realizó el Diálogo Social xxx Xxxxxxxx de Xxxx xxx Xxxxx en la Jagua de Ibirico, en el que participaron más de 500 personas de diferentes sectores, incluyendo instituciones del Estado, empresas, academia, ONG, sindicatos y la comunidad. El Diálogo Social incluyó cinco mesas de trabajo sobre agua, suelos y biodiversidad, transición energética justa, desarrollo agropecuario, transición laboral y realidad social territorial.
12. En dicho Diálogo Social, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible lideró la mesa de agua, suelos y biodiversidad, en la cual se discutieron problemas asociados a la alta degradación socioambiental del departamento xxx Xxxxx. Como resultado de esta mesa, el Ministerio se comprometió a gestionar programas y proyectos que busquen soluciones a estos problemas a través del Fondo para la Vida y la Biodiversidad, creado por el Decreto 1648 del 2023, siendo el Programa xxx Xxxxxxxx de Xxxx xxx Xxxxx uno de los programas prioritarios a ser financiados.
13. Este Programa constituye entonces un esfuerzo para dar solución a los retos sociales, ambientales y económicos del departamento xxx Xxxxx, focalizándose en la Ecorregión Zapatosa-Perijá, particularmente en los municipios de La Jagua de Ibirico, Becerril, Chiriguaná, El Paso y Xxxxxxx Xxxxxxx, los cuales en conjunto eran anteriormente denominados como el "Corredor Xxxxxx xxx Xxxxx", y que en adelante son contemplados como el territorio objeto de intervención.
14. De acuerdo con lo anterior, el Programa xxx Xxxxxxxx de Xxxx xxx Xxxxx tiene como objetivo mejorar la sostenibilidad socioecológica xxx Xxxxxxxx de Xxxx xxx Xxxxx recuperando el capital natural y la resiliencia territorial mediante el fortalecimiento de la gobernanza ambiental, la promoción de servicios ecosistémicos, la transición a sistemas productivos sostenibles y la reducción de la dependencia de los municipios en la minería para su desarrollo.
15. En el diseño del Programa xxx Xxxxxxxx de Xxxx xxx Xxxxx, se contempló un horizonte de ejecución de nueve años, dividido en tres fases de tres años cada una. En la Fase I (2024-2026), el Programa se enfocará en establecer condiciones habilitantes, fortalecer capacidades locales y asegurar el financiamiento necesario. La Fase II (2027-2029) se centrará en impulsar y acelerar las acciones con el apoyo de las organizaciones fortalecidas y los recursos obtenidos en la Fase I. Finalmente, en la Fase III (2030-2032) se consolidará la sostenibilidad de las iniciativas del programa y permitirá un monitoreo participativo de los cambios ambientales, mejorando así las condiciones de vida en el corredor.
16. El proyecto “Pactos hacia la restauración socioecológica y la bioeconomía sostenible en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx” surge de la necesidad de coordinar, habilitar y hacer seguimiento a las acciones adelantadas en el marco de la Fase I del Programa Corredor de Xxxx xxx Xxxxx. En respuesta a esta necesidad, el Instituto formuló y estructuró este proyecto el cual con su implementación propone reducir los niveles de degradación socioecológica en el corredor de xxxx xxx Xxxxx a través de tres grandes componentes: gobernanza ambiental, restauración y bioeconomía, y seguimiento y monitoreo. Esto se logrará mediante un aumento en las acciones de recuperación y restauración del territorio, con la colaboración de organizaciones sociales, entidades públicas, gremios, sectores productivos y actores locales. También se buscará incrementar las iniciativas de restauración y bioeconomía en la región, así como generar capacidades para la gestión de datos e información, lo que facilitará el seguimiento y monitoreo de los indicadores de cambio ambiental con la participación activa de los actores locales.
17. El proyecto formulado fue presentado a la convocatoria del Fondo para la Vida y la Biodiversidad - FVB fondo el día 8 xx xxxxx de 2024. El proyecto radicado contó con un concepto favorable por parte del equipo evaluador del MADS, posteriormente fue sustentado en Consejo Directivo del Fondo el día 3 xx xxxx de 2024 y en la plenaria de comité fue aprobado según consta en el acta suscrita No. 007 de 2024.
18. Por tanto, mediante sesión ordinaria No. 23 día 06 de septiembre del 2024, el Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo Fondo para la Vida y la Biodiversidad, aprobó la celebración del presente CONVENIO conforme lo previamente mencionado.
19. De igual forma determino el Fideicomitente mediante sus estudios previos, la modalidad de selección del CONVENIO a celebrar corresponde al de contratación directa, conforme a lo regulado en el Manual Operativo en los numerales el numeral 7.1.2.2.1 CONVENIO basado en las calidades, especificaciones y características de los oferentes, y como recita su “literal e). 1
20. Para efectos de soportar presupuestalmente el valor del presente CONVENIO, se cuenta con el Documento de disponibilidad presupuestal No. 157-2024 expedido el 6 de septiembre del año 2024.
21. De acuerdo con lo anterior, las PARTES acuerdan suscribir el presente CONVENIO que se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por las normas del derecho privado que le sean aplicables, conforme se establece en las siguientes:
CLÁUSULAS
1 “e. Convenios y contratos: Los acuerdos de voluntad relacionados con el desarrollo de un plan, programa o proyecto específico, que se suscriben con entidades gremiales nacionales entidades sin ánimo de lucro, instituciones de educación superior, entre otros. Para el caso de los convenios, los aportes o contrapartidas de los asociados (en dinero o especie), quedarán regulados en cada negocio jurídico.”
CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO: AUNAR ESFUERZOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, JURÍDICOS, FINANCIEROS Y OPERATIVOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “PACTOS HACIA LA RESTAURACIÓN SOCIOECOLÓGICA Y LA BIOECONOMÍA SOSTENIBLE EN EL CORREDOR DE XXXX XXX XXXXX”, PARA CONTRIBUIR A LAS METAS ESTABLECIDAS EN EL “PROGRAMA CORREDOR DE XXXX XXX XXXXX” POR FASES, DE ACUERDO CON LA MISIONALIDAD DEL INSTITUTO HUMBOLDT”.
CLÁUSULA SEGUNDA - ALCANCE TÉCNICO DEL OBJETO: El proyecto tiene como objetivo contribuir, a lo largo de sus 30 meses de duración, a la implementación de procesos de restauración y/o reconversión, y seguimiento y/o monitoreo participativo en al menos 76,500 hectáreas de las 294,494 hectáreas con altos niveles de degradación ambiental asociadas al Corredor de Xxxx xxx Xxxxx, por lo cual se espera alcanzar un impacto positivo en alrededor del 26% del territorio en el cual se concentran los esfuerzos del proyecto “Pactos hacia la restauración socioecológica y la bioeconomía sostenible en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx”.
A continuación, se destacan las especificaciones técnicas más relevantes para cada uno de los objetivos específicos, los detalles se pueden encontrar en el anexo del documento técnico elaborado por El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx.
Objetivo 1. Aumentar las acciones de recuperación y restauración del territorio por parte de organizaciones sociales, entidades públicas, gremios y sectores productivos y actores locales.
Para generar condiciones habilitantes en el desarrollo de las acciones proyectadas para la transformación territorial hacia la sostenibilidad xxx xxxxxxxx de xxxx xxx Xxxxx, resulta fundamental entender el contexto territorial de la gobernanza ambiental para identificar las oportunidades y desafíos en la implementación de pactos sectoriales y acuerdos sociales. De esta suerte, se proyecta identificar y caracterizar los actores presentes en el corredor de vida y los procesos de gobernanza en los cuales se han generado espacios de diálogo para la toma de decisiones sobre los territorios. A través de una revisión xx xxxxxxx secundarias, y la recopilación de información primaria en campo, se espera actualizar una lectura territorial que permita conocer el entorno económico y social, y las acciones que se han llevado a cabo en el territorio por parte de la multiplicidad y diversidad de actores presentes, además de identificar las capacidades y voluntades actuales en términos de diálogo.
Estos procesos contribuirán a la generación de espacios de diálogo multiactor y multinivel para la consolidación de acuerdos de voluntades que promuevan la incorporación de criterios de sostenibilidad y acciones orientadas a la gestión integral de la biodiversidad y la transición socioecológica para la construcción de visiones compartidas del territorio a nivel sectorial y social. Todo lo anterior orientado a construir una visión conjunta de territorio, guiada por la consecución de acuerdos democráticos y sostenibles en el tiempo, para que, entre quienes hagan parte de estos procesos, se construyan relaciones en las que prime la confianza y la búsqueda de soluciones concertadas. Esta apuesta se materializa en agendas de trabajo que articulan las necesidades, intereses, expectativas y voluntades de los diferentes actores presentes en el territorio a partir de la implementación de acciones por parte del Ecosistema Institucional de capacidades xxx xxxxxxxx de xxxx xxx Xxxxx.
El diálogo constituye una herramienta fundamental para gestionar colectivamente procesos de cambio complejos. Es un proceso de interacción auténtica para comunicarse de manera específica y enfocada. Xxxxxx Xxxxx (2006) sostiene que esta manera de comunicación es una forma de “mediación transformativa” que invita a la construcción de acuerdos fundamentados en la imaginación y la creatividad, consensos que fortalecen la confianza entre los actores con el fin de superar sus dificultades. A través del diálogo los actores se escuchan y comprenden el uno al otro. De ahí que la escucha sea un elemento central, sin ella no existe un diálogo genuino. Esto permite que se puedan apreciar y comprender de manera recíproca las perspectivas individuales, colectivas e institucionales.
Por lo anterior se hace esencial la escucha activa para que cada actor entienda al otro, aun cuando no comparta la misma perspectiva de un tema o asunto. Además de la escucha, la formulación de preguntas para ampliar la comprensión del otro es algo crucial. La escucha activa y las buenas preguntas contribuyen de manera significativa a la consolidación de espacios que promueven el respeto por las diferencias y la aceptación de la discrepancia (Xxxxx Xxxxxx, 2017; Centro Xxxxxx para la Paz y el Diálogo, 2020; Fundación Futuro Latinoamericano, 2010). Los diálogos propuestos buscan generar espacios para: i) la identificación de problemas, conflictividades y posibles soluciones, ii) definición de acciones, acuerdos y compromisos y iii) la suscripción de las propuestas con los diferentes actores. Allí los diálogos invitan a indagar, explorar y descubrir, no discutir e intentar convencer a la otra parte de alternativas y mecanismos de coordinación.
Objetivo 2. Incrementar acciones para la restauración y bioeconomía en el corredor de xxxx xxx Xxxxx.
En el marco de las acciones de restauración ecológica que se llevan a cabo en el país, es necesario llevar un proceso que permita evidenciar que la inversión de esfuerzos ha sido satisfactorios y que efectivamente las áreas intervenidas presentan algún nivel de recuperación. Para ello, la planificación de la restauración es de vital importancia para que se defina una ruta clara de acciones que atiendan las dinámicas de disturbio de la zona de interés a nivel ecosistémico y los compartimentos de suelo, vegetación, agua y fauna.
De igual manera, la planificación de la restauración en la actualidad debe responder a metas ambiciosas que de manera más efectiva deben considerar una escala de paisaje y que impacten a nivel social con los cobeneficios que la restauración puede traer en temas económicos y de servicios ecosistémicos. Para ello, se considera un primer momento con tres grandes actividades de articulación y cocreación, la primera generar una línea base de actores, iniciativas, estado del paisaje y de la biodiversidad, para generar la ruta de trabajo conjunta para el área y que articule diferentes iniciativas existentes. Entre estas iniciativas damos especial énfasis al trabajo en red y escalamiento del viverismo en la región como oferta de material vegetal, pero más que todo como una estrategia de trabajo ecológico, social y económico con las comunidades locales, actuando como aulas vivas de conocimiento y articulación. Por otra parte, la articulación con los medios de vida y los beneficios para el bienestar local que brinda la biodiversidad y su restauración, son el motor que da viabilidad a estas acciones con las comunidades locales, en especial mujeres y niños.
La segunda actividad se enfoca en proponer las diferentes Soluciones Basadas en Naturaleza posibles de implementar para la restauración del paisaje y definir objetivos, metas e indicadores para un programa a largo plazo en la región, con las oportunidades que la restauración representa. El principio de las Soluciones Basadas en la Naturaleza, SbN, es ser costos eficientes en el tiempo y aprovechar las ventajas del uso conjugado de la naturaleza en infraestructura y sistemas productivos. En la actualidad este tema goza de una gran promoción para su aplicación, sin embargo es necesario poder contar un buen ejercicio de diagnóstico que justifique la elección de una u otra SbN. Es acá donde se piensa realizar un proceso conjugado entre las percepciones sociales recopiladas en la actividad 2.1., y lo identificado desde el componente técnico, para proponer portafolios de SbN como tipologías presentes en región, que puedan ser aplicadas a escala de paisaje y de predio. Bajo esta ruta de diagnóstico, se propondrá el Plan de Restauración para la zona, con una serie de objetivos, indicadores y cuantificadores para el seguimiento y monitoreo.
Una tercera actividad de construcción de capacidades en terreno en donde se buscará generar al inicio un programa de formador de formadores con la comunidad local y colegios/escuelas, mediante el desarrollo de un programa académico que genere capacidades para desarrollar temas en restauración y acciones asociadas (viverismo, medios de vida, bioeconomía, monitoreo), se busca poder capacitar cerca de 350 personas en región y dejar el programa consolidado para poder extenderlo a otras regiones con los mismos formatos. Dicho programa es inexistente en el país a nivel de educación no formal para la restauración, pero es un vacío que debe ser llenado para poder cumplir las ambiciosas metas de restauración. Además, se busca consolidar el trabajo en red de
académicos, Red Colombiana de Restauración, Institutos de Educación, Instituto Humboldt, implementadores y colegios, comunidad.
Ahora bien, en este contexto asociado con restauración, la bioeconomía surge como una alternativa para impulsar las transiciones socioecológicas hacia la sostenibilidad mientras se fortalece y diversifica la economía local haciendo uso sostenible de la biodiversidad. Esto implica que no solo debe discutirse aspectos biológicos y ecológicos para que se dé el proceso de descarbonización, sino también comprender la interdependencia entre sistemas sociales, ecológicos, económicos y tecnológicos para generar cambios positivos en el bienestar humano y no humano a nivel territorial.
Por ello, y con el ánimo de contribuir a la conservación o restauración de hábitats mientras se propende por el avance del conocimiento sobre biodiversidad, la valoración de medios de vida y al aumento de la participación social, se requiere y establece un enfoque de investigación y desarrollo sostenible que no solo busque la competitividad, sino también beneficios sociales y ambientales.
Es esencial establecer redes de valor basadas en el uso sostenible de la biodiversidad, que partan de los medios de vida locales y que busquen retornos adecuados a la conservación de los ecosistemas. Se debe entonces, reconocer los diversos sistemas de conocimientos locales y sus percepciones sobre los beneficios de la naturaleza, con el fin de promover modelos de gobernanza multinivel e inclusiva. Además, se debe seguir una estrategia de seguimiento que evalúe no solo el impacto económico, sino también la relación entre acciones locales y los límites planetarios, lo que requiere un enfoque intersectorial y transdisciplinario en investigación y desarrollo tecnológico que incluya a las comunidades, enmarcadas en procesos de innovación social y de innovación transformativa.
Para enfocar los esfuerzos en el desarrollo de una bioeconomía sostenible a nivel territorial, se han definido cuatro líneas de negocio basadas en los usos sostenibles de la biodiversidad que, aprovechando la experiencia investigativa y de trabajo comunitario del Instituto, podrían ofrecer alternativas de diversificación económica en territorios afectados por el inadecuado uso del capital natural y por actividades productivas manejadas de forma tradicional como la ganadería y los monocultivos. Estas líneas son ingredientes naturales, turismo, restauración productiva y ganadería sostenible y regenerativa. Con estas líneas de negocios, buscamos fortalecer y diversificar de manera sostenible las cadenas productivas regionales, de manera que se puedan mejorar las condiciones económicas y de bienestar en el territorio, ligados a la gestión integral y sostenible de la biodiversidad.
Objetivo 3. Generar mecanismos y fortalecer capacidades para la gestión de datos e información a través del seguimiento y monitoreo a los indicadores de cambio ambiental con los actores locales xxx xxxxxxxx de xxxx xxx Xxxxx.
El corredor de Xxxx xx Xxxxx carece de un sistema de monitoreo que permita hacer el seguimiento a los resultados de las acciones implementadas en la región para la conservación, manejo y restauración de la biodiversidad. La información sobre biodiversidad, sus usos y procesos de gobernanza es insuficiente o se encuentra dispersa en múltiples actores y medios que hacen imposible la generación de indicadores que den cuenta del cambio ambiental y que la información llegue a los diferentes actores territoriales que la requieren para soportar sus decisiones.
Este objetivo permitirá que el corredor de Xxxx xxx Xxxxx cuente con una red y un sistema de monitoreo de la biodiversidad que permite hacer el seguimiento a los cambios ambientales producto de las acciones de restauración, conservación y manejo de la biodiversidad que surjan de pactos sectoriales y acuerdos de restauración y conservación que se implementen mediante proyectos en esta región. Este objetivo tiene tres productos principales:
1. Generar un documento técnico que dé cuenta de la consolidación del plan de monitoreo y seguimiento y de los lineamientos para la gestión de datos e información. Este producto sentará las bases del monitoreo respondiendo a las preguntas: ¿qué monitorear? (objetivos, objetos, variables) y ¿cómo monitorear? (métodos, variables, sitios y actores). Respuestas que se obtendrán de manera participativa con los diferentes actores locales que producen y usan información sobre biodiversidad. Este producto incluye el diseño de las fichas metodológicas para la generación de indicadores de cambio ambiental.
2. Creación de sistemas de monitoreo de la biodiversidad, el cual establece una red de monitoreo (instituciones y personas) que comparten y siguen una serie de lineamientos para la gestión de datos e información y los implementan en sus territorios. En este producto se producen datos de biodiversidad, uso, gobernanza y bienestar y se fortalecen capacidades de los actores que componen la red en cuanto al monitoreo y uso de los datos.
3. Servicios de monitoreo de la biodiversidad en donde se procesan los datos, se calculan los indicadores y se generan los reportes a nivel regional, municipal y de comunidad. Así mismo se facilitan instrumentos informáticos para soportar la gestión de datos y producción de indicadores y se da acompañamiento a los diferentes actores que producen información de biodiversidad para la movilización de sus datos al sistema de información nacional.
El desarrollo de estos productos resulta en un sistema de monitoreo de biodiversidad consolidado que incorpora los elementos necesarios para operar a escalas regionales y locales, interopera con sistemas nacionales de información, y fortalece a actores de orden regional, municipal y a las comunidades locales al mejorar su capacidad de acceso y uso de la información sobre biodiversidad.
Con este objetivo se produce y dispone información sobre biodiversidad, usos, gobernanza y bienestar, fundamental para facilitar los espacios de diálogo, procesos de conservación, restauración y uso de la biodiversidad, así como para los procesos de ordenamiento territorial, respondiendo a las necesidades de información de los diferentes actores que gestionan la biodiversidad en el territorio.
El presente Xxxxxxxx permitirá avanzar en la ejecución de las metas físicas y ejecución financiera del Proyecto “Pactos hacia la restauración socioecológica y la bioeconomía sostenible en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx", inicialmente partiendo de la primera fase que corresponde al primer año de implementación. Las demás fases se irán incorporando conforme a la aprobación de los recursos del Consejo Directivo del Fondo para cada una de ellas.
PARÁGRAFO: Además de los objetivos aquí señalados, se entienden incorporados al presente instrumento el
“Alcance y especificaciones técnicas fase No.1 (12 meses)” descrito en los estudios previos.
CLÁUSULA TERCERA – COMPROMISOS DE LAS PARTES: Con ocasión del presente CONVENIO LAS PARTES se
comprometen a:
3.1. COMPROMISOS GENERALES DE LAS PARTES
3.1.1 Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, jurídicos, financieros y operativos, según sea el caso con el objeto de cumplir con el propósito trazado.
3.1.2 Cumplir con las obligaciones previstas en el presente Convenio.
3.1.3 Analizar, evaluar y dar las recomendaciones técnicas y administrativas necesarias para la ejecución de las actividades y cumplimiento del Convenio, según sea el caso.
3.1.4 Plantear soluciones técnicas a las anomalías que se presenten en el desarrollo del objeto del Convenio.
3.1.5 Realizar el seguimiento correspondiente a la ejecución de los recursos aportados.
3.1.6 Asistir a los comités, reuniones, sesiones y demás eventos a los que sea convocado para el seguimiento del proyecto “Pactos hacia la restauración socioecológica y la bioeconomía sostenible en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx.”
3.1.7 Adelantar los trámites para la liquidación del Convenio.
3.1.8 Definir los formatos de entrega de los insumos técnicos, informes y productos que se deriven del presente Convenio.
3.1.9 Las demás que por la naturaleza del presente Convenio le correspondan y garanticen su cabal y oportuna ejecución.
3.2. COMPROMISOS ESPECÍFICOS DEL FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD:
3.2.1. Realizar los aportes al ALIADO de los recursos económicos de acuerdo con la forma de desembolso establecida en el presente CONVENIO.
3.2.2. Realizar el seguimiento correspondiente a la ejecución de los recursos entregados al ALIADO.
3.2.3. Enviar al ALIADO y al Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible copia del CONVENIO firmado y legalizado por las PARTES.
3.2.4. A través del equipo técnico del FONDO prestar asistencia técnica necesaria para la ejecución del objeto del presente CONVENIO
3.2.5. Suministrar la información que requiera el ALIADO para el correcto desarrollo del CONVENIO, incluidos documentos técnicos a los que haya lugar respecto al Proyecto.
3.2.6. Participar a través de su delegado en los comités técnicos y acatar las decisiones del mismo.
3.2.7. Adelantar los trámites para la liquidación del CONVENIO.
3.2.8. Aprobar el Plan Operativo del Convenio que presente EL ALIADO
3.2.9. Adelantar los trámites para la liquidación del convenio.
3.2.10. Las demás que por la naturaleza del presente CONVENIO le correspondan y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.
3.3. COMPROMISOS DEL ALIADO:
3.3.1 Compromisos Generales:
3.3.1.1 Ejecutar en forma eficiente y oportuna el objeto del CONVENIO, de acuerdo con los términos previstos en este documento y lo ofrecido en la Propuesta.
3.3.1.2 Desarrollar con el mayor cuidado y dedicación el objeto contratado, coordinando y realizando las actividades necesarias para la satisfacción y cabal cumplimiento del mismo.
3.3.1.3 Cumplir con el cronograma previsto en caso de que corresponda, conforme a los tiempos y productos establecidos en el CONVENIO.
3.3.1.4 Presentar los informes de ejecución, soportes y/o productos, de conformidad con lo establecido en el
CONVENIO
3.3.1.5 Respetar los procesos y procedimientos del FONDO, para la presentación de las cuentas de cobro y demás trámites requeridos para el efecto.
3.3.1.6 Entregar los informes de las actividades ejecutadas al supervisor del CONVENIO, dentro de los plazos establecidos en la cláusula de productos y/o entregables, remitiendo copia de los mismos al FONDO. En todo caso queda entendido que el ALIADO deberá presentar aquellos informes de actividades que el supervisor del CONVENIO y/o el FONDO, solicite en cualquier momento en relación con la ejecución del objeto del CONVENIO.
3.3.1.7 Asistir a las reuniones a las que sea citado por supervisor, o el FONDO.
3.3.1.8 Atender cualquier requerimiento hecho por el FONDO sobre la ejecución del objeto de este CONVENIO.
3.3.1.9 Desplazarse al lugar en que se requiera para la ejecución del convenio (siempre que sea diferente al lugar de ejecución del CONVENIO), en cumplimiento del objeto contractual.
3.3.1.10 Al terminar el CONVENIO, ya sea de manera normal o anormal, el ALIADO deberá diligenciar el formato xx xxx y salvo de acuerdo con las indicaciones del Supervisor.
3.3.1.11 Informar por escrito oportunamente al Supervisor, en caso de presentarse alguna situación anormal en la ejecución de las actividades objeto del CONVENIO o cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar la ejecución del presente CONVENIO.
3.3.1.12 Informar oportunamente al FONDO acerca de cualquier cambio de dirección de notificación, o de su calidad tributaria. Es responsabilidad del ALIADO mantener actualizada su calidad tributaria, mientras esté vigente el presente CONVENIO, para efectos de la correcta realización de los pagos.
3.3.1.13 Cumplir con los requerimientos del FONDO en condiciones de calidad y oportunidad.
3.3.1.14 Asignar el personal técnico idóneo y con la suficiente experiencia para la ejecución objeto del presente CONVENIO Contar con la estructura organizacional y tecnológica necesaria para responder oportunamente a los requerimientos del FONDO, de acuerdo con lo presentado en la Propuesta, en el evento en que ello aplique.
3.3.1.15 Responder por los daños que ocasione su personal (en caso de que aplique si se prevé contratación de recurso humano a cargo del ALIADO), en el desarrollo del CONVENIO sobre la información, los bienes o el personal del FONDO, sin perjuicio de las garantías otorgadas.
3.3.1.16 Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga, por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la cual deberá manejarse con reserva. Solo salvo expreso requerimiento de autoridad competente podrá ser divulgada
3.3.1.17 Cumplir con todas las obligaciones legales que tenga frente al personal empleado (en caso de que aplique si se prevé contratación de recurso humano a cargo del ALIADO), para el cumplimiento del presente CONVENIO especialmente las de carácter laboral, lo cual incluye el pago de salarios, compensaciones, prestaciones sociales, seguridad social integral, indemnizaciones y aportes fiscales y parafiscales, pudiendo ser requerido en cualquier tiempo por del FONDO para que aporte las planillas que certifiquen los pagos.
3.3.1.18 Respetar los procesos y procedimientos del FONDO, para la presentación de facturas y demás trámites requeridos para el efecto.
3.3.1.19 El ALIADO informará al FONDO, todos los cambios en su entorno que afecten el negocio o la operación de su cliente, en forma oportuna.
3.3.1.20 En el evento en que el ALIADO sea requerido por una autoridad competente, para el suministro de información del FONDO deberá informar inmediatamente a éste, a fin de que el mismo pueda adoptar o establecer las medidas necesarias para garantizar tanto la confidencialidad de la información como el cuidado de ésta ante el requerimiento de dicha autoridad.
3.3.1.21 Mantener la confidencialidad de la información que le sea compartida sin divulgarla a terceros no autorizados. EL ALIADO se hará responsable ante los terceros y ante EL FONDO por la información que hubiere revelado de forma no autorizada por EL FONDO. Dar cumplimiento a lo estipulado en las políticas de Seguridad de la Información de EL FONDO, entre las cuales se encuentran:
a) Si para efecto de la ejecución del CONVENIO el ALIADO debe tener acceso a información sujeta a reserva de EL FONDO o administrada por éste, está se proporcionará con las medidas de seguridad necesarias, con el fin de que no pueda ser modificada o alterada por el ALIADO.
b) Al terminar el CONVENIO, el ALIADO deberá devolver la información entregada por EL FONDO o en su defecto destruirla previa autorización de éste y conforme a las políticas de destrucción de documentos.
c) Los colaboradores del ALIADO no podrán tener acceso a áreas o zonas seguras de EL FONDO. Sí fuera necesario su ingreso a determinadas áreas será necesario la autorización de un funcionario de EL FONDO el cual deberá acompañar al ALIADO durante el tiempo que este permanezca en dicha área.
d) Los colaboradores del ALIADO se anunciarán en la recepción de EL FONDO a su ingreso y salida, y registrarán los equipos necesarios para la realización de las actividades que deban realizar al interior de sus instalaciones.
e) No revelará a terceros la información de carácter confidencial y de la cual se haya advertido su calidad de confidencial de manera preliminar, a la que tenga acceso durante la ejecución del convenio.
f) El ALIADO se obliga a informar a EL FONDO sobre cualquier violación a la seguridad de la información que afecte sus operaciones o sus negocios.
g) EL ALIADO comunicará a EL FONDO los planes de tratamiento que contempla ante posibles violaciones de la seguridad y los tiempos en que tendrán efecto esas acciones.
h) El ALIADO informará a EL FONDO, todos los cambios en su entorno que afecten el negocio o la operación de su cliente, en forma oportuna.
i) El ALIADO comunicará a EL FONDO los cambios o modificaciones programados de los servicios prestados, los cuales serán previamente autorizados por la Fiduciaria. Los cambios serán documentados por el CONTRATISTA.
j) El ALIADO puede tener la necesidad de aplicar a otras organizaciones con las que suscriba acuerdos, las mismas políticas y condiciones que a él le ha impuesto EL FONDO, en la medida en la que se conforme una cadena de suministro.
k) El ALIADO comunicará al FONDO los planes de tratamiento que contempla ante posibles violaciones de la seguridad y los tiempos en que tendrán efecto esas acciones.
l) En el evento en que el ALIADO sea requerido por una autoridad, para el suministro de información del EL FONDO, deberá informar inmediatamente al EL FONDO a fin de que este pueda adoptar o establecer las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad de la información ante el requerimiento de las autoridades.
3.3.1.22 Las demás obligaciones que contribuyan a garantizar el cabal cumplimiento, ejecución y finalización del presente CONVENIO que sean propias de este tipo de convenios de acuerdo con la ley o que aparezcan consignadas en otras cláusulas de este documento o sus anexos.
3.3.2. Compromisos Específicos:
3.3.2.1. Cumplir el objeto pactado en el presente convenio, las especificaciones técnicas previstas en los estudios previos, la propuesta presentada y los aspectos técnicos pertinentes y anexo técnico si aplica, para la ejecución idónea.
3.3.2.2. Realizar los aportes en especie de acuerdo con lo establecido en el presente Convenio.
3.3.2.3. Elaborar y suscribir los contratos derivados con cargo al presupuesto desembolsado a favor del Instituto que sean necesarios para ejecutar las actividades operativas requeridas para la realización del objeto del presente Convenio, los cuales serán utilizados exclusivamente para la ejecución de actividades propias del convenio durante su plazo.
3.3.2.4. Cumplir con las condiciones técnicas y económicas presentadas en su propuesta y garantizar su ejecución dando pleno cumplimiento a los lineamientos y políticas establecidos por El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD en calidad de conveniente y a las instrucciones que éste imparta a través del supervisor.
3.3.2.5. Presentar los informes o documentos técnicos de acuerdo con lo establecido en el convenio dentro de los plazos pactados.
3.3.2.6. Formular y presentar al Fondo el Plan Operativo detallado para la ejecución del convenio, el cual debe contener el plan de inversión de los recursos del convenio y el cronograma de actividades se deberá presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del presente Convenio.
3.3.2.7. Permitir que las partes verifiquen el cumplimiento, funcionamiento, los registros y documentos pertinentes relacionados con la ejecución de las actividades del Convenio.
3.3.2.8. Mantener políticas y procedimientos adecuados para que las partes puedan, conforme a los indicadores definidos, monitorear y evaluar el avance en las actividades y el logro de los objetivos del Proyecto.
3.3.2.9. Mantener todos los soportes disponibles y facilitar el acceso a las revisiones jurídicas y del plan de inversiones que se consideren pertinentes.
3.3.2.10. Designar un representante para conformar el Comité Técnico del Convenio, durante los 5 días hábiles siguientes a la suscripción y perfeccionamiento del mismo.
3.3.2.11. Reportar al supervisor del convenio, de manera inmediata, cualquier novedad o anomalía que afecte la ejecución del convenio.
3.3.2.12. Disponer de una cuenta bancaria corriente para el manejo exclusivo de los aportes desembolsados o llevar contabilidad independiente de los recursos del convenio y devolver los rendimientos financieros del convenio en caso de que se lleguen a generar.
3.3.2.13. Ejecutar los recursos de acuerdo con lo establecido en el presupuesto del convenio.
3.3.2.14. Aportar al desarrollo del convenio los recursos comprometidos como contrapartida y presentar soportes de ejecución.
3.3.2.15. Conformar y disponer en forma permanente de un equipo profesional y técnico idóneo y garantizar su dedicación que atienda el cumplimiento de los compromisos del Convenio, durante su ejecución y hasta su liquidación.
3.3.2.16. Reintegrar los recursos si al vencimiento del Convenio no se ejecuta la totalidad de los aportes del El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, el INSTITUTO HUMBOLDT efectuará el reintegro al FONDO de los recursos que no se ejecutaron, incluidos los rendimientos financieros en caso de que la cuenta bancaria los genere, según las instrucciones del Supervisor del Convenio.
3.3.2.17. Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud, pensiones y aportes parafiscales, cuando haya lugar, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en la Ley 828 de 2003, en la Ley 1562 de 2012 y demás normas que las modifiquen.
3.3.2.18. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúan por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas el asociado deberá informar inmediatamente de su ocurrencia y a las demás autoridades correspondientes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos podrá dar lugar a la declaratoria de incumplimiento e imposición de las sanciones a que haya lugar.
3.3.2.19. Concurrir a la liquidación del convenio, presentando todos los documentos y gestiones a que haya lugar para dicho trámite.
3.3.2.20. Disponer la información para asegurar que sea accesible, confiable y oportuna, con el propósito de obtener la interoperabilidad entre los sistemas de información y seguimiento ambiental.
3.3.2.21. Garantizar la calidad técnica de los productos a través de una adecuada supervisión técnica.
3.3.2.22. Asistir a los comités, reuniones, sesiones y demás eventos a los que sea convocado para el seguimiento del proyecto “Pactos hacia la restauración socioecológica y la bioeconomía sostenible en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx.”
3.3.2.23. Las demás inherentes al objeto y a la naturaleza del convenio y aquellas indicadas por el Supervisor para el cabal cumplimiento del objeto del convenio.
PARÁGRAFO: En todo caso queda entendido que FIDUCOLDEX S.A., COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD estará obligada a efectuar la gestión encomendada conforme a las instrucciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como único FIDEICOMITENTE del FONDO, por ende, los límites de sus obligaciones consisten en manera exclusiva y limitante a las instrucciones que el mismo imparta, relacionadas a la administración de los recursos, tendientes a dar cumplimiento al objeto del contrato xx xxxxxxx constitutivo del FONDO.
CLÁUSULA CUARTA– DURACIÓN: El plazo de ejecución del CONVENIO será de doce (12) meses correspondientes a la fase No. 1 del proyecto, contados a partir de los requisitos de perfeccionamiento establecidos en el presente CONVENIO.
Este plazo podrá ser prorrogado por LAS PARTES de común acuerdo mediante la suscripción del correspondiente otrosí, y de conformidad con la incorporación de los recursos que se aprueben por el Consejo Directivo.
CLÁUSULA QUINTA– VALOR DEL CONVENIO, APORTES DE LAS PARTES, Y FORMA DE DESEMBOLSO:
5.1. VALOR DEL CONVENIO: El valor del CONVENIO corresponde a la suma de CATORCE MIL SETECIENTOS DIECISÉIS MILLONES NOVENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS MCTE ($00.000.000.000).
PARÁGRAFO PRIMERO: Si durante la ejecución del proyecto, es necesario la modificación del presupuesto, el mismo se podrá realizar con aprobación del Comité Técnico, sin que el mismo implique suscripción de otrosí o modificación del CONVENIO, siempre y cuando no afecte el valor total establecido para el presente CONVENIO.
PARÁGRAFO SEGUNDO. RECURSOS NO EJECUTADOS: Los recursos que no se ejecuten del FONDO pertenecen a este Patrimonio Autónomo y serán reintegrados al FONDO una vez suscrita la respectiva acta de liquidación por las PARTES.
PARÁGRAFO TÉRCERO. RENDIMIENTOS: A la terminación del presente CONVENIO, en el evento que se generen rendimientos financieros de los recursos aportados por el FONDO, estos pertenecen al patrimonio autónomo y serán devueltos por parte del EL ALIADO a la cuenta que indique el FONDO para tal fin.
5.2. APORTES DE LAS PARTES: Los aportes de las partes para la ejecución del Convenio se realizarán de la siguiente manera:
1. El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD aportará TRECE MIL SEISCIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS MCTE. ($00.000.000.000). De los cuales TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS MCTE ($393.948.358), serán destinados por EL FONDO al apoyo a la Supervisión del convenio y TRECE MIL DOSCIENTOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS MCTE ($00.000.000.000) serán desembolsados al ALIADO, los cuales serán destinados para las contrataciones necesarias para ejecutar las actividades requeridas para la realización del objeto del Convenio.
2. El ALIADO aportará en especie la suma equivalente a MIL CIENTO SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE ($1.106.688.880) como contrapartida, según certificado de contrapartida, correspondiente a recursos administrativos, jurídicos, tecnológicos, logísticos y el talento humano necesario para la cabal ejecución del objeto del Convenio así:
ACTIVIDAD | VALOR |
1.1 Identificar actores, conflictos socioambientales y espacios de diálogo multisectoriales | $235.461.729 |
1.2 Generar espacios de diálogo para la concertación de pactos sectoriales | $0,00 |
1.3 Construir agendas regionales de gestión sectorial para la implementación de acciones | $0,00 |
2.1 Desarrollar espacios de aprestamiento para la construcción de la estrategia de restauración | $305.398.057 |
2.2 Construir la estrategia de Restauración participativa e intercultural | $0,00 | |
2.3 Fortalecer las capacidades de las comunidades en técnicas de restauración, sistemas productivos y viveros comunitarios, modos de vida y bienestar, monitoreo y bioeconomía | $0,00 | |
2.4 Identificar oportunidades que permitan fortalecer las cadenas y redes de valor, y negocios sostenibles a través del aprovechamiento del capital natural / uso sostenible de la biodiversidad | $36.236.677 | |
2.5 Desarrollar una oferta de valor a partir de la cocreación de una ruta de turismo científico de naturaleza para el corredor de xxxx xxx Xxxxx | $60.695.096 | |
2.6 Fomentar procesos de innovación para el fortalecimiento de redes y cadenas de valor basadas los usos sostenibles de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos que permitan la diversificación y agregación de valor de las economías rurales/populares | $0,00 | |
2.7 Generar mecanismos de articulación entre la oferta y la demanda de bienes y servicios producidos localmente derivados de usos sostenibles de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos que permitan la diversificación y agregación de valor de las economías rurales/populares. | $0,00 | |
2.8 Desarrollar espacios de cocreación y dinamización de mecanismos de inversión con multi actores, que movilice la financiación y transición de proyectos económicos en el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx | $33.022.226 | |
2.9 Generar e implementar una ruta participativa con las comunidades y otros actores, para la implementación de incentivos para la conservación | $33.022.226 | |
2.10 Desarrollar y validar guías metodológicas que fomenten la promoción de los mecanismos financieros y de mercados y la apropiación de las comunidades en procesos productivos | $0,00 | |
2.11 Fortalecer en finanzas y mercados a las cadenas de valor de Bioeconomía y Restauración priorizadas con las comunidades | $4.505.286 | |
3.1 Consolidar un plan de monitoreo y seguimiento que incluya el diseño de las fichas metodológicas para la generación de indicadores de cambio ambiental | $62.248.183 | |
3.2 Consolidar lineamientos para generada en el proyecto | la gestión de datos e información | $69.905.224 |
3.3 Establecer la red y sistema escala regional | de monitoreo de biodiversidad a | $66.808.948 |
3.4 Desarrollar actividades para que fortalezca a la red y al sistema | la transferencia de capacidades de monitoreo a escala regional | $39.272.653 |
3.5 Preprocesar los datos que alimentarán los indicadores de cambio ambiental | $38.698.416 | |
3.6 Calcular y reportar los indicadores de cambio ambiental. | $30.371.515 |
3.7 Facilitar instrumentos y mecanismos para el monitoreo y gestión de datos e información y transferencia de capacidades | $30.347.548 |
3.8 Movilizar los datos e información sobre biodiversidad generada en el proyecto y aquella generada por organizaciones locales en el territorio | $60.695.096 |
TOTAL | $1.106.688.880 |
5.3. FORMA DE DESEMBOLSO: EL FONDO desembolsará a favor del ALIADO, para la ejecución de las actividades previstas en el objeto del presente convenio, la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y SIETE PESOS MCTE ($00.000.000.000) en cuatro
(4) desembolsos de la siguiente manera:
PRIMER DESEMBOLSO: Un primer desembolso posterior a la suscripción del convenio, correspondiente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de los aportes de El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, por la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($5.286.181.255), previa entrega y recibo a satisfacción de:
• El plan de inversión de los recursos del convenio.
• Cronograma detallado de actividades.
SEGUNDO DESEMBOLSO: Un segundo desembolso, correspondiente al TREINTA POR CIENTO (30%) del valor de los aportes de El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, por la suma de TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS M/CTE. ($
3.964.635.941), previa entrega y recibo a satisfacción:
• Informe técnico de las actividades realizadas - Trimestre I
• Informe financiero de la ejecución de los recursos financieros otorgados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad trimestre I
TERCER DESEMBOLSO: Un tercer desembolso, correspondiente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del valor de los aportes de El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD SOSTENIBLE, por un monto de TRES MIL TRESCIENTOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS
M/CTE ($ 3.303.863.284), previa entrega y recibo a satisfacción:
• Informe técnico de las actividades realizadas - Trimestre II
• Informe financiero de la ejecución de los recursos financieros otorgados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad trimestre II
CUARTO DESEMBOLSO: Un cuarto desembolso, correspondiente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor de los aportes de El FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 660.772.657), previa
entrega y recibo a satisfacción:
• Informe técnico de las actividades realizadas - Trimestre III
• Informe financiero de la ejecución de los recursos financieros otorgados por el Fondo para la Vida y la Biodiversidad trimestre III
PARÁGRAFO PRIMERO: Los desembolsos que efectué el FONDO en favor del ALIADO se harán a la cuenta bancaria abierta para tal efecto por dicha entidad, la cual será responsable de la ejecución de los compromisos las actividades del CONVENIO.
Considerando la naturaleza de la fuente de los recursos, el ALIADO deberá dar un adecuado manejo y administración de los recursos públicos allí depositados y realizará todas las actividades y labores tendientes a la buena administración e inversión de los mismos bajo los principios de la función pública, administrativa, presupuestal y de la responsabilidad fiscal.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los recursos aportados en este CONVENIO deberán destinarse, única y exclusivamente para el desarrollo del objeto y actividades de este y hasta el monto otorgado para su realización, conforme al presupuesto detallado anexo.
PARÁGRAFO TERCERO: El valor final del CONVENIO corresponderá a la ejecución de las actividades propias del CONVENIO y los productos que aquí se relacionan ó a la suma de las adiciones presupuestales que se realicen al mismo, las cuales en todo caso se formalizarán a través del correspondiente otrosí al presente CONVENIO. En caso de terminación anticipada o suspensión del CONVENIO, sólo habrá lugar al desembolsode las actividades efectivamente realizadas por las partes.
PARÁGRAFO CUARTO: No obstante, el valor del CONVENIO podrá ser adicionado a través de otros recursos y por otras fuentes, con la aprobación de las PARTES, mediante la respectiva firma de OTROSÍ por los representantes legales de las PARTES.
PARÁGRAFO QUINTO: Los recursos aportados por el FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD no forman parte de la garantía general de los acreedores del ALIADO y sólo garantizan compromisos contraídos en el cumplimiento de la finalidad perseguida con este CONVENIO, por lo tanto, l los compromisos que se contraigan en cumplimiento del objeto e instrucciones de este CONVENIO están amparados exclusivamente por los recursos aportados para el desarrollo de este.
PARÁGRAFO SEXTO: EL ALIADO conoce y acepta que se encuentra obligado a la devolución de la totalidad de los recursos que hayan sido desembolsados y que no hayan sido ejecutados en el desarrollo del CONVENIO, treinta
(30) días después de finalizado el CONVENIO a la cuenta que para tal efecto indique el FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD, junto con los rendimientos financieros generados en caso de que se generen de los recursos desembolsados al ALIADO por el FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD.
PARÁGRAFO SÉPTIMO: El valor del presente CONVENIO comprende todos los costos y gastos en que incurra EL ALIADO para cumplir con el objeto del CONVENIO, y las obligaciones derivadas del mismo de conformidad con la propuesta presentada, incluyendo aquellos relacionados con transporte terrestre, aéreo o fluvial, alimentación, alojamiento, costos de soporte de herramientas tecnológicas, gastos administrativos y logísticos, entre otros, por lo que, no habrá lugar a reconocimientos adicionales. Por lo anterior, queda entendido que no se podrá adquirir con los recursos del FONDO equipos o bienes que no se hayan previsto en el presupuesto detallado anexo, con cargo a los recursos del CONVENIO.
PARÁGRAFO OCTAVO: EL ALIADO destinará los recursos económicos que conformen el CONVENIO única y exclusivamente para el desarrollo del objeto y actividades de éste.
PARÁGRAFO NOVENO: Las sumas de dinero que FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD transfiera al ALIADO no constituyen subsidio de ninguna clase, teniendo en cuenta la finalidad contractual que se encuentra alineada al desarrollo misional de las PARTES.
PARÁGRAFO DÉCIMO: En todo caso, los pagos estarán sujetos a los desembolsos de la Dirección xxx Xxxxxx Nacional y a la correspondiente disponibilidad y desembolsos hechos del Programa Anual de Caja (PAC) asignado, cuyo trámite corresponde al director ejecutivo del FONDO.
PARÁGRAFO DÉCIMO PRIMERO - DISPONIBILIDAD DE LOS RECURSOS: Los desembolsos del presente CONVENIO se realizarán con cargo a los recursos del Patrimonio Autónomo Fondo para la Vida y la Biodiversidad y hasta concurrencia de estos. Todo pago está sujeto a la disposición de los recursos transferidos al Patrimonio Autónomo Fondo para la Vida y la Biodiversidad, por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. En todo caso, en el evento de insuficiencia de recursos en el Patrimonio Autónomo, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en su calidad de FIDEICOMITENTE, deberá asumir directamente el pago de este CONVENIO.
CLÁUSULA SEXTA – PRODUCTOS Y/O ENTREGABLES: Los entregables del convenio corresponden a los mencionados entregables en la cláusula quinta anterior, así como aquellos descritos en el numeral 2, página 33 y siguientes del documento de estudios previos .
CLÁUSULA SÉPTIMA - COMITÉ TÉCNICO: Para los efectos relativos a la operación del Convenio el cual se ejecutará por fases, funcionará un Comité Técnico integrado por:
1. Directivo o delegado de la respectiva área técnica del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
2. Un (1) representante del aliado
3. Director o Directora del Fondo y/o su representante.
El Comité tendrá como obligación adelantar las siguientes funciones:
1. Verificar la coherencia entre los objetivos del proyecto y el plan operativo, plan de adquisiciones y el cronograma del proyecto para la primera fase.
2. Evaluar el progreso del proyecto en relación con el alcance, tiempo y costo y direccionar la ruta operativa técnica para el cumplimiento del objeto de la fase 1, dando los lineamientos generales a que haya lugar.
3. Identificar las posibles desviaciones o riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos.
4. Xxxxx por la integridad técnica del convenio en las decisiones que se adopten.
5. Tomar decisiones de carácter procedimental o de cualquier otra índole que se requieran para la adecuada marcha del convenio de acuerdo con las recomendaciones del equipo de apoyo de las entidades vinculadas.
6. Dirimir las controversias técnicas que se presenten en el desarrollo del objeto del convenio.
7. Comunicar al supervisor del convenio las anomalías técnicas que puedan presentarse durante la ejecución del objeto convenio.
8. Reunirse mensualmente, para decidir, orientar, definir aspectos técnicos directamente relacionados con el desarrollo del objeto del convenio.
9. Levantar, aprobar y firmar las actas de reuniones del Comité Técnico.
10. Verificar el cierre del proyecto de conformidad con los requisitos y estándares definidos.
11. Revisar y aprobar los formatos requeridos en la ejecución del convenio.
11. Las demás que se originen en el desarrollo del convenio.
PARÁGRAFO PRIMERO: El Comité Técnico funcionará en cada una de las fases y dentro de la ejecución del Convenio.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La secretaría técnica del Comité Técnico será ejercida por el Instituto Humboldt, el cual realizará las citaciones y elaboración de actas y archivo de manera consecutiva y cronológica. Dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes de la reunión convocada, la Secretaría Técnica deberá enviar a los demás miembros del
comité y los supervisores del Convenio el acta correspondiente y demás documentos que se generen en el marco de cada sesión.
PARÁGRAFO TERCERO: El comité técnico no podrá modificar las condiciones pactadas en el Convenio, ni adicionar recursos y acotar el alcance de las actividades previstas en el mismo.
PARÁGRAFO CUARTO: El Comité Técnico se reunirá previa citación y extraordinariamente cuando se estime conveniente, por convocatoria de su secretario o por solicitud de alguno(s) de su(s) integrante(s). El quórum para que pueda deliberar el citado Comité se constituirá por la totalidad de sus miembros y adoptará sus decisiones por unanimidad; y sus decisiones se harán constar en actas suscritas por quien en él intervienen. A este comité podrán ser invitados las personas naturales o jurídicas que sus miembros requieran, quienes podrán intervenir en sus sesiones con voz, pero sin voto, siempre que la invitación verse sobre asuntos de interés del Convenio.
CLÁUSULA OCTAVA. SUPERVISIÓN: La supervisión y control de la ejecución del objeto del Convenio se realizará de la siguiente manera:
● POR PARTE DEL INSTITUTO HUMBOLDT: La supervisión y control de la ejecución, será ejercida por los funcionarios que éste designe.
● POR PARTE DEL FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD: La supervisión y control de la ejecución del Convenio será realizada por el Director Ejecutivo del FONDO contratado o por el personal que sea contratado por el Patrimonio Autónomo con cargo a los recursos de este último, con base a las instrucciones que imparta el Fideicomitente.
El supervisor no podrá adoptar decisiones que impliquen la modificación de las condiciones previstas en el convenio, las cuales únicamente podrán ser adoptadas por los ordenadores del gasto de LAS PARTES, mediante la suscripción de las correspondientes modificaciones al convenio.
La supervisión consiste en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico, sobre el cumplimiento del objeto del convenio. En ese sentido quienes ejerzan la supervisión se encuentran facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución y son responsables por mantener a las entidades respectivas informadas de los hechos y circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados en conductas punibles, o que puedan poner en riesgo el cumplimiento del convenio. Los supervisores, entre otras tendrán, las siguientes funciones:
1. Verificar el pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensiones, riesgos laborales y/o aportes parafiscales, si a ello hubiere lugar, conforme a los términos del convenio.
2. Vigilar la realización de las actividades del convenio conforme a lo establecido en el mismo.
3. Solicitar oportunamente cualquier modificación del convenio e indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que la justifiquen.
4. Presentar el informe periódico de supervisión, en el que conste la verificación de la ejecución del convenio conforme los documentos del mismo.
5. En el evento en que se requiera, proyectar el acta de liquidación del convenio. El supervisor presentará un informe final y el recibo a satisfacción de los documentos e informes, por cada uno de los pagos realizados al ALIADO.
6. El supervisor deberá verificar, en el caso que aplique, si los bienes utilizados por la entidad ejecutora se encuentran en debido estado de conservación.
7. En caso de renuncia, encargo y cualquier otra situación administrativa que impida la debida supervisión del presente convenio, el supervisor deberá previamente notificar al Director Ejecutivo del Fondo y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de tal situación, aportando el acta de seguimiento y estado en que se encuentra la supervisión.
8. Teniendo en cuenta que la supervisión se encuentre designada en el cargo, cuando se presente cambio de supervisión por renuncia o terminación del encargo, quien la entrega deberá realizar al nuevo supervisor, un informe del estado actual del convenio, señalando el grado de cumplimiento de los compromisos del mismo. En este caso, no será necesario notificar la designación de supervisión a quien sea nombrado en el cargo en el cual se encuentra la designación.
9. Vigilar que, durante la ejecución del objeto contratado en cada convenio, el ALIADO dé cumplimiento a las políticas establecidas por el Ministerio en materia de seguridad de la información y demás reglas contractuales pactadas en el presente convenio relacionadas con la seguridad de la información.
10. Realizar las acciones tendientes a verificar que las creaciones u obras realizadas en virtud del convenio suscrito entre las partes se encuentren exentas de plagio o cualquier tipo de vulneración al régimen de propiedad intelectual en Colombia, y dar aviso ante las autoridades pertinentes en caso de evidenciar una infracción. Cuando el convenio verse sobre publicación de obras, independientemente del formato de la publicación y de la forma y fuente de desarrollo, el supervisor deberá velar porque el Instituto Humboldt envíe una copia de la misma, al Centro de Documentación correspondiente.
11. Cuando el objeto del convenio verse sobre realización de estudios necesarios para la ejecución de análisis de proyectos, documentos técnicos y demás asuntos en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible o cualquier otro tema relacionado con la misión institucional, así como productos tales como videos, cartografía, material publicitario o promocional que se genere del ejercicio contractual o de la actividad institucional, el supervisor deberá velar porque el contratista remita al Centro de Documentación del Ministerio, copia en medio digital de los informes y productos finales, salvo que sobre los mismos pesen restricciones establecidas por la Ley.
12. Verificar el cumplimiento de los criterios de seguridad y salud en el trabajo, y de los criterios de sostenibilidad ambiental cuando aplique.
13. El supervisor velará porque la información contractual repose en las carpetas digitales de información de ejecución del convenio.
PARÁGRAFO: LAS PARTES se comprometen a comunicar sobre la designación o cambio de Supervisor del presente CONVENIO de manera oportuna.
CLÁUSULA NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Los representantes legales de LAS PARTES manifiestan bajo la gravedad del juramento que ni ellos ni las entidades que representan están incursos en causal de inhabilidad o de incompatibilidad. La inexactitud sobre esta afirmación constituirá causal de incumplimiento y dará derecho a LAS PARTES para dar por terminado el presente CONVENIO en el momento en que se verifique tal inexactitud. Se deja constancia que para la fecha de firma del presente CONVENIO se ha consultado el "Boletín de Responsables Fiscales" vigente, con base en lo ordenado por la Ley 610 de 2000, y que no se encontró a las entidades firmantes del CONVENIO o a los representantes legales de las mismas.
CLÁUSULA DÉCIMA- MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES DEL CONVENIO: Cualquier modificación al
presente CONVENIO deberá hacerse de mutuo acuerdo y constar por escrito firmado por LAS PARTES a través de otrosí.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA - CESIÓN: Este CONVENIO no podrá ser cedido por ninguna de LAS PARTES sin la autorización previa y expresa de la otra parte.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA – GARANTÍA: EL ALIADO se obliga a constituir en favor de EL FONDO, en Formato para Particulares, una Póliza de Seguro para amparar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones del convenio por fases, bajo los siguientes parámetros:
● Asegurado – Beneficiario: “FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. FIDUCOLDEX, ACTUANDO COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD” identificado con NIT 830.054.060 -5
● Dirección y teléfono del Asegurado – Beneficiario: Xxxxx 00 Xxx. 13 A – 24 Piso 6 – 3275500
● Los datos del tomador deberán coincidir con los que se encuentran incorporados en el certificado de existencia y representación legal o en el documento que haga sus veces.
La póliza deberá contener el amparo que se indica a continuación:
a. Cumplimiento del convenio: Por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del convenio, con vigencia igual a la duración de éste y cuatro (4) meses más.
b. Calidad del bien o del servicio: Por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del convenio, con vigencia igual a la duración de éste y cuatro (4) meses más.
c. Pago de salarios y prestaciones sociales: Por una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del convenio, con vigencia igual a la duración de éste y tres (3) años más.
PARÁGRAFO PRIMERA: La garantía debe ser presentada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del Convenio, junto con el recibo de pago de la prima o su equivalente, así como las condiciones generales. Estará a cargo del ALIADO el pago oportuno de las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la póliza, el cual se realizará con los recursos que el FONDO desembolse. En todo caso, queda entendido que Fiducoldex como administrador y vocero, verificará la autenticidad de la garantía en los canales dispuestos por la compañía aseguradora.
En el evento en que no sea posible la verificación de la póliza o que ésta no sea auténtica, el Convenio se terminará de forma anticipada por parte de EL FONDO.
PARÁGRAFO SEGUNDA: Con el fin de que la vigencia del seguro sea congruente con la del inicio de ejecución del convenio que se entenderá perfeccionada con la aprobación de la póliza por parte de XXXXXXXXXX, ACTUANDO COMO VOCERA Y ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO PARA LA VIDA Y LA
BIODIVERSIDAD el seguro deberá actualizarse conforme a la fecha en la que esta fue aprobada.
PARÁGRAFO TERCERA: En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender la ejecución del Convenio por fases, EL ALIADO se obliga a modificar la garantía y remitir a Fiducoldex como administrador y vocero de EL FONDO, el anexo modificatorio junto con el certificado de pago de la prima si hay lugar a ello.
PARÁGRAFO CUARTA: En el evento que la compañía aseguradora que expida la garantía o póliza sea intervenida por el gobierno nacional o por autoridad competente, y siempre que no se pueda obtener la cesión de la póliza a otra aseguradora, EL ALIADO deberá presentar una nueva póliza o garantía que reemplace la expedida por la compañía intervenida.
PARÁGRAFO QUINTA: Cualquier aclaración que se requiera para efectos de la expedición de la póliza será atendida por FIDUCOLDEX como vocera y administradora de EL FONDO.
PARÁGRAFO SEXTA: La póliza deberá ser expedida por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia.
PARÁGRAFO SÉPTIMA: EL ALIADO deberá constituir la garantía en los términos descritos en la presente cláusula, respecto de la cual no se aceptan condicionamientos o limitaciones de ninguna naturaleza.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES acuerdan que, en caso de
suscitarse diferencias en relación con la ejecución o interpretación del presente CONVENIO, las mismas convienen en prever todos los medios para resolver amistosamente, sin litigios, cualquier controversia. En caso de no llegar a un acuerdo, LAS PARTES convienen utilizar los mecanismos de arreglo directo como la transacción y la conciliación de conformidad a lo establecido en la Ley y en los procedimientos internos de FIDUCOLDEX, vocero y administrador de EL FONDO. De no llegar a un acuerdo transcurridos sesenta (60) días hábiles, LAS PARTES quedan facultadas para acudir ante la Jurisdicción Ordinaria.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente CONVENIO terminará por las siguientes causales:
1. Por el cumplimiento del término previsto para su duración.
2. Por imposibilidad de cumplir su objeto.
3. Por mutuo acuerdo entre LAS PARTES.
4. Por el incumplimiento total o parcial de cualquiera de LAS PARTES en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, previo agotar el debido proceso.
5. Cuando EL ALIADO se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, no contemplada inicialmente o sobreviniente, para contratar con EL FONDO.
6. Por inclusión del ALIADO en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República, en el Sistema para la Administración del Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo SARLAFT o en la LISTA OFAC.
7. Por imposibilidad jurídica o de hecho ajena a la voluntad de las PARTES que impida o deje inocuo la ejecución del presente CONVENIO.
8. Por la terminación del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 1292 celebrado entre FIDUCOLDEX, y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
9. Por las demás causales establecidas en la ley y en el presente CONVENIO.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA- HABEAS DATA – PROTECCIÓN DE DATOS: En el evento que con ocasión de la ejecución del presente CONVENIO sea necesario recoger información que tenga la condición de “datos personales”, LAS PARTES se obligan a garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales, en especial la Ley 1581 de 2012 y demás normas que la regulen, adicionen o complementen.
Para este efecto, previa información o notificación al titular de la información sobre las finalidades para la cual se recoge la información, la parte que la recoja, debe obtener las autorizaciones para el tratamiento de los datos que sean o vayan a ser entregados a la otra parte con ocasión de la ejecución del CONVENIO, informando a los titulares de la información en caso que esta sea transferida a EL FONDO, que esto se hace en cumplimiento de su objeto misional que corresponde a una política pública.
Estas autorizaciones deberán ser otorgadas por los titulares de la información a la parte respectiva y en ellas se debe indicar que se autoriza a la parte según corresponda, en su calidad de responsable del Tratamiento2 para que comparta la información con la otra parte, quien tendrá también la condición de Responsable del Tratamiento de los datos personales suministrados.
2 Definición Art. 3 Ley 1581 de 2012 “Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con
otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos”.
Lo anterior para efectos de las bases de datos que EL ALIADO y EL FONDO deban administrar y registrar bajo su cuenta y riesgo y conforme a las obligaciones que les atañen respecto del Tratamiento de los datos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y disposiciones legales vigentes aplicables.
En todo caso, cuando se recabe información personal, al momento de informar a los titulares las finalidades para la cual se recolecta, se deberá incluir, que la misma se entregará a EL FONDO con ocasión del presente CONVENIO, quien la empleará para el desarrollo de su objeto misional. En este caso, en el documento de autorización otorgado al ALIADO deberá incluirse expresamente que el titular autoriza la entrega de la información a EL FONDO en calidad de Encargado del Tratamiento para que procese, recolecte, almacene, use, actualice, transmita, ponga en circulación y en general, aplique cualquier tipo de tratamiento a la información a la que tenga acceso en virtud del proyecto presentado, todo lo anterior conforme a las políticas de protección de datos en Colombia.
EL ALIADO autoriza a la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex, actuando como vocera y administradora del EL FONDO y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a procesar, recolectar, almacenar, usar, actualizar, transmitir, poner en circulación y en general, aplicar cualquier tipo de tratamiento a la información que EL ALIADO entregue respecto de las personas que participan en éste CONVENIO a la que tengan acceso en virtud del proyecto presentado, todo lo anterior conforme a las políticas de protección de datos en Colombia.
La Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex, actuando como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo EL FONDO, autoriza al ALIADO a procesar, recolectar, almacenar, usar, actualizar, transmitir, poner en circulación y en general, aplicar cualquier tipo de tratamiento a la información que Fiducoldex y EL FONDO entregue respecto de las personas que participan en éste CONVENIO, a la que tenga acceso en virtud del proyecto presentado, todo lo anterior conforme a las políticas de protección de datos en Colombia.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA- PROPIEDAD INTELECTUAL La información aportada individualmente por cada una de las PARTES para el desarrollo del Convenio permanecerá en la propiedad y titularidad exclusiva de la PARTE que la aportó. LAS PARTES reconocen y declaran que, en caso de necesitar usar la propiedad intelectual o industrial de titularidad de una de LAS PARTES, autorizará su uso únicamente para cumplir con el objeto del presente convenio, motivo por el cual no podrá ser utilizada para un fin diferente a éste los derechos patrimoniales de autor, derechos conexos y propiedad industrial sobre las creaciones u obras desarrolladas que resulten por causa o con ocasión de la ejecución de cada fase.
Las obras protegibles por derecho de autor, a manera ilustrativa y no taxativa, por ejemplo, las obras, cualquiera sea su medio de difusión (físico, digital, y cualquiera otro que pueda dar lugar a difusión), procedimientos que sean creados o, desarrollados por las PARTES en cumplimiento del presente Convenio, tendrán el reconocimiento de los derechos xxxxxxx a favor del autor – creador, de acuerdo con las disposiciones legales. En todo caso, las PARTES otorgarán los créditos respectivos por la información y conocimiento que se llegare a producir en el marco del presente Xxxxxxxx y otorgarán los créditos respectivos si en el marco de este Convenio incluso si se llegase a trabajar con terceros para la generación de la información.
Asimismo, el 100% de los productos generados en el presente convenio o a través de sus contratos derivados, serán de cotitularidad de LAS PARTES y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en las mismas proporciones, por lo que podrán utilizar tales resultados conjunta o individualmente sin restricción alguna; utilización que se extiende, sin limitación, a la reproducción en todas sus modalidades, edición, actos de disposición económica, comunicación pública, distribución, publicación, traducción, importación, transformación o adaptación y, en general, cualquier tipo de explotación comercial, académica o de investigación.
La cotitularidad se acuerda con carácter indefinido, en todo el mundo, para las obras impresas y digitales y/o cualquier soporte que identifiquen las Partes.
PARÁGRAFO: LAS PARTES y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrán difundir libremente y sin limitaciones los resultados de los Convenios, mencionando la autoría cuando corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA - CONFIDENCIALIDAD, PROPIEDAD Y RESERVA: Toda la información que LAS
PARTES se suministren entre sí en ejecución del presente CONVENIO, y sea declarada como tal, salvo que la Ley establezca lo contrario, se considera confidencial, desde que sea declarada como tal. LAS PARTES se comprometen a no proporcionar a terceros información o documentación a la que tengan acceso como consecuencia de la ejecución del presente CONVENIO, cualquiera que sea la forma en que se haya obtenido, salvo los resultados generales obtenidos con el desarrollo de la actividad del CONVENIO.
La vigencia de las obligaciones de confidencialidad asumidas en este documento será igual a la duración del presente CONVENIO y se mantendrán con posterioridad a su terminación, mientras la información confidencial respecto de la cuál recae, conserve su carácter de reservada.
Para tal efecto LAS PARTES se comprometen a:
a) Suscribir el presente CONVENIO, guardando la reserva y confidencialidad que según el ordenamiento jurídico vigente tenga la información que se maneje en el desarrollo de este, así como el respeto de las normas en materia de protección de datos personales.
b) Tomar de forma oportuna, las precauciones y medidas que sean necesarias para evitar que cualquier información, dato confidencial o información conexa, sea conocida, copiada, revelada o tratada por cualquier persona o personas no autorizadas.
c) Durante el tiempo en que mantenga en su poder o custodia cualquier información, en particular información designada o marcada como confidencial, reservada, patentada o privilegiada, LAS PARTES se obligan a no revelar o divulgar de cualquier forma, total o parcialmente, a través de cualquier medio, directa o indirectamente, su contenido y alcance.
d) No permitir que se sustraiga o retire de sus instalaciones o sistemas de información, salvo autorización previa de la otra Parte, información o datos de alguna de LAS PARTES para ser usados o utilizados con fines no autorizados.
e) Informar de forma inmediata y efectiva a la parte afectada, de cualquier acción o conducta de la cual tenga conocimiento, que haya sido desplegada para vulnerar la confidencialidad, integridad o autenticidad de la información propiedad de alguna de LAS PARTES.
f) No utilizar directa o indirectamente la información, para fines diferentes a la ejecución del presente CONVENIO.
g) Xxxx podrá reproducirse dicha información si ello resulta necesario para cumplir con el proceso de entrega y recepción y sólo podrá darse a conocer a aquellos contratistas o funcionarios que tengan necesidad de conocerla para la mencionada finalidad, siempre con la respectiva autorización de la otra parte.
PARÁGRAFO PRIMERO: LAS PARTES podrán revelar o divulgar la información confidencial únicamente en los siguientes eventos: a) Que se revele con la aprobación previa y escrita de la parte titular que suministró la información, y b) Que la revelación y/o divulgación de la información sea como consecuencia de una obligación o mandato legal, decreto, sentencia u orden de autoridad competente en ejercicio de sus funciones legales. En este caso, la parte requerida está obligada a avisar inmediatamente cuando haya tenido conocimiento de esa obligación a la otra parte para que pueda tomar las medidas necesarias para proteger su información confidencial. En cualquier caso, la parte que deba revelar esta información solicitará a la autoridad que la requiera que la incluya en un expediente reservado.
PARÁGRAFO SEGUNDO: LAS PARTES impartirán instrucciones a sus empleados, funcionarios, contratistas, etc. sobre el manejo de la información de acuerdo con las estipulaciones de este CONVENIO, para que éstos den el mismo tratamiento confidencial a la información suministrada.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA - INTEGRIDAD, DIVISIBILIDAD Y LEGISLACIÓN APLICABLE: Si cualquier disposición
del CONVENIO fuese ineficaz, nula o inexistente o no pudiere hacerse exigible de conformidad con las leyes de la República de Colombia, las disposiciones restantes no se entenderán invalidadas a menos que el CONVENIO no se pueda ejecutar sin la disposición ineficaz, nula, inexistente o que no se pueda exigir. El CONVENIO se regirá y será interpretado de conformidad con las leyes de la República de Colombia, específicamente las que hacen parte del derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA - INDEMNIDAD: Será obligación de cada una de LAS PARTES mantener indemne a la otra por todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por las actividades que ejecutan en desarrollo del CONVENIO o por actos de su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del CONVENIO.
XXXXXXXX XXXXXXXX – AUTONOMÍA: Durante la ejecución del CONVENIO, EL ALIADO actuará con plena autonomía y por consiguiente asumirán todos los riesgos que se originen debido a este. Queda entendido entonces, que no existe relación laboral alguna entre EL FONDO y EL ALIADO ni entre EL FONDO y los colaboradores del ALIADO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA - CONTROL PARA EL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO:
LAS PARTES certifican que sus recursos no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita, entre ellas, delitos relacionados con el lavado de activos, financiación del terrorismo, contra la administración pública, soborno trasnacional, o corrupción.
LAS PARTES se obligan a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores y empleados, y los recursos de éstos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas.
En todo caso, si durante el plazo de vigencia del CONVENIO alguna de LAS PARTES o algunos de sus administradores o socios llegaren a resultar inmiscuidos en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, o fuesen incluidos en listas de control como las de la ONU, OFAC, lista de sanciones del BID, lista del Banco Mundial de empresas e individuos no elegibles, etc., EL FONDO tiene el derecho de terminar unilateralmente el CONVENIO sin que por este hecho esté obligado a indemnizar ningún tipo de perjuicio.
PARÁGRAFO: EL ALIADO declara que sus recursos no provienen de ninguna actividad ilícita contemplada en el Código Penal Colombiano, en cualquier otra norma que lo modifique o adicione o en las normas que en esta materia le son aplicables. Por otro lado, declara que ni él, ni sus gestores, accionistas, representantes o directivos, se encuentran incluidos dentro de alguna de las listas de personas sospechosas por lavado de activos y Financiación del Terrorismo o vínculos con el narcotráfico y terrorismo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA - ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN: EL ALIADO se obliga a actualizar por lo
menos una (1) vez cada dos (2) años, siempre que el CONVENIO se encuentre en ejecución, la información requerida por FIDUCOLDEX, para el cumplimiento de las disposiciones del Sistema de Administración de Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así como suministrar los soportes documentales necesarios para confirmar los datos. No obstante, lo anterior, EL ALIADO autoriza expresamente a FIDUCOLDEX, mediante la suscripción del presente CONVENIO, para que ésta contrate con terceros locales o extranjeros, servicios relacionados con el procesamiento de datos para su utilización en servicios de atención telefónica para la actualización de información u otras de naturaleza similar, garantizando en todo caso, la confidencialidad de la información que le asiste y a la que está obligada FIDUCOLDEX.
PARÁGRAFO PRIMERO: En todo caso, EL ALIADO se obliga a informar por escrito a FIDUCOLDEX cualquier cambio o modificación de los datos que haya suministrado referente a su composición social y Representación Legal en cualquiera de sus órganos o demás actos que sean sujetos a registro ante la Cámara de Comercio o la entidad competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del respectivo hecho.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA - LIQUIDACIÓN: Una vez concluida la ejecución del objeto contractual y/o vencido el plazo señalado para su ejecución, previa solicitud del Supervisor ante la Unidad de Gestión del FONDO, las PARTES procederán a la liquidación del CONVENIO.
Para la celebración del Acta de Liquidación, se deberá contar como mínimo con los siguientes documentos:
• Informe final junto con el recibo a satisfacción del Supervisor del CONVENIO.
• Certificación del Fideicomitente del FONDO acreditando el cumplimiento de los compromisos adquiridos por parte del ALIADO en desarrollo del presente CONVENIO.
Lo anterior, sin perjuicio de la exigencia de documentos adicionales que se puedan requerir por parte del FONDO.
En el evento en que el ALIADO deba efectuar el pago de una suma adeudada, éste deberá llevarse a cabo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del acta de liquidación bilateral. En todo caso el plazo de liquidación no podrá ser inferior a dos (2) meses y superior a cuatro (4) meses desde la terminación del plazo de ejecución contractual, lo anterior de conformidad con lo establecido en el Manual Operativo del FONDO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA– LUGAR DE EJECUCIÓN: El proyecto se localiza en el corazón del Departamento xxx Xxxxx, en la zona denominada como el Corredor de Xxxx xxx Xxxxx, el cual recogerá en buena parte lo que anteriormente fue denominado como “Corredor Xxxxxx xxx Xxxxx”. El área de intervención contempla los municipios de La Jagua de Ibirico, Becerril, Chiriguaná, El Paso y Xxxxxxx Xxxxxxx, con un total de 556.500 hectáreas, como se observa en la Figura 1. No obstante, el proyecto se focalizará en las 294,494 hectáreas con altos niveles de degradación ambiental asociadas al Corredor de Xxxx xxx Xxxxx, de las cuales se impactarán directamente al menos 76,500 hectáreas.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA – DOMICILIO Y NOTIFICACIONES: Para todos los efectos, se pacta como domicilio contractual la ciudad de Bogotá, D.C. Las comunicaciones y/o notificaciones que deban surtirse entre LAS PARTES, así como el domicilio de éstas corresponderá a:
EL FONDO:
Dirección: Xxxxx 00 Xx 00 X 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X.
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
EL ALIADO:
Dirección CL 28 A 15 09 P 4 BRR ARMENIA – Bogotá D.C. Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA- DOCUMENTOS ANEXOS AL CONVENIO: Hacen parte integral del presente CONVENIO como anexos y vinculan jurídicamente a LAS PARTES, los siguientes documentos: 1) Certificado de Contrapartida presentada por EL ALIADO; 2) Estudios Previos, 3) Los demás documentos generados por LAS PARTES durante y para la ejecución del CONVENIO. En caso de contradicción entre lo consignado en el presente CONVENIO y cualquiera de los anexos, se preferirá lo estipulado en el CONVENIO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA- FIRMA ELECTRÓNICA DEL DOCUMENTO: De acuerdo con lo establecido por el Decreto 2364 de 2012, el presente documento se suscribe de manera electrónica a través de la herramienta dispuesta por EL FONDO para tal fin.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA- PERFECCIONAMIENTO: El presente CONVENIO queda perfeccionado con la firma de LAS PARTES. En todo caso queda entendido que el inicio de ejecución se encuentra condicionado a la aprobación de la correspondiente garantía.
En constancia de lo anterior, LAS PARTES suscriben el presente CONVENIO de manera electrónica, el día
_17/10/2024 .
EL FONDO XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Representante Legal FIDUCOLDEX S.A., quien actúa única y exclusivamente en su calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD UNIDAD DE GESTIÓN PA FVB Elaboró: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx X.- Profesional Jurídico del Fondo- Unidad de Gestión PA FVB Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx- Profesional Jurídico Especializado - Unidad de Gestión PA FVB Aprobó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx- Director de Negocios I UNIDAD MISIONAL PA FVB Reviso y Aprobó: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx – Contratista FVB – Líder Grupo Estructuración contractual. | EL ALIADO XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Director General INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE RECURSOS BIOLÓGICOS XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX |
117711- Convenio 141-2024 - P.A FVB
XXXXXXXX - Xxxxxxxx xxx Xxxxx VF
Created:
By: Status:
2024-10-16
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) Signed
Transaction ID:
CBJCHBCAABAA9K4bFmWufBdxU3TtFga9ZpOYf9QawpI5
Final Audit Report 2024-10-18
"117711- Convenio 141-2024 - P.A FVB HUMBOLDT - Xxxxxxxx
xxx Xxxxx VF" History
Document created by Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
2024-10-16 - 11:26:23 PM GMT
Document emailed to xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx for signature
2024-10-16 - 11:28:34 PM GMT
Email viewed by xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
2024-10-17 - 1:08:45 PM GMT
Signer xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx entered name at signing as Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
2024-10-17 - 5:47:46 PM GMT
Document e-signed by Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx)
Signature Date: 2024-10-17 - 5:47:48 PM GMT - Time Source: server
Document emailed to Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx) for signature
2024-10-17 - 5:47:50 PM GMT
Email viewed by Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx)
2024-10-17 - 6:14:00 PM GMT
Document e-signed by Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx)
Signature Date: 2024-10-17 - 6:14:21 PM GMT - Time Source: server
Document emailed to Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) for signature
2024-10-17 - 6:14:23 PM GMT
Document e-signed by Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
Signature Date: 2024-10-17 - 7:55:23 PM GMT - Time Source: server
Document emailed to Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) for signature
2024-10-17 - 7:55:24 PM GMT
Email viewed by Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
2024-10-17 - 7:55:41 PM GMT
Document e-signed by Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
Signature Date: 2024-10-17 - 7:55:55 PM GMT - Time Source: server
Document emailed to Xxxxxx Xxxxxx (xxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx) for signature
2024-10-17 - 7:55:57 PM GMT
Document e-signed by Xxxxxx Xxxxxx (xxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
Signature Date: 2024-10-17 - 8:57:10 PM GMT - Time Source: server
Document emailed to xxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx for signature
2024-10-17 - 8:57:13 PM GMT
Email viewed by xxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx
2024-10-18 - 2:54:54 AM GMT
Signer xxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx entered name at signing as XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
2024-10-18 - 2:56:00 AM GMT
Document e-signed by XXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX (xxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx)
Signature Date: 2024-10-18 - 2:56:02 AM GMT - Time Source: server
Agreement completed.
2024-10-18 - 2:56:02 AM GMT