CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA
En la ciudad xx Xxx a de de .
REUNIDOS
D. , con DNI nº , en calidad de Presidente y representante legal del Il·lustre Col·legi Oficial de Metges de les Xxxxx Balears, con CIF , domicilio social sito en el Paseo Mallorca nº42 de Palma de Mallorca.
Y , mayor de edad con DNI nº , con residencia
habitual en Colegiado nº del Colegio de Médicos de
INTERVIENEN
Ambas partes en su propio nombre y derecho, reconociéndose la plena capacidad legal para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento de temporada y,
EXPONEN
I.- Que el Il·lustre Col·legi Oficial de Metges de les Xxxxx Balears (en adelante COMIB), de conformidad con la Legislación de Colegios Profesionales, tiene la potestad de organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos,
proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios.
II.- Que el COMIB es propietario del edificio sito en la Xxxxx xx Xxxx Xxxxxxxx, xxxxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxx, constituyendo dicho inmueble la sede colegial de la isla de Menorca.
III.- Que el COMIB ha reformado de forma integral la sede colegial de Menorca habiéndose habilitado dos estancias completamente habitables para el uso y disfrute temporal de cualquier médico colegiado con residencia habitual en territorio español. Concretamente, se dispone de dos apartamentos: TALAIOT y TAULA
IV.- Que el/la Dr./a manifiesta que se halla al corriente de todas las obligaciones colegiales del Colegio de Médicos de , y no se encuentra inhabilitado judicial o disciplinariamente para ejercer la profesión de médico.
V.- Que el/la Dr./a tiene interés en arrendar por temporada el apartamento TALAIOT
TAULA para uso distinto de vivienda habitual, dado que
su residencia habitual es la que se ha detallado en el encabezamiento.
VI.- En base a lo expuesto anteriormente, las partes reunidas acuerdan llevar a cabo el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA, de conformidad con el artículo
3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos) siendo de aplicación las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA. - OBJETO
El objeto del presente contrato es el arrendamiento para uso distinto del de vivienda, concretamente, arrendamiento por temporada del apartamento
TALAIOT TAULA situado en el edificio sito en la
Plaça de Sant Xxxxxxxx, número 18 de la ciudad xx Xxx, del que el COMIB dispone la plena propiedad.
La parte arrendataria, cumple con los requisitos de colegiación en un Colegio de Médicos sito en territorio español y con las demás condiciones exigidas para poder hacer uso de este servicio colegial. El arrendatario se obliga a utilizar el inmueble arrendado como servicio colegial de estancia temporal, durante el plazo de duración pactado, no pudiéndose variar dicho uso sin consentimiento escrito de la parte arrendadora.
El incumplimiento de este precepto será motivo de resolución del contrato. Por tanto, la vivienda objeto de este contrato no tendrá en ningún caso la finalidad de vivienda permanente del arrendatario, por lo que el destino del contrato es para uso distinto a vivienda.
SEGUNDA. - DURACIÓN
Que el servicio ofrecido por parte del COMIB es un servicio colegial de estancia, por lo que obligatoriamente y sin excepción, la duración de la vigencia del presente contrato se fija desde la fecha de hasta .
La hora de entrada se fijará a partir de las 14:00 horas. La hora de salida será a las 12:00 horas.
TERCERA. - RENTA.
Las partes pactan una renta cuantificada en…. euros con motivo de la duración de la estancia pactada.
En cuanto a la forma de pago, ésta se efectuará del siguiente modo:
- Se abonará el 50% de la totalidad de la renta pactada en un plazo no superior a 48 horas desde la recepción de la confirmación de solicitud de la reserva por correo electrónico. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del COMIB que se detalla a continuación:
o ES
Si en el plazo fijado no se ha realizado la transferencia ésta quedará cancelada automáticamente.
En caso de anulación de la reserva, la cantidad entregada no será reembolsada salvo causa de fuerza mayor documentalmente justificada.
- El pago de la cantidad restante en concepto xx xxxxx se realizará antes de la entrada en el apartamento.
El pago del total de la renta pactada eximirá al arrendatario de abonar cantidad alguna por los servicios de suministro de agua, luz, u otros gastos como tributos, mantenimiento del inmueble, etc.
CUARTA. - GARANTÍA Y COMPROMISO DE ABONO DE GASTOS EN CASO DE DESPERFECTOS.
Con anterioridad a la entrada en el apartamento arrendado, el arrendatario presentará, ante los servicios de recepción, tarjeta de crédito de la que sea titular.
El arrendatario mediante la firma del presente documento acepta que el arrendador cargue a la tarjeta de crédito presentada los posibles gastos derivados de los desperfectos que se pudieran producir durante su estancia.
QUINTA. - SERVICIOS
Dada la naturaleza del contrato, el propietario NO ofrecerá al arrendatario servicios tales como limpieza, servicio de habitaciones ni de alimentación durante la estancia.
SEXTA. - ESTADO DE CONSERVACIÓN
El COMIB entrega el apartamento objeto de arrendamiento en perfecto estado de conservación y en idóneas condiciones para el uso al que se le destina. En ningún caso podrán pernoctar más de cuatro personas en cada apartamento.
El apartamento se halla plenamente equipado y amueblado con los enseres y objetos que se detallan en el inventario que se adjunta al presente documento.
Al término del contrato, el arrendatario se compromete a devolver el apartamento arrendado en las mismas condiciones en las que le fue entregado. Igualmente, se
compromete a reponer aquellos objetos que sufrieran un deterioro inusual o fueran dañados por un uso inapropiado.
El arrendatario será responsable de los daños que se pudieran producir en el apartamento, reservándose el COMIB el derecho reservándose el COMIB el derecho a cargar en la tarjeta de crédito presentada por el arrendatario los gastos derivados de los daños que se pudieran producir, sin perjuicio de reclamar personalmente una posible indemnización por daños y perjuicios.
SÉPTIMA-. PROHIBICIÓN OBRAS Y/O SUBARRIENDO A TERCEROS.
Dada la naturaleza del contrato, el arrendatario no podrá efectuar obra alguna en el apartamento. De igual modo queda expresamente prohibida la cesión o subarriendo del apartamento.
OCTAVA. - RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se resolverá automáticamente, sin necesidad de preaviso de ninguna de las dos partes contratantes, al término de la duración pactada en el presente documento.
El arrendatario deberá dejar el apartamento a las 12 horas del día que se acuerde la terminación del contrato. A tal efecto, devolverá las llaves del apartamento a la persona responsable que el COMIB designe.
En caso de que el arrendatario no abandonara el apartamento en la fecha acordada inicialmente, se verá
obligado a abonar el doble de la cantidad pactada por día de estancia por cada día de retraso en concepto de penalización. Paralelamente, el COMIB se reserva a reclamar una cantidad superior en caso de incumplimiento en concepto de daños y perjuicios.
NOVENA. - SERVICIO COLEGIAL DE ESTANCIA TEMPORAL
El arrendatario tiene pleno conocimiento de las condiciones del servicio colegial de estancia temporal para médicos colegiados en territorio español.
El domicilio habitual del arrendatario es el indicado en el encabezamiento del presente contrato, sin que por ninguna causa o circunstancia pueda utilizarse la vivienda arrendada como vivienda principal.
DÉCIMA. - REGULACIÓN SUPLETORIA
En lo no previsto expresamente en el presente contrató se aplicará de forma supletoria el Reglamento del Servicio Colegial de Alojamiento Temporal que se adjunta al presente documento.
UNDÉCIMA. - RENUNCIA DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE
EL arrendatario renuncia expresamente a los derechos de adquisición preferente que establece el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
DUODÉCIMA. - COMPETENCIA JURISDICCIONAL
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, y se regirá por lo libremente pactado en sus cláusulas, y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en el Título III de la citada ley y por lo dispuesto en el Código Civil. Las partes se someten por imperativo de la ley a los Juzgados y Tribunales xx Xxx.
Y de conformidad mutua con todo lo expuesto, firman el presente contrato por duplicado en:
a de