Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD DEL CONTRATO DE SERVICIOS CONSISTENTES EN LA CONTRATACIÓN DE LA PRODUCCIÓN DENOMINADA “IL TROVADORE” DE XXXXXXXX XXXXX EN EL TEATRO AUDITORIO XX XXXXXXXXXX
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
EL ADJUDICATARIO llevará a cabo la representación ante el público en el Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx (Madrid) de la producción denominada Il Trovadore de Xxxxxxxx Xxxxx de la compañía Producciones Telón, S.L. dirección musical de Xxxxx Xxxxxxx e interpretada por la Orquesta Sinfónica de Aljarafe.
2.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 10 y Anexo II categoría 26 del R.D.L. 3/2011 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), el presente contrato se califica como CONTRATO DE SERVICIOS.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
El expediente tiene carácter ordinario tramitándose por procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, en atención a razones artísticas, conforme disponen los artículos 170.d) y 174.e) del TRLCSP. Habida cuenta de que la Compañía Producciones Telón, S.L. con C.I.F. nº B 02444792, con domicilio en la X/ xx xx Xxxxxxxx, 0- 0x X (Xxxxxxxx), es la única mercantil que puede concurrir a la ejecución del citado contrato, conforme al informe de necesidades de contratación de fecha 2 de julio de 2013.
Por lo que, habida cuenta de la inexistencia de otra mercantil que reúna las condiciones mencionadas, previa consulta al mercado de conformidad con el artículo 88 del TRLCSP, son de aplicación los preceptos legales a que se ha hecho referencia, por lo que el contrato puede ser adjudicado de forma directa a Producciones Telón, S.L.
Por tanto, el órgano de contratación (Presidente del Patronato Sociocultural) fijará con Producciones Telón, S.L. el precio del contrato dejando constancia del mismo en el expediente y no siendo necesaria por ello la constitución de la Mesa de Contratación.
4.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El importe del presente contrato se fija en VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00.- €), más el IVA aplicable (5.250.- €) en concepto de 21% IVA.
5.- FORMA DE PAGO
El pago se realizará contra la presentación de factura con todos los datos completos, firmados y sellados, mediante cheque bancario o talón conformado por banco a favor de Producciones Telón, S.L., una vez realizada la actuación.
El importe de las facturas se abonará en los plazos previstos en el articulo
216.4 del TRLCSP y conforme lo dispuesto en la disposición transitoria sexta de dicha norma legal, en los términos de la nueva redacción aprobada por la ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
6.-PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El concierto se llevará a cabo el día 19 de octubre de 2013, a las 20:00 horas, en el Teatro Auditorio Ciudad xx Xxxxxxxxxx. No obstante, EL PATRONATO SOCIOCULTURAL se reserva el derecho de alterar o revisar la fecha y hora de la representación, previa consulta al ADJUDICATARIO, en el supuesto de cambios en su programación cultural.
La actuación ofrecida por El ADJUDICATARIO tendrá una duración aproximada de 150 minutos con descanso.
7.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACION DEL CONTRATO
Dada la naturaleza del contrato, donde no se promueve la concurrencia, una vez negociados los términos del contrato de conformidad con los artículos 170 y siguientes del Real Decreto Legislativo de la Ley de Contratos del Sector Público, y fijado el precio del mismo, aprobado el expediente y previamente a la adjudicación del contrato se deberá aportar por Producciones Telón, S.L., la siguiente documentación en el plazo xx xxxx días desde el siguiente a la notificación de requerimiento:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del adjudicatario y, en su caso, su representación. (Escritura de Constitución de la empresa y Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del apoderado o representante legal. Si se comparece en nombre de otro, se presentará copia compulsada del poder notarial de representación).
b) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al art. 60 del TRLCSP, R.D. 3/2011, de 14 de noviembre.
c) Documentación justificativa mediante certificado positivo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 que le reclame el órgano de contratación
Presentada la documentación arriba referida y adjudicado el contrato, se procederá a la firma del mismo en el plazo de cinco días desde la presentación de la referida documentación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 151.3 del mencionado Real Decreto Legislativo.
Se publicará la adjudicación en el perfil del contratante del PATRONATO SOCIOCULTURAL en la web municipal.
8.- GARANTÍAS
Dada la naturaleza y características del contrato a celebrar, y de conformidad con los artículos 95 y siguientes del R.D.L. 3/2011 TRLCSP, no se exige garantía provisional ni definitiva en el presente expediente.
9.- REVISIÓN DE PRECIOS
No se contempla revisión de precios dado el plazo de vigencia del contrato.
10.- DISPOSICIONES GENERALES
1. El ADJUDICATARIO garantiza que los artistas y el personal necesario para llevar a cabo el concierto objeto de este contrato han delegado en el ADJUDICATARIO plenos poderes para formalizar y ejecutar este contrato.
2. El ADJUDICATARIO garantiza que el PATRONATO SOCIOCULTURAL no será, en ningún caso y por ningún concepto, responsable del pago de cantidad alguna a agentes, artistas u otro personal de la Compañía.
3. Todos los anexos, modelos, fichas técnicas y cualquier otro documento firmado por el PATRONATO SOCIOCULTURAL y ADJUDICATARIO unidos a este contrato o que puedan producirse para un mejor cumplimiento de lo acordado entre las partes, tendrá carácter contractual y será generador de derechos y obligaciones para el PATRONATO SOCIOCULTURAL y el ADJUDICATARIO. Igualmente, cualquier modificación del mismo lo será por escrito y firmado por ambas partes.
4. La alegación sobre desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos y de las normas que pueden tener aplicación a la ejecución de lo pactado no eximirá a las partes de la obligación de su cumplimiento.
11.-RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
1. El contrato podrá resolverse por causa de incumplimiento grave por cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas en virtud del mismo. En tal caso, la parte cumplidora estará facultada para dar por resuelto el contrato, tras la notificación correspondiente.
2. Una vez transcurrido el plazo de catorce (14) días tras la notificación por escrito del incumplimiento del contrato, la parte cumplidora podrá dar por resuelto el mismo inmediatamente. La parte incumplidora vendrá obligada a reparar los daños y perjuicios que por tal motivo cause a la otra, con independencia del derecho para acudir ante los Tribunales para reclamar las indemnizaciones que procedan.
12.- JURISDICCIÓN
1. Este contrato se regirá e interpretará en todos sus aspectos por el derecho español y para cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente contrato, la jurisdicción competente será de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxxx (Madrid), con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponder al ADJUDICATARIO.
2. El contrato se regirá jurídicamente por:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
- La vigente legislación y normativa en materia laboral, de seguros sociales, contratación de personal, seguridad e higiene en el trabajo, accesibilidad y construcción y lo que dispongan las leyes protectoras de la industria comunitaria.
- El presente documento y cuantos puedan producirse firmado por las partes.
- Normativa que regula el arrendamiento de servicios previsto en el Código Civil y demás normas de general aplicación.
- Usos y costumbres teatrales.
- En el caso de que se efectúe traducción del contrato a otro idioma, prevalecerá la versión española.
13.- REPRESENTACIONES SUPLEMENTARIAS
En el supuesto de representaciones suplementarias distintas a las pactadas en este contrato, éstas serán objeto de un nuevo contrato entre las partes.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. con domicilio en
--- y D.N.I. nº , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar,
en nombre propio o en representación de , según se
acredita debidamente, hace constar:
1º.- Que enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico – Administrativas y Técnicas aprobado por el Patronato Sociocultural xx Xxxxxxxxxx, que ha de regir en el contrato de PRODUCCIÓN DENOMINADA IL TROVADORE DE XXXXXXXX
XXXXX, lo acepta íntegramente, presenta oferta ajustada a las condiciones señaladas en el mismo y solicita sea admitido a la licitación que se convoca.
2º.- Que ofrece como precio para la ejecución del presente contrato la cantidad de ......................................................... euros, más el IVA correspondiente, que
asciende a ................................................ euros. Siendo el importe total del contrato, IVA incluido de.........................................................................................
euros.
(expresar en letra y número)
3º.- Que se compromete a cumplir las prestaciones objeto del mencionado Pliego, así como al cumplimiento de la legislación vigente que resulte de aplicación directa o subsidiaria.
En ..............., a ... de de 20 .
Firma