CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ARTÍSTICOS N°.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ARTÍSTICOS
1. LA CONTRATANTE |
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA |
NIT 890.980.040-8 |
|||||||
Naturaleza: |
Ente autónomo, público, sin ánimo de lucro. |
||||||||
Representante legal: |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Rector) |
Cédula: |
|
||||||
Competente para contratar: |
|
||||||||
Cédula: |
N° |
Cargo: |
|
||||||
Facultado por: |
El artículo 6 del Acuerdo Superior 419 de 2014. |
||||||||
Dirección: |
Xxxxx 00 00-000, xxxxxx , xxxxxxx , Xxxxxxxx Tel 219…... |
||||||||
EL(LA) INTERVENTOR(A) |
|
||||||||
Cédula: |
N° |
Cargo: |
|
||||||
Dirección oficina: |
|
||||||||
E-mail institucional: |
|
2. EL(LA) CONTRATISTA |
|
|||
NIT: |
|
|||
Naturaleza jurídica: |
|
|||
Representante Legal: |
|
|||
Cédula: |
N° |
Cargo: |
|
|
Dirección: |
|
LAS PARTES, arriba identificadas, hemos celebrado el presente contrato, previas las siguientes
II. CONSIDERACIONES
Primera. LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA es un ente universitario autónomo, de naturaleza pública o estatal, con régimen especial, sin ánimo de lucro, cuya creación fue determinada por la Ley 71 de 1878 del Estado Soberano de Antioquia, y cuya personería jurídica deriva de la Ley 153 de 1887, reconocida como Universidad por el Ministerio de Educación Nacional mediante Decreto 1297 xx xxxx 30 de 1964, regida por la Ley 30 de 1992 y demás disposiciones aplicables según con su régimen especial, cuyos fines misionales son la docencia, la extensión y la investigación.
Segunda. El día ___ de ________ de 201__ se elaboró el estudio previo de necesidad y conveniencia para contratar, conforme a los requerimientos para cumplir los fines y al procedimiento establecido por la Institución. Se concluyó que la modalidad de selección de contratista sería mediante contratación directa, con fundamento en el numeral 4 del artículo 17 del Acuerdo Superior 419 de 2014 y por el artículo 37 de la Resolución Rectoral 39.475 del 14 de noviembre de 2014.
Con fundamento en lo expuesto,
III. ACORDAMOS
1o. Objeto: LA CONTRATANTE contrata a EL(LA) CONTRATISTA para: (realizar una presentación del show ___________ en las instalaciones de LA CONTRATANTE, ubicadas en la Medellín (________) el día _____ el mes ____ de 20__ comenzando su actuación en horario convenido entre las _______ y las _____ horas aproximadamente., conforme se describe en la propuesta u oferta económica.
EL (LA) CONTRATISTA se presentará en su forma habitual y ofrecerá __________ espectáculo de una duración aproximada de ______ minutos (horas).
El contrato comprende, además del show principal: la instalación y desinstalación de todos los equipos de sonido necesarios para el espectáculo; los músicos; las bailarinas, entre otros
2º. Valor: el valor del contrato es la suma de ________ ($___________).
Parágrafo 1: el valor incluye el Impuesto al Valor Agregado –IVA-, en caso de aplicar, los demás impuestos y gastos que se ocasionen con motivo del contrato, tales como: alimentos, bebidas, transporte de personal y equipos, viáticos, instalación o desinstalación de equipos, tarimas y similares, entre otros. El precio es en firme y no sujeto a reajuste por causa alguna.
Parágrafo 2. LA CONTRATANTE no pagará horas extras o adicionales a las acordadas en el presente contrato; cualquier extensión en la duración de la presentación o actividad, será asumida por EL(LA) CONTRATISTA.
3º. Forma de pago: LA CONTRATANTE pagará a EL (LA) CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente forma:______________, previa presentación de la factura y/o cuenta de cobro, y del recibo a satisfacción de LA CONTRATANTE.
4º. Apropiaciones presupuestales: LA CONTRATANTE pagará con cargo al centro gestor y Certificado de Disponibilidad Presupuestal_______, del _________. La entrega de las sumas de dinero a que se obliga LA CONTRATANTE, se subordinará a las apropiaciones que de las mismas se hagan en el presupuesto.
5º. Duración o plazo. El plazo del contrato será 60 contados a partir de _______.
6º. Garantías: EL (LA) CONTRATISTA, otorgará una garantía única de cumplimiento a favor de LA CONTRATANTE, que incluya los siguientes amparos:
Cumplimiento: por una cuantía equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del valor del contrato. La vigencia será igual a su duración y cuatro (4) meses más.
Pago anticipado o anticipo: por una cuantía equivalente al CIEN POR CIENTO (100%) del valor total del pago anticipado o anticipo y su vigencia será por el término de duración del contrato y cuatro (4) meses más.
7º. Obligaciones de LA CONTRATANTE: LA CONTRATANTE se obliga con EL(LA) CONTRATISTA a:
Cumplir, de buena fe, las obligaciones derivadas del contrato.
Pagar el valor del contrato, en la forma y condiciones pactadas, previo recibo a satisfacción.
Brindar la seguridad y el espacio suficiente a EL (LA) CONTRATISTA para el correcto desempeño del servicio y el de los integrantes de su equipo o grupo; bajo ninguna circunstancia se podrá pedir EL (LA) CONTRATISTA que se coloque y/o trabaje bajo los rayos directos del sol, en caso de que el evento se realice al aire libre, o en lugares que representen inseguridad para la protección del equipo.
Solicitar, cuando proceda, ante las autoridades competentes, las autorizaciones previas para la ejecución de música en vivo y la presentación de espectáculos públicos masivos, tales como SAYCO, ACINPRO, bomberos, entre otras.
Adoptar las medidas de prevención y contención necesarias para evitar accidentes o tragedias en el espectáculo o evento, tales como: servicios médicos, servicios de seguridad, servicios de información y prevención de actos mal intencionados de terceros; servicios de bomberos y las demás que establezcan las normas de seguridad y prevención de desastres.
Instalar y desinstalar la tarima (o el sonido y las luces, etc) en la cual se realizará el evento al aire libre, o, en su defecto, disponer de un espacio cerrado que cumpla con las especificaciones técnicas mínimas establecidas por EL(LA) CONTRATISTA para la realización del evento.
Difundir el evento objeto del contrato, por los medios y ante los públicos que sean de su interés.
Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
(Proveer alimento y bebidas (no alcohólicas) durante el desarrollo del evento.)
8º. Obligaciones de EL(LA) CONTRATISTA: Se obliga para con LA CONTRATANTE a:
Cumplir, de buena fe, el objeto del contrato.
Estar vestido con propiedad y elegancia así como observar en todo momento una conducta apropiada y de respeto. Igual obligación se extiende a todo el conjunto, grupo o equipo que lo acompañe.
Trasladar el equipo necesario e iniciar puntualmente a la hora acordada, para amenizar musicalmente el evento, hasta el lugar y en la fecha acordada por LAS PARTES.
Cumplir con las obligaciones que tiene como empleador del personal que utilice en la ejecución del contrato, frente al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Riesgos Profesionales y Pensiones) y Parafiscales (Cajas de Compensación Familia, SENA e ICBF).
Cumplir con las obligaciones tributarias y fiscales establecidas en la Ley.
Comunicar oportunamente, al interventor, las circunstancias precontractuales o en ejecución del contrato, que puedan afectar el objeto del mismo o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen y sugerir a través de aquel, las posibles soluciones, so pena de constituir causal de terminación por incumplimiento.
Autorizar el uso de su nombre artístico, imagen, logo símbolos comerciales, marcas y demás signos distintivos, para efectos de la divulgación, en cualquier medio de comunicación, del evento o actividad objeto del contrato, conforme a las condiciones especiales que se pacten al respecto. En caso de no pactarse condiciones especiales, esta autorización se circunscribe al uso normal para divulgar o promocionar el evento o actividad entre el público objetivo.
Facilitar apoyo a las acciones promocionales y de difusión del evento o actividad objeto del contrato, tales como: conferencias de prensa en radio y televisión; divulgación por internet; visitas a auspiciadores; entre otros. Para ello se informará y coordinará previamente con EL (LA) CONTRATISTA.
Autoriza la grabación, por cualquier medio, de la función o evento, pero sin fines comerciales.
Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
9º. Prohibición de cesión del contrato: se prohíbe ceder o traspasar a persona natural o jurídica, en todo o en parte, este contrato, sin permiso previo y escrito de la otra parte.
10º. Suspensión: cualquier parte podrá solicitar la suspensión del contrato, avisando a la otra parte con 10 días calendario de anticipación, en los casos que no constituyan caso fortuito o fuerza mayor, tales como: siniestros, catástrofes naturales, situación climática, impedimento de carácter personal serio, actos mal intencionados de terceros.
11º. Causales de terminación: El contrato terminará:
Por el cumplimiento del plazo o duración pactada.
Por fuerza mayor o caso fortuito.
Por el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
Por las causales estipuladas en la ley.
12º. Independencia laboral: el personal que utilice EL (LA) CONTRATISTA para cumplir el contrato, podrán ser sus trabajadores o sus contratistas. Por tanto, aquél cumplirá con las obligaciones legales o contractuales que adquiera con ellos sin involucrar a LA CONTRATANTE. Parágrafo: No habrá solidaridad entre LAS PARTES. Cada una responderá frente a terceros por las obligaciones que específicamente asume en razón del contrato.
13º. Interventoría: EL (LA) INTERVENTOR (A), cumplirá las funciones del artículo 25 del Acuerdo Superior 419 del 29 xx xxxxx de 2014 y en los artículos 52 al 58 de la Resolución Rectoral 39.475 del 14 de noviembre de 2014 o demás normas que la modifiquen.
14º. Cláusula penal pecuniaria: En caso de incumplimiento, total o parcial, de las obligaciones por parte de EL (LA) CONTRATISTA, éste pagará a LA CONTRATANTE, a título xx xxxx pecuniaria una suma de dinero equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato. Esta cláusula se hará efectiva directamente por LA CONTRATANTE. EL (LA) CONTRATISTA manifiestan expresamente su autorización para el cobro de esta cláusula penal, renunciando a todo requerimiento judicial o extrajudicial para la constitución en xxxx o para su declaración. Este contrato más la prueba del incumplimiento por cualquier medio idóneo, servirá de título ejecutivo (artículo 1592 del Código Civil).
15º. Mérito Ejecutivo: el presente contrato presta mérito ejecutivo por el incumplimiento en cualquiera de sus cláusulas y lleva la condición resolutoria tácita. EL(LA) CONTRATISTA renuncia al requerimiento para constituir en xxxx, dejando en libertad a LA CONTRATANTE para ejecutar por el incumplimiento.
16º. Solución de conflictos: en caso de surgir conflictos, se acudirá, preferiblemente, al empleo de los Mecanismos de Solución Directa de Controversias o Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, tales como la conciliación extrajudicial, la amigable composición y la transacción. En su defecto, se acudirá a la justicia ordinaria.
17º. Indemnidad: EL(LA) CONTRATISTA se compromete, en forma irrevocable, a mantener indemne a LA CONTRATANTE de obligaciones y daños patrimoniales que tengan fundamento exclusivo en su causa u origen y/o vinculación directa o indirecta los actos u omisiones de EL(LA) CONTRATISTA o su personal, durante la ejecución del contrato, cualquier pérdida, reclamo, responsabilidad, daño, impuesto o gastos cualquiera fuere su naturaleza (incluyendo ésta pero no limitando: honorarios y gastos de abogados, contadores y sumas de dinero necesarias para arribar a futuros acuerdos). En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra LA CONTRATANTE por asuntos, que según el contrato sea de responsabilidad EL (LA) CONTRATISTA, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a LA CONTRATANTE y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto.
18º. Autorización de deducciones: EL (LA) CONTRATISTA autoriza expresamente a LA CONTRATANTE para deducir de los saldos a su favor: a) la suma de dinero que por error le haya pagado; b) las sumas de dinero a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002.
19º. Gastos de legalización: Los gastos que requiera la legalización del contrato, serán por cuenta de EL (LA) CONTRATISTA.
20º. Liquidación: LAS PARTES y el interventor, suscribirán acta de liquidación del contrato dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del contrato, por cualquier causa.
21º. Régimen jurídico. En lo no pactado, se regirá por la Ley 397 de 1997 (Ley de la Cultura); las normas del derecho privado; el Acuerdo Superior 419 de 2014 (Estatuto General de Contratación de la Universidad de Antioquia); la Resolución Rectoral 39.475 de 2014 (Por medio de la cual se reglamenta el Acuerdo Superior 419 de 2014); 1entre otras.
22º. Manifestaciones de EL (LA) CONTRATISTA. EL (LA) CONTRATISTA, bajo la gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato, manifiesta:
Xxxxxxx y aceptar la normativa que rige a LA CONTRATANTE y los documentos del proceso.
Realizar todas las actividades necesarias para dar cumplimiento a cada uno de los requerimientos que surjan durante la ejecución del contrato.
Estar facultado para suscribir el presente contrato.
Apoyar la acción de LA CONTRATANTE para fortalecer la transparencia; se compromete a no ofrecer ni dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de LA CONTRATANTE, ni directamente ni por interpuesta persona.
Apoyar la acción de LA CONTRATANTE para fortalecer la transparencia; se compromete a no ofrecer ni dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de LA CONTRATANTE, ni directamente ni por interpuesta persona.
No estar incurso en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, señaladas en la Constitución, la Ley y en el Acuerdo Superior 395 del 21 xx xxxxx de 2011 o normas que lo modifiquen o adicionen; y que en caso de que sobreviniere alguna se obliga a informar por escrito inmediatamente a LA CONTRATANTE.
No estar incluido en las listas nacionales e internacionales xx xxxxxx de activos.
Los recursos comprometidos en la propuesta presentada no provienen de actividad ilícita alguna, de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione o modifique.
No desarrollar operaciones ilegales.
Apoyar la lucha del Estado contra el contrabando, el lavado de activos, la defraudación fiscal y la corrupción.
Conocer las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso así como las sanciones establecidas en el Código Penal Colombiano y las normas que lo modifican o adicionan
23º. Perfeccionamiento y ejecución: Se perfecciona con la firma de LAS PARTES. Para su ejecución, se debe obtener el certificado de registro presupuestal; aprobar la(s) póliza(s), cuando sea el caso.
24º. Documentos anexos: Para todos los efectos se entienden incorporados el presente contrato:
El estudio previo de necesidad y conveniencia para contratar.
El Certificado de Disponibilidad Presupuestal o precompromiso.
La invitación a cotizar.
La oferta o propuesta comercial presentada por EL(LA) CONTRATISTA.
Original del certificado de existencia y representación legal de EL(LA) CONTRATISTA.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de EL(LA) CONTRATISTA.
Fotocopia del RUT de EL (LA) CONTRATISTA.
Certificado del boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de República de EL (LA) CONTRATISTA.
Constancia autorización del Comité de Contratación, cuando sea el caso.
Certificado de antecedentes judiciales y disciplinarios, cuando sea el caso.
Certificado el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, expedido por el revisor fiscal.2
Los demás que se generen en el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
Medellín,
___________________ __________________________
LA CONTRATANTE EL (LA) CONTRATISTA
________________________
EL INTERVENTOR
1 Recuerde que la Resolución Rectoral 39475 de 2014, fue modificada por las Resoluciones Rectorales 40631 de 2015 (Por la cual se modifica la Resolución Rectoral 39475 de 2014, reglamentaria, del Acuerdo Superior 419 de 2014, Estatuto General de Contratación de la Universidad de Antioquía.) y 40632 de 2015(Por la cual se modifica la Resolución Rectoral 39475 de 2014, reglamentaria del Acuerdo Superior 419 de 2014, Estatuto General de Contratación de la Universidad de Antioquia.
2 Si el contratista es persona natural deberá aportar la afiliación como independiente y la constancia de pago
Versión 02. Página 1 de 6