BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°: OBJETO.
La presente Contratación Directa tiene por objeto la implementación del módulo “Portal em- pleados” que provee la firma GLM S.A. (CUIT 30-62643346-0), en un todo de acuerdo con las presentes Bases y Condiciones Particulares (en adelante Bases), las Especificaciones Técni- cas y demás documentos que rigen la contratación.
ARTÍCULO 2°: PRESUPUESTO.
El presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 2.876.000.-) con más el Impuesto al
Valor Agregado que pudiere corresponder.
ARTÍCULO 3°: PRESENTACION DE LA OFERTA.
La oferta deberá presentarse en el lugar y hasta el día y hora que determine CORREDORES VIALES S.A. en la convocatoria.
Será rechazada sin más trámite la oferta presentada fuera de término, aun cuando el acto de apertura de ofertas no hubiera tenido lugar en esa fecha o hubiere comenzado con demora respecto de la hora fijada al efecto. La postergación del acto de apertura sólo habilitará la pre- sentación de nuevas ofertas cuando así se establezca expresamente en la decisión que adopte la postergación.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y acepta- ción de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. En consecuencia, no será necesario acompañar estas Bases firmado junto con la oferta.
La oferta deberá presentarse ÚNICAMENTE por correo electrónico a la siguiente direc- ción: xxxxxxx.xxxx@xxxxx.xxx
Se deberán incluir firmados y en formato PDF toda la documentación solicitada. En caso de que CORREDORES VIALES S.A. lo estime necesario, podrá solicitar en cualquier momento de la evaluación la presentación de la documentación original en soporte físico a fin de constatar la misma.
ARTÍCULO 4°: DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR JUNTO CON LA OFERTA.
Requisitos Económicos:
a) Anexo I - Planilla de cotización.
Requisitos Administrativos:
b) Anexo II - Declaración Jurada de Datos Básicos. Se informa que los oferentes deberán denunciar, con carácter de declaración jurada, una casilla de correo electrónico donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones.
c) Anexo III - Declaración jurada de no poseer deuda exigible en concepto obligaciones tributarias y previsional.
d) Anexo IV - Declaraciones Juradas según el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A.
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e) Anexo V - Declaración Jurada en la cual declara conocer y aceptar el Código de ética y el Protocolo de integridad de CORREDORES VIALES S.A., obtenibles a través de la página web: xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx
f) Anexo VI – Declaración Jurada de Intereses - Decreto N° 202/17: A los fines de completar la mencionada Declaración, el cuadro con los nombres y cargos de los funcionarios con competencia para decidir en el presente procedimiento son:
AUTORIDAD | CARGO | DNI |
XXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxx | Presidente | 00.000.000 |
XXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxx | Vicepresidente | 00.000.000 |
XXXXX, Xxxx Xxxxxxxxx | Director | 21.904.515 |
XXXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxx | Directora | 34.245.657 |
XXXX, Xxxxxxxx | Gerente General | 30.862.292 |
XXXXXXX XXXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxxx | Gerenta Administración y Finanzas | 21.657.309 |
g) Anexo VII - Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad para la Contratación de Bienes y Servicios.
h) Anexo VIII - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/2010. Si por las particularidades de la contratación no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y acreditar tal imposibilidad.
i) Constancia de inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) donde se acredite la actividad que desarrolla y, cuando corresponda, certificación de condición como "Agente de Retención" y/o certificado de exclusión de retención (Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Ganancias, Sistema Único de Seguridad Social- SUSS).
j) Constancia de web de AFIP (cuentas tributarias) que corrobore no posee deuda exigible en concepto obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
Para ello deberá ingresar a AFIP:
1. Sistemas Cuentas Tributarias
1.1. Expandir menú
1.1.1. Cuenta Corriente
1.1.1.1. Detalle de Deuda Consolidada
1.1.1.1.1. Consulta Deuda Proveedores del Estado 1.1.1.1.1.1. Siguiente
Se aclara que, con relación a este requisito, CVSA verificará el cumplimiento tributario y/o previsional. El/los oferentes/s que resulten seleccionado/s deberá/n contar con habilidad para contratar en los términos del artículo 3 de la Resolución General AFIP N4164-E al momento de la adjudicación. A fin de verificar el cumplimiento de este requisito, CVSA podrá requerir a los interesados que acompañen el detalle actualizado de deudas líquidas y exigibles. Conforme lo establece el artículo 5 de la Resolución
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General AFIP Nº 4164-E, los contribuyentes podrán consultar el detalle de las deudas líquidas y exigibles y de falta de presentación de declaraciones juradas determinativas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social vencidas durante el año calendario correspondiente a la fecha de la consulta, así como las vencidas en los CINCO (5) años calendarios anteriores.
l) Documentación inherente a la capacidad legal.
- Acta constitutiva y estatuto o contrato social, según corresponda, inscriptos en el registro u órgano de contralor respectivo con su correspondiente número de inscripción, debiendo encuadrarse en las leyes correspondientes a la entidad que se trate.
- Acreditar la personería y ejercicio de su representación legal.
Se deja constancia que, para el presente procedimiento de selección, no será necesaria la presentación de una garantía de mantenimiento de oferta, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 58 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Se deja constancia que, para el presente procedimiento de selección, no será necesaria la presentación de una garantía de mantenimiento de oferta, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 58 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO 5°: FORMA DE COTIZACION.
La cotización deberá realizarse en PESOS ARGENTINOS, utilizando la Planilla de Cotización que se adjunta al presente como Anexo I a tales efectos y cumpliendo con las previsiones del artículo 12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El oferente deberá cotizar todos los renglones que integran el presente llamado. La no cotización de alguno de los renglones será causal suficiente para la desestimación de la oferta.
Se deberá cotizar el renglón completo, no pudiéndolo hacer parcialmente. La cotización parcial será causal suficiente para la desestimación de la oferta.
Los precios cotizados no deberán contener el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). La oferta deberá estar firmada y escaneada.
Se deberá indicar la alícuota al IVA sólo en aquellos casos en los que la misma no sea del 21%.
Se entenderá que antes de presentar su oferta, el oferente se ha asegurado que su cotización cubrirá todas las obligaciones emergentes del contrato, en consecuencia, se encuentran incluidas las prestaciones que, de acuerdo a su juicio y experiencia, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
El precio total cotizado en la Planilla de Cotización será el precio final que pagará CORREDORES VIALES S.A. por todo concepto a excepción del IVA.
ARTICULO 6°: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Deberá mantenerse la oferta por el término de SESENTA (60) días corridos a partir de la fecha del acto de apertura.
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El plazo de mantenimiento de oferta se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el respectivo oferente manifestase en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos respecto del vencimiento de cada plazo sucesivo, en cuyo caso se dará por fenecida la oferta a partir de la fecha de su vencimiento. No obstante, el plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha del acto de apertura.
ARTÍCULO 7°: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato quedará perfeccionado en el momento de notificarse la Orden de Compra. CORREDORES VIALES S.A. podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cual- quier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferente.
ARTÍCULO 8°: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10 %) del monto total del mismo, dentro de los TRES (3) días de notificada la Orden de Compra.
La garantía deberá ser constituida en la misma moneda en que se hubiera hecho la ofer- ta, de acuerdo a lo indicado en el Punto “Formas de constitución de las Garantías” de las presentes Bases.
Deberá remitirse la garantía o la constancia de haberla constituida al correo electrónico: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Vencido el plazo el Departamento de Compras podrá intimarlo para que la presente, otorgándo- le un nuevo plazo igual al original, y en caso en que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y se lo intimará al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.
ARTÍCULO 9°: FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
Las garantías podrán constituirse mediante alguna de las siguientes formas, a elección del proveedor sin que resulte admisible la combinación entre ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de CORREDORES VIALES S.A., o giro postal o bancario;
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, el que será depositado por CORRE- DORES VIALES S.A. dentro del plazo de validez de dicha certificación;
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciem- bre de 2001.
Los mismos serán depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de CO- RREDORES VIALES S.A. e identificando el procedimiento de selección al que acceden. El monto a garantizar se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos en la Bolsa o Mercado correspondiente al cierre del día hábil anterior a la constitución de la garantía, sin considerar los intereses a devengar durante el período garantizado. Se formulará cargo al ga- rante por los gastos que ocasione la eventual ejecución de esta garantía. Si resultare un exce- dente de la realización de los títulos como consecuencia de la ejecución de la garantía quedará sujeto a las previsiones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de CORREDORES VIALES S.A., constituyén- dose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
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e) Con garantías bancarias a primer requerimiento o seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÒN, extendidas a favor de CORREDORES VIALES S.A. y cuyas cláusulas se ajusten al modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación, la empresa podrá solicitar la sustitución de la com- pañía de seguros cuando durante el transcurso del procedimiento de selección o la ejecución del contrato la aseguradora deje de cumplir los requisitos o calificaciones exigibles, a juicio de CORREDORES VIALES S.A.
Se aceptan las pólizas electrónicas dado que, conforme surge de la Providencia N° PV-2020- 30541551-APNGTYN#SSN de la Superintendencia de Seguros de la Nación, la póliza de Cau- ción con firma Digital, cuenta con plena validez jurídica.
Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, de- biendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
ARTÍCULO 10: PLAZO DE PARA ENTREGA DE LICENCIAS Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El plazo para la entrega de las licencias, instalación, implementación e integración del módulo Portal de empleados es de SESENTA (60) días corridos contados a partir del día hábil inmediato siguiente al de la notificación e la Orden de Compra.
Las actividades de supervisión del contrato serán realizadas por la Subgerencia de Tecnologías de la Información, quien intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la ejecución del servicio y verificará el cumplimiento de los plazos y demás obligaciones contractuales.
ARTÍCULO 11: REPRESENTANTE DEL COCONTRATANTE.
El cocontratante deberá designar un Representante Técnico, quien actuará en carácter de responsable técnico del cocontratante ejerciendo el control permanente del cumplimiento de los aspectos técnicos, reglamentarios, legales y administrativos que rijan la actividad.
Toda instrucción, orden, norma, etc., que la Supervisión imparta al Representante Técnico será considerada como recibida por el cocontratante. La incomparecencia del Representante Técnico o su negativa a la firma de documentos, notas y actas, inhabilitará al cocontratante para los reclamos inherentes a la operación realizada.
El control de los trabajos por CORREDORES VIALES S.A. no disminuirá de ningún modo y en ningún caso la responsabilidad del cocontratante quien será responsable por toda omisión, accidentes, daños, contratiempos y la utilización de materiales, enseres, marcas, nombre y otros elementos.
ARTÍCULO 12: FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO.
Las facturas se abonaran de las siguientes manera:
Renglón N° 1: se abonará el CINCUENTA POR CIENTO (50%) previo a la entrega de la licencia. El CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante se abonará contra la instalación de la misma.
Renglón N° 2: la implementación se abonará en dos cuotas mensuales iguales. La primera se abonará a los TREINTA (30) días de comenzadas las tareas de instalación, implementación e integración. La segunda cuota se abonará una vez finalizadas las tareas y conformados los servicios correspondientes.
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El adjudicatario deberá cargar su factura en el portal de proveedores xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/XXXXXX_XXXXX_XXXX_XXXX/xxxxxxx/xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx gin.
Para consultas sobre registro de proveedores o carga de facturas comunicarse a xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
No se reconocerá adicional alguno.
A partir de la conformación definitiva o entrega de la factura –lo que fuese posterior– comienza el plazo para cumplir la gestión de pago, el cual se hará efectivo dentro de los SIETE (7) días corridos.
La factura será emitida a nombre de CORREDORES VIALES SA, CUIT Nº 30-71580481-2. A los efectos de su posición en el Impuesto al Valor Agregado, esta empresa reviste el carácter de Responsable Inscripto.
Las facturas deberán ajustarse a la reglamentación vigente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.), debiendo indicar en las mismas como mínimo los siguientes datos:
− Número de la orden de compra
− Número de la licitación/compulsa de precios
− Número y fecha de los remitos de entrega
− Número de renglón y/o ítem, especificaciones e importe unitario y total de cada uno de ellos
− Importe total bruto
− Monto y tipo de descuento, si corresponde
− Importe total neto de la factura
Asimismo, en caso de estar alcanzado por alguna eximición parcial o total de algún tributo, se deberá acompañar con las facturas que se presenten una copia de la Resolución correspondiente de la A.F.I.P.
Según la Resolución General A.F.I.P. Nº 2485/08, sus modificatorias y complementarias, para poder percibir el pago correspondiente por la prestación de servicios y/o provisión de bienes, los adjudicatarios deberán presentar la Factura Electrónica en los términos de la citada normativa.
ARTÍCULO 13: INDEMNIDAD.
El adjudicatario deberá cumplir con toda la normativa legal correspondiente a la actividad que realiza y mantendrá indemne a su xxxxx a Corredores Viales S.A, Ministerio de Obras Públicas y Dirección Nacional de Vialidad, y a su personal contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos y omisiones del cocontratante o de su personal o de sus proveedoras o de otras personas que ante él fueren responsables en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones de la presente contratación.
ARTÍCULO 14: PENALIDADES.
En caso de que el/los adjudicatarios no den cumplimiento en tiempo y forma con lo establecido en las presentes Bases, serán pasibles de las penalidades que a continuación se detallan:
Por ejecución del servicio fuera de término contractual, multa por xxxx xxx XXXX COMA UNO POR CIENTO (0,1%) diario del valor pendiente de entrega hasta completar un ciento por ciento (100%).
CORREDORES VIALES S.A. podrá rescindir el contrato unilateralmente cuando el incumplimiento sea igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20%) de lo pautado en los plazos de entrega y/o en caso de que el incumplimiento genere graves consecuencias para CVSA.
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En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato.
La xxxx se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
Las multas serán de aplicación automática sin necesidad de pronunciamiento expreso. Al respecto, CORREDORES VIALES S.A. tendrá la facultad de descontar de las facturas pendientes de pago al proveedor o prestador las multas o penalidades por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato o de las normas vigentes que hayan sido pagadas por CORREDORES VIALES S.A. y demás facultades establecidas en el artículo 48 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios de CORREDORES VIALES S.A.
También podrá retener los importes correspondientes a gastos en que se haya incurrido por tareas no realizadas o provisiones no entregadas.
La eventual aplicación de estas retenciones y/o descuentos será independiente de la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato, según corresponda.
ARTÍCULO 15: FACULTADES DE CORREDORES VIALES.
CORREDORES VIALES S.A. tendrá derecho a: a) Xxxxx sin efecto el presente llamado en cualquier momento anterior a la adjudicación, sin que ello acuerde derecho alguno a los oferentes al reembolso de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de su oferta o a ser indemnizados por cualquier otro motivo. b) Revocar, modificar o sustituir el contrato por razones de oportunidad, mérito o conveniencia. c) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20 %) de su valor original, o readecuar y/o compensar los ítems adjudicados entre sí, conforme las necesidades variantes que puedan surgir de las condiciones de la traza y/o de la prestación del servicio objeto de la presente contratación, en las condiciones y precios pactados, y con adecuación de los plazos respectivos. El adjudicatario se obliga a aceptar esta modificación unilateral de CORREDORES VIALES S.A. con la sola presentación de su oferta. En cambio, cuando la modificación del contrato supere el VEINTE POR CIENTO (20 %) se solicitará la conformidad expresa del PRESTADOR, todo ello según establece el Artículo 71 del PUBCG de CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 16: RESCISIÓN DEL CONTRATO.
CORREDORES VIALES S.A. se reserva el derecho de revocar o rescindir el contrato u orden de compra durante la ejecución de éste, por los siguientes motivos: a) razones de oportunidad, mérito y conveniencia, y b) por culpa del adjudicatario; respectivamente. Producida la causa que dé motivo a la rescisión del contrato por culpa del adjudicatario, la misma operará sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, procediendo CORREDORES VIALES S.A. al dictado de la declaración formal de la rescisión. En tal sentido se estará a lo que indica el PUBCG.
ARTÍCULO 17: JURISDICCIÓN Y DOMICILIO.
Todas las controversias que pudieran suscitarse con motivo de la presente contratación serán sometidas a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los oferentes deberán constituir domicilio especial a los fines de la presente Convocatoria en la oportunidad de formular sus ofertas, siendo el domicilio de CORREDORES VIALES S.A., en la Xx. Xxxx. Xxxxx Xxxxx Xxxx Xx 000, Xxxx 0x, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. En los domicilios así constituidos serán consideradas válidas todas las notificaciones que las partes se cursen con motivo o en ocasión de la contratación de que se trate.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.- OBJETO.
La presente Contratación Directa tiene por objeto la implementación del módulo “Portal empleados” que provee la firma GLM, S.A. (CUIT 30-62643346-0) en un todo de acuerdo con las Bases y Condiciones Particulares, las presentes Especificaciones Técnicas y demás documentos que rigen la contratación.
2.- DESCRIPCIÓN.
ALCANCE FUNCIONAL: REQUISITOS TÉCNICOS
La implementación del Portal de Empleados deberá permitir:
• La visualización de las liquidaciones a través de un ingreso unificado con la intranet ac- tual.
• La visualización de los recibos para su firma.
• La emisión de los recibos con la impresión de las firmas electrónicas del empleador y del empleado.
• La visualización de los datos del empleado (apellido, nombre, numero de legajo y fecha y hora de la aceptación).
• La trazabilidad de la fecha y hora de firma y/o rechazo.
• La visualización xx xxxxxxxxx.
• El acceso desde cualquier dispositivo porque estará desarrollado en modo responsivo.
El servicio deberá contemplar la licencia de uso, la instalación y puesta en marcha del portal y las funcionalidades arriba detalladas.
La oferta deberá contemplar:
• La licencia de uso corporativo del módulo de Portal Web de Empleados del sistema GLMSUIT.
• Los servicios profesionales para su implementación e integración con el sistema de Recursos Humanos actualmente implementado para la consulta de recibos y su firma electrónica en la infraestructura de Hardware y Software de base provista por CVSA.
• El servicio de soporte y mantenimiento post implementación se realizará dentro del servicio mensual junto con el resto de los módulos implementados en CVSA.
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ANEXO I - Planilla de Cotización
El que suscribe ........................................................................... Documento Nº
................................. en nombre y representación de la empresa
…....………………………………….….......……..…………… con domicilio legal en la calle
……………………………………………………...……………………………, Localidad
…....…………………..………, Teléfono/Fax .........................................., E-Mail
……………….……………………………., CUIT Nº ............................................., y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación, cotiza los siguientes precios:
Renglón | DETALLE | Cantidad | Precio unitario en PESOS (sin IVA) | Total en PESOS (SIN IVA) |
1 | Licencia de uso: módulo portal em- pleados | 1 | ||
2 | Servicio de instalación, implementa- ción e integración | 1 | ||
TOTAL |
Son PESOS: …………………….……………………………………….………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………. más I.V.A.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
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Anexo II - Declaración Jurada de Datos Básicos
RAZÓN SOCIAL / Nombre y Apellido:
N° DE CUIT/CUIL/NIT:
DOMICILIO | ELECTRÓNICO: | |
DOMICILIO | ESPECIAL | |
Calle: | N° : | |
Piso: | DTO: | Código Postal: |
Localidad: | ||
Provincia: | ||
DOMICILIO | LEGAL | |
Calle | N°: | |
Piso: | DTO: | Código Postal: |
Localidad: | ||
Provincia: |
Datos de la persona asignada como contacto: Nombre y Apellido:
Teléfono/celular:
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo III – Declaración Jurada sobre deuda tributaria y previsional
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), DECLARA BAJO JURAMENTO, que la firma …………..…………………………………………………….. CUIT N° …………………………..
no posee deuda exigible en concepto de obligaciones tributarias y previsional, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo IV – Declaraciones Juradas según Artículo 17 del PUBCG
Por medio de la presente y con el objeto de cumplimentar con lo solicitado en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A. declaro:
c.4 No encontrarse incurso en situaciones de incompatibilidad en relación al objeto de la presente contratación y con CORREDORES VIALES S.A., el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, y/o el ESTADO NACIONAL.
c.5 Garantizar la veracidad y exactitud de sus manifestaciones, fidelidad de los datos y demás referencias consignadas en la propuesta y la autenticidad de la documentación acompañada, autorizando expresamente a CORREDORES VIALES S.A. a recabar informes de entidades oficiales o privadas de cualquier tipo, tendientes a la verificación de los datos y antecedentes consignados en la oferta.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo V – Código de ética y Programa de integridad
Por medio del presente, declaro bajo juramento que he leído los documentos Programa de Integridad y Código de Ética de la empresa CORREDORES VIALES S.A. y que comprendo su contenido. Además, expreso mi compromiso con el cumplimiento de las normas y procedimientos contenidos en el mismo.
Entiendo que tengo la obligación de reportar toda infracción al Programa de Integridad y Código de Ética, conforme lo establecido en estos documentos, sin importar la identidad de quien lo infrinja.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
LUGAR Y FECHA
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Anexo VI – DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona humana
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT |
Vínculos a declarar
¿La persona humana declarante tiene vinculación con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de | La opción elegida en cuanto a la no declaración de | ||
un funcionario se deberá repetir la | vinculaciones implica la declaración expresa de la | ||
información que a continuación se solicita por | inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto | ||
cada una de las vinculaciones a declarar. | N° | ||
202/17. |
Vínculo
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad societaria de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad de CVSA con capacidad para decidir complete los siguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT | |
Parentesco por | Detalle qué parentesco existe concretamente | |
consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | ||
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado | |
Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato | No se exige información adicional |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
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DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES - DECRETO 202/2017
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto N° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa | ||
se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o Financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en l formación de la voluntad social. | a | Detalle nombres apellidos y XXXX |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas oferta pública | a | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda) IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad de CVSA con capacidad para decidir |
En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rangode ministro enel Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos:
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe Concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, Nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto N° 202/17.
Firma y aclaración del declarante Xxxxxxxx en el que firma Fecha
IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
Anexo VII – Declaración Jurada de Habilidad y Elegibilidad
El que suscribe (con poder suficiente para este acto), ………………………………. en nombre y representación de ………………………………………………………………. CUIT N° ………………………….
DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con Corredores Viales S.A, por no estar incursa en ninguna de las causales de INHABILIDAD e INELEGIBILIDAD establecidas en los artículos23 y 24, respectivamente, xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios de CORREDORES VIALES S.A.
ARTÍCULO 23: PERSONAS INHABILITADAS PARA CONTRATAR:
Serán desestimadas las of ertas de las siguientes personas:
a) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conf ormidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
b) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
c) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual xxx xxxxx de la condena.
d) Las personas humanas o jurídicas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad o contra entidades, jurisdicciones o sociedades del Sector Público Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo a lo que establezca la normativa específica.
f) Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo y forma con las exigencias establecidas en el último párrafo
del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
g) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho Registro.
ARTÍCULO 24. INELIGIBILIDAD:
Deberán también desestimarse las of ertas cuando de la inf ormación que surjan de bases de datos públicas, o de otras fuentes de comprobada veracidad, se configure alguno de los siguientes supuestos:
a) Xxxxx presumirse que el of erente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas inhabilitadas para
contratar con el Sector Público Nacional, y de las controladas o controlantes de aquellas.
b) Se trate de integrantes de empresas inhabilitadas para contratar con el Sector Público Nacional.
c) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los of erentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta
causal de desestimación de la of erta, entre otros supuestos posibles, en of ertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes de primer grado en línea recta, ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción, salvo prueba en contrario de dichos of erentes.
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia, o una simulación tendiente a eludir los ef ectos de las causales de inhabilidad para contratar con el Sector Público Nacional. Entre otros supuestos, se entenderá configurad esta causal cuando un of erente participe en más de una of erta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica; o bien cuando se presente en nombre propio y al mismo tiempo como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
e) Cuando pese en su contra alguna sanción judicial o administrativa por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por coordinar o concertar posturas en procedimientos de selección, dictada dentro de los TRES (3) años calendarios anteriores a la apertura de of ertas de la contratación de que se trate.
f) Cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos con CVSA.
g) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho trasnacional en los términos de la Convención de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÒN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, las que serán inelegibles por un lapso igual al doble de esa condena.
h) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del BANCO MUNDIAL, del Banco INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y/o del BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA (CAF), a raíz de conductas o prácticas de corrupción.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
CARGO:
IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
Anexo VIII - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/2010
RAZÓN SOCIAL / Nombre y Apellido:
N° DE CUIT/CUIL/NIT:
El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que de resultar adjudicatario me obligo a ocupar a personal con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO 4% de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el Artículo 7° el Decreto 312/10, y las normas complementarias y/o reglamentarias que se dictaren.
Si por las particularidades de la contratación no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y en el caso de resultar adjudicatario acreditar tal imposibilidad.
FIRMA:
ACLARACIÓN:
TIPO Y N° DOCUMENTO:
CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA:
IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
Corredores Viales Sociedad Anónima
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número: IF-2022-00141404-CVSA-SCA#CVSA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 14 de Septiembre de 2022
Referencia: Bases y Condiciones Particulares - implementación del módulo “Portal empleados” que provee la firma GLM S.A.
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Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2022.09.14 12:53:48 -03'00'
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Subgerenta
Subgerencia de Xxxxxxx y Adquisiciones Directorio - Corredores Viales S.A.
Digitally signed by GDE Xxxxxxxxxx Xxxxxx SA
DN: cn=GDE Corredores Viales SA, c=AR, o=Corredores Viales SA, ou=Subgerencia de Tecnologia de la Informacion, serialNumber=CUIT 30715804812
Date: 2022.09.14 12:53:49 -03'00'