CONTRATO DE EJCUCION DE OBRA No. VEINTITRES GUION DOS MIL DIEZ (23-2010)
CONTRATO DE EJCUCION DE OBRA No. VEINTITRES GUION DOS MIL DIEZ (23-2010)
En el Municipio xx Xxxxxx del Departamento xx Xxxxxx, el dieciséis (16) de Septiembre del año dos mil diez (2010), NOSOTROS, por una parte XXXXX XXXXX XXXXXXXXX (Único nombre), de cuarenta (40) años de edad, casado, guatemalteco, Perito Contador, vecino de este municipio, con domicilio en Caserío Cipresales Cantón Xajaxac, con la cédula de vecindad Nos. de Orden G guión siete (G-7) y de Registro veintisiete mil doscientos veintisiete (27,227), extendida en la Municipalidad xx Xxxxxx, Xxxxxx, quien actúa como Alcalde Municipal y representante legal de la Municipalidad xx Xxxxxx, Xxxxxx, personería que acredita con el Acuerdo de Adjudicación número cero cuatro guión dos mil siete (04-2007) de fecha veinte (20) de septiembre del año dos mil siete (2007) y Acta de Toma de Posesión del cargo número cero cero cinco guión dos mil ocho (005-2008) de fecha quince (15) de enero del año dos mil ocho (2008); y por la otra el señor XXXXXXX XXXXXXX XX XXXX MOGOLLON, de cuarenta y cuatro (44) años de edad, Soltero, guatemalteco, Constructor, de este domicilio, con Documento Personal de Identificación (DPI) con Código Único de Identificación No. un mil novecientos treinta y nueve espacio setenta y un mil doscientos ochenta y tres espacio cero setecientos uno (1939 71283 0701), extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP) Sololá, Sololá, con residencia en 4ª Avenida 9-04 Zona 1, Sololá, Sololá, lugar que señalo para recibir notificaciones, quien comparece en su calidad de propietario de la Empresa SIESCO, con patente de comercio registro número doscientos treinta y ocho mil novecientos dos (238,902) del libro doscientos (200) de Empresas Mercantiles; con Número de Identificación Tributaria -NIT- número quinientos noventa y seis mil quinientos treinta y tres guión cero (596533-0) y Registro de Precalificado número cuatro mil setecientos doce (4,712) del Registro de Precalificado de Obras del Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda. Ambos otorgantes manifestamos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que las representaciones que se ejercitan son suficientes de conformidad con la ley y a nuestro juicio para el otorgamiento del presente instrumento. Toda la documentación relacionada se tuvo a la vista. En lo sucesivo los otorgantes nos denominaremos “LA MUNICIPALIDAD” y “EL CONTRATISTA” y convenimos en suscribir CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA debiéndonos ajustar a las cláusulas siguientes.------
PRIMERA: BASE LEGAL. El Presente contrato se suscribe con fundamento en lo que establecen los artículos 38, 47,48 y 00 xxx Xxxxxxx 00-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Contrataciones del Estado y 26 de su Reglamento contenido en Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 del 22 de diciembre de 1992; 52, 53 literales d), e), f), l), m), 99, 100 y 107 párrafo primero del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y documentos de cotización siguientes: Acta de Recepción y Apertura de Plicas No. 25-2010 de fecha 00 XX Xxxxxxxxxx xxx 0000, Xxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xx. 00-0000 de fecha 03 de Septiembre de 2010 y Resolución de Aprobación de Adjudicación No. 24-2010 de fecha 03 de Septiembre del 2010 emitida por la Autoridad Administrativa Superior de la Municipalidad xx Xxxxxx, Xxxxxx.------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. “EL CONTRATISTA” se compromete ejecutar para “LA MUNICIPALIDAD”
las construcción del Proyecto “MEJORAMIENTO XXXXX 0 XXXXX 0XX XXXXXXX XXXX 0, XXXXXX”, xxxxx planos, especificaciones técnicas que forman parte de los documentos de cotización y a los renglones de trabajo que se indican a continuación: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PRESUPUEST0 | ||||||||
PROYECTO: | MEJORAMIENTO XXXXX 0 XXXXX 0 XX. XXXXXXX XXXX 0 SOLOLA. | |||||||
DIRECCIÓN: | 0 XXXXX 0XX. AVENIDA ZONA 1 SOLOLA. | |||||||
FECHA: | SEPTIEMBRE DEL 2,010 | |||||||
LONGITUD 286 ML | SUPERFICIE 1194 | ANCHO 3.5 MTS | ||||||
DESCRIPCIÓN DEL RENGLON | CANTIDAD | UNIDAD | PRECIO U. | TOTAL Q. | ||||
372.3 M3 | PRELIMINARES | |||||||
Trazo y replanteo | 286 | M l | Q | 10.00 | Q | 2,860.00 | ||
Nivelación y Conformación | 372.30 | M2 | Q | 55.00 | Q | 20,476.50 | ||
1194 m2 | XXXXXXXXXX | |||||||
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx | 00000 | Unidad | Q | 6.05 | Q | 158,921.40 | ||
Selecto | 179.10 | M3 | Q | 170.00 | Q | 30,447.00 | ||
Xxxxx xx Xxx | 00.00 | X0 | Q | 180.00 | Q | 11,820.60 | ||
Mano de Obra Calificada | 1194 | M2 | Q | 50.00 | Q | 59,700.00 |
Mano de Obra no Calificada | 1194 | M2 | Q | 23.00 | Q | 27,462.00 | |
565 ML | BORDILLO | ||||||
Cemento | 201 | Sacos | Q | 63.50 | Q | 12,763.50 | |
Xxxxx xx Xxx | 00 | X0 | Q | 180.00 | Q | 2,340.00 | |
Xxxxxxx xx Xxx | 00 | X0 | Q | 195.00 | Q | 2,535.00 | |
Tablas de 10` | 53 | unidad | Q | 30.00 | Q | 1,590.00 | |
Clavos | 25 | libras | Q | 7.00 | Q | 175.00 | |
Mano de Obra Calificada | 565 | Ml | Q | 45.00 | Q | 25,425.00 | |
Mano de Obra no Calificada | 565 | Ml | Q | 15.00 | Q | 8,475.00 | |
130 ML | LLAVES DE CONFINAMIENTO | ||||||
Cemento | 43 | Sacos | Q | 63.50 | Q | 2,730.50 | |
Xxxxx xx Xxx | 0 | X0 | Q | 180.00 | Q | 540.00 | |
Xxxxxxx xx Xxx | 0 | X0 | Q | 190.00 | Q | 570.00 | |
Mano de Obra Calificada | 130 | M l | Q | 45.00 | Q | 5850.00 | |
Mano de Obra no Calificada | 130 | M l | Q | 15.00 | Q | 1,950.00 | |
35 m3 | XXXX XX XXXXXXXXXX | ||||||
Xxxxxxx | 00 | Sacos | Q | 63.50 | Q | 1,714.50 | |
Xxxxx xx Xxx | 00 | X0 | Q | 180.00 | Q | 3,060.00 | |
Xxxxxx Xxxx xx Xxx | 00 | X0 | Q | 185.00 | Q | 5,735.00 | |
Xxxxxxx xx Xxx | 00 | X0 | Q | 190.00 | Q | 3,230.00 | |
Tablas de 10´ | 60 | Unidad | Q | 30.00 | Q | 1,800.00 | |
Reglas de 10´ | 60 | Unidad | Q | 30.00 | Q | 1,800.00 | |
Alambre de Amarre | 25 | libras | Q | 7.00 | Q | 175.00 | |
Clavos | 25 | libras | Q | 7.00 | Q | 175.00 | |
Mano de Obra Calificada | 35 | M3 | Q | 500.00 | Q | 17,500.00 | |
Mano de Obra No Calificada | 35 | M3 | Q | 70.00 | Q | 2,450.00 | |
Total de Materiales + Mano de abra Calificada y no Calificada | Q | 414,271.00 | |||||
Costos Indirectos | |||||||
Gastos Administrativos | Q | 49,712.52 | |||||
Utilidad de la Empresa | Q | 41,427.10 | |||||
Supervisión y Fianzas | Q | 33,141.68 | |||||
Total | Q | 538,552.30 | |||||
Quinientos Treinta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Dos Quetzales con 30/100 |
TERCERA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. “LA MUNICIPALIDAD” se compromete pagar a “EL
CONTRATISTA” por la ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”, la cantidad de QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS QUETZALES
CON 30/100 (Q.538,552.30) que incluyen el Impuesto al Valor Agregado -IVA-, con cargo a las partidas presupuestarias número xxxxx xxxxx xxxx dos guion cero cero siete guion cero cero cero guion cero cero uno guion trescientos treinta y uno guion veintiuno guion cero uno cero uno guion cero cero uno (13-02-007-000-001-331-21- 0101-001) xxxxx xxxxx xxxx dos guion cero cero siete guion cero cero cero guion cero cero uno guion trescientos treinta y uno guion veintidós guion cero uno cero uno guion cero cero uno (13-02-007-000-001-331-22-0101-001) y xxxxx xxxxx xxxx dos guion cero cero siete guion cero cero cero guion cero cero uno guion cero cero uno guion trescientos treinta y uno guion treinta y uno guion cero uno cincuenta y uno guion cero cero uno (13-02-007-000-001- 331-31-0151-001) del presupuesto municipal vigente; en la forma siguiente: 1) un anticipo supervisado y amortizable del veinte por ciento (20%) que equivale a la cantidad de CIENTO SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ QUETZALES CON 46/100 (Q.107,710.46), contra la presentación de la Fianza de Anticipo (100% de dicha cantidad) y Programa de
Inversión del Anticipo aprobado por la Autoridad Administrativa Superior de “LA MUNICIPALIDAD” y 2) pagos parciales a cuenta del contrato, contra estimaciones periódicas de trabajo ejecutado por el contratista y aceptado por el supervisor o su equivalente. El anticipo se amortizará aplicando lo establecido en el párrafo tercero del Artículo 34 del Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx 00-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Contrataciones del Estado.-----
CUARTA: FINANCIAMIENTO. El Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”,
será financiado en la forma siguiente: a) La Municipalidad xx Xxxxxx, Xxxxxx, como Unidad Ejecutora, un monto de QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 30/100 (Q.528,552.30). Y b) La Comunidad con un aporte xx XXXX MIL QUETZALES EXACTOS (Q.10,000.00).--------------------------------------------------------------------
QUINTA: PLAZO DE EJECUCION. El plazo de ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO XXXXX 0 XXXXX 0XX XXXXXXX XXXX 0 XXXXXX”, xx de CUATRO (04) MESES, las cuales deberán computarse a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO. “EL CONTRATISTA” se obliga a iniciar los trabajos dentro del plazo xx XXXX (10) DIAS contados a partir de la entrega del anticipo por parte de “LA MUNICIPALIDAD. Si “EL CONTRATISTA” no inicia la obra e invierte el anticipo recibido dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, a favor de “LA MUNICIPALIDAD”. El atraso de “EL CONTRATISTA” en la entrega de la obra por causas imputadas a él, será sancionado con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato. “LA MUNICIPALIDAD” no reconocerá ninguna prórroga del plazo para la terminación de la obra, excepto en los casos siguientes: a) por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”, debiendo éste solicitar dentro del plazo xx xxxx (10) días de ocurrido el hecho, por escrito al supervisor o su equivalente, indicando las implicaciones en la ejecución del contrato, la suscripción del acta correspondiente. Desaparecidas las causas que motivaron a “EL CONTRATISTA” la suspensión de los trabajos, éste lo hará del conocimiento del supervisor o su equivalente para que se levante nueva acta, en la que se hará constar la prórroga a que tiene derecho “EL CONTRATISTA”, indicando el número de días autorizados y nueva fecha de terminación del plazo de ejecución, b) Cuando “LA MUNICIPALIDAD” ordene la ejecución de cantidades de trabajo adicionales, en el documento que se emita se hará constar la prórroga al plazo contractual. Igual procedimiento se seguirá cuando se ordenen cambios de diseño que afecten el desarrollo normal de los trabajos, c) Cuando se ordene la suspensión temporal de los trabajos, por causas no imputables al contratista, debiendo levantar acta al inicio y al final de dicha suspensión. En el acta en la que se haga constar la finalización de la suspensión de los trabajos, se consignará la prórroga al plazo contractual y, d) Cuando por cualquier otra causa no imputable al contratista se afecte el desarrollo normal de los trabajos, éste hará la solicitud de prorroga a la supervisión, exponiendo los motivos que la justifican. La autoridad administrativa superior de “LA MUNICIPALIDAD” resolverá si ha lugar o no lo solicitado.----------
SEXTA: OBLIGACIONES DE “EL CONTRATISTA”. “EL CONTRATISTA” con la suscripción del presente contrato de ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”, además de las obligaciones legales contractuales, está obligado a: a) Ejecutar los trabajos con entera sujeción a los Planos de Construcción, Especificaciones Generales, Especificaciones Técnicas y demás Documentos de Cotización y Contractuales b) Sostener el monto del presente contrato, c) Ejecutar el proyecto en el plazo de ejecución establecido en la cláusula QUINTA que antecede, d) Presentar las PRUEBAS DE LABORATORIO que le sean requeridas por el supervisor o su equivalente, e) Contratar la mano de obra calificada y no calificada que se requiera para la ejecución del proyecto, f) Inscribir el Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”, ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- y por consiguiente ser el único responsable ante dicha institución del pago de las Cuotas Laborales y Patronales que correspondan. Copia de la Resolución de la inscripción indicada deberá entregarla a “LA MUNICIPALIDAD” acompañada a la solicitud de primera estimación de trabajo g) Responder por los trabajos ejecutados y por los daños y perjuicios ocasionados a terceras personas, como consecuencia de la ejecución de la obra contratada, h) Entregar oportunamente las Fianzas De Cumplimiento, De Anticipo, De Conservación de Obra o de Calidad o de Funcionamiento y De Saldos Deudores que para el efecto establece la Ley de Contrataciones del Estado, i) Pagar los impuestos ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- que se deriven de la suscripción del presente contrato, cuando corresponda, j) Anotar en la Bitácora correspondiente, el resultado de la supervisión practicada por parte del supervisor del proyecto, k) Elaborar y colocar un rótulo visible en el lugar físico en que se realice el proyecto, de conformidad con el modelo que figura en el Manual de Procedimientos para la Administración del Aporte de los Consejos Departamentales de Desarrollo, l) Permitir en cualquier momento el control, seguimiento y evaluación física, administrativa y financiera que para el efecto practique el supervisor de “LA MUNICIPALIDAD”, el Consejo Departamental de Desarrollo con el acompañamiento de la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia y Delegados de la Contraloría General de Cuentas, m) Aportar todo el equipo, maquinaria,
herramientas, combustibles, lubricantes, materiales, mano de obra y demás elementos necesarios para la ejecución de los trabajos que se contratan, n) Emplear en la ejecución de la obra un 90% de mano de obra local y ñ) No ejecutar Ordenes de Cambio, Ordenes de Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra sin la aprobación de la autoridad administrativa superior de “LA MUNICIPALIDAD” quien deberá contar con un informe técnico de la Oficina Municipal de Planificación .----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEPTIMA: OBLIGACIONES DE “LA MUNICIPALIDAD”. “LA MUNICIPALIDAD” con la suscripción del presente contrato de ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”, además de las obligaciones legales contractuales, está obligado a: a) Efectuar los pagos en la forma y tiempo convenidos, b) Presentar la colaboración necesaria a “EL CONTRATISTA” para la ejecución de la obra contratada y c) Dar cumplimiento, oportunamente, al Xxxxxxx 00-00 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento contenido en Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 del 22 de diciembre de 1992 y Convenio de Cofinanciamiento y Transferencia Financiera No. 072-2010 de fecha 18 xx Xxxxx del 2010, suscrito ante el Consejo Departamental de Desarrollo, a efecto de facilitar durante el proceso de ejecución del proyecto y liquidación del contrato los procedimientos administrativos y financieros que los mismos requieren.-----------------------------------------------
OCTAVA: GARANTIAS O SEGUROS. “EL CONTRATISTA” se obliga a presentar a favor de “LA MUNICIPALIDAD”, las fianzas siguientes: a) DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, deberá presentar fianza por un valor del veinte por ciento (20%) del monto del contrato. La garantía cubrirá: 1) Las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del contrato, antes de que se constituya la garantía de conservación, 2) Con el diez por ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley y, 3) Con el noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento del contrato de acuerdo con las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como la ejecución de la obra dentro del tiempo estipulado. La afianza tendrá vigencia hasta que la entidad interesada extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de conservación de obra; b) DE ANTICIPO. Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo deberá constituirse, a favor de “LA MUNICIPALIDAD”, garantía mediante fianza por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo; c) DE CONSERVACION DE OBRA O DE CALIDAD O DE FUNCIONAMIENTO. “EL CONTRATISTA” responderá por la
conservación de la obra, mediante fianza que cubra el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la obra. Esta garantía deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad indicado anteriormente, no exime a “EL CONTRATISTA” de las responsabilidades por destrucción o deterioro de las obras debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de cinco (5) años, a partir de la recepción definitiva de la obra y
d) DE SALDOS DEUDORES. Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de “LA MUNICIPALIDAD” o de terceros en la liquidación, “EL CONTRATISTA” deberá presentar fianza por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra como requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía. Las fianzas indicadas anteriormente, deberán formalizarse mediante póliza emitida por instituciones autorizadas para operar en Guatemala.----------------------------------------------------------------------------------------
NOVENA: PROHIBICIONES. A “EL CONTRATISTA” le queda prohibido ceder total o parcialmente los derechos provenientes del presente contrato.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA: DECLARACION JURADA. “EL CONSTRATISTA” declara bajo juramente que no se encuentra comprendido en las limitaciones contenidas en el Artículo 80 del Decreto 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA: SANCIONES. “EL CONTRATISTA” se obliga a pagar a “LA MUNICIPALIDAD” una sanción equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato por cada día de atraso en que incurra en la entrega de la obra. La multa por retraso en ningún caso excederá del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Además, si se establece que “EL CONTRATISTA” contraviniendo total o parcialmente el contrato perjudica a “LA MUNICIPALIDAD” variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación. ---------------------------------------------------------
DECIMA SEGUNDA: INSPECCIONES, RECEPCION, LIQUIDACION Y FINIQUITO. 1) “EL CONTRATISTA” deberá
permitir en cualquier momento la fiscalización del Proyecto “MEJORAMIENTO CALLE 0 CALLE 5TA AVENIDA ZONA 1, SOLOLA”, por parte de “LA MUNICIPALIDAD”, y Delegados de la Contraloría General de Cuentas y deberá
instruir a su personal para que atienda a las personas mencionadas, proporcionando la información que requieran, 2) “EL CONTRATISTA” dará aviso, por escrito, al supervisor o su equivalente cuando la obra esté terminada. El supervisor hará la inspección final dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, plazo dentro del cual, si la obra no está conforme a planos y especificaciones, manifestará por escrito sus observaciones a “EL CONTRATISTA” para que éste proceda a corregir las deficiencias, y si los trabajos estuvieran correctamente concluidos, el supervisor rendirá informe pormenorizado a la autoridad administrativa superior, la que dentro de los cinco (5) días siguientes nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora de la obra integrada con tres miembros, con la que colaborarán el supervisor y el representante del contratista. Según la magnitud de la obra, la Comisión deberá elaborar el acta de recepción definitiva de la misma dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a la fecha de notificación de su nombramiento. Si la comisión comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente, suscribirá el acta de recepción final de los mismos, y en caso contrario hará constar en acta: a) Las correcciones o trabajos extras que debe efectuar “EL CONTRATISTA”, b) El tiempo a emplearse y c) Si el tiempo para ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si procede conceder tiempo adicional para ejecutarlo. Al recibirse el aviso por escrito del delegado residente o su equivalente, de encontrarse satisfechos los requerimientos de la Comisión Receptora, ésta dentro del término de cinco (5) días procederá a efectuar nueva inspección, suscribiendo el acta correspondiente. La fecha de recepción definitiva de la obra será la del cierre de la última acta. A partir de la fecha de esta acta “LA MUNICIPALIDAD” deberá velar por la conservación de la obra, 3) Inmediatamente después de que la obra haya sido recibida, la Comisión en un plazo de noventa (90) días procederá a efectuar la liquidación del contrato y a establecer el importe de los pagos o cobros que deban hacerse al contratista. La Comisión deberá asesorarse por un delegado de la Administración Financiera Integrada Municipal -AFIM- quien deberá elaborar los cuadros contables necesarios que contengan la información financiera del proyecto.---------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA TERCERA: TERMINACION DEL CONTRATO. El presente contrato se dará por terminado cuando ocurra cualesquiera de las circunstancias siguientes: a) Por vencimiento del plazo siempre que no se haya acordado prórroga alguna; b) Por rescisión acordada de mutuo acuerdo; c) Por casos fortuitos o de fuerza mayor que hagan innecesario el contrato o que afecten su cumplimiento; d) Si a “EL CONTRATISTA” le fueren embargados bienes que evidentemente afecten el cumplimiento del contrato y, e) En caso de evidente negligencia de “EL CONTRATISTA” o negativa infundada de cumplir con sus obligaciones contractuales.----------------------------------------------------------------------
DECIMA CUARTA. COHECHO. Yo “EL CONTRATISTA”, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho así como las suposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA QUINTA: CONTROVERSIAS. Los otorgantes convenimos expresamente en que cualesquiera diferencias, reclamaciones o controversias que surgieren entre las partes, derivadas de este contrato, serán resueltas directamente con carácter conciliatorio, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.------------------------------------------
DECIMA SEXTA: OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL. “EL CONTRATISTA” queda obligado
al pago de los impuestos que corresponda ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, de acuerdo a las leyes tributarias y al pago de las Cuotas Patronales y Laborales ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social
-IGSS-.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------