CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 023-2018
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 023-2018
CIUDAD Y FECHA DEL CONTRATO: Xxxxxxxxxxx, 00 xx XXXXXX xx 0000.
CONTRATANTE: |
EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DEL MUNICIPIO DE SABANALARGA S.A. ESP. |
REPRESENTANTE LEGAL: |
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX |
CONTRATISTA: |
XXXXX XXXXX XXXXXX |
PLAZO EJECUCIÓN: |
Tres meses (03) meses |
Desde el 10 xx Xxxxxx de de 2018
al 10 de |
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VALOR DEL CONTRATO: |
CINCO MILLONES CIEN MIL PESOS M/L ($5.100.000) |
OBJETO: |
El Contratista Prestara el servicio de apoyo y cargue de información relacionada con los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo en los componentes técnico, administrativo y operativo, cargue que debe hacer La Empresa para cumplir con los requerimientos de información solicitado por la Superintendencia de Servicios Públicos a través de la plataforma del Sistema Único de Información (SUI), según propuesta adjunta. |
Entre los suscritos XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 98681803 expedida en Sabanalarga Antioquia, quien actúa en nombre y representación legal del la EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DEL MUNICIPIO DE SABANALARGA ANTIOQUIA SA ESP, en su calidad de Gerente, debidamente facultado para contratar según lo estipulado en el artículo 31 de la escritura pública N° 04 expedida el 17 de enero de 2009 en el despacho único del MUNICIPIO DE LIBORINA, quien para los efectos del presente contrato de prestación de servicio se denominará LA EMPRESA de una parte y de la otra, XXXXX XXXXX XXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.728.317 de Medellín Antioquia, quien actúa en calidad de CONTRATISTA, Hemos convenido celebrar el presente Contrato por prestación de servicios, que está reglamentado por la ley 142 de 1994, art 3 de la Ley 689 de 2001 y las normas del derecho privado asociadas a las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios y que se regirá por las cláusulas siguientes: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. El Contratista Prestara el servicio de apoyo y cargue de información relacionada con los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo en los componentes técnico, administrativo y operativo, cargue que debe hacer La Empresa para cumplir con los requerimientos de información solicitado por la Superintendencia de Servicios Públicos a través de la plataforma del Sistema Único de Información (SUI), según propuesta adjunta. CLAUSULA SEGUNDA: VALOR: El valor del presente contrato será de CINCO MILLONES DE PESOS M/L ($5.000.000). CLAUSULA TERCERA. FORMA DE PAGO. La Empresa de servicios Públicos de Sabanalarga, cancelara las obligaciones contraídas en este contrato, cuando se presente cuenta de cobro, con informe de avance y certificado del Gerente por cumplimiento del contrato a razón de $1.700.000 / mensual hasta ejecutar la totalidad del contrato. CLAUSULA CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato por prestación de servicios será de Tres (03) meses contado a partir del 25 de Julio de 2017 hasta el 30 de Julio de 2017. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se compromete para con la empresa a: 1- ejercer las funciones correspondientes a la parte del objeto estipulado en el contrato en lo pertinente Cargue de información oportuna y de calidad correspondiente a los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo prestados por La EMPRESA. CLAUSULA SEXTA. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: Está obligada 1- a pagar oportunamente y en la forma establecida el precio del contrato. 2- Suministrar los espacios físicos y los elementos necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato. 3- respetar el equilibrio económico del contrato. CLAUSULA SEPTIMA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: La Empresa dispone de las apropiaciones presupuéstales de la actual vigencia fiscal, según consta en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se anexan a la orden de pago, expedido por la Secretaria de la Empresa. El pago del presente se hará por un valor total de $5.000.000 con cargo al código presupuestal 0305110202 por un valor de $2.091.000, al código presupuestal 0305120202 por un valor de $1.173.000, al rubro presupuestal 0305130202 por un valor de $1.836.000, rubros denominados prestación de servicios. CLAUSULA OCTAVA. INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL: De conformidad con lo dispuesto por el Código Sustantivo de Trabajo en lo relacionado con el caso, EL CONTRATISTA no se considera para efectos de este contrato, como empleado o trabajador de la Empresa, por lo tanto el presente contrato no genera entre las partes relación laboral alguna. CLAUSULA NOVENA. CESIÓN Y SUBCONTRATOS.- EL CONTRATISTA no podrá ceder o subcontratar este contrato, total o parcialmente, sin autorización escrita, previa y expresa de la Gerencia de la Empresa. CLAUSULA DECIMA: SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se podrá suspender temporalmente la ejecución del presente contrato cuando se presenten circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, o de común acuerdo entre las partes, para lo cual se suscribirá un acta en que consten dichas circunstancias. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: NECESIDAD DE SATISFACER FINES ESPECÍFICOS: El presente contrato se celebra para atender los fines específicos objeto del contrato. Igualmente se deja constancia de que a la fecha no existe personal dentro de la planta de la Entidad territorial para ejecutar el servicio contratado. CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA. CADUCIDAD: La Empresa podrá declarar la caducidad del contrato cuando se presente alguna de las causales señaladas en la Ley, previo el procedimiento legal establecido. CLAUSULA DECIMA TERCERA. XXX X XXXXX: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, y que se encuentra x xxx y salvo con el Municipio de SABANALARGA. CLAUSULA DECIMA CUARTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma de este documento, no encontrarse incurso en causal de inhabilidad e incompatibilidad o prohibición legal para celebrar y ejecutar el presente contrato. CLAUSULA DECIMA QUINTA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO: El presente Contrato queda sujeto a los principios de interpretación, modificación y terminación unilaterales establecidos en la Normatividad que para tal efecto existan en el territorio Nacional. DECIMA SEXTA: DOCUMENTOS: hacen parte del presente contrato los siguientes documentos. 1. Certificado de antecedentes disciplinarios 2. Certificado de la contraloría General de la República de la persona natural 3. RUT. 4. Seguridad Social. 5. Fotocopia de la cédula del representante legal. 6. Propuesta. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: DOMICILIO: Para todos los efectos legales y fiscales, las partes acuerdan fijar como domicilio contractual el Municipio de Sabanalarga. Para constancia se firma a los diez (10) días del mes xx Xxxxxx de 2018.
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX
Representante legal CC 71.728.317
ESPD S/LARGA CONTRATISTA
Nit 900262356-5
CONTRATANTE.
ESTUDIOS PREVIOS DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 023-2017 |
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EMPRESA |
LA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE SABANALARGA S.A ESP. |
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DEPENDENCIA |
GERENCIA |
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JEFE DE DEPENDENCIA |
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX |
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CARGO |
GERENTE GENERAL |
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FECHA |
Ocho (08) xx Xxxxxx de 2018 |
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OBJETO DE LA CONTRATACIÓN |
El Contratista Prestara el servicio de apoyo y cargue de información relacionada con los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo en los componentes técnico, administrativo y operativo, cargue que debe hacer La Empresa para cumplir con los requerimientos de información solicitado por la Superintendencia de Servicios Públicos a través de la plataforma del Sistema Único de Información (SUI). |
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JUSTIFICACIÓN TECNICA |
La Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios del Municipio de Sabanalarga, para dar cumplimiento a su objeto misional de prestación del servicio de Acueducto, Alcantarillado y Aseo y para garantizar los reportes de información requeridos por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de Servicios Públicos a través del aplicativo SUI, en particular lo requerido en la ley 142 de 1994 en la norma compilatoria expedida a través de la Resolución SSPD No. 20101300048765 4 de diciembre de 2010 consistente en el cargue de información para 88 formularios y formatos en los tópicos administrativos y operativos, requiere de contratación de personal encargado del cargue debido a que en la planta de cargos de la Entidad no se dispone de personal capacitado para tal fin.
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JUSTIFICACION JURIDICA |
El presente proceso de contratación está sustentado jurídicamente por el art 31 de la Ley 142 de 1994, art 3 de la Ley 689 de 2001 |
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JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA |
El presupuesto oficial estimado del proceso de contratación es la suma total de $5.000.000 y se hará con cargo al código presupuestal 0305110202 por un valor de $2.091.000, al código presupuestal 0305120202 por un valor de $1.173.000, al rubro presupuestal 0305130202 por un valor de $1.836.000, rubros denominados prestación de servicios. |
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FORMA DE PAGO. |
VALOR Y FORMA DE PAGO. – EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOCILIARIOS DE SABANALARGA S.A E.S.P atenderá este compromiso una vez se ejecute el objeto del contrato y después de presentar la cuenta de cobro por los servicios prestados y el respectivo informe. El valor se cancelará a razón de $1.700.000/mensuales hasta culminar el plazo establecido para el contrato. |
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PLAZO DE EJECUCIÓN |
Tres (03) meses contados a partir xxx xxxx (10) xx Xxxxxx de 2018 al 10 de Noviembre de 2018. |
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ANÁLISIS DE RIESGO |
Los riesgos previsibles y su tipificación se asocian básicamente al cumplimiento del contrato pero dado el valor del mismo y a criterio de esta entidad territorial, no se exigirá póliza que ampare este riesgo por no obligarlo la ley. Se le exige licencia de conducción vigente y pago de soat.
No obstante, los riesgos previsibles más comunes a esta contratación y no asegurables así como su asignación y estimación son como sigue a continuación.
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SUPERVISOR DEL CONTRATO |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx |
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CARGO DEL SUPERVISOR |
Gerente General |
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CEDULA DEL SUPERVISOR |
98.681.803 |
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ELABORO: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx |
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Xxxxx 00 Xx 00-000. Telefax: 8554032. Sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx E-mail- xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx.xxx.xx