OBJETO: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA ELABORACION DE LOS AVALUOS COMERCIALES DE PREDIOS DEL SANATORIO DE CONTRATACION ESE
CLASE DE CONTRATO: ORDEN DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATANTE: SANATORIO DE CONTRATACION ESE
NIT: 890205335-2
REPRESENTANTE LEGAL: XXXXX XXXXXXX XXXXXX
Gerente
CONTRATISTA: XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX
IDENTIFICACION: C.C. # 16.667.204 de CALI (XXXXX)
OBJETO: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA ELABORACION DE LOS AVALUOS COMERCIALES DE PREDIOS DEL SANATORIO DE CONTRATACION ESE
PLAZO DE EJECUCION: 1 MES
VALOR: TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL CUATROICIENTOS SESENTA Y UN PESOS ($3.920.461,oo) M/CTE
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía número
91.344.575 de Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E, en su calidad de Gerente, según decreto No. 4170 de Noviembre 05 de 2010, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, y acta de posesión de fecha Noviembre 07 de 2010, quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE por una parte, y por la otra XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad e identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 16.667.204 de Cali (Xxxxx), de profesión Arquitecto, con tarjeta profesional número 7670042741VLL y con registro del R.N.A.SIC No. 02- 002191 inscrito en la Lonja inmobiliaria Regional Santander y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia, de acuerdo al artículo 9º del Estatuto Interno de Procedimientos Contractuales, y que para efectos del presente contrato se denominará LA CONTRATISTA, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el certificado Nº 536, del 17 de Octubre de 2013, expedido por el jefe de presupuesto de la entidad, con cargo al rubro 1028 Servicios Personales Indirectos - Honorarios del presupuesto vigente del 2.013; 2). Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad, suscrito por el Jefe de Planeación y Presupuesto de la entidad, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 3). Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley 100 de 1.993, el numeral 6 refiere que la contratación de las Empresas Sociales del Estado se realizaran por el derecho privado pero podrá discrecionalmente utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el estatuto General de Contratación de la administración pública, lo cual se ratifica dentro del Estatuto Interno de Procedimientos Contractuales del Sanatorio de Contratación E.S.E; 4) Que la Resolución No. 098 de febrero 21 de 2008 “Manual de contratación de la entidad” establece en su artículo 26 la posibilidad de suscribir ordenes de prestación de servicios siempre que requiera desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad, sin necesidad de varias ofertas ni de invitación Pública, y solo podrán ser realizados con personas naturales o
jurídicas cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta; 5). Que se trata de una contratación directa cuyo monto no supera el 10% de la menor cuantía y por ende se realizó invitación directa al Arquitecto XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad e identificada con la Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xx. 00.000.000 xx Xxxx (Xxxxx), quien presentó oferta para la ejecución de las actividades objeto del presente contrato adjuntando los documentos solicitados en la invitación respectiva y su presupuesto no supera el presupuesto oficial definido para dicha contratación; 6). Que revisada la propuesta presentada por al Arquitecto XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX, por el Jefe de Planeación y Presupuesto de la entidad, certificó que la misma es una persona idónea y capacitada para desarrollar correctamente el objeto de la presente orden y cuenta con los documentos y experiencia necesaria para garantizar la prestación del servicio, adjuntando los documentos requeridos en la invitación directa respectiva. De acuerdo a las anteriores consideraciones, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA LA ELABORACION DE LOS AVALUOS COMERCIALES DE PREDIOS DEL SANATORIO DE
CONTRATACION ESE, sin que exista subordinación jurídica labora. PARAGRAFO: Alcance del objeto: Avaluó de los predios relacionados en la siguiente tabla:
PREDIO | MATRICUL A | AREA TERRENO M2 | AREA CONSTRUIDA M2 | |
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX | X 0X 0X 00 45 K 1A 3 07 | 161-2342 | 1.985 | 1.192 |
ALBERGUE XXXXXXXXX | K 1 3A 44 | 161-2341 | 6.031 | 1.980 |
HOSPITAL XXX XXXXX | C 3 2 72 C 4 2 65 79 | 161-2344 | 4.052 | 4.659 |
XXXXXXX XXXXXXXXX | X 0X 0X XXX | 000-0000 | 129 | 131 |
CASA DE LA ADMINISTRACION VEREDA CENTRO | VDA CENTRO | SIN | 525.900 | 3.155 |
Actividades a realizar:
1) Realizar el avalúo de conformidad con lo dispuesto en decreto 1420 de julio 24 de 1998 “Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9 de 1989, el artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos” y demás normas concordante.
2) Entregar el respectivo estudio de los avalúos comerciales por escrito y en archivo magnético.
a) Presentar el avaluó correspondiente a cada bien el cual deberá contener la siguiente información: a) Informe general: Descripción del bien, identificación, ubicación física, registro fotográfico, estado de conservación, etc; b) Avaluó: El contratista debe desarrollar la investigación económica con el fin de proceder a dar valores comerciales basados en las metodologías, valuadoras existentes y aprobadas para el efecto.
4). Cumplir con los plazos de entrega fijados para la entrega de los avalúos objeto del contrato
CLAUSULA SEGUNDA. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL CUATROICIENTOS SESENTA Y UN
PESOS ($3.920.461,oo) M/CTE, los cuales serán cancelados una vez ejecutado el presente contrato, previa presentación del avaluó de los bienes inmuebles objeto del presente contrato informe final de actividades realizadas, la factura correspondiente, soportes de pago de aportes a seguridad social Integral y certificación de cumplimiento del objeto contractual expedida por el supervisor del contrato. CLAUSULA TERCERA: DURACION DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración de un mes a partir de la suscripción del acta de inicio respectiva. CLAUSULA CUARTA: DECLARACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA manifiesta:
a) Conocer perfectamente la naturaleza de los procesos, subprocesos y actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. b) Bajo la gravedad del juramento, que se considera prestado con la firma del presente documento, no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución y la Ley ; en caso de ocultamiento responderá el Contratista. CLAUSULA QUINTA-OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. EL CONTRATANTE está obligado a: Facilitar la información e instalaciones de los bienes inmuebles para que el Contratista realice el estudio pertinente; b) Reservar con destino a este contrato el total de su valor, acorde con su presupuesto y con vigencia para el año 2013; c) Proporcionarle al CONTRATISTA toda la información que éste solicite y que sea necesaria para el desarrollo del objeto contratado; d) A pagar al CONTRATISTA el valor del presente contrato en la forma, tiempo y precios pactados en el contrato; previa presentación del informe de actividades desarrolladas, con la orden de pago debidamente legalizada. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. el CONTRATISTA tiene las siguientes obligaciones a) Realizar el avalúo de los bienes descritos en el objeto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en decreto 1420 de julio 24 de 1998 “Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 37 de la Ley 9 de 1989, el artículo 27 del Decreto-ley 2150 de 1995, los artículos 56, 61, 62, 67, 75, 76, 77, 80, 82, 84 y 87 de la Ley 388 de 1997 y, el artículo 11 del Decreto-ley 151 de 1998, que hacen referencia al tema de avalúos” y demás normas concordantes; b) Entregar el respectivo estudio de los avalúos comerciales por escrito y en archivo magnético; c) Presentar el avaluó correspondiente a cada bien el cual deberá contener la siguiente información; 1. Informe general: Descripción del bien, identificación, ubicación física, registro fotográfico, estado de conservación, etc. 2. Avaluó: El contratista debe desarrollar la investigación económica con el fin de proceder a dar valores comerciales basados en las metodologías, valuadoras existentes y aprobados para el efecto. d) Cumplir con los plazos de entrega fijados para la entrega de los avalúos objeto del contrato.; CLAUSULA SEPTIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. Los pagos de dinero que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto general de gastos 2013, rubro 1028 Servicios Personales Indirectos – Honorarios del presupuesto vigente del 2.013, de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 536 de fecha 17 de Octubre de dos mil trece (2013) expedido por el Jefe de presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA. GARANTIAS: De conformidad con el artículo 29 del Manual de Procedimientos Contractuales del Sanatorio, no se exigirá póliza de garantía, por ser una orden de prestación de servicios que no supera los veintiocho (28) SMMLV y por la forma de pago pactada. CLAUSULA NOVENA VINCULACION NO LABORAL. Como la prestación del servicio por ejecutar se desarrollará con autonomía e independencia del CONTRATISTA, la celebración del presente
contrato no constituye relación laboral alguna entre la ESE y aquél; por consiguiente, no genera derechos, emolumentos o prestaciones pecuniarias distintas de los pactados en el contrato. CLAUSULA DECIMA: CLAUSULAS EXORBITANTES. El presente contrato se regirá por el Derecho Privado y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, que están consagradas en la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia y referidas en el artículo 46 del Estatuto Interno de Procedimientos Contractuales. CLAUSULA DECIMA PRIMERA- CESION Y SUBCONTRATACIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder total o parcialmente el presente contrato sin previo visto bueno del CONTRATANTE. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA –INHABILIDADES E INCOMPATBILIDADES: El CONTRATISTA declara
bajo juramento, el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad prevista en la Constitución, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 9º del Estatuto Interno de Procedimientos Contractuales del Sanatorio de Contratación E.S.E CLAUSULA DECIMA TERCERA: DOCUMENTOS - Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1). Hoja de Vida del CONTRATISTA. 2). Documentos de orden legal, tales como: Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, Certificado de Antecedentes Fiscales expedido por la Contraloría General de la República, Certificado que acredite la Afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales. 3) Registro Único Tributario de LA CONTRATISTA, 4) Análisis de conveniencia y oportunidad. CLAUSULA DECIMA CUARTA. SUPERVISION: La supervisión del presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales, será efectuada por el Jefe de Planeación y Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. CLÁUSULA DECIMA QUINTA: DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E CLAUSULA DECIMA SEXTA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, para su ejecución requiere la expedición del registro presupuestal y la suscripción del acta de inicio.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en el Municipio de Contratación Santander, en dos (02) ejemplares del mismo tenor y valor, a los veintiún (21) días del mes de Octubre del año dos mil trece (2013).
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Gerente Del Sanatorio Contratación ESE Contratista
Proyectó: | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxx Xxxxxxx. Asesor Jurídico Interno |