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CONTRATO DE "SUMINISTRO, INSTALACIÓN E INTEGRACIÓN AL CENTRO DE CONTROL RADAR D N:·º (' 11c-,t: :j1
SISTEMA DE VIGILANCIA AUTOMÁTICO DEPENDIENTE-DIFUSIÓN (ADS-B) PARA EL AEROPUERTO< '-'._'' '" :;_/
INTERNACIONAL DE EL XXXXXXXX, XXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXXX", SUSCRITO ENTRE LA COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA E INDRA SISTEMAS, S.A.
Xxxxxxxx, EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, conoc ido por EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX
XXXXXXXXXX, mayor de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Agrícola, del domicilio de Coló n, departamento de La Libertad, con Documento Único de Ident idad act uando en nombre y en representación, en mi calidad de Gerente General y Apoderado Genera l Administrativo de la COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA, Institución de Derecho Público con caráct er autónomo, y personalidad jurídica propia, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria, que en el transcurso de este instrumento podrá denominarse "la CEPA" o "la Comisión" ; y, XXXXX XXXXXXXX XXXXX, mayor de edad, de nacionalidad española, con Pasaporte Español número PAG ocho tres dos cero ocho ocho, emit ido por las au t ori d ades correspondientes el dieciocho xx xxxx de dos mil dieciocho y con fecha de vencim iento el tres de enero de dos mil veintiuno; y actuando en nombre y representación, en mi calidad de Apoderado Especial de la sociedad que gira bajo la den ominación "INDRA SISTEMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abr eviarse "INDRA SISTEMAS, S.A.", u na sociedad anón ima constituid a bajo las leyes de Españ a, que tiene su domicilio social en Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxx 00, Xxxxxxxxxx (X xxxxx), Xxxxxx, que en el t ranscu rso de este instrumento podrá denominarse "la Contratista", por medio de este instr um ento convenimos en celebrar el CONTRATO DE "SUMINISTRO, INSTALACIÓN E INTEGRACIÓN AL CENTRO DE CONTROL RADAR DE UN SISTEMA DE VIGILANCIA AUTOMÁTICO DEPENDIENTE-DIFUSIÓN (ADS-B) PARA EL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EL XXXXXXXX,
SAN XXXXX XXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXXX", que en adelant e podrá denominarse "el Contrat o", adjudica do en virtud del proceso de Cont rat ació n Directa con Proveedor Única CEPA CD-11 / 2019, el cual se regirá de conformidad a la Ley de Adqu isiciones y Cont rata ciones de la Administ ración Pública, que en adelant e podrá denom inars e "LACAP", y en especial a las obligacion es, condic iones y pactos siguie ntes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es que la Contratista proporcione el sumin ist ro, instalac ión e integración al Centro de Control Radar de un sistema de vigilanc ia automá t ico dependiente difusión (ADS-B), para el Aeropuerto Internacional de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxx lfo Ro m ero y Gald xxxx, de acuerdo a lo establecido en los Términosde Ref erencia de la Contr atación Directa con Pr oveedor Única CEPA CD-11/2019 y demás documentos contractuales. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Los
siguientes documentosse consideran parte integrant e del con tr ato : 1) Bases de Cont ratación Directa con Proveedor Único CEPA CD-11/ 2019, en adelante "las Bases", emitidas por la Unidad de Adqu isiciones y Contrataciones Inst it ucional (UACI} en el mes de oct ubre de 2019, y sus aclaraciones, adendas y/o enmiendas si las hubiesen; 11} Oferta presentada por la Cont ratista el 8 de octubre de 2019; 111) Punto Trigesimot ercero del acta número tres mil veintiséis, correspondient e a la sesión de Ju nt a Directiva de CEPA de fecha veintit rés de octubre de dos mil diecinueve, por medio del cual se adjud icó a favor de la Cont ratista la Cont r at ació n Directa con Proveedor Único CEPA CD-11/ 2019; IV} Notificación de Adjudi cación Ref.: UACl-1301/ 2019, emitida por la Unidad de Adqu isiciones y Cont ratac ionesInst itucional
(UACI) el día 25 de octubr e de 2019; V) Garantías que presente la Contrat ista; y VI) M odi ficat ivas al contrato, en caso aplique. TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. 1) PRECIO: La CEPA p agará a la Contrat ista en moneda de curso legal, a través de la Unidad Financiera Institucional (UFI), el monto total de DOSCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS{€ 205,600.00}, sin incluir el Impuesto a la Transf erencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). 11) FORMA DE PAGO: a) Se efectua rán dos pagos correspondi entes a la Fase I y a la Fase 11, de la sigu iente manera: Primer pago (Fase 1): Por el 50% del
monto cont ractua l, al recibir el sumini stro descr it o en la Fase 1, mediante acta de recepción parcia l; Segundo pago (Fase 11): Por el 50% restant e del monto cont ractua l, al recibir, instalar, pues ta en operac ión y capacitación del personal de CEPA, mediante acta de recepción definiti va. Para cada p ago, es necesario que la Cont rat ist a presente los docum entos de cobro al Adm inistrador de Cont rat o, qui en los revisar á y remit irá a la UFI, debiendo la Cont r at ist a anexar la siguiente documentación: i) El correspondi ente documento de cobro; ii) Copia del contra to suscrito entre la CEPA y la Con trat ist a, y sus modificac iones si las hubi esen; iii) Soli citud de pago en original y una copia; iv) Acta de Recepció n parcial o definitiva, según correspond a; y, v) Copia de Garantía de Buena Calidad, ap lica para el últ imo pago. Los documentos de
cobro xxx xxxxxx i) y las actas xxx xxxxxx iv), deberán estar firmados y sellados por el Admin ist rador del Cont rato y la Cont r atista . b) La Comi sión deberá efectuar el pago a la Cont ratista por medio de transferencia bancaria a la cuenta in dicada por la misma, conforme lo establecido en el Manu al de Procedimiento de la Sección de Tesorería de CEPA. c) La Contrat ista al ser una persona no domiciliada en la Repúb li ca de El Salvado r, p ara el pago del servicio contrat ad o, deberá presentar un recibosimple. Todo lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de cualquier normativa legal vigente en aspectos t ribut ar ios, f iscales y muni cipales. d) En caso de sol icit ar anticipo, la Cont rati sta deberá presentar a más tardar SEIS
(6) DÍAS HÁBILES p ost erior es a la not ifi cación de la Orden de Inicio, la siguie nte documentación: d.1) Garant ía de Bu ena Inversión de Anticipo, según se señala en el romano 11 de la cláusu la Décima Prim era de este instrumento; d.2) Solicitud y plan de in versión del ant icipo; d.3) Comproba nt e de pago
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correspondiente. La do cumentación d etall ada en los lit erales ant eriores, deberá presentars\e de.,ia1,; 11r-1 V.',/
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siguiente manera: i) El original de la Gara ntía de Buena Inversión de Antic ipo y copia de los documentos de los literales d.2) y d.3), a la UACI. ii) Originales de los documentos de los lit erales d.2) y d.3), junto con la copia de la Garantía de Buena Inversión de Anticipo, al Administrador de Contr ato. Una vez el Adm inistrador de Contrato tenga todos los documentos requeridos en el romano ii) antes descrito, remitirá en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles dichos documentos a la Gerencia Financi era de CEPA. Cump lidos los requerimientos de este numeral, la CEPA otorgará el ant icipo solicitado en un plazo de has t a DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, posterior a la fecha de recepción de documentos. El ant icipo será descontado en proporción del 30%, o el porcentaje solicitado por la contrat ista, en cada pago hasta la amor tización tot al del mismo . e) Para efectos de retención de Impuesto sobre la Renta, será apl icable lo dispuesto en el 11Conv xxxx entre el Xxxxx de España y la Republica de El Xxxxxxxx para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuesto sobre la Renta y sobre el Patrimonio", para lo cual, la Contratista deberá presen tar certificación emitida por autoridad competente en la que se comprue be su calid ad de residente del Reino de España. f) La CEPA no acept ará contrap rop uest as en relación a la forma de pago diferente de la antes expuesta. CUARTA: ANTICIPO: A solicitud de la Cont rati sta, la CEPA podrá conceder un ant ici po para la ejecución inicial de est e proy ecto hasta por el TREINTA POR CIENTO (30%) xxx xxxx r del contrato, el cual deberá cumplir con los requerim ientos de conformidad a esta xxxx xxxx y los establecidos en el literal d) xxx xxxxxx 11 de la cláusula Tercera de este instrumento, asimism o la Con trat ista p resentará un Plan de Inversión de Ant icipo, el cual deberá ser verif icado por el Adm ini strador del Cont rat o, quien si fuese procedente firmará y sellará de visto bueno, así como la Garantía de Buena Inversión de Anticipo, con IVA incluido, según se requiere en el roma no 11 de la Xxxx xxxx Décima Prim era del presente contrat o. QUINTA: MODIFICATIVAS DEL CONTRATO. 1) M ODIFICACIÓN DE COMÚN ACUERDO ENTRE LAS PARTES: El contrato podrá ser modificado de confo rmid ad con lo establecido en el artícu lo 83-A de la LACAP; pudiendo incrementarse hasta en un veinte por ciento del monto del objeto contract ual. En tal caso, la CEPA emitirá la cor respondiente resolución modificativa, la cual se relacionará en el instrum ento mod ificativo que será firmado por ambas partes. 11) MODIFICACIÓN UNILATERAL: Queda convenido por ambas partes que cuando el interés público lo hiciera necesari o, sea por necesidadesnuevas, causas imprevistas u otras circunstancias justificadas, la CEPA podrá modificar de forma unilateral el contrato, emitiendo al efecto la resolución correspondiente, la que formará parte integrante del contrato; siempre que dichas modificaciones no contravengan los preceptos establecidos en los art ículos 83-A y 83-B de la LACAP. SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO Y PRÓRROGAS. 1) PLAZO CONTRACTUAL: El plazo contractual será de doscientos setenta (270) días
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Actividad |
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Plazo días calendario |
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Plazo de ent |
rega de l sum ini stro |
DOSCIENTOS CUARENTA (240) DÍAS CALENDARIO a partir de la Orden de Inicio. |
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Plazo para elaborar recepción provisiona1 |
el |
acta |
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CINCO (5) DÍAS CALENDARIO a partir de la fecha de entrega del suministro. |
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Plazo para la revisión |
CINCO (5) DÍAS CALEND ARIO a partir de la fecha del acta de recepción provisional. |
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Plazo para la subsanación de defectos o irr egularidad es |
VEINTE (20) DÍAS CALENDARIO a par tir de la notificación del Adm inistrado r de Contrato . |
11) PRÓRROGA EN EL TIEM PO DE ENTREGA DELSUMIN ISTRO: Si durante la ejecución del suministro existen demoras por cualquie r acto, cambios ordenados en el mismo, demoras en las autor izaciones de trabajos o cualqu ier otra causa que no sea im putable a la Contr at ista y que esté debidamente comprobada y documentada, la Cont rat ista t endr á derecho a que se le conceda una prórroga de acuerdo a Jo indicado en el artículo 86 de la LACAP. En todo caso, la Cont rat ist a deberá documentar las causas que han generado los retrasos en la ejecución del suministro, las cuales deberán ser confirmadas por el Supe rvisor (si hubiese) y aut ori zadas por el Administrador del Con tr ato. La solicit ud de prórroga deberá ser dirigida al Adm inistr ador del Cont rato, previo al plazo establecido para la entrega del sumini stro. La soli citu d deberá hacerla la Cont rat ista inm ediatamente tenga conocimi ento del retraso. La Garantía de Cumpl imi ento de Con tra to, deberá prorrogarse antes de su vencimiento, la que será requerida por la UACI a la Con trati st a, a solicitud del Admini strad or de Cont rato. La Contratista no será responsable en ningún caso del retraso ocasionado por causas imputa bles a la Com isión o Fuerza Mayor. SÉPTIM A: ORDEN DE INICIO. El Adm ini strador de Contrato emitirá y notificará la Orden de Inicio a la Cont rati sta, y remit irá un a copia a la UACI. OCTAVA: LUGAR DE ENTREGA Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. El lugar donde se recibirá el sum ini stro serán las Bodegas de Aduana en el Aeropue rto Internacional de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxx xxxx, situado en el municipio de San Xxxx Xxxxx, depart amento de La Paz. La ins talación del sistema ADS-B será donde determine la Com isión en el Cer ro Picacho. Los document os de embarqu e del sumini stro deberán estar a nombre de CEPA y será CEPA la responsable de tramitar la salida xxx xxxxx istro ante las autor idades aduanales. La Contr atist a no será responsable de la gest ión de la imp ortación de los suministro s en El Salva dor, ni del pago de los correspondientes xxxx xxxxx derivados de dicha t ramitación . Xxxxxx m o, la Contratista no será en ningún caso responsable de retrasos y demoras por el tiempo transcurrido para el despacho en aduanas de los sumi nistro s. NOVENA: RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y PLAZO DE REVISIÓN. 1) RECEPCIONES PARCIALES (FASE I Y FASE 11): La recepción de este
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sum inistro se hará de forma parcial según las obligaciones establecidas en la Fase I y Fase 11, defin idá,¡
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la Sección IV de las Bases de Cont ratación Direct a. El Adminis trador de Contrato llevará el control de las entregas, el cual deberá ser adjuntado a las actas de recepción parcial y/o definitiva, según corresponda. Para cada entrega parcial del sum inistro, el Administrador de Contrato verificar á el cumplimiento de las especificaciones técnicas posterior a subsanar deficiencias que pudiesen presentarse y lo recibirá a entera satisfacción por medio del acta de recepción parcial correspondiente, la que deberá ser firmada por la Contratista, el Supervisor de CEPA si lo hub iere y el Adm inistrador de Cont rato . El Administrador de Cont rato deberá remitir copia del o las actas a la UACI, para el respectivo expediente. 11} RECEPCIÓN PROVISIONAL: Una vez entregado el suminist ro, instalac ión e integración al Centro de Con tro l Radar, capacitación del personal y comprobado el cumplim iento de las especificaciones contenidas en el contrato (Fase 11), la CEPA procederá a la recepc ión provisiona l, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendar io, mediante Acta de Recepción. El Adm inistrador de Contrato deberá remitir copia del acta a la UACI, para el respectivo expediente. 111} PLAZO DE REVISIÓN Y CORRECCIÓN: A partir de la fecha del acta de la Recepción Prov isiona l, la CEPA dispondrá de un plazo máximo de cinco (5) días calendario para revisar el sum inist ro, insta lación, integración al Centro de Contro l Radar y hacer las observac iones correspondientes. En caso que el Administ rador de Contrato comprobase defectos e irregularidades en el sumin istro, instalación e integración al Centro de Control Radar, éste procederá a efectuar el reclamo a la Cont rat ista en forma escrita y remit irá copia del mismo a la UACI; de acuerdo a las at rib uciones conferidas en el numeral 6.10.1.8 del "M anua l de Procedimientos para el ciclo degestión de adquis iciones y contrataciones de las ins tituciones de la Adm inistración Pública", debiendo la Cont ratista subsanarlas en un plazo no mayor de veinte (20} días calendario. Si la Cont ratista no subsanare los defectos e irregularidades comprobadas dentro del plazo antes estipulado , éste se tendrá por incumplido, pudiendo CEPA corregir los defectos o irregularidades a través de un tercero o por cualquier otra forma, cargando el costo de ello a la Co n trat ista, el cual será deducido de cualqu ier suma que se le adeude o haciendo efectiva las garantías respectivas, sin per juicio de la caducidad del contrato con responsabi lidad de la Contratista. Lo an t erior no impedirá la imposición de las mu ltas correspondientes. IV} RECEPCIÓN DEFINITIVA: Una vez xxxxx xxxx el Acta de Recepción Provis ional del suministro, instalación e integración al Centro de Control Radar y transcurrido como máximo los cinco (5) días calendario del plazo de revisión, sin que se hayan comprobado defectos o irregularidades en el suministro, o subsanadosque fueren éstos por la Contratista dentro del plazo establecido para la subsanació n, se procederá a la Recepción Definit iva mediante Acta, la cual será firmada por el Adm inistrador de Cont rat o, Sup ervisor de CEPA si hubiera y la Cont rat ist a. El Admin istrador de Contrato deberá remit ir copia del acta de recepción definitiva a la UACI,
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para el respectivo expediente. DÉCIMA: MULTAS. En caso que la Contratista incurra en xxxx en el cumplimiento de sus ob ligaciones contractuales por causas ún icamente imputables a la misma, la CEPA podrá imponer el pago de una multa por cada día de retraso o declarar la caducidad del contrato, según la gravedad del incumplimiento, de conformidad con el artículo 85 de la LACAP y aplican do el procedimiento establecido en el art ículo 160 de la LACAP y artículo 80 de su Reglamento. DÉCIMA PRIMERA: GARANTÍAS A PRESENTAR POR LA CONTRATISTA. La CEPA requerirá las garant ías que deberán ser presen tadas en cada una de las etapas de la ejecució n del contrato, siendo éstas las siguientes: 1) GARANTÍA DE CUM PLIM IENTO DE CONTRATO: i) Esta Garant ía la otorgará la Contrat ista a entera satisfacción de CEPA, para asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en el contrato, la que se incremen tará en la misma proporción en que el valor del contrato llegare a aumentar por solicitud de la Com isión, según sea el caso. ii) La Contratista contará hasta con cinco (5) días hábiles, posteriores a las fechas en las que se le entregue el contrato debidamente legalizado y la notificación de la Orden de Inicio, para presentar la mencionada garantía, la que será por un monto equivalente al DIEZ POR CIENTO
{10%) del valor del mismo, inclu yendo el IVA, y cuya vigencia excederá en sesenta (60) días calendario al plazo contractua l o de sus prórrogas, si las hubiere. Dicha Garantía tendrá su vigencia a partir de la fecha establecida como Orden de Inicio. iii} La referida Garantía será analizada para confirmar que no existan faltas, defic iencias, contradicciones o inconsiste ncias en la misma; en caso de detectarse éstas, la CEPA podrá requerir al ofertante que subsane dichas situaciones en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la fechade recepción de la notificación enviada por la CEPA. iv) La Garantía de Cumpl imi ento de Contrato se hará efectiva en los siguientes casos: i) Por incumplimiento injust ificado del plazo contractual; ii) Cuando la Cont rat ista no cumpla con lo establecido en las Bases de Cont rat ación Directa y demás docum entos contractuales; iii) Cuando la Contratista no cumpla con las penal izacionesestablecidas en el contrato por incumplimi ento del sum ini stro ofrecido; y iv) En cualqui er otro caso de incumplim iento de la Con t rat ista. v) Será devue lta la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuando la Cont ratista haya obtenido la correspondiente Acta de Recepción Definitiva y presentada la Garantía de Buena Calidad a entera satisfacción de la CEPA. 11) GARANTÍA DE BUENA INVERSIÓN DE ANTICIPO: En caso de concede rle un anticipo para la ejecución del proyecto, la Contrat ist a, con el objeto de garantizar la correcta utilización de los fondos, deberá presentar una Garantía de Buena Inversión del Ant icipo por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto otorgado en concepto de ant icipo, IVA incluido, cuya vigencia será efect iva a partir de la fecha de la Orden de Inicio y durará hasta quedar tot almente pagado o compensado, de conformidad a la forma de pago estab leci da en el contrato. Esta garantía se har á efectiva si CEPA comprueba que los recursos recibidos por la Cont rat ista en calidad de anti cipo, han sido
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orientados a otros destinos diferentes a los establecidos en los documentos contractuales. 111) GARANTÍA . 1 / ' /
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DE BUENA CALIDAD. La Contratista rendirá una Garantía de Buena Calidad, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto final del contrato, incluyendo el IVA, con una vigencia de UN (1) AÑO a partir de la Recepción Definitiva del sumini stro objeto del presente contrato y deberá present ar la a entera satisfacción de la CEPA, previo a la cancelación del pago final del suminist ro. De no haber reclamos pendientes, una vez vencido el plazo de vigencia de esta garan t ía, será devuelta a la Contratista. Esta garantía cubrirá cualqui er desperfecto de fábrica del suministro contratado, así como cualquier deficiencia en la in stalació n y funcionamiento del mismo. DÉCIMA SEGUNDA: EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
1) La Con trat ista no podrá ceder, subarrendar, vender o traspasar a nin gún títul o los derechos y
obligaciones que emanen del contrato, salvo con el previo consentimiento escrito de la CEPA. Ningún subcontrat o o t raspaso de derecho, relevará a la Con t rat ista, ni a su fiador de las responsab il idades adq uir idas en el contrato y en las garant ías. 11) La CEPA no concederá ningún ajuste de precios durante el desarrollo del contrato. 111) Será responsabi li dad de la Cont ratist a el cumplimiento de las leyeslaborales y de seguridad social, para quienes presten servicios subcont ratados directamente por ésta; además, será
la responsablede pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y la Pres tación de Servicios (IVA) por dichos servicios. IV) La Cont r at ist a deberá aplicar lo dispuesto en el Instructivo UNAC Nº 02- 2015, que literalme nt e dice: "Si durant e la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección Genera l de Inspecc ión de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Soc ial, incumplimiento por parte de la Contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infant il y de protección de la persona adolescente t rabajadora; se deberá tramitar el procedimiento sancionat or io que dispone el artí culo 160 de la LACAP para determinar el cometim iento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilit ación en el artí culo 158 romano V lit eral b) de la LACAP, relativa a la in vocación de hechos falsos para obtener la adjud icación de la contratación. Se entenderá por comp robado el incumplimi ento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionator io, y en ést e últ imo caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final" . DÉCIMA TERCERA: LUGAR DE NOTIFICACIONES. Toda
correspondencia, comunicación, o asunto relacionado con la ejecución y efect os de l contrato, se efect uará por escrito a las sigu ientes direcciones: 1) Al Admi nistrador del Contra to por parte de CEPA: En la Sección Electrónica y de Comunicaciones del Aero puerto Internaciona l de El Xxxxxxxx, San xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxxx, Xxx Xxxx Xxxxx, xxxxxxxxxxx x xx Xx Xxx. Teléfonos: 0000-0000, 0000-0000. Correo electró xxxx: xxxxx.xxxxxx ir a@cepa .gob. sv. 11) A la Contratista:
Direcciones que se considerará n oficiales para efectos de notificaciones. Cualquier cam b io dedirección, teléfono, fax, correo electrónico deberá ser comunicado inmediatamente por escrito a la otra parte. DÉCIMA CUARTA: CONFIDENCIALIDAD. La Comisió n se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información recibida de la Cont ratista en la ejecución del presente Contrato, a utilizarla conforme a su propós ito y a no divulgar la misma a terceros, tomando en cuenta lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Públ ica. DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓNDE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o confl ictos que surgieren durante la ejecución de este contrato, se observarán los pro cedim ientos establecidos en el Título VIII, Capítulo 1, "Solución de Confl ictos", art ículo ciento sesenta y uno y siguientes de la Ley de Adquisic iones y Contrataciones de la Admin ist ración Pú blica. DÉCIMA SEXTA: JURISDICCIÓ N. Para los efectos de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx, cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artícu lo cinco de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad, a la competencia de cuyos tribunales se someten; será depositaria de los bienesque se embarguen la persona que la CEPA designe, a quien la Contratista releva de la ob ligación de rendir fianza y cuentas, comprometié ndose a pagar los gastos ocasionados, inclusive los persona les, aunque no hubiere condenación en costas. DÉCIMA SÉPTIMA: FUERZA M AYOR. Ninguna de las Partes será responsab le por la pérdida o daño debido a los ret rasos que resul ten de cualquier causa f uera de su control razonable y debidamente comprobado, incluyendo, sin limit ación: incendios, huelgas, inu ndaciones, las congestiones portuar ias, el clima, terremotos, conflictos con los obreros, los embargos, guerras, revueltas, epidemias, restricciones de cuarentena. Xxxxx te todo el periodo de Fuerza Mayor, las obligaciones afectadas serán suspend idas por el tiempo de duración del evento de Fuerza mayor. La Parte afectada por el evento de Fuerza mayor, no se considerará en xxxx en el cumplimient o de sus ob ligaciones contractuales. La Fue rza Mayor no afectará a la ob ligac ión de realizar los pagos correspondientes por la Comisión. DÉCIMA OCTAVA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Todos los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, ti tularidad, derechos adquiridos y/o prestados o aportados por la Cont rat ista para la ejecución del Contrato deberán permanecer dentro de la pro piedad del Cont rat ista o del tercero relacionado que ésta designe. La Comisión no podrá utili zar los programas puestos a disposición por la Contratista en virtud del Contra to, o toda o parte de la documentación relacionada con dichos programas, excepto para la operación de los Sistemas sum inistrados por la Contratist a y sólo en el equipo y sitio designado por la Contrat ista. La Comisión no tendrá derecho a copiar, modificar, descompilar o desensamblar todo o parte de los Sistemas, programas y/o
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documentación entregados. La documentación de la Contratista sólo podrá ser copiada parl; los ,· 1-r, ,;,
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propósitos expresamente permitidos previamente por la Contrat ista por escrito. Todas y cada una de tales copias deberá contener los mismos avisos y leyendas de propiedad y confidencialidad que aparecen en la documentación original. La Com isión manifiesta que los programas y la documentación a entregar por la Contrat ist a no serán accesibl es a terceros. Lo anterior también se aplicará a las modificaciones o actualizaciones del Software o de la documentación. Los programas COTS o de terceros est án somet idos a sus propios términos y condiciones con los que la Comis ión deberá cumplir. DÉCIMA NOVENA: ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. El Administ rador del Cont rato será el ingeniero Xxxxx Ado lfo Xxxxx Xxxx, Jefe de la Sección Electrónica y Comunicacio nes del Aeropuerto Internaciona l de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxx, quien será el responsable de verificar la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contractual es,derivadasdel contrato y de losdemás documentos contractuales; asícomo de las responsabilidades enunciadas en el art ículo 82 Bis de la LACAP, Manual de Pr ocedimientos de la UNAC, numeral 6.10 "Administra ción de Contrat o u Orden de Compra" emit ido el 22 de enero de 2014 y normativa aplicable. En caso de ser necesario, el Admin istrador del Contrato designará un(os) Superv isor(es) para que se encar gue(n) de coordinar y controlar la recepción del servicio. VIGÉSIM A: VIGENCIA DEL CONTRATO. Este Contrato entrará en vigencia a partir del día en que sea firmado por las partes y permanecerá en plena vigencia y efectoshasta que todas las ob ligaciones de ambas partes hayan sido cumplidas y realizadas; podrá ser prorrogado confo rme lo establecen las leyes, mediante acuerdo por escrit o entre las Partes . VIGÉSIMA PRIMERA : TÉRMINOS DE REFERENCIA. La Cont rati sta se ob liga a dar les cump limi ento a t odos y cada uno de los términos de referencia contenidos en la Sección IV "Términos de Referencia" de las Bases de Cont ratac ión Directa con Proveedor Único CEPA CD-11/2019, y demás documentos contractuales, caso cont rario se considerará como incump limi ento contractual. VIGÉSIMA SEGUNDA: CESACIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Las causales de cesación y extinción del contrato estarán reguladas conforme lo establecido en el Artículo 92 y siguientes de la LACAP. VIGÉSIMA TERCERA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE CEPA. La Com isión se reserva el
derecho de dar por terminado el contrato de forma unilateral y antic ipada a la finalización del plazo, sin responsabili dad alguna para la CEPA y sin necesidad de acción judicial, por las causales siguient es: 1) Po r in cump limiento de la Cont r at ista de cualqu iera de las obli gaciones estipuladas en el presente contrato, y en los demás documentos contractuales;11) Si la Contrat ista fuere declarada en quiebra o hiciere cesión
general de sus bienes; 111) Por embargo o cualquier otra clase de resolución judicial, en que resulten
afectados todos o parte de los equipos y demás bienes propiedad de la Cont rat ista afectos a los servicios reque ridos en el contrato; IV) En el caso de disoluci ón y liquidación de la sociedad contratante, por
cualesquiera de las causales que señala el Código de Come rcio; V) Si para cump lir con el cont rato, la Con trat ist a v io lare o desob edeciere las leyes, reglamentos u ordenanzas de la República de El Xxxxxxxx. VIGÉSIMA CUARTA: CAUSAL DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA CONTRATISTA. La
Contratista podrá iniciar las gestiones para la cad ucidad del cont rat o por xxxx en el pago oportuno por parte de CEPA, de acuerdo a las cláusulas contractuales. VIGÉSIMA QUINTA: DISPOSICIONES FINALES: (i) La responsabil idad total y acumul at iva del Cont rat ista que surj a y/o en relación con el Contr ato, incluyendo agravio y negligencia estará limitada a los daños directos y probados sufr id os por la Com isió n, sin que en ningún caso pueda exceder del cien por ciento (100%) del import e del Cont rat o. La Contratista no será responsab le por daños consecue nciales, ind ir ectos, punit ivos, incidentales y/o especiales, in clu yendo pero no limitado a la pérdida de beneficios, lucro cesant e, perdida de contratos, pérdida de clientes, perdida de información o dat os, daños a la image n, pérdida d e ingresos previstos etc. (i i) el sum ini stro de los Sist ema objeto del presente contrato está sujeto a las condiciones y especificaciones ind icadas en la ofe r ta de la Cont rat ist a. (iii} si alguna disposic ión de est e Contrat o es finalmente determin ada como ilegal, invalida o no ejecut ab le, el rest o de disposiciones del Contr ato continuarán en pleno vigor y efecto. Si algu n a disposición de este Contra to es suscept ible de más de un sign ifi cado, sólo aquellos significados que harían que la disposición sea legal, válida y aplicabl e serán co nsiderados en la int erpretac ión de este Contrato, asimismo, las m ás favorable al int erés gene ral. Las disposiciones cont enida s en el presente documento o incorporados por referenciaconstitu yen la totalidad del Contr at o entre las Par tes con respecto a la materia ob jeto del present e Cont rat o y sust ituyen todas las comun icaciones o representaciones anteriores, ya sean verbales o por escrito. Así nos expresamos, conscient es y sabedo res de los derechos y obligacion es recíprocas que por este acto surgen entre cada una de nuestras Representadas, en fe de lo cual, leemos, rat ifi camos y firmamo s dos (2) ejemp lares de l Contr ato, por estar redact ad o a nu estra entera sat isfacción, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los doce días
del mes de noviembre de dos mil diecinueve.
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la ciudad de San Xxxxxxxx, a las catorce horas del día doce de noviembre de dos mil diecinueve. Ant mí/'' ·1 • .;":/
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XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Notario, del domicilio de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, comparece el señor EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, conocido por EMÉRITO DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, de sesenta y tres años de edad, de nacionalidad salvadoreña, Ingeniero Agrícola, del domicilio xx Xxxxx, departamento de La Libertad, a quien conozco e ident ifico por medio de su Documento Único de Identidad número
, actuando en nombre y en representación, en su calidad de Gerente General y Apoderado General Administrativo de la COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA, Inst it ución de Derecho Público con carácter autónomo, y personalidad jurídica propia, de este domicilio, con Número de Identifi cación Tributaria que en el transcurso del anterior instr umento se denominó "la CEPA", o "la Com isión", cuya personería doy fe de
ser legítima y suficien te por haber tenido a la vista: a) Testimonio de Poder General Admin ist rat xxx,
otorgado en esta ciudad a las diecisiete horas con diez minutos del día veinticinco xx xxxxx de dos mil diecinueve, ante los of icios notariales de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, en el cual consta que el licenciado Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva y Representant e Legal de la Comisión Ej ecutiva Portuaria Autónoma, confirió Poder Genera l Adminis t rat xxx, amp lio y suficiente en cuanto a derecho corresponde, a favor del ingeniero Emérito de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, conocido por Emérito de Xxxxx Xxxxxxx ez M ont xxxxxx, para que en nombre y representación de CEPA suscriba actos como el presente, previa aut orización de su Junta Directiva; asimismo, el notario autorizante dio fe de la existencia legal de CEPA y de las facultades con que actuó el licenciado Xxxxxxx Xxxxx; y, b) Punto Trigesimotercero del acta número tres mil veintiséis, correspondiente a la sesión de Ju nt a Directiva de CEPA de fecha veint it rés de octubre de dos mil diecinueve, por medio del cual se adjudicó a favor de la Cont rat ista la Con t rat ación Directa con Proveedor Único CEPA CD-ONCE/ DOS MIL DIECINU EVE; asimismo, autorizó al Xxxx nte General, en su calidad de Apoderado General Administrat xxx, para firmar el contrat o respectivo; por lo tanto, el compareciente se encuentra facultado para otorgar el presente acto; y por otra parte, comparece el señor XXXXX XXXXXXXX XXXXX, de cuarenta y un años de edad, de nacionalidad españo la, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Pasaporte Español número PAG ocho tres dos cero ocho ocho, emitido por las aut oridades correspondientes el dieciocho xx xxxx de dos mil dieciocho y con fecha de vencimiento el tres de enero de dos mil veint iuno, act uando en nombre y representación, en su calidad de Apode rado Especial de la sociedad que gira bajo la denominación "INDRA SISTEMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA", que puede abreviarse
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"INDRA SISTEMAS, S.A.", una sociedad anónima constituida bajo las leyes de España, que tiene su domicilio social en Aven ida de Bruselas, número treinta y cinco, Alcobendas (Madrid), España, que en el transcurso del anterior instrumento se denominó "la Cont rat ista"; y cuya personería doy fe de ser legítima y sufic iente por haber tenido a la vista: Poder Especial debidament e apost illado, otorgado en la ciudad xx Xxxxxxxxxx, el treinta de octubre de dos mil diecinueve, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Von Xxxxxxxx Xxxxxx, del cual consta que los señores Xxxxxxx Xxxx de La Mata y Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, actuando en nombre y representación de la sociedad "INDRA SISTEMAS, S.A.", confirieron Poder Espec ial tan amplio y suficiente como en derecho fuere necesario a favor de los señores Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, para representar, de forma solidaria o indistinta, a la compañía "INDRA SISTEMAS, S.A.", en relación con la participación de dicha compañía en el procedimiento de contratación No. CEPA CD-ONCE/DOS MIL DIECINUEVE relativo al "Sumin istro, Instalación e Integra ción al Centro de Control Radar de un Sistema de Vigilancia Automático Dependiente-Difusión (ADS-B) para el Aeropuerto Internacional de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx ez", facultándo los para firmar y presentar los documentos que con motivo de dicho procedimiento sean presentados por "XXXXX SISTEMAS, S.A.", mantener comunicac iones con el cliente, aceptar la adjudicación y suscr ibir los documentos públicos o privados que fueren necesarios o convenientes para su formalizació n y cumplimiento, así como para llevar a cabo la firma del correspondiente contrato y de cualesquiera otros documentos aclaratorios, complementarios, subsanato xxxx o de rectificación del mismo, así como de las aceptaciones y cert ifi caciones correspond ientes, entre otras facu ltades; asimismo, el Notario autorizante dio fe de la existencia legal de la sociedad "INDRA SISTEMAS, S.A." y de la personería con la que actuaron los señores Gabr iel Xxxx de La Mata y Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx como ot organtes de dicho Poder, la cual a esta fecha se encuent ra vigente; por tanto, los comparecientes se encuentra en sus más amp li as facultades para otorgar el presente acto; y en tal carácter ME DICEN: Que reconocen como suyas las firmas puestas al pie del documento ant erior, las cuales son ilegibles, por haber sido puestas de su puño y letra; asimismo, reconocen los derechos y obligaciones contenidos en dicho instrument o, el cual lo he tenido a la vista y, por tanto doy fe que el mismo consta de cinco hojasútiles, que ha sido otorgado en esta ciudad en est a
m xxxx fecha, y a mi presencia, y que se refiere al CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN E
INTEGRA CIÓN AL CENTRO DE CONTROL RADAR DE UN SISTEMA DE VIGILANCIA AUTOMÁTICO DEPEN DIENTE- DIFUSI ÓN (ADS-B) PARA EL AEROPUERTO IN TERNACIONALDE EL XXXXXXXX, SAN XXXXX
XXXXXXX XXXXXX Y XXXXXXXX, con el objeto que la Contratista proporcione el sumini stro, instalación e integración al Cent ro de Control Radar de un sistema de vigilancia automát ico dependiente-difusión
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{ ADS-B), para el Aeropuerto Internacional de El Xxxxxxxx, San Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxx, de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia de la Contratación Directa con Proveedor Única CEPA CD-ONCE/DOS MIL DIECINUEVE y demás documentos contractuales; el plazo contractual será de doscientos setenta días calendario, contados a partir de la fecha establecida como Orden de Inicio; la CEPA pagará a la Contratista en moneda de curso legal hasta el monto total de DOSCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS, sin incluir el Impuesto a la Transferencia de Bienes M ueb les y a la Prestación de Servicios (IVA); comprometiéndose la Contratista a presentar las correspond ientes Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Buena Calidad; el anterior contrato contiene las cláusulas de multas, administrador del contrato y otras cláusulas que se acostumbran en ese tipo de instrumentos, las cuales los comparec ientes me manifi estan conocer y comprender y por ello las otorgan; y yo el Notario DOY FE que las firmas antes relacionadas son auténticas por haber sido puestas por los otorgantes a mi presencia. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de la presente acta notarial que consta de dos folios út iles, y leído que les hube íntegramente todo lo escrito, en un sólo acto sin inter rupción, manifiestan su conformidad, ratif ican su contenido y para constancia firmamos en duplicado. DOYFE.-
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