Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA EL CONTRATO DE SUMINISTROS DENOMINADO “BOMBAS DE AGUA Y GRUPOS ELECTRÓGENOS”, A TRAVÉS DE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA Y SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA. PROYECTO FINANCIADO POR LA AGENCIA ANDALUZA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AACID).
ÍNDICE
1. OBJETO Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
3. RÉGIMEN JURÍDICO.
4. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DE PRECIOS, PRESUPUESTO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
6. PLAZO Y PRÓRROGAS.
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
9. MESA DE CONTRATACIÓN
10. APERTURA DE PROPOSICIONES
11. REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN
12. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
13. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
15. CRITERIOS DE VALORACIÓN
16. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
17. GARANTÍA DEFINITIVA
18. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
19. CONDICIONES DE PAGO
20. SUBCONTRATACIÓN
21. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
22. PLAZO DE GARANTÍA
23. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
24. JURISDICCIÓN
ANEXO 1. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) ANEXO 2. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
1. OBJETO Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato definido tiene la clasificación de contrato privado de suministros, conforme al artículo 16 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).
El objeto de este contrato de suministros es la adquisición y envío de un grupo de electrobombas y electrógenos, así como su envío a destino, de acuerdo con las condiciones y prescripciones técnicas y las normas establecidas en el presente pliego de condiciones administrativas particulares.
La finalidad general es apoyar necesidades básicas de abastecimiento de agua, saneamiento e higiene a través del envío de bombas de agua a cuatro provincias de Cuba gravemente afectadas por las catástrofes naturales. Esta contratación parte de Convenio específico de colaboración entre la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID) y el Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional (FAMSI) para la financiación del programa de colaboración en materia de cooperación internacional para el desarrollo 2017-2018.
La necesidad de la contratación se justifica en la consecución de los resultados esperados en el Convenio de colaboración:
- Adquisición de equipos (bombas y grupos electrógenos) con características técnicas apropiadas para su uso en destino.
- Envío a Cuba (Puerto Xxxxxx) y entrega a las autoridades cubanas.
Los lotes que forman el contrato son:
a. Lote 1: Bombas de agua
b. Lote 2: Grupos electrógenos
Utilizando el Código Vocabulario común de Contratos Públicos (en adelante, CPV):
a. Para el Lote 1: 29122130-0 Bombas de agua
b. Para el Lote 2: 31121000-0 Grupos electrógenos
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada conforme a los artículos 316 y 317 de la LCSP.
A los efectos de la adjudicación, se procederá a la tramitación ordinaria, conforme a los artículos 317 y 318 de la LCSP
3. RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato es de naturaleza privada, se regirá conforme al libro tercero de la LCSP en lo referente a su preparación y adjudicación, y por las normas de derecho privado en cuanto a sus efectos y extinción. Será de aplicación, además, los Pliegos de Cláusulas Administrativas, Prescripciones técnicas y las siguientes normas:
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 4/2006, de 23 xx xxxxx, de Asociaciones de Andalucía.
- Cualquiera otra disposición vigente y aplicable.
De igual forma, habrá que atenderse a:
- Estatutos del FAMSI (accesible en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/Xxxxxxxxx.xxx).
- Código Ético de la Institución, aprobado en mayo de 2018 (accesible en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxx0000000.xxx).
El pliego de cláusulas administrativas prevalecerá sobre el resto de los documentos contractuales, en caso de discordancia.
El desconocimiento de los pliegos presentados para la licitación no exime al contratista de la obligación de cumplimiento.
4. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de Contratación es la Gerencia del FAMSI, de acuerdo con las facultades otorgadas por los Estatutos de la Asociación, modificados el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, x xxx xxxxxxx personales conferidos a los representantes de la Institución.
Este órgano, apoyado en cuantos miembros considere necesarios, tiene las competencias de interpretación, resolución de dudas, modificaciones por razón de interés esencial y determinar la resolución. Las disposiciones realizadas serán ejecutivas desde su resolución.
Para cualquier comunicación, las direcciones se estiman las siguientes:
- Email:
o Asunto: Bombas Cuba – (Motivo)
o Dirección: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
- Postal:
o A/A Gerencia
o Asunto: Bombas Cuba – (Motivo)
o Dirección: Xxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 00, 0x Xxxxxx, Xxxxxxx, 00000, Xxxxxx.
5. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DE PRECIOS, PRESUPUESTO Y REVISIÓN DE PRECIOS
El precio de la licitación se encuentra condicionado a los informes técnicos previos y a la propia financiación del Convenio suscrito entre el FAMSI y la AACID.
Para el lote 1 se han tenido en cuenta el número de bombas a suministrar, el tipo de instalación y bomba, Caudal (L/Seg) y Altura manométrica de funcionamiento, tipo de arranque y el tipo de alimentación eléctrica, teniendo en cuenta el valor estimado en el mercado de los suministros.
Lote 1 – Bombas de agua | |||
Importe asignado sin IVA | Importe IVA | Importe total | |
Electrobómbas | 325.061,42 | 0,00 | 325.061,42 |
Envío | 5.000,00 | 0,00 | 5.000,00 |
Total | 330.061,42 | 0,00 | 330.061,42 |
Para el lote 2 se han tenido en cuenta los emplazamientos, la dirección del emplazamiento, la potencia (KVA), la frecuencia (Hz), el voltaje, fases, tipo de arranque y tipo de carcasa.
Lote 2 - Electrógenos | |||
Importe asignado sin IVA | Importe IVA | Importe total | |
Electrégenos | 82.279,80 | 0,00 | 82.279,80 |
Envío | 3.000,00 | 0,00 | 3.000,00 |
Total | 85.279,80 | 0,00 | 85.279,80 |
Los lotes se adjudicarán a la oferta económica más ventajosa, siempre que se cumplan las prescripciones técnico y administrativas, pudiendo las empresas presentarse por uno o el conjunto de los lotes.
La condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
En todas las ofertas presentadas se entenderá que el precio del contrato incluye impuestos, tasas y tributos que pudieran corresponder que figurará en una partida independiente.
No cabe la posibilidad de revisión de precios, debido a los mínimos efectos de variabilidad de los mismos durante la vigencia del contrato. No es posible la revisión de los costes asociados, de ningún tipo.
6. PLAZO Y PRÓRROGAS
El plazo para la ejecución del objeto del contrato será como máximo hasta tres meses desde la adjudicación definitiva del contrato.
Si por circunstancias sobrevenidas, no previsibles ni pudiendo ser consideradas en el momento de la licitación del contrato, el contrato no pudiera ejecutarse en el período previsto, el órgano de contratación, bajo resolución expresa, podrá acordar un plazo de prórroga no superior a la fecha de ejecución que marca el ente financiador del proyecto de cooperación.
Para poder hacer efectiva la posibilidad de prórroga, el empresario debe comunicar los hechos que le impidieron realizar el objeto del contrato en el plazo inicialmente previsto, como máximo un mes antes de la finalización.
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán licitar y contratas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el art. 71 del LCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en al art. 85 LCSP.
Si los licitantes concurren como unión temporal de empresas, cada una de las entidades deberán acreditar su capacidad de obrar, debiendo acompañar asimismo un escrito de compromiso en el que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que se agrupan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la designación de un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la misma frente a FAMSI. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compongan la unión. Todo ello incluido dentro del sobre 1.
Las empresas con nacionalidad de otros estados de la Unión Europea deben acreditar su capacidad de obrar conforme a lo prescrito en el artículo 74.2 de la LCSP. Las empresas no nacionales de los miembros de la Unión Europea, deberá atenerse a lo establecido en el artículo 74.3 de la LCSP.
Con los límites que estable el artículo 70 de la LCSP, las empresas que han auxiliado al FAMSI en la elaboración de las prescripciones técnicas y los documentos preparatorios pueden participar en la licitación presentado ofertas.
El documento europeo único de contratación, DEUC, anexo 1, se incorporará en el sobre 1, como cumplimiento de las condiciones administrativas y condiciones legalmente establecidas para contratar. Elegido adjudicatario deberá presentar los documentos
acreditativos sobre su capacidad de obrar, solvencia económica y técnica que, seguidamente, se detalla, en el plazo máximo de 10 días naturales.
1. La capacidad de obrar se acreditará conforme al artículo 84 de la LCSP:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Las personas físicas deberán presentar fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
2. La acreditación de no concurrir en una de las causas que prohíben la contratación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 85 de la LCSP.
3. Certificado de hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones con la Seguridad Social, con respecto a las personas dependientes y vinculadas con una relación laboral.
4. Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias en la fecha de la licitación, entre ellas con la Administración del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (último recibo o declaración de exención).
5. Declaración expresa de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial deberá igualmente indicarlo.
El empresario que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar, salvo que ya lo hubiese presentado en el sobre A de
documentación administrativa, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, a contar del siguiente a aquél en el que hubiera recibido el requerimiento, las certificaciones del registro mercantil, que acrediten lo señalado en el punto antecedente.
6. Declaración expresa responsable de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo.
7. En caso de que el adjudicatario se encuentre inscrito en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, podrá acreditarlo mediante certificación del órgano encargado del mismo, cumplimentándose con una declaración responsable del estar en vigor el mismo. Quedando exentos de presentar los documentos que se detallan en dicho Certificado de inscripción.
8. La solvencia económica y financiera se regirá por los artículos 86 y ss de la LCSP:
- El volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato. Por cada uno de los lotes:
o Lote 1: 331.461,42
o Lote 2: 83.879,80
- Se debe rellenar un formulario DEUC (anexo 1) por cada uno de los lotes de los que se licite.
- La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
9. La solvencia técnica en los contratos de suministro se acredita, artículo 89 de la LCSP:
a. Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. En los contratos de suministro que requieran obras de colocación o instalación, la prestación de servicios o la ejecución de obras, la capacidad de los operadores económicos para prestar dichos servicios o ejecutar dicha instalación u obras podrá evaluarse teniendo en cuenta especialmente sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
e. Declaración del compromiso de adscribirse a las condiciones y medios necesarios para la ejecución del contrato, conforme al artículo 76 de la LCSP.
10. Certificado de tener suscrito un contrato de seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles riesgos, por valor mínimo del siniestro de:
a. 331.461,42 € para el lote 1.
b. 83.879,80 € para el lote 2.
Deberá acreditar que está al corriente de pago.
8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Las ofertas deben presentarse, necesariamente, en formato papel en: FAMSI – A/A de Contrataciones
Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxxxx 00, 0x. 00000, Xxxxxxx, Xxxxxx
La licitación, al estar sujeto a regulación armonizada, se publicará, además de los canales ordinarios del FAMSI, en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Se establece como plazo máximo para presentación de oferta las 15:00 horas (España) del día que finalice el plazo, que será a los treinta días naturales desde la publicación del anuncio de licitación en el portal de transparencia del FAMSI (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx).
Para cualquier consulta está habilitado el correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
No se considerarán válidamente presentadas las ofertas recibidas con posterioridad a la fecha y hora señaladas, salvo que el licitador pueda justificar que el envío se realizó dentro de los límites horarios y temporales señalados, por ejemplo, mediante expedición de justificante de la oficina de Correos. Además de los límites señalados, no se aceptarán las propuestas enviadas conforme a los cauces establecidos que se retrasen más de cinco días hábiles de la fecha y hora señaladas en el presente pliego.
Conforme al artículo 139 de la LCSP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Los licitadores, al presentar la oferta, aceptan de forma incondicionada las cláusulas de los pliegos administrativos y técnicos.
Para la presentación de ofertas del lote 1 y para el lote 2, los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados y firmados, por cada lote, con la indicación de “CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTROBOMBAS Y GRUPOS
ELECTRÓGENOS” seguido de “XXXX 0” x “XXXX 0”, xxxxx corresponda, el domicilio y la dirección de email a efectos de notificaciones, teléfono, denominación de sobre (sobre 1 o sobre 2) y persona de contacto.
Los sobres deberán contener:
- Sobre 1: Documentación administrativa:
o Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas en el pliego.
o Formulario DEUC (anexo 1)
o Compromiso de constitución de UTE
o Declaración o no de pertenencia a un grupo de empresas
o Declaración de incompatibilidades
- Sobre 2: Proposición económica.
o Conforme al modelo que se presenta en el anexo 2.
9. MESA DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación del FAMSI estará asistido por una Mesa de Contratación conforme a lo regulado en las Instrucciones Internas de Contratación de la Asociación, que según el propio organigrama corresponde a la Gerencia del Fondo.
La Gerencia podrá estar auxiliada por cuantos técnicos considere oportunos, respetando siempre los principios básicos en materia de contratación establecidos en la LCSP, y en especial los principios de transparencia, objetividad y no discriminación.
10. APERTURA DE PROPOSICIONES
La apertura de los sobres 1 y 2, de los lotes 1 y 2, se realizarán tras la constitución de la Mesa de Contratación, en un plazo máximo de 20 días naturales desde la finalización de las proposiciones.
Si fuera necesario, se les concederá a los licitadores un plazo máximo de 3 días hábiles para aclarar, corregir defectos y omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada.
Baremadas las ofertas aplicando los criterios objetivos, se notificará a los licitadores y se publicará en el Portal de Transparencia del FAMSI, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo (art. 150 de la LCSP).
La mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego, pudiéndose solicitar para ello cuantos informes técnicos se estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la mejor oferta es la que incorpora el precio más bajo. Baremadas las ofertas en orden decreciente se elevará un acta de propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
11. REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación, en virtud del acta de propuesta de adjudicación emitido por la mesa de contratación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx XXXX días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos, conforme a la cláusula 7 del presente pliego, además de las comprometidas según el modelo DEUC presentado.
Si en el plazo solicitado no presentare la documentación solicitada, la Mesa de Contratación requerirá la documentación al siguiente licitador con mejor oferta económica.
12. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Será de aplicación los criterios establecidos en el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para la valoración de las ofertas desproporcionadas o anormales, considerando los efectos que recoge la LCSP para estos supuestos.
13. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
En el plazo máximo de cinco días hábiles desde la recepción de la documentación, el Órgano de Contratación emitirá acta motivada de adjudicación del contrato, que se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el portal de trasparencia del FAMSI en el plazo de 15 días naturales. FAMSI puede tomar la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato, o desistir del procedimiento antes de la contratación.
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará en documento privado. El contrato se formalizará por escrito, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de la notificación de adjudicación. El adjudicatario, contratista, puede solicitar que se eleve el contrato a escritura pública, corriendo de su parte los gastos que genere.
Cada lote constituirá un contrato.
La formalización del contrato se hará público, en un plazo máximo de 15 días hábiles, en el Portal de Transparencia del FAMSI. Además, el anuncio de formalización del contrato se publicará en DOUE.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le podrá exigir el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y el de Prescripciones Técnicas.
15. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración quedarán establecidos en el Pliego de las Prescripciones Técnicas particulares.
16. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El contratista tiene el derecho al cobro del precio según las condiciones establecidas en el presente pliego. Para ello, el contratista deberá emitir la factura correspondiente en un plazo máximo de 30 días, desde la fecha del devengo, a la siguiente dirección:
A/A Contrataciones – FAMSI
Xxxx xx xx xxxxxxxxxxxx, 00, 0x Xxxxxx, 00000, Xxxxxxx.
Los datos fiscales son los siguientes:
FAMSI
G-14565329
Xxxx Xx Xxxxxxxxx, 000, 00000, Xxxxxxx
Además de las obligaciones derivadas del régimen aplicable en virtud del contrato, será obligación del contratista:
- Ejecución del presente contrato de conformidad con lo establecido en la solicitud de oferta realizada por el FAMSI.
- Al objeto de lograr una coherencia metodológica y de resultados, la contratista deberá respetar y aplicar los criterios establecidos por la persona designada por el FAMSI como coordinador/a.
- Será responsable de la ejecución del servicio contratado, así como de las consecuencias que se deduzcan para terceros las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
- Disponer de los medios materiales y técnicos para realizar materialmente las actividades del presente contrato pueda desarrollar correctamente sus obligaciones.
- Atender a las directrices de la/s persona/s designadas por el FAMSI para coordinar la ejecución de las actividades. FAMSI se reserva la posibilidad de establecer unas reuniones, previo acuerdo entre partes, para coordinar las tareas de desarrollo (de forma telemática o en terreno)
- El contratista asume los riesgos en la realización de las actividades del presente contrato.
- Se obliga a retribuir al personal encargado de realizar materialmente las actividades en que se materializan las actividades, cuando no realice las actividades de forma personal e independiente. Deberá cumplir con las disposiciones en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
La ejecución se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
El contratista se obliga a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier información o dato que obtenga o que pudiera obtener durante el proceso de adjudicación del presente contrato, así como de aquella información que compete con la propia ejecución del contrato. Deberá atender, de modo particular, a las garantías y limitaciones, en referencia al tratamiento de datos personales, que impone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD)
17. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que presente la mejor oferta deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe del precio final ofertado por el licitador, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La garantía definitiva responderá de los conceptos por el incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
La constitución de la garantía se hará mediante retención en el precio.
El plazo de garantía será de un año contado desde el día siguiente de la recepción de los suministros en Cuba y conformado el acta de entrega. Por lo tanto, requiere la
ejecución completa del contrato de conformidad con los pliegos aprobados por el FAMSI o hasta que se declare la resolución sin que medie culpa del contratista.
18. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
Los gastos serán de cuenta del CONTRATISTA, tanto en la formalización como en la completa ejecución del objeto del contrato, tales como impuestos, tasas, derechos, compensaciones, comisiones, intereses o cualquier gravamen que pudieran originarse.
Entre los gastos que deben asumir el CONTRATISTA están los relacionados con los desplazamientos de los responsables, propios o del FAMSI, para determinar la conformidad de los suministros adquiridos.
En el supuesto de que la Asociación contratante anticipara algunos de estos gastos, la misma podrá repercutir contra el contratista si así fuera preciso, con cargo a los pagos pendientes.
19. CONDICIONES DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará en la forma que a continuación se detalla, y previo informe favorable o conformidad del responsable de FAMSI que reciba o supervise el trabajo.
El pago se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada y en un plazo que no supere el límite máximo legalmente previsto en cada momento.
Los pagos de los lotes se configuran de la siguiente forma:
- 20% del total a la formalización del contrato.
- 30% del total a la puesta de disposición del envío.
- 50% del total a la recepción de los suministros en Cuba.
FAMSI debe aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes o prestación del servicio.
A la recepción de los suministros, destinados para el envío, concurrirá un facultativo designado por FAMSI y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo.
Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción en destino, el órgano de contratación de FAMSI deberá aprobar la ejecución final del contrato.
20. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario del contrato podrá subcontratar la ejecución parcial del mismo, siempre que las prestaciones parciales no superen en su conjunto el 40 por 100 del precio del contrato.
La celebración del subcontrato estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
b) En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito al FAMSI la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
c) Los contratistas adjudicatarios remitirán al órgano de contratación, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago.
En todo caso, se requiere la aceptación formal del FAMSI.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al FAMSI, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato.
El conocimiento que tenga el contratante de los subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones no alterará la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
21. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Será de aplicación las causas de resolución de los contratos privados. En particular, se atendrá:
1. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
3. El mutuo acuerdo entre FAMSI y el contratista.
4. La no formalización del contrato en plazo.
5. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
6. La demora en el pago por parte de FAMSI por plazo superior a 2 meses.
7. El incumplimiento de estar dado de alta en el régimen oportuno, para la realización del objeto del contrato.
8. El incumplimiento de las restantes obligaciones establecidas en este contrato o en las bases reguladoras del mismo.
En todo caso será causa de resolución la imposibilidad de ejecutar el contrato en los términos pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de mutuo acuerdo sin que imposibilite la finalidad del Convenio de colaboración suscrito entre la AACID y el FAMSI.
22. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de un año a contar desde el acta de conformidad de los suministros en destino.
23. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido el plazo de garantía establecido para los suministros contratados, se dictará acuerdo de devolución de aquélla. Siempre que el informe resulte favorable se procederá a la devolución de la garantía constituida.
En el caso de que el informe antes aludido no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución del contrato, durante el plazo de garantía el responsable del FAMSI procederá a dictar las oportunas instrucciones al adjudicatario para subsanación de errores y corrección de deficiencias.
En el supuesto de recepción parcial, se autorizará la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía, previa solicitud del adjudicatario.
24. JURISDICCIÓN
Cumpliendo con las disposiciones de la LCSP, la preparación y adjudicación del contrato será competente la jurisdicción contencioso-administrativa. En lo relativo a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados, conforme al artículo 40 xx Xxx Orgánica 1/2002, de 22 xx xxxxx, reguladora del Derecho de Asociación. Serán competentes los juzgados y tribunales de la ciudad xx Xxxxxxx, España.
Dentro de las posibilidades que estable la Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
En Córdoba, a 27 de noviembre de 2018.
EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
ANEXO 1 - DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)
Documento europeo único de contratación (DEUC)
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora
Información sobre la publicación En el caso de los procedimientos de contratación en los que se haya publicado una convocatoria de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, la información exigida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que el DEUC se haya generado y cumplimentado utilizando el servicio DEUC electrónico. Referencia del anuncio pertinente publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea:
Número del anuncio recibido
-
Número del anuncio en el DOS:
-
URL del DOS
Boletín Oficial del Estado
-
Si no hay convocatoria de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, o si no hay obligación de publicar en ese medio, el poder adjudicador o la entidad adjudicadora deben consignar la información que permita identificar inequívocamente el procedimiento de contratación (p.ej., la referencia de publicación nacional)
Identidad del contratante Nombre oficial:
ASOCIACIÓN FONDO ANDALUZ DE MUNICIPIOS PARA LA SOLIDARIDAD INTERNACIONAL (FAMSI)
País:
España
Información sobre el procedimiento de contratación Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Título:
CONTRATO DE SUMINISTRO DE ELECTROBOMBAS Y ELECTRÓGENOS
Breve descripción:
Contrato de suministro de electrobombas y electrógenos para apoyar necesidades básicas de abastecimiento de agua, saneamiento e higiene a través del envío
de bombas de agua a cuatro provincias de Cuba gravemente afectadas por las catástrofes naturales. Esta contratación parte de Convenio específico de colaboración entre la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID) y el Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional (FAMSI) para la financiación del programa de colaboración en materia de cooperación internacional para el desarrollo 2017-2018.
Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso):
-
Parte II: Información sobre el operador económico
A: Información sobre el operador económico Nombre:
-
Calle y número:
-
Código postal:
-
Ciudad:
-
País:
---
Dirección internet (dirección de la página web) (en su caso):
-
Correo electrónico:
-
Teléfono:
-
Persona o personas de contacto:
-
Número de IVA, si procede:
-
Si no se dispone de un número de IVA, indique otro número de identificación nacional, en su caso y cuando se exija
-
¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa?
❍ Sí
❍ No
Únicamente en caso de contratación reservada: el operador económico
¿es un taller protegido o una empresa social o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido?
❍ Sí
❍ No
¿Cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos?
-
En caso necesario, especifique a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate.
-
En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (p. ej., en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación)?
❍ Sí
❍ No
• Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI.
a) Indique el número de inscripción o certificación pertinente, si procede:
-
b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar:
-
c) Indique las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial:
-
d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigidos?
❍ Sí
❍ No
• Consigne, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, B, C o D, según proceda, ÚNICAMENTE cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación
e) ¿Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o a la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de
datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente?
❍ Sí
❍ No
Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar:
-
¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros?
❍ Sí
❍ No
• Asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado.
a) Indique la función del operador económico dentro del grupo (responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.):
-
b) Identifique a los demás operadores económicos que participan en el procedimiento de contratación conjuntamente:
-
c) En su caso, nombre del grupo participante:
-
En su caso, indicación del lote o lotes para los cuales el operador económico desea presentar una oferta:
-
B: Información sobre los representantes del operador económico #1
• En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación:
Nombre
-
Apellidos
-
Fecha de nacimiento
-
Lugar de nacimiento
-
Calle y número:
-
Código postal:
-
Ciudad:
-
País:
---
Correo electrónico:
-
Teléfono:
-
Cargo/calidad en la que actúa:
-
En caso necesario, facilite información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad …):
-
C: Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades
¿Se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo?
❍ Sí
❍ No
• Facilite un formulario de DEUC aparte, que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y de la parte III, por cada una de las entidades de que se trate, debidamente cumplimentado y firmado por las entidades en cuestión.
Tenga en cuenta que debe incluir además el personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, y especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra.
Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas a las que recurra el operador económico, incluya la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate.
D: Información relativa a los subcontratistas a cuya capacidad no recurra el operador económico
• (Esta sección se cumplimentará únicamente si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exigen expresamente tal información.)
¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros?
❍ Sí
❍ No
En caso afirmativo y en la medida en que se conozca este dato, enumere los subcontratistas previstos:
-
• Si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora solicitan expresamente tal información, además de la contemplada en la parte I, facilite la información
requerida en las secciones A y B de la presente parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas, en cuestión.
Parte III: Motivos de exclusión
A: Motivos referidos a condenas penales El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Participación en una organización delictiva
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por participación en una organización delictiva, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p. 42).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Corrupción
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga
poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por corrupción, de una
condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo
de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Fraude
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por fraude, de una
condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p. 48).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? Tal como se definen en los artículos 1 y 3 de la Decisión marco del Consejo, de
13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002,
p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable?
Tal como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p. 15).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable?
Tal como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p. 1).
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
B: Motivos referidos al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social
El artículo 57, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Pago de impuestos
¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas al pago de impuestos, en el país en el que está establecido o en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
País o Estado miembro de que se trate
---
Importe en cuestión
-
---
Este incumplimiento de las obligaciones, ¿ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa?
❍ Sí
❍ No
Si dicho incumplimiento de las obligaciones se ha establecido mediante resolución judicial o administrativa, ¿es esta resolución firme y vinculante?
❍ Sí
❍ No
Indique la fecha de la condena o resolución
-
En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión
-
Describa los medios que se han utilizado
-
¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Cotizaciones a la seguridad social
¿Ha incumplido el operador económico sus obligaciones relativas a las cotizaciones a la seguridad social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
País o Estado miembro de que se trate
---
Importe en cuestión
-
---
Este incumplimiento de las obligaciones, ¿ha quedado establecido por medios distintos de una resolución judicial o administrativa?
❍ Sí
❍ No
Si dicho incumplimiento de las obligaciones se ha establecido mediante resolución judicial o administrativa, ¿es esta resolución firme y vinculante?
❍ Sí
❍ No
Indique la fecha de la condena o resolución
-
En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión
-
Describa los medios que se han utilizado
-
¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
C: Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional
El artículo 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Incumplimiento de obligaciones en el ámbito del Derecho medioambiental
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho medioambiental? Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Incumplimiento de obligaciones en los ámbitos del Derecho social Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho social? Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
Descríbalas
-
Incumplimiento de obligaciones en los ámbitos del Derecho laboral Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en el ámbito del Derecho laboral? Tal como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente
o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Quiebra
¿Se encuentra el operador económico en quiebra?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Insolvencia
¿Está el operador económico sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Convenio con los acreedores
¿Ha celebrado el operador económico un convenio con sus acreedores?
Indique la respuesta
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Situación análoga a la quiebra con arreglo al Derecho nacional
¿Está el operador económico en alguna situación análoga a la quiebra, resultante de un procedimiento similar vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Activos que están siendo administrados por un liquidador
¿Están los activos del operador económico siendo administrados por un liquidador o por un tribunal?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Las actividades empresariales han sido suspendidas
¿Han sido suspendidas las actividades empresariales del operador económico?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Indíquense los motivos por los que, no obstante, es capaz de ejecutar el contrato No será necesario facilitar esta información si la exclusión
de los operadores económicos en este caso tiene carácter obligatorio en virtud del Derecho nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia
¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Ha cometido una falta profesional grave
¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave? En su caso, véanse las definiciones en el Derecho nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación
¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses, con arreglo al Derecho nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, debido a su participación en el procedimiento de contratación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Participación, directa o indirecta, en la preparación del presente procedimiento de contratación
¿Ha asesorado el operador económico, o alguna empresa relacionada con él, al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Rescisión anticipada, imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables
¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
¿Se han adoptado medidas para demostrar su credibilidad («autocorrección»)?
❍ Sí
❍ No
Descríbalas
-
Presentación de declaraciones falsas, ocultación de información, incapacidad de presentar los documentos exigidos y obtención de información confidencial del presente procedimiento
¿Se ha encontrado el operador económico en alguna de las situaciones siguientes:
a) ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección,
b) ha ocultado tal información,
c) no ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y
d) ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o de la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación
o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Parte IV: Criterios de selección
A: Idoneidad
El artículo 58, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Inscripción en un registro mercantil
Figura inscrito en un registro mercantil en su Estado miembro de establecimiento, tal como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE; es posible
que los operadores económicos de determinados Estados miembros tengan que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
B: Solvencia económica y financiera El artículo 58, apartado 3, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Volumen de negocios anual medio
Su volumen de negocios anual medio durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente, los pliegos de la contratación o el DEUC es el siguiente:
Número de años
-
Volumen de negocios medio
-
---
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Seguro de indemnización por riesgos profesionales
El importe asegurado en el seguro de indemnización por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente:
Importe
-
---
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
C: Capacidad técnica y profesional El artículo 58, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Cuando se trate de contratos de suministro: Realización de entregas del tipo especificado
Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministro: Durante el período de referencia, el operador económico ha realizado las siguientes
principales entregas del tipo especificado. Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta tres años y admitir experiencia que date de más de tres años.
Descripción
Importe
-
---
Fecha de inicio
-
Fecha de finalización
-
Destinatarios
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Personal técnico u organismos técnicos de control de calidad
Puede recurrir al personal técnico o los organismos técnicos siguientes, especialmente los responsables del control de la calidad. Cuando se trate de personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico pero en cuya capacidad se base este, tal como se indica en la parte II, sección C, deberán cumplimentarse formularios DEUC separados.
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
Código
-
Expedidor
-
Títulos de estudios y profesionales
El propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación) su personal directivo tienen los siguientes títulos de estudios y profesionales.
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
Medidas de gestión medioambiental
El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el contrato:
Descríbalas
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
Parte de subcontratación
El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar la siguiente parte (es decir, porcentaje) del contrato. Tenga en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del contrato y cuenta con la capacidad del subcontratista para llevar a cabo esa parte, deberá cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (véase la parte II, sección C, más arriba).
Especifique:
-
Cuando se trate de contratos de suministro: Muestras, descripciones o fotografías con certificado de autenticidad
Cuando se trate de contratos públicos de suministro: El operador económico facilitará las muestras, descripciones o fotografías requeridas de los productos que se deban suministrar, y adjuntará los certificados de autenticidad en su caso.
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
-
D: Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental
El artículo 62, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes criterios de selección:
Certificados expedidos por organismos independientes sobre las normas de aseguramiento de la calidad
¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la
calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad?
Indique la respuesta
❍ Sí
❍ No
Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad se dispone.
-
Esta información, ¿está disponible sin costes para las autoridades en una base de datos de un Estado miembro de la UE?
❍ Sí
❍ No
URL
-
Código
-
Expedidor
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Finalizar
Parte VI: Declaraciones finales El operador económico declara formalmente que la información comunicada en las partes II – V es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.
El operador económico declara formalmente que podrá aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le soliciten, salvo en caso de que:
a) el poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita, (siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la
documentación) que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora
hacerlo; si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos), o
b) A partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar (dependiendo de la aplicación a nivel nacional del artículo 59, apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE), el poder adjudicador o la entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión.
El operador económico formalmente acepta que el poder adjudicador o la entidad adjudicadora que figura en la parte I tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en la parte III y la parte IV del presente Documento Europeo Único de Contratación, a efectos del procedimiento de contratación que figura en la parte I.
Fecha, lugar y, cuando se exija o sea necesaria, firma o firmas:
Fecha
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Xxxxx
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Xxxxx
XXXXX 0 – MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña..................................................................., con DNI
número.........................en nombre (propio) o (de la empresa que representa)
............................................ con NIF............................. y domicilio
fiscal.....................................……………………………………………………en...........
.................calle...................................................................................número.........
...........enterado del anuncio publicado en el (perfil de contratante, DOUE) .............
del día................. de..............de............. y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del [lote nº ] [oferta integradora de lotes nº ] del contrato de............................................................................................................................
.........se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, en el plazo total de ....................., por un precio de ........................... Euros (en número), al que
corresponde por IVA la cuantía de.....................................Euros, (en número), totalizándose la oferta en ......................Euros (en número), todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente. En la elaboración de esta oferta se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad.
Fecha y firma del licitador
DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE