Contract
ESTUDIOS PREVIOS | |
CIUDAD Y FECHA | Santiago de Cali, 09 de noviembre de 2016 |
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN | |
En virtud de lo previsto en los numerales 6, 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 2 y 4 y parágrafo 1º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 y la Resolución 0-1345 del 31 de Julio de 2013 por medio de la cual se adoptó la versión 5 del Manual de Contratación de la entidad, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali documenta los estudios previos para llevar a cabo proceso de LICITACION PÚBLICA, para contratar el “suministro de combustible, lubricantes y filtros para el parque automotor, al servicio de la Fiscalía General de la Nación en el Xxxxx del Cauca”, bajo los principios que rigen el actuar de la Administración en el ámbito de la contratación pública. La Fiscalía General de la Nación como organismo de orden nacional, independiente y adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia, creada en 1991 con la promulgación de la nueva Constitución Política, tiene como misión ejercer la acción penal, elaborar y ejecutar la política criminal del Estado, garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso penal, generar confianza y seguridad jurídica en la sociedad, mediante la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación. En desarrollo de su misión institucional cuenta con un parque automotor de 320 vehículos, de los cuales 203 son automóviles, camionetas, camiones, y camperos y 117 motocicletas; los cuales son utilizados por los servidores de la entidad para llevar a cabo los desplazamientos a los diferentes sitios urbanos y rurales del territorio Nacional en donde se requiere la presencia de la Fiscalía General de la Nación de manera ágil y oportuna. Estos automotores requieren estar en perfecto estado de funcionamiento y contar con el abastecimiento de combustible que garantice la prestación del servicio en cumplimiento de la misión institucional en nuestra jurisdicción y brindar el apoyo establecido por la entidad a los vehículos en tránsito por las Seccionales Cali y Xxxxx del Cauca garantizando así el bienestar de los servidores. En este sentido, debe destacarse que el lugar de ejecución del contrato será en la ciudad de Santiago de Cali (Xxxxx del Cauca), pero asimismo deberá garantizarse el suministro de combustible, lubricantes y |
filtros en municipios tales como: Cartago, Tuluá, Buga, Cerrito, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Zarzal, Roldanillo, La Unión, Palmira y Yumbo. Dado que la misión de la Fiscalia General de la Nación no es la de suministrar combustible y lubricantes, ni cuenta con la infraestructura física como de personal que éste requiere, resulta necesario contratar el suministro de combustible, lubricantes y filtros, con una empresa debidamente constituida que cuente con la capacidad jurídica, financiera y logística para el debido suministro. En virtud de lo anterior y ante la necesidad de garantizar el suministro en forma eficiente y efectiva en cumplimiento de nuestra misión institucional, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, solicitó apropiación para la vigencia 2016 y solicitó aprobación de presupuesto para las vigencias 2017 hasta el 31 de julio de 2018, la cual fue asignada mediante resolución No. 0-002454 del 30 de diciembre de 2015 por el rubro de “materiales y suministros” (combustibles y lubricantes), y en virtud de la cual se llevó a cabo un proceso contractual por una cuantía de $299.472.644.00, en un término de cinco (5) meses, toda vez que dentro del Plan Anual de Adquisiciones se programó llevar un proceso de licitación pública con vigencias futuras. No obstante lo anterior, las vigencias futuras que estaban previstas para junio del año 2016 únicamente fueron aprobadas en agosto del año 2016, razón por la cual la Entidad adicionó el contrato CN-003-2016 por un valor de TREINTA MILLONES DE PESOS ($30.000.000) y prorrogó el término del mismo hasta el 15 de diciembre de 2016. En este orden de ideas, y partiendo del hecho que la disponibilidad presupuestal del CN-003-2016 únicamente cubrirá la ejecución del objeto contractual hasta el mes de noviembre del año 2016, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión, ateniendo a un estudio detallado del comportamiento de los contratos de suministro de combustible, lubricantes y filtros del parque automotor de años anteriores, realizó un cálculo para cubrir la necesidad en los siguientes términos: Para el mes de diciembre del presente año, se requiere contratar la suma de $60.000.000,00 con presupuesto de vigencia actual, para el 2017 una apropiación de $755.635.124 y para el 2018 la suma de $454.010.770 con vigencias futuras aprobadas según oficio No 0-0000-000000 del Ministerio de Hacienda de fecha 12 xx xxxxxx de 2016. En atención a las consideraciones precedentes la Subdireccion Seccional de Apoyo a la Gestión publicó el día 29 de septiembre de 2016 el proceso contractual FGN-039- |
2016 cuyo objeto era “Suministro de combustible, lubricantes y filtros para el parque automotor, al servicio de la Fiscalía General de la Nación en el Xxxxx del Cauca.”, el cual fue declarado desierto mediante la Resolución número 1942 de 08 de noviembre de 2016, teniendo en cuenta que el proceso contractual fue realizado con el propósito de contratar el suministro de combustible, lubricantes y filtros para el parque automotor al servicio de la Fiscalía General de la Nación en el Xxxxx del Cauca, en el cual se estableció como plazo máximo de entrega de propuestas y cierre del proceso el día 27 de octubre de 2016 hasta las 3:00 p.m., fecha dentro de la cual se recibió una (1) propuesta del oferente: XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX. Que efectuada la verificación de los requisitos habilitantes a dicha propuesta, se concluyó que la misma no cumple con la totalidad de los requisitos habilitantes estipulados en el estudio previo y el pliego de condiciones definitivo, según el informe presentado por el comité financiero, razón por la cual no se habilitó la propuesta presentada. Que el pliego de condiciones definitivo en su numeral 2.14, literal c), en el cual establece las causales para declarar desierto el proceso de contratación, señala que: “Cuando ninguna de las propuestas elegibles cumpla con los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y los estudios previos”. Que el mismo numeral xxx xxxxxx de condiciones definitivo, expresamente establece que: “En caso de declaratoria de desierto, ésta se hará mediante resolución motivada en la cual se expresarán detalladamente las razones que condujeron a esta decisión de conformidad con lo estipulado en el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y se observará lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015, si persiste la necesidad de contratar”. Así las cosas y bajo el entendido que el proceso fue declarado desierto y que la necesidad de suministro de combustible para el parque automotor al servicio de la Fiscalía Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx xx Xxxxx xxx Xxxxx continuaba presente, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión adicionó el Contrato CN-003-2016 por un valor de cuarenta y cinco millones de pesos ($45.000.000), suma que cubrirá la necesidad de la Entidad mientras se tramita nuevamente el proceso contractual. Por último, resulta preciso resaltar que, pese a que existe Acuerdo Marco de Precios vigente para el objeto del presente proceso contractual, la Entidad no se acogerá a dicho acuerdo, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: |
1. El acuerdo Xxxxx no contempla el suministro de combustible en los municipios que requiere la entidad para satisfacer la necesidad del servicio. Se consultó con uno de ellos (Globollantas Ltda), quien manifestó que no están obligados toda vez que el acuerdo Xxxxx no lo contempla, por tanto no estarían en capacidad de suministrar combustible en municipios diferentes a la ciudad de Cali, como son: Cartago, Tuluá, Buga, Cerrito, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Zarzal, Roldanillo, La Unión, Palmira y Yumbo a través del Acuerdo Marco. 2. Que la entidad además del suministro de combustible requiere lubricantes (aceites y filtros) en las ciudades antes relacionadas y que el objeto del Acuerdo Marco está determinado solo para suministro de combustible. En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 19931 y en el artículo 2.2.1.2.1.2.222 del Decreto 1082 de 2016, se dará inicio nuevamente al proceso de licitación pública para el suministro de combustible, lubricantes y filtros para el parque automotor, al servicio de la Fiscalía General de la Nación en el Xxxxx del Cauca, el cual se adelantará aplicando las normas del proceso de selección abreviada de menor cuantía, prescindiendo de recibir manifestaciones de interés y de realizar el sorteo de oferentes. Por lo anterior, la Fiscalía General de la Nación – Seccional Cali a través de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión, en ejercicio de la función misional que le compete requiere iniciar un proceso contractual para el suministro de combustibles, lubricantes y filtros para el parque automotor (carros y motos), a través de la modalidad de LICITACIÓN PÚBLICA, bajo los términos y reglamentaciones de la selección abreviada de menor cuantía, con una estación de servicios debidamente acreditada que garantice la operación permanente del parque automotor de manera eficiente y eficaz en el Xxxxx del Cauca, siendo este el medio de transporte fundamental para la labor misional de la Fiscalía General de la Nación. |
1 Artículo 25. 18 La declaratoria de desierta de la licitación o concurso únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión.
2 Contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto. La Entidad Estatal que haya declarado desierta una licitación puede adelantar el Proceso de Contratación correspondiente aplicando las normas del proceso de selección abreviada de menor cuantía, para lo cual debe prescindir de: a) recibir manifestaciones de interés, y b) realizar el sorteo de oferentes. En este caso, la Entidad Estatal debe expedir el acto de apertura del Proceso de Contratación dentro de los cuatro
(4) meses siguientes a la declaratoria de desierta.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
2.1 OBJETO: Suministro de combustible, lubricantes y filtros para el parque automotor, al servicio de la Fiscalía Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx xx Xxxxx xxx Xxxxx. 2.2 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO De conformidad con la naturaleza del objeto y a las obligaciones contractuales que este contempla, éste contrato corresponderá a un contrato de SUMINISTRO. 2.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 2.3.1 Combustibles 2.3.1.1 Gasolina corriente: Es una mezcla compleja de hidrocarburos entre tres y doce átomos de carbono formada por fracciones combustibles provenientes de diferentes procesos de refinación petróleo tales como destilación atmosférica, ruptura catalítica, ruptura térmica, alquilación, polimerización, reformado catalítico, etc. Que cumpla con el índice de octanaje que es del 81 % sin plomo, además de la norma técnica colombiana ASTM 48141 NTC 1380 - GASOLINA PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDO POR CHISPA 2.3.1.2 Gasolina extra o Premium: Es un combustible diseñado para motores de encendido por chispa. Tiene mayor capacidad antidetonante (octanaje) que la gasolina corriente y en el mercado colombiano se comercializa como gasolina extra. Norma técnica colombiana ASTM 48141 NTC 1380 - GASOLINA PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA DE ENCENDIDO POR CHISPA 2.3.1.3 ACPM O Diesel: El diésel corriente, o el aceite combustible para motores (ACPM), es una mezcla de hidrocarburos entre 10 y 28 átomos de carbono formada por fracciones combustibles proveniente de diferentes procesos de refinación del petróleo tales como destilación atmosférica y ruptura catalítica. Deberán ajustarse a las especificaciones y normas jurídicas establecidas por el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Minas y Energía, Aceite Combustible para Motores, Fuel Oil Nº 2. FÓRMULA Mezcla compleja de hidrocarburos. |
COMPOSICIÓN Hidrocarburos y aditivos. NÚMERO CAS 00000-00-0 NÚMERO UN 1202 CLASE UN 3.3. USOS: combustible automotor, combustible para locomotoras, generadores de electricidad, combustible para motores. Norma técnica colombiana NTC 1438 / ASTM D-975 2.3.1.4 Sistema de control Chip El oferente deberá contar con un sistema de control de suministro de combustible mediante la tecnología de CHIP ELECTRÓNICO, teniendo en cuenta que con dicho sistema se monitorea el consumo de combustible en cada vehículo de la entidad en forma oportuna y veraz. Por otra parte el CHIP es único para cada vehículo y deberá ser instalado y programado con su correspondiente cupo de galones autorizados al mes, placa y código interno del vehículo, el kilometraje que registra el odómetro, información de fecha y hora del suministro y nombre y cedula del conductor. El objetivo de contratar el suministro con dicho sistema es aportar a la entidad eficiencia y control. La entidad considera que al usar otro sistema como es el suministro a través xx xxxxx no es eficiente toda vez que los conductores normalmente pierden los vales, no suministran la información del kilometraje al tanquear, por lo tanto la información que se obtiene no es real ni confiable. Los CHIPS programables deben ser instalados a cada vehículo que conforma el parque automotor de la entidad en calidad de comodato de uso y tanto la instalación, el retiro de este en los carros y motos de la entidad y la programación no tendrá costo adicional para la entidad. Para el uso de los CHIPS, el oferente deberá contar con pólizas que los amparen contra hurtos, pérdida y averías, y en caso que se presente cualquiera de estas circunstancias, el contratista debe reponerlo o cambiarlo en forma inmediata y reportarlo a la Fiscalía General de la Nación- Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión Cali. El oferente mediante el uso de este mecanismo electrónico deberá manifestar en su propuesta, estar en capacidad de suministrar mensualmente vía internet de manera inmediata la información consolidada sobre el consumo total y particular de cada vehículo o en el momento y con corte a la fecha en que se solicite. El software utilizado para el control y consumo de combustible debe estar en la capacidad de emitir reportes diarios, semanales, mensuales y anuales, y los reportes deberán estar en formato de Excel o Word o en cualquier software que permita la utilización y procesamiento de la información. Los reportes deberán además ser enviados vía correo electrónico cuando el interventor los requiera. |
El número de CHIPS para el parque automotor inicialmente será de 320 unidades. Además de estos deberá contar con un Stock de (30) unidades más, en el evento en que incremente el parque automotor. NOTA: El oferente deberá manifestar en su propuesta de manera escrita y expresa que garantiza a la entidad los números de chip requeridos por la entidad. En caso de requerirse la reprogramación de alguna información que complemente o cambie la inicial, el contratista deberá realizarla en forma inmediata. 2.3.2 Estaciones de servicio requeridas a. En el municipio de Cali: Es necesario que los oferentes garanticen el suministro de combustible en la ciudad de Cali, a través de dos estaciones de servicio que se encuentren ubicadas tanto en el norte como en el sur de la ciudad, para lo cual también podrán suscribir convenios con otras estaciones de servicios, debidamente acreditadas y/o utilizar la figura de consorcio o uniones temporales para la presentación de la oferta. Estas estaciones deberán contar como mínimo con 2 islas. Lo anterior, en consideración a que el 70% de los vehículos que conforman el parque automotor de la Fiscalía General de la Nación – Seccional Cali se encuentran ubicados en el Edificio Plaza Santa Xxxxxx de Cali situado en la Xxxxx 00 Xxxxx Xx. 0X - 00, por lo cual se estima que el realizar desplazamientos más cortos, se disminuye la probabilidad de accidentes, el desgaste de los componentes de los automotores, menor consumo de combustible por desplazamientos para obtener su suministro y se obtiene mayor disponibilidad de los vehículos para la prestación de sus servicios. En virtud al objeto del contrato, el proponente deberá contar con un adecuado centro de aprovisionamiento de combustible con instalaciones para el cambio de aceite y las lavadas debidamente acreditados. b. Otros municipios: Teniendo en cuenta que es deber de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, garantizar el suministro de lubricantes y combustible a todas las diferentes estructuras de la Fiscalía que operan en el Xxxxx del Cauca, es indispensable que el contratista suministre combustible cambios de aceite y lavadas a las unidades ubicadas en los municipios de |
Cartago, Tuluá, Buga, Cerrito, Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Zarzal, Roldanillo, La Unión, Palmira, Yumbo. En virtud de lo anterior, los contratistas deberán contar con estaciones de servicio en estos municipios y que cuenten con la estructura para realizar el suministro de combustibles, cambio de lubricantes y filtros y lavados. No obstante, podrán suscribir convenios con otras estaciones de servicios debidamente acreditadas y/o utilizar la figura de consorcio o uniones temporales para la presentación de la oferta. 2.3.3 Suministro de combustible a vehículos en tránsito Con el fin de prestar apoyo a los servidores que vienen en comisión de servicios de otras seccionales en cumplimiento a los fines estatales y teniendo en cuenta que estos no poseen sistema de Chip, el contratista garantizará el suministro en las estaciones acreditadas, mediante autorización vía electrónica de los responsables del grupo de transportes. Tanto el supervisor como el contratista deberán llevar por separado el control de estas autorizaciones efectuadas a vehículos no registrados al servicio de la seccional, para la cuenta de cobro. 2.3.4 Lubricantes La Fiscalía General de la Nación cuenta con parque automotor en varios municipios del departamento xxx Xxxxx del Cauca, que para su buen funcionamiento requieren realizar cada cinco mil (5.000) kilómetros para los carros y cada dos mil quinientos (2.500) kilómetros para las motos el cambio de aceite y filtros que se requieran. La Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, encargada de velar por el parque automotor al servicio en esta seccional para el cumplimiento de las distintas funciones del personal requiere que el oferente suministre el aceite en empaque sellado de cuartos y que los filtros sean originales de acuerdo a las especificaciones técnicas de los fabricantes. 2.3.4.1 ACEITE 15W40: Aceite mineral para motor de alta calidad, está diseñado para proporcionar un nivel superior de desempeño y protección, una mayor viscosidad que |
forma una película de aceite más gruesa para brindar protección y reducir el quemado de aceite en los motores experimentados. Uso: Para uso de motores experimentados. 2.3.4.2 ACEITE 20W50: Es un lubricante multigrado elaborado con aceites base y aditivos de alta calidad obteniendo un lubricante de alto rendimiento para motores a gasolina. Su formulación permite mantener el motor limpio, controlando la formación de depósitos de carbón tanto en las anillas como en las paredes del pistón. 2.3.4.3 ACEITE 80W90: Lubricante de alto rendimiento para engranajes (transmisión) de servicio pesado formulados a partir de aceites base de alto rendimiento y un avanzado sistema de aditivos. Estos lubricantes están diseñados para aplicaciones automotrices incluyendo ejes y mandos finales de servicio pesado donde se esperan presiones extremas y cargas de choque. Son recomendados para aplicaciones que requieren un nivel API GL-5. 2.3.4.4 ACEITE SAE 50: Especialmente formulado para los motores y cajas de velocidades de vehículos de colección fabricados entre 1900 y 1950. Recomendado para los motores de 4 Tiempos de gasolina y diesel. Recomendado también para los motores de motos de colección. Es un lubricante de última generación especialmente diseñado para los motores de tecnología antigua. Lubricante mineral monogrado con bajo contenido en detergente para una total compatibilidad con las juntas de papel y filtros de papel celulosa natural. El bajo contenido en detergente evita el dispersamiento de hollines y depósitos presentes en el circuito de lubricación. Utilizable como lubricante para rodaje acortando el intervalo de cambio aceite. Totalmente compatible con los metales amarillos, xxxxx, xxxxxx, cobre. Adherencia reforzada para proteger contra la corrosión y facilita los arranques después de largos periodos de inmovilización. Grado de viscosidad SAE J 300 50 Densidad a 20°C (68°F) ASTM D1298 0.897 Viscosidad a 40°C (104°F) ASTM D445 256 mm²/s Viscosidad a 100°C (212°F) ASTM D445 21.3 mm²/s Índice de viscosidad ASTM D2270 98 Punto de congelación ASTM D97 -18°C / -0.4°F Punto de inflamación ASTM D92 280°C / 536.0°F TBN ASTM D2896 1.9 mg KOH/g. NOTA: Los aceites lubricantes para motor de vehículos a gasolina o diésel que suministre el contratista deberá ser en envases individuales, deberán estar |
perfectamente identificado en idioma español y como segunda alternativa idioma inglés, con al menos los siguientes datos: a. Nombre del fabricante. b. Marca Registrada del Producto. c. Identificación del Producto: - Grado de Viscosidad SAE (Tabla 3). d. Advertencia de uso para la salud y medio ambiente (disposición final del envase y del aceite lubricante usado). e. Volumen de producto contenido, en el Sistema Internacional de Unidades (SI). f. Número de lote. g. País de fabricación. La leyenda: “Envasado en (indicar país) por (indicar nombre de la empresa). NOTA: El marcado contendrá lo establecido anteriormente, toda vez que éste no contravenga las disposiciones de normas o reglamento de etiquetado vigentes para este tipo de producto 2.3.5 FILTROS Se debe cambiar cada cinco mil (5.000) kilómetros con las siguientes características: 1. El filtro de aceite debe tener en perfecto estado todos los componentes: carcaza o recipiente metálico, conjunto tapa (anillo-disco), empaque exteriores, elemento interno (lugar donde va el papel filtro), cuerpo central, tapas metálicas, adhesivo que sostiene las tapas y el elemento filtrante- válvula de alivio y válvula antirretorno. Además, la eficiencia y vida útil del filtro deben seguir las normas técnicas SAE- J806b y la NTC-1441 (registrado en la parte exterior del empaque). 2. Se debe observar la fecha de fabricación del filtro, se recomienda no debe superar los dos (2) años. 3. Toda vez que las empresas cuentan con póliza de garantía y responsabilidad civil, deberán responder en caso de que un filtro salga defectuoso al mercado. |
2.3.6 AREA OPERATIVA Teniendo en cuenta que el objeto del presente proceso contractual además del suministro de combustible deberá incluir el suministro de lubricantes (aceites y filtros) es necesario que las estaciones de servicio cuenten con áreas debidamente acondicionadas para prestar este servicio, y que éstas a su vez cumplan con las normas técnicas para su funcionamiento y normas ambientales exigidas por el Gobierno Nacional. Deberán disponer de sitios adecuados, con todas las medidas de seguridad, tanto para el personal como para los bienes objeto de esta contratación y contar con cámaras de seguridad. Las estaciones de servicio para el aprovisionamiento en la ciudad de Cali, deberán contar con mínimo con dos (2) islas, cámaras de seguridad y sistema de taqueo con CHIP. 2.3.7 MEDIO AMBIENTE El contratista se obligará a dar cumplimiento de las normas ambientales vigentes, mediante el desarrollo de buenas prácticas relacionadas con el manejo, operación y responsabilidades que les corresponden a los agentes de la cadena de distribución de combustibles y lubricantes en Colombia. En este sentido deberán contar un programa ambiental sobre la disposición final de los aceites y filtros utilizados, soportes del cual debe aportar adjunta a su propuesta. 2.3.8 PERSONAL REQUERIDO El contratista deberá contar con empleados que suministren el combustible con responsabilidad, seguridad y precisión, los cuales al momento de suministrar el combustible deberán verificar la placa, kilometraje y conductor de cada vehículo, con el fin de registrar de forma correcta la información en el medio magnético. Los cambios del personal deberán tener los mismos o superiores requisitos de experiencia ofrecidos por el proponente en su oferta. |
2.3.8.1 COORDINADOR El contratista deberá designar de su personal un coordinador, que se encargará de atender en forma directa los requerimientos que haga la Fiscalía General de la Nación –Subdirección Seccional de Xxxxx a la Gestión de Cali, a través del supervisor durante la ejecución del contrato. 2.3.7 OFERTA ECONÓMICA El oferente deberá presentar la propuesta económica diligenciando en su totalidad los ítems previamente establecidos en el anexo No. 5, y debidamente firmada. Debe presentar igualmente en medio magnético (CD) escaneada debidamente firmada la oferta económica, al igual que toda la oferta en el mismo orden del original. Los precios unitarios ofrecidos deben incluir todos los costos en que pueda incurrir el proponente que salga favorecido con el contrato, para cumplir a cabalidad con su objeto, incluyendo mano de obra, materiales, impuestos, tasas y contribuciones legalmente establecidas a cargo del contratista. El precio por galón de gasolina corriente y extra al igual que el galón de A.C.P.M., solo podrá ser reajustado durante la ejecución del contrato, cuando el Gobierno Nacional así lo autorice. El porcentaje de incremento no podrá ser superior al que aplique la autoridad competente, tomando INICIALMENTE como base el valor ofertado y los ajustados con el incremento o reducción sucesivamente cada que se modifique el precio. En el evento que el Gobierno Nacional autorice reducción del precio por galón del combustible, deberá reducirse en la misma proporción o mayor. Los precios de aceites y filtros se conservarán durante toda la ejecución del contrato sin modificaciones. Adjunto a las facturas de cobro el proponente seleccionado deberá presentar certificación escrita emanada del Ministerio de Minas (xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxx) del valor por galón autorizado por el gobierno Colombiano. En Colombia, los precios de los combustibles líquidos para uso automotor son regulados por el gobierno nacional a través del Ministerio de Minas y Energía (MME) y la Comisión de Regulación de Energía y GAS (CREG). |
Los precios de los combustibles se encuentran regulados mediante las resoluciones No. 82439 y 82438 del 23 de diciembre de 1998, modificado por la resolución No. 180276 de febrero 29 de 2011 y resolución No. 180112 de 31 de enero de 2012 del Ministerio Minas y Energía. La Fiscalía General de la Nación - Seccional Cali sin previo aviso, en cualquier momento podrá exigir el certificado de calibración de los surtidores. El precio ofertado en los filtros lubricantes deberá mantenerse fijos durante la vigencia del contrato. No obstante, se tendrá en cuenta el precio ofertado en el momento de la adjudicación, esto incluye prórrogas y adiciones que se llegaren a suscribir. NOTA: Si durante la ejecución del contrato la Fiscalía General de la Nación - Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, llegase a requerir algún otro tipo de combustible, aceite, filtro o articulo relacionado con el objeto contractual y que no esté anteriormente cotizado, esta podrá solicitar el suministro. En este evento, el contratista a solicitud del supervisor del contrato, cotizará lo requerido en un término no superior a un (01) día hábil, detallando especificaciones, marca, características, valor unitario y plazo de entrega. El supervisor del contrato verificará que su precio se encuentra dentro de los márgenes xxx xxxxxxx y autorizará el despacho del elemento. |
3. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA |
Además de las contenidas en el artículo 5º de la Ley 80 de 1993 y todas las demás actividades inherentes al desarrollo del objeto del contrato, se tendrán como tales las siguientes obligaciones: 1. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas consignadas en los pliegos de condiciones y el estudio previo. 2. Garantizar el suministro de combustible las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana de modo tal que garantice el servicio permanente. |
3. Responder por los daños que pudiera ocasionarse a los vehículos a causa de su actividad o la de sus trabajadores por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, dentro o fuera de las zonas donde se han de ejecutar el servicio. 4. Expedir los informes requeridos por el supervisor del contrato respecto del contrato. 5. Cumplir con la norma técnica colombiana No. 1380 acogida por el Consejo Nacional de Normas, mediante resolución No. 025 de 1995, acogida por el ICONTEC o por las disposiciones que la modifiquen o complementen. Cumplir con lo dispuesto en la Ley 693 de 2001. 6. Aceptar los procedimientos administrativos que determine la Fiscalía General de la Nación – Seccional Cali para la ejecución del contrato. 7. Asistir a todas las reuniones programadas que sean necesarias para lograr la debida ejecución del contrato y suscribir las actas a que haya lugar. 8. Constituir y mantener vigentes las garantías que impone la celebración del presente contrato, en los términos establecidos en el mismo. 9. Informar oportunamente por escrito a la entidad, o a través del supervisor, los inconvenientes que afecten el desarrollo del contrato. 10. Mantener la reserva sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato. 11. Elaborar y suscribir el acta de inicio conjuntamente con la Fiscalía General de la Nación –Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión Cali. 12. Llevar un control sobre la ejecución del contrato, con el fin de no sobrepasar el monto del mismo en ningún momento. En el evento en que el contratista suministre más del valor contratado, lo hará a su cuenta y riesgo, y la Fiscalía General de la Nación, no asumirá ningún costo adicional. 13. Entregar mensualmente al supervisor del contrato en medio magnético, en archivo Excel, por internet y en forma impresa, los listados de cada uno de los suministros realizados durante este periodo y acumulados del contrato, relacionando fecha, hora de suministro, placa y código del vehículo, y nombre del |
conductor, kilometraje del vehículo al momento del suministro, galones suministrados y valor de los mismos. Para el efecto el proponente debe señalar en la propuesta la información que permita conocer los medios y mecanismos con que cuenta para cumplir con tales ofrecimientos. 14. Cumplir con el pago de los aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscal, conforme a lo señalado en la Ley 1150 de 2007 y normas reglamentarias. 15. Mantener a la Fiscalía General de la Nación libre de cualquier daño o perjuicio, originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista, de conformidad al Decreto 1082 de Julio de 2015. 16. Responder por el pago de los impuestos, tasas y/o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato 17. Las demás obligaciones que se deriven de los presentes términos de referencia y de la naturaleza del contrato. |
4. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
El lugar de ejecución del contrato será el departamento xxx Xxxxx del Cauca y el plazo de ejecución será de diecinueve (19) meses y veinte (20) días o hasta agotar el presupuesto asignado para tal fin, y su duración será el de ejecución y cuatro (4) meses más, desde la fecha de suscripción del acta de iniciación. |
5. FORMA DE PAGO |
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, pagará al contratista dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de entrega y recibo a satisfacción de las actividades objeto del contrato, previa presentación y cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Factura (las facturas deben contener los requisitos establecidos en el estatuto tributario y demás normas que lo modifiquen, adicionen o aclaren). |
b. Recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato c. Certificación de aportes parafiscales (ICBF, SENA, Caja de Compensación Familiar) y de aportes patronales (Pago de aportes en pensión, salud y al Sistema de Seguridad Social y Riesgos Profesionales). d. Oficio de autorización del contratista informando el número de cuenta, tipo de cuenta y entidad bancaria donde se debe realizar el pago. e. Certificación bancaria donde se acredite la titularidad de la cuenta que se autoriza para el pago. f. Copia del RUT. Para el pago de las obligaciones, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión tiene establecido el siguiente procedimiento: 1. El contratista deberá hacer corte de los bienes suministrados el día 20 de cada mes, es decir, deberán hacer cortes entre el 21 del mes anterior y el 20 de mes en curso. 2. Durante el periodo comprendido del 21 al 25 de cada mes, la entidad recibirá las facturas correspondientes al consumo, con sus respectivos soportes. 3. Entre el periodo comprendido del 26 al 30 de cada mes el supervisor del contrato, una vez verificados los documentos aportados por el contratista, procederá a elaborar los informes de ejecución y el recibo a satisfacción del bien y/o servicio suministrado o prestado. 4. Entre el 1 y 5 del mes siguiente, el supervisor del contrato radicará en el Grupo de Cuentas de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión, las facturas presentadas por el contratista con sus respectivos anexos, luego de ser autorizadas por el ordenador del gasto directamente o mediante reunión de seguimiento que éste convoque. 5. Los pagos se harán efectivos durante el periodo comprendido entre el 6 y el 20 inmediatamente posteriores. |
PARÁGRAFO: Las cuentas que no estén debidamente radicadas con los soportes en las fechas establecidas por la entidad, quedarán pendientes para pago en el mes posterior al cierre efectuado. No obstante a lo anterior, el pago se sujeta a las apropiaciones y disponibilidades presupuéstales correspondientes y a la situación de recursos del Plan Anual de Caja PAC, por parte de la Dirección xxx Xxxxxx Nacional a la Entidad. |
6. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO |
La Fiscalía General de la Nación –Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali ejercerá la supervisión del contrato a través del Coordinador del Grupo de Transportes, adscrito a la Sección de Bienes de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali o quien haga sus veces. El supervisor será responsable de mantener informada a la entidad de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. Esta supervisión será de carácter técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto contratado, y tendrá las siguientes funciones: 6.1 FUNCIONES DE CONTENIDO ADMINISTRATIVO 1. Exigir al contratista el cumplimiento del cronograma de actividades de ejecución 2. Proyectar y tramitar la correspondencia que sea necesaria para la correcta ejecución del contrato. 3. Corroborar y certificar que el contratista cumple con las condiciones técnicas y económicas pactadas en el contrato y en las condiciones mínimas o términos de referencia del respectivo proceso de selección. 4. Coordinar la prestación de los servicios. 5. Suscribir todas las actas que resulten durante la ejecución del contrato. 6. Xxxxxxx y tramitar dentro de la órbita de su competencia, toda consulta que realice el contratista para la correcta ejecución del contrato. 7. Controlar la organización del archivo de la supervisión del contrato. |
6.2 FUNCIONES DE CONTENIDO LEGAL 1. Proyectar y suscribir el acta de inicio cuando a ello haya lugar, dentro del término estipulado en el contrato y remitirla en original a la Sección de Gestión Contractual de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión. 2. Controlar la vigencia de las garantías y solicitar su renovación cuando sea necesario. 3. Atender y responder oportunamente todos los requerimientos que realice el contratista dentro de la ejecución del contrato, para evitar la ocurrencia del silencio administrativo positivo. 4. Verificar que las peticiones del contratista se encuentren sustentadas en debida forma. 5. Verificar que en el desarrollo del contrato se cumplan las disposiciones legales y en particular las reglamentaciones relacionadas con la actividad contratada. 6. Exigir al contratista la certificación debidamente soportada de que su personal se encuentra afiliado al régimen de seguridad social y se efectúen por parte del contratista, los pagos correspondientes al sistema de aportes parafiscales. 7. Informar al ordenador del gasto acerca del incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista, con el fin de que se inicien las acciones legales correspondientes. 8. Abstenerse de permitir la ejecución de un contrato cuyo plazo haya vencido o que no haya sido objeto de modificación, mediante documento debidamente firmado por el ordenador del gasto y el contratista. 9. Rendir informes periódicos sobre el estado, avance y contabilidad de la ejecución del contrato. 10. Evaluar de manera preliminar las solicitudes que haga el contratista, en relación con las ampliaciones de plazo, cuantía y reconocimiento del equilibrio contractual, y remitirlas al Subdirector Seccional de Xxxxx a la Gestión, con su concepto técnico y viabilidad. 11. Verificar que los servicios ofrecidos cuenten con toda la documentación en regla. 12. Informar al Subdirector de Xxxxx a la Gestión cualquier incumplimiento del contratista, con el fin de iniciar los procedimientos de declaratoria de incumplimiento estipulada en la ley. 13. Proyectar el acta de liquidación del contrato. |
6.3 FUNCIONES DE CONTENIDO FINANCIERO 1. Aprobar cada uno de los pagos al contratista, de acuerdo con la ejecución del contrato, para lo cual deberá expedir la respectiva certificación de cumplimiento de las obligaciones contractuales. 2. Xxxxx por la correcta ejecución presupuestal del contrato. 3. Verificar que los servicios prestados o actividades extras que impliquen aumento del valor del contrato cuenten con la existencia de recursos presupuestales, para aprobación del ordenador del gasto. 4. Realizar los trámites para la solicitud del certificado de disponibilidad presupuestal en caso de adicionar el contrato en valor. 5. Expedir el recibo a satisfacción del objeto contratado, como requisito previo para efectuar el pago parcial o final al contratista. 6.4 FUNCIONES DE CONTENIDO TÉCNICO 1. Realizar la vigilancia, seguimiento y control del contrato desde su inicio y hasta su finalización, incluyendo la etapa de liquidación. 2. Verificar que el contratista cumpla con el objeto del contrato dentro de los términos establecidos. 3. Verificar de forma permanente la calidad de los servicios prestados que se estipulo en el contrato. 4. Controlar la ejecución de actividades y llevar un registro de las novedades, órdenes e instrucciones impartidas durante la ejecución del contrato y recomendar los ajustes necesarios. 5. Elaborar y presentar los informes de avance y estado del contrato y los que exijan su ejecución. 6. Verificar que el contratista utilice personal idóneo y los servicios ofrecidos cumplan con los estándares de calidad, según las especificaciones técnicas establecidas en el presente proceso de selección. |
7. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN |
Atendiendo las necesidades existentes y el presupuesto estimado para el presente proceso contractual, se aplicará la modalidad de LICITACION, teniendo en cuenta que el valor estimado asciende a la suma de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE |
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.239.645.894), de acuerdo con el presupuesto de la Fiscalía General de la Nación así: Ahora bien, teniendo en cuenta la disposición contenida en el artículo 2.2.1.2.1.2.22 del Decreto 1082 de 2016, los términos y disposiciones legales que se aplicarán para el presente proceso serán los dispuestos para el proceso de selección abreviada de menor cuantía, prescindiendo de recibir manifestaciones de interés y de realizar el sorteo de oferentes. |
8. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES |
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del decreto 1082 de 2015, el presente proceso de selección NO será limitado a Mipymes Nacionales, toda vez que el presupuesto estimado es superior a los ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. De acuerdo a los datos suministrados en el Sistema electrónico de contratación pública en su portal el umbral para las convocatorias limitadas a Mipymes es de $272.541.000,00. |
9. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO |
De conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto Reglamentario 1082 del 00 xx xxxx 0000 “Por medio del cual se expide el Decreto único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, durante la etapa de planeación, la entidad ha elaborado los respectivos análisis del sector económico y de los oferentes, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de riesgos, los cuales se encuentran contemplados en el estudio del sector y xxx xxxxxxx en documento adjunto. |
VIGENCIA ACTUAL | VIGENCIAS FUTURAS APROBADAS | TOTAL | |
2016 | 2017 | 2018 | |
30.000.000 | 755.635.124 | 454.010.770 | 1.239.645.894 |
10. PRESUPUESTO |
Para llevar a cabo este proceso de LICITACIÓN PUBLICA para contratar el suministro de combustibles, lubricantes y filtros, la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali cuenta con un presupuesto de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.239.645.894) por RECURSOS DE FUNCIONAMIENTO - RUBRO A-2-0-4-4-1 MATERIALES Y SUMINISTROS – COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES. |
11. CLASIFICACIÓN UNSP |
El bien que se requiere contratar se encuentra codificado en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, así: ITEM CLASIFICACION SEGMENTO FAMILIA CLASE UNSPC Materiales combustibles, 1 15101500 aditivos para Combustibles Petróleo y Destilados combustibles, lubricantes y anticorrosivos Materiales Combustibles, Lubricantes, aceites, 2 15121500 Aditivos para grasas y Preparados Combustibles, Lubricantes anticorrosivos lubricantes y Anticorrosivos Materiales Combustibles, Lubricantes, aceites, 3 15121900 Aditivos para grasas y Grasas Combustibles, Lubricantes anticorrosivos y Anticorrosivos |
12. REQUISITOS HABILITANTES Y JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN |
Son requisitos habilitantes para participar: la capacidad jurídica, financiera y técnica mínima. Estos requisitos son verificables por los comités evaluadores, quienes constatarán el cumplimiento de los mismos teniendo en cuenta lo exigido por la entidad en el pliego de condiciones. Los proponentes interesados en el presente proceso deberán acreditar estos requisitos por medio de la siguiente documentación. |
12.1 REQUISITOS JURÍDICOS: 12.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA El presente requisito se cumple con la firma de la carta de presentación de la oferta por parte de la persona legalmente facultada. Dicha carta deberá ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas, persona designada para representarlo en caso de consorcio o unión temporal, o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder autenticado donde se especifique si se otorga poder para presentar la oferta, o para presentar ésta, participar en todo el proceso de selección abreviada de menor cuantía y suscribir el contrato en caso de resultar seleccionado. En este evento el poder deberá ser anexado con esas formalidades junto con la carta de presentación de la propuesta. Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta. La carta de presentación que deberá diligenciar, se expone en el anexo No. 1 denominado “Carta de presentación de la propuesta” adjunta al pliego de condiciones. En la carta de presentación el oferente, ya sea en forma individual, en unión temporal o consorcio, deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no está incurso en inhabilidades o incompatibilidades de que trata el artículo 8 xx Xxx 80 de 1993 o el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007. Del mismo modo se indicará bajo la gravedad de juramento que los recursos de la empresa que representa provienen de actividades licitas. En caso de requerirse aclaraciones sobre los términos consignados en la carta de presentación, la Subdirección Seccional de Xxxxx a la Gestión Cali las solicitará, para lo cual el proponente cuenta hasta la adjudicación para allegarlos. 12.1.2 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE LA UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO Se debe anexar el documento suscrito por sus integrantes, para lo cual se deberá diligenciar el anexo No. 2 haciendo las modificaciones correspondientes según se trate de unión temporal o consorcio. |
12.1.3 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL EXPEDIDO POR LA RESPECTIVA CÁMARA DE COMERCIO El proponente deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores al cierre del presente proceso de contratación, donde conste que el objeto social está relacionado con el objeto del presente proceso de selección. En caso de consorcios o uniones temporales todos sus integrantes deberán allegar igualmente este documento con los mismos requisitos. La sociedad debe tener una duración no inferior al plazo del contrato y un (1) año más. Si el proponente es persona natural deberá presentar el certificado de inscripción en la respectiva cámara de comercio con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores al cierre, la actividad comercial prevista en el certificado de matrícula de persona natural debe tener relación con el objeto de la presente selección. Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al representante legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida en forma previa a la presentación de la propuesta por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función donde lo faculte específicamente para presentar la propuesta en esta selección y celebrar el contrato respectivo en caso de resultar seleccionado. En el evento en que el contenido del certificado expedido por la Cámara de Comercio haga remisión a los estatutos de la sociedad para establecer las facultades del representante legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente adjuntar la autorización específica impartida en forma previa a la presentación de la oferta para participar en este proceso y suscribir el contrato con la Fiscalía General de la Nación, en caso de resultar seleccionado. En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del consorcio o unión temporal, o uno de ellos, sea persona jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado certificado. Cuando no se xxxxxxx el certificado expedido por la Cámara de Comercio o la fecha de expedición de éste no se encuentre dentro de la requerida por la Entidad o no se anexe la correspondiente autorización para presentar la oferta y en dado caso firmar el contrato |
o la parte pertinente de los estatutos para establecer las facultades del representante legal, la Fiscalía General de la Nación le solicitará al proponente el respectivo documento o las aclaraciones que se consideren pertinentes, para lo cual el proponente cuenta hasta el momento de la adjudicación para allegarlos. 12.1.4 ACTA DE LA JUNTA DE SOCIOS De conformidad con el certificado de existencia y representación legal, cuando el proponente sea persona jurídica y su representante legal se encuentre limitado en razón a la cuantía u otro factor para representar debidamente a la sociedad en la presente contratación, deberá presentar el acta de la junta de socios, en la cual se le autoriza para presentar la oferta y celebrar el correspondiente contrato en caso de que le sea adjudicado. En el evento antes mencionado, el proponente deberá allegar el acta de la junta de socios con la propuesta so pena de rechazo. 12.1.5 ORIGINAL DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Aportar el original de la póliza de seriedad de la propuesta acompañada de sus condiciones generales, la cual debe constituirse por el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado por la entidad. Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Fiscalía General de la Nación – Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, identificada con el NIT 800.187.575-8, con una vigencia mínima de noventa (90) días contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de contratación y estar referida proceso de selección abreviada encontrándose firmada por el tomador de la misma. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de unión temporal, consorcio o contrato de asociación futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. En caso que la fecha de cierre se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza. De presentarse error en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de selección o de no allegarse las condiciones generales, la Fiscalía General de la Nación -Subdirección Seccional de Apoyo a la |
Gestión de Cali- solicitará al proponente los documentos e información del caso. En todo caso el proponente deberá llegar a la Fiscalía General de la Nación -Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, dichos documentos o aclaraciones hasta antes de la adjudicación del presente proceso de selección, so pena de rechazo de la oferta. El oferente también podrá garantizar la seriedad de la oferta a través de las opciones señaladas en los artículos 2.2.1.2.3.1.6 y 2.2.1.2.3.3.1 del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015. 12.1.6 CERTIFICACIÓN EXPEDIDA SOBRE PAGO DE APORTES PARAFISCALES. El proponente de conformidad con lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, debe presentar certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal si por ley está obligado a tener, con la que acredite que se encuentra x xxx y salvo con el pago de las obligaciones al Sistema de Seguridad Social Integral: salud, riesgos profesionales, pensiones y los parafiscales SENA, ICBF y cajas de compensación familiar en los últimos seis (6) meses anteriores al cierre del presente proceso, sin haber incurrido en xxxx durante ese periodo, así: PERSONA JURÍDICA: Tal acreditación debe hacerse mediante una certificación expedida por el revisor fiscal, cuando de acuerdo con los requerimientos xx xxx deba contar con el mismo, o por el representante legal, en caso contrario. PERSONAS NATURALES CON PERSONAL A CARGO: Certificar el pago de su aporte y de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riegos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombia de Bienestar y Servicio Nacional de Aprendizaje, vigente. PERSONAS NATURALES SIN PERSONAL A CARGO: De conformidad con lo establecido en el artículo 23 del Decreto 1703 de 2002, que señala que en los contratos en donde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona natural a favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría, la parte contratante deberá verificar la afiliación al sistema de seguridad social. PERSONAS EXTRANJERAS: Si la propuesta es presentada por una persona natural o jurídica extranjera, deberá presentar el formato de pago o el documento que haga sus veces, en donde acredite el pago de seguridad social, de acuerdo a la reglamentación que rija en el país de origen, adjuntando la ley o norma que lo regula. Dicha norma |
puede anexarse en copia digital o impresa y citar en los documentos presentados con la propuesta, en qué numerales y páginas de la misma, se evidencia lo solicitado en el pliego. Nota 1: En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. La no presentación de este documento en las condiciones señaladas, dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA y en caso de encontrarse que el oferente ha incurrido en xxxx en el pago de sus obligaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales durante los seis (6) meses anteriores al cierre del presente proceso, la propuesta será rechazada. Nota 2: Los proponentes que se encuentren exonerados del cumplimiento o no de la obligación del pago de los aportes parafiscales al SENA, ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud en el marco de la Ley 1607 de 2012 o porque se acoge a los beneficios del artículo 5° de la ley 1429 de 2010 con respecto al aporte para las cajas de compensación familiar, deberán manifestar mediante certificación debidamente firmada por el representante legal, revisor fiscal o contador de la respectiva empresa, debidamente soportado con el acto administrativo que le otorgue tal beneficio. 12.1.7 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CALIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN EN EL REGISTRO UNICO DE PROPONENTES, EXPEDIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en procesos de contratación convocados por las entidades estatales, deben estar inscritas en el RUP, para lo cual allegarán con su propuesta el certificado de inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción donde tenga el asiento principal de sus negocios (personas naturales) o el domicilio principal (personas jurídicas), salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015. La fecha de expedición de este documento debe haber sido realizada dentro de los treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre de la presente selección abreviada y deberá estar en firme a la fecha del cierre del presente proceso contractual. En este documento debe constar que el oferente a la fecha del cierre del presente proceso, se encuentra inscrito, calificado y clasificado, teniendo en cuenta el régimen de transición señalado en el decreto 1082 de 2015. |
En consecuencia se verificará que el proponente se encuentra codificado como mínimo en uno (1) de los siguientes clasificadores de bienes y servicios UNSPSC V.14.808, así: Si la propuesta se presenta en forma individual, el oferente deberá estar inscrito en al menos en uno (1) de los anteriores clasificadores de bienes y servicios. En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, alguno de sus integrantes deberá estar inscrito en el Registro Único de Proponentes - RUP, como mínimo en uno (1) de los clasificadores de bienes y servicios exigidos por la entidad. Cuando no se xxxxxxx el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el RUP o la fecha de expedición de éste no se encuentre dentro de la requerida por la Entidad, la Fiscalía General de la Nación – Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión Cali, le solicitará al proponente el respectivo documento o las aclaraciones que se consideren pertinentes. 12.1.8 SANCIONES, INHABILIDADES Y ANTECEDENTES FISCALES No registrar sanciones ni inhabilidades vigentes: Los proponentes, el representante legal y cada uno de los integrantes de consorcios o uniones temporales, no deberán tener sanciones ni estar incursos en inhabilidades o incompatibilidades, para lo cual deberán aportar el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación a través de la página web. |
ITEM | CLASIFICACION UNSPC | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE |
1 | 15101500 | Materiales combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y anticorrosivos | Combustibles | Petróleo y Destilados |
2 | 15121500 | Materiales Combustibles, Aditivos para Combustibles, Lubricantes y Anticorrosivos | Lubricantes, aceites, grasas y anticorrosivos | Preparados lubricantes |
3 | 15121900 | Materiales Combustibles, Aditivos para Combustibles, Lubricantes y Anticorrosivos | Lubricantes, aceites, grasas y anticorrosivos | Grasas |
La entidad verificará el certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI”, expedido por la Procuraduría General de la Nación, a nombre de la persona jurídica o cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. No registrar antecedentes fiscales: Los proponentes, el representante legal y cada uno de los integrantes de consorcios o uniones temporales, deberán aportar el certificado donde conste que no han sido declarados responsables fiscalmente por la Contraloría General de la Nación o cualquier Contraloría a nivel departamental o local. En el evento en que el proponente no lo aporte, la entidad verificará ante la Contraloría General de la Nación, de conformidad con la circular 005 de 2008 por vía Web, que el proponente no se encuentra en el reporte o boletín de responsables fiscales. No registrar antecedentes judiciales: Los proponentes, el representante legal y cada uno de los integrantes de consorcios o uniones temporales, deberán aportar el certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policia Nacional donde conste que no reportan antecedentes judiciales. La entidad consultara en la página web de la Policía Nacional el certificado de antecedentes judiciales de la persona natural que presente la propuesta o del representante legal de la jurídica que presente la propuesta, a fin de verificar que no reporta antecedentes judiciales. 12.1.9 FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Los proponentes deben allegar con su propuesta fotocopia del documento de identificación de la persona natural, del representante legal si es persona jurídica, del consorcio o de la unión temporal. 12.1.10 CORREO ELECTRÓNICO El proponente deberá indicar mediante documento expreso, el correo electrónico y datos de contactos de la empresa o persona autorizada, a fin de que en caso de requerir alguna información, se pueda solicitar a través de este medio. |
12.1.11 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN – ANEXO No. 7 En este formulario se certifica que el proponente se compromete a no ofrecer dádivas ni sobornos a ningún funcionario público, en relación con la propuesta presentada. 12.1.12 CERTIFICACIÓN BANCARIA El proponente deberá aportar certificación bancaria emitida por el banco en la cual se indique la entidad bancaria, tipo de cuenta y número de cuenta del proponente. 12.2 REQUISITOS TÉCNICOS 12.2.1 EXPERIENCIA ACREDITADA El oferente deberá acreditar en el Registro Único de Proponentes la ejecución de hasta tres (3) contratos ejecutados, identificados con alguno(s) de los siguientes códigos del Clasificador de bienes y servicios de Naciones Unidas y relacionados en la siguiente tabla: Tabla 2 - Experiencia requerida Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar en el anexo “experiencia requerida” xxx xxxxxx de condiciones, cuál de los contratos certificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) deben ser tenidos en cuenta por la entidad con el fin de ser habilitado, y deberá allegar certificación del contratante en el que se verifique el objeto del contrato. Nota 1: Para la verificación de este requisito, la Fiscalía General de la Nación, verificara del Registro Único de Proponentes, lo relacionado con Código del Clasificador de Bienes y Servicios hasta el tercer nivel, y su cuantía expresada en SMLMV. Nota 2: Teniendo en cuenta que la Cámara de Comercio, no certifica el Código del Clasificador de Bienes y Servicios hasta el cuarto nivel, ni el objeto de los contratos registrados en el RUP, y se requiere que la experiencia sea relacionada con el objeto del presente proceso, la Fiscalía General de la Nación, verificará contra documentos |
Contrato – Código del Clasificador de Bienes y Servicios | Cuantía - SMMLV |
[15101500] Petróleo y Destilados [15121500] Preparados lubricantes [15121900] Grasas | 461 461 461 |
donde se verifique el objeto del contrato, es decir la certificaciones cuyas condiciones se expresaran a continuación. Nota 3: La experiencia, de los proponentes que participen en la modalidad de consorcio o unión temporal, se calculará sumando la experiencia de cada integrante de acuerdo con su porcentaje de participación, en el presente proceso de selección.” Nota 4: En caso que se relacionen contratos cuyo objeto relacione otros bienes o servicios, se deberá especificar claramente en los documentos allegados el valor ejecutado de los bienes o servicios que estén relacionados con el objeto del presente proceso de selección. Las certificaciones deberán reunir los siguientes requisitos: - Nombre o razón social del contratante y futuro contratista, dirección y teléfonos. - Objeto del contrato ejecutado. - Valor del contrato. - Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato o su plazo de ejecución (día, mes, año). La Fiscalía General de la Nación –Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali se reserva el derecho de verificar la autenticidad de las certificaciones aportadas o de solicitar los respectivos contratos o documentos que la soporten, cuando lo considere necesario. Para tal efecto estas deberán estar debidamente registradas en RUP. Se solicita a todos los proponentes verificar que las certificaciones para acreditar la experiencia, cumplan con todos y cada uno de los requisitos señalados anteriormente. Lo anterior toda vez que, en caso de que las mismas no cuenten con la totalidad de los requisitos, no serán tenidas en cuenta por la Entidad. En el evento en que el proponente presente más de tres (3) certificaciones de experiencia, la Entidad tendrá en cuenta la de mayor valor. La Entidad no acepta que cada renovación automática de un contrato se cuente como un nuevo contrato, en razón a que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo no significa que se celebre una nueva relación contractual. De esta forma su cumplimiento se verifica desde el inicio hasta la culminación del mismo, entendiendo que se ha finalizado cuando ha terminado su última renovación. |
En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los requisitos establecidos en este numeral. En los contratos que fueron ejecutados en consorcio o unión temporal, deberá indicarse el porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado en este numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 articulo 2.2.1.1.1.5.2 numeral 2.5. En caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hay asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado de contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite. LAS CERTIFICACIONES, COPIAS DE CONTRATOS, ACEPTACIONES DE OFERTA, ACTAS DE LIQUIDACION, ACTAS DE RECIBO A SATISFACCIÓN, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SOLO SE ACEPTAN COMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS DE LA RELACIÓN DE EXPERIENCIA QUE XXXXXXX EL OFERENTE. NO SE ACEPTARÁN COMO CERTIFICACIONES QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE. En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en la información suministrada por los oferentes, la Fiscalía General de la Nación podrá solicitarlas por escrito al proponente quien contará con el término estableció en el cronograma del proceso contractual para suministrarlas. 12.2.2 CERTIFICACIÓN DE OCTANAJE. El proponente deberá aportar una (1) certificación de octanaje de combustible, tanto de gasolina corriente o regular como para diésel corriente (ACPM) expedida por la autoridad competente. Dicho certificado debe ser el más reciente. |
12.2.3 PROGRAMA AMBIENTAL Los proponentes deberán presentar adjunto a su propuesta certificación expedida por el representante legal donde indiquen los programas ambientales sobre la disposición final de los aceites y filtros. 12.2.4 CONVENIOS Presentar convenio o convenios suscritos con otras estaciones de servicio alternas, con la cuales se garantice el suministro de combustible, en caso de emergencias. 12.2.5 NORMA TÉCNICA NTC 1380 Y NTC 1438 Los proponentes deberán anexar junto con su oferta las certificaciones de cumplimiento de la Norma Técnica Colombiana NTC 1380 y NTC 1438; los cuales deberán ser vigentes, así: 12.2.5.1 Certificación de cumplimiento de la norma técnica colombiana NTC 1380 Sector: Petróleo y Tecnologías. Título: Petróleo y sus derivados. Gasolina para motores de combustión interna. Resumen: Contempla definiciones, clasificación, condiciones generales, requisitos, toma de muestras y recepción del producto, ensayos, empaque y rotulado 12.2.5.2 Certificación de cumplimiento de la norma técnica colombiana NTC 1438 Sector: Petróleo y Tecnologías. Título: Petróleo y sus derivados. Combustible para motores diesel (ACPM) Resumen: Contiene definiciones, requisitos, toma de muestras y criterios de aceptación o rechazo, ensayos, empaque y rotulado 12.2.6 NORMA TECNICA NTC 1295 Y NTC 2218 Los proponentes deberán anexar junto con su oferta las certificaciones de cumplimiento conformidad de la Norma Técnica Colombiana NTC 1295 y NTC 2218 |
12.2.7 CAPACIDAD OPERACIONAL Y ADMINISTRATIVA El proponente deberá indicar en su propuesta que está en capacidad de ofrecer a la entidad el suministro de combustible, lubricantes y filtros a través de las estaciones requeridas. Igualmente que cuenta con chips requeridos al igual de que cumple con todas las especificaciones técnicas solicitadas. Igualmente deberá mencionar la metodología de atención al servicio que empleará e indicar el nombre y cargo del funcionario con quien se tendrá contacto directo para atender las necesidades del servicio. 12.2.8 VISITA TÉCNICA Durante la etapa de evaluación de la ofertas, la Fiscalía General de la Nación designará a uno de los servidores del comité evaluador para realizar una visita a los oferentes que presenten ofertas, con el fin de verificar la estructura y equipos que cuenta la empresa. El concepto de esta visita será un requisito habilitante, debiéndose acreditar la infraestructura requerida. 12.2.9 COORDINADOR Los proponentes deberán indicar en su propuesta el nombre completo del empleado que ejercerá las funciones de Coordinador del contrato, indicando teléfonos, correo electrónico donde se pueda contactar. 12.2.10 PROPUESTA ECONÓMICA (ANEXO No. 05) El oferente deberá presentar su oferta económica en el anexo No. 5, formato establecido por la entidad y esta deberá incluir los descuentos a que haya lugar. 12.2.11 CCTV El oferente deberá acreditar en su propuesta que cuenta con servicio de circuito cerrado de televisión con monitoreo remoto de su estación de servicio, el cual estará a disposición de la Fiscalía General de la Nación en el momento que sea requerido. |
12.3 REQUISITOS FINANCIEROS En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° la Ley 1150 de 2007, la Fiscalía General de la Nación verificará la capacidad financiera de los proponentes con base en los indicadores definidos en el Decreto 1082 de 2015 para cada caso y la información contenida en el Certificado de Inscripción y Clasificación– RUP, correspondiente a los estados financieros con corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2015. ÍNDICES DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, en los numerales 3 y 4 del artículo 10 de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad financiera y organizacional será objeto de verificación a todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, sin calificarse en cuanto no es factor de comparación de las ofertas. La Subdirección de Apoyo a la Gestion de la Fiscalía General de la Nación de Cali, evaluará la capacidad financiera y organizacional del proponente que asegure a la entidad la ejecución del objeto a contratar, para lo cual debe cumplir con los siguientes indicadores financieros: 1. El corte de la información financiera para calcular los indicadores financieros, será a 31 de diciembre de 2015. 2. Para el caso de los proponentes que tengan su información financiera con corte a 31 de diciembre de 2015 y que haya sido verificada por la Cámara de Comercio, siendo verificables los indicadores financieros y la capacidad organizacional solicitados, deberán presentar únicamente el RUP. 3. Para el caso de los proponentes que tengan su información financiera en el RUP con corte al 31 de Diciembre de 2015 y que haya sido verificada por la Cámara de Comercio, que no sean verificables los indicadores financieros y capacidad organizacional solicitados, deberán allegar los siguientes documentos, para efectuar la verificación con base en sus estados financieros, así: - Balance General comparativo a 31 de diciembre de 2015 – 2014, clasificado en corriente y no corriente, del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal u otra forma asociativa. |
- Estado de resultados comparativo a 31 de diciembre de 2015 – 2014, del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal u otra forma asociativa. - Deberá presentar un certificado del revisor fiscal o del contador, según el caso en el que se certifique la acreditación de la capacidad financiera y capacidad organizacional para cumplir con los requisitos habilitantes, en el que conste cada uno de los valores de los indicadores fueron tomados de la contabilidad, con fecha xx xxxxx al 31 de diciembre del año solicitado. Para persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el presente año, aportará el Certificado teniendo en cuenta la información extraída de la contabilidad, con fecha xx xxxxx al último día calendario del mes anterior al cierre del presente proceso. - Los estados financieros deben ser firmados y certificados de conformidad con las normas legales vigentes. - Tarjeta Profesional y Certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios del contador y del revisor fiscal (este último en los casos xx xxx) vigente, expedidos por la Junta Central de Contadores Los Estados Financieros deberán estar dictaminados por el Revisor Fiscal, en aquellos casos en que lo establezca la ley. La Fiscalía General de la Nación – Subdirección de Apoyo a la Gestion de Cali, se reserva el derecho de consultar la veracidad de la información financiera presentada con las entidades a quienes por disposición legal, les corresponda ejercer el control legal o fiscal. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal. Nota: 1- Las propuestas presentadas bajo la modalidad de consorcio, unión temporal u otra forma de asociación, deberán anexar la documentación solicitada para todos y cada uno de sus miembros. 2- La información contenida en el certificado de inscripción y clasificación RUP, correspondiente a los estado financieros debe ser con corte mínimo a treinta y un |
(31) de diciembre de 2015 y debe estar en firme en caso contrario se evaluara con NO CUMPLE. CAPACIDAD FINANCIERA Los indicadores a verificar evaluándolos con CUMPLE o NO CUMPLE de acuerdo al Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del artículo 10 del decreto 1082 de 2015, serán los siguientes: Los proponentes que al aplicar las fórmulas descritas anteriormente, el denominador sea CERO, en este caso el proponente cumple con el indicador, salvo en el caso de la razón de cobertura de intereses cuando su utilidad operacional sea negativa. Los puntajes de LIQUIDEZ, ENDEUDAMIENTO, RAZON DE COBERTURA DE INTERESES, de cada uno de los asociados del proponente plural (Consorcio, Unión Temporal, otro), se calcularan de acuerdo al siguiente procedimiento y al realizar la sumatoria deberán cumplir con lo establecido para estos indicadores, así: (Activo cte. oferente plural 1 x % participación) + (Activo cte. oferente plural 2 x % participación) Índice de liquidez = - (Pasivo cte. oferente plural 1x%participacion) + (Pasivo cte. oferente plural 2x%participacion) (Pasivo total oferente plural 1x%participacion) + (Pasivo Total oferente plural 2x%participacion) Índice de endeudamiento = (Activo Total oferente plural 1x%participacion) + (Activo Total oferente plural 2x%participacion) (Utilidad operacional oferente plural 1x%participacion) + (Utilidad operacional oferente plural 2x%participacion) Razón cobertura de intereses = (Gastos de intereses oferente plural 1x%participacion) + (Gastos de intereses oferente plural 2x%participacion) 5.3.1.1 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Los indicadores a verificar evaluándolos con CUMPLE o NO CUMPLE de acuerdo al Artículo 2.2.1.1.1.5.3 del artículo 10 del decreto 1082 de 2015, serán los siguientes, serán los siguientes: |
INDICADOR | PUNTAJE |
Índice de liquidez (activo corriente/pasivo corriente) | Mayor o igual a 1,2 |
Índice de endeudamiento (pasivo total/activo total) | Menor o igual a 45% |
Razón de cobertura de intereses (utilidad operacional/gastos de intereses) | Mayor o igual a 1.7 |
INDICADOR | PUNTAJE | ||
Rentabilidad del patrimonio (utilidad operacional dividida por el patrimonio) | Mayor o igual a 4.6% | ||
Rentabilidad del activo (utilidad operacional dividida por el activo total) | Mayor o igual a 2.6% | ||
Los puntajes de Rentabilidad del patrimonio y del activo, de cada uno de los asociados (Consorcio o Unión Temporal), se calcularan de acuerdo a su porcentaje de participación y al realizar la sumatoria deberán cumplir con lo establecido para estos indicadores así: (Utilidad operacional oferente plural 1 x % participación) + (Utilidad operacional oferente plural 2 x % participación) Rentabilidad del patrimonio = (Patrimonio oferente plural 1x%participacion) + (Patrimonio oferente plural 2x%participacion) (Utilidad operacional oferente plural 1 x % participación) + (Utilidad operacional oferente plural 2 x % participación) Rentabilidad del activo = (Activo total oferente plural 1x%participacion) + (Activo total oferente plural 2x%participacion) 5.3.1.3 Registro Único Tributario (RUT) El proponente, debe allegar fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en el que indique a qué régimen pertenece. En caso de consorcio, unión temporal u otra forma de asociación, cada uno de sus integrantes debe presentar este documento. | |||
13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS DEL CONTRATISTA | |||
La Ley 1474 de 2011, articulo 88, que modifica el numeral 2° del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 señala que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los contratos de obra pública, el menor plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la |
consulta de precios o condiciones xxx xxxxxxx y los estudios y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello. En los procesos de selección en los que se tenga en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas: a. La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones; o b. La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio para la entidad.” Además de los criterios de verificación técnica, jurídica y financiera, que son determinados por las áreas competentes, los factores de selección serán analizados en dos aspectos: un criterio técnico y de experiencia mínima que determinará si la propuesta cumple o no cumple y uno técnico adicional que otorgue puntaje. En este sentido se considera que al valorar el precio y otras especificaciones técnicas adicionales, se obtienen ventajas de calidad que reflejan la oferta más favorable. Los oferentes deberán presentar oferta total. En virtud de lo anterior y en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.2.2 del decreto Reglamentario 1082 de 2015, se ha considerado que para seleccionar la oferta más favorable para la entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportado en puntajes. La ponderación se realizará sobre la base de MIL (1.000) PUNTOS, aplicados a los siguientes factores: | ||||||
FACTOR | PORCEN. | PUNTAJE MAXIMO | ||||
PRIMERA ETAPA | Capacidad Jurídica | N/A | CUMPLE/NO CUMPLE | |||
Capacidad Técnica | N/A | CUMPLE/NO CUMPLE | ||||
Capacidad Financiera | N/A | CUMPLE/NO CUMPLE | ||||
SEGUNDA ETAPA | Propuesta Económica | % de descuento ofrecido sobre el valor mínimo establecido por el Ministerio de Minas y Energía para el combustible. | 50% | 500 | ||
Menor valor ofrecido sobre los filtros y lubricantes | 20% | 200 | ||||
Propuesta Técnica | Mayor cantidad ofrecimiento de lavados generales mensuales. | 10% | 300 | |||
Mayor cantidad ofrecimiento de despiches mensuales. | 10% |
Mayor cantidad ofrecimiento de lavadas de motor y brilladas. | 10% | |||||
TOTAL PUNTAJE………… | 100% | 1000 | ||||
Para la evaluación de la oferta, la entidad estableció que a la propuesta económica se le otorgará un puntaje máximo de 700 y 300 puntos para la propuesta técnica. 13.1 PROPUESTA ECONÓMICA (700 PUNTOS) 13.1.1 Descuento ofrecido sobre el valor del combustible (500 Puntos) El oferente que ofrezca el mayor porcentaje de descuento sobre el galón de combustible del precio mínimo oficial establecido por el Ministerio de Minas y Energía (UPME) y ECOPETROL vigente al momento de presentar la oferta, obtendrá el mayor puntaje, es decir, quinientos (500) puntos. A los demás se les asignará en forma proporcional descendente. Menor valor X 500 = Puntaje Obtenido Oferta a evaluar (n). 13.1.2 MENOR VALOR OFRECIDO SOBRE LOS LUBRICANTES (200 PUNTOS) El oferente que ofrezca el menor valor sobre los filtros y lubricantes, obtendrá el mayor puntaje, es decir, doscientos (200) puntos, los demás se les asignará en forma proporcional descendente de acuerdo con el resultado que se obtenga al practicar una regla de tres, es decir, menor valor, mayor puntaje. Menor valor X 200 = Puntaje Obtenido Oferta a evaluar (n). 13.2. PROPUESTA TÉCNICA (300) PUNTOS 13.2.1 MAYOR OFRECIMIENTO DE LAVADAS GENERALES MENSUALES (100 PUNTOS) En razón a la función misional que desarrolla la Fiscalía General de la Nación, los vehículos constantemente se ven expuestos a la acumulación de polución, lluvia acida, agentes naturales como el polen o residuos de árbol que van conformado una capa que reacciona negativamente sobre plásticos, pinturas y demás. En este sentido, es |
importante que los vehículos se encuentren bien aseados y presentados para prestar un buen servicio. En virtud de lo anterior y teniendo en cuenta que los estudios del sector han demostrado que existen en el mercado varias estaciones de servicio que están en condiciones de prestar este servicio sin costo adicional para la entidad, se estableció que se otorgará cien (100) puntos al proponente que ofrezca mayor cantidad de lavadas generales mensuales no acumulables sin costo adicional para los automotores de la Fiscalía General de la Nación. A los demás se les asignará en forma proporcional. Estas serán exigibles durante el periodo de ejecución. 13.2.2 MAYOR OFRECIMIENTO DE DESPINCHES CORRIENTES MENSUALES NO ACUMULABLES (100 PUNTOS) Dadas las condiciones en que muchas veces se movilizan los vehículos al servicio de la entidad, como es el estado de las vías, las llantas de los vehículos sufren perforaciones o golpes que requieren del servicio de despinche. No obstante, dentro de los estudios xxx xxxxxxx, se evidenció que existen estaciones de servicio que prestan este servicio y que lo ofrecen sin costo adicional. El proponente que ofrezca a la entidad la mayor cantidad de despinches corrientes mensuales no acumulables para las llantas de los vehículos al servicio de entidad, se le otorgará un puntaje máximo de 100 puntos. A los demás se les asignará en forma proporcional. 13.2.3 MAYOR OFRECIMIENTO DE LAVADAS DE MOTOR Y BRILLADAS MENSUALES NO ACUMULABLES (100 PUNTOS) La entidad otorgará cincuenta (100) puntos al proponente que ofrezca mayor cantidad de lavadas de motor y brilladas mensuales no acumulables sin costo adicional para los automotores de la Fiscalía General de la Nación. A los demás se les asignará en forma proporcional. 13.4 FACTORES DE DESEMPATE De conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, en caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el |
empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones. Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales: 1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. 3. Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura. 4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. 5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Método Aleatorio: Si el empate se mantiene se hará mediante sorteo, para lo cual los proponentes con la presentación de las ofertas, aceptan en caso de presentarse el empate entre los proponentes. El sorteo se realizará de la siguiente manera: |
El sorteo se resolverá mediante balotas I. Se dispondrá de una bolsa oscura, la cual será exhibida a todos los asistentes a la audiencia, para que verifiquen que ésta se encuentra en perfectas condiciones y totalmente vacía y habrá tantas balotas como proponentes empatados hayan, las cuales se mostrarán a los asistentes a la audiencia. II. Se numerarán consecutivamente y los proponentes empatados, de común acuerdo establecerán las condiciones para escoger el número ganador. III. En el evento que no asista alguno de los proponentes que presentó empate o ninguno de estos, se seguirá la presente metodología: ⮚ Se designará por sorteo entre los asistentes la persona o personas que sacarán las balotas por ellos y se procederá de acuerdo con lo anotado anteriormente. De esta audiencia se levantará acta suscrita por los funcionarios de la entidad que intervinieron y oferentes participantes |
14. RIESGOS |
En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.6.3 del Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, durante la etapa de planeación, la entidad ha estimado los riesgos que el proceso de contratación representa para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expidió la Agencia Nacional de Contratacion Publica - Colombia Compra Eficiente, estos se encuentran contemplados el cuadro Matriz xx Xxxxxx (documento adjunto). |
15. GARANTÍAS |
El futuro contratista deberá incluir por su cuenta y costo a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato a suscribirse, una garantía única a favor de la Fiscalía General de la Nación –Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de Cali, NIT. 800.187.575-5. |
Se exigirá la constitución de cualquiera de las siguientes garantías de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015: a) Contrato de seguro contenido en una póliza; b) Patrimonio autónomo; c) Garantía bancaria para la cobertura de los siguientes riesgos: De conformidad con el numeral 3 del artículo 2.2.1.2.3.2.9 del Decreto 1082 de 2015 la póliza de responsabilidad civil extracontractual además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, deberá contener mínimo los siguientes amparos: 1. Cobertura expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante. 2. Cobertura expresa de perjuicios extra patrimoniales. 3. Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. 4. Cobertura expresa xx xxxxxx patronal. 5. Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.3.2.4 del Decreto 1082 de 2015, “En el contrato de seguro que ampara el cumplimiento, la compañía de seguros no puede incluir la cláusula de proporcionalidad y tampoco otra cláusula similar en el sentido de que el valor asegurado ampara los perjuicios derivados del incumplimiento total del contrato garantizado pero frente a un incumplimiento parcial, la compañía de seguros solamente |
RIESGOS | DESCRIPCION | PORCENTAJE DE ASEGURAMIENTO | VIGENCIA DEL ASEGURAMIENTO |
Cumplimiento | Ejecución cabal de las actividades inherentes al objeto contractual, por parte del contratista | 30% | Por la duración del contrato y seis meses mas |
Calidad | Calidad de los bienes y servicios a suministrar | 30% | Por la duración del contrato y seis meses mas |
Responsabilidad Civil extracontractual | Hechos que pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista | 200 SMMLV | Por la duración del contrato y seis meses mas |
Salarios y Prestaciones Sociales | Perjuicios que se ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales que esté obligado el contratista | 30% | Por la duración del contrato y tres años mas |
paga los perjuicios causados en proporción al incumplimiento parcial de la obligación garantizada. La inclusión de una cláusula en ese sentido no producirá efecto alguno”. | |||||
16. ACUERDOS INTERNACIONALES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO VIGENTES | |||||
En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 de decreto 1082 de 2015 y el manual para el “manejo de los acuerdos internacionales en procesos de contratación” expedido por Colombia Compra Eficiente, la entidad debe indicar en el estudio previo si la contratación está cobijada por un Acuerdo Internacional o Tratados de libre comercio, teniendo como base los criterios establecidos en los artículos 2.2.1.2.4.1.1, 2.2.1.2.4.1.2 y 2.2.1.2.4.1.3 del mencionado Decreto, es decir, el Cronograma del Proceso de Contratación, Concurrencia de varios Acuerdos Comerciales y la Existencia de trato nacional de conformidad con los mencionados artículos. | |||||
Ítem | Acuerdo Comercial | Entidad Estatal incluida | Vr a partir del cual es aplicable el acuerdo comercial | Excepción aplicable al proceso de contratación | Proceso de Contratación cubierto por el Acuerdo Comercial |
1 | Canadá | SI | XX | XX | XX |
0 | Xxxxx | XX | XX | XX | XX |
0 | Xxxxxxx Xxxxxx | SI | NO | NO | NO |
4 | Estados AELC | SI | XX | XX | XX |
0 | Xx Xxxxxxxx | XX | XX | XX | XX |
0 | Xxxxxxxxx | SI | SI | XX | XX |
0 | Xxxxxx | XX | XX | XX | XX |
0 | Xxxxx Europea | SI | NO | NO | NO |
9 | Servicios prestados por oferentes de la Comunidad Andina de | NO | NO | NO | Aplica principio de trato nacional y no discriminación para Bolivia, ecuador y Perú. Excepto transporte aéreo, de conformidad con lo previsto |
Naciones | en el literal c) del Artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015. | ||||||
Para dar cumplimiento a lo previsto en el literal b) del artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015, según el cual se concede trato nacional a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, se procedió a verificar las certificaciones de trato nacional por reciprocidad publicadas en la página Web de la Agencia Colombia Compra Eficiente a través del link [xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx- de-trato-nacional-porreciprocidad], encontrándose que para el presente proceso de contratación, se concede trato nacional a los oferentes de bienes y servicios de los siguientes países, cuya certificación se encuentre publicada en dicha página Web a la fecha del cierre establecida en el cronograma del proceso: | |||||||
PAIS | FECHA CERTIFICACION | SI | NO | ||||
ARGENTINA | 14/05/2012 | X | |||||
AUSTRALIA | 26/06/2012 | X | |||||
XXXXXXX | 00/00/0000 | X | |||||
XXXXXX | 26/06/2012 | X | |||||
CHINA | 12/06/2012 | X | |||||
XXXXX | 14/05/2012 | X | |||||
XXXXX RICA | 27/02/2013 | X | |||||
ECUADOR | 26/06/2012 | X | |||||
INDIA | 14/05/2012 | X | |||||
ISRAEL | 11/05/2012 | X | |||||
JAPON | 11/05/2012 | X | |||||
MALASIA | 01/06/2012 | X | |||||
NORUEGA* | 19/06/2013 | X | |||||
PARAGUAY | 24/05/2012 | X | |||||
TURQUIA** | 14/06/2012 | X | |||||
XXXXXXX | 00/000000 | X | |||||
XXXXXXXXX | 18/09/2012 | X | |||||
ALEMANIA""*** | 14/05/2012 | X | |||||
BELGICA | 24/05/2012 | X | |||||
ESPAÑA | 09/11/2012 | X | |||||
FILANDIA | 06/06/2013 | X | |||||
XXXXXXX*** | 14/05/2012 | X | |||||
XXXXXX | 00/00/0000 | X | |||||
XXXXXX XXXXX | 11/05/2012 | X | |||||
POLONIA | 05/06/2012 | X |
Es así como la entidad ha elaborado estos estudios previos a la contratación determinando con claridad los aspectos económicos y técnicos del futuro contrato, adoptando todas las medidas para garantizar que se contrate la mejor calidad al mejor precio, así aminora los riesgos derivados de la contratación.
El presente estudio se hace previo a la contratación en la ciudad de Santiago de Cali, a los nueve (9) días del mes de noviembre de 2016
Elaboró requisitos técnicos: Elaboró requisitos financieros:
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX X.
Profesional de Gestión II Profesional de Xxxxxxx XXX
Coordinador Grupo de Transportes Jefe Sección Financiera
Elaboró requisitos jurídicos: Complementó y revisó:
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Profesional de Gestión III Profesional Especializado I Coordinadora Grupo de Contratos Jefe Sección Gestión Contractual
Aprobó:
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXX XXXXXXX
Subdirector Seccional de Apoyo a la Gestión