Contract
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
En……., a …. de …… de …….
REUNIDOS
De una parte, ……………………………. mayor de edad, con domicilio en ………….……………….. y DNI …………, en adelante la arrendadora.
Y, de otra parte, ……………………….., mayor de edad, con domicilio en …………………………… y DNI ……………., en adelante la arrendataria.
Ambas partes se reconocen mutuamente con capacidad legal bastante para obligarse y contratar, a cuyo efecto realizan las siguientes
MANIFESTACIONES
I.- Que la parte arrendadora es propietaria de la vivienda ubicada en ……………………………., cuya superficie, composición y características son conocidas por ambas partes.
Que la vivienda se halla libre de cargas, gravámenes y arrendamientos y al corriente en el pago de impuestos, según manifiesta la parte arrendadora en este acto.
Se acompaña como Anexo número I copia del certificado de Eficiencia Energética.
II.- Que siendo de interés de la arrendadora ceder en arrendamiento la vivienda, y estando interesada la parte arrendataria en suscribir un arrendamiento de la misma, han decidido suscribir el presente contrato de arrendamiento de vivienda, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- OBJETO
La parte arrendadora cede en arrendamiento a la parte arrendataria el piso descrito en el apartado I del presente documento, quien a su vez acepta en calidad de arrendatario.
SEGUNDA.- DESTINO
La vivienda arrendada tendrá como único y exclusivo destino satisfacer la necesidad de vivienda permanente del arrendatario y su familia. La parte arrendataria se obliga a no variar el uso sin consentimiento escrito de la parte arrendadora. El incumplimiento de este precepto será motivo de resolución del contrato.
La vivienda se pone a disposición de la parte arrendataria en el momento de la firma del presente contrato, manifestando ésta conocer el estado de la vivienda y recibirla en un estado adecuado al fin al que se destina.
Queda expresamente prohibida la cesión del contrato y/o el subarriendo parcial y/o total de la vivienda arrendada.
TERCERA.- DURACION Y PRÓRROGA
El presente arrendamiento se concierta por el plazo de UN AÑO. Llegado el vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de TRES AÑOS, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo.
Llegado el plazo máximo de tres años pactados, sin denuncia del arrendador o arrendatario con un plazo mínimo de treinta días, el contrato se prorrogará por plazos anuales.
Al contrato prorrogado le seguirá siendo de aplicación el régimen establecido en el presente contrato.
Las partes con treinta días de antelación a la fecha de finalización de cada prórroga podrán denunciar la terminación del contrato notificando de forma fehaciente y por escrito a la otra parte el desistimiento del mismo.
Finalizada la duración pactada y, en su caso, la de las prórrogas sucesivas, el arrendatario deberá abandonar el inmueble, sin necesidad de requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado en que se encontraba al ocuparlo, con la excepción del desgaste debido al uso habitual de la vivienda.
CUARTA.- RENTA Y ACTUALIZACIÓN
La renta inicial de este contrato se fija en …………………….. mensuales durante el primer año de vigencia del contrato, pagadero por meses adelantados, del 1 al 5 de cada mes, en la cuenta bancaria ……………………………………………….
El pago de la renta podrá realizarse mediante domiciliación bancaria.
Las partes pactan que la renta se revisará cada año de vigencia del contrato por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada revisión, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, a fecha de cada revisión, tomando como mes de referencia para la revisión el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión del contrato.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que el arrendador se lo notifique por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
Será suficiente para entender notificada la variación el apunte realizado en el recibo de domiciliación bancaria, en su caso.
QUINTA.- FIANZA
En este acto, el arrendatario entrega al arrendador la cantidad de ……….. equivalente a una mensualidad xx xxxxx, en concepto de fianza, que será restituida, en su integridad o disminuirá en la cantidad que sea necesaria en caso de daños a la finalización de este contrato, estando obligado el arrendador a hacer efectivo su depósito legal conforme a la Ley que lo regula.
La existencia de esta fianza no será obstáculo para que la parte arrendadora pueda instar el desahucio por falta de pago, ni facultará al arrendatario al impago de alguna mensualidad xx xxxxx. La fianza no devengará interés a favor del arrendatario, quedando facultada la parte arrendadora para practicar la liquidación según los perjuicios que se hubieren causado.
SEXTA.- SUMINISTROS
La adquisición, conservación, reparación o sustitución de los contadores de suministros y el importe del consumo, son de cuenta y cargo exclusivo del arrendatario. El inmueble se alquila en el estado actual de las acometidas generales y ramales o líneas existentes correspondientes al mismo, para los suministros de los que está dotado el inmueble. El arrendatario podrá concertar con las respectivas compañías suministradoras todos o algunos de los suministros de que está dotado el inmueble, con total indemnidad de la propiedad y del administrador.
Si se hubiere de efectuar alguna modificación, en las instalaciones particulares del inmueble arrendado, deberá comunicarlo a la propiedad para su aprobación. El coste de dichas modificaciones será íntegramente asumido por el arrendatario.
Queda exenta la propiedad de toda responsabilidad por la falta de cualquier suministro.
En caso de que el ARRENDATARIO diera de baja alguno de los suministros de agua o electricidad, una vez finalizado el contrato, se penalizará con 400 euros.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
El arrendatario se compromete a:
Pagar la renta que proceda conforme a lo convenido en este contrato, renta que se verá incrementada con los impuestos que legalmente se establezcan en cada momento y se sean atribuibles al arrendatario.
Usar el inmueble para la actividad de vivienda.
Pagar los gastos de suministros de luz, agua y gas que correspondan al inmueble arrendado
Permitir la entrada de la parte arrendadora o representantes suyos o administrador, para todo cuanto guarde relación con el inmueble.
No ceder o subarrendar la vivienda en su totalidad.
Extinguido el arriendo por cualquier causa, el arrendatario devolverá la posesión del piso en buen estado, con las mejoras que en su caso se hagan y que quedarán en beneficio de la propiedad, sin indemnización.
Reintegrar a la finalización del contrato, todos los objetos y enseres que se detallan en el Anexo II en el estado de conservación que consta en el mismo. Cualquier pérdida o deterioro de dichos objetos, salvo los que respondan al normal uso de las cosas, deberá ser reintegrado por el arrendatario a la finalización del contrato.
OCTAVA.-
La parte arrendadora se obliga a:
Devolver la fianza a la parte arrendataria.
Comunicar al arrendatario la actualización de la renta anual, acompañando Certificación del Instituto Nacional de Estadística
Reparación y/o sustitución de los servicios comunes que dejaren de funcionar.
NOVENA.- OBRAS
El arrendatario no podrá practicar obras de clase alguna en la vivienda sin previo permiso concedido por escrito por el arrendador.
En todo caso, las obras así autorizadas serán de cargo y cuenta del arrendatario y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación en momento alguno. El permiso municipal será también de cuenta y cargo del arrendatario, así como la dirección técnica o facultativa en su caso, obligándose a reponer los daños causados y a reponer a su xxxxx el estado original de la vivienda. Queda expresamente prohibido realizar obras en las fachadas exteriores del edificio, variar la pintura, o instalar elementos que modifiquen su estado y configuración arquitectónica.
El incumplimiento por parte del arrendatario de las obligaciones derivadas en este pacto Decimoprimero dará lugar a la resolución del presente contrato de forma inmediata.
DÉCIMA.- RENUNCIA A ADQUISICION PREFERENTE Y SUBROGACIÓN
El arrendatario hace expresa renuncia a los derechos de tanteo y retracto recogidos en el artículo 25 de la XXX. A estos efectos, el arrendador deberá comunicar al arrendatario su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.
Asimismo, de conformidad con el artículo 16.4 de la XXX no existirá derecho de subrogación en caso de fallecimiento del arrendatario.
UNDÉCIMA.- DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Las partes fijan como domicilio a efectos de las notificaciones el que figura para cada uno de ellos en el encabezamiento del contrato. Deberán notificarse mutuamente cualquier cambio que quieran realizar en este sentido.
Asimismo, y a fin de facilitar las comunicaciones entre las partes, se designan las siguientes direcciones de correo electrónico:
Arrendador: ………………………..
Arrendatario: ……………………….
DUODÉCIMA.- GASTOS
En caso de incumplimiento, serán de cargo del arrendatario todos los gastos y costas judiciales y extrajudiciales que origine su incumplimiento, incluso honorarios de Letrado y Procurador aunque la intervención de éstos no fuere preceptiva.
DECIMOTERCERA.- REGISTRO
Cualquiera de las partes podrá solicitar la inscripción del presente arrendamiento en el Registro de la Propiedad, gasto que correrá a cargo del que lo solicite.
DECIMOCUARTA.- LEY APLICABLE Y SUMISIÓN
En todo lo no previsto en el presente contrato, se acudirá a lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Las partes pactan expresamente someterse a los tribunales de ………………….., para cuantas cuestiones litigiosas surjan con motivo del presente contrato.
Y leído el presente documento, junto con sus Anexos I y II ambas partes lo firman en señal de conformidad y ratificación de su contenido, haciéndolo por duplicado y a un solo efecto.
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