CONTRATO No. 013. S.S.O -2020. DE COMPRAVENTA (MINUTA)
CONTRATO No. 013. S.S.O -2020. DE COMPRAVENTA (MINUTA)
CONTRATANTE: | HOSPITAL UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL XX XXXXXX E.S.E. NIT: 891.200.528-8 R/X. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX X.C. NO 79.950.146 DE BOGOTÁ. |
CONTRATISTA: | |
DIRECCIÓN: | |
OBJETO: | CONTRATAR LA COMPRAVENTA DE EQUIPOS MÉDICOS PARA EL ÁREA DE AYUDAS DIAGNÓSTICAS CONFORMADA POR LAS SUB- ÁREAS DE PATOLOGÍA, LABORATORIO CLÍNICO E IMÁGENES DIAGNÓSTICAS CON EL FIN DE GARANTIZAR LA ATENCIÓN DE LOS PACIENTES DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL XX XXXXXX E.S.E. |
PLAZO DE EJECUCION: | HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2020, PLAZO CONTADO PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Y PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. |
VALOR: | xxxxxxxxxxxxxx |
CDP No. | 809 DEL 31 XX XXXXXX DE 2020. |
Entre los suscritos a saber; XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, vecino y residente en ésta ciudad, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 79.950.146 actuando en calidad de Gerente del HOSPITAL UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL XX XXXXXX E.S.E., según Decreto No.
189 de 2020, entidad de derecho público con categoría especial, descentralizada por servicios del Orden Departamental, dotada de Personería Jurídica, Patrimonio Propio y Autonomía Administrativa, según su acto de creación Ordenanza 067 de 1994, reorganizada mediante Ordenanza 023 de 17 de diciembre de 2004, adscrita al Sector Salud, regida en materia contractual por normas del Derecho Privado y en especial por lo previsto por su Estatuto de Contratación Interno – Acuerdo 00014 del 26 de septiembre de 2019, modificado mediante Acuerdo 026 del 2019, Acuerdo 028 del 2019 y Acuerdo 009 del 2020- vigente para la fecha en que se suscribe el presente contrato, quien en adelante se denominara EL CONTRATANTE de una parte y de otra parte ________________________________________________, identificado con (documento de identificación) , en calidad de (Gerente,
Representante Legal, Apoderado) __________________________ de
______________________________, (sociedad debidamente constituida y habilitada para contratar, persona habilitada para contratar), registrada con , se denominará
EL CONTRATISTA, hemos acordado suscribir el presente contrato, previas las siguientes consideraciones: 1) Que el Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E , es un Empresa Social del Estado, con categoría especial de entidad pública, descentralizada por servicios de orden Departamental, sometida al régimen previsto en la Ley 100 de 1993 artículo 195, 196 y demás disposiciones concordantes, creada mediante Ordenanza No. 067 de 1994 y reorganizada a través de Ordenanza No. 023 de 2004, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía de Estado, la de expedir el correspondiente Estatuto de Contratación, conforme a lo cual, las mismas contratarán en aplicación de las disposiciones del derecho privado en aquellas materias que le sean aplicables. 2) Que el Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E. en cumplimiento de su actividad misional es decir la prestación del servicio de salud, cuenta con servicios asistenciales de hospitalización (medicina interna, especialidades quirúrgicas, ginecobstetricia, unidad de cuidado intensivo adulto y neonatal, cirugía general, entre otros), urgencias, quirófanos, consulta externa, soporte terapéutico y ayudas diagnóstico. 3) Que el servicio de ayudas diagnosticas cuenta con las áreas de patología, laboratorio clínico e imagines diagnosticas; en las cuales se requiere adquirir equipos para dar continuidad a la prestación del servicio de salud, en el área de patología se requiere de tres equipos denominados Central de
Inclusión, Micrótomo de Rotación y baño de flotación digital, la central de inclusión es un equipo utilizado para la armar moldes de tejido, del cual no dispone el servicio de patología, por su parte el micrótomo se usa para realizar los cortes del tejido moldeado previamente ya que el equipo existente es obsoleto, toda vez que el mismo fue adquirido mediante una donación japonesa desde el año 1986, este equipo tienen cuchillas que deben ser afiladas y la tecnología actual cuenta con cuchillas desechables, en este orden teniendo en cuenta la cantidad de trabajo del área de patología es necesario adquirir dicho equipo, en relación al baño de flotación este equipo ya no regula la temperatura de forma adecuada lo cual trae como consecuencia el daño las muestras de tejido, dificultando el proceso para obtener las láminas histológicas de lectura. En relación al área de laboratorio Clínico se requiere de una incubadora indispensable para iniciar el Programa de Tuberculosis como requisito de habilitación con el objetivo de dar complimiento a lo dispuesto en la Resolución 227 del 20 de Febrero de 2020 expedida por el Ministerio de Salud, en la cual se determina que es de obligatorio cumplimiento la realización de cultivos en medio líquido y en medio sólido para el diagnóstico de la Tuberculosis. 3) Que conforme a las necesidades del área Servicio de ayudas diagnosticas se adelantó el proceso de solicitud simple de oferta No. 013. S.S.O. 2020 cuyo objeto es “Contratar el suministro de gases medicinales para la atención integral de pacientes del Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E.”. 4). Que una vez surtidas todas las etapas del proceso de contratación el Comité de Contratación recomienda 5) Que mediante comunicación de aceptación
de la oferta de fecha ______________________________, se procedió a adjudicar
__________________ al oferente_____________________ 6) Que el oferente _________________
cumplió con los requisitos establecidos en la Solicitud Simple de Oferta referida. 7) Que el Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente para la presente contratación. En consideración a lo anterior, el presente contrato se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: CONTRATAR LA COMPRAVENTA DE EQUIPOS MÉDICOS PARA EL ÁREA DE AYUDAS DIAGNÓSTICAS CONFORMADA POR LAS SUB- ÁREAS DE PATOLOGÍA, LABORATORIO CLÍNICO E IMÁGENES DIAGNÓSTICAS CON EL FIN DE GARANTIZAR LA ATENCIÓN DE LOS PACIENTES DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL XX XXXXXX E.S.E. SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
El contratista hará entrega de los equipos médicos, en la cantidad y unidad de medida, descrita a continuación:
ÍTEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA |
1 | 1 | CENTRAL DE INCLUSION COMPLETA CON LUPA, PEDAL Y FORCEPS . SISTEMA MODULAR DE INCLUSION DE TEJIDOS ESTA FORMADO POR 2 COMPONENTES SEPARADOS EL MODULO CALIENTE DE INCLUSION Y PLACA FRIA. DISPENSADOR DE PARAFINA. T° DE FUNCIONAMIENTO 50°C A 75°C AJUSTABLE PASOS DE 1 °C APROX 100 CASETES. MAXIMO 4 LITROS PANTALLA TACTIL. PLACA FRIA REFRIGERADORA TEMPERATURAS - 6 °C CAPACIDAD MINIMA DE TRABAJO 60 BLOQUES SOLIDIFICADO EN 30 MINUTOS. ACCESORIOS: PLACA REFRIGERADORA CABLE DE PODER, LUPA, PEDAL, FORCEPS. (CODIGO UNSPSC: 41102916) | UNIDAD |
2 | 1 | MICROTOMO DE ROTACION MANUAL CON SOPORTE PARA CASETES Y ANILLOS DE INCLUSION ADAPTADOR PARA CUCHILLAS DE ALTO Y BAJO PERFIL. SELECCIÓN ESPESO XX XXXXX 0.5 -60 um. AVANCE HORIZONTAL DE LA MUESTRA 25 MM. DESPLAZAMIENTO VERTICAL DE LA MUESTRA 59 MM. ORIENTACION DE LA MUESTRA XY-+8° DESBASTE 10UM, 50UM. DIMENSIONES HASTA 490 MM X 490MM X 265 MM. ACCESORIOS: BASE PORTACUCHILLAS, PORTACUCHILLAS DE ALTO Y BAJO PERFILM PINZA CASETTE CON ADAPTADOR BANDEJA DE PLASTICO PINZA PORTAMUESTRAS. (CODIGO UNSPSC: 41102916) | UNIDAD |
3 | 1 | BAÑO DE FLOTACION DIGITAL: PARA SECCIONES DE PARAFINA, CUADRADO, DE 110 V, CONTROL DIGITAL DE TEMPERATURA, CON DISPLAY DE FACIL LECTURA, DIMENSIONES HASTA 43,5 X 27,4 X 17 cm. RANGO DE TEMPERARUTA HASTA 75 °C CENTIGRADOS. (CODIGO UNSPSC: 41102916) | UNIDAD |
4 | 1 | INCUBADORA: VOLUMEN UTILIZABLE 57 LITROS, RANGO DE TEMPERATURA DE 5 A 100 °C, CONVECCION NATURAL, CONTROLADOR CON PANTALLA LCD, REGULACION DE LA REJILLA DE AIRE POR CONTROL ELECTROMECANICO, PUESTA INTERIOR XX XXXXXX DE SEGURIDAD, 2 REJILLAS CROMADAS, POSIBILIDAD DE APLANAMIENTO, CONTROLADOR DE SELECCION DE TEMPERATURA INTEGRADO CON ALARMA OPOTICA. CONEXION A usb PARA EL REGISTRO DE DATOS DIMENSIONES INTERNAS 360 X 420 X 3800 mm, EXTERNAS 560 X 625 X 565 mm. BANDEJA EN ACERO INOLXIDABLE. CON CERTIFICADO DE CALIBRACION, CON GARANTIA. (CODIGO UNSPSC: 42271714) | UNIDAD |
TERCERA.- OBLIGACIONES RELATIVAS AL OBJETO CONTRACTUAL:
3.1. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON EL OBJETO CONTRACTUAL.
a. Presentar el Registro INVIMA y Registro de Importación del o los equipos contratados.
b. Entregar el respectivo cronograma de mantenimiento a realizarse durante el tiempo de garantía del equipo.
c. Entregar la garantía del o los equipos objeto del contrato.
d. Suministrar los respectivos manuales de operación y servicio en español.
e. Garantizar la disponibilidad de los repuestos por el término de 5 años.
f. Presentar el respectivo certificado de calibración del equipo cuando aplique.
g. Entregar la certificación de originalidad del o los equipos.
h. En caso de requerir mantenimiento después de la garantía (1 año), su incremento no podrá exceder el valor del IPC anual.
i. Certificar que el equipo objeto del contrato se encuentra libre de Mercurio.
j. Capacitar al personal del Hospital en relación al manejo y uso del o los equipos objeto del contrato.
k. Realizar la entrega de los equipos dentro del plazo de ejecución establecido en el contrato.
l. Proceder a realizar a realizar el cambio del equipo en caso que se entregue en mal estado y proceder a su sustitución sin ningún costo adicional, dentro del termino señalado por el supervisor del contrato.
m. Aceptar solicitudes y realizar la reposición de los equipos que resultaren deteriorados en el transporte de los mismos, o con defectos de calidad, empaque o conservación, de cuyo reporte le haga el Hospital hasta ciento veinte (120) horas siguientes a la recepción del producto, debiendo proceder a dicha reposición dentro del término señalado por el supervisor del contrato.
3.2OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATO.
a. Garantizar que los equipos cumplan con las especificaciones técnicas contratadas.
b. Las entregas deberán efectuarse en las instalaciones xxx Xxxxxxx del Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx Empresa Social del Estado, y en el siguiente horario de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
c. El contratista no podrá negarse a entregar los equipos aduciendo motivos de empaque o presentación de los mismos, además no podrá retrasar o cancelar las entregas por motivos de producción, baja oferta, baja demanda, escasez en el mercado, trámites aduaneros y/o de importación, licencias, vacaciones colectivas o variaciones en el precio de la oferta. En caso de fuerza mayor o caso fortuito que impida la entrega de producto, el Contratista deberá realizar todas las gestiones necesarias para la consecución y entrega del mismo al Hospital.
d. El contratante podrá terminar y liquidar el contrato una vez fenecida la vigencia fiscal, sin necesidad de haber agotado el monto presupuestal contratado, como lo acepta el contratista con la presentación de su oferta y firma del contrato.
e. El contratante podrá terminar y liquidar el contrato una vez fenecida la vigencia fiscal, sin necesidad de haber agotado el monto presupuestal contratado, como lo acepta el contratista con la presentación de su oferta y firma del contrato.
f. Con la presentación de la oferta, se entiende que el oferente acepta de forma integral estas condiciones y contratar según sea el caso, con el Hospital.
g. La oferta presentada será inmodificable en el valor y sus condiciones, el contratista no podrá variar el valor ofrecido en detrimento del valor ofertado salvo acuerdo de las partes y en beneficio del objeto social del hospital.
h. La persona jurídica que resulte favorecida con la adjudicación del contrato deberá socializar entre sus trabajadores y velar por el cumplimiento del anexo técnico denominado “PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE”, disponible en: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx0/xxxxx.xxx/xxxxx/xxxxxxx- juridica/file/958-anjur-01-anexo-tecnico.
CUARTA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: EL CONTRATANTE se compromete a cumplir las siguientes obligaciones: a) Designar al supervisor del contrato u orden de compra. b) Acompañar la ejecución del objeto en los términos y condiciones pactados. c) Suministrar la información necesaria relacionada con el objeto del contrato u orden de compra de manera que EL HOSPITAL pueda apoyar adecuadamente el desarrollo del contrato. d) Realizar oportunamente los desembolsos financieros establecidos en el presente contrato u orden de compra siempre y cuando EL HOSPITAL cumpla con las condiciones para ello. e) Analizar oportunamente la información remitida por EL CONTRATISTA. En caso de requerirse ajustes, solicitarlos por escrito.
f) Las demás que correspondan a la naturaleza del contrato u orden de compra, de acuerdo a su
naturaleza y objeto. QUINTA.- ENTREGA.- Los elementos objeto del presente contrato se entregaran por parte del CONTRATISTA en almacén general, conforme el procedimiento de entrega en conjunto con el supervisor del contrato. SEXTA. - DURACIÓN: Hasta el 31 de octubre de 2020, plazo contado partir de la suscripción del acta de inicio y previo cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato. PARÁGRAFO.- EL CONTRATANTE podrá dar por terminado el presente contrato culminada la vigencia fiscal, sin necesidad de haber agotado el monto presupuestado. SÉPTIMA. - VALOR DEL CONTRATO._
____________________________________________, incluido IVA, impuestos xx Xxx, costos y gravámenes. PRESUPUESTO DISCRIMINADO:
BIENES A CONTRATAR: | ||||
DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | ||||
ÍTEM | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | VALOR UNITARIO |
1 | 1 | CENTRAL DE INCLUSION COMPLETA CON LUPA, PEDAL Y FORCEPS. SISTEMA MODULAR DE INCLUSION DE TEJIDOS ESTA FORMADO POR 2 COMPONENTES SEPARADOS EL MODULO CALIENTE DE INCLUSION Y PLACA FRIA. DISPENSADOR DE PARAFINA. T° DE FUNCIONAMIENTO 50°C A 75°C AJUSTABLE PASOS DE 1 °C APROX 100 CASETES. MAXIMO 4 LITROS PANTALLA TACTIL. PLACA FRIA REFRIGERADORA TEMPERATURAS - 6 °C CAPACIDAD MINIMA DE TRABAJO 60 BLOQUES SOLIDIFICADO EN 30 MINUTOS. ACCESORIOS: PLACA REFRIGERADORA CABLE DE PODER, LUPA, PEDAL, FORCEPS. | UNIDAD | $XXXXXXXXX |
2 | 1 | MICROTOMO DE ROTACION MANUAL CON SOPORTE PARA CASETES Y ANILLOS DE INCLUSION ADAPTADOR PARA CUCHILLAS DE ALTO Y BAJO PERFIL. SELECCIÓN ESPESO XX XXXXX 0.5 -60 um. AVANCE HORIZONTAL DE LA MUESTRA 25 MM. DESPLAZAMIENTO VERTICAL DE LA MUESTRA 59 MM. ORIENTACION DE LA MUESTRA XY-+8° DESBASTE 10UM, 50UM. DIMENSIONES HASTA 490 MM X 490MM X 265 MM. ACCESORIOS: BASE PORTACUCHILLAS, PORTACUCHILLAS DE ALTO Y BAJO PERFILM PINZA CASETTE CON ADAPTADOR BANDEJA DE | UNIDAD | $XXXXXXX |
PLASTICO PINZA PORTAMUESTRAS. | ||||
3 | 1 | BAÑO DE FLOTACION DIGITAL: PARA SECCIONES DE PARAFINA, CUADRADO, DE 110 V, CONTROL DIGITAL DE TEMPERATURA, CON DISPLAY DE FACIL LECTURA, DIMENSIONES HASTA 43,5 X 27,4 X 17 cm. RANGO DE TEMPERARUTA HASTA 75 °C CENTIGRADOS. | UNIDAD | $XXXXXX |
4 | 1 | INCUBADORA: VOLUMEN UTILIZABLE 57 LITROS, RANGO DE TEMPERATURA DE 5 A 100 °C, CONVECCION NATURAL, CONTROLADOR CON PANTALLA LCD, REGULACION DE LA REJILLA DE AIRE POR CONTROL ELECTROMECANICO, PUESTA INTERIOR XX XXXXXX DE SEGURIDAD, 2 REJILLAS CROMADAS, POSIBILIDAD DE APLANAMIENTO, CONTROLADOR DE SELECCION DE TEMPERATURA INTEGRADO CON ALARMA OPOTICA. CONEXION A usb PARA EL REGISTRO DE DATOS DIMENSIONES INTERNAS 360 X 420 X 3800 mm, EXTERNAS 560 X 625 X 565 mm. BANDEJA EN ACERO INOLXIDABLE. CON CERTIFICADO DE CALIBRACION, CON GARANTIA. (CODIGO UNSPSC: 42271714) | UNIDAD | $XXXXXXX |
VALOR TOTAL: | $XXXXXXX |
OCTAVA.- FORMA DE PAGO.- El hospital realizará el pago de la siguiente forma:
Clase de pago | Valor | Condiciones para el pago |
Pago Total | XXXXXX | • Soporte de pago de Seguridad Social. • Acta de entrada almacén general. • Acta de recibo a satisfacción suscrita por el supervisor del contrato. • Factura o documento equivalente. • Documentos administrativos. NOTA: EL pago se realizará dentro de los treinta (30) días calendario siguiente a la radicación de la factura y demás soportes. |
NOVENA.- FACTURACIÓN: El proceso de facturación deberá atender los siguientes requerimientos:
1. EL CONTRATISTA deberá identificar los insumos a cobrar, de acuerdo a la denominación estipulada en el presente contrato, sin perjuicio de que además, también lo identifiquen con el nombre comercial del productor. 2. EL CONTRATISTA facturará a EL CONTRATANTE, en orden cronológico de entrega de los insumos contratados. 3. EL CONTRATISTA deberá facturar todo producto por la unidad de medida solicitada en este contrato. 4. EL CONTRATISTA deberá atender los procesos de facturación de acuerdo a los requerimientos técnicos y la normatividad nacional (Estatuto Tributario y el Código de comercio). DÉCIMA.- GARANTÍAS.- Las garantías que exija EL CONTRATANTE en desarrollo del presente Contrato, requieren aprobación del Representante Legal o del Funcionario Delegado por éste. En su orden, EL CONTRATISTA se compromete a constituir a su xxxxx y a favor de EL CONTRATANTE las siguientes garantías: 1. De cumplimiento del Contrato: la cual cubra los siguientes amparos: a. Cumplimiento del Contrato: equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, la que deberá amparar el término de duración de este contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la firma de este contrato. b) De Calidad del producto: Con una póliza equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y por el término de duración de este contrato y seis (06) meses más, contados a partir de la firma de este contrato. PARAGRAFO PRIMERO: Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una Unión Temporal o Consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. Para el Contratista conformado por una estructura plural (unión temporal, consorcio): la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Contratista, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. PARAGRAFO SEGUNDO: La póliza debe contener la siguiente información: número y año del contrato, objeto del contrato, firma del representante legal del Contratista y en caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421. PARAGRAFO TERCERO: Dichas garantías deben presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato y es requisito indispensable para la ejecución. El Contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe la Entidad, así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de incumplimiento del Contrato y se dará inicio a los procesos sancionatorios a que haya lugar. DÉCIMA PRIMERA.- CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento total por parte de EL CONTRATISTA o de la declaratoria de caducidad del contrato, este se obliga a cancelar al CONTRATANTE la cláusula Penal Pecuniaria, equivalente al diez (10%) del valor total del contrato, más los perjuicios que se causen. Dichos valores podrán ser tomados directamente de los saldos pendientes a favor de EL CONTRATISTA, y/o de la liquidación del contrato o de las garantías que amparan el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MULTAS.- En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones pactadas en el presente Contrato a cargo de EL CONTRATISTA, este se obliga a cancelar al CONTRATANTE las multas en los casos y cuantías señalados a continuación, las cuales se aplicarán sobre el valor contractual, excluido el IVA, así: a) Por cada día de incumplimiento en el plazo de entrega de los elementos objeto del presente contrato, según lo estipulado en la cláusula quinta contractual, el uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día de incumplimiento hasta llegar al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. b) Por el incumplimiento de la obligación de constituir las pólizas, el cinco por ciento (5%) del valor del contrato. c) Por entregar los medicamentos con defectos de calidad o empaque, expirados o a un tiempo de expiración inferior a doce (12) meses y omitir o retardar su sustitución, el diez por ciento (10%) del valor del contrato. d) Por la omisión en la entrega de los medicamentos requeridos, el diez por ciento (10%) del valor del contrato. e) Por el incumplimiento en las condiciones de contratación y entrega del producto previstas en la solicitud a cotizar, la cual hace parte integral del presente contrato, el diez por ciento (10%) del valor del contrato. f) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de este contrato, el
diez por ciento (10%) del valor del contrato PARÁGRAFO PRIMERO: Las partes convienen en que el procedimiento para aplicar las multas y cláusula penal pecuniaria aquí establecidas y la forma de hacerlas efectivas, es el contemplado en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011. PARÁGRAFO SEGUNDO: La aplicación de una de las causales aquí establecidas no agota la posibilidad de volverla a aplicar si se presenta nuevamente el incumplimiento. DÉCIMA TERCERA. EXIGIBILIDAD DE LA CLÁUSULA.- Las estipulaciones contenidas en las cláusulas anteriores son exigibles por la vía ejecutiva con base en este contrato, por cuanto estos documentos constituyen para las partes contratantes título ejecutivo. DÉCIMA CUARTA.- RELACIÓN LABORAL.- EL CONTRATANTE no adquiere ningún tipo de relación laboral con EL CONTRATISTA, ni con el personal que éste contrate para la ejecución del presente documento. DÉCIMA QUINTA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.- Tanto EL CONTRATANTE como EL CONTRATISTA
declaran bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma de este documento, que no se encuentran incursos dentro de ninguna de las causales de inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la Constitución Nacional, la ley 80 de 1993, el Estatuto de Contratación Interno compilado mediante Acuerdo No. 014 de 26 de Septiembre de 2019, modificado mediante Acuerdo 026 del 2019, Acuerdo 028 del 2019 y Acuerdo 009 del 2020 y demás disposiciones que regulen la materia. DÉCIMA SEXTA.- SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.- De conformidad con el artículo 1º de la Ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá cumplir sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF) por lo cual, el incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. PARÁGRAFO: Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de este incumplimiento, por cuatro (4) meses EL CONTRATANTE dará aplicación a la cláusula excepcional de caducidad administrativa. DÉCIMA SEPTIMA.- DOMICILIO.- Para todos los efectos de este Contrato se fija como domicilio de las partes la ciudad de San Xxxx xx Xxxxx. DÉCIMA OCTAVA- PRESUPUESTO: El gasto de que trata el presente Contrato se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 809 del 31 xx xxxxxx de 2020, del Presupuesto de gastos del HOSPITAL UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL XX XXXXXX E.S.E. DECIMA NOVENA.-
SUSPENSIÓN TEMPORAL.- Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito las partes de común acuerdo podrán suspender la ejecución del contrato mediante un acta en la que conste tal evento sin que para los efectos del término de duración se compute el de suspensión. VIGÉSIMA.- CESIÓN.- EL CONTRATISTA no podrá ceder los derechos y obligaciones que adquieren por este contrato a ninguna persona natural o jurídica, en caso de darse esta eventualidad, EL CONTRATISTA deberá presentar un escrito donde consten las razones y EL CONTRATANTE podrá dar autorización. VIGÉSIMA PRIMERA.- CONOCIMIENTO DEL ESTATUTO INTERNO DE
CONTRATACIÓN, CÓDIGO DE INTEGRIDAD: EL CONTRATISTA declara por el presente documento, que conoce el Estatuto Interno de Contratación compilado mediante Acuerdo No. 014 de 26 Septiembre de 2019 expedido por la Junta Directiva de la entidad, modificado mediante Acuerdo 026 del 2019, Acuerdo 028 del 2019 y Acuerdo 009 del 2020, El Código de Integridad Resolución 1710 del 20 xx Xxxxx de 2019, de EL CONTRATANTE. VIGÉSIMA SEGUNDA- SUPERVISIÓN: El Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E. ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato a través del PROFESIONAL ESPECIALIZADO AYUDAS DIAGNOSTICAS, delegado para tales fines, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista, el apoyo a la supervisión se hará por parte el TECNICO DE MANTENIMIENTO. El interventor o supervisor ejercerá, en nombre del Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E. un control integral sobre la ejecución del contrato, para lo cual podrá, en cualquier momento exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, jurídicas, económicas y financieras existentes al momento de su celebración, en caso de que ello sea pertinente. El interventor o supervisor está facultado para revisar todos los documentos del contrato durante la vigencia del mismo y hasta su liquidación final. Igual facultad le asiste cuando, por razones técnicas, ambientales, de seguridad industrial, de salud ocupacional, económicas, jurídicas o de otra índole, el contratista solicite cambios o modificaciones al contrato inicialmente pactado. Así mismo, el interventor o supervisor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieran presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes
para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencia que llegaran a surgir durante la ejecución del contrato. El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la interventoría o supervisión; no obstante, sino estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor o supervisor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor o supervisor si el cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para el Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E. Para verificar la ejecución y cumplimiento del contrato, el interventor o supervisor tendrá derecho a intervenir, calificar, inspeccionar y ensayar cuando y hasta donde lo estime necesario o conveniente la organización, planeamiento, programa de trabajo, medidas de seguridad, sistema de control y aseguramiento de la calidad. Todas las órdenes, notificaciones, observaciones, instrucciones, decisiones, cambios o modificaciones que crucen entre el interventor o supervisor y el proveedor deberán quedar por escrito. EXCEPTO EN CASOS CRÍTICOS QUE SE REQUIERAN INTERVENCIÓN INMEDIATA VERBAL, CON NOTIFICACION ESCRITA LUEGO DE OCURRIDO EL
EVENTO. El contratista deberá prestar toda la ayuda y asistencia, así como las facilidades que sean necesarias para que el interventor o supervisor requiera inspección de las instalaciones de producción o distribución, de igual manera verificación de los procesos descritos. VIGÉSIMA TERCERA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y para su ejecución se requiere del Registro Presupuestal y Aprobación de las Garantías. VIGÉSIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: Las partes acuerdan en virtud del principio de autonomía de voluntad que el presente contrato podrá terminarse anticipadamente en los siguientes caso: a) Por mutuo acuerdo entre las partes, mediante acta que deberá constar por escrito. b) Por incumplimiento de EL CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones previstas en el presente contrato. c) Por vencimiento del término de duración del contrato y/o agotamiento del valor del mismo. VIGÉSIMA QUINTA- CLAUSULAS EXCEPCIONALES: El HOSPITAL
UNIVERSITARIO DEPARTAMENTAL, se reserva la facultad discrecional de hacer uso de las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación, terminación unilateral y caducidad, previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA SEXTA.-LEGALIZACIÓN.- EL CONTRATISTA deberá cumplir
con los siguientes requisitos y presentar los siguientes documentos como son: 1) Antecedentes disciplinarios, Judiciales y Fiscales del Representante legal, Registro Único de Proponentes, RUT, Cámara de Comercio y certificado xx xxx y salvo del pago de aportes a seguridad social. 2) Pago de las Estampillas Pro Desarrollo del Departamento xx Xxxxxx por el dos por ciento (2%) del valor total del Contrato, Pago de las Estampillas Pro Cultura del Departamento xx Xxxxxx por el dos por ciento (2%) del valor total del Contrato, Pago de las Estampillas Pro Universidad xx Xxxxxx por el punto cinco por ciento (0.5%) del valor total del Contrato. 3) Publicación del presente contrato en el SECOP por parte del Hospital.
Para constancia de todo lo anterior, se firma el presente Contrato en la Ciudad xx Xxxxx, el día Contratante: Contratista:
XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX Gerente Hospital Universitario Departamental xx Xxxxxx E.S.E. | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (Gerente General- Representante Legal, Apoderado, etc) ______________________ |
Proyecto:
Reviso Componente Jurídico: Aprobó Componente Jurídico: