CONTRATO DE ENSEÑANZA
CONTRATO DE ENSEÑANZA
En Zamora a 10/09/2012 se reúnen de una parte D. XXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. 56897455 C director de la Escuela Particular de Conductores denominada ARISOFT,con número provincial ZA3334, con domicilio en Xxxxxx xxxxx XXXXX XXXXXXX Xx 00.
Y de otra D. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. 111112511V y nacido el 28/09/1986, y domicilio en la localidad xx XXXXXX , Código postal 00000 xxxxx XXXXXXXXX, 0, ambos con capacidad legal para contratar y obligarse, convienen el presente contrato de aprendizaje para la obtención del permiso de conduccion de la clase B y de acuerdo con el régimen de enseñanza establecido en el capítulo IV del Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos de Motor, aprobado por el Real Decreto 1.295/2003, de fecha 17 de Octubre.
CONDICIONES GENERALES
1ª. La Escuela impartirá las enseñanzas necesarias para la obtención del permiso de conducción reseñado, con la máxima dedicación y eficacia, y con profesorado que cumpla la totalidad de los requisitos exigidos en el Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores.
2ª. La duración de la clase teórica será de 60 minutos y la de clase práctica de 45 minutos.
3ª. Para poder ser presentado a examen, será necesaria una certificación conjunta del director y del profesor que haya impartido la enseñanza de la conducción, en la que se expresa que a su juicio, el alumno ha recibido las enseñanzas necesarias para obtener el permiso de conducción. Si el alumno insistiera en ser presentado a examen sin ese requisito, el director de la escuela, lo hará constar expresamente, resolviendo en cada caso la Jefatura Provincial de Tráfico según proceda.
4ª. Los gastos de inscripción en la Escuela, que se abonarán por una sola vez, independientemente del número de convocatorias necesarias para obtener el permiso de conducción, ascienden a la cantidad de 247,9339 € más I.V.A.
5ª. El precio de las clases de teórica será de 100€ más I.V.A.
6ª. El precio por clase práctica será de 23€ más I.V.A. por cada módulo de 45 minutos.
7ª. La gestión ante los centros oficiales de cuantos documentos interesen ( Tasas ) para la obtención del permiso de conducción correrá a cargo de la Escuela, siendo el importe de las tasas de 87,6 € a pagar por el alumno.
8ª. Salvo en casos debidamente justificados y autorizados por la Jefatura de Tráfico, el alumno será acompañado durante la prueba de circulación por el profesor que le haya impartido la enseñanza práctica, que se responsabilizará xxx xxxxx mando.
9ª. La Escuela velará por el cumplimiento de todo lo dispuesto en la legislación vigente, así como del estricto cumplimiento de las obligaciones del profesorado, atendiendo cualquier reclamación o queja del alumno en relación con la enseñanza recibida, a cuyo efecto, en el caso de quedar disconforme el alumno, dispone de un libro de reclamaciones en el que podrá manifestar sus quejas para conocimiento de la Jefatura Provincial de Tráfico.
10ª. El alumno autoriza al titular de la Escuela que figura como parte en el Contrato de Enseñanza suscrito, para que gestione en su nombre ante la jefatura provincial de Tráfico el despacho de la documentación relacionada con la obtención de el/los permisos o licencia/s que solicita. (Art. 1.4 Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores. R.D. 1295/2003, de 17.10).
CONDICIONES PARTICULARES
11ª. El alumno deberá avisar, al menos con veinticuatro horas su falta de asistencia a la clase práctica. Caso de no hacerlo , la clase se dará por realizada.
12ª. La falta de asistencia injustificada por parte del alumno superior a seis meses, dará lugar a la rescisión del presente contrato, dandose por canceladas las cantidades entregadas.
13ª. El importe de las tasas de Tráfico es de 87,6 €, (válido para dos convocatorias) corriendo a cargo del alumno el importe de las mismas.
14ª. Los gastos, por la utilización del vehículo en el examen práctico, serán de cuenta del alumno.
15ª.Los gastos de tramitación del segundo y sucesivos expedientes, si hubiera lugar, serán de cuenta del alumno, así como el correspondiente importe de las tasas de tráfico que esté en vigor por cada año natural.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman, por duplicado, el presente contrato, cuyo original queda depositado en la Auto Escuela, entregándose el duplicado al alumno, en la fecha y el lugar al principio reseñados.
El alumno o su representante lega El Director de la Escuela