Contract
CUADRO RESUMEN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELECTRICO DE LA CÁMARA DE COMERCIO Y DE TODAS LAS INSTALACIONES EXISTENTES EN EL RECINTO XXXXXX XXXX XXXXX, UTILIZADAS EN LOS DIFERENTES EVENTOS FERIALES Y CONGRESUALES QUE SE CELEBREN EN EL MISMO
1. ORGANO DE CONTRATACIÓN: | ||
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN XX XXXXX COMISIÓN DE CONTRACION DE LA XXXXXX XX XXXXX | Número de Expediente | 133/2016 |
Calificación del Contrato | Servicios | |
Nº de Referencia - CPV | 50711000 | |
Tipo de Procedimiento | Abierto | |
Publicidad | Sí | |
Tramitación | Ordinaria | |
Criterios Adjudicación | Varios Criterios | |
Tipo de Contrato | No sujeto a regulación armonizada | |
2. OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de mantenimiento del sistema eléctrico de las instalaciones de la Cámara de Comercio xx Xxxxx y del Recinto Xxxxxx Xxxx Xxxxx, utilizadas para los diferentes eventos feriales y congresuales que se celebren en el mismo y suministros puntuales por necesidades objetivas. | ||
3. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: El valor estimado del contrato será de 25.000 euros. El precio final se determinara multiplicando los precios hora unitarios ofertados por la cantidad de horas estimadas en el presente pliego. Al precio resultante habrá de añadirse el IVA correspondiente. | ||
4. PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del contrato se extendería desde su adjudicación hasta el 31 de diciembre del año 2016. | ||
5. GARANTÍAS: Provisional: NO Definitiva: SI (5% del precio de adjudicación, excluido el IVA). | ||
6. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES: Registro de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxx, sito en su edificio de oficinas en la Carretera Piles al Xxxxxxxx nº 652 xx Xxxxx (33203), hasta el día 18 xx Xxxx de 2016 , en horario de 09:00 a 14:00 horas. | ||
7. PRESENTACIÓN TELEMÁTICA: No | ||
8. CESIÓN DEL CONTRATO: No |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELECTRICO DE LA CÁMARA DE COMERCIO Y DE TODAS LAS INSTALACIONES EXITENTES EN EL RECINTO XXXXXX XXXX XXXXX, UTILIZADAS EN LOS DIFERENTES EVENTOS FERIALES Y CONGRESUALES QUE SE CELEBREN EN EL MISMO
CLÁUSULA PRIMERA: Objeto del contrato:
Constituye el objeto de este contrato, el servicio de “Mantenimiento del Sistema Eléctrico” de las instalaciones de la Cámara de Comercio xx Xxxxx y del Recinto Xxxxxx Xxxx Xxxxx, utilizadas para los diferentes eventos feriales y congresuales que se celebren en el mismo y suministros puntuales por necesidades objetivas.
CLÁUSULA SEGUNDA: Régimen Jurídico y tipo de contrato:
Este contrato se regirá por las presentes Cláusulas, así como las Técnicas que completan estos Pliegos de contratación, y en lo no previsto en ellas, en las normas de derecho privado correspondientes, ya que, de acuerdo con el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se trata de un contrato privado.
CLÁUSULA TERCERA: Procedimiento de Adjudicación:
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto (de acuerdo con lo establecido en el párrafo 5.2., de las Instrucciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación xx Xxxxx para la contratación, aprobadas por el Pleno Cameral, en su reunión del 30 de octubre de 2008, modificadas en sesión Plenaria de 29 de julio de 2010).
El presente contrato se adjudicará mediante tramitación ordinaria y por el procedimiento abierto, no sujeto a regulación armonizada, con varios criterios para su adjudicación.
CLÁUSULA CUARTA: Publicidad:
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, esta Cámara incluye en el Perfil de Contratante de su página web (xxx.xxxxxxxxxxx.xx) la convocatoria del presente contrato, incluyendo los Pliegos de Cláusulas, tanto Administrativas como Técnicas, por las que se rige.
La fecha y hora del acto público de apertura de proposiciones, se comunicará oportunamente a través del Perfil del Contratante.
CLÁUSULA QUINTA: Duración del contrato:
La duración del contrato se extendería desde su adjudicación hasta el 31 de diciembre del año 2016.
CLÁUSULA SEXTA: Presupuesto:
El precio del contrato se obtendrá multiplicando el número de horas trabajadas, según el tipo de hora, durante el tiempo estimado total de la prestación en función de las necesidades de la Cámara.
Al precio resultante habrá de añadirse el IVA correspondiente.
Las ofertas que se presenten deben contemplar las diferentes especificaciones plasmadas en el pliego de Condiciones Técnicas.
CLÁUSULA SÉPTIMA: Pago del precio y revisión del mismo:
El pago se realizará siempre mediante transferencia bancaria o confirming, previa presentación de factura detallada sujeta a los impuestos vigentes y conformada por la Cámara, en un plazo de 60 días contados desde la fecha de recepción de la factura a plena satisfacción de la Entidad.
Dadas las características del contrato, no procede la revisión de precios.
CLÁUSULA OCTAVA: Aptitud para Contratar. Capacidad y Solvencia:
Podrán concurrir a la presente contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme a los artículos 54 a 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, y no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60 de la misma norma y acrediten su solvencia económica y técnica.
a. Solvencia económica y financiera: Deberá acreditarse por:
Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá de ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato (37.500,00 €). Dicho volumen se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el último ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deben presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar Resumen Anual de IVA (Modelo 390) y Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
b. Solvencia técnica o profesional: Deberá acreditarse por:
Relación de los principales servicios o trabajos realizados de similares características (mismo tipo y naturaleza), durante los últimos cinco años, indicando su importe, fecha y destino, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario al que se le prestaron los servicios o trabajos.
Alternativamente se podrá acreditar la solvencia mediante el correspondiente certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas aunque no sea exigible la clasificación del licitador, en el Grupo P - Subgrupo 1 - Categoría D - Categoría 1, según RD 773/2015 que modifica el RD 1098/2001, o en el Grupo P - Subgrupo 1 - Categoría A, conforme a la clasificación del RD 1098/2001. No siendo necesario en este caso acreditarla, por los medios anteriores.
En este caso, se ha de presentar junto con la certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste, que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
CLÁUSULA NOVENA: Presentación de proposiciones:
Para participar en el procedimiento abierto, el licitador deberá presentar la oferta en el Registro de la Cámara Oficial de Comercio, sito en sus oficinas en la Carretera Piles al Xxxxxxxx nº 652 xx Xxxxx (33203), en horario de 09:00 a 14:00 horas, en el plazo de quince (15) días naturales (si fuera xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo finalizará el siguiente día hábil), contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el PERFIL DEL CONTRATANTE de la Cámara.
Cuando la oferta se envíe por correo, el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicará a esta Cámara la remisión de la oferta mediante fax (número +. 34. 985.180.143) o telegrama al REGISTRO DE LA CÁMARA en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en la convocatoria.
Transcurridos, no obstante, los diez (10) días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas del presente Xxxxxx, sin salvedad o reserva alguna.
CLÁUSULA DÉCIMA: Presentación de la documentación exigida:
Los licitadores presentarán tres sobres (A, B y C) cerrados y firmados por el proponente o su representante en el cierre de los mismos, de forma que se garantice el secreto de su contenido.
En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con el que lo hace, es decir, si se efectúa en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, el CIF, el domicilio fiscal, teléfono y fax, dirección de correo electrónico, todo a efectos de comunicaciones, así como el nombre y número de expediente de licitación al que concurre. Cada sobre contendrá:
✓ Sobre «A»: Declaración Responsable y Solvencia, incluirá:
▪ La declaración responsable (artículo 146 apartado 4) del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar y cuenta con la capacidad para la ejecución del contrato, así como de no estar incurso en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, declaración que se ajustará al modelo que figura en el ANEXO I. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, en los términos que se concretan en la cláusula decimotercera del presente pliego. En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
▪ La documentación acreditativa de la Solvencia Económica y Técnica con arreglo a la cláusula Octava de los presentes Pliegos.
✓ Sobre «B»: Documentación Técnica Sujeta a Valoración con Criterios que Dependen de un Juicio de Valor. Además de la documentación solicitada en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se aportará documentación con detalle suficiente para poder ser evaluada conforme a los criterios de adjudicación, en el orden impuesto e incluyendo los siguientes contenidos:
• Capacidad de respuesta
• Organización del servicio en función del equipamiento técnico, recurso humanos y materiales adscritos al contrato
• Bolsa de horas para libre disposición de la entidad
✓ Sobre «C»: Oferta Económica. Deberá de presentarse según modelo plasmado en el ANEXO II del presente Xxxxxx, debiendo de estar siempre totalizada, prevaleciendo las partidas individuales a la total. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
En el caso de que algún precio ofertado superara al presupuesto máximo de licitación quedará excluida la oferta.
En este precio, se entenderán incluidos todos los conceptos, realizándose el contrato a cuenta y riesgo del adjudicatario.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: Órgano de contratación:
El órgano competente para la propuesta de adjudicación del presente contrato será la Mesa de Contratación que se constituya al efecto, y que estará integrada por:
• Presidente: Tesorero de la Cámara
• Miembros: Vocales de la Comisión de Contratación, Director del Área de la Actividad Ferial, Director del Área de Servicios Internos, Director Técnico, responsable del Departamento de
Compras y actuando como Secretario, el Secretario General en funciones de la Cámara o persona que la sustituya.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: Criterios de valoración:
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:
1. Criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas: Hasta 50 puntos.
1.1. Oferta económica: hasta 50 puntos.
Los puntos correspondientes a la valoración económica más ventajosa (la que presente un precio de licitación inferior al resto de las ofertas presentadas) se le otorgarán únicamente un total de 50 puntos, calculando la puntuación del resto de las ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
P=(Do/Dm+Pm/Po)/2*M
Siendo:
P la puntuación obtenida
Do el desvío de la oferta que se valora (Precio de licitación-Precio de la oferta)
Dm el desvío de la oferta más baja (Precio de licitación-Precio de la oferta más baja)
Pm importe de la oferta más baja
Po importe de la oferta que se valora
M máxima puntuación
La valoración económica de las ofertas se realizará considerando la duración máxima prevista del contrato e incluyendo el coste de todos los elementos propuestos que no supongan ejecución de acciones específicas de comunicación e incluyendo los gastos de viaje o desplazamiento del personal, etc.
2. Criterios cuantificables mediante la aplicación de juicios de valor: Hasta 50 puntos.
2.1. Capacidad de Respuesta: hasta 20 puntos.
Las ofertas señalarán el tiempo máximo de respuesta del licitador ante peticiones de ampliación o refuerzo del servicio, dando la mayor puntuación al que garantice la correcta prestación del servicio en el menor tiempo posible. Al resto se les puntuará de manera proporcional en sentido decreciente.
El licitador que no indique el tiempo máximo o si éste está indicado y es superior a 120 minutos, se le asignarán cero puntos.
Las ofertas deberán indicar el tiempo máximo expresado en minutos.
2.2. Organización del servicio: hasta 10 puntos.
El licitador presentará una propuesta de organización del servicio en la que deberá constar como mínimo los siguientes aspectos:
▪ Plan de mantenimiento eléctrico específico para las instalaciones de la Cámara y xxx Xxxxxxx que garantice la correcta ejecución de las tareas objeto del servicio
▪ Responsable directo adscrito al servicio (supervisor) con cualificación suficiente para manejar adecuadamente todos los recursos implicados en la gestión, que será el interlocutor de la empresa con el Director Técnico de la Cámara para todos los temas relacionados con la gestión del servicio. Dicha asignación se comunicará por escrito a la Dirección Técnica, y estarán en contacto permanente con el fin de resolver cualquier incidencia que pudiera surgir, así como para asegurar la adecuada prestación del servicio. Asimismo, la persona de contacto o la persona en quien esta delegue puntualmente deberá estar permanentemente localizable durante el horario de prestación del servicio.
La valoración de dicha propuesta se realizará conforme al siguiente baremo:
➢ Plan Completo: de 6 a 10 puntos. Se considerará aquel que describe con mayor nivel de detalle los aspectos organizativos del servicio y en cuanto a los medios materiales ofertados se consideran tanto en calidad como en cantidad los más adecuados para la correcta prestación del servicio.
➢ Plan Insuficiente: de 1 a 5 puntos. Se considerará aquel que no describe detalladamente los aspectos organizativos del servicio o bien presenta alguna deficiencia para la correcta prestación del servicio y en cuanto a los medios materiales ofertados no se consideran tanto en calidad como en cantidad los más adecuados para la correcta prestación del servicio.
➢ Plan Poco Significativo: 0 puntos. Se considerará aquel que resulta no procedente por no organizar la normal prestación del servicio y en cuanto a los medios materiales ofertados se limita a los mínimos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.3. Bolsa de Horas: hasta 20 puntos.
No serán tomadas en consideración, y por tanto quedarán excluidas de valoración, las horas extras ofrecidas que exceden de 200 horas de servicio.
Se concederán 20 puntos, a la oferta que presente el mayor número de horas extras para libre disposición de la entidad, que resulten valorables dentro del límite a que se refiere el párrafo anterior. El resto de horas se valorarán aplicando una fórmula aritmética proporcional en progresión decreciente.
La bolsa de horas podrá ser utilizada por la Cámara sin restricciones por razón de horario, calendario (días laborables, festivos o fin de semana, época del año) etc. En consecuencia, el licitador no podrá incluir condiciones ni restricciones en la disponibilidad de la bolsa de horas
que oferte. En caso de incumplir esta prohibición la oferta obtendrá cero puntos por este concepto.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA: Apertura de proposiciones y Adjudicación del Contrato:
Al tercer (3) día hábil, desde la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, la Mesa de Contratación procederá, a la calificación de la documentación contenida en los Sobres «A», relativos a la capacidad y la solvencia.
Si observase algún defecto u omisión en la misma, requerirá mediante correo electrónico a los licitadores para que la subsanen, dentro de un plazo no superior a tres (3) días hábiles, aportando éstos la documentación requerida en sobre cerrado, figurando en su exterior la indicación “Subsanación” así como nombre y número del expediente, en el Registro de la Cámara y en el mismo horario indicado para la presentación de ofertas. En el caso de contener defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Asimismo, se publicará en el perfil del contratante, los licitadores admitidos y a subsanar, así como el día que tendrá lugar el examen de la documentación aportada para la subsanación y el acto público de apertura del Sobre B.
Reunida la Mesa de Contratación, al objeto de valorar la documentación presentada por los licitadores para la subsanación de los defectos materiales observados en la documentación presentada en el Sobre «A», y valorada ésta, se procederá a continuación al acto público de apertura de los Sobres «B», relativos a la documentación sujeta a valoración con criterios subjetivos, que serán remitidos ese mismo día a los técnicos correspondientes para valoración y emisión de informe. En este mismo acto, la Mesa de Contratación determinará la fecha de apertura, en acto público, de los Sobres «C», relativos a los criterios objetivos, publicando anuncio al respecto en el Perfil del Contratante.
En el caso de que la totalidad de documentación administrativa relativa a los Sobres «A», de todos los licitadores resultara correcta, se procederá seguidamente ese mismo día, en acto público, a la apertura de los Sobres «B», relativos a la documentación sujeta a valoración con criterios subjetivos, que será remitida a los técnicos para valoración y emisión de informe. En este mismo acto, la Mesa de Contratación determinará la fecha de apertura, en acto público, de los Sobres «C», relativos a los criterios objetivos, publicando anuncio al respecto en el Perfil del Contratante.
En el acto público de apertura del Sobre «C», la Mesa de Contratación, con carácter previo a la apertura de las ofertas relativas a los criterios objetivos, dará cuenta del resultado de la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor, en el informe técnico emitido, y una vez abiertos dichos sobres, procederá a la realización de las operaciones matemáticas necesarias para el otorgamiento de las puntuaciones a los licitadores y la clasificación de las ofertas.
Una vez clasificadas las ofertas según los criterios fijados y determinada la económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación formulará la propuesta de adjudicación.
Formulada la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación y antes de que la misma sea elevada al órgano de contratación, se requerirá a la empresa propuesta como adjudicataria para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba el requerimiento, presente en el Registro de la Xxxxxx xx Xxxxx, en sobre cerrado en el que figurará en su exterior el nombre y número de expediente, la documentación que se detalla a continuación:
a) Una fianza definitiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 95 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público equivalente al 5% del importe de adjudicación, IVA no incluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, y responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del Texto Refundido indicado.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato o hasta que se resuelva éste sin culpa del contratista.
b) La documentación administrativa acreditativa del cumplimiento de los requisitos previstos a que se refiere el artículo 146.1 del TRLCSP, que se detalla a continuación:
1) Si el licitador fuera persona física, copia compulsada del DNI y, en su caso la escritura de apoderamiento debidamente legalizada o fotocopia autentica.
2) Si el licitador fuera persona jurídica, copia compulsada de la escritura de constitución y de modificación, en su caso inscrito en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución o acto fundacional, inscritos en el correspondiente Registro Oficial. Asimismo poder suficiente al efecto del firmante de la proposición en nombre y representación de la persona jurídica, así como fotocopia de su DNI.
3) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
4) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5) Certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la A.E.A.T.
6) Certificación de hallarse al corriente de pago con los Servicios Tributarios del Principado xx Xxxxxxxx.
7) Certificación de hallarse al corriente de pago con la Seguridad Social.
8) Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil de Explotación por la actividad a desarrollar en la ejecución del contrato con un mínimo de 300.000 euros para cubrir cualquier contingencia derivada de la actividad, en la que aparezca la R.C. Patronal con un mínimo de 90.000 euros por las relaciones del adjudicatario con sus trabajadores, en la que tanto el Recinto Ferial y sus instalaciones como todo su personal deberán ser tratados como terceros. Así como recibo de tenerlo pagado o en su defecto certificado de seguro emitido por la Entidad Aseguradora en el que se especifique la contratación del mismo y el pago.
De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, pudiendo el órgano de contratación, en ese caso, recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que se haya clasificado las ofertas, concediendo al efecto un nuevo plazo xx xxxx (10) días hábiles.
La Mesa calificará la documentación presentada, requiriendo al licitador para que subsane en su caso, dentro de un plazo no superior a tres (3) días hábiles, los defectos materiales observados en la misma
Realizadas dichas actuaciones, la Mesa elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación.
La Comisión de Contratación efectuará la adjudicación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación prevista en el apartado anterior.
La adjudicación se acordará en resolución motivada, y se publicará en el Perfil del Contratante de la página web.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: Formalización del contrato:
El contrato quedará perfeccionado mediante su formalización, que se llevará a cabo dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
Si éste no pudiera llegar a formalizarse por causas imputables al adjudicatario, la Cámara le podrá exigir la indemnización por daños y perjuicios que considere procedente.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA: Obligaciones y Derechos del Contratista:
Serán obligaciones del contratista, además de las que resulten de los Pliegos, de la oferta del adjudicatario -en lo que no esté en contradicción con aquéllos- y de la legislación vigente, las siguientes:
• Realizar los trabajos incluidos en el objeto del contrato en los términos señalados en los Pliegos y dentro de los plazos fijados, debiendo disponer de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución, incluida la subsanación de aquellos trabajos recusados por defectuosos o incorrectos.
En relación con los medios personales, será obligación del contratista disponer del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de las prestaciones del contrato, debiendo abonar sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales conforme a la legislación vigente.
El personal dependerá a todos los efectos de la empresa adjudicataria, que deberá cubrir las posibles ausencias como consecuencia de enfermedad, vacaciones o cualquier otra situación que pudiera surgir durante la ejecución.
Será responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación social y de salud laboral, quedando la Cámara exenta de responsabilidad derivada de las relaciones entre el contratista y su personal.
El adjudicatario deberá designar al frente de los trabajos a una persona idónea, cualificada y experimentada técnicamente en los oficios y labores a realizar para el cumplimiento del contrato en los términos previstos en el punto 2.2 de la Cláusula duodécima del presente Xxxxxx.
Asimismo el adjudicatario designará un Director que supervise las labores de Coordinador de seguridad y Salud durante su ejecución.
En relación con los medios materiales, el adjudicatario deberá disponer de cuantos medios, sean necesarios para ejecutar el contrato conforme a las previsiones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Esta obligación incluye la de disponer de materiales para sustituciones a realizar en menos de 24, así como de stock para responder de forma inmediata ante posibles eventualidades e imprevistos de cualquier tipo, materiales que estarán incluidos dentro del precio del contrato.
Los materiales a emplear deberán ser de primera calidad, reservándose la Cámara la facultad de requerir el cambio de los que considere inadecuados, requerimiento que deberá ser inmediatamente atendido por el adjudicatario.
• Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y trabajos realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara o para terceros por omisiones, errores, métodos o materiales inadecuados, conclusiones incorrectas o por las actuaciones de los medios personales empleados en la ejecución del contrato.
• Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, o a la Cámara como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, en los términos del artículo 214 del TRLCSP y siendo de su cargo la indemnización de todos los daños producidos cualquiera que sea su naturaleza y volumen.
Con independencia de las precauciones y limitaciones de ejecución contractuales, el contratista deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil de explotación en los términos establecidos en el punto 8) de la Cláusula Decimotercera xxx xxxxxx.
• Cumplir y hacer cumplir durante la ejecución de los trabajos la normativa sobre Seguridad y Salud y de Prevención de Riesgos Laborales así como las disposiciones vigentes o que se dicten en el futuro sobre las relaciones laborales, tanto generales como derivadas de los correspondientes convenios colectivos, bajo su exclusiva responsabilidad.
De acuerdo con lo anterior, el contratista deberá cumplir y hacer cumplir durante la ejecución de los trabajos la normativa sobre Seguridad y Salud y de Prevención de Riesgos Laborales, además de lo dispuesto en el proyecto/estudio básico de seguridad y salud.
A los efectos de lo señalado en el RD-L 5/11, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, antes del inicio de la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega al responsable del contrato de los documentos justificativos de la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que se ocupen de los trabajos, obligación que se mantendrá durante la vigencia del contrato en relación con las altas que se produzcan.
• De acuerdo con lo señalado en el párrafo f) del artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Cámara no será responsable de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deberán retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a los trabajos objeto de esta contratación. A tales efectos el contratista deberá adjuntar certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Cumplir la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud laboral, quedando obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. Asimismo cumplir la normativa vigente en materia fiscal, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la legislación vigente como en los Pliegos, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
• Asumir los impuestos, tasas y demás tributos que graven las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación del servicio objeto del contrato.
• El contratista asumirá los resarcimientos pertinentes y defenderá, a su propio coste, cualquier reclamación formulada por terceros contra la Cámara que se fundamente en la
infracción, derivada de contenidos desarrollados o suministrados por el contratista, de los derechos de propiedad intelectual o industrial o derechos de imagen de terceros.
• El contratista será responsable de la calidad técnica del trabajo que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
• Permitir y facilitar las inspecciones de los trabajos, material y equipo, por la Cámara. En caso de producirse alguna anomalía que impida la normal ejecución de los trabajos objeto del contrato, el contratista deberá informar de inmediato a la Cámara.
• Cumplir cualesquiera otras obligaciones señaladas en los Pliegos.
• El contratista tendrá derecho al abono del precio de las prestaciones efectivamente realizadas y recibidas por la Cámara con arreglo a lo señalado en el contrato y a los demás derechos derivados de los Pliegos y de la legislación vigente de aplicación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: Ejecución del Contrato:
El adjudicatario deberá ejecutar el objeto del contrato con estricta sujeción a las cláusulas del presente Xxxxxx, a las del de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista el Director Técnico y, en su caso, el responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia.
Las órdenes, instrucciones y comunicaciones que el Director Técnico del contrato estime oportuno dar al adjudicatario se efectuarán por escrito, autorizándolas con su firma y siendo de obligado cumplimiento para aquél. Cuando las instrucciones fueran de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes entre las partes.
Cuando el adjudicatario o personas de él dependientes realicen acciones u omisiones que comprometan o perturben la buena ejecución del contrato, el órgano de contratación, a través del Director Técnico adoptará las medidas concretas que sean necesarias para conseguir o restablecer el buen orden de ejecución de lo pactado sin perjuicio de lo dispuesto acerca del cumplimiento de los plazos y las causas de resolución del contrato.
En caso de disconformidad del servicio con las prestaciones ejecutadas, desde la Cámara se deberá emitir el correspondiente informe en tal sentido, dando traslado del mismo al contratista para que realice las oportunas rectificaciones.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Cámara.
La Cámara determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones y la subsanación de los defectos observados. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos
imputables al contratista, la Cámara podrá rechazar los mismos quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: Resolución del contrato:
Son causas de resolución del contrato las previstas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como aquellas que en su caso se establezcan expresamente en este contrato y cualesquiera otras determinadas en la legislación vigente. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, previa audiencia al contratista y a propuesta del Responsable y producirá los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del mencionado Real Decreto Legislativo 3/2011, y 110 a 113 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas.
En los casos de resolución por causa imputable al contratista, le será incautada la garantía y deberá además, indemnizar a la Cámara por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la realización de los servicios contratados, y a los mayores gastos que el incumplimiento ocasione a la Cámara.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: Penalidades:
El órgano de contratación, podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el Artículo 212 del TRLCSP, caso de que el contratista incurra en ejecución defectuosa del objeto del contrato, o demora respecto de los plazos señalados en el programa de trabajo.
La prohibición de contratar con la entidad, con los efectos establecidos en el artículo 61 bis, las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y especialmente la prevista en su punto 2.c).
Las referidas penalidades no excluyen el derecho de la Cámara a la reclamación de los daños y perjuicios que de la demora se deriven.
En todo caso, las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que en su caso se hubiese constituido.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: Confidencialidad:
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho
texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la Xxxxxx xx Xxxxx o de otros agentes para la ejecución del contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización de mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la Xxxxxx xx Xxxxx y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos.
Gijón, a 3 xx Xxxx de 2016
ANEXO I
Modelo de Declaración responsable
D. , con NIF nº. en nombre propio o en representación de la empresa con CIF. nº y domicilio a efectos de notificaciones en , c/, n.º , y correo electrónico, al objeto de presentar su solicitud de participación en el procedimiento para la contratación mediante procedimiento abierto del servicio (escribir el nombre del contrato).
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
I.-Que ostenta poder suficiente para representar a (cubrir solamente en caso de actuar en representación)
II.- Que ha quedado enterado del anuncio de licitación relativo a la contratación del servicio de
.
III.- Que igualmente conoce el pliego de prescripciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna.
IV.- Que ni él en nombre propio o la empresa a la que representa, ni sus administradores ni representantes, están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
V.- Que él en nombre propio o la empresa que representa, cuenta con la capacidad necesaria para la ejecución del presente contrato, a la fecha fin del plazo de presentación de proposiciones y se compromete a aportar la documentación acreditativa en caso de resultar adjudicatario.
VI.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda Estatal, con la del Principado xx Xxxxxxxx – incluido las relativas al alta en el correspondiente Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas – y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y se compromete a aportar la documentación acreditativa en caso de resultar adjudicatario.
VII.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
VIII.- Que él en nombre propio o la empresa a la que representa declara expresamente su voluntad de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
IX.- Que autoriza a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación xx Xxxxx, a remitirme las notificaciones que procedan con respecto al presente contrato por medio de fax y/o correo electrónico y quedando obligado a confirmar por el mismo medio la recepción.
En a de de 20 .
Fdo: .
ANEXO III
Modelo de Proposición Económica
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento abierto del contrato de “Servicio de Mantenimiento del Sistema Eléctrico de la Cámara de Comercio xx Xxxxx y de todas las instalaciones existentes en el Recinto Xxxxxx Xxxx Xxxxx, utilizadas en los diferentes eventos feriales y congresuales que se celebren en el mismo”, considera que se encuentra en condiciones de concurrir al mismo.
A estos efectos, manifiesta que conoce el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato con arreglo a los siguientes precios:
Concepto | Nº horas estimado | Precio Unitario | Total |
Precio hora de oficial electricista, en horario de 8:00 a 23:00 horas | 925 | ||
Precio hora de oficial electricista nocturna | 50 | ||
Precio hora de oficial electricista domingo o día festivo | 75 | ||
TOTAL |
La oferta se ajustará exactamente al modelo facilitado, especificando precios unitarios, y totalizada según el número de horas indicado.
En , a de de 20 . Firma del candidato,
Fdo.: .
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA ELECTRICO DE LA CÁMARA DE COMERCIO Y DE TODAS LAS INSTALACIONES EXITENTES EN EL RECINTO XXXXXX XXXX XXXXX, UTILIZADAS EN LOS DIFERENTES EVENTOS FERIALES Y CONGRESUALES QUE SE CELEBREN EN EL MISMO
1- Objeto xxx Xxxxxx:
El presente Xxxxxx consiste en definir las características técnicas que regirán el expediente de contratación del servicio de mantenimiento técnico-legal de las instalaciones eléctricas de alta y baja tensión de la Cámara de Comercio xx Xxxxx, así como del recinto xxxxxx Xxxx Xxxxx.
2- Emplazamiento de las instalaciones:
Las instalaciones objeto del presente contrato se encuentran ubicados en la Cámara de Comercio xx Xxxxx, sitos en la Carretera Piles al Xxxxxxxx nº 652 y en las diversas construcciones ubicadas el Recinto Ferial “Xxxx Xxxxx” xx Xxxxx, sito en el Paseo del Doctor Xxxxxxx nº 481.
3- Operaciones a realizar:
Los servicios objeto del presente Xxxxxx se referirán al coste de mano de obra por los trabajos requeridos por la Cámara a la empresa adjudicataria en los siguientes supuestos:
1. Necesidades eléctricas en las Oficinas Generales de la Cámara, en su Centro de Formación, en el Vivero de Empresas xx Xxxxx y en el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
0. Necesidades eléctricas surgidas en los diferentes eventos feriales y congresuales celebrados en el Recinto Xxxxxx Xxxx Xxxxx.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
➢ Los servicios solicitados pueden ser de cualquier tipo: baja, media y alta tensión.
➢ La empresa adjudicataria destinará los recursos técnicos y humanos necesarios para el desarrollo de los trabajos solicitados, en número y forma suficiente para el normal desarrollo de la actividad cameral y ferial.
➢ El personal que se destine a la realización de tales trabajos deberá tener conocimientos probados así como la titulación necesaria.
➢ No existe subrogación de personal.
➢ Todos los trabajos se circunscribirán al Reglamento Electrotécnico para la Baja Tensión (REBT), aprobado por el Real Decreto 842/2002, y por las normas y protocolos de Seguridad e Higiene establecidos.
➢ Se considerará jornada laboral diurna la comprendida entre las 08:00 y las 23:00. No obstante, todo trabajo vinculado a la actividad congresual y ferial podrá realizarse en horario nocturno y/o días festivos y domingos. Los horarios se establecerán de acuerdo a lo fijado por el técnico correspondiente.
➢ En ocasiones, se darán actuaciones muy cortas. En estos casos, la fracción de hora trabajada se considerará como media hora.
➢ La empresa concursante dispondrá de un servicio de atención 24 horas para casos puntuales que pudieran ser requeridos, indicando el tiempo máximo de respuesta para este servicio así como la operativa a aplicar.
Gijón, a 3 xx Xxxx de 2016