CONTRATO No. 077 -2019 CLASE DECONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: FREDY EDUARDO FONSECA SUÁREZGerente CONTRATISTA COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SARAVITA LTDANit: 890201509-9R/L:...
CONTRATO No. | 077 -2019 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACION DE SERVICIOS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SARAVITA LTDA Nit: 890201509-9 R/L: XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX CC 5745021 de San Xxx Xxxxxxx 00 Xx.00-00, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx Telefono:0000000, Celular: 3187172496-3183413854 |
OBJETO | “PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL TRASLADO DEL PERSONAL ASISTENCIAL Y EQUIPO MEDICO QUIRÚRGICO DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E, PARA REALIZAR BRIGADA DE SALUD EN EL CORREGIMIENTO DE SAN XXXXX DEL MUNICIPIO DE CONTRATACION DURANTE LOS DIAS 30 Y 31 XX XXXXXX DE 2019.” |
PLAZO DE EJECUCION | DOS (02) DIAS. Los días treinta (30) y treinta y uno (31) xx xxxxxx de dos mil diecinueve (2019). |
VALOR | DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($266.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por otra, XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.745.021 de San Xxx – Santander, quien actúa como representante legal de la COOPETATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SARAVITA LTDA.”, identificada con el NIT. 890.201.509-9, quien afirma no encontrarse incurso en inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, y demás normas aplicables a la materia; quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decido celebrar el presente contrato, previas las
siguientes consideraciones a continuación relacionadas: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por la Jefe de Enfermería del Sanatorio de Contratación E.S.E., el cual registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación.2) Que en cumplimiento de su Misión Institucional, el Sanatorio de Contratación E.S.E, realiza brigadas de salud en el corregimiento de San Xxxxx donde presta los servicios de medicina general, odontología, promoción y prevención, laboratorio clínico y vacunación, garantizando el derecho a la salud de manera oportuna, para la comunidad en general, razón por la que se requiere el traslado de equipos médicos y el personal asistencial que presta los servicios para tal fin.
3) Que la entidad no cuenta con vehículo automotor exclusivo y requerido para el cabal cumplimiento de las actividades propias de las brigadas de salud, motivo por el cual se requiere de la contratación del servicio de transporte público en la modalidad de transporte especial terrestre. 4) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral
31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx Xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de Contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de servicios cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 5) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.19-0000 de fecha agosto 29 de 2019, expedido por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. 6) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES DEL SARAVITA LTDA.”, identificada con el NIT. 890.201.509-9, y representada legalmente por XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.745.021 de San Xxx – Santander, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 7) De acuerdo a lo anterior las partes hemos acordado suscribir el presente contrato, el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes Clausulas: CLAÚSULA PRIMERA -OBJETO: “PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE PARA EL TRASLADO DEL PERSONAL ASISTENCIAL Y EQUIPO MEDICO QUIRÚRGICO DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E, PARA REALIZAR BRIGADA DE SALUD EN EL CORREGIMIENTO DE SAN XXXXX DEL MUNICIPIO DE CONTRATACION DURANTE LOS DIAS 30 Y 31 XX XXXXXX DE 2019.” De conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos, la oferta presentada por el contratista, documentos que forman parte integral del presente contrato. CLASULA SEGUNDA – DURACIÓN: Será de DOS (02) DIAS. Los días treinta (30) y treinta y uno (31) xx xxxxxx de dos mil diecinueve (2019).CLAÚSULA TERCERA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS ($266.000,oo) M/CTE. IVA incluido. FORMA DE PAGO: Se cancelará mediante un (01) único pago, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta las actividades efectivamente realizadas en el respectivo periodo a
facturar, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de la factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato, constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar y planillas de cumplimiento de las rutas establecidas en el cronograma. PARÁGRAFO PRIMERO: Se deja claramente establecido que el precio se ha fijado, teniendo en cuenta todos los costos directos e indirectos y descuentos legales en que el Contratista incurra para la prestación del servicio referido en el presente estudio. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACION DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza de los procesos, subprocesos y actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAÚSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante el supervisor designado por la gerencia. e) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAÚSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo y tiempo convenido. b) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. c)Prestar el servicio de transporte público en la modalidad de transporte especial terrestre automotor, para el traslado del personal asistencial y equipo médico quirúrgico, de acuerdo al cronograma establecido por la Institución Hospitalarias a través de la coordinación médica y de enfermería del Sanatorio de Contratación E.S.E. d)Realizar el traslado según la ruta y horarios establecidos por el Sanatorio de Contratación
E.S.E. e) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. f) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores, empleados que se dispongan para la ejecución del contrato. g) Estar al día con el pago de la planilla de la Seguridad Social integral y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Asumir los gastos de papelería, pólizas y demás documentos que genere el contrato referido. i) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que, dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. j)Asumir todos los costos en los que incurra para dar cumplimiento al cronograma y/o ruta establecida en el contrato: (conductores, combustible, mantenimiento preventivo y correctivo, peajes, garaje, en caso de requerirse) estará a su cargo y en ningún caso ocasionara pago alguno por parte del Sanatorio de Contratación E.S.E. k)Disponer de manera inmediata de otro vehículo en caso de que el vehículo que se encuentre en disposición requiera de mantenimiento preventivo o correctivo
l) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAÚSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume EL CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del Presupuesto General de Gastos Vigencia 2019, Rubro A. 02.02.02.006.05 – Servicios de transporte de carga, de conformidad con el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.19-00477 de fecha agosto 29 de 2019, expedido por el Jefe de Presupuesto de la entidad. CLAÚSULA OCTAVA – SUPERVISIÓN: La supervisión del presente Contrato de Prestación de Servicios, será efectuada por la Enfermera Jefe del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrá la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAÚSULA NOVENA - SOLUCIÓN DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAÚSULA DECIMA – GARANTÍA: De conformidad con lo dispuesto en manual de contratación de la entidad en el CAPITULO VII. LA GARANTIA EN EL PROCESO CONTRACTUAL. ARTÍCULO 50: “La
garantía será exigible en todos los procesos contractuales que celebre la empresa, pero será libre de exigirla o no en los procesos de contratación directa”. Para caso de estudio no se exigirá póliza alguna, por tratarse de un contrato directo por prestación de servicios, en el cual el requisito para el pago es el cumplimiento del objeto contractual en el plazo estipulado y debido a que la entidad no corre riesgo alguno por cuanto el contratista al momento de no cumplir, no se le cancela la pago alguno. CLAÚSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAÚSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAÚSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAÚSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAÚSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como
domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E., ubicado en la Xxxxx 0 Xx.0–00, xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx
– Santander .CLAÚSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAÚSULA DECIMO SEXTA - CLAÚSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAÚSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO: Forma parte integral del presente contrato
los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. 3. Demás documentos que se generen durante la ejecución del Contrato CLAÚSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El
presente contrato se perfecciona con las firmas de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E y la suscripción del acta de inicio respectiva
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los treinta (30) días del mes xx xxxxxx del año Dos Mil Diecinueve (2019).
EL CONTRATANTE: EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
Gerente C.C. No. 5.745.021 de San Xxx
Sanatorio Contratación E.S.E. R/L COOTASARAVITA LTDA Contratista
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Asesora Jurídica |