GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
LICITACION PUBLICA NACIONAL No. EA-925002999-N1-2014 A N E X O I
CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE MANTENIMIENTO EXTENDIDA PARA EQUIPOS Y RENOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA RED DE TRANSPORTE PARA LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, SOLICITADO POR EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.
PÓLIZA DE MANTENIMIENTO Y RENOVACION TECNOLOGICA, PARA:
• Centro de Contacto Cisco (Unified Contact Center Enterprise versión 7) que incluya actualización a versión 9, con 2 servidores UCS C220 M3 SFF, 2xE5-2660, 2x8GB, 2x450W, SD, RAILS.
• Conmutador Telefónico (Cisco Unificated Communications Manager Versión 6) que incluya actualización a Versión 9.
• 1 CISCO2851-SRST/K9 (8x5xnbd CISCO2851-SRST/K9).
• 3 CISCO2821-AC-IP (8x5xnbd CISCO2821-AC-IP).
• 4 CISCO2811 (8x5xnbd CISCO2811).
• 3 WS-C3560G-24TS-S (8x5xnbd WS-C3560G-24TS-S).
• 1 WS-C3560-48PS-S (8x5xnbd WS-C3560-48PS-S).
Licencias de Aplicativos de Contact Center y Call Mannager. Actual
Unified Contact Center Enterprise 7.X
Cisco Unified Intelligent Contact Management Cisco Unified Communications Manager Cisco Unified Voice Portal
IVR Service Xxxxxx
Peripheral Gateway (PG) CTIOS
Admin Workstation
servicio de Historical Database Server Webview
Cisco Customer Voice Portal Ingress Voice Gateway VXML Gateway
Call Servers
Cisco Unified Communications Manager 6.x
Actualizaciones
Cantidad 1 | Numero de parte CC-UPG-BUNDLE | Descripción Contact Center Enterprise Upgrade Bundle | |
1 | IPCE-AGENTSUPG | UCC Enterprise Agent Licenses Upgrade | |
40 | IPCE-PREMAGTUPG | IPCC ENTERPRISE PREMIUM AGENT UPGRADE | |
1 | CCBU-LICENSE | CCBU license Document | |
40 | IPCE-PORTALAGT-L | license Certificate for Management Portal on Enterprise | |
1 | L-CVP-UPG | CVP Upgrade | |
2 | L-VP-9X-SRVUPG | CVP 9.x erver Upgrade | |
1 | L-CVP-9X-STUUPG | Call Studio 9.0 Upgrade | |
30 | L-CVP-9PTSUPG | CVP Port license upgrade 9.0 | |
00 | X-XX-0X0XXXXXXX | XXX Xxxxxxxxx Xxxxx upgrade 9.0 | 1 |
Cantidad | Numero de parte | Descripción |
1 | CCEH-CUIC8-STD-U= | CUIC Standard –available with UCCE/ICM 8 upgrade via UCSS |
1 | CUIC-V-STD-PAK | Licensing PAK For CUIC Standard –UCS or MCS |
1 | IPCE-MEDIAKIT | UCC Enterprise Media Kits |
1 | CCEH-MEDIA90-K9 | Media Kit For Unified CC Enterprise and Hosted 9.0 |
1 | R-UCL-UCM-LIC-K9 | Top Level SKU For 9.x User License – Electronic Delivery |
1 | CCX-90-CMBUNDLE-K9 | CCX 9.0 Promo Bundle avaible only with NEW UCM or BE6000 |
1 | JABBER-IM-RTU | Jabber for Everyone Right to Use |
1 | CUCM-VERS-9.X | CUCM Software Version 9.X |
780 | JABBER-IM-ADDON | Jabber for Everyone Additional IM Users |
780 | MIG-CUCM-URS-A | Migration to UC Manager Enhanced –Less than 1K Users |
4 | VMW-VS5-ST-1A= | VMware Sphere 5 Standard (1 CPU) 1yr Suport Required |
4 | UCS-VMW-TERMS | Acceptane of Terms Standalone VMW Liense for UCS Servers |
Equipamiento Físico de Contact Center y Call Manager. Actual
Cantidad Modelo Descripción
11 | MCS-7835-H2-CCE1 | Dual Intel 5140 2.33-GHz 4M L2, 2 GB Ram PC2-5300R,2x72 GB SAS 2.5 |
2 | MCS-7845-H2-CCE1 | Dual Intel 5140 2.33-GHz 4M L2, 2 GB Ram PC2-5300R, 4x72 GB SAS 2.5 |
1 | HP Proliant DL380G5 | Intel XEON E5440 2.83, 4 GB RAM, 146 GB Raid 1 |
Actualizaciones
Cantidad Modelo Descripción
2 UCS-SPV-C220-P UCS C220 M3 SFF 2xE5-2660 2x8GB 2x450W SD RAILS 4 UCS-CPU-E5-2660 2.20 GHz E5-2660/95W 8C/20MB Cache/DDR3 1600MHz
8 UCS-MR-1X082RY-A 8GB DDR3-1600-MHz RDIMM/PC3-12800/dual rank/1.35v
4 UCS-MR-1X082RY-A 8GB DDR3-1600-MHz RDIMM/PC3-12800/dual rank/1.35v
12 UCS-HDD300GI2F105 300GB 6Gb SAS 15K RPM SFF HDD/hot plug/drive sled mounted
4 CAB-9K12A-NA Power Cord 125VAC 13A NEMA 5-15 Plug North America
4 UCSC-PSU-450W 450W power supply for C-series rack servers
2 UCSC-RAID-11-C220 Cisco UCS RAID SAS 2008M-8i Mezz Card for C220 (0/1/10/5/50)
2 UCSC-SD-16G-C220 16GB SD Card Module for C220 servers
4 UCSC-HS-C220M3 Heat Sink for UCS C220 M3 Rack Server
2 UCSC-RAIL1 Rail Kit for C220 C22 C24 rack servers
4 N20-BBLKD UCS 2.5 inch HDD blanking panel
2 UCSC-PCIF-01F Full height PCIe filler for C-Series
2 UCSC-PCIF-01H Half height PCIe filler for UCS
Servicios de Mantenimiento
Cantidad | Modelo | Descripción | |
2 | UCS-SPV-C220-P | UCS C220 M3 SFF 2xE5-2660 2x8GB 2x450W SD RAILS | |
4 | UCS-CPU-E5-2660 | 2.20 GHz E5-2660/95W 8C/20MB Cache/DDR3 1600MHz | |
8 | UCS-MR-1X082RY-A | 8GB DDR3-1600-MHz RDIMM/PC3-12800/dual rank/1.35v | |
4 | UCS-MR-1X082RY-A | 8GB DDR3-1600-MHz RDIMM/PC3-12800/dual rank/1.35v | |
12 | UCS-HDD300GI2F105 | 300GB 6Gb SAS 15K RPM SFF HDD/hot plug/drive sled mounted | |
4 | CAB-9K12A-NA | Power Cord 125VAC 13A NEMA 5-15 Plug North America | |
4 | UCSC-PSU-450W | 450W power supply for C-series rack servers | |
2 | UCSC-RAID-11-C220 | Cisco UCS RAID SAS 2008M-8i Mezz Card for C220 (0/1/10/5/50) | |
2 | UCSC-SD-16G-C220 | 16GB SD Card Module for C220 servers | |
4 | UCSC-HS-C220M3 | Heat Sink for UCS C220 M3 Rack Server | |
2 | UCSC-RAIL1 | Rail Kit for C220 C22 C24 rack servers | |
4 | N20-BBLKD | UCS 2.5 inch HDD blanking panel | 2 |
Cantidad Numero de parte Descripción
2 UCSC-PCIF-01F Full height PCIe filler for C-Series
2 UCSC-PCIF-01H Half height PCIe filler for UCS
2 UCSC-RAIL1 Rail Kit for C220 C22 C24 rack servers
4 N20-BBLKD UCS 2.5 inch HDD blanking panel
2 UCSC-PCIF-01F Full height PCIe filler for C-Series
1 CON-SNT-C2851SRS 8x5xnbd CISCO2851-SRST/K9
3 CON-SNT-2821ACIP 8x5xnbd CISCO2821-AC-IP
4 CON-SNT-2811 8x5xnbd CISCO2811
3 CON-SNT-3560GTS 8x5xnbd WS-C3560G-24TS-S 1 CON-SNT-356048PS 8x5xnbd WS-C3560-48PS-S
QUE INCLUYA MÍNIMAMENTE LO SIGUIENTE: MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, SOPORTE TÉCNICO, CAMBIO DE TARJETAS Y/O CHASIS COMPLETO (DONDE APLIQUE), REEMPLAZO DE PARTES, RESPALDO DE CONFIGURACIÓN, ASISTENCIA LOCAL EN SITIO Y QUE CUENTE CON PERSONAL CERTIFICADO EN CCIE EN VOZ (CISCO CERTIFIED INTERNETWORK EXPERT) Y EN CCSP (CISCO CERTIFIED SECURITY PROFESSIONAL), ADEMAS DEBE INCLUIR LA INTERFAZ DE INTEGRACION CON EL SISTEMA DE LLAMADAS DE EMERGENCIA ALERTA WEB.
DEBERÁN PRESENTAR PROCEDIMIENTO DE VALIDACIÓN EMITIDO POR CISCO PARA EL PROYECTO CON VIGENCIA DE 12 MESES A PARTIR DE SU ADJUDICACIÓN.
DEBERAN OFERTAR TODOS LOS BIENES SOLICITADOS, NO OFERTAR ALGUNO DE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACION.
LOS PARTICIPANTES DEBERÁN ANEXAR FOLLETOS TÉCNICOS, CATÁLOGOS Y ARCHIVO ELECTRÓNICO DE LA PROPUESTA DE CADA UNO DE LOS BIENES SOLICITADOS, ESPECIFICANDO MARCA, MODELO, CARACTERÍSTICAS O VERSIÓN DE LOS COMPONENTES, A FIN DE QUE EL DEPARTAMENTO DE DICTAMENES VALIDE EL CUMPLIMIENTO DE LOS EQUIPOS SOLICITADOS.
TODOS LOS BIENES, SERVICIOS Y CAPACITACIÓN DEBERÁN SER ENTREGADOS EN LAS INSTALACIONES QUE EL CEI DEL SESESP ESPECIFIQUE.
EN CASO DE NO CUBRIR ALGUNOS DE LOS REQUISITOS SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN POR EL DEPARTAMENTO DE DICTAMENES.
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GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
LICITACION PUBLICA NACIONAL No. EA-925002999-N1-2014 A N E X O II
CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE MANTENIMIENTO EXTENDIDA PARA EQUIPOS Y RENOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA RED DE TRANSPORTE PARA LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, SOLICITADO POR EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.
PART. | SUB- PARTIDA | CANT | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
UNICA | 1 | POLIZA DE MANTENIMIENTO EXTENDIDA PARA EQUIPOS Y RENOVACION TECNOLOGICA DE LA RED DE TRANSPORTE | |||
POLIZA DE MANTENIMIENTO Y RENOVACION TECNOLOGICA | |||||
1 | 1 | CENTRO DE CONTACTO CISCO (UNIFIED CONTACTO CENTER ENTERPRISE VERSION 7) QUE INCLUYA ACTUALIZACION A VERSION 9, CON 2 SERVIDORES UCS C220 M3 SFF, 2xE5-2660, 2x8GB, 2x450W, SD RAILS | |||
2 | 1 | CONMUTADOR TELEFONICO (CISCO UNIFICATED COMMUNICATIONS MANAGER VERSION 6) QUE INCLUYA ACTUALIZACION A VERSION 9 | |||
3 | 1 | CISCO2851-SRST/K9 (8x5xnbd CISCO2851-SRST/K9 | |||
3 | CISCO2821-AC-IP (8x5nbd CISCO2821-AC-IP) | ||||
4 | CISCO2811 (8x5NBD CISCO2811) | ||||
3 | WS-C3560G-24TS-S (8x5nbd WS-C3560G-24TS-S) | ||||
1 | WS-C3560-48PS-S (8x5xnbd WS-C3560-48PS-S) | ||||
LICENCIAS DE APLICATIVOS DE CONTACT CENTER Y CALL MANNAGER | |||||
4 | 1 | CONTACT CENTER ENTERPRISE UPGRADE BUNDLE | |||
5 | 1 | UCC ENTERPRISE AGENT LICENSES UPGRADE | |||
6 | 40 | IPCC ENTERPRISE PREMIUM AGENT UPGRADE | |||
7 | 1 | CCBU LICENSE DOCUMENT | |||
8 | 40 | LICENSE CERTIFICATE FOR MANAGEMENT PORTAL ON ENTERPRISE | |||
9 | 1 | CVP UPGRADE | |||
10 | 2 | CVP 9.x ERVER UPGRADE | |||
11 | 1 | CALL STUDIO 9.0 UPGRADE | |||
12 | 30 | CVP PORT LICENSE UPGRADE 9.0 | |||
13 | 30 | CVP REDUNDANT PORTS UPGRADE 9.0 | |||
14 | 1 | CUIC STANDARD-AVAILABLE WITH UCCE/ICM 8 UPGRADE VIA UCSS | |||
15 | 1 | LICENSING PAK FOR CUIC STANDARD-UCS OR MCS | |||
16 | 1 | UCC ENTERPRISE MEDIA KITS | |||
17 | 1 | MEDIA KIT FOR UNIFIED CC ENTERPRISE AND HOSTED 9.0 | |||
18 | 1 | TOP LEVEL SKU FOR 9.x USER LICENSE- ELECTRONIC DELIVERY | |||
19 | 1 | CCX 9.0 PROMO BUNDLE AVAILABLE ONLY WITH NEW UCM OR BE6000 | |||
20 | 1 | JABBER FOR EVERYONE RIGHT TO USE | |||
21 | 1 | CUCM SOFTWARE VERSION 9.X | |||
22 | 780 | JABBER FOR EVERYONE ADDITIONAL IM USERS | |||
PART. | SUB- | CANT | DESCRIPCION | PRECIO | IMPORTE |
4
PARTIDA | UNITARIO | ||||
23 | 780 | MIGRATION TO UC MANAGER ENHANCED-LESS THAN 1K USERS | |||
24 | 4 | VMWARE SPHERE 5 STANDARD (1 CPU) 1YR SUPORT REQUIRED | |||
25 | 4 | ACCEPTANE OF TEMS STANDALONE VMW LIENSE FOR UCS SERVERS | |||
EQUIPAMIENTO FISICO DE CONTACT CENTER Y CALL MANAGER | |||||
26 | 2 | UCS C220 M3 SFF 2Xe5-2660 2X8GB 2x450W SD RAILS | |||
27 | 4 | 2.20 GHZ E5-2660/95W 8C/20MB CACHE/DDR3 1600 MHZ | |||
28 | 8 | 8GB DDR3-1600-MHZ RDIMM/PC3-12800/DUAL RANK/1.35v | |||
29 | 4 | 8GB DDR3-1600-MHZ RDIMM/PC3-12800/DUAL RANK/1.35v | |||
30 | 12 | 300GB 6GB SAS 15K RPM SFF HDD/HOT PLUG/DRIVE SLED MOUNTED | |||
31 | 4 | POWER CORD 125VAC 13A NEMA 5-15 PLUG NORTH AMERICA | |||
32 | 4 | 450W POWER SUPPLY FOR C-SERIES RACK SERVERS | |||
33 | 2 | CISCO UCS RAID SAS 2008M-8i-MEZZ CARD FOR C220 (0/1/10/5/50) | |||
34 | 2 | 16GB SD CARD MODULE FOR C220 SERVERS | |||
35 | 4 | HEAT SINK FOR UCS C220 M3 RACK SERVER | |||
36 | 2 | RAIL KIT FOR C220 C22 C24 RACK SERVERS | |||
37 | 4 | UCS 2.5 INCH HDD BLANKING PANEL | |||
38 | 2 | FULL HEIGHT PCLE FILLTER FOR C-SERIES | |||
39 | 2 | HALF HEIGHT PCLE FILLER FOR UCS | |||
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO | |||||
40 | 2 | UCS C220 M3 SFF 2Xe5-2660 2X8GB 2x450W SD RAILS | |||
4 | 2.20 GHZ E5-2660/95W 8C/20MB CACHE/DDR3 1600MHZ | ||||
8 | 8GB DDR3-1600-MHZ RDIMM/PC3-12800/DUAL RANK/1.35v | ||||
4 | 8GB DDR3-1600-MHZ RDIMM/PC3-12800/DUAL RANK/1.35v | ||||
12 | 300GB 6GB SAS 15K RPM SFF HDD/HOT PLUG/DRIVE SLED MOUNTED | ||||
4 | POWER CORD 125VAC 13ª NEMA 5-15 PLUG NORTH AMERICA | ||||
4 | 450W POWER SUPPLY FOR C-SERIES RACK SERVERS | ||||
2 | CISCO UCS RAID SAS 2008M-8i MEZZ CARD FOR C220 (0/1/10/5/50) | ||||
2 | 16GB SD CARD MODULE FOR C220 SERVERS | ||||
4 | HEAT SINK FOR UCS C220 M3 RACK SERVER | ||||
2 | RAIL KIT FOR C220 C22 C24 RACK SERVERS | ||||
4 | UCS 2.5 INCH HDD BLANKING PANEL | ||||
2 | FULL HEIGHT PCLE FILLER FOR C-SERIES | ||||
2 | HALF HEIGHT PCLE FILLER FOR UCS | ||||
2 | RAIL KIT FOR C220 C22 C24 RACK SERVER | ||||
PART. | SUB- PARTIDA | CANT | DESCRIPCION | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
5
4 | UCS 2.5 INCH HDD BLANKING PANEL | ||||
2 | FULL HEIGHT PCLE FILLER FOR C-SERIES | ||||
1 | 8x5x5nbd CISCO2851-SRST/K9 | ||||
3 | 8x5xnbd CISCO2821-AC-IP | ||||
4 | 8x5xnbd CISCO 2811 | ||||
3 | 8x5xnbd WS-C3560G-24TS-S | ||||
1 | 8x5xnbd WS-C3560-48PS-S | ||||
SUB-TOTAL | |||||
I.V.A. | |||||
TOTAL |
6
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA
REF. LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL MIXTA No.
LUGAR Y FECHA:
AT´N.- LIC. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN
Por medio del presente, me permito manifestar el interés de la empresa (nombre de la empresa), de participar en la LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL MIXTA NÚMERO ( NÚMERO), convocada por esa Subsecretaría a su digno cargo, en atención a lo anterior, me permito señalar la información legal de mi representada:
REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: | |
DOMICILIO FISCAL (CALLE, NÚMERO, COLONIA): | DELEGACIÓN O MUNICIPIO: |
CÓDIGO POSTAL: | ENTIDAD FEDERATIVA: |
TELÉFONO: | FAX: |
CORREO ELECTRÓNICO: |
REPRESENTANTE LEGAL: | CORREO ELECTRÓNICO: |
No. ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA: | FECHA: |
DATOS DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO: | |
NOMBRE, NÚMERO Y XXXXX XXX XXXXXXX PÚBLICO ANTE EL CUAL SE DIO FÉ DE LA MISMA: | |
RELACIÓN DE ACCIONISTAS: | APELLIDO MATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S) |
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL: | TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL, TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA TRATÁNDOSE DE PERSONAS XXXXXXX; O ACTIVIDAD PREPONDERANTE TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS |
REFORMAS AL ACTA CONSTITUTIVA: | SI EXISTEN (EN SU CASO MANIFESTARLAS, JUNTO CON DATOS REGISTRALES) |
NOMBRE DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL: | APELLIDO MATERNO, APELLIDO MATERNO, NOMBRE(S) |
DATOS DEL DOCUMENTO MEDIANTE EL CUAL ACREDITA SU PERSONALIDAD Y FACULTADES: | |
No. ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTA SU ACTA CONSTITUTIVA: | FECHA: |
NOMBRE, NÚMERO Y XXXXX XXX XXXXXXX PÚBLICO ANTE EL CUAL SE PROTOCOLIZÓ LA MISMA: |
Lo anterior, es con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones legales que correspondan y a las Bases y Anexos de la Licitación Pública Nacional No.
PROTESTO LO NECESARIO (FIRMA AUTOGRAFA ORIGINAL)
NOTA PARA EL LICITANTE: DEBERÁ INCORPORAR TEXTUALMENTE LOS DATOS DE LOS DOCUMENTOS LEGALES QUE SE SOLICITAN EN ESTE DOCUMENTO, SIN UTILIZAR ABREVIATURAS, PRINCIPALMENTE EN LO RELATIVO AL NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA MORAL.
SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.
GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
CONTRATO No. GES 201 (DERIVADO DEL CONCURSO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO.)
GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. ---------------------------------------
---, SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ESTADO", Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA -----------------------------------
-------., REPRESENTADA POR EL C.---------------------------------------------------------, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EMPRESA", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. "EL ESTADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, DECLARA:
I.1 QUE EL ESTADO DE SINALOA ES UNA ENTIDAD FEDERATIVA QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA FEDERACION, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 43 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y lo. DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO DE SINALOA; CONSTITUIDA COMO PERSONA MORAL DE ACUERDO A LAS LEYES RELATIVAS APLICABLES DEL ESTADO DE SINALOA.
I.2 QUE ES SU REPRESENTANTE LEGAL Y SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN, Y CUENTA CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, OTORGADAS POR EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, CONFORME AL PODER NOTARIAL CONSIGNADO EN ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 34,346 DEL VOLÚMEN CCXXIII DE FECHA 06 DE ENERO DE 2011. DEL PROTOCOLO A CARGO XXX XXXXXXX PÚBLICO NÚMERO 134, LICENCIADO XXXXXX XXXX XXXXXXX, DE ESTA CIUDAD.
I.3 QUE REQUIERE DE LA ADQUISICION DE , PARA EL (DEPENDENCIA SOLICITANTE), CUYA DESCRIPCION SE DETALLA EN LA CLÁUSULA PRIMERA DE ESTE CONTRATO, PARA LO CUAL SE CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES CORRESPONDIENTES.
I.4 QUE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 36, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES PARA EL ESTADO DE SINALOA, SE PROCEDIÓ A EMITIR LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE PARA LLEVAR A CABO LA LICITACIÓN PÚBLICA -------------------------
(NACIONAL O INTERNACIONAL.) HABIÉNDOSE EMITIDO EL DICTAMEN CORRESPONDIENTE MEDIANTE EL CUAL SE ADJUDICÓ EL PRESENTE CONTRATO A FAVOR DE “LA EMPRESA” SIGNANTE.
I.5 LA AUTORIZACIÓN DE LOS RECURSOS PARA LA PRESENTE CONTRATACIÓN SE LLEVO A CABO MEDIANTE CON CARGO A
I.6 SEÑALA COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN AVENIDA INSURGENTES SIN NÚMERO, COLONIA CENTRO SINALOA, CÓDIGO POSTAL 80129 EN LA CIUDAD DE CULIACÁN, SINALOA, MISMO QUE SE PRECISA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
II. "LA EMPRESA", A TRAVES DE SU REPRESENTANTE, DECLARA:
II.1 QUE ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DEBIDAMENTE CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES VIGENTES, SEGUN TESTIMONIO DE ESCRITURA PÚBLICA No. -------- DE FECHA -- DE ----- DE PROTOCOLIZADA
POR EL LICENCIADO , NOTARIO PÚBLICO No. ---- DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA Y REGISTRADA BAJO (DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL Y/O FOLIO ELECTRÓNICO) DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE LA CIUDAD DE
, INSCRITA EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES BAJO EL NUMERO --.
II.2 ESTAR DEBIDAMENTE FACULTADO PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE EN LOS TÉRMINOS Y ALCANCES DE ESTE CONTRATO, A NOMBRE DE SU REPRESENTADA, TAL Y COMO LO ACREDITA CON LA ESCRITURA PÚBLICA NUMERO ------, VOLUMEN ----, DE FECHA -- DE -----------DE , DEL PROTOCOLO A
CARGO XXX XXXXXXX PÚBLICO EN EL ESTADO, LICENCIADO (NOMBRE DEL LICENCIADO), MISMAS
FACULTADES QUE A LA FECHA NO LE HAN SIDO REVOCADAS NI LIMITADAS EN FORMA ALGUNA.
II.3 QUE SU OBJETO SOCIAL ENTRE OTROS ES LA (SE MENCIONA LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA)
II.4 QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD ADMINISTRATIVA, TÉCNICA Y FINANCIERA SUFICIENTE PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO.
II.5 QUE SEÑALA COMO DOMICILIO DE "LA EMPRESA" EL UBICADO EN CALLE -------------------- NÚMERO --, COLONIA --------, (NOMBRE DE LA CIUDAD), MISMO QUE SE PRECISA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
III. DE LAS PARTES:
DE CONFORMIDAD CON LO ANTERIOR, LAS PARTES MANIFIESTAN QUE SE RECONOCEN RECÍPROCAMENTE LA PERSONALIDAD CON LA QUE COMPARECEN, POR LO CUAL PROCEDEN A CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES:
C L A U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO:
POR MEDIO DEL PRESENTE CONTRATO, “LA EMPRESA” VENDE Y “EL ESTADO” COMPRA, EN PRECIO FIJO, LO SIGUIENTE:
PART. | CANT. | DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO | IMPORTE |
SUB-TOTAL | ||||
I.V.A. | ||||
TOTAL |
LOS BIENES ANTES REFERIDOS DEBERÁN CUMPLIR CON LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL ANEXO (1,2, ETC) EL CUAL FORMA PARTE DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO:
“EL ESTADO” PAGARÁ A “LA EMPRESA” COMO VALOR DE OPERACIÓN TOTAL POR LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO LA CANTIDAD DE: $ (NÚMERO Y LETRA), INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA).
TERCERA.- FORMA DE PAGO:
“EL ESTADO” PÁGARA A “LA EMPRESA” UN ANTICIPO DEL % DEL IMPORTE TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO, Y EL RESTO A LA ENTREGA Y ACEPTACIÓN DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS.
PAGOS QUE SE EFECTUARAN EN MONEDA NACIONAL, PREVIA ENTREGA DE LAS FIANZAS CORRESPONDIENTES Y LA FACTURA FISCAL QUE LOS AMPAREN, DEBIENDO ACOMPAÑAR PARA LA PROCEDENCIA DEL PAGO FINAL, EL ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN QUE SEÑALA LA CLÁUSULA CUARTA DE ESTE INSTRUMENTO.
LOS PAGOS SE EFECTUARÁN EN LA CAJA GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS UBICADA EN EL PRIMER PISO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA EN LA CIUDAD DE CULIACÁN, SINALOA
CUARTA.- LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA:
“LA EMPRESA” SE COMPROMETE A ENTREGAR A “EL ESTADO”, LOS BIENES Y/O EQUIPOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN LAS OFICINAS DE ----------------------- UBICADO EN ----------------------- NÚMERO ,
COLONIA ----------------------, - CIUDAD ------------------, LEVÁNTANDOSE AL EFECTO EL ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN CON LA INTERVENCIÓN DE UN REPRESENTANTE DEL (DEPENDENCIA SOLICITANTE) Y UN REPRESENTANTE DE “LA EMPRESA”.
“LA EMPRESA” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES Y/O EQUIPOS CONTRATADOS EN UN PLAZO DE -----------
------ (--) DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DEL ANTICIPO. DICHO PLAZO NO PODRÁ AMPLIARSE, NI HABRÁ CONDONACIÓN DE SANCIONES CUANDO EL RETRASO SE DEBA A CAUSAS IMPUTABLES A “LA EMPRESA”.
“LA EMPRESA” SE RESPONSABILIZA DE QUE LOS BIENES Y/O EQUIPOS OBJETO DE ESTE CONTRATO SERÁN ENTREGADOS EN ESTADO IDÓNEO Y DENTRO DEL PLAZO CITADO EN EL PÁRRAFO QUE ANTECEDE, EN EL ENTENDIDO DE QUE SE LIBERARÁ DE DICHA RESPONSABILIDAD UNA VEZ EMITIDA EL ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN ANTES CITADA.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE “LA EMPRESA”.- PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, “LA EMPRESA” SE OBLIGA A:
A) CUMPLIR EN TIEMPO Y FORMA CON LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, A SATISFACCIÓN DE “EL ESTADO” Y CONFORME A LO ESTABLECIDO DENTRO DEL CLAUSULADO DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO Y A LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN LA MATERIA.
B) ENTREGAR LOS BIENES Y/O EQUIPOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, CON LAS CARACTERÍSTICAS TECNICAS OFERTADAS POR “LA EMPRESA” CONFORME AL CONCURSO QUE DETERMINÓ SU ADJUDICACIÓN.
C) NO CEDER TOTAL O PARCIALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO A FAVOR DE PERSONA ALGUNA, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE “EL ESTADO”.
SEXTA.- FIANZA DE ANTICIPO Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. FIANZA DEL ANTICIPO.
LA GARANTÍA DEL ANTICIPO SERÁ POR LA TOTALIDAD DEL MONTO CONCEDIDO Y SE CONSTITUIRÁ MEDIANTE FIANZA OTORGADA POR INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBIDAMENTE AUTORIZADA A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, DEBIENDO CONTENER LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
INDICACIÓN DEL PORCENTAJE E IMPORTE TOTAL GARANTIZADO CON NÚMERO Y LETRA.
REFERENCIA DE QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE AL NÚMERO DE CONTRATO, SU FECHA DE FIRMA ASÍ COMO LA ESPECIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS.
EL SEÑALAMIENTO DE LA DENOMINACIÓN O NOMBRE DEL PROVEEDOR O FIADO, DOMICILIO LEGAL Y FISCAL, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
LA CONDICIÓN DE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA SERÁ HASTA SU TOTAL AMORTIZACIÓN, MEDIANTE LA ENTREGA DE LOS BIENES O LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL, SEGÚN SEA EL CASO, DE LA CANTIDAD QUE POR CONCEPTO DE ANTICIPO RECIBE SU FIADO.
LA CONDICION DE QUE LA FIANZA SÓLO PODRÁ SER CANCELADA CUANDO ASI LO AUTORICE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA.
EL SEÑALAMIENTO DE QUE ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE EN LOS CASOS EN QUE GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, EN EL CONTRATO OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL PROVEEDOR O FIADO, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
SEÑALAR EL DOMICILIO DE LA AFIANZADORA EN ESTA LOCALIDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
ASÍ MISMO ESTA FIANZA CUBRE, DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DEL SERVICIO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL PROVEEDOR, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, EN EL CONTRATO RESPECTIVO Y EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
LAS PARTES ACUERDAN QUE PARA LA CANCELACIÓN DE ESTA FIANZA SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA APROBACIÓN MEDIANTE MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL ESTADO”.
FIANZA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
LA GARANTÍA DEBERÁ CONSTITUIRSE POR “LA EMPRESA” MEDIANTE FIANZA EXPEDIDA POR UNA INSTITUCIÓN DEBIDAMENTE AUTORIZADA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EN MONEDA NACIONAL (PESO MEXICANO), POR UN IMPORTE DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN CONSIDERAR EL I.V.A., A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, Y DEBERÁ CONTENER LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
INDICACIÓN DEL PORCENTAJE E IMPORTE TOTAL GARANTIZADO CON NÚMERO Y LETRA.
REFERENCIA DE QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO.
LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE AL NÚMERO DE CONTRATO, SU FECHA DE FIRMA ASÍ COMO LA ESPECIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS.
EL SEÑALAMIENTO DE LA DENOMINACIÓN O NOMBRE DEL PROVEEDOR O FIADO.
LA CONDICIÓN DE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA DEBERÁ QUEDAR ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA CON SU OBJETIVO, DE FORMA TAL QUE NO PODRÁ ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUÁL NO DEBE CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO Y ACTOS ADMINISTRATIVOS.
LA CONDICION DE QUE LA FIANZA SÓLO PODRÁ SER CANCELADA CUANDO ASI LO AUTORICE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA.
EL SEÑALAMIENTO DE QUE ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE EN LOS CASOS EN QUE GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA, EN EL CONTRATO OTORGUE PRÓRROGAS O ESPERAS AL PROVEEDOR O FIADO, PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN EN RELACIÓN CON ESTE CONTRATO HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO, DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRÁ ACOTARSE EN RAZÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
SEÑALAR EL DOMICILIO DE LA AFIANZADORA EN ESTA LOCALIDAD PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DE ESTA DEPENDENCIA.
LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, PROCEDIMIENTO AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INTERESES QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 95 BIS DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
ASÍ MISMO ESTA FIANZA CUBRE, DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DEL SERVICIO, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL PROVEEDOR, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, EN EL CONTRATO RESPECTIVO Y EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
"LA EMPRESA" SE OBLIGA A MANTENER ESTA FIANZA, HASTA POR TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DIAS POSTERIORES A LA FECHA DE LA FIRMA DEL ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA CLAUSULA CUARTA, ACORDANDO LAS PARTES QUE PARA SU CANCELACIÓN SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA APROBACIÓN MEDIANTE MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “EL ESTADO”.
LAS GARANTÍAS DE ANTICIPO Y CUMPLIMIENTO, JUNTO CON EL COMPROBANTE QUE ACREDITE EL PAGO DE LAS MISMAS A LA AFIANZADORA, DEBERÁN PRESENTARSE DENTRO DE LOS 10 DÍAS NATURALES
SIGUIENTES A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO EN AVENIDA INSURGENTES S/N, ENTRE LAS CALLES XXXX XXXXXXX XXXXXXX Y 16 DE SEPTIEMBRE, COLONIA CENTRO SINALOA, CÓDIGO POSTAL 00000, XXXXXXXX, XXXXXXX.
SÉPTIMA.- GARANTIAS DE LOS EQUIPOS:
“LA EMPRESA” GARANTIZA LOS EQUIPOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, DURANTE EL PERIODO DE UN AÑO, QUE CONTARA A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA DEL MISMO, CONTRA CUALQUIER DEFECTO DE FABRICACIÓN ASI COMO EL DE NO CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS, MALA CALIDAD DE LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, ETC.
SI DENTRO DEL PERIODO DE GARANTIA SE PRESENTA ALGUN DEFECTO O CUALQUIERA DE LAS CIRCUNSTANCIAS ANTERIORES, “LA EMPRESA” QUEDA OBLIGADA A SUSTITUIR LOS BIENES Y/O EQUIPOS DEFECTUOSOS EN UN PERIODO NO MAYOR A 20 (VEINTE) DIAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN, SIN CARGO ADICIONAL PARA “EL ESTADO”.
“LA EMPRESA” SE OBLIGA A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS, ASI COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN LAS QUE HUBIERA INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN ESTE CONTRATO Y EN LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
LA FORMA DE EMPAQUE Y TRANSPORTE QUE DEBERA UTILIZAR, SERÁN LOS QUE "LA EMPRESA" DETERMINE COMO IDONEOS, TODA VEZ QUE LA INTEGRIDAD DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS ES SU RESPONSABILIDAD HASTA EL MOMENTO DE LA ACEPTACIÓN DE LOS MISMOS. LOS COSTOS QUE SE ORIGINEN POR ESTOS CONCEPTOS SON POR CUENTA DE "LA EMPRESA".
“LA EMPRESA” DEBERÁ CUBRIR TODOS LOS SEGUROS DE TRANSPORTE, DE CONSERVACIÓN, ETC., QUE REQUIERAN LOS BIENES Y/O EQUIPOS HASTA EL MOMENTO DE LA FIRMA DEL ACTA SEÑALADA EN LA CLÁUSULA CUARTA.
OCTAVA.- LIMITE DE RESPONSABILIDADES:
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LA RESPONSABILIDAD DE "LA EMPRESA", INDEPENDIENTEMENTE DE LA FORMA DE ACCIÓN QUE SE EJERCITE, CONSISTE EN:
- QUE “EL ESTADO” LE HAGA EFECTIVA LA FIANZA ENTREGADA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO.
- REINTEGRAR A “EL ESTADO” CABALMENTE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE LE HAYAN SIDO ENTREGADOS HASTA EL MOMENTO DEL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS CLÁUSULAS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO.
EL PAGO POR EL LIMITE DE RESPONSABILIDADES REFERIDO, QUE SE DERIVE DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE CONTRATO, ATRIBUIBLES A "LA EMPRESA" SERÁ EFECTUADO DE INMEDIATO A LA NOTIFICACIÓN QUE “EL ESTADO” LE REALICE POR ESCRITO A “LA EMPRESA”.
INDEPENDIENTEMENTE DE LO ANTERIOR, PARA LOS EFECTOS DISPUESTOS POR EL ARTÍCULO 83 FRACCIÓN III, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES PARA EL ESTADO DE SINALOA, “EL ESTADO”, DARÁ VISTA A LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS, DE CUALQUIER INCUMPLIMIENTO EN QUE “LA EMPRESA” HUBIESE INCURRIDO.
NOVENA.- “LA EMPRESA” SERÁ RESPONSABLE ABSOLUTO DE OBTENER LAS LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO Y EN LOS CASOS EN QUE SE INFRINJAN DERECHOS DE AUTOR, PATENTES O MARCAS, “EL ESTADO” QUEDA LIBERADO DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN CASO DE QUE SE SOMETA A "LA EMPRESA" A JUICIO O PROCESO POR ESTE CONCEPTO.
DECIMA.- PENAS CONVENCIONALES:
EN EL CASO DE QUE “LA EMPRESA” SE ATRASE EN LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES PACTAN LA APLICACIÓN DE UNA PENA CONVENCIONAL LA CUAL SERÁ A PARTIR DEL PRIMER DIA DE ATRASO CONSISTENTE EN EL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL 0.116 % (PUNTO CIENTO DIECISES) DEL IMPORTE, EN FUNCIÓN DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS NO ENTREGADOS POR CADA DÍA DE RETRASO, TOMANDO COMO FECHA DE ENTREGA EL DÍA QUE SE RECIBAN EN EL LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES Y/O EQUIPOS CONTRATADOS, EL CUAL SERA DEDUCIDO DEL IMPORTE TOTAL A PAGAR Y NO EXCEDERÁN DEL MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
PARA EL EFECTO ANTERIOR “EL ESTADO” EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 85 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO DE SINALOA, HARÁN DEL CONOCIMIENTO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS ESTE HECHO, ACOMPAÑANDO LOS ELEMENTOS CON QUE SE CUENTE, A FIN DE QUE RESUELVA LO PROCEDENTE EN RELACIÓN A LA SANCIÓN.
EL PAGO DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS QUEDARÁ CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE “LA EMPRESA” DEBE EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES POR ATRASO, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO, NO PROCEDERÁ EL COBRO DE DICHAS PENAS NI LA CONTABILIZACIÓN DE LAS MISMAS AL HACER EFECTIVA LA GARANTÍA.
EN CASO DE RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, LA APLICACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
ADEMÁS DE LAS SANCIONES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SERÁN APLICABLES TODAS AQUELLAS QUE CORRESPONDAN AL INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES, CLÁUSULAS Y OBLIGACIONES SEÑALADAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA PRIMERA.- RESCISIÓN:
“EL ESTADO" PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, CUANDO “LA EMPRESA” INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS CLÁUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO, CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES PARA EL ESTADO DE SINALOA, QUE SUSTANCIALMENTE CONSISTE EN:
I.- SE INICIARÁ A PARTIR DE QUE A “LA EMPRESA” LE SEA COMUNICADO POR ESCRITO EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DIAS HÁBILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES;
II.- TRANSCRURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, “EL ESTADO” CONTARÁ CON UN PLAZO DE QUINCE DIAS PARA RESOLVER, CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER “LA EMPRESA”.
III.- RESCINDIDO EL CONTRATO SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR “EL ESTADO” POR CONCEPTO DE LOS BIENES RECIBIDOS HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISIÓN.
UNA VEZ RESCINDIDO ESTE CONTRATO, NO PROCEDERÁ EL COBRO DE PENALIZACIONES NI LA CONTABILIZACIÓN DE LAS MISMAS PARA HACER EFECTIVA LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO, SIEMPRE QUE ESTAS CAUSAS SEAN EL MOTIVO DE LA RESCISIÓN.
CUANDO "EL ESTADO" RESCINDA EL PRESENTE CONTRATO, SIN PERJUICIO DEL EJERCICIO DE LAS DEMÁS ACCIONES QUE PROCEDAN, APLICARÁ LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA "LIMITE DE RESPONSABILIDADES".
DECIMA SEGUNDA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL:
EL PRESENTE CONTRATO CONSTITUYE EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES EN RELACION CON EL OBJETO DEL MISMO Y DEBEN DE RESPETARSE TODAS LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN LAS BASES Y EN LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA UTILIZADAS EN EL CONCURSO DEL CUAL SE DERIVA ESTE CONTRATO MISMAS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE.
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN LA CELEBRACION DEL PRESENTE CONTRATO NO HA HABIDO ERROR O VICIO O LESIÓN ALGUNA QUE VICIEN EL CONSENTIMIENTO.
DECIMA TERCERA.- SOMETIMIENTO:
LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS DEL MISMO, ASI COMO A LOS TÉRMINOS, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECEN, LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES PARA EL ESTADO DE SINALOA, DE SUS SUPLETORIOS Y DEMAS QUE LE SEAN APLICABLES.
DECIMA CUARTA.- JURISDICCIÓN:
PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASI COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES ACUERDAN PRIMARIAMENTE SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 101, 102 Y 103 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES PARA EL ESTADO DE SINALOA, O BIEN AL PROCEDIMIENTO PARA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS QUE LE SEA APLICABLE DISTINTO AL ANTERIOR, EN LOS TÉRMINOS QUE DISPONE LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 55 DE LA MISMA LEY, ACORDANDO ASIMISMO QUE UN SUPUESTO DADO DE CONTROVERSIA Y PARA EFECTOS DE INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO SE SOMETERAN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE SINALOA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 104 DE LA MENCIONADA LEY, POR ENDE, "LA EMPRESA" RENUNCIA AL FUERO, COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZONES DE SU DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O CUALQUIER OTRA CAUSA.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN EN LA CIUDAD DE CULIACÁN, SINALOA AL DIA -- DE -------------- DE -----.
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