EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S. A. E.S.P.
EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S. A. E.S.P.
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN PÚBLICA N° 10399615
OBJETO
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APROVISIONAMIENTO Y ASEGURAMIENTO SOBRE LAS REDES DE ACCESO EN COBRE Y FTTC; LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO SOBRE LA RED FTTH, ASÍ COMO LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS PARA LA CORRECTA PRESTACIÓN DE LOS CITADOS SERVICIOS QUE HACEN PARTE DE LA OFERTA COMERCIAL DE ETB A NIVEL NACIONAL
Bogotá D.C., 25 de febrero de 2019
CAPITULO I
1. PRECISIONES A LAS CONDICIONES GENERALES Y CONDICIONES CONTRACTUALES
1.1. OBJETO
La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., en adelante ETB,
está interesada en recibir ofertas para “la prestación de servicios de aprovisionamiento y aseguramiento sobre las redes de acceso en Cobre y FTTC; la prestación de servicios de aseguramiento sobre la red FTTH, así como los servicios y actividades complementarias para la correcta prestación de los citados servicios que hacen parte de la oferta comercial de ETB a nivel nacional” Todo de conformidad con el alcance y estipulaciones del presente documento, los anexos y el Manual de Contratación de ETB, el cual debe ser consultado en la página xxx.xxx.xxx.xx.
El objeto del o de los contratos que llegaren a adjudicarse, se desarrollará mediante el esquema de operación integrada, y el esquema de servicio global a todo costo día, cuyas definiciones y alcance están contenidas en el capítulo tercero de los términos de referencia. El contrato se ejecutará mediante ordenes de servicio cursadas por el supervisor, quien no se obliga con una cantidad mínima ni máxima, las cantidades informadas en los términos de referencia son estimadas para la ponderación de ofertas, y en la ejecución del contrato pueden aumentar o disminuir; adicionalmente, el oferente deberá observar y analizar las condiciones previstas en el capítulo técnico para la distribución de área geográfica y las modificaciones contempladas. El oferente asume la carga de realizar el análisis, debido a que con la presentación de la oferta se entiende que acepta las anteriores condiciones y renuncia a intentar efectuar reclamación alguna como resultado de la ejecución contractual.
NO SE ACEPTA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARCIALES
Los presentes términos de referencia no tienen valor y no constituyen oferta mercantil.
1.2. INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN
La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado con anterioridad a esta invitación.
1.3. CRONOGRAMA DEL PROCESO
El cronograma proyectado para el presente proceso de invitación es el siguiente, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 1.23 de los presentes términos de referencia:
ACTUACIÓN | FECHA |
Publicación de los términos de referencia. | 25 de febrero de 2019 |
Presentación y revisión del acuerdo de confidencialidad (2) | Hasta las 16 horas del 27 de febrero de 2019 |
Reunión informativa (2) | 00 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxx para solicitar aclaraciones a los términos de referencia. (1) | Hasta el 00 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxx para dar respuestas a preguntas formuladas. (3) | Hasta el 07 xx xxxxx de 2019 |
Fecha y hora para presentación de ofertas. (5) | 14 xx xxxxx de 2019 a las 10 horas |
Plazo de estudio de ofertas y solicitud de aclaraciones por ETB. (6) | Hasta el 00 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxx xx xxxxxxxxxxx. (8) | Hasta el 04 xx xxxxx de 2019 |
Adjudicación. (5) | Hasta el 11 xx xxxxx de 2019 |
Elaboración de la minuta. (3) | Hasta el 16 xx xxxxx de 2019 |
Suscripción del contrato ETB. (2) | Hasta el 22 xx xxxxx de 2019 |
Suscripción contrato proveedor. (2) | Hasta el 24 xx xxxxx de 2019 |
1.4. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD: Teniendo en cuenta que el proceso contiene información técnica confidencial, es necesario que el interesado en participar en el proceso, presente el “ANEXO N° 4 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD”, debidamente suscrito por el representante legal, acreditando su calidad mediante el certificado de existencia y representación legal expedido con una antelación de 30 días, o por el apoderado, debidamente acreditado y facultado para el efecto. Adicionalmente, debe estar autenticado en Notaría Pública.
El acuerdo de confidencialidad se hará extensivo a las modificaciones que puedan tener los anexos con información confidencial.
Dicho acuerdo debe entregarse en el mismo formato publicado por ETB, sin que haya lugar a modificaciones ni condicionamientos.
El acuerdo de confidencialidad debe entregarse en la Gerencia de Abastecimiento, ubicada en la carrera 7 N° 20-99, piso 2, a más tardar el 27 de febrero de 2019, hasta las 16 horas, en los términos del artículo 829 del Código de Comercio
1.5. REUNIÓN INFORMATIVA
El 01 xx xxxxx de 2019, ETB realizará una reunión informativa a las 10 a.m., en la xxxxxxx 0 # 00 00 Xxxx 0 Auditorio N° 1, con el fin de precisar el alcance de los términos de referencia, así como los aspectos relevantes del esquema de operación.
La información presentada en la reunión informativa es de carácter confidencial, es por ello que los interesados deben tener en cuenta que como parte del acuerdo de confidencialidad la información presentada es exclusiva para los interesados en presentar oferta.
Las preguntas que surjan de la reunión podrán ser formuladas por escrito, indicando el nombre de la sociedad, o posteriormente a través de la cuenta de correo xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, observando que las mismas sean formuladas dentro de la vigencia del plazo previsto en el cronograma para solicitar aclaraciones, o modificaciones.
Las respuestas que surjan de la reunión informativa, serán respondidas dentro del plazo estipulado en el cronograma.
ETB enviará la presentación a los interesados que xxxxx firmado el acuerdo de confidencialidad.
Se acepta la asistencia del representante legal de la sociedad interesada, o su apoderado debidamente facultado (poder autenticado en Notaría Pública), y máximo tres personas más.
La asistencia a la reunión informativa, no se constituye en un requisito para presentar oferta.
PARÁGRAFO: el oferente interesado en asistir a la reunión informativa, debe remitir el nombre completo y número de documento de identidad de las personas que asistirán, a la cuenta de correo xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, a más tardar hasta el 28 de febrero de 2019, con el fin de gestionar las autorizaciones para el ingreso.
1.6. ACLARACIÓN O MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Podrá requerirse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido de los términos de referencia y sus anexos, mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, a la cuenta de correo xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx , dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento de la etapa anterior.
ETB dará respuesta a las preguntas recibidas tanto en la reunión informativa, como las recibidas en el marco de la presente etapa, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término anterior. PARÁGRAFO PRIMERO: Las respuestas a las preguntas que no contengan información confidencial, protegida mediante la suscripción del acuerdo de confidencialidad, serán publicadas en la página www. xxx.xxx.xx. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las respuestas a las preguntas que contengan información confidencial, serán remitidas a quienes suscribieron el acuerdo de confidencialidad.
Las modificaciones a los términos de referencia se expedirán mediante adenda
1.7. Las modificaciones a los términos de referencia se expedirán mediante adenda y serán publicadas en la página xxx.xxx.xxx.xx.
ETB podrá expedir adendas cuando el proceso lo amerite independientemente de que las mismas deriven o no de preguntas de oferentes ya sea dentro o posterior de los plazos establecidos en el presente numeral.
1.8. INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES
Será requisito para celebrar el contrato que resulte de la presente invitación, la inscripción en la base de datos de proveedores de ETB. Los requisitos de inscripción se pueden consultar en la página Web xxx.xxx.xxx.xx.
El oferente deberá diligenciar el Formato “Datos básicos proveedor Nacional” o “Datos básicos Proveedor Extranjero” que se adjunta como Anexo No. 2 del presente capítulo, anexo que no podrá ser modificado por el oferente. Únicamente se deben diligenciar los campos solicitados
Dentro de los 2 días siguientes a la comunicación de adjudicación, el adjudicatario que no esté inscrito, deberá allegar los documentos restantes que se requieran para su inscripción.
En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos entregados con la oferta, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten.
1.9. FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA
Podrán participar en el proceso de invitación las personas consideradas legalmente capaces, los consorcios y uniones temporales o cualquier forma de asociación legalmente válida bajo las leyes colombianas.
a) El oferente persona natural, el representante legal o apoderado debidamente facultado de la sociedad oferente o el representante de la unión temporal, consorcio o asociación, según el caso, debe diligenciar el Anexo Nº 1 del presente capítulo, el cual debe suscribirse por el oferente o por quien actúe en nombre y representación debidamente facultado. Dicho anexo deberá ser diligenciado por el oferente incorporando los datos solicitados, sin que el mismo sea modificado.
b) La oferta deberá ser presentada en idioma castellano. En todo caso, todos los documentos y certificaciones emitidos en idioma diferente al castellano, deberán ser presentados en su idioma original y traducidos oficialmente al castellano, con excepción de los manuales técnicos que se aceptan en inglés
c) Si el oferente no da respuesta punto a punto a cada uno de los numerales de los términos de referencia, se entenderán aceptados y cumplidos. Cuando un numeral exija suministro de información adicional o documentos, éstos se deberán anexar indicando la ubicación dentro de la oferta.
d) El oferente deberá diligenciar la totalidad de los anexos que sean proporcionados por ETB, y ser presentados con firma original.
e) Presentada la oferta no se permitirá el retiro de los documentos escritos o en medio digital aportados, o su posterior incorporación, salvo que hayan sido expresamente requeridos por ETB, como parte de aspectos subsanables. Si hubiese enmendaduras, únicamente serán consideradas si vienen expresamente refrendadas.
El oferente deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos legales en seguridad social, aportes parafiscales y sistema general de seguridad en el trabajo SG-SST, mediante certificación expedida por revisor fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal. No podrán participar en el proceso de invitación las personas jurídicas o naturales que directa o indirectamente hayan participado en el diseño o estructuración del presente proceso.
1.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente debe constituir y entregar con la oferta garantía de seriedad de oferta, bien sea a través de una póliza de seguros o garantía bancaria, atendiendo los siguientes criterios:
Si es una póliza de seguros, debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Se debe designar como asegurado – beneficiario a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P. – Nit. 899.999.115-8
b) En calidad de afianzado se debe incluir al Oferente y el NIT.
c) Garante: Compañía de Seguros que tenga operaciones en Colombia y esté vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
d) Póliza a favor de Empresas de Servicios Públicos
e) Valor garantizado: el oferente deberá constituir una póliza por el veinte (20%) del valor de la oferta, antes de IVA. (ii) De acuerdo con los anexos financieros, según aplique, si la moneda de cotización es en dólares debe constituirse en dólares;(iii) si la moneda de cotización es parte en pesos y parte en dólares, debe constituirse parte en pesos y parte en dólares.
f) Riesgos que se garantizan: (i) Retiro la oferta – (ii) La no suscripción del contrato – (iii) La no constitución de las pólizas contractuales – (iv) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de oferta.
g) Modalidad: Sancionatoria.
h) Término de la póliza: 3 meses a partir de la fecha de presentación de la oferta. Se deberá ampliar o prorrogar la misma, en el evento de prórroga del plazo para la finalización del proceso.
i) La póliza deberá estar firmada por el representante legal del garante y el representante legal del oferente.
j) Se deberá anexar original del recibo de pago o certificación de pago de las primas respectivas.
k) Se deberá anexar el contrato de seguro de la póliza de seriedad de oferta, esto es el clausulado.
Si es una garantía bancaria, debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ordenante: El oferente y su NIT.
b) Garante: Banco que tenga operaciones en Colombia y esté vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia.
c) Beneficiario: Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P. – Nit. 899.999.115-8
d) Valor garantizado: El oferente deberá constituir una póliza el oferente deberá constituir una póliza por el veinte por ciento (20%) del valor de la oferta, antes de IVA. (ii) De acuerdo con los anexos financieros, según aplique, si la moneda de cotización es en dólares debe constituirse en dólares;(iii) si la moneda de cotización es parte en pesos y parte en dólares, debe constituirse parte en pesos y parte en dólares. (i) Si la moneda de cotización es pesos debe constituirse en pesos; (ii) si la moneda de cotización es en dólares debe constituirse en dólares;(iii) si la moneda de cotización es parte en pesos y parte en dólares, debe constituirse parte en pesos y parte en dólares.
e) Modalidad: A primer requerimiento.
f) Riesgos que se garantizan: (i) Retiro la oferta – (ii) La no suscripción del contrato – (iii) La no constitución de las pólizas contractuales – (iv) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de oferta.
g) Requisitos de Exigibilidad: Presentación de la garantía y la comunicación de ETB suscrita por el representante legal, o apoderado l declarando la ocurrencia de uno de los riesgos amparados y el monto a cobrar que corresponderá al valor asegurado.
h) Plazo para pago: Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación de los requisitos de exigibilidad. Término de la garantía: Tres (3) meses a partir de la fecha de presentación de la oferta. Se deberá ampliar la misma en el evento de prórroga del plazo para la finalización del proceso.
j) La garantía deberá estar firmada por el Representante Legal del garante y el representante legal o apoderado del oferente.
k) Se deberá anexar original del recibo de pago de los derechos del garante.
l) El garante debe manifestar expresamente que renuncia al beneficio de excusión.
Cuando la garantía no se acompañe a la oferta, no esté debidamente constituida o no se anexe el comprobante de pago de la prima, ETB requerirá al oferente para que subsane los documentos respectivos dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación en tal sentido. En todo caso, se debe tener en cuenta que los documentos presentados con la subsanación NO pueden modificar ninguna de las condiciones antes señaladas. Si no se atiende el requerimiento, la oferta será descartada.
1.11. CAPACIDAD, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
Los oferentes deberán tener en cuenta que es parte del estudio jurídico de las ofertas, la revisión y verificación de los documentos que acreditan la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual deberán adjuntarlos
a la oferta.
Cuando la oferta sea presentada en consorcio o unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar la existencia, objeto, capacidad y representación legal de la sociedad, razón por la cual, deberá acreditar que:
a) El objeto social le permite presentar la oferta y celebrar el contrato.
b) La duración de la sociedad contada a partir de la fecha del recibo de ofertas del presente proceso de invitación, no puede ser inferior al plazo de ejecución del contrato y 1 año más. Si fuere inferior, esa circunstancia se podrá subsanar dentro del plazo que ETB indique.
c) La sociedad actúa a través de un representante legal o apoderado debidamente facultado para actuar en su nombre y representación y para comprometerla en la presentación de la oferta, la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
En caso que se encuentren limitaciones a las facultades del representante legal o apoderado de la persona jurídica para presentar la propuesta o para celebrar el contrato, se deberá aportar con la oferta la autorización o documento correspondiente del órgano social que lo faculta.
Si conforme a la ley la ejecución de la actividad objeto de contratación a través del proceso de invitación demandare determinada habilitación legal, al momento de presentación de la propuesta se deberá contar con la misma.
En el evento que el contratista preste el servicio con personal extranjero, es requerido el cumplimiento de los requisitos de migración de acuerdo con la legislación colombiana, y adjuntar fotocopia del documento de identificación del país de origen, pasaporte y VISA ampliados al 150%, acompañado de hoja de vida donde se certifique experiencia relacionada y se adjunte fotocopia de tarjeta profesional en los casos donde aplique.
En el caso de entrada al País para trabajar en Colombia, el extranjero deberá acreditar:
La visa otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, que le permita desarrollar la actividad, ocupación u oficio autorizado en la misma.
la Cédula de Extranjería cuando esté obligado a tramitarla (Visa con vigencia superior a tres (3) meses).
Informar por escrito a Migración Colombia sobre la vinculación, contratación o admisión y de su desvinculación o terminación del contrato, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la iniciación o terminación de las actividades relacionadas con el contrato.
1.11.1. PERSONAS JURÍDICAS COLOMBIANAS Y EXTRANJERAS
Teniendo en cuenta que el objeto y alcance el contrato involucran actividad permanente en el territorio colombiano, se debe observar lo siguiente:
a) El oferente sociedad colombiana debe aportar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de recibo de presentación de ofertas, y en caso que el representante legal o apoderado tenga limitaciones se debe aportar la autorización del órgano social competente;
b) El oferente sociedad extranjera que tenga establecida la sucursal en Colombia bajo las normas del artículo 263 del código de comercio Colombiano y las demás normas legales vigentes concordantes, deberá aportar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, expedido con treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de recibo de presentación de ofertas, y en caso que el representante legal o apoderado tenga limitaciones se debe aportar la autorización del órgano social competente;
c) El oferente que presente documentos otorgados en el exterior deberá aportarlos “debidamente apostillados (Convención de la Haya de 5 de octubre de 1991) o consularizados en el país de origen o en el país vecino (cónsul Colombiano)”, con el fin de que tales documentos tengan idéntica fuerza y valor legal dentro del territorio Colombiano, y adicionalmente ser traducidos oficialmente al castellano, esto es traductor oficial inscrito en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El apostille o consularización deben aportarse en original.
En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos antes mencionados, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten.
Lo anterior, en cumplimiento de las disposiciones señaladas en el artículo 480 del código de comercio colombiano, el cual estipula que “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país”.
En cualquier caso, todo cambio que se produzca respecto de la sociedad, con posterioridad a la presentación de los documentos antes mencionados, deberá ser reportado a la Gerencia de Abastecimiento de ETB, anexando los documentos que lo acrediten.
1.11.2. OFERTAS PRESENTADAS EN ASOCIACIÓN
ETB acepta la presentación de ofertas en consorcio, unión temporal o cualquier otra clase de asociación, para lo cual deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
a) Presentar documento que indique:
- Personas integrantes de la asociación
- Tipo de Asociación
- Obligaciones – actividades a cargo de cada uno de los asociados en la ejecución del contrato, las cuales no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de ETB.
- Porcentaje de participación, acorde con las obligaciones o actividades a cargo de cada uno de los asociados.
- Designación de la persona que para todos los efectos representará a la asociación, con facultades amplias y suficientes para obligar a todos sus integrantes en la presentación y negociación de la oferta, suscripción, ejecución y liquidación del contrato, así como judicial y extrajudicialmente. El representante designado deberá manifestar su aceptación.
- La duración de la asociación conformada deberá ser mínimo por el lapso comprendido entre el recibo de ofertas del proceso de invitación y la liquidación del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que, con posterioridad, los integrantes de la asociación oferente estén llamados a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución del contrato.
b) En todo caso, los asociados responden en forma solidaria frente a ETB por la presentación de la oferta, la suscripción del contrato y su ejecución.
c) De conformidad con el literal anterior y en atención al régimen jurídico de ETB, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta presentada por la unión temporal, consorcio o cualquier asociación, NO se aplicarán en proporción al porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del mismo como lo dispone la Ley 80 del 93 para Uniones Temporales y Consorcios (esta normatividad no rige para ETB); sino que por el contrario, se establece la solidaridad de los integrantes del consorcio o unión temporal sin excepción, como se explica a continuación:
ETB no es parte del acuerdo de consorcio, unión temporal o cualquier asociación, y en consecuencia no contrae obligaciones respecto de las estipulaciones en él contenidas. Estas figuras son propias de la Ley 80 de 1993 ordenamiento al cual no está sometida la Empresa, por cuanto por expresa disposición del artículo 55 de la Ley 1341 de 2009, en su calidad de proveedora de TIC´s sus actos y contratos, incluidos los relativos a su régimen laboral y las operaciones de crédito, cualquiera que sea su naturaleza, sin importar la composición de su capital, se regirán por las normas del Derecho Privado.
En consecuencia, sin perjuicio de las estipulaciones que convengan los miembros del consorcio o unión temporal sobre la forma de asumir entre sí las sanciones en caso de incumplimiento del contrato que llegare a celebrarse, ETB no las aplica de acuerdo con la participación de cada uno de los asociados, pues incluso en este aspecto la responsabilidad es solidaria.
d) La garantía de seriedad de oferta debe ser tomada por todas y cada una de las personas que integran la asociación e indicar el porcentaje que de acuerdo con la participación, y estar suscrita por el representante de la asociación.
1.12. LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se recibirán en la Gerencia de Abastecimiento de ETB, ubicada en la carrera 7 Nº 20-99 Piso 2, el 14 xx xxxxx de 2019 a las 10 horas en términos del Art. 829 del Código de Comercio. PARÁGRAFO PRIMERO: el interesado en presentar propuesta debe tener en cuenta que por políticas de seguridad la Empresa cuenta con controles de ingreso por tanto el mismo no es inmediato, por lo que debe prever el tiempo que dura el procedimiento de registro de ingreso al edificio para acceder a la oficina donde se encuentra ubicada la Gerencia, y así cumplir con la hora establecida para la entrega de propuestas establecida
La Gerencia de Abastecimiento dejará constancia del recibo de ofertas con los siguientes datos:
Número y objeto de la invitación;
Fecha y hora de recibo de cada una de las ofertas;
Nombre del o los oferentes
Firma del oferente
Observaciones, si aplica
Si existe alguna diferencia entre la propuesta original y la copia, primará la información consignada en el original.
La oferta estará compuesta de 6 sobres (Capítulo I jurídico: original y copia; Capitulo II financiero: original y copia; Capítulo III técnico: original y copia), los cuales deberán estar separados, sellados, foliados, y rotulados de la siguiente manera:
1. Describir el capítulo correspondiente (ej: Capitulo I Jurídico original, Capitulo II financiero copia …)
2. Describir el número de invitación
3. Describir el objeto correspondiente al proceso de contratación
4. Describir la razón social del oferente con el N° de NIT
Cada capítulo debe contener un índice y estar debidamente foliado o numerado.
La información financiera debe suministrarse adicionalmente en medio digital, en formato Excel.
En caso de contradicción entre la información contenida en medio digital y la física, prevalecerá la información presentada en medio físico.
Una vez surtida la etapa de negociación, ETB podrá entregar información acerca de las demás ofertas presentadas, salvo que ésta tenga de acuerdo con la legislación vigente dicho carácter, o que se haya marcado como confidencial.
No se acepta la presentación de ofertas por parte de una misma persona jurídica, ya sea a título individual, o que sea parte de unión temporal o consorcio; en el caso que una misma persona jurídica presente más de una oferta, ya sea a título individual o
como miembro de un consorcio o unión temporal, sólo será evaluada la oferta que se haya presentado en primer lugar dentro del término fijado en el presente documento, de acuerdo con el registro de recepción de ofertas.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax, correo electrónico.
Con la presentación de las ofertas, se entenderá la aceptación del oferente y cumplimiento de las condiciones contenidas en los presentes términos de referencia, en los anexos, en el manual de contratación de ETB y en los demás documentos que forman parte de los mismos, como los anexos.
1.13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Durante la etapa de evaluación de las ofertas, ETB podrá solicitar a cada oferente vía correo electrónico, las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias, sin que haya lugar a que éste pueda mejorar las condiciones de su oferta.
El oferente deberá responder dentro los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación en tal sentido, vía correo electrónico dirigido x xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
Las respuestas a las aclaraciones deberán estar firmadas por el representante legal o apoderado debidamente acreditado (firma escaneada o firma digitalizada).
ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a
su recibo.
En los casos en que la oferta no esté acompañada de todos los documentos exigidos necesarios para la evaluación jurídica, técnica o financiera, o deba corregirse o aclararse alguno de los aportados, se requerirá por escrito al oferente para que en el plazo que se indique, lo xxxxxxx o corrija. Si no lo hiciere dentro del término establecido, la oferta será descartada. En ningún caso podrá el oferente mejorar la oferta.
1.14. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
ETB no acepta propuestas que impliquen alternativas jurídicas, técnicas, económicas o financieras diferentes a las establecidas en los presentes Términos de Referencia.
La propuesta alternativa adicional a la propuesta básica no será considerada por ETB.
1.15. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de ETB, la oferta será rechazada en los siguientes casos:
a) Cuando el oferente haya entregado extemporáneamente la oferta.
b) Cuando el objeto social no le permita presentar la oferta y celebrar el contrato
c) Cuando el oferente o uno de sus integrantes se halle incurso en una de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y la Ley. Cuando la inhabilidad sobrevenga en un oferente, se entenderá que renuncia a participar en el proceso de selección y los derechos surgidos del mismo.
d) Cuando el oferente no subsane los documentos dentro del plazo señalado para tal efecto.
e) Cuando sólo se presente propuesta alternativa.
f) Cuando la propuesta se presente sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad para la adjudicación, o cuando cumpla parcialmente.
g) Por falta de veracidad de la información suministrada por el Oferente.
h) Cuando el oferente o una de las personas naturales relacionadas no superen la evaluación de confiabilidad (o estudio de seguridad) adelantada por ETB.
1.16. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Se entenderá aceptado por el oferente con la presentación de la oferta un compromiso anticorrupción que hará parte del Anexo No. 1 del presente capítulo, con base en las siguientes consideraciones:
a) Que es interés del oferente apoyar la acción de ETB para fortalecer la transparencia en sus procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas.
b) Que el oferente es consciente de que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redunda no sólo en beneficio de ETB, sino de los propios participantes, en cuanto garantiza que la adjudicación del contrato se hará a la oferta que ofrezca las mejores condiciones.
c) Que conoce a cabalidad el Manual de Contratación de ETB.
d) Que como oferente estima conveniente la formulación de un pacto explícito en cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir los procesos contractuales.
1.17. ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DE TERRORISMO
El Contratista declara de manera voluntaria que (i) su patrimonio y los recursos utilizados para la ejecución del presente Contrato al igual que sus ingresos no provienen de alguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione, ni serán utilizados para efectos de financiar actividades terroristas en el territorio nacional o en el extranjero; (ii) El Contratista, sus socios, accionistas, administradores, clientes, empleados que tienen relación directa con el contrato, revisores fiscales, contratistas y proveedores no tienen registros negativos en listas restrictivas vinculantes y no vinculantes, de orden nacional e internacional y autoriza de manera expresa para que puedan ser consultadas por ETB; (iii) en desarrollo de su objeto social no incurre en alguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione y en consecuencia, se obliga a responder frente a ETB y/o terceros por todos los perjuicios que se llegasen a causar como consecuencia de del daño reputacional ocasionado. El Contratista se obliga con ETB a entregar información veraz y verificable y a actualizar su información personal,
corporativa, societaria o institucional. (Según aplique), así como la información financiera, cada vez que haya cambios en la misma y en los eventos en que lo solicite ETB, suministrando la totalidad de los soportes documentales exigidos. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones aquí contempladas, faculta a ETB para terminar de manera inmediata y anticipada cualquier tipo de relación que tenga con El Contratista, sin que por este hecho El Contratista pueda reclamar indemnización.
1.18. BUENAS PRÁCTICAS EN LA PREVENCIÓN XXX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.
El Contratista se obliga a implementar y mantener buenas prácticas encaminadas a una debida diligencia en i) el conocimiento de todos sus socios, accionistas, administradores, clientes, empleados, revisores fiscales, contratistas y proveedores y que los recursos de éstos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier otra norma que lo modifique o adicione; ii) el monitoreo de las actividades a lo largo de la relación que mantenga con los mismos y; iii) el reporte oportuno a la UIAF de cualquier actividad sospechosa xx xxxxxx de activos o el financiamiento de actividades terroristas (…) "
1.19. INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
El oferente asume toda responsabilidad por consultar y analizar los términos de referencia, las adendas y aclaraciones a los mismos, los términos de referencia deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; en caso de ser necesario, el oferente tiene la posibilidad de formular preguntas dentro de la etapa respectiva.
Los plazos establecidos en los términos de referencia, respecto de proceso de selección, se entenderán como días hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Para estos efectos el día sábado no se considera hábil.
Todas las deducciones, errores y omisiones que realice o en que incurra el oferente con base en su propia información, interpretación, análisis o conclusiones respecto de los términos de referencia, son por su exclusiva cuenta. Por tanto, ETB no asume responsabilidad alguna por tal información, interpretación, análisis o conclusiones.
Con la presentación de la oferta, y suscripción del contrato en caso de resultar adjudicatario se entiende que el oferente conoce la naturaleza del contrato que llegare a suscribirse, su objeto, alcance costo y tiempo de ejecución, así mismo, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
1.20. NEGOCIACIÓN
Con todos los oferentes cuya oferta haya resultado hábil, luego del estudio jurídico, económico y técnico, ETB podrá adelantar una etapa de negociación dentro de los ocho
(8) días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa de evaluación de ofertas, con el
propósito de obtener ventajas económicas o competitivas. El mecanismo de negociación será definido por la Gerencia de Abastecimiento de ETB, quien ha manifestado que podrá o no hacer uso de la oferta mínima combinada, o informar el precio base de ofertas, según el análisis que realice dicha área. El plazo antes señalado se distribuye en las siguientes etapas: (i) 4 días hábiles para efectuar la negociación y recibir las contraofertas; y (ii) 4 días hábiles para realizar estudio económico de las contraofertas.
(i) Tradicional, esto es, solicitando la presentación de contraofertas de forma presencial o no presencial, las cuales deben ser entregadas en sobre cerrado, en la Gerencia de Abastecimiento de ETB, en medio impreso y digital formato Excel [CD ], diligenciando los mismos anexos financieros de la oferta inicial.
No se admitirán contraofertas que contengan precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la contraoferta anterior, aun cuando el valor total de oferta fuere inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o contraoferta anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta.
El líder del Equipo de Xxxxxxx de la Gerencia de Abastecimiento dejará constancia de las contraofertas recibidas, con el nombre del oferente, fecha y hora de recibo y las remitirá para el respectivo estudio al Equipo de Estudios Económicos de la Gerencia de Planeación Financiera.
(ii)Conformación dinámica de ofertas, la cual se desarrollará dentro del plazo establecido en el presente numeral con sujeción lo previsto en el artículo 22 del Manual de Contratación de ETB, cuya oferta inicial podrá ser mejorada mediante la formulación de posturas sucesivas, hasta la conformación de la oferta definitiva, entendiendo por definitiva la última presentada por cada variable en el transcurso de la reunión que se convoque para tal fin. Para todos los efectos, se tomará como definitiva la propuesta de la oferta inicial o de la última postura de aquel oferente que no haya hecho uso de su derecho a presentar postura.
En cualquiera de los dos casos, ETB convocará por escrito a los oferentes hábiles, indicando fecha, hora, lugar y demás aspectos que se consideren necesarios.
Únicamente podrán asistir el representante legal del Oferente o su apoderado debidamente facultado para adoptar decisiones, y máximo 2 personas más. Se verificará que sus representantes cuenten con las debidas facultades. En caso de que el representante legal de la persona jurídica oferente o el representante del consorcio o la unión temporal no pueda asistir a la negociación podrá delegar mediante poder siempre que sus facultades se lo permitan y, por tanto, comprometer jurídicamente al oferente por un valor menor al presentado en la oferta inicial.
Las condiciones técnicas ofertadas con base en los términos de referencia se deben mantener inmodificables.
En caso de empate, se solicitará a los oferentes empatados una nueva contraoferta, o la presentación de una nueva postura, según aplique.
1.21. ADJUDICACIÓN
ETB podrá abstenerse de adjudicar si existen razones que así lo justifiquen. Si opta por la adjudicación, se podrá efectuar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la etapa de negociación si a ésta hubo lugar, o del estudio de ofertas.
a) La adjudicación, se podrá realizar a tres contratos, cuyas ofertas hayan tenido los menores valores estimados de oferta, Incluido IVA, de acuerdo con la ponderación económica definida en el numeral 2.13 del capítulo financiero, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
i. Que el porcentaje de diferencia entre el valor total estimado para los servicios de aprovisionamiento de la menor oferta económica dentro del rango de ofertas con la segunda y con la tercera menor oferta no supere el 3,00%.
ii. Que el porcentaje de diferencia entre el valor total estimado para los servicios de aseguramiento de la menor oferta económica dentro del rango de ofertas con la segunda y con la tercera menor oferta no supere el 3,00%.
iii. Que el porcentaje de diferencia entre la sumatoria de los subtotales de los valores de oferta para los servicios de aprovisionamiento APR TIPO9-A, APR TIPO10-2A y APR TIPO9-C entre las tres ofertas de menor valor estimado no supere el 6%, así:
∑ subtotales A1= (P×Q (APR TIPO9-A)) + (P×Q (APR TIPO10-2A)) + (P×Q (APR TIPO9-C))
∑subtotales A2= (P×Q (APR TIPO9-A)) + (P×Q (APR TIPO10-2A)) + (P×Q (APR TIPO9-C))
∑subtotales A3= (P×Q (APR TIPO9-A)) + (P×Q (APR TIPO10-2A)) + (P×Q (APR TIPO9-C))
Donde A1= primera oferta hábil de menor valor A2= segunda menor oferta hábil
A3= tercera menor oferta hábil P =Precio unitario
Q=Cantidad estimada total (2 años)
Para el cálculo correspondiente se utilizará como referencia el menor valor obtenido de las sumatorias calculadas, aplicando las siguientes formulas:
(MV)= Menor valor entre (∑ subtotales A1; ∑subtotales A2; ∑subtotales A3)
2
% ( 2) = ((( ) − 1) ∗ 100) ≤ 6%
% ( 3) = (((3) − 1) ∗ 100) ≤ 6%
Donde: MV= Menor valor obtenido de las sumatorias calculadas.
2MV= Segundo menor valor obtenido de las sumatorias calculadas. 3MV= Tercer menor valor obtenido de las sumatorias calculadas.
iv. Que el porcentaje de diferencia entre el precio total de oferta de los servicios de aseguramiento ASCA01_B, ASCA02_B y ASCA02_M entre las tres ofertas hábiles de menor valor estimado no supere el 6%.
∑ subtotales A1= (P×Q (ASCA01_B)) + (P×Q (ASCA02_B)) + (P×Q (ASCA02_M))
∑subtotales A2= (P×Q (ASCA01_B)) + (P×Q (ASCA02_B)) + (P×Q (ASCA02_M))
∑subtotales A3= (P×Q (ASCA01_B)) + (P×Q (ASCA02_B)) + (P×Q (ASCA02_M))
Donde A1= primera oferta hábil de menor valor A2= segunda menor oferta hábil
A3= tercera menor oferta hábil P = Precio unitario
Q = Cantidad estimada total (2 años)
Para el cálculo correspondiente se utilizará como referencia el menor valor obtenido de las sumatorias calculadas, aplicando las siguientes formulas:
(MV)= Menor valor entre (∑ subtotales A1; ∑subtotales A2; ∑subtotales A3)
2
% ( 2) = ((( ) − 1) ∗ 100) ≤ 6%
3
% ( 3) = ((( ) − 1) ∗ 100) ≤ 6%
Donde: MV= Menor valor obtenido de las sumatorias calculadas.
2MV= Segundo menor valor obtenido de las sumatorias calculadas.
3MV= Tercer menor valor obtenido de las sumatorias calculadas.
Cuando la regla definida anteriormente para la adjudicación se cumpla, ETB adjudicará hasta tres contratos con una distribución equivalente al 33,333% del valor total estimado de la menor oferta dentro del rango de ofertas hábiles.
b) De no cumplirse los criterios de adjudicación del literal a), se adjudicarán dos contratos, cuyas ofertas hayan tenido los menores valores estimados de oferta, Incluido IVA, de acuerdo con la ponderación económica definida en el numeral 2.13 del capítulo financiero, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
i. Que el porcentaje de diferencia entre el valor total estimado para los servicios de aprovisionamiento de la menor oferta económica hábil dentro del rango de ofertas con la segunda menor oferta hábil, no supere el 3,00%.
ii. Que el porcentaje de diferencia entre el valor total estimado para los servicios de aseguramiento de la menor oferta económica hábil dentro del rango de ofertas con la segunda menor oferta hábil, no supere el 3,00%.
iii. Que el porcentaje de diferencia entre el precio total de oferta de los servicios de aprovisionamiento APR TIPO9-A, APR TIPO10-2A y APR TIPO9-C entre las dos ofertas hábiles de menor valor estimado no supere el 6%.
Para calcular el porcentaje de diferencia entre las dos ofertas, debe aplicarse la metodología definida en el inciso iv. del literal a).
iv. Que el porcentaje de diferencia entre el precio total de oferta de los servicios de aseguramiento ASCA01_B, ASCA02_B y ASCA02_M entre las dos ofertas hábiles de menor valor estimado no supere el 6%.
Para calcular el porcentaje de diferencia entre las dos ofertas, debe aplicarse la metodología definida en el inciso v. del literal a).
Cuando la regla definida anteriormente para la adjudicación se cumpla, ETB adjudicará hasta dos contratos con una distribución equivalente al 40% del valor total estimado de la menor oferta dentro del rango de ofertas hábiles. ETB en busca de la excelencia en el servicio se reserva el derecho de adelantar un nuevo proceso de contratación con el fin de contar con un tercer contratista.
c) De no cumplirse los criterios de adjudicación de los literales a) y b), se adjudicará el contrato de la oferta que presente el menor valor estimado de oferta, Incluido IVA, de acuerdo con la ponderación definida en el numeral 2.13 de los términos de referencia.
Cuando la regla definida anteriormente para la adjudicación se cumpla, ETB adjudicará un contrato con una distribución equivalente al 40% del valor total estimado de la menor oferta dentro del rango de ofertas hábiles. ETB en busca de la excelencia en el servicio se reserva el derecho de adelantar un nuevo proceso de contratación con el fin de contar con un segundo y un tercer contratista.
La decisión sobre la adjudicación, de acuerdo con el resultado de la ponderación de ofertas (ordenamiento económico de ofertas), del capítulo financiero, será publicada en la página xxx.xxx.xxx.xx, dentro de los 2 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de adjudicación en la Gerencia de Abastecimiento.
1.22. ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Si el adjudicatario del contrato es una sociedad Colombiana, deberá suscribirse dentro de los ocho (7) días hábiles siguientes al recibo por el Sistema de Gestión Contractual de la comunicación de adjudicación en el equipo jurídico, plazo que se distribuirá así: (i) Para su elaboración del contrato: 3 días hábiles a partir del recibo por parte del Equipo Jurídico en el Sistema de Gestión Contractual, (ii) Para firma por parte del apoderado de ETB, 2 días hábiles siguiente a la elaboración (iii) Para su suscripción por parte del contratista, 2 días hábiles siguiente al recibo de la comunicación que le curse la Gerencia Abastecimiento de ETB.
1.23. PRÓRROGAS
Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no hábil.
1.24. CONDICIONES CONTRACTUALES
Las condiciones generales de ejecución contractual serán entre otras las que aparecen a continuación:
1.24.1. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato es de dos (2) años a partir de la orden escrita de inicio, previa aprobación de las garantías constituidas a favor de ETB, o hasta que se agoten los recursos, lo primero que ocurra. Los plazos de cada actividad deben ser coordinados por el supervisor del contrato con el fin de garantizar los más altos estándares de cumplimiento de ANS.
1.24.2. GARANTÍAS CONTRACTUALES
El Contratista deberá amparar los siguientes riesgos, aplicables para los dos grupos:
(i) CUMPLIMIENTO: por un valor asegurado del 20% del precio estimado del contrato, antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato, durante el plazo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo.
(ii) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: por un valor asegurado equivalente al 10% del precio del contrato, antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato, durante el plazo de ejecución del mismo y tres años más.
(iii) CALIDAD DEL SERVICIO: por un valor asegurado del 20% del precio estimado del contrato, antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato, durante su ejecución y tres meses más.
(iv) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: por un valor asegurado del 15% del precio del contrato antes de IVA, vigente desde la suscripción del contrato y hasta la liquidación del mismo. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que pueda emprender ETB por amparos que no se hallen cubiertos por el porcentaje aquí estipulado. En el evento en que el contratista cuente con ésta póliza para el giro normal de sus operaciones, para el amparo aquí exigido, se aceptará la certificación de la Compañía de Seguros, en la que ETB pueda verificar la cobertura exigida en cuanto a plazo y el valor exigido en el presente numeral.
(v) BUEN MANEJO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES: a) cuando resulten tres contratos adjudicados: cada uno por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000); b) cuando resulten dos contratos adjudicados: cada uno por un valor asegurado de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000);
c) cuando resulte un solo contrato adjudicado: por un valor asegurado de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000). PARÁGRAFO PRIMERO: La vigencia es desde la suscripción del contrato, hasta la liquidación del mismo. En ningún caso el supervisor del contrato podrá entregar materiales para la instalación cuando el valor supere la suma asegurada.
(vi) TODO RIESGO: a) cuando resulten tres contratos adjudicados: cada uno por la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($500.000.000); b) cuando resulten dos contratos adjudicados: cada uno por un valor asegurado de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000); c) cuando resulte un solo contrato adjudicado: por un valor asegurado de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($600.000.000). PARÁGRAFO: la vigencia es desde la fecha de inicio del contrato hasta su liquidación, y debe amparar los bienes y equipos de propiedad de ETB contra los riesgos de sustracción con violencia, actos mal Intencionados de terceros, sabotaje, terrorismo, terremoto e Incendio. En el evento en el que el contratista tenga contratada esta póliza para el giro normal de sus operaciones, ETB la aceptará bajo la condición que cumpla con los requerimientos de la presente póliza.
(vii) TRANSPORTE DE MERCANCÍAS: a) cuando resulten tres contratos adjudicados: cada uno por la suma de SEIS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000.000), presupuesto anual de movilización; b) cuando resulten dos contratos adjudicados: cada uno por un valor de SIETE MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($7.200.000.000), presupuesto anual de movilización; c) cuando resulte un contrato adjudicado: por un valor de SIETE MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($7.200.000.000), presupuesto anual de movilización. PARÁGRAFO: desde la fecha de inicio del contrato hasta su liquidación. En el evento en el que el contratista tenga contratada esta póliza para el giro normal de sus operaciones, ETB la aceptará bajo la condición que cumpla con los requerimientos de la presente póliza. Es obligación del contratista mantener vigente esta póliza durante la ejecución del contrato y hasta su liquidación.
De acuerdo con lo previsto en las “Políticas Financieras de Contratación” emitidas por la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB, en atención a la magnitud de los riesgos de ETB, se implementó un esquema de aseguramiento que le permite en su condición de tomador de las pólizas, garantizar su actividad contractual y la responsabilidad frente a terceros, originada en las actuaciones de sus contratistas. Resultado de lo anterior, la Vicepresidencia Financiera y Administrativa de ETB ha suscrito convenios en virtud de los cuales los contratistas que suscriban contratos con ETB, deben adherirse a las pólizas de Cumplimiento y Responsabilidad Civil Extracontractual contratadas por ETB. Conforme con lo anterior, para la obtención de los primeros certificados de seguro, el CONTRATISTA deberá, en virtud de las Alianzas suscritas por ETB, obtenerlos con la aseguradora que hacen parte del convenio, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00 xxxx 0x, Xxxx xx Xxxxxxx y Seguros, para su vinculación como cliente y la asignación inicial de cupo de seguro, aportando los documentos relacionados en el literal A del “INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y
DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL”, que puede consultar en la página web xxx.xxx.xxx.xx, o consultar directamente con el Equipo de Seguros de la Vicepresidencia Financiera de ETB. Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro, deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado Instructivo. Si ya tiene asignado el cupo, teniendo en cuenta que dicho trámite aplica para el primer contrato en el que se haya vinculado al proveedor, los posteriores certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la entrega del contrato firmado, en la Unidad de Expedición del Asegurador y el Intermediario en ETB, y posteriormente, ETB informará en cualquiera de estos eventos al Contratista para que realice el pago de la prima respectiva.
En el evento que el CONTRATISTA no pague la prima, la Unidad de Expedición de la Aseguradora y el Intermediario reportará el caso, con el fin que ETB pague la prima y a través del supervisor del contrato descuente su monto al CONTRATISTA de las sumas que le adeude a éste por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx. El CONTRATISTA acepta que ETB realice el respectivo descuento o compensación. Para efectos del cobro de estas penas el contrato prestará merito ejecutivo lo cual entiende y acepta el contratista con la suscripción del mismo.
En el evento que la Aseguradora, en desarrollo de sus políticas de suscripción, se abstenga de emitir certificados de seguros al contratista, el área de Seguros de ETB, lo autorizará para que constituya ras pólizas de seguros con cualquier compañía de seguro autorizada por la Superintendencia Financiera para funcionar en Colombia o para presentar garantía bancaria expedida por banco que tenga operaciones autorizadas en Colombia. Para tal fin, el contratista dispondrá de tres (3) días hábiles, a partir de la comunicación del supervisor,
plazo en el cual deberá realizar la entrega a ETB de los documentos, con el fin de realizar el estudio y aprobación correspondiente. En el evento en que sea necesario realizar cualquier subsanación de la póliza, el área de seguros a través del supervisor del contrato, informará el plazo establecido para tal fin.
En el evento de prórroga o adición del contrato, el contratista debe prorrogar la vigencia de las garantías constituidas y/o adicionar el precio dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo del acuerdo firmado. En todo caso, se deberán reponer los valores asegurados cuando éstos se vean afectados por razón de siniestros. dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al del respectivo acuerdo.
1.24.3. MULTAS
Si hay retardo x xxxx en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones, pagará el contratista una multa equivalente al 1.5% del precio de la parte incumplida por cada semana de atraso, o proporcional por fracción. En todo caso, el valor total de las multas no excederá el 20% del valor total del contrato. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx. La parte incumplida corresponde al precio de la facturación mensual, y para los casos en los que haya pactados ANS, el valor mensual será tomado después de realizar los descuentos de ANS.
ETB podrá descontar el valor de las multas de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx.
1.24.4. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones del contratista, el contratista se obliga a pagarle a ETB a título de cláusula penal compensatoria el 20% del valor del contrato. La pena no exime al proveedor del cumplimiento de la obligación principal, ni del pago de los perjuicios que superen el valor de este porcentaje.
ETB podrá descontar el valor de la cláusula penal pecuniaria de las sumas que le adeude al contratista por cualquier concepto. De no ser posible el descuento total o parcial, el contratista se obliga a consignar en la cuenta que ETB indique el valor o el saldo no descontado dentro del plazo que se señale en la cuenta de cobro que se le curse con tal fin. El contratista renuncia expresamente a todo requerimiento para efectos de su constitución en xxxx.
1.24.5. PROPIEDAD INTELECTUAL
El contratista debe garantizar que la propiedad intelectual que aporte en la ejecución del contrato es de su propiedad o se encuentra debidamente licenciada, y por tanto, librará a ETB de cualquier violación de la misma. En caso de reclamación el Contratista asumirá
totalmente la responsabilidad.
En todo caso, se respetarán los derechos de propiedad intelectual de las partes, de conformidad con lo señalado en la ley. Con la suscripción del contrato, todos los derechos patrimoniales sobre las obras creadas en virtud de este contrato quedan en cabeza de ETB, quien podrá hacer uso de ellas en la forma en que lo considere más conveniente para sus intereses, sin perjuicio de los derechos xxxxxxx a que haya lugar, especialmente aquellos definidos en los literales a. y b. del artículo 30 de la ley 23 de 1982 o a aquellos que reconozca la normatividad vigente en la materia.
1.24.6. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES EN SEGURIDAD SOCIAL, APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO SG-SST
El CONTRATISTA deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con modalidad de contratación laboral de todo el personal que requiera para la prestación del servicio, el pago de las obligaciones laborales, afiliación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social: Administradora de Riesgos Laborales (ARL), Entidad Prestadora de Salud (EPS) y Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) y aportes parafiscales en relación con el personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas.
Como requisito para el inicio del contrato, y para el trámite de las actas de recibo de los servicios, el CONTRATISTA deberá presentar ante el supervisor del contrato, certificación de revisor fiscal o contador público, según el caso, en la que conste los pagos de los aportes a la ARL, EPS y AFP, parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación). Adicionalmente, el contratista debe entregar al supervisor del contrato dentro del mismo plazo fotocopia de las planillas de pago a las mencionadas entidades del personal que ocupe en Colombia para la prestación de los servicios, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas. Igualmente, dentro del mismo plazo el contratista deberá allegar certificación sobre el pago de obligaciones laborales e indemnizaciones laborales respecto del personal que utiliza para la prestación del servicio, inclusive subcontratistas.
1.24.7. ACUERDO DE BUENAS PRÁCTICAS Y RESPONSABILIDAD CORPORATIVA
El Oferente deberá suscribir el “Acuerdo de Buenas Prácticas y Responsabilidad Corporativa”, como requisito para suscribir el contrato, el cual hace parte del presente documento como Anexo Jurídico No. 3, y deberá ser aportado en el capítulo jurídico de la oferta debidamente suscrito por el representante legal o apoderado. Dicho anexo no podrá ser modificado por el oferente.
1.24.8. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá darse por terminado por las causales legales o por las siguientes: (i) por mutuo acuerdo. (ii) anticipadamente por ETB, en cualquier tiempo, dando aviso al CONTRATISTA con una antelación mínima de 30 días calendario. (iii) de manera anticipada por ETB, en cualquier tiempo cuando ETB evidencie que el contratista ha sido
incluido dentro de las listas restrictivas vinculantes o no vinculantes nacionales o extranjeras. PARÁGRAFO: en todo caso, la terminación anticipada del contrato no da lugar a indemnización alguna por parte de ETB, en este caso, sólo se pagarán las sumas correspondientes bienes recibidos a satisfacción de ETB, o las solicitudes de pedido que se hayan formulado y que se encuentren en curso.
1.24.9. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
No se constituye vínculo laboral alguno entre ETB y el personal que el CONTRATISTA ocupe para el cumplimiento del objeto contractual. Éste dispone de autonomía y libertad administrativa y directiva para la ejecución del contrato y será el único responsable por la vinculación de su personal, la cual realizará en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que ETB adquiera responsabilidad alguna por tales actos o contratos. El oferente con la presentación de la oferta garantiza que el personal que disponga para la prestación del servicio está debidamente seleccionado para prestar el servicio contratado de forma eficiente y dentro de los plazos establecidos. Así mismo, garantiza que la remuneración de las personas que en su calidad de contratista ocupe para la prestación del servicio está acorde con los parámetros de la ley.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA, en desarrollo de su autonomía técnica y administrativa, por su propia cuenta y riesgo, es quien realiza el proceso de selección del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del objeto contratado, por lo tanto, se obliga a:
a) Realizar el proceso de inducción, capacitación, y entrenamiento necesario del personal de conformidad con el objeto del contrato, en el caso que aplique de acuerdo al alcance del objeto del contrato a celebrar.
b) Implementar el sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo.
c) Afiliar a sus trabajadores a los Sistemas de Salud, Pensiones y Riesgos Laborales, obligándose además a cotizar oportunamente a las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes sobre la materia.
d) El contratista debe garantizar que todo el personal que preste el servicio cuenta con la afiliación y aportes mensuales a los Sistemas de Salud y Pensiones establecidos en las normas vigentes sobre la materia.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA se obliga a suministrar durante la vigencia del contrato, así como durante los 3 años siguientes a la terminación y/o liquidación del mismo en el caso que aplique, toda la información que ETB requiera con relación al cumplimiento de las obligaciones legales previstas a su cargo en materia de seguridad social, aportes parafiscales y salud ocupacional del personal que ocupe en Colombia para la ejecución del contrato, inclusive subcontratistas personas naturales o jurídicas”.
1.24.10. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOBRE GESTIÓN AMBIENTAL
El CONTRATISTA deberá dar estricto cumplimiento a las normas legales vigentes sobre
gestión ambiental en lo que se requiera y obligue de acuerdo con el objeto contratado. En virtud de lo anterior le corresponde, entre otras obligaciones, realizar las actividades relativas a identificar, analizar y evaluar peligros, a gestionar y controlar los riesgos, a mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que puedan afectar a las personas, propiedades o medio ambiente, y en el caso que se requiera por el objeto contratado, obtener los permisos requeridos por las autoridades ambientales según la jurisdicción correspondiente a la zona de ejecución del contrato. Estas obligaciones se extienden a sus subcontratistas. ETB podrá verificar su cumplimiento durante la ejecución del contrato, para cuyo efecto el contratista le suministrará la información correspondiente. Durante la ejecución del contrato, ETB podrá realizar visitas a las instalaciones del Contratista, cuando lo considere necesario como parte de la gestión de supervisión y control a la correcta ejecución del contrato, con el fin de evaluar y efectuar aseguramiento de ambientes de controles básicos que tenga implementados el contratista para el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Empresa, cuando por las características del contrato se requieran.
1.24.11. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
La información suministrada por ETB en desarrollo del contrato, deberá ser utilizada de manera confidencial, garantizado por todos los medios a su alcance que los trabajadores a su servicio y demás personas que autorice, respetarán la reserva sobre la misma. Dicha información únicamente será utilizada para la debida ejecución del contrato. La violación de confidencialidad o el uso indebido de la información dará lugar a reclamar indemnización por parte de ETB. No se considera violación de confidencialidad la entrega de información cuando sea de conocimiento público. El Contratista no adquiere derechos de propiedad o disposición respecto de la información suministrada por ETB.
1.24.12. PROTECCIÓN AL DERECHO DE HABEAS DATA
Cuando para la debida ejecución del contrato, el contratista deba acceder, consultar, almacenar y/o administrar bases de datos de ETB que contengan información personal de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, previos los permisos concedidos para el efecto, el contratista se obliga a disponer los medios necesarios para observar, cumplir e instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo sobre los principios de administración de datos de terceros, tales como: veracidad, finalidad, acceso y circulación restringida, temporalidad, seguridad, confidencialidad, libertad y transparencia, conforme con lo establecido en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 3066 de 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para los mismos efectos, con la presentación de la oferta se entiende dada la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a la política de seguridad que tiene adoptada ETB para el manejo de su información y la de manejo de datos de terceros, la cual se obliga a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo,
sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dicha política debe ser consultada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx.
En consecuencia, el contratista debe entender y aceptar que a partir del momento en que ETB le suministre cualquier base en donde reposen datos personales de sus clientes, proveedores, trabajadores, contratistas o accionistas, entre otros, asume la calidad de encargado de su tratamiento y en consecuencia solo hará uso de los datos para las finalidades establecidas al momento de su entrega. En tal sentido, se obliga a cumplir con las disposiciones que en relación con la protección de datos personales se encuentran consagradas en la Ley 1266 de 2008, ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, la Resolución 3066 de 2011 de la CRC y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.”
1.24.13. INDEMNIDAD
El contratista debe mantener indemne a ETB de toda reclamación o demanda, por los daños o perjuicios que ocasione el personal a su servicio a terceros en desarrollo del contrato
1.24.14. SUPERVISIÓN
Durante la ejecución del contrato, ETB podrá realizar visitas a las instalaciones del contratista, cuando lo considere necesario como parte de la gestión de supervisión y control a la correcta ejecución del contrato, con el fin de evaluar y efectuar aseguramiento de ambientes de controles básicos que tenga implementados el contratista para el cumplimiento de sus obligaciones frente a la empresa, cuando por las características del contrato se requieran.
1.24.15. CESIÓN DEL CONTRATO
El contrato no podrá cederse sin previa autorización expresa y escrita de ETB.
1.24.16. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará por las partes dentro de los 5 meses siguientes a su terminación.
1.24.17. DOMICILIO
Para todos los efectos, el domicilio contractual será Bogotá D.C.
CAPITULO II
2. CONDICIONES FINANCIERAS
Las siguientes serán las condiciones financieras generales aplicables para la prestación de servicios de aprovisionamiento y aseguramiento sobre las redes de acceso en cobre y FTTC; la prestación de servicios de aseguramiento sobre la red FTTH, así como los servicios y actividades complementarias para la correcta prestación de los citados servicios que hacen parte de la oferta comercial de ETB a nivel nacional, de conformidad con las condiciones previstas en el presente documento y en las condiciones generales de contratación.
2.1. PRECIOS
ETB solicita que los servicios que hacen parte de la presente contratación sean cotizados bajo el sistema de precios fijos netos, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento.
Serán por cuenta del proveedor, y se considerarán incluidos como parte del precio, todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes a la fecha de suscripción del contrato. Si durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos serán asumidos por quien corresponda de acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado.
De todo pago o abono en cuenta, ETB hará las retenciones xx xxx a que haya lugar.
2.2. VALOR DE LA OFERTA
Para la presentación de la propuesta el oferente deberá diligenciar en su totalidad el siguiente Anexo financiero:
Anexo Financiero N° 1: Relación De Precios De Los Servicios De Aprovisionamiento Y Pos-Venta Sobre La Red De Acceso Cobre Y FTTC Y Demás Actividades Complementarias, Para Los Clientes Que Demanden Servicios De Voz, Datos Y Tv Sobre Las Redes De ETB.
Anexo Financiero Nº 2: Relación De Precios De Los Servicios De Aseguramiento Sobre La Red De Acceso Cobre Y FTTC Y Demás Actividades Complementarias, Para La Correcta Prestación De Los Citados Servicios Que Hacen Parte De La Oferta Comercial De ETB A Nivel Nacional.
Anexo Financiero N° 3: Resumen de oferta incluido IVA
Para diligenciar los anexos económicos se deben seguir las instrucciones que aparecen al inicio de cada uno de los anexos en las hojas de Excel y tener en cuenta las siguientes notas:
NOTA 1: El oferente debe cotizar la totalidad de ítems solicitados en los anexos de cotización, la no cotización de por lo menos un ítem será causal de rechazo de la oferta.
NOTA 2: Los anexos financieros deberán suministrarse tanto en forma impresa como en medio digital (Formato Excel) preferiblemente en USB. De presentarse discrepancias entre la información suministrada en medio impreso y la entregada en medio digital, prevalecerá la información suministrada en medio impreso. La no presentación de la oferta en forma impresa será causal de rechazo de la oferta. Con ocasión de las aclaraciones que surjan en la etapa de evaluación de ofertas, bajo ningún motivo se podrán modificar los valores cotizados, la modificación de valores unitarios o totales será causal de rechazo de la oferta.
NOTA 3: Las cantidades de servicios son estimadas y serán utilizadas para efectos de evaluación de las ofertas en igualdad de condiciones. Por lo anterior, en ejecución del contrato las cantidades podrán aumentar o disminuir de conformidad con las necesidades reales de ETB S.A. ESP
NOTA 4: El anexo financiero deberá ser diligenciado en el formato suministrado por ETB "PROTEGIDO". En caso en que se tramite en otro formato NO serán tenidos en cuenta su oferta.
NOTA 5: El Anexo financiero debe estar firmado por el representante legal o apoderado debidamente facultado.
NOTA 6: LA NO PRESENTACIÓN DE LOS ANEXOS FINANCIEROS EN MEDIO FÍSICO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA.
2.3. CUBRIMIENTO DE LA OFERTA
El valor de la oferta deberá incluir todos los bienes y servicios requeridos para cumplir a cabalidad con el objeto y alcance de los presentes términos de referencia. Cualquiera de ellos que se requiera para el cumplimiento del objeto contractual y que no haya sido incluido en la propuesta deberá ser suministrado en su totalidad por el contratista sin costo adicional alguno para ETB.
Todos los costos, gastos, honorarios y demás egresos que sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista, deberán quedar incluidos en su oferta económica, previo análisis que efectúe el Oferente por su cuenta y riesgo, de manera que aquellos costos, gastos, honorarios y demás egresos no previstos en la oferta, no serán asumidos por ETB, ni cargados al precio de forma alguna.
2.4. REVISIÓN DE PRECIOS
Una vez finalizado el primer año de ejecución del contrato los precios podrán ser revisados de común acuerdo, pudiendo estos disminuir, mantenerse o aumentar; para el tercer caso, el reajuste de precios no podrá exceder el porcentaje del Índice de Precios al Consumidor del año inmediatamente anterior al de la fecha de revisión de los precios, para la República de Colombia, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE.
2.5. IMPUESTOS Y FACTURACIÓN
2.5.1 IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
El oferente debe discriminar con exactitud el precio correspondiente de los bienes y servicios objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas que afecte la misma, indicando la base sobre la cual se liquida de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta. En el evento en que el oferente no discrimine el IVA y se cause dicho impuesto, ETB lo considerará incluido en el valor de los bienes y servicios relacionados en la oferta.
En la cláusula de precio del contrato se deberán discriminar los conceptos que lo conforman y el IVA, si éste se causa.
En ningún caso la base gravable del impuesto sobre las ventas podrá ser inferior al valor comercial de los bienes o de los servicios, según lo establecido en el artículo 463 del Estatuto Tributario.
En caso de que el servicio o bien suministrado sea de cuantía indeterminada o no tenga valor, el proveedor deberá responder por el reconocimiento de sus ingresos e impuestos según las normas tributarias vigentes
2.5.2 RETENCIÓN A TÍTULO DE IVA EN CONTRATOS QUE INVOLUCREN PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL TERRITORIO NACIONAL O DESDE EL EXTERIOR CELEBRADOS CON NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
Para efectos de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, en el contrato respectivo se deberá discriminar el valor del impuesto sobre las ventas generado, que será objeto de retención por parte de ETB. El contrato servirá como soporte para todos los efectos tributarios.
2.5.3 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A OFERENTES NACIONALES
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la Renta e IVA, se determinará de conformidad con la normatividad vigente, habiéndose establecido previamente, si el
contratista es declarante o no del impuesto sobre la renta, si es gran Contribuyente o Autorretenedor y el régimen de impuesto a las ventas al cual pertenece (común o simplificado) o si vende o presta servicios excluidos del IVA.
2.5.4 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA, OFERENTES NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta, se determinará al momento en el cual se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta, de acuerdo con las normas tributarias vigentes para pagos al exterior.
2.5.5 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
2.5.5.1 Oferente Proveedor Nacional
El contratista deberá informar el régimen del impuesto de industria y comercio al cual pertenece (común o simplificado), la actividad económica y la tarifa del impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., o en las ciudades del país que le corresponda. En caso de no informarla, le será asignada la tarifa de retención más alta, la cual se aplicará al momento que se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta. En este orden de ideas el contratista deberá informar los valores y lugares de las actividades gravadas realizadas en desarrollo del contrato.
2.5.5.2 Proveedor No Residente Ni Domiciliado En El País
Sobre la enajenación en Colombia de bienes importados y los servicios prestados intermediarios o terceros en el territorio nacional, ETB practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar de acuerdo con las normas tributarias municipales respectivas.
2.5.6 RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE
De conformidad con en el parágrafo 2° del artículo 519 del Estatuto Tributario, a partir de 2010 la tarifa aplicable por concepto del Impuesto de Timbre será del 0%. En caso de ser aumentada, deberá ser asumida por el CONTRATISTA en un porcentaje correspondiente al 50%, toda vez que ETB se encuentra exenta del pago de dicho impuesto, de acuerdo con lo establecido por los artículos 532 y 533 en concordancia con la sentencia C-736 de 2007 proferida por la Corte Constitucional.
2.5.7 REQUISITOS EN LA FACTURACIÓN
El proveedor estará obligado a informar al momento de la facturación el régimen de impuesto sobre las ventas al cual pertenece si es responsable del impuesto o no, si los servicios que presta se encuentran excluidos del IVA y si es declarante o no del Impuesto
sobre la Renta, si es gran contribuyente o autorretenedor xx Xxxxx y las disposiciones que lo autorizan.
Si el proveedor factura a través de apoderado, el documento deberá expresar que se expide por cuenta y a nombre del poderdante.
2.5.8 IMPUESTOS Y FACTURACIÓN A SUCURSAL EXTRANJERA
Si la oferta es presentada por un proveedor extranjero que cuenta con una sucursal constituida en Colombia a través de la cual realizará algunas o todas las actividades tendientes a cubrir el objeto de la presente contratación, deberá especificar en su oferta cuales serán estas labores y el valor correspondiente. Es de anotar que el valor de las actividades desarrolladas por la sucursal no será girado al exterior y debe ser facturado directamente por la sucursal, para lo cual se observarán las condiciones determinadas para la forma de pago para proveedor nacional.
Adicionalmente, para cotizar las actividades a desarrollar por la Sucursal deberá utilizar los anexos financieros correspondientes a nacionales.
2.5.9 FACTURACIÓN PARA CONTRATISTAS EN CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL O CUALQUIER FORMA DE ASOCIACIÓN
En el evento en que la oferta sea presentada bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquier forma de asociación, los miembros de estos deberán facturar en forma independiente, por lo que en el contrato se deberá informar: (1) el NIT de cada uno de los miembros, en el caso que sea procedente, (2) el porcentaje o valor de los ingresos que le corresponda a cada uno de estos.
Cabe anotar que los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación deberán facturar sus ingresos de acuerdo con su participación establecida en el Documento Consorcial.
2.5.10 RÉGIMEN TRIBUTARIO DE E.T.B.
ETB es Gran Contribuyente (Resolución 012635 del 14 de diciembre de 2018), Autorretenedor de ingresos gravados con impuesto xx xxxxx (Decreto 2885 del 24 de Diciembre de 2001, Resolución DIAN No. 0547 del 25 de Enero de 2002), Autorretenedor de rendimientos financieros (Resolución 2863 de 2018), responsable del Impuesto sobre las Ventas (artículo 792 del E.T.), catalogada como Entidad de Derecho Público para efectos de la retención por concepto de ICA para la ciudad de Bogotá, D. C. (Artículo 3 Decreto No. 271 del 28 xx Xxxxx de 2002). Código CIIU 6110.
2.6. MONEDA DE COTIZACIÓN
Los servicios objeto de la presente contratación se deben cotizar en pesos colombianos en números enteros sin decimales.
ETB redondeará los precios de acuerdo con lo estipulado anteriormente utilizando la HERRAMIENTA REDONDEAR EXCEL, a cero decimales para cifras cotizadas en pesos colombianos.
2.7. FORMA DE PAGO
2.7.1 Servicios de Aprovisionamiento
El 100% del precio de las actividades exitosas y los servicios Global a Todo Costo / Día, se pagaran mediante cortes mensuales vencidos, sobre la cantidad de actividades Exitosas y los Servicios Global a Todo Costo / Día, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.12.10.6 del capítulo técnico, efectivamente solicitados y recibidos por ETB, a los sesenta (60) días siguientes a la radicación en el portal de recepción facturas de cuentas por pagar de ETB de la factura comercial, acompañada del Acta de recibo a Satisfacción mensual donde conste la descripción de los servicios, suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
2.7.2 Servicios de Aseguramiento
El 100% del precio de los servicios a Todo Costo x Cliente Activo (sobre la cantidad de clientes activos) y los servicios Global a Todo Costo / Día, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.12.10.7 del capítulo técnico, se pagarán mediante cortes mensuales vencidos, efectivamente solicitados y recibidos por ETB, a los sesenta (60) días siguientes a la radicación en el portal de recepción facturas de cuentas por pagar de ETB de la factura comercial, acompañada del Acta de recibo a Satisfacción mensual donde conste la descripción de los servicios, suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
NOTA 1: Para efectos de la firma de las Actas de recibo de los servicios, el contratista deberá acreditar ante el supervisor del contrato en ETB, el pago de la nómina y demás obligaciones laborales, y de aquellas en materia de seguridad social (ARL, EPS y AFP) y aportes parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación), respecto del personal utilizado para ejecutar el contrato.
2.8. ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS
El Contratista deberá establecer el número de cuenta, modalidad de ésta (ahorro o corriente), y entidad financiera a la que deben abonarse los pagos. Así mismo, en el evento de cambio de la cuenta, el contratista deberá informar de inmediato y por escrito a la supervisión del contrato, quien a su vez deberá revisar y dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva Interna número 00571 “ACTUALIZACIÓN DE CUENTAS O
CAMBIO DE DESTINATARIOS DE LOS PAGOS EN EL SISTEMA SAP” del 2 xx xxxxx de
2010; la cual regula el tema.
2.9. REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN MAYORES VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO.
Cuando se identifiquen mayores valores entregados por cualquier concepto, éstos deben ser desagregados y reintegrados a ETB, para lo cual se aplicará la siguiente metodología:
2.9.1. PARA VALORES COTIZADOS Y PAGADEROS EN PESOS COLOMBIANOS
Se determinará la fecha en que se efectuó el respectivo pago.
Se determinará el mayor monto pagado en pesos colombianos.
Se determinará la fecha de devolución por parte del CONTRATISTA.
Se indexará el monto en pesos entre la fecha en que se efectúo el respectivo pago y la fecha de devolución, utilizando los índices de precios al consumidor en el ámbito nacional, para la República de Colombia certificados por el DANE para dicho período. En caso de no contar con la inflación correspondiente al período a actualizar se tomará el promedio mensual o diario corrido del año, según sea el caso, se hará el cálculo con base en ésta. Para el caso de enero, por no tener información que permita establecer el promedio, se tomará la del mismo período del año inmediatamente anterior. Para este cálculo se incluye el valor del IVA correspondiente.
En el evento en que el CONTRATISTA no efectúe el reintegro en la fecha fijada para el efecto, ETB aplicará intereses xx xxxx liquidados a la tasa máxima de interés xx xxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, vigente entre la fecha fijada para la devolución de los dineros y la fecha real de pago
2.10. HOMOLOGACIÓN DE PROVEEDORES
Los oferentes internacionales y nacionales, personas jurídicas y personas naturales, interesados en presentar oferta deberán estar homologados de conformidad con los requisitos establecidos en la Política Financiera de Contratación, la cual se encuentra publicada en la página web de ETB xxx.xxx.xxx.xx.
La homologación debe estar actualizada con los estados financieros de la última vigencia fiscal y es un requisito adicional al registro en la base de datos de proveedores.
2.11. RELACIÓN VENTAS - VALOR A CONTRATAR
Las ventas reportadas por el oferente nacional o extranjero en sus estados financieros en el último año fiscal NO podrán ser inferiores al 20% del precio estimado de oferta incluido IVA. (Anexo Financiero Nº 3).
Para las ofertas presentadas en consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación, para obtener el valor de las ventas, con el cual se verifique la condición se seguirá el procedimiento descrito a continuación:
En el momento de presentación de la oferta el documento consorcial debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, con lo cual se procederá a realizar el siguiente cálculo: Porcentaje de participación dentro del grupo asociado por las ventas, para cada uno de los integrantes del grupo asociado. Las sumas de estos valores corresponderán al valor de las ventas del grupo consorciado.
Nota: Para efectos de validar este requerimiento el oferente deberá adjuntar con el paquete financiero de la oferta, el Estado de Resultados del último año fiscal, debidamente suscrito por contador público, revisor fiscal o quien haga sus veces, de conformidad con la legislación aplicable para el efecto.
LA CONDICIÓN PREVISTA EN EL ANTERIOR NUMERAL CONSTITUYE UN REQUISITO HABILITANTE DE NATURALEZA FINANCIERA PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCESO DE INVITACIÓN PÚBLICA. LOS OFERENTES QUE NO CUMPLAN CON EL REQUISITO HABILANTE FINANCIERO REFERIDO EN EL PRESENTE NUMERAL, SERÁN DESCALIFICADOS.
2.12. VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES DE CARÁCTER FINANCIERO
"Con la presentación de la oferta se entiende ACEPTADO todas y cada una de las condiciones estipuladas en el presente capitulo.
2.13. ORDENAMIENTO ECONOMICO DE LAS OFERTAS Y CONTRA OFERTAS:
De conformidad con lo anterior, las ofertas que cumplan financieramente serán calificadas desde el punto de vista económico como se explica más adelante:
Ponderación Técnica: CUMPLE NO CUMPLE
Ponderación Económica: Se identificará un ordenamiento de 1 a N siendo N
equivalente al número de ofertas hábiles dentro del rango de oferta.
La calificación económica de las ofertas se efectuará sobre un ordenamiento de 1 a N, los cuales serán asignados mediante la aplicación del siguiente procedimiento:
ETB podrá hacer correcciones aritméticas a los valores consignados por el oferente en los Anexos financieros solicitados en los siguientes casos:
Cuando al verificar el valor consignado en la columna valor total, este difiera del valor resultante de multiplicar las cantidades del ítem por el precio unitario total respectivo.
Cuando al verificar las sumas y multiplicaciones totales y parciales de los mencionados anexos se encuentren errores aritméticos.
En caso de presentarse discrepancias entre los valores presentados en el anexo de precios, ETB podrá hacer las correcciones necesarias y tomara para ello el valor que resulte de la aplicación de los precios unitarios, del anexo correspondiente de la oferta.
Es importante anotar que si se presentan inconsistencias entre los valores presentados físicamente (papel) y los valores del medio digital, prevalecerán los valores presentados en medio físico (papel).
Se identificará, dentro del rango de ofertas presentadas, la que contenga el menor valor de ofertas incluido IVA (después de correcciones aritméticas), a esta oferta se le otorga el numero 1 siendo esta oferta la mejor dentro del rango de ofertas la asignación del numero dos será para la segunda de mejor valor y así sucesivamente hasta llegar al número de ofertas que CUMPLEN Técnica, Jurídica Y Financieramente dentro del presente proceso.
NOTA 1: En caso de que ETB decida adelantar una etapa de negociación, en las contraofertas presentadas, las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la postura anterior, aun cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto de ello efectuará la corrección del precio total de la oferta.
NOTA 2: “En caso que los oferentes decidan ofrecer descuentos estos deben realizarse y ser aplicados a los precios unitarios ofertados”.
CAPITULO III
3. CONDICIONES GENERALES
ETB requiere garantizar la calidad de los servicios de Voz, Datos, Servicios sobre IP y Servicios de IPTV que presta a sus clientes sobre las redes de acceso en COBRE y FTTC, para lo cual ha estructurado un proyecto fundamentado en un “esquema de operación integrada que permita la prestación de los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento”.
El proyecto además incluye el esquema “servicio día (servicio global a todo costo X día)”, para las siguientes operaciones: (i) el aseguramiento de los servicios sobre la red de FTTH,
(ii) el aseguramiento de la red de acceso, (iii) los servicios para gestionar las contingencias sobre la red de COBRE, FTTC y FTTH, (iv) los servicios de soporte y MDF y (v) el aseguramiento para los clientes del segmento empresas. Esquema que también podrá ser aplicado a los clientes de los demás segmentos, de acuerdo con las necesidades del servicio y las políticas corporativas de ETB.
ETB se reserva, en caso que las necesidades del servicio así lo ameriten, el derecho a solicitar a través del “Esquema de operación Servicio global a todo costo X día”, la prestación de la totalidad de servicios requeridos para la operación de aseguramiento sobre las redes Cobre y FTTC para todos los segmentos de clientes.
Los esquemas definidos garantizarán la prestación de la totalidad de los servicios requeridos por la compañía para los segmentos que harán parte del alcance de modelo operativo, lo cual permitirá generar un nivel de competencia entre los proveedores y garantizar la excelencia del servicio prestado por ETB a sus clientes.
3.1 OBJETO
La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. en adelante ETB,
está interesada en recibir ofertas para contratar la prestación de servicios de aprovisionamiento y aseguramiento sobre las redes de acceso en COBRE y FTTC; la prestación de servicios de aseguramiento sobre la red FTTH, así como los servicios y actividades complementarias para la correcta prestación de los citados servicios que hacen parte de la oferta comercial de ETB a nivel nacional, de conformidad con el presente documento, los anexos y el Manual de Contratación de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P – ETB.
3.2 ALCANCE
3.1.1. El alcance de los servicios comprende un “esquema de operación integrada que permita la prestación de los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento”. El esquema de operación integrada tiene un alcance de aplicabilidad para los segmentos de clientes de Hogares, Negocios y Empresas para el aprovisionamiento del servicio; para el aseguramiento, ETB informa que inicialmente no hace parte del alcance de este esquema el segmento de Empresas.
Adicionalmente, ETB requiere contar con la prestación servicios bajo el “Esquema de operación servicio global a todo costo X día”, el cual tiene como propósito el aseguramiento de clientes del segmento Empresas en las redes de COBRE y FTTC inicialmente, el aseguramiento de los servicios sobre la red de FTTH, el aseguramiento de la red de acceso, los servicios para gestionar las contingencias sobre la red de COBRE, FTTC y FTTH, y los servicios de soporte y MDF.
ETB informa que, de acuerdo a las necesidades del servicio, la prestación de los servicios de aprovisionamiento podrá ser requeridos independientemente del esquema de operación.
3.2.1 ETB requiere que, con la ejecución de las actividades de aprovisionamiento, aseguramiento, de servicios y actividades complementarias que soportan la operación de aprovisionamiento y aseguramiento de servicios de voz, datos, y servicios sobre IP, sobre las redes de acceso COBRE y FTTC el CONTRATISTA garantice:
3.2.1.1. El correcto aprovisionamiento y ejecución de las actividades complementarias para los servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV.
3.2.1.2. La correcta y oportuna gestión, en la ejecución de las actividades de aseguramiento para los servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV, al igual que la calidad en los mismos. La atención xx xxxxxx reportadas por los clientes ETB, involucra entre otros aspectos, verificaciones, pruebas de red, mediciones y trabajos sobre la red externa de ETB, así como los elementos dispuestos entre el Distribuidor General (MDF) y los equipos terminales, instalados en predio de cliente.
3.2.1.3. La prestación de los servicios requeridos en los numerales 3.10.1 y 3.10.2 sobre las redes de acceso COBRE y FTTC se realizarán en la zona 1 que comprende Bogotá y Soacha.
ETB informa que, de acuerdo a la expansión de la cobertura de servicios a través de la red de acceso COBRE y FTTC, a nivel nacional, podrá incorporar nuevas zonas a las inicialmente establecidas, para lo cual se surtirá el procedimiento establecido por ETB en los numerales 3.15
3.2.2.ETB requiere que con las actividades de aseguramiento y sus actividades complementarias que soportan la operación de aseguramiento de servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV sobre la red FTTH, el CONTRATISTA garantice:
3.2.2.1. La correcta y oportuna gestión, en la ejecución de las actividades de aseguramiento para los servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV, al igual que la calidad en los mismos. La atención xx xxxxxx reportadas por los clientes ETB, involucra entre otros aspectos, verificaciones, pruebas de red, mediciones y trabajos sobre la red externa de ETB, así como los elementos instalados en predio de cliente.
3.2.2.2. La prestación de los servicios definidos por ETB en los numerales 3.10.1 y 3.10.2 sobre la red de acceso FTTH se realizarán en Gran Bogotá.
ETB informa que, de acuerdo a la expansión de la cobertura de servicios a través de la red de acceso FTTH, a nivel nacional, podrá incorporar nuevas zonas a las inicialmente establecidas, para lo cual se surtirá el procedimiento establecido por ETB en los numerales 3.15
3.2.3.El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas y relacionadas en el numeral 3.10.3 de este documento y en el anexo “Especificaciones técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios” que hace parte del mismo.
3.2.4.En el marco de la autonomía técnica y administrativa, el CONTRATISTA debe prestar los servicios con personal capacitado y con los estándares de calidad requeridos, así mismo, el CONTRATISTA debe prestar desde el inicio del contrato, el servicio con el transporte, herramientas, equipos de medición y computo, equipos de comunicación, señalización, y demás que considere inherentes y necesarios para la ejecución del contrato de acuerdo con las especificaciones descritas en el presente documento y sus anexos.
3.2.5.El CONTRATISTA debe contar y hacer uso permanente de un aplicativo informático, desde el inicio del contrato para soportar el desarrollo de las actividades de aprovisionamiento, aseguramiento y sus actividades complementarias, el cual debe ser de propiedad del CONTRATISTA y al cual ETB mediante acceso web pueda consultar en cualquier momento, el estado de las órdenes de servicio que gestionará el CONTRATISTA.
3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA OFERTA
3.3.1 Condiciones de presentación de oferta:
Para mayor entendimiento y evaluación de los requerimientos expresados en este capítulo, se efectúa la siguiente clasificación:
a) Requerimiento mínimo obligatorio: son aquellos requerimientos expresados en términos tales como “ETB REQUIERE” o “EL CONTRATISTA DEBE”, indicando que son de cumplimiento obligatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requerimientos a cabalidad, serán rechazadas.
e) Condiciones deseables: son aquellas condiciones expresadas en términos tales como: “ES DESEABLE”. “ETB ESPERA”, “ETB DESEA”, indicando que son de cumplimiento deseable. ETB usa estas características para determinar cuál oferta añade valor al proyecto y su incumplimiento no conlleva al descarte de la oferta. Se aclara que los requerimientos deseables que indiquen cumplimiento se deben integrar dentro del valor de la oferta económica.
El OFERENTE debe tener en cuenta que las respuestas que suministre en este capítulo deben corresponder con condiciones técnicas establecidas, constituyéndose en parte de su oferta y por lo tanto del eventual contrato que llegare a celebrarse.
El OFERENTE debe responder punto a punto si CUMPLE o NO CUMPLE a las especificaciones técnicas contenidas en este capítulo. En los casos en los que el OFERENTE lo considere conveniente, o ETB lo exija, el OFERENTE debe dar explicación consecuente con dicho cumplimiento, es decir, manifestar cómo CUMPLE. De no cumplirse lo anterior, ETB podrá solicitar el pronunciamiento o explicaciones respectivas durante la etapa de estudio de ofertas, sin que el OFERENTE pueda mejorar la oferta con ocasión de las respuestas. ETB evaluará cada una de las ofertas con base en los diferentes parámetros técnicos establecidos en el presente documento y calificará SI CUMPLE o NO CUMPLE técnicamente.
Si la respuesta es referida a un instructivo o descriptivo técnico, éste debe ser entregado junto con la oferta indicando el sitio del mismo en el que se localiza la correspondiente descripción, para su verificación.
En caso de contradicción o incongruencia entre las respuestas suministradas en el respectivo numeral o en otro aparte de la oferta, ETB formulará la solicitud de aclaración o explicación en la etapa de estudio de ofertas.
Si la respuesta al requerimiento es evasiva, si no se suministra la aclaración o explicación solicitada, o si a pesar de haberse expresado “CUMPLE”, de la respuesta recibida se deduce que el requerimiento no se satisface totalmente, o su cumplimiento se sujeta a condición, se entenderá que EL OFERENTE NO CUMPLE con el requisito. Si se trata de un “Requerimiento Mínimo obligatorio” la oferta será descartada. De referirse a “Condiciones deseables” se calificará con cero (0), pero la oferta no será descartada.
Los documentos exigidos en el presente capítulo que no hayan sido aportados con la oferta podrán ser requeridos durante la etapa de estudio de ofertas. De no atenderse el requerimiento, la oferta será descartada tal como lo refiere el numeral inmediatamente anterior.
La respuesta a las especificaciones técnicas debe mantener la numeración, con índice que contenga la relación de todos los numerales y anexos que la conforman y debe ser presentada en dos documentos impresos (original y copia). Además, el CONTRATISTA debe presentar una copia de la información técnica en medio digital (en CD), formato no re- escribible y debidamente rotulado. El documento en CD debe tener su índice de enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión.
Todos los documentos que integren la oferta deben ser redactados en idioma español. Si, junto al documento en español, se presenta su versión en idioma inglés, en caso de discrepancia prevalecerá la información suministrada en español.
Durante el estudio de oferta, ETB se reserva el derecho de solicitar a los OFERENTES una presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos específicos de la propuesta, sin que sea posible realizar modificaciones a la oferta presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas oportunamente por ETB a cada uno de los oferentes.
3.3.2 Sistema de evaluación técnica:
ETB evaluará cada una de las ofertas con base en los diferentes parámetros técnicos establecidos en el presente documento y calificará si CUMPLE O NO CUMPLE técnicamente respecto de los requerimientos obligatorios.
3.4 SITUACIÓN PARTÍCULAR DE CONTRATACIÓN
ETB estructuró un proyecto para la prestación de servicios de Aprovisionamiento y Aseguramiento sobre la red de Cobre y FTTC, proyecto que será atendido por varios contratistas con el objetivo de buscar competencia operativa para brindar la mejor calidad de servicio a sus clientes.
Para la ejecución del proyecto, ETB como parte del presente proceso de contratación contará con uno, dos o hasta tres contratos, de acuerdo al análisis de conveniencia económica que realice ETB, definido en el numeral 1.21 del capítulo I de los presentes términos de referencia. Si como resultado del presente proceso no se obtiene la participación del número de contratos esperados, ETB en busca de la excelencia en el servicio se reserva el derecho de adelantar un nuevo proceso de contratación con el fin de contar con la pluralidad esperada del proyecto.
Como parte del presente proceso de contratación, los oferentes deben tener en cuenta que actualmente existen contratos en ejecución para el aprovisionamiento y aseguramiento de servicios sobre las redes de Cobre y FTTC, los contratistas actuales deberán realizar su propio análisis ya que, en el caso de resultar adjudicatarios de los contratos del presente proceso, los contratos actuales 4600016365 y 4600016141 se terminarán por mutuo acuerdo, con el fin de lograr el objetivo del proyecto de ETB de contar con contratistas que presten servicios en el marco del proyecto fundamentado en un esquema de operación integrada. En el evento en que el contratista actual no resulte adjudicatario del presente proceso, o que por su propia voluntad decida no participar, los contratos actuales continuarán vigentes en las condiciones y términos pactados.
Adicionalmente a los contratos resultantes del presente proceso, el proyecto contempla la posibilidad de la participación de un cuarto contrato, resultado de un proceso de contratación diferente al presente proceso, el cual tendrá la capacidad operativa para la prestación de servicios de aprovisionamiento y aseguramiento en la XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX x xx xx XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX; en consecuencia la asignación de las zonas antes citadas; dependerá del análisis interno de conveniencia que realice ETB, luego de la etapa de adjudicación de los procesos de contratación.
La distribución de áreas geográficas que llegaré a realizarse durante la ejecución del proyecto no otorga exclusividad para ningún contratista.
ETB adicionalmente informa que contará con contratistas que operan bajo el modelo de venta instalada, los cuales pueden operar dentro de las zonas que corresponden la red de cobre y FTTC.
3.5 SITUACIÓN ACTUAL
3.5.1 Actualmente ETB ofrece los servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV, sobre la red de acceso de COBRE y FTTC a clientes del segmento masivos. La topología de red que ETB tiene en su infraestructura se presenta a continuación:
3.5.2 ZONA 1(Bogotá y Soacha): en esta zona se aprovisionan servicios sobre la red de acceso COBRE y FTTC. Para la red de acceso COBRE, la operación está organizada por centrales y para la red de FTTC la operación está organizada por NODOS. A continuación, se describe la forma como se distribuye la zona de acuerdo al tipo de red de acceso:
TIPO DE RED | TIPO DE RED | |||||
CENTRAL | COBRE | FTTC | CENTRAL | COBRE | FTTC | |
SANTA XXXX | Si | SI | SUBA | SI | NO | |
YOMASA | NO | SI | XXXXX | SI | NO | |
XXXXXXXXXX | SI | SI | PUENTE ARANDA | SI | NO | |
SAN XXXXXX | Si | SI | FONTIBON | SI | NO | |
SOACHA | NO | SI | TIBABUYES | SI | NO | |
XXXXXX | NO | SI | RICAURTE | SI | NO | |
XXXX XXX | SI | SI | CRUCES | SI | NO | |
MARRUECOS | SI | NO | XXXXXXXXX | SI | NO | |
XXXXXXX | SI | NO | TEUSAQUILLO | SI | NO |
XXXXX | SI | NO | NIZA | SI | NO | |
MUZU | SI | NO | SAN XXXXXXXX | SI | NO | |
BOSA | SI | NO | SAN XXXX | SI | NO | |
CENTRO | SI | NO | BOCHICA | SI | NO | |
CHAPINERO | SI | NO | C. UNIVERSITARIA | SI | NO | |
HOLANDA | SI | NO | SALITRE | SI | NO | |
BACHUE | SI | NO | AV CHILE | SI | NO | |
AUTOPISTA | SI | NO | GUAYMARAL | SI | NO | |
TOBERIN | SI | NO | SAUZALITO | SI | NO | |
SANTA XXXXXXX | SI | NO | ZONA FRANCA | SI | NO | |
SANTA XXXXXX | SI | NO |
Xxxxx Xx 0
0.0.0 XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX: a continuación, se relacionan los municipios con cobertura de red de cobre para esta regional.
APULO | FUSAGASUGA | XXXXXXXX | TENJO |
XXXXXX | XXXXXXXX | XXXXXXXX | TOCAIMA |
XXXX | XXXXXX | SIBATE | TOCANCIPA |
COTA | LA CALERA | SILVANIA | ZIPAQUIRA |
FACATATIVA | LA MESA | SOPO | |
FUNZA | MADRID | TABIO |
Tabla N° 1.1
3.5.4 ZONA COBRE REGIONAL META: a continuación, se relacionan los municipios con cobertura de red de cobre para esta regional.
ACACIAS | CUMARAL |
CASTILLA | GRANADA |
VILLAVICENCIO | SAN XXXXXX |
Tabla N° 1.2
3.5.5 Actualmente ETB también ofrece los servicios de voz, datos, servicios sobre IP e IPTV, sobre la red de acceso de FTTH a clientes del segmento masivos en Gran Bogotá.
La topología de red que ETB tiene en su infraestructura se presenta a continuación:
3.6 ESQUEMA DE OPERACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
ETB requiere que la prestación de los servicios objeto de la presente contratación se realice bajo el “Esquema de operación integrada”, y “Servicios día (servicio global a todo costo x día)”.
3.6.1 ESQUEMA DE OPERACIÓN INTEGRADA:
Para el esquema de operación integrada el CONTRATISTA debe prestar los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento en las áreas geográficas correspondientes, las cuales tienen circunscritas centrales (área de influencia de una central telefónica determinada por una agrupación de Armarios telefónicos y unidades remotas que define la cobertura de la red para esa central). El CONTRATISTA, debe responder y velar por el buen estado de la infraestructura, generar programas que propendan a la reducción xx xxxxxx y aumentar la efectividad de las instalaciones en el segmento de red definido a continuación:
Red FTTC: para la operación se involucra la red y los elementos de infraestructura ubicados entre el MSAN y las premisas de cliente.
Red de COBRE: para la operación se involucra la red y los elementos de infraestructura ubicados entre el MDF o Distribuidor General y las premisas de cliente.
El esquema de operación integrada tiene un alcance de aplicabilidad para los segmentos de clientes de Hogares, Negocios y Empresas para el aprovisionamiento del servicio. Para el aseguramiento, ETB informa que inicialmente se encuentra excluido de este esquema el segmento de Empresas.
Las actividades definidas por ETB para la prestación del servicio bajo este “Esquema de operación integrada” se citan en la Tabla No.2, en ésta se han relacionado los códigos de los servicios:
CODIGOS DE SERVICIO | NOMBRE ANEXO |
APR TIPO 6-A, APR TIPO 6-B, APR TIPO 6-C, APR TIPO7-A, APR TIPO7-B, APR TIPO 7-C, APR TIPO8-A, APR TIPO 8-B, APR TIPO 8-C, APR TIPO9-A, APR TIPO 9-B, APR TIPO 9-C, APR TIPO APR TIPO13-A, APR TIPO16-A, APR TIPO 16-B, APR TIPO 16-C, APR TIPO17-A, APR TIPO17-B, APR TIPO17-C, APR TIPO18-A, APR TIPO18-B, APR TIPO18-C, APR TIPO32-A, APR TIPO33-A, APR TIPO36-A, APR TIPO36-B, APR TIPO36-C, APR TIPO 40, APR TIPO 41, APR TIPO 42, APR TIPO 43, APR TIPO 44, APR TIPO 45, APR TIPO54, APR TIPO55, APR TIPO56. | AF APROVISIONAMIENTO |
ASCA01_B, ASCA02_B, ASCA03_B, ASCA01_C, ASCA02_C, ASCA01_M, ASCA02_M | AF ASEGURAMIENTO CLIENTE COBRE Y FTTC |
Tabla No.2
Para los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento el CONTRATISTA deberá prestar la totalidad de los servicios que sean asignados por ETB.
ETB informa que, para la prestación de los servicios de aseguramiento y en algunas áreas geográficas, se asignará la mayor porción de órdenes de servicio al CONTRATISTA de la base de clientes clasificados por los servicios instalados (LB, LB+XDSL o XDSL y LB+XDSL+IPTV o IPTV), ver Tabla 20.
3.6.1.1 ETB informa que, la prestación de los servicios de aprovisionamiento requeridos para la prestación del servicio bajo el “Esquema de operación integrada” ha clasificado el servicio desde el punto de vista técnico como “servicio con visita”
Servicio con visita: corresponde a los servicios de aprovisionamiento del servicio, que se ejecutan en las instalaciones del cliente. Cuando el servicio ha quedado operativo, el servicio con visita se ha denominado “ACTIVIDAD EXITOSA” o en su defecto, si no fue posible el aprovisionamiento de los servicios, el servicio con visita ha sido denominada “ACTIVIDAD NO EXITOSA”. A continuación, se informa:
ACTIVIDAD EXITOSA (SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO): el oferente debe tener en cuenta que el valor cotizado por actividad exitosa comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El CONTRATISTA debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
En cualquier caso, el CONTRATISTA deberá registrar en el sistema destinados para este fin, el resultado de la visita con el código y/o causal de cierre correspondiente. Se precisa que las actividades Tipo “APR Tipo 16, APR Tipo 17 y APR Tipo 18”, el registro de cierre se soporta mediante el formato el cual hace parte del anexo de especificaciones técnicas.
ETB informa que, de acuerdo a las necesidades del servicio, la prestación de los servicios de aprovisionamiento aplica dentro y fuera del esquema de operación integrada (servicio con visita).
3.6.1.2 ETB informa que, la prestación de los servicios de aseguramiento sobre la red de acceso COBRE y FTTC, que hacen parte de “Esquema de operación integrada” ha clasificado el servicio desde el punto de vista técnico como “Aseguramiento por cliente activo”
Aseguramiento por cliente activo: corresponde a la gestión autónoma que realiza el CONTRATISTA para la atención xx xxxxxx de los servicios instalados en los clientes de ETB. La atención xx xxxxxx incluye revisión, medición, pruebas, verificación y solución de la falla. El CONTRATISTA debe adoptar controles y seguimientos que eviten reincidencia xx xxxxxx, visitas fuera de franja y cumplir con tiempos de atención de cara a la promesa de valor establecida, para lo cual el CONTRATISTA, debe asegurar la calidad de los servicios que ETB presta al cliente. El CONTRATISTA puede implementar trabajos de mantenimiento correctivo o preventivo en informar a ETB sobre la programación de los mismos, de cara a los protocolos establecidos para el manejo de este tipo de eventos de carácter masivo. La base de clientes activos en cada área geográfica/central será oficializada por ETB a más tardar el día 15 de cada mes, luego de obtener desde los sistemas oficiales el resultado de las altas (instalaciones), bajas (retiros), así como los cambios de oferta (upgrade y downgrade) de servicios. A continuación, se informa:
CLIENTE ACTIVO (SERVICIO A TODO COSTO): el OFERENTE debe tener en cuenta que el valor cotizado por cliente activo, comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El valor que ETB pagará estará relacionado con el número de clientes activos según lo reportado por los sistemas de ETB para cada uno de los segmentos a saber clientes voz, clientes dúo (voz +datos) y clientes trio (voz + datos + televisión). El CONTRATISTA debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
3.6.1.3 ÁREAS GEOGRÁFICAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
3.6.1.3.1 DISTRIBUCIÓN DEL ÁREA GEOGRÁFICA PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:
En el evento de adjudicar dos o tres contratos, ETB se reserva el derecho de distribuir inicialmente las áreas geográficas del contrato donde ETB requiere que se presten los servicios para el aprovisionamiento y aseguramiento sobre la red de COBRE y FTTC, partiendo de (i) la base de clientes en cada central, (ii) la tasa o índice xx xxxxxx con visita cliente para cada central y (iii) la proyección estimada de aprovisionamientos exitosos mensuales por central. Dicha distribución se realizará mediante ordenes de servicio de la manera más equilibrada posible desde la perspectiva de las cantidades estimadas.
3.6.1.3.1.1 ETB informa las consideraciones que el CONTRATISTA debe tener en cuenta durante la ejecución del contrato frente a las áreas geográficas donde debe prestar los servicios:
A) Para las regionales CUNDINAMARCA y META, la gestión de órdenes de servicio será realizada en cada regional por un solo contratista, , quien deberá prestar los servicios en todos los municipios en donde exista cobertura de red ETB, de acuerdo con lo referido en los numerales 3.5.3 y 3.5.4.ETB informa que la gestión de órdenes de servicios en las regionales CUNDINAMARCA Y META podrá ser ejecutada por el mismo CONTRATISTA si así llegase a requerirse.
B) En las zonas o áreas geográficas en donde el CONTRATISTA prestará servicio debe entender que, bajo eventos excepcionales, cuando el servicio lo requiera, ETB podrá asignar ordenes de servicios a otro CONTRATISTA diferente al que está prestando los servicios en dicha área. Lo anterior no implica perjuicio alguno para el CONTRATISTA, toda vez que esta acción en el área geográfica busca mejorar o mantener la calidad y estabilidad del servicio y por tanto no se generarán costos adicionales para ETB.
Entre otros, los eventos excepcionales pueden presentarse por:
I. Desborde o cambios en la demanda comercial en algunas centrales, cuando el CONTRATISTA que presta los servicios en el área correspondiente (i) no cuenta con la capacidad operativa con ocasión a un crecimiento inesperado o
(ii) por baja ocupación de agendas.
II. Desborde o cambios en el comportamiento xx xxxxxx en algunas centrales, cuando el CONTRATISTA que presta los servicios en el área correspondiente
(i) no cuenta con la capacidad operativa con ocasión a un crecimiento inesperado o (ii) por baja ocupación de agendas.
C) ETB podrá solicitar los servicios de aseguramiento bajo el esquema servicio global a todo costo día cuando se presente un incremento en el comportamiento de reportes xx xxxxx o incidentes (durante uno o varios días), eventos especiales de atención xx xxxxxx durante los días de elecciones y sus simulacros, eventos desmedidos sobre hurtos o afectación sobre la infraestructura (ejemplo un ataque sobre las plataformas o equipos ETB dispuestos en las premisas de cliente), con el fin de implementar brigadas de aseguramiento con visita cliente, de planta externa y aseguramiento de infraestructura. Bajo cualquier evento, ETB informará al contratista la disposición establecida.
D) Cuando se presente incremento en el índice xx xxxxxx del área en la que el CONTRATISTA presta los servicios, ETB podrá asignar una porción de las órdenes de servicios a otro grupo operativo, para lo cual el SUPERVISOR del contrato informará al CONTRATISTA sobre las ordenes de servicio a ser atendidas por dicho grupo.
3.6.1.3.2 MODIFICACIÓN EN LA DISTRIBUCIÓN DEL AREA GEOGRÁFICA:
Los servicios prestados por el CONTRATISTA serán medibles durante la ejecución del contrato a través de los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS), adicionalmente se tendrá en cuenta el resultado de la encuesta de satisfacción del cliente (NPS).
Con base en el resultado de las mediciones, ETB podrá modificar la distribución de manera total o parcial del área geográfica correspondiente a las órdenes de servicios requeridas al CONTRATISTA, la cual será realizada teniendo en cuenta cualquiera los siguientes criterios:
i. Incremento del índice de deserción de clientes en el área geográfica correspondiente a los servicios prestados por el CONTRATISTA. El área de Experiencia a cliente en ETB, por medio de las metodologías adoptadas, realiza encuestas a los clientes para determinar la causa de los retiros.
ii. Desmejora en el resultado de la encuesta de satisfacción del cliente (NPS), si el mismo obedece a la prestación de los servicios de aseguramiento o aprovisionamiento, para lo cual el área de Experiencia al cliente en ETB, por medio de las metodologías adoptadas (pasillo cliente), realiza las encuestas de satisfacción para determinar la causa y las áreas geográficas donde se presentan las desviaciones del indicador en cada pasillo.
iii. Resultado independiente de cada uno de los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) definidos para los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento, que sea menor a la meta de cada ANS.
La distribución de áreas que llegare a realizarse durante la ejecución del contrato, no otorga exclusividad para ningún contratista.
3.6.1.4 CAPACIDAD OPERATIVA PARA CUPOS DE AGENDA – ESQUEMA DE OPERACIÓN INTEGRADA
El CONTRATISTA deberá estar en capacidad de atender la totalidad de las ordenes de servicio requeridas por ETB en las áreas en las que el CONTRATISTA prestará los servicios, para lo cual deberá cubrir los cupos de agenda asignados conforme se señala a continuación:
3.6.1.4.1 Para el inicio del contrato, y en el evento de resultar adjudicar dos contratos, cada CONTRATISTA debe garantizar como mínimo la disponibilidad de cupos de agenda para la prestación de los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento descritos a continuación:
a) Aprovisionamiento: 180 cupos diarios de agenda de aprovisionamiento para garantizar el cumplimiento de las visitas con agenda pactada con el cliente y la ejecución de las actividades exitosas de aprovisionamiento de accesos de voz, accesos de datos, servicios sobre IP y actividades complementarias
b) Servicios de Aseguramiento - Aseguramiento por cliente activo: 300 cupos diarios de agenda de aseguramiento para garantizar el cumplimiento de las agendas para la gestión de las visitas pactadas con los clientes.
En el evento en que el contrato sea adjudicado a un solo CONTRATISTA, éste deberá asumir los cupos establecidos en los literales a) y b) del presente numeral podrán corresponder al doble de lo indicado en los mismos,
Considerando que las anteriores cantidades son estimadas de acuerdo con las proyección de la demanda que se tiene actualmente, ETB ratificará o ajustará los cupos de agenda requeridos en los literales a) y b) del presente numeral, una vez se realice la orden de inicio de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 3.6.1.4.2 y 3.6.2.3.2.
3.6.1.4.2 Una vez emitida la orden de inicio, el SUPERVISOR emitirá adicionalmente y de manera oficial la meta para el periodo (mes) y los cupos mínimos de agenda de aseguramiento y aprovisionamiento, para el primer y segundo mes de operación, el CONTRATISTA debe prestar los servicios con la infraestructura y capacidad operativa necesaria, de tal manera, que en adelante se normalice esta práctica dentro de los tiempos establecidos en el numeral 3.6.1.4.3 y 3.6.2.3.2.
3.6.1.4.4 Cada vez que se prevea un cambio en el volumen habitual de órdenes de servicio, ETB le comunicará al CONTRATISTA de acuerdo a lo establecido en los presentes términos de referencia.
3.6.2 ESQUEMA DE OPERACIÓN SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO X DÍA:
Los servicios requeridos por ETB bajo el “Esquema de operación servicio global a todo costo X día”, tiene entre otros propósitos el aseguramiento de clientes del segmento Empresas en las redes de COBRE y FTTC, el aseguramiento de los servicios sobre la red de FTTH, el aseguramiento de la red de acceso, los servicios para gestionar contingencias sobre la red de COBRE, FTTC y FTTH, y los servicios de soporte y MDF.
No obstante, lo descrito respecto al alcance del “Esquema de operación servicio global a todo costo X día”, ETB se reserva, en caso que las necesidades del servicio así lo ameriten, el derecho a solicitar a través de este esquema la prestación de la totalidad de servicios requeridos para la operación de aseguramiento sobre las redes COBRE y FTTC para todos los segmentos de clientes bajo las condiciones pactadas en el contrato que llegare a celebrarse. ETB informará con una antelación de 30 días calendario al CONTRATISTA la disposición.
ETB realizará la asignación de los servicios mediante Ordenes de Servicio, que podrá corresponder al área geográfica correspondiente para el “esquema de operación integrada” o para el área geográfica que ETB, de acuerdo a sus necesidades estime conveniente.
Las actividades definidas por ETB para la prestación del servicio bajo este “Esquema de operación servicio global a todo costo X día” se citan en la Tabla No.3, en ésta se han relacionado los códigos de los servicios:
CODIGO SERVICIO | NOMBRE ANEXO FINANCIERO |
APR TIPO10-1A, APR TIPO10-1B, APR TIPO10-1C, APR TIPO10-2A, APR TIPO11-1A, APR TIPO11-1C, APR TIPO11-2C, APR TIPO12-A, APR TIPO12-B, APR TIPO12-C | AF SERVICIOS SOPORTE APROVISIONAMIENTO |
ASC01_B, ASC02_B | AF ASEGURAMIENTO CLIENTE CORPORATIVO |
ASC03_B, ASC04_B, ASC05_B, ASC06_B, ASC01_C, ASC02_C, ASC03_C, ASC04_C, ACS01_M, ASC02_M, ASC03_M, ASC04_M | AF ASEGURAMIENTO CONTINGENTE |
ASC10_B, ASC11_B | AF SOPORTE Y MDF ASEGURAMIENTO |
ASC08_B, ASC13_B, ASC14_B, ASC15_,B, ASC16_B, ASC17_B, ASC19_B, ASC05_C, ASC06_C, ASC07_C, ASC08_C, ASC05_M, ASC06_M, ASC07_M, ASC08_M | AF ASEGURAMIENTO RED DE ACCESO |
ASF01_B, ASF02_B, ASF03_B, ASF05_B | AF ASEGURAMIENTO FTTH |
Tabla No. 3
Para los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento el CONTRATISTA deberá prestar la totalidad de los servicios que sean asignados por ETB.
3.6.2.1 ETB informa que, la prestación de los servicios de aprovisionamiento sobre la red de acceso COBRE y FTTC, y que hacen parte del “Esquema de operación servicio global a todo costo X día” ha clasificado las actividades desde el punto de vista técnico de la siguiente manera:
a) Servicio global a todo costo X día: corresponde a los servicios de soporte a la operación de aprovisionamiento y MDF. A continuación, se informa:
SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO X DÍA: el oferente debe tener en cuenta que el valor cotizado por día comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El contratista debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
3.6.2.2 ETB informa que, la prestación de los servicios de aseguramiento sobre la red de acceso COBRE, FTTC y FTTH, y que hacen parte de “Esquema de operación servicio global a todo costo X día” ha clasificado las actividades desde el punto de vista técnico de la siguiente manera: A continuación, se informa:
a) Servicio global a todo costo X día: corresponden a aquellos servicios requeridos por ETB para la atención xx xxxxxx de clientes del segmento corporativo, las contingencias, actividades de soporte y MDF, aseguramiento red de acceso y aseguramiento FTTH. La atención xx xxxxxx incluye revisión, medición, pruebas, verificación y solución de la falla.
SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO X DÍA: el oferente debe tener en cuenta que el valor cotizado por día comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El contratista debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
3.6.2.3 CAPACIDAD OPERATIVA PARA EL ESQUEMA DE OPERACIÓN SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO X DÍA.
El CONTRATISTA deberá estar en capacidad de atender la totalidad de las ordenes de servicio requeridas por ETB, por lo cual deberá garantizar la prestación del servicio solicitado.
3.6.2.3.1 Una vez emitida la orden de inicio, el SUPERVISOR emitirá de manera oficial los cupos mínimos de agenda de aseguramiento y los demás servicios requeridos bajo este esquema, para el primer y segundo mes de operación.
3.6.2.3.3 ETB informa que los servicios requeridos en la tabla 4 no corresponden a la gestión de órdenes de servicio con visita cliente (cupos de agenda), por lo anterior ETB ha defino los tiempos máximos de respuesta en los que el CONTRATISTA debe poner en operación los servicios requeridos por ETB. A nivel de ejemplo y con el fin de lograr el entendimiento total de lo expuesto en la Tabla 4, cuando el SUPERVISOR del contrato solicite la prestación de 1 a 30 servicios para la actividad “SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES (APR TIPO 10-1)”, el CONTRATISTA contará con un tiempo máximo de 15 días hábiles para dar inicio con la prestación de los servicios requeridos por ETB dentro del rango citado.
Tabla N° 4: “Plazos de inicio por servicio solicitado”.
Servicio | Plazo para el inicio de los servicios solicitados | ||
De 1 a 30 | De 31 a 50 | >50 Servicios día | |
Servicios día | Servicios día | ||
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES (APR TIPO 10-1,) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
SERVICIO DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS CON MOVILIDAD Y CON COMUNICACIÓN (APR TIPO 10-2) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
SERVICIO DE ADMINISTRADOR MDF INTERNO (APR TIPO 12) | 20 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
ACTIVIDAD BASICA DE REDES (BOGOTÁ ASC08_B, CUNDINAMARCA ASC08-C, META ASC08_M) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
OPERACIÓN Y SOPORTE EN MDF BOGOTÁ | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
ACTUALIZACIÓN SISTEMAS DE INFORMACIÓN BOGOTÁ | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
EMPALMERIA CABLE NUEVO BOGOTÁ | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
COLOCACIÓN Y RETIRO PARA INSTALACIÓN DE CABLE NUEVO (TIPO C) BOGOTÁ | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
COLOCACIÓN Y RETIRO PARA INSTALACIÓN DE CABLE NUEVO (TIPO D) ( BOGOTÁ ASC17_B, META ASC05_M, CUNDINAMARCA ASC05_C) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
MANTENIMIENTO EXTERNO DE ELEMENTOS DE RED | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
APOYO GESTIÓN INFORMES DE INGENIERÍA | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
ASEGURAMIENTO EMPALMERÍA FTTH | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
EMPALMERIA CABLE (CUNDINAMARCA ASC06_C, META ASC06_M) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
XXXXXXXXXX X XXXXXX XXXXXXXX (XXXX X ) ( XXXXXXXXXXXX XXX00_X, XXXX ASC07_M) | 15 días hábiles | 30 días hábiles | Cronograma* |
*El CONTRATISTA debe presentar un cronograma antes de 5 días hábiles para aprobación por parte del supervisor de ETB. Una vez aceptado el cronograma las fechas planteadas serán de estricto cumplimiento.
**Servicios día (servicio global a todo costo x día)
NOTA: el incumplimiento de los plazos definidos en la Xxxxx Xx 0 puede impactar directa o indirectamente en el cumplimiento de los ANS y el desarrollo normal de las actividades.
3.6.2.3.4 ETB informa que para los servicios ACTIVIDAD EMPALMERIA CABLE HNH BOGOTÁ y ACTIVIDAD BASICA DE REDES HNH BOGOTÁ, la gestión de las ordenes de trabajo se realiza bajo solicitud especifica de ETB, dentro de las condiciones establecidas en el anexo DESCRIPCION DE ACTIVIDADES ASEGURAMIENTO COBRE, FTTC y FTTH, lo cual requiere de una disponibilidad para la prestación de los servicios teniendo en cuenta que usualmente se realizan para casos que ETB considera críticos desde la perspectiva de cantidad de clientes afectados o el tipo de cliente afectado.
3.6.2.3.5 Cada vez que se prevea un cambio en el volumen habitual de órdenes de servicio, ETB le comunicará al CONTRATISTA de acuerdo a lo establecido en los presentes términos de referencia los cupos de agenda requeridos mediante el esquema servicio global a todo costo día y/o la necesidad de los servicios día (servicio global a todo costo x día) establecidos en la tabla 4.
3.6.3 DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO
3.6.3.2 El CONTRATISTA debe prestar los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento 6 días a la semana entre lunes y domingo entre las 6:00 am y 09:00 pm, por lo cual el CONTRATISTA deberá atender los cupos de agenda asignados de acuerdo a la programación de franja horaria acordada con los clientes. ETB, informará previamente al CONTRATISTA la franja horaria definida con el cliente con el fin de que el CONTRATSITA de cumplimiento. Se precisa que la contratación es de carácter comercial y civil; por tanto; para la prestación del servicio y garantía de los ANS establecidos, el OFERENTE debe dimensionar en su estructura de costos, todos los recursos herramientas y materiales necesarios, garantizando en todo caso que, respetará los derechos constitucionales y laborales de sus trabajadores.
la disponibilidad de un cliente o un requerimiento específico para la gestión de una demanda comercial en sectores donde se haga programación de clientes.
3.6.3.4 Adicionalmente a lo dispuesto en el numeral 3.6.3.3, para la prestación de los servicios de aseguramiento bajo el Esquema de operación integrada, el CONTRATISTA puede proponer a ETB, la programación de campañas o brigadas de manera eventual o recurrente, para la gestión de órdenes de servicio. ETB se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud.
3.6.3.5 ETB podrá solicitar al CONTRATISTA la prestación eventual, de los servicios de aprovisionamiento y aseguramiento, objeto del contrato de 09:00 pm a 06:00 am. Para tal fin, ETB informará oportunamente al CONTRATISTA, a través de la supervisión las modificaciones que se deban implementar con una antelación mínima de 24 horas corrientes. La solicitud de prestación de servicios de manera eventual en cantidad, es menor al 0,2% del total de las cantidades estimadas en el Anexo Financiero del presente proceso. ETB informa que la eventualidad está sujeta a una condición especial referida a la disponibilidad de un cliente o a las condiciones del sitio donde se realizara la prestación del servicio (ejemplo: centro comercial, embajadas).
3.6.3.6 Dentro de lo establecido en el numeral 3.6.3.1 para atención de órdenes de servicio en terreno, el plazo máximo para atención de los servicios solicitados como inmediatos o priorizados será de una (1) hora contada a partir de la solicitud realizada por ETB hasta el momento en que el CONTRATISTA se haga presente en el predio del cliente o a la hora especifica definida por el cliente, cuando el tiempo esperado para llegar al predio del cliente es mayor a una hora. En ambos casos es necesario establecer contacto con el cliente o reportar las novedades para solicitar la autorización para retirarse del predio. En caso en que el cliente no esté presente en el predio y dicha novedad no sea comunicada por el CONTRATISTA, la orden de servicio será tipificada como un incumplimiento de agenda.
3.6.3.7 Fuera de lo establecido en el numeral 3.6.3.1, el plazo máximo para atención de los servicios solicitados como inmediatos o priorizados será de dos (2) horas contadas a partir de la solicitud realizada por ETB hasta el momento en que el CONTRATISTA se haga presente en el predio y establezca contacto con el cliente. En caso en que el cliente no esté presente en el predio y dicha novedad no sea comunicada por el CONTRATISTA, la orden de servicio será tipificada como un incumplimiento de agenda.
3.6.3.8 El CONTRATISTA debe garantizar la prestación de los servicios de forma tal que se realice en los tiempos establecidos para el cumplimiento de la agenda y sus franjas horarias, y que se ejecute lo requerido en la orden de servicio conforme a las especificaciones técnicas establecidas para la prestación de los servicios.
3.7 RELACIÓN DE ANEXOS TÉCNICOS
3.8 EXPERIENCIA MINIMA REQUERIDA
3.8.1 Como requisito habilitante y para acreditar experiencia mínima, el OFERENTE, deberá presentar mínima una y hasta 10 certificaciones de contratos celebrados y ejecutados en los diez (10) años, anteriores a la fecha prevista en el cronograma del proceso, para la presentación de ofertas, en las que sumada la experiencia contenida hasta en las 10 certificaciones, se obtenga el valor requerido en cada requisito contenido en la siguiente tabla: Requisitos de experiencia (Tabla. 5)
DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | VALOR REQUERIDO | OBSERVACIONES |
Instalación o tendido de red interna o red de abonado en redes de COBRE y FTTC, para servicios de telecomunicaciones. | Par-Km | ≥ 70 | Se tendrá en cuenta tendidos de cable de COBRE para red interna o home network, cables indoor de COBRE (HFC, DTH, FTTH) o cables multipares de COBRE entre el Strip y el Punto terminal |
Instalaciones de servicios fijos de telecomunicaciones. | Unidad | ≥ 40.000 | Se tendrá en cuenta servicios xDSL, cable módem, IPTV, VoIP, comunicación inalámbrica y demás de transmisión de datos. |
Aseguramiento de servicios de telecomunicaciones en redes de COBRE, FTTC y FTTH con visita cliente | Unidad | ≥ 100.000 | Se tendrán en cuenta servicios de internet, cable módem, IPTV, VoIP, comunicación inalámbrica y demás xx xxxxx ancha y transmisión de datos. |
Cantidad instalada de cables de COBRE (multipar), para redes aéreas o canalizadas. | Par-Km | ≥ 50.000 | Se tendrá en cuenta tendidos de cable de COBRE para red externa, cables indoor de COBRE (HFC). |
Numero de pares de COBRE empalmados | Par | ≥ 30.000 | Se tendrá en cuenta la experiencia de pares de COBRE empalmados en la red externa e interna en cables multipares. |
Xxxxx Xx 0
3.8.2 Los siguientes son los requisitos de cada una de las certificaciones que aporte el oferente:
a) La certificación debe ser expedida a nombre del oferente y por la entidad o empresa contratante.
b) Xxxxxxx el objeto del contrato, en el que se pueda verificar la experiencia requerida en la tabla anterior.
c) Fecha de inicio del contrato y fecha de finalización del mismo.
d) La certificación debe contener el nombre, cargo, teléfono y dirección de correo electrónico, de la persona que expide y firma la certificación.
Las certificaciones acreditadas en el exterior, deben ser expedidas en el idioma original, y ser traducidas oficialmente al castellano.
ETB podrá solicitar precisiones o aclaraciones a la información contenida en las certificaciones, igualmente, ETB se reserva el derecho de verificar la información suministrada. En caso que ETB verifique que la información suministrada no es veraz, la oferta será descartada.
Respecto de la experiencia de contratos celebrados y ejecutado con ETB, el oferente debe describir el detalle de la experiencia requerida, indicando adicionalmente, el número del contrato, fecha de suscripción y nombre del supervisor con el fin de realizar la verificación respectiva al interior de ETB.
En caso de consorcio y/o uniones temporales que participarían como proponentes, la experiencia mínima podrá ser acreditada por cualquiera de los integrantes, o puede ser acreditada por la suma de la experiencia de los integrantes del consorcio o unión temporal. No obstante, cuando uno solo de los participantes en el consorcio o unión temporal participante acredite la experiencia habilitante, éste deberá contar con una participación al menos del cincuenta por ciento (50%) en el consorcio o unión temporal.
3.8.3 Requisitos adicionales a las certificaciones de experiencia
3.8.3.1 El OFERENTE debe diligenciar el formato anexo técnico “Certificación de experiencia” el cual debe ser entregado junto con la oferta, diligenciando cada línea o fila por cada certificación presentada.
3.9 REQUERIMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
El CONTRATISTA se obliga con ETB a cumplir los siguientes aspectos relevantes durante la ejecución del contrato:
3.9.1 ETB requiere que el CONTRATISTA disponga de la infraestructura física, administrativa, logística, técnica y operativa necesaria y adecuada para la prestación de los servicios cumpliendo con los niveles de eficiencia, calidad y oportunidad exigidos por ETB.
3.9.2 Garantizar la ejecución correcta y oportuna de las actividades necesarias para la prestación de los servicios, dando cumplimiento a la normatividad de entes externos, y a las especificaciones contenidas en el anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”, definidos para la prestación de los servicios objeto del contrato.
3.9.3 El CONTRATISTA debe garantizar la ejecución de las actividades que se le asignen con la debida oportunidad y calidad, así mismo debe asumir los sobrecostos causados por errores técnicos, administrativos o procedimentales y debe responder a ETB por la afectación al cliente o a terceros, como consecuencia de los trabajos realizados por él. Por tanto, el CONTRATISTA autoriza a ETB para descontar dichos valores de la facturación mensual o en su defecto se obliga a pagar mediante cuenta de cobro en el plazo no mayor a 30 días a partir de su expedición, para lo cual el CONTRATISTA renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.9.4 El CONTRATISTA debe garantizar la calidad en la prestación de los servicios, para ello debe generar acciones tendientes a mantener la experiencia para la prestación de los servicios.
3.9.5 El CONTRATISTA es responsable de identificar y hacer el plan de tratamiento de riesgos de su modelo operativo (procesos y procedimientos propios del CONTRATISTA), así como la identificación de riesgos asociados a la prestación de los servicios contratados cuyo tratamiento dependa exclusivamente del CONTRATISTA. El Plan de Gestión de Riesgos debe ser definido desde las actividades propias a ejecutar por el CONTRATISTA y debe ser presentado al SUPERVISOR ETB a más tardar 30 días después de ser firmada la orden de inicio del contrato. Si el Plan de Gestión de Xxxxxxx, llegase a involucrar temas asociados con ETB, El Plan de Gestión de Riesgos, debe ser actualizado y entregado trimestralmente al SUPERVISOR del contrato designado por ETB. Dicho plan debe incluir para cada riesgo identificado, como mínimo, el responsable de las acciones planteadas, fechas, evaluación de impacto y el respectivo seguimiento.
3.9.6 Cumplir a cabalidad con las actividades propias del cierre de las visitas exitosas y no exitosas, con el propósito de que queden registradas por parte del CONTRATISTA en el sistema de ETB en el momento de la visita, y no posterior a la misma.
3.9.7 Comunicar a ETB las acciones de mejora que considera pueden optimizar la
´prestación de los servicios. ETB evaluará la conveniencia de la implementación. En todo caso, el CONTRATISTA debe asegurar a ETB, que la implementación de las acciones de mejora no generará sobrecostos para ETB.
A lo largo de la vigencia del contrato con el fin de mejorar la calidad y la eficiencia de los servicios prestados, el CONTRATISTA debe, en colaboración con ETB, desarrollar proyectos y experiencias piloto orientadas a la prestación de los servicios.
3.9.8 Establecer controles para evitar re-procesos de la documentación contractual de los clientes finales.
cuenta de cobro en un plazo no mayor a 30 días a partir de su expedición, los costos incurridos en la recuperación del elemento de red afectado, por lo cual el CONTRATISTA renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx. El CONTRATISTA podrá implementar actividades de monitoreo en terreno bajo su propio costo en procura de evitar este tipo de eventos por afectaciones a la infraestructura ETB.
3.9.11 Implementar sistemas de mejora continua de los procesos técnicos y operativos, que hacen parte del modelo operativo del CONTRATISTA (control de producto no conforme, acciones preventivas, correctivas, acciones de mejora, auditoria de procesos, etc.), con el fin de que se garantice la correcta prestación del servicio, alineados con la normatividad de sistemas de gestión de calidad vigentes. Entre otras las acciones de mejora deben ser tendientes a:
a) Optimizar rutas, gestión de materiales en terreno, gestión de documentos (entregables por servicios).
b) Garantizar el cumplimiento de la franja pactada de visita al cliente, reducir la generación xx xxxxxx jóvenes (garantías de instalación) y demás elementos que garanticen la eficiencia del proceso para la prestación del servicio.
c) Asegurar el cumplimiento de los ANS, asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”, la efectividad en las actividades de instalación, control y seguimiento de indicadores individuales xx xxxxxx de infancia, reitero xx xxxxxx y cumplimiento de agenda.
3.9.12 Implementar indicadores individuales de calidad dentro de su operación, de tal manera que pueda hacer seguimiento mediante el monitoreo de resultados y toma de decisiones sobre:
a) Averías de Infancia, determinadas por el tiempo de garantía de los servicios prestados por el CONTRATISTA.
b) Averías reiteradas o recurrencia xx xxxxxx.
c) Cumplimiento de agenda.
El CONTRATISTA deberá implementar planes de mejora individuales en caso que se requiera y establecer mecanismos que permita detectar oportunamente las necesidades de capacitación o en su defecto retiro de la operación del personal que incumple de manera reiterada los indicadores individuales.
3.9.13 Presentar los siguientes informes de:
a) Informe gerencial: mensualmente el CONTRATISTA deberá presentar un informe gerencial donde resuma los servicios prestados y su resultado, correspondientes al mes inmediatamente anterior.
b) Informe diario de órdenes de trabajo cumplidas: el CONTRATISTA debe remitir un reporte, de órdenes de servicio cumplidas (actividades exitosas), que contenga la información solicitada por EL SUPERVISOR del contrato con el fin de que la conciliación se mantenga actualizada.
c) Informe de avance y seguimiento de los servicios prestados: el CONTRATISTA deberá mantener actualizada la información con el fin de entregar a ETB el informe cuando ésta lo requiera. ETB podrá solicitar mejoras e incluir temas sobre el contenido del informe según sea requerido.
d) Informe de servicios prestados: semanalmente el CONTRATSITA debe presentar el detalle y cantidades de los servicios prestados en el periodo respectivo de acuerdo a lo solicitado por el supervisor del contrato.
e) Relación de personal del CONTRATISTA que ejecuta los servicios: con el fin de gestionar el acceso a la infraestructura de ETB, el CONTRATISTA semanalmente deberá actualizar la relación de su personal que prestará los servicios. Cuando el CONTRATRISTA realice una modificación o cambio en su equipo de trabajo, deberá informar de manera inmediata al SUPERVISOR del contrato de ETB con el fin de proceder a anular el acceso a los sistemas corporativos y de seguridad de la infraestructura si a ello hubiese lugar. El CONTRATISTA debe generar el acta xx xxx y salvo con el personal que ya no hace parte de su equipo de trabajo.
f) Reporte del programa de seguridad y salud en el trabajo: mensualmente el CONTRATISTA debe presentar un reporte al SUPERVISOR sobre los planes de acción desarrollados dentro del programa de seguridad y salud en el trabajo, anexando los soportes correspondientes.
g) Informe de materiales entregados por ETB: semanalmente (primer día hábil) el CONTRATISTA debe presentar informe de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.10.13.6.12. de las actividades exitosas realizadas durante la semana anterior con el detalle del material consumido en cada una de las ordenes de servicio, con el fin de mantener el control de consumo de manera actualizada.
h) Informe estado de sitio: mediante registro fotográfico e informe escrito, el CONTRATISTA debe presentar informe del sitio antes y después de prestar los servicios. Los registros deberán corresponder el servicio prestado.
i) Informe de cierre de ciclo: mensualmente debe entregar el reporte del cierre de ciclo sobre el 100% de los clientes aprovisionados en el periodo, con los correspondientes análisis de resultados e identificación de oportunidades de mejora.
j) Informe de Indicadores Individuales: mensualmente debe entregar el informe de los indicadores individuales y las acciones implementadas, refiriendo los planes de mejora implementados o en curso, con fechas y resultados sobre las evaluaciones realizados por su equipo de capacitadores.
k) Informe Trimestral de capacitaciones: trimestralmente debe entregar el informe de capacitaciones desarrollado de acuerdo a lo establecido en el plan de capacitación del CONTRATISTA.
l) Otros: el CONTRATISTA deberá generar informes adicionales a los antes descritos cuando ETB así lo solicite.
El CONTRATISTA debe entregar a ETB los reportes asociados a la prestación de los servicios solicitados. Este requerimiento podrá variar de acuerdo con las necesidades de ETB.
3.9.14 Facilitar a ETB el ingreso a sus instalaciones y bodegas para realizar inspecciones o auditorías con el fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el contrato y sus anexos.
3.9.15 Gestionar los permisos que se requieran para la ejecución de las actividades de acuerdo a lo definido en el numeral 3.10.8 de la presente invitación.
3.9.16 El CONTRATISTA debe atender, hacer seguimiento y solucionar los derechos de
petición que son de su competencia (ocasionados durante la prestación de los servicios) y que se registran en el aplicativo que ETB defino para tal fin, o que le sean emitidos vía correo o por otro medio, para el primer caso el CONTRATISTA debe acceder a la aplicación para lo cual ETB gestionará los permisos de ingreso. La gestión y respuesta a estos derechos de petición por parte de CONTRATISTA debe ser informada a ETB dentro de las 72 horas siguientes a la fecha del registro del derecho de petición en la aplicación de ETB o de la comunicación desde ETB hacia el CONTRATISTA. Para tal efecto ETB validará la respuesta emitida por el CONTRATISTA, dando aceptación o rechazo a la misma, en caso de rechazo, el CONTRATISTA debe hacer una gestión inmediata sobre la no conformidad en la respuesta, de tal manera que se garantice la solución correspondiente.
3.10 ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS ESPECÍFICOS
Con la presentación de su oferta, el OFERENTE manifiesta su aceptación y conocimiento de la obligación de prestar los servicios contratados y la tendrá en cuenta en la información de precios que suministre.
3.10.1 SERVICIOS DEFINIDOS PARA EL ESQUEMA DE OPERACIÓN INTEGRADA
3.10.1.1 Servicios para el aprovisionamiento del servicio
3.10.1.1.1 ETB requiere que el CONTRATISTA realice la prestación de los servicios descritos en la tabla presentada a continuación. El detalle y alcance de los servicios establecidos en cada tipo de aprovisionamiento, se encuentra definida en el Anexo técnico “Descripción de actividades Aprovisionamiento COBRE y FTTC”.
NOMBRE SERVICIO | TIPO | CATEGORIA TECNICA |
INSTALACIÓN DE XDSL SINGLE | APR TIPO 6-A | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE XDSL SINGLE | ||
INSTALACIÓN DE XDSL SINGLE CUNDINAMARCA | APR TIPO6-B | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE XDSL SINGLE CUNDINAMARCA | ||
INSTALACIÓN DE XDSL SINGLE META | APR TIPO6-C | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE XDSL SINGLE META | ||
APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS POST-VENTA XDSL | APR TIPO7-A | SERVICIO CON VISITA |
ADICION DE DATOS SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE | ||
ADICIÓN DE DATOS SOBRE IPTV EXISTENTE FTTC | ||
APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS POST-VENTA CUNDINAMARCA | APR TIPO7-B | SERVICIO CON VISITA |
ADICION DE DATOS SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE CUNDINAMARCA | ||
APROVISIONAMIENTO DE SERVICIOS POST-VENTA META | APR TIPO7-C | SERVICIO CON VISITA |
ADICION DE DATOS SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE META | ||
INSTALACIÓN DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX | APR TIPO8-A | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX | ||
INSTALACIÓN DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX CUNDINAMARCA | APR TIPO8-B | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX CUNDINAMARCA | ||
INSTALACIÓN DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX META | APR TIPO8-C | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LÍNEA BÁSICA, LINEA PBX META | ||
INSTALACIÓN DE LINEA BASICA + xDSL | APR TIPO9-A | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LINEA BASICA + xDSL | ||
INSTALACIÓN DE LINEA BASICA + xDSL CUNDINAMARCA | APR TIPO9-B | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LINEA BASICA + xDSL CUNDINAMARCA | ||
INSTALACIÓN DE LINEA BASICA + xDSL META | APR TIPO9-C | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LINEA BASICA + xDSL META | ||
APROVISIONAMIENTO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC | APR TIPO13-A | SERVICIO CON VISITA |
TRASLADO DE LINEA BÁSICA + xDSL + IPTV FTTC | ||
ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA + xDSL EXISTENTE | ||
ADICIÓN DE DATOS CON ADICIÓN DE IPTV FTTC SOBRE LINEA BÁSICA EXISTENTE | ||
APROVISIONAMIENTO SINGLE IPTV | ||
MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN | APR TIPO16-A | SERVICIO CON VISITA |
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN | ||
MONTAJE Y COLOCACIÓN DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN CUNDINAMARCA | APR TIPO16-B | SERVICIO CON VISITA |
MONTAJE Y COLOCACIÓN EN MURO DE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SIN PROTECCIÓN CUNDINAMARCA | ||
hMttOpN:/T/wAJwE YwC.OeLtObC.cAoCImÓN.cDoE CAJA DE DISPERSIÓN DE 10 PARES - INSERCIÓN CON O SI6N0PROTECCIÓN META | APR TIPO16-C | SERVICIO CON VISITA |
Tabla No. 6
3.10.1.1.2 ETB realiza el pago de los servicios contratados, para las “ACTIVIDADES EXITOSAS”, debidamente entregadas a los clientes y cerradas en Configurador de Servicios (CFG), ETA Direct o herramienta equivalente.
3.10.1.1.3 ETB informa que los servicios con visita han sido discriminados por tipo de aprovisionamiento, teniendo en cuenta el esfuerzo y el tiempo requerido para su ejecución, por lo cual para ETB, el precio ofertado debe ser único para cada tipo de aprovisionamiento.
3.10.1.1.4 ETB informa que, de acuerdo a las necesidades del servicio, la prestación de los servicios de aprovisionamiento aplica dentro y fuera del esquema de operación integrada.
3.10.1.2 Servicios para el aseguramiento del servicio
En cualquier caso, el CONTRATISTA deberá registrar en el sistema destinado por ETB para este fin, el resultado de la visita con el código y/o causales de cierre correspondiente (categorización de cierre).
El pago de los servicios contratados por ETB, se realizará bajo la modalidad de “Cliente activo/mes”.
3.10.1.2.1 ETB requiere que el CONTRATISTA ejecute los servicios descritos en la tabla presentada a continuación. El detalle y alcance de los servicios establecidos en cada tipo de aseguramiento, se encuentra definido en el Anexo técnico “Descripción de actividades Aseguramiento COBRE y FTTC”.
SERVICIOS DE ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO | TIPO | TIPO |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE VOZ BOGOTÁ | ASCA01_B | CLIENTE ACTIVO /MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE DATOS – DÚO O SINGLE XDSL BOGOTÁ | ASCA02_B | CLIENTE ACTIVO /MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE VIDEO – TRIO O SINGLE IPTV BOGOTÁ | ASCA03_B | CLIENTE ACTIVO /MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE VOZ CUNDINAMARCA | ASCA01_C | CLIENTE ACTIVO / MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE DATOS – DÚO O SINGLE XDSL CUNDINAMARCA | ASCA02_C | CLIENTE ACTIVO / MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE VOZ META | ASCA01_M | CLIENTE ACTIVO / MES |
ASEGURAMIENTO CLIENTE ACTIVO CON SERVICIO DE DATOS – DÚO O SINGLE XDSL META | ASCA02_M | CLIENTE ACTIVO / MES |
Tabla No. 7
3.10.1.2.2 En cualquier caso, el CONTRATISTA deberá registrar en el sistema destinado por ETB para este fin, el resultado de la visita con el código y/o causales de cierre correspondiente (categorización de cierre).
3.10.1.2.3 El pago de los servicios contratados por ETB, se realizará bajo la modalidad de “Cliente activo/mes”.
3.10.1.2.4 ETB informa que en caso de requerir incorporar actividades no previstas en los presentes términos de referencia, dentro del marco del objeto del contrato, se adelantará
el procedimiento definido en el numeral 3.15
3.10.2 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEFINIDOS PARA EL ESQUEMA SERVICIO GLOBAL A TODO COSTO DÍA
3.10.2.1 Servicios para el aprovisionamiento
3.10.2.1.1 ETB informa que, la prestación de los servicios de aprovisionamiento sobre la red de acceso COBRE y FTTC, que hacen parte de “Esquema de operación servicio global a todo costo X día”, ha establecido la siguiente descripción:
a) Servicio global a todo costo x día: corresponde a la prestación de servicios de soporte a la operación de aprovisionamiento. Estos servicios deberán ser cotizados para la ejecución del contrato y serán reconocidos al CONTRATISTA como GLOBAL A TODO COSTO X DÍA, el OFERENTE debe tener en cuenta que el valor cotizado por día comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El CONTRATISTA debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
El CONTRATISTA debe registrar diariamente en su aplicación WEB, la cantidad de los servicios prestados, identificando cada servicio de manera individual, información que será fuente de la conciliación con la supervisión de ETB, para cada periodo. Adicionalmente, las ordenes de servicio de aprovisionamiento prestados bajo este esquema, el CONTRATISTA debe realizar el cierre correspondiente a la gestión adelantada diariamente en los aplicativos definidos por ETB.
3.10.2.1.2 ETB requiere que el CONTRATISTA ejecute los servicios descritos en la tabla presentada a continuación. El detalle y alcance de las actividades establecidas en cada tipo de aprovisionamiento, se encuentra definida en el Anexo técnico “Descripción de actividades Aprovisionamiento COBRE y FTTC”.
NOMBRE DEL SERVICIO | TIPO | CATEGORÍA TÉCNICA |
ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS SIN MOVILIDAD Y SIN COMUNICACIONES | APR TIPO10-1A, APR TIPO 10-1B APR TIPO 10-1C | SERVICIO DIA |
ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y SOPORTE MDF INTERNOS Y EXTERNOS CON MOVILIDAD Y CON COMUNICACIÓN | APR TIPO10-2 A | SERVICIO DIA |
ACTIVIDAD DE ANALISIS Y GESTION DE INFORMACIÓN | APR TIPO11-1A APR TIPO 11-1C | SERVICIO DIA |
ACTIVIDAD DE APOYO EN CENTROS DE OPERACIÓN NIVEL I | APR TIPO11-2A APR TIPO 11-2C | SERVICIO DIA |
ACTIVIDAD DE ADMINISTRADOR MDF INTERNO | APR TIPO12-A APRT TIPO 12-B APR TIPO 12-C | SERVICIO DIA |
Tabla No. 8
Prestación de servicios para el aseguramiento
3.10.2.1.3 ETB informa que, la prestación de los servicios de aseguramiento sobre la red de acceso COBRE, FTTC y FTTH, y que hacen parte de “Esquema de operación servicio global a todo costo X día” ha establecido la siguiente descripción:
a) Servicio global a todo costo x día: corresponden a la prestación servicios requeridos por ETB para la atención xx xxxxxx de los clientes ETB, las contingencias, actividades de soporte y de MDF, aseguramiento red de acceso y aseguramiento FTTH. La atención xx xxxxxx incluye el cumplimiento de las especificaciones técnicas de medición, pruebas, verificación y solución xx xxxxxx. Estos servicios deberán ser cotizados para la ejecución del contrato y serán reconocidos al CONTRATISTA como GLOBAL A TODO COSTO DIA, el oferente debe tener en cuenta que el valor cotizado por día comprende el precio a todo costo del servicio requerido en cada uno de los ítems del anexo financiero, cuya descripción está contenida en los términos de referencia y sus anexos. El CONTRATISTA debe prestar el servicio con total autonomía e independencia, con el fin de garantizar el cumplimento de las obligaciones contractuales, incluidos los ANS pactados.
El CONTRATISTA debe registrar diariamente en su aplicación WEB, la cantidad de los servicios prestados, identificando cada servicio de manera individual, información que será fuente de la conciliación con la supervisión de ETB, para cada periodo. Adicionalmente, las ordenes de servicio de aseguramientos prestados bajo este esquema, el CONTRATISTA debe realizar el cierre correspondiente a la gestión adelantada diariamente en los aplicativos definidos por ETB.
3.10.2.1.4 ETB requiere que el CONTRATISTA ejecute los servicios descritos en la tabla presentada a continuación. El detalle y alcance de los servicios establecidos en cada tipo de aseguramiento, se encuentra definido en el Anexo técnico “Descripción de servicios Aseguramiento COBRE y FTTC”.
TIPO | NOMBRE | CATEGORIA TECNICA |
ASC01_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes Superior (Tipo A) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC02_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes Superior (Tipo B) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC03_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes I (Tipo A) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC04_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes I (Tipo B) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASF01_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes FTTH (Tipo A) | SERVICIO/DIA |
ASF02_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes FTTH (Tipo B) | SERVICIO/DIA |
ASC05_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes I (Tipo A) HNH Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC06_B | Aseguramiento de Servicios Convergentes I (Tipo B) HNH Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC08_B | Actividad Básica de Redes Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC15_B | Actividad Básica de Redes HNH Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC10_B | Operación y Soporte en MDF Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC11_B | Actualización Sistemas de Información Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC13_B | Empalmeria Cable Nuevo Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC14_B | Empalmeria Cable HNH Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC16_B | Colocación y retiro para instalación de cable nuevo ( Tipo C) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC17_B | Colocación y retiro para instalación de cable nuevo ( Tipo D) Bogotá | SERVICIO/DIA |
ASC19_B | Mantenimiento externo de elementos de red | SERVICIO/DIA |
ASF03_B | Apoyo Gestión Informes de Ingeniería | SERVICIO/DIA |
ASF05_B | Aseguramiento empalmeria FTTH | SERVICIO/DIA |
SERVICIOS CUNDINAMARCA | TIPO | |
ASC01_C | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo A) Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC02_C | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo B) Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC03_C | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo A) HNH Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC04_C | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo B) HNH Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC05_C | Colocacion y Retiro Para Instalacion de Cable Nuevo ( Tipo D) Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC06_C | Empalmeria Cable Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC07_C | Colocación y retiro posteria (Tipo E ) Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
ASC08_C | Actividad Básica de Redes Cundinamarca | SERVICIO/DIA |
SERVICIOS META | TIPO | |
ASC01_M | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo A) Meta | SERVICIO/DIA |
ASC02_M | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo B) Meta | SERVICIO/DIA |
ASC03_M | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo A) HNH Meta | SERVICIO/DIA |
ASC04_M | Aseguramiento de Servicios Convergentes (Tipo B) HNH Meta | SERVICIO/DIA |
ASC05_M | Colocacion y Retiro para instalacion de cable nuevo ( Tipo D) Meta | SERVICIO/DIA |
ASC06_M | Empalmeria Cable Meta | SERVICIO/DIA |
ASC07_M | Actividad Colocación y retiro Posteria (Tipo E ) | SERVICIO/DIA |
ASC08_M | Actividad Básica de Redes Meta | SERVICIO/DIA |
Tabla No. 9
3.10.2.2 ETB informa que en caso de requerir incorporar servicios no previstos en los presentes términos de referencia, dentro del marco del objeto del contrato, se adelantará el procedimiento definido en el numeral 3.15
3.10.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
3.10.3.1 El CONTRATISTA debe prestar los servicios dando cumplimiento a las especificaciones técnicas contenidas en cada uno de los anexos incluidos en los presentes términos de referencia.
requerida, para la prestación de los servicios referidos a las actividades de aprovisionamiento y aseguramiento sobre la red de acceso en COBRE, FTTC y FTTH de servicios de voz, datos y servicios sobre IP, según se relaciona a continuación:
Tabla No. 10 - Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de Servicios
ITEM | DOCUMENTO |
1 | Acreditacion de experiencia aprovisionamiento y aseguramiento.xlsx |
2 | Acreditacion de experiencia para prestacion de servicios NVOC.docx |
3 | Descripción de actividades Aprovisionamiento cobre y FTTC.docx |
4 | Descripción de actividades Aseguramiento Cobre, FTTC y FTTH.docx |
5 | Anexo Certificacion de Experiencia |
6 | Acta Aclaratoria por no Reintegro de Material.xlsx |
7 | Acta de Legalizacion de materiales CTO.docx |
8 | Acta de recepcion de materiales.docx |
9 | Acta reconocimiento de daños causados en la infraestructura de "red" ETB.docx |
10 | Aprovisionamiento FTTC para la prestación de servicios.docx |
11 | Aseguram servicio TPBC telefonos públicos.docx |
12 | Atención xx xxxxxx¡as por contratos para la prestación de servicios de aprovisionamiento.docx |
13 | Atención de incidentes para la prestación de servicios de aseguramiento FTTH, FTTC y Cobre.docx |
14 | Atención de Incidentes para la prestación de servicios de Aseguramiento sobre la Red de Acceso FTTH.docx |
15 | Atención de Incidentes para la prestación de servicios de Aseguramiento sobre la Red de Acceso cobre.docx |
16 | Atención de Incidentes para la prestación de servicios de Aseguramiento sobre la Red de Acceso fttc. docx |
17 | Atención de Incidentes para la prestación de servicios de Aseguramiento visita cliente FTTH. docx |
18 | Auditor¡a herramientas para la prestacion de servicios de Aprovisionamiento Cobre.xlsx |
19 | Auditor¡a herramientas para la prestacion de servicios de Aprovisionamiento FTTC.xlsx |
20 | Boleta para la prestacion de servicios Aprovisionamiento Cobre.xlsx |
21 | Boleta para la prestacion de servicios Aseguramiento Cobre FTTC.xlsx |
22 | Boleta para la prestacion de servicios Aseguramiento N-Play.xlsx |
23 | Boleta para la prestación de servicios Aprovisionamiento FTTC.xlsx |
24 | BOM Materiales para Cobre.xlsx |
25 | Calidad para la prestacion de servicios Aprovisionamiento Cobre.xlsx |
26 | Calidad para la prestacion de servicios Aprovisionamiento FTTC.xlsx |
27 | Certificado de propiedad.docx |
28 | Control de Calidad instalaciones IPTV.docx |
29 | Cumplimiento en Batch de Retiros LB CFG servicios MDF.docx |
30 | Cumplimiento en Batch desinstalaciones banda ancha CFG servicios MDF.docx |
31 | Devolución de equipos en daño al operador log¡stico en la prestación de servicios de Aprovisionamiento y Aseguramiento FTTC y FTTH.docx |
32 | Devolución y movimiento de material por mega técnico y devolución de material por consignación.docx |
33 | Entrega y o retiro de equipos terminales.xlsx |
34 | Estado Teléfonos Públicos.xlsx |
35 | Formato de reconoc afectación a la propiedad del cliente.xlsx |
36 | Formato Devoluc Ferreteria.xlsx |
37 | FORMATO FERRETERIA SOLICITUD DE MATERIALES.xlsx |
38 | FORMATO VERIFICACION DE MATERIALES.xlsx |
39 | Formato único para informe de daños.xls |
40 | Gestión incidencias para prestación de servicios de aseguramiento Visita Cliente FTTC.docx |
41 | Información estructura operativa y veh¡culos del contratista.docx |
42 | Inspeccion de veh¡culos.xlsx |
43 | Limpieza de cámaras.docx |
44 | Lista de chequeo para la prestación de servicios de Aprovisionamiento Cobre.docx |
45 | Lista de chequeo para la prestación de servicios de Aprovisionamiento FTTC.docx |
46 | Lista de Chequeo para la prestación de servicios de aseguramiento Cobre.docx |
47 | Manejo de Materiales FTTH, FTTC y Cobre.pdf |
48 | Parámetros eléctricos requeridos para el aprovisionamiento cobre |
49 | Planeación De Trabajo y Manejo De Cupos por ETA DIRECT para la prestación de servicios de aprovisionamiento Cobre.docx |
50 | Plantilla entrega boletas de reintegro.xls |
51 | Protocolo de Acercamiento al cliente para la prestación de servicios de Aprovisionamiento.docx |
52 | Protocolo para el Acercamiento al cliente para el aseguramiento de servicios cobre y FTTC.docx |
53 | Pruebas electricas para cable reutilizable.XLS |
54 | Registros fotográficos correspondientes a daños causados en la infraestructura de red.docx |
55 | Relación de reservas para devolucion de materiales.xlsx |
56 | Reporte de Consumo de Materiales.xlsx |
57 | Reporte interferencia de infraestructura ETB.xlsx |
58 | Servicio de TPBC sobre teléfonos públicos.docx |
59 | Tabla de codigos FTTC.xlsx |
60 | Visitas clientes recurrentes.xls |
61 | Especificaciones Laboratorio (incluye 64 documentos) |
62 | Especificaciones transversales (incluye 47 documentos) |
NOTA: en el evento en que, por factores relacionados con la prestación de los servicios a los clientes, por disposiciones técnicas, de regulación o por eventos excepcionales, ETB realizara modificaciones o actualización sobre las especificaciones técnicas incluidas en los anexos, modificaciones que serán comunicadas por ETB al CONTRATISTA, sin afectar el alcance de los presentes términos de referencia.
3.10.3.3 El CONTRATISTA debe dar estricto cumplimiento a todas las especificaciones técnicas establecidas en el anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”. ETB o el ente certificador podrá verificar en cualquier momento durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de este numeral.
3.10.3.4 La oferta deberá incluir la aceptación de la totalidad de las condiciones establecidas en los anexos técnicos.
3.10.3.5 Para la elaboración de la oferta, estimación de costos y desarrollo de los servicios objeto del contrato, el OFERENTE debe considerar todo lo establecido en los presentes términos de referencia y sus anexos, así como los factores atmosféricos, topográficos, de movilidad, de seguridad y orden público.
3.10.3.6 En el valor de los servicios cotizados para cumplir con el objeto contractual, sin perjuicio de los demás que sean requeridos durante la ejecución del contrato, se sugiere considerar los siguientes aspectos:
a) Elementos de Seguridad Industrial e Impacto Urbano.
b) Elementos de protección personal.
c) Salarios, Prestaciones Sociales y Aportes Obligatorios.
d) Herramientas
e) Calibración y patronaje periódica de equipos de medición utilizados en las actividades propias del contrato.
f) Vehículos
g) Gastos administrativos.
h) Gastos de capacitación y auditorías internas.
i) Gastos financieros.
j) Aplicación WEB
k) Cierre de Ciclo.
l) Geolocalización de Técnicos.
m) Certificación de conocimiento técnico del CONTRATISTA.
n) En general, todo cuanto sea necesario y conveniente para el cumplimiento de la prestación de los servicios contratados.
3.10.4 REUNIÓN INFORMATIVA SOBRE LA COMPOSICIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y COMPONENTES ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
3.10.4.1 Con el fin de que el CONTRATISTA conozca el modelo operativo asociado al aprovisionamiento y aseguramiento de servicios sobre la red de COBRE, FTTC y FTTH, ETB realizará la socialización de las especificaciones técnicas contenidas en los anexos dispuestos para el cumplimiento de los servicios objeto de los presente términos de referencia al Director o coordinador del CONTRATISTA y a los representantes del área de capacitación del mismo. La socialización se realiza por una única vez y ocasionalmente, cuando por actualización de las especificaciones técnicas contenidas en los anexos, salida
comercial de ofertas o promociones hacia los clientes, reportes, así como la implementación de acciones correctivas, preventivas y de mejora, ETB realizará la socialización correspondiente. La socialización se llevará a cabo en las instalaciones de ETB en la ciudad de Bogotá, dentro de los 20 días posteriores a la adjudicación del contrato.
Para la adecuada prestación de servicios el CONTRATISTA debe asegurar que todo su personal operativo conozca y entienda todo lo relacionado con la infraestructura y los componentes asociados para la prestación de los servicios contratado por ETB, con el fin de que garantice altos estándares de calidad.
3.10.4.2 El CONTRATISTA debe garantizar la transferencia de la información correspondiente a todo su personal con el que el CONTRATISTA presta los servicios contratados.
3.10.4.3 ETB informa que, mediante verificaciones realizadas, validará el cumplimiento de las especificaciones técnicas definidas para la prestación de los servicios objeto del contrato contenidas en el anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento”. Las verificaciones podrán ser adelantadas por el supervisor de ETB, por entres internos y/o externos autorizados por ETB.
3.10.5 MANEJO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN
3.10.5.1 En cumplimiento de la Resolución 5397 de 2018 emitida por la CRC o las que así las llegaren a reemplazar o modificar durante el desarrollo del contrato, ETB requiere que el CONTRATISTA garantice que los protocolos de entrega de servicios, ubicación de equipos, entrega de manuales y documentos que soportan la ejecución de las actividades, la entrega de equipos en calidad de comodato y la relación contractual con el cliente, los cuales deben realizarse en el momento de la instalación del servicio o de la visita de aseguramiento, se entreguen de manera correcta y sin enmendaduras, debidamente salvaguardados con el fin de conservar evidencia legible. El CONTRATISTA debe garantizar la facilidad de identificación de la documentación y la recuperación de la misma cuando haya lugar.
3.10.5.2 El CONTRATISTA debe entregar a ETB la documentación de manera semanal y en las instalaciones que ETB determine, para lo cual ETB informará al CONTRATISTA los formatos que son requeridos de acuerdo a cada tipo de servicio prestado por el CONTRATISTA, formatos que pueden ser actualizados con base en la necesidades normativas o producto de la adopción de mejores prácticas. La periodicidad de entrega de documentación diligenciada podrá ser modificada por ETB de acuerdo a las necesidades operativas y/o políticas existentes. Previo a esta entrega, el CONTRATISTA debe generar un reporte sobre las actividades exitosas con visita a cliente y de las cuales entrega la documentación para los cortes correspondientes según las fechas de entrega establecidas y comunicadas por ETB al CONTRATISTAS.
servicios por parte del cliente, además de ser completamente diligenciada, debe tener registrada la firma de la persona que recibe el servicio/visita, nombre, número y tipo del documento de identificación y teléfono de contacto que, preferiblemente, será diferente al del servicio instalado. En caso de que por la ausencia de dicha evidencia un cliente de ETB niegue haber recibido a satisfacción los servicios reportados como ejecutados por parte del CONTRATISTA, y en consecuencia ETB deba reembolsar dinero, realizar compensaciones a los clientes o incurra en alguna sanción establecida por la regulación o entes de control, el CONTRATISTA debe pagar a ETB el valor correspondiente a la suma que ETB se vio obligada a reconocer, esto se realizará mediante cuenta de cobro, la cual gestionará el SUPERVISOR. El CONTRATISTA se obliga a realizar el pago en la cuenta y en el plazo que se indique en el respectivo documento. El CONTRATISTA renuncia a todo requerimiento de constitución en xxxx.
3.10.5.4 El CONTRATISTA debe hacer entrega de los documentos físicos a ETB, de manera semanal, en el lugar que el SUPERVISOR de ETB indique, o en los plazos que éste le indique, atendiendo las condiciones establecidas por la ETB en el “Manual de Gestión Documental” contenido en el Anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”
3.10.5.5 ETB informa que en se encuentra realizando cambios asociados a la documentación de la relación contractual entre ETB y el cliente final, lo cual será informado una vez implementado, de tal manera que, se manejen los documentos básicos asociados a la visita referida a la prestación del servicio por parte del contratista y el cumplimiento de la normatividad vigente, siendo además relevante la información de los equipos entregados en calidad de comodato al cliente.
3.10.5.6 Respecto del numeral 3.10.5.3 y con ocasión la prestación de los servicios de aprovisionamiento referidos a actividades exitosas de aprovisionamiento con visita, cuando la documentación entregada por el CONTRATISTA presente inconsistencias o No Conformidades y sea necesario subsanar aspectos relacionados con la documentación, ETB cursará la solicitud al CONTRATISTA con los aspectos requeridos para que se subsane lo pertinente, para lo cual el CONTRATISTA dispone de ocho (8) días hábiles siguientes a la solicitud por parte del supervisor para: (i) entregar la documentación de manera completa tal como lo exige el numeral 3.10.5, o (ii) informar a ETB las razones por las cuales el CONTRATISTA no hace entrega de la documentación de forma completa, caso en el cual puede ser considerado como un posible caso de fraude por lo que ETB realizará el reporte al área competente, en aras de realizar la suspensión del servicio.
Si pasados quince (15) días luego de la solicitud por parte de ETB al CONTRATISTA, sin que este último tenga una respuesta definitiva sobre los casos a subsanar documentación y con el reporte oficial del área de CONTROL FRAUDE, a título de perjuicios, el CONTRATISTA deberá pagar a ETB los costos asociados al valor de la factura correspondiente al primer mes de servicio (valor registrado en la factura expedida desde el sistema de facturación de ETB), materiales y equipos ETB, ya sea por descuento en la factura de liquidación de servicios o de no ser posible mediante una cuenta de cobro, para este efecto, el CONTRATISTA se obliga a realizar el pago en la cuenta y el plazo que se indique en el respectivo documento, para lo cual el CONTRATISTA renuncia a todo requerimiento de constitución de pago por xxxx referido a lo citado anteriormente. El
reconocimiento de la actividad exitosa estará sujeta al reporte oficial del área de Control Fraude, así como su contabilización en la base de clientes activos para el periodo o mes en que se aprovisionó el servicio al cliente.
3.10.5.7 Considerando que el contratista debe prestar el servicio con calidad, oportunidad e idoneidad, entre otros aspectos, y que el servicio se está viendo afectado como consecuencia del fraude, el contratista debe interponer la denuncia correspondiente de su personal, ante autoridad competente y continuar con la prestación del servicio de manera inmediata garantizando para tal fin, la continuidad con personas diferentes que no estén involucradas en fraude, lo cual no genera costos adicionales para ETB, por lo que el contratista es el responsable de prevenir estos riesgos bajo el control y administración autónoma y técnica del contrato.
3.10.5.8 El CONTRATISTA debe asumir los costos y la ejecución de actividades que impliquen la corrección de información mal diligenciada en los documentos, la consecución de firmas o huellas de los clientes que hayan sido registradas de manera inadecuada, la reposición de documentación extraviada, diligenciada o sin diligenciar.
3.10.5.9 El CONTRATISTA debe entregar al SUPERVISOR del contrato los reportes en los plazos establecidos para cada uno de ellos. ETB informa que al inicio del contrato se indicarán los reportes requeridos por la supervisión de ETB y los formatos correspondientes, los cuales durante el desarrollo del contrato pueden ser modificados o ampliados de acuerdo a las necesidades de la operación.
3.10.5.10 El CONTRATISTA debe garantizar la seguridad de la información, buscando mecanismos eficientes. Sin perjuicio de lo anterior, el CONTRATISTA deberá tener en cuenta las condiciones establecidas en el anexo denominado “Políticas específicas de seguridad de la información”.
3.10.6 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
3.10.6.1 El Plan de Manejo Ambiental, en adelante PMA, será entregado por el CONTRATISTA al SUPERVISOR del contrato al iniciar la ejecución del contrato y éste último lo remitirá al Equipo de Gestión Ambiental para su análisis y comentarios. Su propósito fundamental es propender por el cumplimiento de las disposiciones exigidas por las diferentes autoridades ambientales a nivel nacional y local, minimizar los impactos ocasionados al ambiente y reducir el riesgo de ocasionar molestias e incomodidades a la comunidad durante la gestión de las ordenes de servicio.
3.10.6.2 Este documento será de obligatorio cumplimiento y el CONTRATISTA deberá demostrar la socialización del PMA con todos sus trabajadores de manera previa al inicio de la prestación de los servicios.
3.10.6.3 Seguimiento y Monitoreo
3.10.6.3.1 El control del PMA corresponderá tanto al SUPERVISOR del contrato como
al Equipo de Gestión Ambiental, cada uno en diferentes etapas del proyecto, de la siguiente manera:
3.10.6.3.2 Antes de iniciar la prestación de los servicios, el CONTRATISTA entregará el PMA del proyecto al SUPERVISOR y éste lo enviará al Equipo de Gestión Ambiental, en adelanta EGA, para las observaciones pertinentes. Una vez analizado el PMA por parte del EGA, el documento será enviado nuevamente al SUPERVISOR para que se hagan los ajustes pertinentes si es necesario, o se apruebe el inicio de la prestación de los servicios.
3.10.6.3.3 Durante la ejecución del contrato, el SUPERVISOR será el encargado de hacer el seguimiento y monitoreo de todos los compromisos y objetivos que el CONTRATISTA se comprometió a realizar para hacer frente a los impactos ambientales que previamente identificó.
3.10.6.3.4 Una vez finalizado el contrato, y solo en caso de que la autoridad ambiental haya impuesto medidas compensatorias o compromisos adicionales con motivo de los impactos que generará el proyecto, el EGA hará su control posterior.
3.10.6.4 Contingencia
3.10.6.4.1 El CONTRATISTA deberá identificar las posibles emergencias de tipo ambiental que se pueden presentar con motivo de la ejecución de las obras y contemplar medidas para enfrentarlas y mitigar, corregir o compensar su impacto.
3.10.6.4.2 Estas emergencias pueden ser, entre otras, el derrame accidental de combustibles o residuos peligrosos en fuentes de agua, incendio en los equipos utilizados que pueda afectar la calidad del aire circundante, explosión por acumulación de gases o contacto de elementos con incompatibilidad química, etc.
3.10.6.4.3 El CONTRATISTA es responsable de desarrollar periódicamente actividades dirigidas a su personal con el propósito de prevenir riesgos, eliminar peligros, mitigar, corregir o compensar los impactos y efectos ambientales que puedan afectar a personas, propiedades o medio ambiente. Estas deben estar documentadas en el Plan de Manejo Ambiental. Dicha documentación debe ser remitida mensualmente al SUPERVISOR del contrato de ETB, especificando el manejo de residuos sólidos, según normatividad vigente, para la disposición de los mismos. Es responsabilidad del CONTRATISTA el control de los riesgos inherentes a las actividades a desarrollar dentro del contrato y su alineación con el plan de gestión ambiental institucional.
3.10.6.4.4 En caso de presentarse situaciones graves o no conformes sobre los requisitos de gestión ambiental y considerando el riesgo generado para los trabajadores contratados por el CONTRATISTA, la comunidad, la operación, la prestación del servicio y la infraestructura de ETB, ésta podrá ordenar la suspensión de la gestión de la orden de servicio específica, con la responsabilidad del CONTRATISTA que ello conlleva, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones contractuales a las que haya lugar.
3.10.7 IMPACTO URBANO
Para los servicios que se ejecuten en el espacio público, el CONTRATISTA debe tener en cuenta el “Plan de Manejo Ambiental para obras de planta externa” y el “Procedimiento para gestionar los planes de manejo de transito - PMT”, que se encuentran incluidos en el Anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”, a fin de evitar molestias e incomodidades a la comunidad durante la gestión de las ordenes de servicio. Por lo tanto, el CONTRATISTA debe adquirir la totalidad de los elementos exigidos en la normatividad Distrital, Municipal, Departamental o Nacional, vigente, de acuerdo con el lugar en el cual se estén ejecutando órdenes de servicio.
3.10.8 PERMISOS
3.10.8.1 Los permisos para la ejecución de las ordenes de servicio serán responsabilidad del CONTRATISTA con excepción de los permisos para el acceso a los sitios donde se aloja infraestructura ETB, casos en cuáles serán gestionados a través del Supervisor del Contrato.
3.10.8.2 La prestación de servicios para la atención de órdenes de servicio de aprovisionamiento, se evaluarán de acuerdo con los requerimientos de ETB. En el caso particular que ETB tenga programado el cumplimiento de visitas a una hora especifica diferente al inició de la franja de llegada, como ocurre con clientes de valor o priorizados desde la línea de presidencia ETB, el CONTRATISTA se ajustará al cumplimiento de estas visitas en las horas establecidas y a los requisitos exigidos para el ingreso a los predios.
3.10.8.3 Los permisos de acceso a los sitios donde se aloja infraestructura ETB, deben ser solicitados al SUPERVISOR mediante requerimiento escrito conforme a lo requerido por ETB. Los permisos de acceso a esta infraestructura generados al CONTRATISTA, deben ser renovados mensualmente, en caso en que el CONTRATISTA modifique su equipo de trabajo debe informar inmediatamente al SUPERVISOR para suspender los permisos activos.
3.10.8.4 El CONTRATISTA debe realizar el trámite del Plan de Manejo de Transito (PMT) en los casos en que la reglamentación distrital lo exija.
3.10.8.5 Los permisos para las propiedades horizontales deben tener una tratamiento adecuado de cara a cada administrador, de tal manera que se pueda contar con gestores que informen y controlen las actividades de cada uno de los grupos de trabajo y sean un canal para el reporte de cualquier situación anómala o coordinación de actividades, que permita una solución pronta y efectiva hacia cada predio, incorporando un protocolo de presentación en caso de realizar cambios a nivel de gestores durante las etapas de construcción y conectividad de los hogares, asumiendo y gestionando de manera anticipada los diferentes trámites que sean requeridos desde cada propiedad horizontal.
3.10.9 EQUIPO DE TRABAJO DEL CONTRATISTA
3.10.9.1 Selección:
3.10.9.1.1 En el marco de la autonomía técnica y administrativa, el CONTRATISTA debe garantizar que el personal a su cargo, se encuentre debidamente capacitado y es idóneo para cumplir a cabalidad con la prestación de los servicios contratados de forma eficiente y dentro de los plazos establecidos.
3.10.9.1.2 ETB requiere que el CONTRATISTA garantice que la prestación de los servicios será adelantada con personal idóneo de acuerdo con personal idóneo con la experiencia establecidos por ETB en el anexo Acreditación de Experiencia Aprovisionamiento y Aseguramiento.
3.10.9.1.3 El CONTRATISTA debe garantizar que, desde la etapa de inducción, el personal con el que realiza la prestación de los servicios, se encuentre contratados con plena observancia de las normas legales que rijan para la respectiva modalidad de vinculación.
3.10.9.1.4 El CONTRATISTA debe verificar y corroborar mediante consultas o estudios de seguridad, la información judicial del personal que hará parte de su equipo de trabajo, asegurando su idoneidad para realizar la prestación de los servicios. Esto constituye un requisito para que la supervisión ETB tramite el carnet que lo identifica como CONTRATISTA de ETB.
3.10.9.2 Obligaciones laborales del CONTRATISTA
3.10.9.2.1 Realizar el proceso de selección, inducción y capacitación del personal idóneo que le colaborará en la ejecución del objeto del contrato;
3.10.9.2.2 Dar cumplimiento a las disposiciones legales relacionadas con la modalidad de contratación que tenga el personal que requiera para la prestación del servicio contratado, según el marco legal vigente;
3.10.9.2.3 El CONTRATISTA declara, entiende, acepta y se obliga que garantiza los derechos laborales y constitucionales de su personal, y que existe prohibición expresa de la ley para contratar o subcontratar la ejecución de cualquier servicio principal o accesorio descritos en el objeto y/o alcance del Contrato con: Cooperativas de Trabajo Asociado.
3.10.9.2.4 Acreditar el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones, compensaciones, cesantías y demás acreencias laborales de sus trabajadores;
3.10.9.2.5 Entregar las herramientas de trabajo y dotación a sus trabajadores.
3.10.9.2.6 Conceder a sus trabajadores las licencias y permisos xx xxx, así como el disfrute de vacaciones, conforme lo estipula la ley;
3.10.9.2.7 Velar por el bienestar de sus trabajadores y por mantener un buen clima laboral al interior de su empresa;
3.10.9.2.8 Implementar el programa de seguridad y salud en el trabajo acorde con los riesgos de los servicios a prestar por el CONTRATISTA y de conformidad con las obligaciones legales a su cargo.
3.10.9.2.9 Propender por la concientización sobre seguridad e higiene en el trabajo de su personal.
3.10.9.3 Experiencia del equipo de trabajo del CONTRATISTA
Con el fin de realizar la validación de experiencia en la prestación de los servicios requeridos, el OFERENTE debe detallar dentro de la estructura organizacional presentada, la composición de las células de trabajo, las cuales definen en su unidad básica, la relación o cantidad de técnicos o cuadrillas de servicios convergentes, por cada auxiliar de despacho y por cada supervisor (grupo básico dentro de la fuerza de trabajo del contratista), así mismo, el OFERENTE debe detallar la relación entre la cantidad de células de trabajo y el número integrantes de las áreas de capacitación (instructor o multiplicador), auditor en campo, Ingeniero o Jefe de Zona y Líder del sistema de seguridad y salud en el trabajo con sus coordinadores para seguridad industrial y salud ocupacional , que asistirán a las mismas.
ETB requiere que, con la estructura organizacional presentada el OFERENTE informe:
a) El detalle de la conformación de la célula de trabajo, con la cual el CONTRATISTA establece en su modelo de operación, la disposición a nivel de fuerza de trabajo y administrativa para la prestación de los servicios contratados.
b) Si las células de trabajo están discriminadas para operaciones combinadas (aprovisionamiento + aseguramiento por cliente activo) o si la prestación de los servicios se realizará por células de trabajo especializadas para aprovisionamiento y aseguramiento por cliente activo, por separado.
c) La relación entre la cantidad de células de trabajo y el número de integrantes de las áreas de capacitación (instructor o multiplicador), auditor en campo, Ingeniero o Jefe de Zona y Líder del sistema de seguridad y salud en el trabajo, la cual deberá mantener durante la ejecución del contrato. A manera de ejemplo, el entregable debe referir si dentro de la estructura se contara con un auditor en campo por cada 40 o 50 técnicos.
d) Para la prestación de los servicios global a todo costo X día con visita cliente, requeridos por la operación de aseguramiento, se debe presentar la conformación de las células de trabajo de manera separada a las referidas en los literales a) o b) del presente numeral.
La estructura organizacional podrá ser verificada por ETB en cualquier momento durante la ejecución o desarrollo del contrato.
3.10.9.3.2 ETB requiere que el CONTRATISTA preste los servicios con un director, ingenieros de zona, un líder de seguridad industrial, equipos de capacitación y equipo de
apoyo, un grupo encargado de auditar en campo el cumplimiento de la calidad de los servicios prestados, un líder de logística, entre otros.
3.10.9.3.3 ETB requiere que el CONTRATISTA por cada célula de trabajo, preste los servicios con mínimo un supervisor (jefe de grupo), mínimo un despachador y hasta 15 técnicos. Adicionalmente, ETB requiere que cada célula de trabajo cuente con un mínimo de 40% de vehículo con porta-escaleras en relación a la cantidad total de técnicos que conforman la célula de trabajo.
Sin embargo, el CONTRATISTA en el marco de su autonomía técnica y administrativa debe dimensionar de acuerdo al área geográfica correspondiente donde prestará los servicios, la cantidad óptima de vehículos de tal forma que asegure el cumplimiento de las ordenes de servicios requeridas.
3.10.9.3.4 El OFERENTE debe presentar junto con la oferta, la acreditación de la experiencia profesional del director, jefes de zona y el líder de seguridad industrial, incluyendo entre otros aspectos la formación académica, estudios complementarios y certificaciones definidas en el anexo Acreditación de Experiencia Aprovisionamiento y Aseguramiento.
3.10.9.3.5 El CONTRATISTA debe presentar al SUPERVISOR del contrato, de manera anticipada a la orden de inicio del contrato y con posterioridad a la oficialidad de la adjudicación del mismo, las certificaciones del equipo de trabajo informado en la estructura organizacional referida en el numeral 3.10.9.3.1. De igual forma, durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA deberá presentar los documentos aquí referidos para los nuevos integrantes que harán parte de su equipo de trabajo para la prestación de los servicios.
3.10.9.3.6 La documentación requeridos en el numeral 3.10.9.3.5 serán verificados por ETB para validar que se ajusten a lo requerido para la prestación de los servicios. La respuesta sobre esta verificación se dará en un plazo máximo de 3 días contados a partir de la entrega por el CONTRATISTA.
3.10.9.3.7 El CONTRATISTA es autónomo e independiente respecto de su personal debiendo cumplir con la experiencia e idoneidad, ética de su personal; en el evento en que como parte de la supervisión del contrato, se observe que el servicio no está siendo prestado en los niveles exigidos, o con idoneidad, ETB se reserva el derecho de exigir al CONTRATISTA la reasignación de su personal, siendo responsabilidad del CONTRATISTA garantizar la continuidad de los servicios contratados sin afectar los niveles ni tiempos exigidos, sin que ello genere costos adicionales para ETB ya que se trata de exigir las prestaciones emanadas de las estipulaciones contractuales para la prestación del servicio; el CONTRATISTA bajo su autonomía decidirá si cuenta con nuevo recurso, caso en el cual debe acreditar la experiencia en un término no mayor a 10 días hábiles. Debido a que el alcance y condiciones del proceso es la prestación de los servicios a cargo del contratista, tal evento no puede afectar los niveles de calidad ni de oportunidad.
3.10.9.3.8 ETB requiere que cuando el CONTRATISTA reemplace el Director, Ingeniero de Zona o Líder de seguridad, se comuniquen a ETB con un mínimo de 10 días hábiles previos para adelantar las gestiones relacionadas con los accesos permitidos a la infraestructura de ETB. Para el resto de personal del equipo de trabajo del contratista, la
comunicación a ETB deberá realizarse a más tardar el mismo día a partir del cual el personal no prestará más los servicios contratados. El CONTRATISTA deberá garantizar que los servicios sigan siendo prestados con personal idóneo de iguales o mejores características y nivel de especialización, sin impactar los cupos de agenda requeridos y el resultado de los ANS establecidos. Durante este periodo, el cual se considera de empalme o transición, el CONTRATISTA deberá asegurar la adecuada transferencia de conocimiento entre el recurso saliente y sin afectación en la prestación de los servicios contratados.
3.10.9.4 Canal de comunicación del CONTRATISTA:
3.10.9.4.1 El Director del CONTRATISTA será quién se encargue de interactuar con ETB en todo lo relacionado con temas laborales. Así mismo, deberá liderar al personal que prestará los servicios y asegurar la dirección técnica y administrativa del contrato. El Director informará a ETB en comunicación escrita (correo o carta), la persona del CONTRATISTA a quien delegue cuando por imposibilidad temporal no pueda interactuar como canal de comunicación con ETB.
3.10.9.5 Dotación
3.10.9.5.2 La dotación del CONTRATISTA, debe cumplir con las disposiciones de identificación vigentes, dependiendo el lugar en el que se estén ejecutando las órdenes de servicio. (ver anexo: Ficha Técnica del Overol).
DEBE IR LEMA ACTUALIZADO SI ES REQUERIDO
Figura 1. Uniformes
3.10.9.5.3 ETB requiere que el CONTRATISTA adopte las medidas necesarias para evitar que los elementos de dotación personal identificados con el logotipo de ETB, no tengan un uso inadecuado. El CONTRATISTA deberá entregar a ETB el certificado de disposición final de la dotación, emitido por el gestor autorizado por la autoridad ambiental, garantizando el cumplimento de lo dispuesto en la normatividad de gestión ambiental vigente. Se precisa que este requerimiento constituye un requisito para la generación del acta de liquidación del contrato.
3.10.9.6 Identificación del CONTRATISTA
3.10.9.6.2 El CONTRATISTA debe dar estricto cumplimiento a lo especificado en el anexo MANUAL DE GESTION DE SEGURIDAD FÍSICA y, en caso de que estas sean modificadas durante el plazo contractual, el CONTRATISTA debe acoger las nuevas especificaciones. El CONTRATISTA no debe permitir en ningún caso la prestación de los servicios sin los requisitos de seguridad y/o carezca del carné que lo acredita como CONTRATISTA, a menos que en lo que respecta a la expedición del carnet por ETB, el supervisor del contrato lo haya autorizado por escrito.
3.10.9.6.3 ETB requiere que el CONTRATISTA realice la devolución del carnet
expedido por ETB y las llaves de acceso a la infraestructura de ETB, actividad que deberá ser adelantada dentro de los cinco (5) días siguientes a la separación o retiro del personal del CONTRATISTA en lo concerniente a la prestación de los servicios. En caso de no realizar la devolución del carné por pérdida o hurto, el CONTRATISTA debe anexar el respectivo denuncio ante la autoridad competente dentro de los cinco (5) días ya referidos.
3.10.9.6.4 El CONTRATISTA debe realizar la prestación de los servicios previstos en los presentes términos, dando cumplimiento integral a lo estipulado en los numerales
3.10.9.6.1 y/o 3.10.9.5.1; sin embargo; en los casos en que la supervisión del contrato y/o personal del área de seguridad de ETB, en sus inspecciones o en la revisión de informes o documentos, detecta que el CONTRATISTA no cumple con estos requisitos; tal circunstancia se convierte en un impedimento para la gestión de la orden se servicio por parte del CONTRATISTA. Adicionalmente en caso de este tipo de comportamientos sea recurrente, el CONTRATISTA debe entender que se expone a las sanciones establecidas en el capítulo 1.
3.10.9.6.5 El CONTRATISTA debe registrar y actualizar la información del personal con que presta los servicios, en la aplicación dispuesta por ETB para permitir que el cliente u otro ente interno o externo autorizado, verifique la información del técnico asignado para el cumplimiento del trabajo.
3.10.9.7 Seguridad y salud en el trabajo
3.10.9.7.1 EL CONTRATISTA debe cumplir con los requerimientos xx xxx y los establecidos en los términos de invitación y sus anexos de todo lo relacionado con seguridad y salud en el Trabajo en la ejecución del objeto del contrato a suscribir. ETB podrá solicitar al CONTRATISTA que demuestre el cumplimiento de los aspectos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, acorde con la normatividad vigente. Además de los aspectos técnicos, se incluyen, a cargo y por cuenta del CONTRATISTA a título indicativo y no limitativo, las obligaciones que se relacionan a continuación:
3.10.9.7.2 El oferente debe demostrar que se encuentra en ejecución de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que debe estar a cargo de personal idóneo y debidamente certificado para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG SST). En la oferta se debe incluir una certificación de la ARL a la que está afiliada la empresa, en la que se exprese el desarrollo del sistema de seguridad y salud en el trabajo y un cuadro con la experiencia profesional del (los) encargado(s) del tema. El oferente también debe enviar a ETB copia de la auto- calificación del SG SST, que se contempla en la Resolución 1111 de 2017.
3.10.9.7.3 Adicionalmente el oferente debe expresar y asegurar que los trabajadores que empleará en la ejecución del contrato se mantendrán a lo largo del mismo, debidamente afiliados al Sistema de Seguridad Social en Salud incluida la afiliación en salud como la afiliación en riesgos profesionales, con pagos al día y vigentes. El CONTRATISTA debe aceptar la presentación periódica de soportes de pago y afiliación de sus empleados al SUPERVISOR del contrato o a quien ETB disponga.
3.10.9.7.4 El CONTRATISTA deberá suministrar durante el tiempo que dure el contrato, los elementos de protección personal requeridos por cada uno de los servicios a prestar y la dotación de trabajo, de acuerdo a con las exigencias xx xxx. En la oferta, el OFERENTE informará en una matriz, los elementos de protección personal que corresponden a cada servicio ofertado con la respectiva norma a la que se dé cumplimiento.
3.10.9.7.5 El CONTRATISTA debe velar porque los elementos de seguridad y prendas de dotación necesarios estén en óptimas condiciones y sean reemplazados cuando presenten deterioro o hayan cumplido con su vida útil dentro de la vigencia del contrato.
3.10.9.7.6 El CONTRATISTA debe garantizar la certificación válida de su personal con el que prestará los servicios que así lo requieran, de acuerdo con las normas propias. Al momento de iniciar el contrato el personal del CONTRATISTA debe presentar las respectivas certificaciones. El CONTRATISTA debe presentar al supervisor del contrato de ETB, las recertificaciones que se requieran durante la ejecución del contrato.
3.10.9.7.7 El CONTRATISTA debe velar por el cumplimiento del Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas resolución 1409 de 2012 expedida por el Ministerio de Trabajo y de aquellas que la deroguen o sustituyan en el futuro y demás resoluciones y circulares aclaratorias o modificatorias que se encuentren vigentes durante la ejecución del contrato.
3.10.9.7.8 El CONTRATISTA debe velar por el cumplimiento de La Ley Eléctrica (Artículo 30, Ley 143 de 1994) y la Ley de Televisión (Artículo 13, Ley 680 de 2001) reglamentan a las empresas eléctricas (como CODENSA) y otras que poseen redes de distribución (aérea y subterránea) para prestar el servicio de alquiler de la infraestructura correspondiente a postes y ductos a las Empresas de telecomunicaciones que lo requieran. Es indispensable que el CONTRATISTA asegure que su personal, quien, con ocasión a la prestación del servicio, realiza actividades en postes o ductos, los cuales comparten la misma infraestructura con las Empresas eléctricas, use la dotación de prendas de seguridad de tipo dieléctrico como es el casco, botas y guantes que cumplan con los requisitos de seguridad. Adicionalmente, el CONTRATISTA debe garantizar la idoneidad, especialidad y experticia del personal, para tal efecto.
3.10.9.7.9 El CONTRATISTA debe realizar la destinación del personal necesario para el desarrollo de las actividades de Seguridad y Salud en el trabajo, que deben estar en directa relación con los riesgos potenciales y ser suficientes para la prestación del contrato.
3.10.9.7.10 El CONTRATISTA debe presentar un reporte mensual al SUPERVISOR de ETB sobre los planes de acción desarrollados dentro de los programas de seguridad y salud en el trabajo, anexando los soportes correspondientes.
3.10.9.7.11 El CONTRATISTA debe asegurar el cumplimiento de las normas de Seguridad y salud en el trabajo contempladas en el programa de Higiene y Seguridad industrial por parte de sus trabajadores en cuanto a:
a) Uso de elementos de protección
b) Uso de vehículos adecuados para trabajos en altura. Se debe incluir en el reporte indicado copias de los certificados vigentes de estos vehículos.
3.10.9.7.12 Generar controles que incluyan la entrega de herramientas y equipos de seguridad industrial para la prevención de riesgos durante la ejecución del contrato, entre
otros, capacitación, entrenamiento, trabajo seguro, a la totalidad del personal contratado por el CONTRATISTA. Esta capacitación se debe efectuar de forma tal que no afecte los proyectos a cumplir.
3.10.9.7.13 Previo al inicio de cualquier labor, el CONTRATISTA debe realizar una evaluación de riesgos de accidentes, trabajo seguro que el CONTRATISTA tenga establecidos y lo definido en la normatividad vigente, con el fin de detectarlos y minimizarlos. Cuando exista trabajo en alturas (xxxxxx, techos, andamios, escaleras, grúas, etc.), en espacios confinados (cámaras de paso, ductos de ascensor, etc.) o que involucren riesgo eléctrico, deben asistir para la ejecución de la prestación del servicio, cuando menos dos personas del CONTRATISTA por cada sitio de trabajo, con los elementos de protección necesarios, suficientemente entrenadas (certificadas) en dichos aspectos, así como en la atención de emergencias (rescate, primeros auxilios).
3.10.9.7.14 Durante el desarrollo de la prestación del servicio, el CONTRATISTA debe proveer los elementos de señalización e iluminación necesarios y suficientes, los cuales deben cumplir con las exigencias de la Secretaria de Movilidad y las autoridades competentes vigentes, para la fecha y sitio de gestión de las ordenes de servicio, los cuales son de uso obligatorio en las noches.
3.10.9.7.15 En caso de presentarse situaciones graves del incumplimiento de los requisitos de seguridad y salud en el trabajo y considerando el riesgo generado para los trabajadores contratados por el CONTRATISTA, la comunidad, la operación, la prestación del servicio y la infraestructura de ETB, el SUPERVISOR podrá ordenar la suspensión específica del servicio, en todo caso, el CONTRATISTA debe garantizar el cumplimiento de la orden de servicio requerida, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones contractuales a las que haya lugar.
3.10.9.7.16 El control de los riesgos inherentes a la prestación de los servicios contratados es responsabilidad del CONTRATISTA.
3.10.9.7.17 EL CONTRATISTA acepta que las obligaciones contenidas en el presente numeral se hacen extensivas a todo aquel que preste sus servicios en la ejecución del contrato. ETB o quien ésta designe, podrá verificar en cualquier momento y con la metodología que considere, las mencionadas obligaciones, para lo cual EL CONTRATISTA debe suministrar la información que sea solicitada.
3.10.9.7.18 ETB podrá ordenar la interrupción de la ejecución de la orden se servicio específica, de acuerdo con la gravedad de las falencias encontradas en los requisitos de seguridad industrial, salud ocupacional y gestión ambiental.
3.10.9.7.19 ETB realizará inspecciones concurrentes y documentales a lo largo de la ejecución del contrato para garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del CONTRATISTA. Sobre los resultados emitirá informes al supervisor del contrato, quien definirá acciones a seguir según resultados y de acuerdo a las condiciones del contrato. El oferente debe expresar mediante escrito, la aceptación a estas visitas e inspecciones y se comprometerá a realizar las mejoras necesarias a que haya a lugar.
3.10.9.8 Capacitación
3.10.9.8.1 El CONTRATISTA es responsable de la capacitación y actualización permanente del conocimiento del personal a su cargo y con el que prestará los servicios definidos en la presente invitación, por tanto, debe contar con su propia estructura de formación que le permita (i) Realizar un proceso de inducción informativo acerca del CONTRATISTA (historia, servicios, estructura, beneficios, contratos, programas de bienestar entre otros propios del CONTRATISTA); (ii) Realizar un proceso de capacitación de los procesos y aplicativos que utilizarán para la prestación de los servicios contratados;
(iii) Realizar la transferencia de información suministrada por ETB durante la socialización de las especificaciones técnicas contenidas en el anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”; (iv) Realizar inducción acerca de los procesos de Seguridad y Salud en el Trabajo con el fin de que sean aplicados durante el desarrollo y ejecución de las actividades y, (v). Realizar la medición de los niveles de conocimiento adquirido a partir de los diferentes procesos de inducción y formación, que aseguren la adecuada prestación del servicio. (vi). Poner a disposición de ETB, cuando ésta lo requiere, los registros que soporten el proceso de capacitación y el resultado de la medición.
3.10.9.8.2 El OFERENTE debe presentar junto con la oferta el programa de capacitación técnica (temas técnicos, procesos, normas, procedimientos, trabajo en alturas, etc.), que recibirá su personal de forma trimestral con aspectos propios de la operación que contribuyan a mejorar las capacidades y habilidades del personal a su cargo que prestará el servicio. Este plan de capacitación, debe especificar las horas mínimas de capacitación que de manera trimestral, el CONTRATISTA realizará el refuerzo en conocimientos técnicos propios de la operación al personal con rol técnico en servicios convergentes, supervisor y auxiliar de despacho, dando cubrimiento al 100% del personal del CONTRATISTA, para lo cual, debe entregar al SUPERVISOR ETB, el informe periódico firmado por el director a más tardar 10 días posteriores a la finalización de cada trimestre (tres meses consecutivos de ejecución y prestación de servicios).
3.10.9.8.3 El CONTRATISTA debe entregar el programa, contenido, manuales de entrenamiento y documentación de los cursos durante la ejecución del contrato. ETB puede solicitar al CONTRATISTA complementar el programa con temas que considera relevantes para la ejecución de las actividades contratadas con el objeto de que el CONTRATISTA garantice que su personal esté debidamente capacitado para la prestación de los servicios.
3.10.9.8.4 El CONTRATISTA debe implementar un convenio con el SENA o con otro ente educativo que cuente con licencia de funcionamiento otorgada por el estado, que le permita capacitar y certificar a su personal en los conocimientos técnicos mínimos requeridos para la prestación de los servicios o actividades objeto de los presentes términos de referencia, permitiendo al CONTRATISTA contar con el recurso certificado para la prestación de los servicios, inherente a las actividades propias del aprovisionamiento y aseguramiento de servicios sobre las redes de acceso en COBRE y FTTC. El CONTRATISTA debe entregar a ETB, dentro de los primeros 60 días luego de la firma del acta de inicio, copia del convenio vigente firmado entre las partes y para tal efecto, durante el desarrollo del contrato, deberá implementar el programa de certificación en un tiempo no mayor a seis (6) meses a partir de la fecha de la orden de inicio del contrato, de tal manera
que al finalizar este periodo, el personal del CONTRATISTA que interviene en la prestación de los servicios o actividades contratadas, se encuentren debidamente certificados. Adicionalmente para el personal del CONTRATISTA que ingrese después del segundo mes de la orden de inicio del contrato, el CONTRATISTA tendrá plazo de certificar a su personal hasta seis (6) meses posteriores a la expedición de xxxxx que lo identifica como CONTRATISTA de ETB. En lo concerniente al programa de certificación, el mismo deberá ser aprobado antes del inicio de su implementación, en su contenido, por la supervisión ETB, para lo cual y de ser necesario se citará a reuniones de entendimiento en la que se solicitará de manera explícita la participación directa del representante del ente con el cual el CONTRATISTA tiene el convenio vigente y las mejoras correspondientes en su contenido
3.10.9.8.5 El CONTRATISTA debe y se obliga al cumplimiento de lo establecido en la Resolución 1409 de 2012 expedida por el Ministerio del Trabajo la que la derogue o sustituya en el futuro y demás resoluciones y circulares aclaratorias o modificatorias que se encuentren vigentes durante la ejecución del contrato en lo que respecta al capítulo III artículo 6 de la resolución 3673 del 26 de septiembre de 2008 referente a la capacitación del personal que realiza labores operativas en alturas. El CONTRATISTA debe demostrar que su personal está certificado para Trabajo en Alturas por alguna de las instituciones que avala el Ministerio de la Protección Social. De igual manera, el CONTRATISTA debe evidenciar que capacita a su personal permanentemente para realizar trabajos en alturas, espacios confinados y riesgo eléctrico.
3.10.9.8.6 El CONTRATISTA debe efectuar la capacitación da la totalidad del personal contratado por él, para la prestación de los servicios sin afectar la disponibilidad requerida en la operación.
3.10.9.9 Cumplimiento de protocolo de servicio al cliente
3.10.9.9.1 El CONTRATISTA debe prestar los servicios de acuerdo a lo establecido en el anexo “Protocolo para el acercamiento al cliente e instalación de servicios”.
3.10.9.9.2 Adicionalmente, el CONTRATISTA debe garantizar que el personal que realiza la prestación de los servicios, realice las actividades dentro de los parámetros de la moral y de las buenas costumbres, de manera tal que el nombre de ETB o su imagen corporativa no se vean afectadas.
3.10.9.10 Plan de incentivos a cargo del CONTRATISTA a su personal
3.10.9.10.1 Con el objetivo de incrementar la línea productiva en los servicios ejecutados, el OFERENTE debe presentar junto con la oferta el plan de incentivos que implementará para (i) garantizar la efectividad de las actividades exitosas para aprovisionamiento, (ii) minimizar los índices xx xxxxxx de infancia y (iii) impactar positivamente en la no recurrencia o reincidencia xx xxxxxx para servicios de aseguramiento, con los niveles de atención y calidad requeridos por ETB y para que se garantice el más alto nivel de cumplimiento en los ANS durante la prestación de los servicios. El plan de incentivos, debe ser dirigido principalmente hacia el personal técnico (operativo) que realiza la prestación de los
servicios objeto de la presente contratación; para la configuración de dicho plan; se debe tener en cuenta que el CONTRATISTA es independiente y autónomo, frente a su personal y a la prestación del servicio.
3.10.10 EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
3.10.10.1 El CONTRATISTA debe prestar los servicios con los equipos y herramientas necesarios para la ejecución de los servicios contratados, los cuales deben cumplir con las características técnicas necesarias para la correcta ejecución del servicio solicitado. Para tal efecto el CONTRATISTA debe tener en cuenta que la tecnología de la infraestructura ETB, hace que varíen aspectos como, elementos de conectorización, materiales utilizados en el aprovisionamiento, las ofertas comerciales, permitiendo que se puedan aprovisionar servicios diferentes (ejemplo, en FTTC se ofrece el servicio de TV, para aprovisionar estos servicios los decodificadores se conectan con cable UTP y se utiliza una toma telefónica RJ11 IDC, entre otros elementos, que no son aplicados para la red de acceso COBRE). Así mismo, el CONTRATISTA debe garantizar la disposición de la cantidad necesaria de equipos y herramientas para la ejecución de los servicios.
Ítem | Nombre o Tipo | COBRE | FTTC |
A | Alicate Universal | Si | Si |
B | Clavija de prueba de Alta Densidad 3M | Si | No |
C | Clavija de prueba EAR SID-C | Si | No |
D | Clavija de Pruebas SIMELCA | Si | No |
E | Clavija de Pruebas de Alta Densidad Huawei | No | Si |
F | Herramienta de conexión alta densidad 3M | Si | No |
G | Herramienta de conexión BAB 323 | Si | No |
H | Herramienta de inserción EAR SID-C | Si | No |
I | Herramienta de conexión alta densidad Huawei | No | Si |
J | Llave para strip telefónico | Si | Si |
K | Llave de copa | Si | Si |
L | Martillo común | Si | Si |
M | Multimetro Digital | Si | Si |
N | Pelacables | Si | Si |
O | Xxxxx xx Xxxxx | Si | Si |
P | Equipo de comunicaciones (celular con plan datos) | Si | Si |
Q | Escalera de Fibra xx Xxxxxx Doble Extensión | Si | Si |
R | Generador y Amplificador de tonos | Si | Si |
S | Sonda Plástica mínimo 30 mts | Si | Si |
T | Juego Brocas de Tungsteno 3/8, 1/4 (6 Y 12) | Si | Si |
U | Juego de Brocas para Lámina 3/8 X 6 | Si | Si |
V | Juego Destornilladores | Si | Si |
W | Linterna | Si | Si |
X | Micro teléfono | Si | Si |
Y | Pistola de silicona fría | Si | Si |
Z | Pistola de silicona eléctrica | Si | Si |
Xx | Xxxxxxxxxx Xxxxx XX00 / XX00 | Si | Si |
Bb | Taladro de 1/2" inalámbrico Percutor 2 Velocidades | Si | Si |
Cc | Tester Cable UTP (obligatorio para actividades en FTTC) | Si | Si |
Tabla No. 11
3.10.10.3 ETB requiere que para la correcta ejecución de los servicios de aseguramiento sobre la red de planta externa COBRE, FTTC y FTTH, el CONTRATISTA debe prestar los servicios como mínimo con las siguientes herramientas y equipos:
ITEM | NOMBRE O TIPO | COBRE | FTTH |
1 | Alicate Universal | SI | SI |
2 | Barra 16 Lbs | SI | SI |
3 | Caja de Herramientas 20" | SI | SI |
4 | Cámara Digital con Accesorios | SI | SI |
5 | Carpa xx Xxxx con Armadura (Trabajo en Cámara Telefonica) | SI | SI |
6 | Cinta Metrica 50 Mts | SI | SI |
7 | Clavija de prueba de Alta Densidad | SI | NO |
8 | Cortador (bisturí) | SI | SI |
9 | Cuchillo para corte de Cable | SI | NO |
10 | Desangrador | NO | SI |
11 | Detector de gases | SI | SI |
12 | Diferencial 1,6 Ton x 1,50 Mts con Tripode | SI | SI |
13 | Dynatel 965 DSP y/o Analizador y Localizador xx xxxxxx | SI | NO |
14 | Escalera en Fibra xx Xxxxxx Doble Extensión | SI | SI |
15 | Escalera en Fibra xx Xxxxxx Sencilla | SI | SI |
16 | Escoba | SI | SI |
17 | Extension electrica minimo 40 mts | SI | SI |
18 | Fuente de luz láser visible | NO | SI |
19 | Gancho para Destapar Camaras | SI | SI |
20 | Generador de Tonos y Amplicador Inductivo | SI | NO |
21 | Hombresolo | SI | SI |
ITEM | NOMBRE O TIPO | COBRE | FTTH |
22 | Identificador de fibra activa | NO | SI |
23 | Juego de Destornilladores (Pala y Xxxx) | SI | SI |
24 | Juego de llaves Bristol | SI | SI |
25 | Juego de prensas para cajas y cables | NO | SI |
26 | Kit de Limpieza Elementos FO | NO | SI |
27 | Lapicero tinta indeleble | NO | SI |
28 | Llave de Copa de Armarios | SI | NO |
29 | Llave de Expansión | SI | SI |
30 | Llave para Strip Telefonicos | SI | NO |
31 | Máquina de Cierres (Conector Unitario) | SI | NO |
32 | Máquina xx xxxxx de fibra | NO | SI |
33 | Máquina de empalme por fusión | NO | SI |
34 | Maquina Empalmadora (Regleta de 25 Pares - tipo 3M) | SI | NO |
35 | Máquina Perforadora Empalmes Mecanicos | SI | NO |
36 | Xxxxx para Segueta | SI | SI |
37 | Marquillas de identificación Informativas y Preventivas | NO | SI |
38 | Martillo Común | SI | SI |
39 | Medidor de potencia óptica | NO | SI |
40 | Microscopio óptico | NO | SI |
41 | Microtelefono Digital | SI | NO |
42 | Xxxxxx xx Xxxx Herramientas | SI | SI |
43 | Xxxxxxxxx 0" con Accesorios | SI | SI |
44 | Multimetro Digital | SI | NO |
45 | OTDR | NO | SI |
46 | Pala | SI | SI |
47 | Pela fibra | NO | SI |
48 | Pica (Zapapica) | SI | SI |
49 | Xxxxxx xx Xxxxx | SI | SI |
50 | Pinzas de punta | SI | SI |
51 | Plantillas letra y Numeros No. 4 | SI | SI |
52 | Plantillas letra y Numeros No. 6 | SI | SI |
53 | Planillera | NO | SI |
54 | Planta Electrica | SI | SI |
55 | Ponchadora para Bloques de Inserción | SI | NO |
56 | Pulidora con Disco | SI | SI |
57 | Puntero xx Xxxxx | SI | SI |
58 | Segueta (Hoja) | SI | SI |
ITEM | NOMBRE O TIPO | COBRE | FTTH |
59 | Separador de mensajero | NO | SI |
60 | Sonda de 200 Mts de Fibra xx Xxxxxx | SI | SI |
61 | Soplete a Gas (Incluye Cilindro) | SI | NO |
62 | Taladro Percutor (Con juego de Brocas) | SI | SI |
Tabla No. 12
3.10.10.4 A continuación, se muestra los diferentes tipos de herramientas de conexión que se utilizan para la conexión de alambres de pase en los MDF, con el que debe contar el CONTRATISTA para la operación en los Distribuidores Generales (DG).
Foto 1: Herramientas de conexión
3.10.10.5 Para la prestación de servicios de operación y soporte MDF internos y externos, el CONTRATISTA debe contar con las herramientas de conexión para las tecnologías existentes ya sea en centrales o en unidades remotas, microteléfonos, xxxxxx xx xxxxx y de punta, generador y detector de tonos y computador, este último elemento (computador) aplica para el rol Administrador MDF, el cual por necesidades de la operación requiere de dos computadores en sitio, para garantizar la actualización y consulta de información en los aplicativos ETB. De igual forma, debe adquirir a su costo herramientas de conexión para equipos nuevos que ingresen a operación dentro de la ejecución del contrato.
ETB requiere que el contratista cuente con un equipo Acces Point para cada célula de trabajo durante toda la ejecución de contrato, con el fin de gestionar temas asociados a clientes que reclaman por cobertura WiFi y que permita evidenciar a los clientes que, por temas de saturación del espectro, dimensiones de los predios, estructuras de los predios (muros de contención), la cobertura WiFi no se puede garantizar en todo el predio. Se aclara que contar con este tipo de equipos, es para demostrar a los clientes que requieren de un elemento adicional para solucionar los temas asociados a cobertura WiFi. El CONTRATISTA debe asegurar que en la instalación de servicios a las clientes se procederá dentro las especificaciones técnicas establecidas en el Protocolo de Primer Acercamiento al cliente e Instalación del servicio. A continuación, se relaciona las especificaciones requeridas para el equipo Access-Point con el que debe contar cada célula de trabajo:
Característica | Access Point Gama Media | Access Point Gama Alta (Router) | Marcas Sugeridas |
Estándar WiFi | IEEE 802.11 b/g/n (2,4 GHz) | IEEE 802.11 b/g/n (2,4 GHz) | *D-link * Tp-link * Ruckus * Nexxt |
IEEE 802.11 n/AC (5 GHz) | IEEE 802.11 n/AC (5 GHz) | ||
Arreglo Antenas | 2X2 | 3X3 | |
Velocidad (Teórico) | 30M- 100M | 100M-300M |
3.10.10.6 ETB requiere que, para la ejecución del contrato, el CONTRATISTA cuente para su operación con al menos dos dispositivos analizadores de velocidad y WiFi, que permita hacer diagnósticos y revisiones especializadas sobre el servicio de internet a clientes priorizados, clientes recurrentes o clientes que requieran una verificación exhaustiva sobre la cobertura Wifi, mediciones de velocidad y análisis del espectro, donde se requiera generar incluso, un informe con las mediciones de:
a) Up/Down contra servidor de medidor de ETB (provisto desde el servidor Ookla).
b) Potencia WiFi (en el xxxx xx xxxxxxx y en el canal especifico que esté trabajando el modem/CPE de ETB).
c) Latencia (retraso en mS de Tx de paquetes).
Ya sea porque la estructura del predio no permite la cobertura Wifi o porque corresponde a predios ubicados en sitios con bloqueos en el espectro electromagnético (eje: cercanía a centros penitenciarios). El Informe debe ser entregado al supervisor ETB y también podrá, según indicaciones de ETB, ser compartido al cliente. Sin embargo, este tipo de casos serán referidos como priorizados desde ETB o por temas al control de tasa xx xxxxxx producto de la mejora continua que el CONTRATISTA debe implementar en los servicios de aprovisionamiento y Aseguramiento.
3.10.10.7 ETB informa que los equipos de cómputo de propiedad del CONTRATISTA que deben ser conectados a la red de ETB para ingresar a aplicativos que no sean de acceso web, deben tener el Sistema operativo Windows 2000, Windows 7 o superior con la última actualización (Service Pack) y con parches de seguridad. Igualmente se informa que en caso que estas especificaciones cambien, el CONTRATISTA debe estar dispuesto a ajustarse a las especificaciones que se indique desde la supervisión ETB.
Estos equipos pueden estar en instalaciones de ETB o del CONTRATISTA según el servicio a prestar.
3.10.10.8 El CONTRATISTA debe garantizar que los equipos de medición y prueba con los que prestará los servicios se encuentren debidamente mantenidos y patronados.
3.10.10.9 El CONTRATISTA debe aportar semestralmente al SUPERVISOR del contrato los registros de la calibración o patronaje de los equipos de medición utilizados en la prestación de los servicios.
3.10.10.10 El CONTRATISTA debe generar y aplicar mecanismos que garanticen el buen estado y el uso adecuado de las herramientas (inspecciones periódicas, auditorias en
terreno, capacitación, entre otros), de tal manera que no se afecte la infraestructura utilizada.
3.10.10.11 El CONTRATISTA debe garantizar el reemplazo inmediato de equipos y herramientas que presenten entre otros las siguientes condiciones:
a) No sean los adecuados para la prestación del servicio de acuerdo al nivel tecnológico existente.
b) No se encuentren en óptimas condiciones de uso.
c) Por su estado representa un peligro para el CONTRATISTA o para un tercero.
d) Constituyan un obstáculo para el buen desarrollo de las actividades.
e) Por sus características o mal estado deterioren los elementos de red.
3.10.10.12 Durante la ejecución del contrato ETB podrá verificar que las herramientas en poder del CONTRATISTA (quien ejecuta la prestación de los servicios), cumplan las siguientes condiciones:
a) Que sean las herramientas mínimas exigidas por ETB (numeral 3.10.10.2). El uso de las mismas se exige de acuerdo a las actividades que estén realizando.
b) Si durante la ejecución de los servicios contratados, la SUPERVISIÓN ETB detecta que el CONTRATISTA, no cuenta con la herramienta requerida o que ésta se encuentre en mal estado, ETB solicitará al CONTRATISTA la interrupción del servicio, hasta tanto se corrija la anomalía, esta situación no exime al CONTRATISTA del cumplimiento de las órdenes de servicio requeiridas.
Para el acceso a los diferentes elementos de la infraestructura de red de ETB (RSU, Distribuidores Generales, cámaras de inspección, armarios, XXXXX, y demás elementos que lo requieran) de acuerdo al servicio a prestar y con ocasión a la gestión de las ordenes de servicio requeridas, ETB proporcionará al CONTRATISTA las llaves requeridas, según se haya implementado el sistema de seguridad. EL CONTRATISTA debe cumplir con lo indicado en el documento “Políticas llaves electromecánicas para tapas de seguridad” del Anexo “Especificaciones Técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”.
3.10.11 TRANSPORTE
3.10.11.1 El CONTRATISTA debe garantizar la cantidad de vehículos requeridos para el cumplimiento de la ejecución de los servicios contratados de acuerdo con los ANS establecidos.
3.10.11.2 Los vehículos que el CONTRATISTA utilice en la ejecución de los servicios del contrato deben estar al día con los documentos y normatividad que exige la Secretaría
de Movilidad o quien haga sus veces y el Ministerio de Transporte, y garantizar óptimas condiciones de presentación y funcionamiento cumpliendo con las normas de seguridad, ya que, ante los demás, son la imagen que representa a ETB. El vehículo que incumpla estas condiciones debe ser remplazado de manera inmediata.
3.10.11.3 El CONTRATISTA debe garantizar la movilidad de los vehículos de forma que mantenga ejecución permanente de los servicios, sin restricciones de desplazamiento por horarios u otras razones que puedan afectar la operación.
3.10.11.4 Los vehículos deben cumplir con la inspección técnico mecánica y de gases exigida en las normas ambientales y de tránsito, de acuerdo con las normas vigentes distritales, departamentales y de orden nacional. ETB podrá en cualquier momento solicitar los documentos propios a estas revisiones, para corroborar que correspondan a talleres autorizados y la verificación del cumplimiento de esta condición. Los costos asociados a estas revisiones son asumidos por el CONTRATISTA.
3.10.11.5 El SUPERVISOR solicitará el certificado de tradición expedido por la oficina de tránsito o entidad correspondiente con una vigencia no mayor a un (1) mes, para verificar que su estado ante las autoridades competentes no afecte el desarrollo de los servicios o esté afectado legalmente. Esto no exime en ningún caso del cumplimiento de los servicios y plazos contractuales.
3.10.11.7 Los vehículos deberán cumplir dos (2) condiciones: i). Tener una antigüedad máxima de ocho (8) años contada a partir de la fecha de expedición de la matrícula y ii). No tener un kilometraje superior a 170.000 kilómetros. En el momento en que un vehículo deje de cumplir alguna de las dos condiciones, deberá ser reemplazado.
3.10.11.8 Los vehículos deben permanecer en óptimo estado mecánico, de limpieza y dotados de los elementos de seguridad exigidos en la normatividad vigente según el tipo de servicio. ETB se reserva la facultad de solicitar el reemplazo de aquellos vehículos que aun cumpliendo las condiciones técnico-mecánicas presenten mal estado en cojinería, accesorios, latonería y pintura y en general aquellos que alteren la apariencia y funcionalidad del vehículo.
3.10.11.9 ETB de acuerdo a sus necesidades podrá en la ejecución solicitar el cambio de un tipo de servicio por otro, en las condiciones económicas definidas en el contrato. Es necesario que los vehículos que así lo requieran tengan la adaptación técnica y segura para portar escalera.
3.10.11.10 En caso en que un vehículo no este alineado con la normatividad vigente, será suspendido hasta la corrección de la anomalía, y deberá ser remplazado inmediatamente. Lo anterior no exime al CONTRATISTA del cumplimiento de las órdenes de servicio requeridas según la agenda o programación del día.
3.10.11.11 El CONTRATISTA debe mantener actualizada la relación de las hojas de vida de los vehículos vinculados al contrato.
Figura.1 Identificación de vehículos
3.10.11.15 El ingreso de los vehículos al contrato cuenta a partir de la fecha de aprobación de la totalidad de la documentación exigida por ETB.
3.10.11.16 El CONTRATISTA debe tener en cuenta los desplazamientos, dificultades en la movilidad, peajes y otros costos para el cálculo de su cotización. De igual forma debe considerar que la diversidad topográfica puede requerir el uso de vehículos de mayor potencia para el traslado y la gestión de las ordenes de servicio por parte del CONTRATISTA.
3.10.11.17 Todos los vehículos del CONTRATISTA adicional a la identificación definida en el numeral 3.10.11.12 deben portar en las partes laterales y frontal, el logo de la empresa CONTRATISTA.
3.10.11.18 El oferente de acuerdo con su modelo, estructura de operación y de costos, puede utilizar diferentes tipos de vehículos, tales como: motocicleta, motocarro, camionetas, camionetas de pasajeros tipo Van o Mini Van, camionetas doble cabina, entre otros vehículos para la prestación de los servicios, siempre y cuando se cumpla con la normatividad vigente establecida para cada tipo de vehículo. Para el caso de las motocicletas o motocarros no aplican los siguientes numerales: 3.10.11.6, 3.10.11.12, 3.10.11.13, 3.10.11.14 y 3.10.11.17.
3.10.12 MANEJO DE MATERIALES
3.10.12.1 El CONTRATISTA debe ser responsable del recibo, manejo, bodegaje, identificación y correcta manipulación de los materiales que disponga para la prestación de los servicios, así como de los materiales y equipos entregados por ETB.
3.10.12.2 En concordancia con el numeral anterior, el CONTRATISTA debe contar con un espacio en bodega para uso exclusivo del cumplimiento del objeto contractual el cual debe tener las características apropiadas para este fin. La bodega debe cumplir con las normas definidas, para garantizar el correcto almacenamiento y buen estado de los materiales y equipos entregados por ETB.
3.10.12.3 ETB podrá realizar en cualquier momento del desarrollo del contrato, verificaciones sobre el cumplimiento del correcto almacenamiento de los materiales y equipos entregados por ETB en bodegas del CONTRATISTA.
3.10.12.4 ETB informará al CONTRATISTA los diferentes lugares o bodegas, donde debe retirar o entregar los materiales y equipos entregados por ETB, adicionalmente informa que actualmente cuenta con bodegas en las ciudades de Bogotá y Villavicencio, en caso de presentarse cambios sobre la ubicación de las bodegas, ETB informará al CONTRATISTA estos cambios para que coordine y programe los recursos necesarios propios de la logística del CONTRATISTA.
3.10.12.5 Durante la vigencia del contrato y de la póliza de calidad del servicio, el CONTRATISTA debe asumir el costo de la corrección de los servicios prestados y/o del cambio de los materiales que no cumplan con unas condiciones técnicas mínimas propias para la prestación de los servicios de voz, datos y video, o que resultaren de mala calidad o con defectos de fabricación. El CONTRATISTA debe realizar estas correcciones a entera satisfacción de ETB en un plazo máximo de 15 días contados a partir de la comunicación que le curse la supervisión ETB. El CONTRATISTA será responsable por las fallas y reclamos de los clientes en la prestación de los servicios instalados con ocasión a los materiales dispuestos por él en la prestación de los servicios.
3.10.12.6 Materiales y equipos que entrega ETB
3.10.12.6.1 ETB entrega al CONTRATISTA los materiales y equipos definidos en el numeral 3.10.12.6.3, los cuales cumplen con las condiciones requeridas para la prestación de los servicios de voz, datos y video, partiendo de las características propias adoptadas por las plataformas y la infraestructura de ETB.
3.10.12.6.2 El CONTRATISTA debe ser responsable del recibo, manejo, bodegaje, identificación y correcta manipulación de los materiales que ETB entregue, dando cumplimiento a lo dispuesto en el MANUAL DE LOGÍSTICA V2.0, Anexo “CONDICIONES PARA ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE LOS BIENES A CARGO DE CONTRATISTAS”.
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD |
1 | Cable Coaxial XX0 | Xx |
0 | Xxxxx XXX Cat. 5 o Cat. 6 | Mt |
3 | Conectores Rj45 | Un |
4 | Conectores Rj11 | Un |
5 | Conectores Coaxial Tipo F | Un |
6 | Splitter de Coaxial | Un |
7 | Cargas Terminales de 75 Ohm tipo F | Un |
8 | STB | Un |
9 | HPNA | Un |
10 | Cable auto soportado Figura 8 | Mt |
11 | Cable gris seco de 1 par | Mt |
12 | Conector unitario UY tipo garbanzo | Un |
13 | Conector Unitario relleno empalme acometida | Un |
14 | Cable UTP Intemperie | Mt |
15 | Tensores plásticos | Un |
16 | Microfiltros | Un |
17 | Xxxxx sobreponer RJ11 IDC | Un |
18 | Conectores RJ45 con o sin capuchón | Un |
19 | LAN SWITCH PARA IPTV | Un |
20 | Caja terminal de distribución | Un |
21 | Regletas de inserción | Un |
22 | Cable Neopren | Mt. |
23 | CPE | Un |
24 | Cinta y hebillas Eriband | Un |
25 | Alambre de pase | Mt. |
26 | ONT | Un. |
27 | LAN SWITCH | Un. |
29 | Cable DROP de Fibra Óptica. | Mt. |
30 | Conector mecánico Fibra Óptica | Un. |
31 | TERMINAL DE VOZ IP | Un. |
32 | Patch Cord Óptico | Un. |
33 | Adaptador toma telefónica de dos salidas | Un. |
Tabla 13. Materiales que entrega ETB
3.10.12.6.4 Considerando que los servicios entregados a los clientes deben realizarse con materiales que se encuentran homologados con la infraestructura ETB, para que sean compatibles con el portafolio de servicios ofrecido, cumpliendo con las condiciones técnicas y de calidad exigidas, en lo concerniente al mantenimiento o intervención de la red de planta
externa, es necesario entregar al CONTRATISTA, los siguientes materiales:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD |
1 | Cable multipar de 10 a 1200 pares (distintas denominaciones). | M |
2 | Cubierta mecánica 10 a 30 pares | Un |
3 | Cubiertas mecánicas en el xxxxx xx xxxxxxxx 00 a 2400 pares | Un |
4 | Conector modular 25 pares recto relleno | Un |
5 | Conector modular 25 pares paralelo relleno | Un |
6 | Conector unitario directo relleno | Un |
7 | Conector unitario directo seco | Un |
8 | Conector unitario paralelo o derivado relleno | Un |
9 | Conector unitario paralelo o derivado seco | Un |
10 | Conector unitario UY | Un |
11 | Bloque modular un par sin protección | Un |
12 | Xxxxxxx xx 000 x 000 xxxxx - xxxx densidad | Un |
13 | Cajas de dispersión 20 pares desplazamiento dieléctrico | Un |
14 | Cajas de dispersión10 pares desplazamiento dieléctrico | Un |
15 | Cajas de dispersión protegidas 20 pares desplazamiento dieléctrico | Un |
16 | Cajas de dispersión protegidas 10 pares desplazamiento dieléctrico | Un |
17 | Regleta 10 pares desplazamiento dieléctrico strip pedestal | Un |
18 | Xxxxxx xx 000 xxxxx- inserción | Un |
19 | Tensor plástico línea de abonado | Un |
20 | Perno para consola | Un |
21 | Tornillo argolla tensor | Un |
22 | Argolla pasa-hilo metálica un orificio tipo armario simelca | Un |
23 | Argolla pasa-hilo metálica dos orificios tipo armario simelca | Un |
24 | Cubiertas termo contráctiles en el rango 10-2400 pares | Un |
25 | Tapa redonda de concreto | Un |
26 | Alambre de acometida figura 8 auto-soportado | Mt |
27 | Alambre de acometida acero recubierto COBRE entorchado | Mt |
28 | Cable seco uso interior de un par sin estaño | Mt |
29 | Cable uso externo de un par relleno | Mt |
30 | Cable seco uso interior de dos pares sin estaño | Mt |
31 | Cable seco uso interior de varias denominaciones sin estaño | Mt |
32 | Alambre de pase o cruzada sin estañar | Mt |
33 | Alambre dulce | Kg |
34 | Cinta de vinilo | Un |
35 | Cinta band it | Un |
36 | Grapas xx xxxxx band it | Un |
37 | Liquido penetrante | Un |
38 | Aceite wd40 para candado | Un |
Mantenimiento / Adecuación de Redes internas: | ||
39 | Cable telefónico relleno de 10, 20, 30, 40, 50, 70 y 100pares | Mt |
40 | Cable telefónico auto-soportado relleno de 10, 20, 30, 40, 50, 70 y 100 pares | Mt |
41 | Cable para uso interior de 2, 4,10, 20, 50, 100 pares | Mt |
42 | Cable telefónico para acceso abonado relleno de 2, 4 pares | Mt |
43 | Alambre telefónico de bajada entorchado para uso exterior | Mt |
44 | Cubierta termocontractil de 10 a 30 | Un |
45 | Cubierta termocontractil de 40 a 100 pares | Un |
46 | Cubierta mecánica de 10 a 30 | Un |
47 | Cubierta mecánica de 40 a 100 pares | Un |
48 | Strip telefónico interno | Un |
49 | Strip telefónico externo | Un |
50 | Regleta de 10 pares – inserción para strip | Un |
51 | Ductería metálica de 1 pulgada | Mt |
52 | Ductería metálica de 1 1/2 pulgada | Mt |
53 | Ductería metálica de 2 pulgadas | Mt |
54 | Ducteríacorflex - conduflex 40 mm | Mt |
55 | Ductería en pvc de 1 pulgada | Mt |
56 | Ductería en pvc de 1 1/2 pulgada | Mt |
57 | Ductería en pvc de 2 pulgadas | Mt |
58 | Bloque de 100 pares – inserción | Un |
59 | Bloque de 10 pares – inserción | Un |
60 | Conector unitario relleno empalme acometida | Un |
61 | Regleta modular rellena 25 pares | Un |
62 | Conector unitario paralelo relleno tipo garbanzo | Un |
Mantenimiento / Fibra optica: |
63 | Cables Fibra Óptica ITU G.652.D.Para Redes FTTH | Km |
64 | Cable fibra óptica Ductado: 12, 36, 48, 96, 144, 288 Hilos | Km |
65 | Cable fibra óptica ADSS Spam 100: 12, 36, 48, 96, 144, 288 Hilos | Km |
66 | Cable fibra óptica indoor monomodo 48, 96, 144, 288 Hilos | Km |
67 | Splitter ópticos 1:4, 1:8, 1:16 | Un |
68 | Cubiertas ópticas herméticas para instalación canalizada y aérea | Un |
69 | Cubiertas ópticas para continuidad de cables primarios Tipo 0 | Un |
70 | Cubiertas ópticas para derivación de cables primarios Tipo 1 | Un |
71 | Cubiertas ópticas para distribución de cables primarios derivados a secundarios Tipo 2 | Un |
72 | Frame y Optical Distribución Frame (ODF) | Un |
73 | Estructura genérica Modular Frame | Un |
74 | ODF. Optical Distribución Frame | Un |
75 | Elementos para vías de cableado y conectorización de fibra óptica | Un |
76 | Cubiertas para sistemas de distribución de fibra óptica tipo NAP (Network Access Point) FTTH | Un |
77 | NAP aéreo | Un |
78 | NAP Sótano | Un |
79 | NAP Fachada Externa | Un |
80 | NAP Subterráneo | Un |
81 | Conectores mecánicos Unitarios SC-APC de 8° | Un |
82 | Empalme óptico mecánico | Un |
83 | Cable drop de uso exterior aéreo para acometida | M |
84 | Cable drop de uso canalizado o cable de acometida | M |
85 | Cable fibra óptica tipo Riser | M |
86 | Cable fibra óptica tipo mini drop de baja fricción | M |
87 | Cable fibra óptica tipo drop para instalación en fachadas o interiores | M |
88 | Microductos | M |
89 | Cajas y elementos para distribución en piso | Un |
90 | Punto terminal óptico (toma de pared) | Un |
91 | Conectores Coaxial Tipo F (macho o Hembra) | Un |
92 | Pigtail con conecto SC-APC | Un |
93 | Conector de Armado en campo SC-APC | Un |
94 | Protector de empalme | Un |
95 | Tensores para cable drop | Un |
96 | Tubo de transporte | M |
97 | Manguita termocontráctil para FO. | Un |
Tabla 14. Materiales que entrega ETB
3.10.12.6.5 ETB informará al CONTRATISTA los sitios en los cuales se realiza la entrega de materiales. El CONTRATISTA debe incluir en los precios unitarios, la logística necesaria para efectos de recoger y transportar dicho material.
3.10.12.6.6 El control, consumo y conciliación de materiales debe realizarse de forma permanente de acuerdo a lo establecido en el anexo “Especificaciones técnicas para el Aprovisionamiento y Aseguramiento de servicios”.
3.10.12.6.7 El CONTRATISTA desde el inicio del contrato, está obligado a implementar un control para el almacenamiento y gestión de los equipos de red entregados por ETB (CPE, STB, cables, cierres de empalme, LAN SWITCH, etc.) a través del manejo de sistemas de lectura automáticos (por ejemplo, código xx xxxxxx o RFID), cuyo registro, control y consumo debe estar registrado en una base de datos de propiedad del CONTRATISTA.
3.10.12.6.8 El costo de los materiales entregados por ETB deben estar cubiertos por las pólizas exigidas en los presentes términos de referencia, teniendo en cuenta que las cantidades pueden variar durante la vigencia del mismo.
3.10.12.6.9 Una vez finalice el contrato, el CONTRATISTA debe hacer llegar al sitio indicado por el SUPERVISOR del contrato, los materiales y equipos entregados por ETB que no fueron utilizados durante la ejecución del contrato. El CONTRATISTA se obliga a reintegrar los materiales y equipos en el mismo estado en que fueron entregados por ETB, las devoluciones deben realizarse bajo las especificaciones técnicas anexas al presente documento.
3.10.12.6.11 El material que sea retirado por el CONTRATISTA cuando se realicen ajustes en terreno sobre servicios ya instalados, reinstalaciones o se haga reposición de materiales y/o equipos en predios de cliente, deben ser reintegrado en las dependencias que ETB defina. Este reintegro se deberá realizar periódicamente (la SUPERVISIÓN ETB definirá la frecuencia).
3.10.12.6.12 El CONTRATISTA debe entregar semanalmente (el primer día hábil) un informe en medio digital, con la siguiente información:
a) Materiales consumidos en la prestación de los servicios contratados, de manera individual y referida a cada orden exitosa.
b) Cantidades de materiales que se encuentran bajo su custodia.
c) Descargue de materiales (cruce del material entregado frente al material reportado como consumido).
d) Necesidades adicionales de materiales para la prestación de los servicios contratados. El CONTRATISTA debe considerar que la entrega de materiales por parte de ETB tomará 5 (cinco) días hábiles al definir estas necesidades de materiales.
e) Materiales reintegrados producto de reposiciones en terreno y en predio de cliente, con la orden que motivó dicha reposición.
Estos informes deben reposar en la documentación del contrato. Este informe no exime al CONTRATISTA de diligenciar los soportes del cumplimiento de cada orden de servicio con el material utilizado, así como la actualización en los sistemas de ETB.
3.10.12.7 Materiales a cargo del CONTRATISTA para la prestación de los servicios
3.10.12.7.1 Los materiales y demás elementos que el CONTRATISTA utilice para la prestación de los servicios, deben cumplir con las especificaciones técnicas exigidas para transmisión de servicios (voz, datos e IPTV), ser primera calidad, y en lo posible, corresponder a las últimas tecnologías de fabricación y uso. Entre los materiales a utilizar por parte del CONTRATISTA se refiere a los relacionados a continuación sin limitarlos de acuerdo a la necesidad en cantidad y tipo que surja para el correcto aprovisionamiento de servicios:
Amarre plástico 10 cm y 20 cm |
Broca de tungsteno en diferentes diámetros |
Canaleta adhesiva de diferente denominación |
Cable plano para teléfono 4 hilos ( 2 pares) |
Espiral protector cable blanco y negro de diferentes denominaciones |
Cinta auto fundente |
Funda plástica marquilla ref-308 |
Grapas plásticas cable RG6 |
Vaselina industrial |
Cintillos |
Chazos con tornillo de diferentes dimensiones |
Toma telefónica RJ11 tipo pared y convencional (conexión tornillo) |
Silicona de diferentes especificaciones |
Cinta adhesiva aislante |
Grapa plástica para cable coaxial RG-6 y UTP blanca y negra |
Pinturas de aceite (en diferentes especificaciones y colores) |
Tabla 15. Materiales que suministra el CONTRATISTA
3.10.12.7.2 Los materiales a cargo del CONTRATISTA deben cumplir los estándares nacionales (normatividad técnica) establecidos para cada uno de ellos, el CONTRATISTA se obliga a practicar las revisiones y pruebas correspondientes, y a validar la calidad del material dispuesto.
3.10.12.7.3 El CONTRATISTA debe entregar un informe a ETB sobre las verificaciones y las revisiones practicadas a los materiales dispuestos por él, cuando le sea requerido. El informe debe evidenciar el cumplimiento de la normatividad técnica, y debe incluir copia de las pruebas de calidad, pruebas y ensayos laboratorio practicadas al(los) elemento(s) solicitado(s).
3.10.12.7.4 Todo servicio rechazado por deficiencia en los materiales empleados o por defecto de construcción debe ser corregida por el CONTRATISTA, por su cuenta, dentro del plazo fijado por ETB. El costo de la corrección por cambio en los materiales que no cumplan la normatividad, debe ser asumida por el CONTRATISTA.
3.10.12.7.5 El CONTRATISTA debe presentar, en el momento que ETB lo requiera, el certificado del Sistema de Aseguramiento de Calidad vigente del fabricante expedido por una institución debidamente acreditada en el país de origen.
3.10.12.7.6 El CONTRATISTA debe contar con herramientas y materiales para minimizar la cantidad de órdenes de servicio suspendidas asociadas a dificultad de tendido de red interna o red interna en daño tales como:
a) Pulidora con discos para lamina, metal, concreto y paredes
b) Barra de 14 Lb Punta-Pala
c) Cable relleno de uno o dos pares barrera contra humedad.
d) Taladro Roto Martillo
e) Llave Expansión
f) Sonda en Fibra xx Xxxxxx de 50 metros o más.
g) Maceta
h) Cincel
i) Odómetro
j) Materiales para resanes en pared y piso
k) Canaleta para instalación en fachada
l) Silicona
Estas herramientas y materiales deberán persistir durante la vigencia del contrato; durante el desarrollo del contrato se realizarán mediciones periódicas sobre el comportamiento de solicitudes aplazadas asociadas a redes internas, asegurando que el valor porcentual correspondiente a la cantidad de ordenes aplazadas por estas causales sea menor, para lo cual el CONTRATISTA para cada periodo de medición, deberá entregar un reporte con la relación de órdenes de servicio donde fue necesario la utilización de los materiales y herramientas aquí relacionados. El CONTRATISTA deberá indicar a ETB la forma como se dispondrán en la operación los elementos aquí relacionados, incluyendo cantidades mínimas estimadas para cada mes de operación, las cuales pueden ser verificadas en cualquier momento por la supervisión ETB, cantidades que deben ser suficientes de tal
manera que garantice que el resultado de esta gestión no aumente porcentualmente con respecto al mes anterior.
3.10.13 COMUNICACIONES
3.10.13.1.1 Para la prestación de los servicios, el CONTRATISTA debe contar con terminales móviles (celular). El proveedor del servicio de comunicaciones móviles deberá ser ETB o el que ésta establezca.
3.10.13.1.2 ETB requiere que las terminales móviles (celulares) soporten un navegador web Chrome o Firefox (se sugiere móvil) y cuenten con servicio de acceso a datos, esto con el fin de acceder a los diferentes sistemas de información que ETB, donde con ocasión a la prestación de los servicios sea requerido el registro o actualización de información, así como el cumplimiento de órdenes de servicio.
3.10.13.1.3 En el evento en que ETB defina un cambio a nivel de proveedor de servicio de comunicaciones móviles, motivado por condiciones técnicas corporativas, el SUPERVISOR comunicará al CONTRATISTA la decisión. El CONTRATISTA debe acordar con el SUPERVISOR un plan de acción para que el cambio al nuevo operador, sea realizado en un plazo máximo de seis (6) meses a partir de la fecha en que se comunique la decisión, En todo caso, el CONTRATISTA debe garantizar que no se verá afectado la prestación de los servicios contratados.
3.10.13.1.4 En los casos en que, por razones de cobertura o fallo, no se pueda utilizar el servicio del operador establecido por ETB, el CONTRATISTA debe y está obligado a garantizar la disponibilidad permanente del servicio de telefonía celular para la comunicación con ETB.
3.10.13.1.5 EL CONTRATISTA debe garantizar que los en los planes adquiridos, se cuente con minutos y datos suficientes para la prestación de los servicios y poder efectuar la comunicación permanente con ETB.
3.10.13.1.6 ETB requiere que el contratista garantice que el personal que hace parte de su estructura organizacional y que desarrollará actividades a nivel de dirección, control y soporte a la operación, cuente con correos electrónicos corporativos del CONTRATISTA, con el fin de garantizar la comunicación en línea con el SUPERVISOR del contrato ETB.
3.10.14 APLICACIÓN WEB DEL CONTRATISTA PARA GESTIÓN DE ORDENES DE SERVICIOS EN EL APROVISIONAMIENTO Y ASEGURAMIENTO.
ETB requiere que el CONTRATISTA disponga de una aplicación WEB (PHP, .NET, JSP, etc.), cuya puesta en producción debe estar dentro de los dos meses siguientes tomados a partir de la orden de inicio del contrato. La aplicación debe ser alojada en un servidor que permita el acceso desde internet y garantice accesos concurrentes de por lo menos 100 usuarios, con motor base de datos MySQL, Oracle o SQL, permitiendo el