NORTH AMERICAN POWER AND GAS, LLC. (“NAP”)
NORTH AMERICAN POWER AND GAS, LLC. (“NAP”)
Acuerdo de venta de electricidad de Nueva York
Declaración de información al cliente y términos y condiciones
Precio | 9.09 centavos por kWh Los certificados de energía 100% renovable tienen un precio de 1.95 centavos por kWh por encima de la tarifa del mercado. |
Fijo o variable | Fija 12 A partir de ese momento, a menos que se le notifique lo contrario al Cliente, el Acuerdo se renovará automáticamente a una tasa variable cada mes. |
Duración del acuerdo y fecha de terminación | Este Acuerdo comenzará en la próxima fecha de lectura del contador después de que la compañía de servicios públicos procese la inscripción del Cliente, y la fecha de finalización del servicio de suministro de North American Power será después de 12 ciclos de facturación. |
El cliente del proceso puede rescindir el acuerdo sin la penalización | Si se trata de un cliente residencial, podrá rescindir el acuerdo comunicándose con NAP (consulte la sección de información de contacto) dentro de 3 días hábiles a partir de la fecha del acuerdo de venta. Favor suministrar el nombre, dirección, número de teléfono, número de cuenta y una declaración de que rescisión de este Acuerdo. |
Cantidad de la Cuota de Cancelación Anticipada y método de cálculo | Si este Acuerdo se cancela durante el Período incial o en algún Período de renovación posterior después del período de cancelación correspondiente, el Cliente pagará una cuota de recuperación de costo por terminación temprana. Dicha cuota será xx xxxx dólares ($10.00) por cada mes que quede del Acuerdo, pero no superará los cien dólares ($100.00) por ningún Acuerdo con un período restante de menos de 12 meses o doscientos dólares ($200.00) por un Acuerdo con un período restante de más de 12 meses. |
Cantidad de la cuota por pago atrasado y método de cálculo | Si el Cliente no paga su factura a tiempo, podrá estar sujeto a la terminación de los servicios de suministro de electricidad y a la suspensión de los servicios de suministro según los procedimientos aprobados por la NYPS. Si NAP le factura directamente al Cliente, este deberá pagar las facturas de NAP en el plazo de veinte (20) días a partir de la fecha de la factura y NAP se reserva el derecho de cobrar una cuota por pago atrasado cada mes por un valor del 1.5% del monto de la factura vencida. Si se devuelve el pago, el Cliente deberá pagar una cuota de veinticinco ($25.00) dólares por cada evento. Si el Cliente es un cliente no residencial, si no realiza el pago total de los cargos adeudados a NAP por cualquier factura consolidada que haya elaborado la empresa local de distribución de servicios públicos, se considerará base suficiente para desconectar los servicios públicos y el servicio de suministro de electricidad de conformidad con las normas y reglamentos de la NYPSC sobre la terminación del servicio para clientes no residenciales. |
Disposiciones para la renovación del acuerdo | North American Power deberá informar con claridad y por escrito al Cliente, en un plazo no inferior a 30 días y no superior a 60, antes de que termine el período de vigencia actual del Acuerdo del Cliente, o cualquier período de renovación y la opción del Cliente a rechazar el período de renovación. Al Cliente no se le cobrará una cuota de terminación si se opone a la renovación en un plazo de 3 días hábiles después de recibir el primer extracto de la factura, de conformidad con el acuerdo renovado. Si North American Power realiza cualquier cambio en el acuerdo renovado del Cliente además de un cambio de tarifa o un cambio de tarifa fija a una variable, según como se especifique en el acuerdo inicial de venta, tales cambios se considerarán materiales y requerirán que North American Power obtenga la autorización expresa del Cliente para la renovación. |
Condiciones que garantizan el ahorro del cliente | No se garantiza ningún ahorro, ya que el precio de los servicios públicos puede variar durante el período de vigencia de este Acuerdo. |
NY-TOS- FE12-9.09-090114-ES NY-TOS-F
Servicio. El Cliente comenzará a recibir electricidad en el momento de la primera lectura programada del contador por parte de la compañía local de distribución de servicios públicos (“LDU”) o, si corresponde, después de la fecha en la que el Cliente cumpla las condiciones para participar en el programa de remisiones ESCO de la compañía de servicios públicos. NORTH AMERICAN POWER AND GAS, LLC (“NAP” o “North American Power”) deberá suministrar electricidad al cliente de conformidad con este Acuerdo. Al ejecutar, aprobar o rescindir este Acuerdo conforme a los términos de NAP o el programa de remisiones ESCO de la compañía de servicios públicos. el Cliente acepta comenzar con el servicio y el proceso de inscripción. Al inscribirse en NAP, el Cliente reconoce que este acuerdo es para iniciar los servicios de suministro de electricidad con NAP. NAP cuenta con la aprobación de la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (“NYPSC”) para actuar como Compañía del Servicio de Energía (“ESCO”) y ha celebrado un acuerdo de servicios con la compañía de servicios públicos del Cliente. La NYPSC no regula el precio de la electricidad ni otros cargos que se encuentren en este Acuerdo. El Cliente tiene al menos 18 años y está plenamente autorizado para celebrar este Acuerdo. NAP es un minorista de electricidad y no es la LDU del cliente. La LDU del Cliente seguirá desempeñando las siguientes funciones: suministro de electricidad, lectura de contadores, envío de facturas y reparaciones. La LDU también responderá a las emergencias y suministrará otros servicios públicos tradicionales. El Cliente entiende que no está obligado a seleccionar un proveedor competitivo y puede seguir con la electricidad que suministra la LDU.
Vigencia. La vigencia de este Acuerdo de venta comenzará en la siguiente fecha de lectura correspondiente del medidor después de que la LDU procese la inscripción del Cliente y continuará hasta la fecha final especificada en la Declaración Informativa anterior, salvo que este Acuerdo de venta se renueve o rescinda de conformidad con la sección titulada Terminación de este Acuerdo. Una vez que termine cualquier período inicial o de renovación de este Acuerdo, el Acuerdo quedará automáticamente renovado con una tarifa mensual variable según el mercado con los mismos términos que contiene el presente documento. Sin embargo, si NAP modificara materialmente sus términos y condiciones, a excepción del precio de la tarifa variable según el mercado, NAP deberá obtener una autorización del cliente (escrita u oral de forma verificable) después de que el cliente haya recibido una notificación por escrito con los nuevos términos en un plazo no inferior a 30 días y no superior a 60 días antes de la fecha de los nuevos términos y condiciones (el "Periodo de Renovación"). El Cliente dispondrá de 3 días hábiles a partir de la recepción del primer extracto de facturación del Periodo de Renovación del Cliente para rechazar las condiciones de renovación y cancelar el acuerdo de renovación. El Cliente puede enviar a NAP una notificación de la terminación por escrito a su correo electrónico o la dirección de correspondencia o llamar a NAP según como se describe en la sección de Información de contacto de este Acuerdo. El Cliente también puede llamar a la compañía de distribución para terminar el acuerdo. NAP puede terminar este Acuerdo enviando al Cliente una notificación por escrito con un preaviso de 15 días.
Precio abierto. Aproximadamente cada mes la factura del cliente se calculará multiplicando (i) el precio de la electricidad por (ii) la cantidad de electricidad consumida en el ciclo de facturación, más (iii) los impuestos, cuotas y cargos aplicables impuestos por la compañía de servicios públicos para la distribución y otros servicios. El precio de NORTH AMERICAN POWER de toda la electricidad vendida en virtud de este Acuerdo será un precio fijo durante el periodo indicado en la Declaración Informativa anterior, y se garantiza que no cambiará durante el período indicado en la Declaración Informativa o en cualquier notificación de renovación. Las tarifas variables según el mercado se calcularán con base en el método establecido anteriormente para incluir cualquier precio xx xxxxxxx de commodities, transporte, tarifas de compensación, costos de almacenamiento, cuotas de NORTH AMERICAN POWER, beneficios, pérdidas de línea, además de los impuestos aplicables y otros cargos o tarifas impuestos por la compañía de servicios públicos u otra entidad que tenga la autoridad para imponer tales cargos.
Representación. El Cliente por el presente Acuerdo nombra a NAP como su representante para fines de adquisición de los suministros necesarios para
satisfacer las necesidades de electricidad del Cliente y para disponerse a suministrar la electricidad al Cliente.
Titularidad. Toda la electricidad vendida en virtud de este Acuerdo se suministrará a una ubicación considerada el "Punto de Entrega", que en el caso de la electricidad se encontrará en el punto de conexión de NY ISO NORTH AMERICAN POWER y constituirá el punto en el que tiene lugar la venta y donde la titularidad se traslada de NORTH AMERICAN POWER al Cliente.
Medición. La medición de la cantidad de electricidad suministrada en virtud de este Acuerdo se determinará por las lecturas o los cálculos que la LDU realice en el contador.
Facturación y pagos. A menos que se acuerde de otro modo por escrito, NAP o la LDU facturarán mensualmente la electricidad suministrada en virtud de este Acuerdo. El Cliente pagará cada factura en su totalidad en un plazo de veinte (20) días calendario a partir de la fecha de la factura o estará sujeto a una cuota por pago atrasado de 1.5% mensual. En la mayoría de los casos, el Cliente deberá recibir una única factura tanto por los costos del producto básico como por el suministro de la LDU. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada, estarán, en la medida en que sea posible, prorrateados según con los procedimientos adoptados por la Comisión de Servicios Públicos del Estado de Nueva York (PSC). En el caso de que el Cliente no haga efectivo el pago antes de su vencimiento, NAP tendrá derecho a cesar el servicio de commodities mediante una notificación por escrito con quince (15) días calendario de antelación al Cliente. El impago de la totalidad de los cargos vencidos de NAP en cualquier factura consolidada preparada por la LDU para NAP será razón para la desconexión de los servicios públicos y del servicio de commodities según las normas y reglamentos de la NYPSC sobre el cese de servicio a los clientes residenciales. Los pagos del Cliente remitidos en respuesta a una factura consolidada se prorraterán (cuando así se requiera) según con los procedimientos adoptados por la NYPSC. Se impondrá un cargo de $25 a todos los pagos devueltos. NAP se reserva el derecho a repercutir cualquier incremento en los cargos que sean resultado de órdenes y acciones de la Comisión de Servicios Públicos, la LDU, NY-ISO, cualquier autoridad de transmisión regional, FERC (Comisión Federal Reguladora de Energía) o cualquier otro organismo que tenga autoridad.
Proceso de cancelación. Si el Cliente es residencial, este podrá cancelar este Acuerdo en un plazo de 3 días a partir de su recepción (el “Período de cancelación”) sin penalizaciones ni cuotas de cancelación anticipada, comunicándose con NAP según la información de contacto que aparece en la sección correspondiente. Si no se solicita la cancelación en los 15 días siguientes a la lectura del contador, el Cliente puede solicitar una lectura del contador especial, la cual está habitualmente sujeta a un cargo de servicio. El Cliente es responsable de todos los cargos de NORTH AMERICAN POWER mientras el Cliente vuelve a la LDU o selecciona otro proveedor. Se emitirá una factura aproximadamente veinte (20) días después de la última lectura del contador programada o, si el acceso no está disponible, se utilizará una estimación del consumo en la factura, la cual se ajustará posteriormente a la lectura real final del contador. Si el Cliente cancela este Acuerdo durante el Período inicial o en cualquier Período de renovación posterior después del período de cancelación correspondiente, el Cliente pagará una cuota de recuperación de costo de rescisión temprana (“ETF”). Dicha cuota será xx xxxx dólares ($10.00) por cada mes que quede del Acuerdo, pero no superará los cien dólares ($100.00) por un Acuerdo con un período restante de menos de 12 meses, o doscientos dólares ($200.00) por un Acuerdo con un período restante de más de 12 meses.
Aceptación y modificaciones. NORTH AMERICAN POWER puede modificar los términos de este Acuerdo (distintos del precio) en cualquier momento, según cualquier xxx, xxxxx o reglamento aplicables, proporcionando para ello una notificación al Cliente de dicha modificación con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de entrada en vigencia del mismo. Cualquier cambio en este Acuerdo, distinto de la disposición relativa al Precio Abierto, requerirá la aprobación del Cliente, documentado según uno
de los tres métodos específicos en las Prácticas de Negocio Uniformes de la NYPSC.
Contactos del servicio de emergencia. En el caso de un corte de electricidad u otra emergencia, por favor use el siguiente número gratuito para contactar directamente con su proveedor de servicios públicos:
Central Xxxxxx Gas & Electric | 1-800-527-2714 |
Rochester Gas & Electric | 0-000-000-0000 |
Orange & Rockland Electric | 0-000-000-0000 |
Orange & Rockland Gas | 0-000-000-0000 |
National Grid | 0-000-000-0000 |
National Fuel Gas | 1-800-444-3130 |
Consolidated Edison | 0-000-000-0000 |
NYSEG | 1-800-572-1131 |
Resolución de conflictos. En el caso de un conflicto de facturación o un desacuerdo que implique al servicio de NAP conforme al presente acuerdo, las partes harán todo lo posible por resolverlo. El Cliente deberá ponerse en contacto con NAP por teléfono o por escrito conforme a la Información de Contacto de NAP. El conflicto o reclamación relativo a un cliente residencial puede ser enviada por cualquiera de las parte en cualquier momento a la NYPSC según sus Procedimientos de tramitación de reclamaciones (los "Procedimientos") llamando a la NYPSC al 0-000-000-0000 o escribiendo a la NYPSC a: New York State Department of Public Service, Office of Consumer Services, Three Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxx Xxxx 00000, o a través de su sitio web en: xxxx://xxx.xxx.xx.xxx. El Cliente debe abonar la factura completa, a excepción de la cantidad específica en conflicto, durante el tiempo que dure la tramitación de la disputa.
Información de contacto de NAP. El Cliente puede ponerse en contacto con NAP llamando al teléfono 0-000-000-0000, de lunes a viernes de 9 a.m. a 5
p.m. hora del Este o escribiendo al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx o a 00 Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx XX 00000. Si el cliente llama a NAP durante el horario de atención en relación con una emergencia de sus servicios públicos, se le transferirá directamente a la LDU o se le suministrará el número telefónico de la LDU para que el Cliente se comunique directamente. Si el Cliente llama fuera de este horario, se le suministrará el número telefónico para emergencias de la LDU. Si el Cliente llama a NAP fuera del horario de atención normal, se le pedirá que llame de nuevo durante el horario de atención normal.
Protecciones del cliente. Los servicios ofrecidos por NORTH AMERICAN POWER al Cliente se rigen por los términos y condiciones de este Acuerdo. Este acuerdo se rige por la Ley de Prácticas Justas de Energía para el Hogar (“HEFPA”). NAP proporcionará con al menos 15 días de antelación una notificación de la cancelación del servicio al Cliente. El Cliente puede obtener información adicional poniéndose en contacto con NORTH AMERICAN POWER en la información de contacto anterior o con la NYPSC al 1-888-697- 7728, o escribiendo a la NYPSC a: New York State Department of Public Service, Office of Consumer Services, Three Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxx Xxxx 00000, o a través de su sitio web en xxxx://xxx.xxx.xx.xxx.
Responsabilidad secundaria. En ningún caso serán el Cliente o NAP responsables de daños directos, punitivos, fortuitos, consecuentes, ejemplares, indirectos, reclamaciones de terceros u otros daños, independientemente de que dichas reclamaciones se basasen en un contrato, en una garantía, en un delito civil, en negligencia, en estricta responsabilidad, o en algún otro motivo, ni serán responsables de pérdidas de ingresos derivadas de un incumplimiento de este Acuerdo.
Marco legal. El lugar para resolver cualquier demanda entablada a fin de hacer cumplir cualquier término o condición de este Acuerdo o para interpretar los términos del mismo recaerá exclusivamente en el Estado de Nueva York. Este Acuerdo se interpretará en virtud de y se regirá por las leyes del Estado de Nueva York sin tener en cuenta la aplicación de sus conflictos xx xxxxx y principios.
Sin garantías. A NO SER QUE SE ESTABLEZCA EXPRESAMENTE DE OTRO MODO EN ESTE ACUERDO, NORTH AMERICAN POWER NO
OFRECE Y EL CLIENTE NO RECIBE NINGUNA GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, LEGAL O DE OTRO MODO Y NAP NIEGA CUALQUIER GARANTÍA DE COMERCIALIZACIÓN O ADECUACIÓN PARA UN FIN EN PARTICULAR.
Fuerza mayor. North American Power hará todos los esfuerzos que sean comercialmente razonables para proporcionar electricidad conforme a lo aquí estipulado pero North American Power no garantiza un suministro continuo de electricidad. Determinadas causas y eventos fuera del control de North American Power (en adelante "Causas de Fuerza Mayor") pueden derivar en interrupciones del servicio. North American Power no se hace responsable de cualquiera de dichas interrupciones provocadas por una Causa de Fuerza Mayor y North American Power no es ni será responsable de daños ocasionados por Causas de Fuerza Mayor. Las Causas de Fuerza Mayor incluyen catástrofes naturales, incendios, inundaciones, tormentas, terrorismo, guerra, disturbios, actos de cualquier autoridad gubernamental, accidentes, huelgas, problemas o disputas laborales, trabajos necesarios de mantenimiento, imposibilidad de acceder al sistema del LDU, incumplimiento por parte del LDU (incluyendo sin limitación alguna, un corte en sus líneas de distribución de electricidad en su instalación), cambios en la legislación, normas o reglamentos de cualquier autoridad gubernamental o cualquier otra causa fuera del control de NORTH AMERICAN POWER. El término "Fuerza Mayor" tal y como se emplea en este Acuerdo también tiene el significado de cualquier ley o causa razonablemente fuera del control de NORTH AMERICAN POWER que, en el ejercicio de su debida diligencia, NORTH AMERICAN POWER no haya podido impedir o superar, incluyendo, entre otros, cualquier ley o causa que sea considerada como "Fuerza mayor" por el Servicio Público local o por cualquier entidad de transporte o de transmisión. Si NORTH AMERICAN POWER se considerara incapaz, en parte o en su totalidad, por una causa de Fuerza Mayor, de desarrollar o cumplir con cualquiera de las obligaciones o condiciones especificadas en este Acuerdo, informaremos de manera inmediata y en la medida de lo posible por escrito, lo antes posible, acerca de los detalles y los particulares a la otra parte. Dichas obligaciones o condiciones, en tanto en cuanto se vean afectadas por una Causa Mayor, se suspenderán durante el tiempo que dure dicha incapacidad ocasionada por dicha Fuerza Mayor, y NORTH AMERICAN POWER se verá liberado de responsabilidades y no sufrirá perjuicios por incumplimiento durante dicho periodo. Si NORTH AMERICAN POWER reclama la suspensión de obligaciones, debemos de buena fe intentar mitigar y/o cesar la Fuerza Mayor. Si en algún momento futuro se produjeran cambios en la ley, reglas, reglamentos o políticas de precios conforme a los cuales a NORTH AMERICAN POWER se le impidiera, prohibiera o frustrara la posibilidad de cumplir con los plazos del Acuerdo, entonces, a la entera discreción de NORTH AMERICAN POWER, se podrá cancelar este Acuerdo.
Impuestos y leyes. Salvo que se disponga lo contrario en el Acuerdo o por ley, todos los impuestos de cualquier clase, naturaleza y descripción, pendientes y pagaderos con respecto al cumplimiento del Cliente de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo, serán abonados por el Cliente. Las obligaciones de las partes en virtud de este Acuerdo están sujetas a cualquier legislación futura y presente emitida de forma válida, órdenes, normas, reglamentos de una autoridad gubernamental debidamente constituida que tenga jurisdicción sobre este Acuerdo o sobre los servicios dispuestos en el presente documento.
Cesión. El Cliente no puede ceder sus intereses u obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento por escrito de NORTH AMERICAN POWER. NORTH AMERICAN POWER puede vender, transferir, pignorar o ceder las cuentas, ingresos y todas las ganancias que se produzcan en el mismo en relación con cualquier acuerdo económico. NORTH AMERICAN POWER puede ceder este Acuerdo a otro proveedor energético, empresa de servicios energéticos o a cualquier otra entidad autorizada por la NYPSC. NORTH AMERICAN POWER debe proporcionar al Cliente una notificación con 30 días de antelación antes de la próxima lectura del contador y anterior a la cesión de este Acuerdo a otro proveedor de servicios. Tras dicha cesión, el Cliente acepta que NORTH AMERICAN POWER no tendrá obligaciones adicionales conforme a lo aquí estipulado.
Autorización. El Cliente autoriza a North American Power a recopilar y revisar su información incluyendo, pero sin limitarse, el historial de crédito del cliente procedente de las agencias de informes de crédito y la información de la LDU, incluyendo, entre otros, el historial de consumo y consumo de electricidad futuro, datos de facturación, información de crédito, información de pagos, estados de ayudas públicas, existencia de emergencias médicas, informes acerca de si el Cliente tiene una emergencia médica, tiene necesidades especiales, es de la tercera edad, invidente o discapacitado y los datos aplicables para periodos de frío según PSL § 32 (3) e información relacionada con PSL § 33, régimen fiscal e idoneidad para el desarrollo económico u otros incentivos. Esta información puede ser utilizada por NORTH AMERICAN POWER para determinar si inicia y/o continúa proporcionando un servicio de suministro energético al Cliente. La firma del Acuerdo por parte del Cliente constituirá una autorización para la divulgación de esta información a NORTH AMERICAN POWER y a terceros que necesiten utilizar o conocer dicha información en conexión con los servicios de generación de electricidad del Cliente, al igual que a sus afiliados y subcontratistas para efectos de facturación, cobros y/o mercadeo. Esta autorización continuará vigente durante todo el Periodo Inicial y todo Periodo de Renovación de este Acuerdo. El Cliente puede rescindir esta autorización en cualquier momento enviando una notificación escrita a NORTH AMERICAN POWER o llamando a NORTH AMERICAN POWER al 0-000-000-0000. NORTH AMERICAN POWER se
reserva el derecho de cancelar este Acuerdo en el caso de que el Cliente rescinda la autorización.