CONVENIO MARCO DE APOYO 1NTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI DE MOQUEGUA Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO
XXXXXXXX XXXXX DE APOYO 1NTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX DE MOQUEGUA Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL XXXXXXXX XXXXX
Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte la UNIVERSIDAD XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX - UJCM, con domicilio para en la calle Ayacucho N°393 Distrito Moquegua, Provincia de Xxxxxxxx Xxxxx, Región Moquegua, con RUC N° 20200848048, a quien en adelante se le denominara LA UNIVERSIDAD. Debidamente representa^o/por su Rector XX. XXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX, identificado con DNI N° 00000000, designado mediante Resolución de Asamblea Universitaria N°024-2012-AU/COG- UJCM e inscrito en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx 00000000 xx xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, y; de otra parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE XXXXXXXX XXXXX con domicilio en la calle Ancash N°275, Distrito Moquegua, Provincial Xxxxxxxx Xxxxx, Región Moquegua, con RUC N° 20154469941, a quien en adelante se le denominara LA MUNICIPALIDAD, debidamente representada por su Alcalde Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI N° 10024480301, elegido mediante elección popular de fecha 05 Octubre de 2014, a la que el presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES
LA UNIVERSIDAD, es una institución con personería de derecho privado sin fines de lucro, que se rige por su Estatuto y Reglamentos Internos, con autonomía académica, económica y administrativa encargada de formar profesionales, académicos, investigadores, tecnólogos creativos, competentes y con la solución de los problemas de la comunidad científicos, humanísticos atreves de los cuales se formulan alternativas de desarrollo humano, cultura y equidad social.
creada mediante Ley N° 25153 del 23 de diciembre de 1989, y constituida mediante Resolución de institucionalización N° 389-2002-ANR y según facultades otorgadas mediante Resolución de Asamblea Universitaria N°027-2014-AU-UJCM, de fecha 19 de Diciembre del 2014.
LA MUNICIPALIDAD, es un órgano de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que al amparo de las competencias señaladas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; representada al vecindario promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la población de Moquegua.
Es por ello que es intensión de ambas partes, fortalecer sus relaciones interinstitucionales a través de la suscripción del presente CONVENIO MARCO, para que así, mediante acciones conjuntas de cooperación, poder contribuir al desarrollo de la cultura y en consecuencia a la mejora de calidad de vida de la población en general.
CLAUSULA SEGUNDA : DEL MARCO LEGAL
El presente Xxxxxxxx se suscribe y se ejecutara entre otros de conformidad al siguiente base legal y las siguientes disposiciones:
2.1- Constitución Política del Perú. 2.2- Ley N° 23733 Ley Universitaria
2.3- Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidad
2.4- Estatuto de la Universidad Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx
2.5- Reglamento Interno de la Universidad Xxxx xxxxx Xxxxxxxxxx
2.6- Ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.7- Otros dispositivos legales aplicables
CLAUSULA TERCERA: DEL OBJETIVO DEL CONVENIO
El objeto del presente CONVENIO MARCO, es fortalecer las relaciones interinstitucionales entre LA UNIVERSIDAD Y LA MUNICIPALIDAD, convienen en establecer y desarrollar mecanismos e instrumentos xx xxxxx colaboración y beneficio, sumando esfuerzos y recursos disponibles conducentes al desarrollo humano: del conocimiento, de la cultura, de la investigación científica y tecnológica, académica, salud, obras, educativa, turística y gastronómica; así como la cooperación técnica que ambas Instituciones pueden brindar recíprocamente para el desarrollo y mejora continua de ambas organizaciones.
CLAUSULA, CUARTA: PRINCIPIOS DEL CONVENIO MARCO
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4.1. El presente convenio establece pautas generales para que LA UNIVERSIDAD desarrolle las actividades, programas y/o proyectos que requiera LA MUCIPALIDAD, los cuales serán previamente identificados por esta.
4.2. Preferentemente, la solución de diferencias entre las partes celebrantes, se efectuará por mutuo acuerdo y buena fe.
4.3. El presente convenio se celebra en respeto y cumplimiento de la normatividad legal vigente.
4.4. Para que el presente convenio alcance sus fines de la mejor manera, la comunicación entre las partes deberá ser permanente, para lo cual cada una de ellas, deberán designar a sus representantes, premunidos de facultades suficientes.
4.5. Los acuerdos que se adopten deberán beneficiar a ambas partes y deberán ser suscritos, para su validez, por las autoridades designadas de acuerdo a lo señalado en la cláusula décima primera.
4.6. Cualquier aspecto de orden técnico, legal administrativo u otro que relacione a las partes deberá interpretarse, desarrollarse, ejecutarse, tratarse y/o solucionarse al amparo de los principios que se establecen en el presente Convenio Xxxxx.
4.7. Los convenios estarán sometidos durante su ejecución a la supervisión de LA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA QUINTA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
A. LA MUNICIPALIDAD asume los siguientes compromisos:
a) Otorgar facilidades administrativas que permitan viabilizar la Implementación y ejecución de las actividades, programas de capacitación y/o proyectos de investigación, a fin de dar cumplimiento al objeto del presente Convenio Xxxxx y siempre que no contravengan el ordenamiento jurídico vigente.
b) Trabajar e identificar de manera coordinada con LA UNIVERSIDAD, los programas, proyectos y/o actividades, en los que por razones económicas y sociales, resulte necesario promover su implementación y ejecución en el ámbito de su intervención.
c) Otras que puedan generarse para el cabal cumplimiento del presente Convenio Xxxxx y en coordinación con la otra parte.
B. LA UNIVERSIDAD asume los siguientes compromisos:
a. Brindar cooperación, asesoría y asistencia técnica en la implementación y ejecución de actividades, programas y/o proyectos en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial Xxxxxxxx Xxxxx.
b. Coordinar, a través de sus Facultades, Carreras profesionales, oficinas o dependencias competentes, la implementación y ejecución de actividades, programas y/o proyectos, vinculados al objeto del convenio marco, señalado en la cláusula tercera del mismo.
c. Otras que puedan generarse para el cabal cumplimiento del presente convenio marco y en coordinación con la otra parte.
CLAUSULA SEXTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
7.1. Brindar las facilidades del caso, para lograr el objeto del presente CONVENIO MARCO.
7.2. Intercambiar información relevante que esté relacionada con la ejecución del CONVENIO MARCO y con los CONVENIOS ESPECIFICOS que pueden celebrarse.
7.3. Identificar áreas y/o temas que en corto, mediano y/o largo plazo, puedan ser materia de los CONVENIOS ESPECIFICOS que se suscribirán en forma progresiva. Dicha identificación de árqps o temas puede ser realizada por cualquiera de las partes, o por ambas pero debéfá.tonsiderar siempre: El objeto y/o finalidad de la entidades intervinientes; La finalidad prevista en la cláusula tercera del presente CONVENIO MARCO.
Se deja constancia que esta obligación se circunscribe a la labor de identificar las áreas o temas que podrían ser materia de CONVENIOS ESPECIFICOS, pues la celebración de los mismos requiere del acuerdo expreso de ambas partes.
7.4. Designar cada una de las partes su respectivo coordinor y/o comisión coordinadora y comunicar dicha designación por escrito, a la otra parte dentro de los (10) días calendarios de suscrito el CONVENIO MARCO, por los representantes autorizaos de ambas partes.
Como resultado de las evaluaciones periódicas que se realicen durante el tiempo de vigencia del convenio, las partes podrán acordar Introducir modificaciones y/o ampliaciones al presente Convenio, según lo establecido en la cláusula anterior.
CLÁUSULA SETIMA: DE LOS CONVENIOS ESPECIFICOS
7.1. Para la ejecución del presente Convenio Xxxxx, se suscribirán Convenios Específicos entre LA MUNICIPALIDAD Y LA UNIVERSIDAD previo Acuerdo de Concejo Municipal, en los cuales se establecerán y detallarán -entre otros aspectos-ios trabajos a realizar, objeto, plazos, presupuestos, financiamlento; así como los términos y condiciones aplicables a los mismos.
.7.2. LA MUNICIPALIDAD Y LA UNIVERSIDAD se comprometen a que los Convenios Específicos que se suscriban, cuenten con los recursos económicos que posibiliten su ejecución y logros, dentro de la disponibilidad presupuestal de cada una de ellas. Asimismo, se comprometen -de ser el caso-a gestionar el apoyo financiero complementario, de fuente pública o privada, nacional o internacional, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
7.3. La celebración de Convenios Específicos derivados el presente Convenio Marco, conllevarán a alcanzar beneficios interinstitucionales comunes.
7.4. Los Convenios Específicos a suscribirse deberán se propuestos y/o contar con la opinión previa de las dependencias, oficinas y/o áreas competentes, que tengan vinculación con el objeto del Convenio Especifico; y cumpliéndose con los requisitos que la ley establezca para cada caso en particular.
CLÁUSULA OCTAVA: DEL FINANCIAMIENTO
Con el propósito de lograr una eficaz ejecución del presente Convenio Xxxxx, cada una de las partes deberá(n) designar coordinador(es), dentro de los quince (15) días calendarios de suscrito el presente convenio.
Tanto LA MUNICIPALIDAD como LA UNIVERSIDAD podrán sustituir a sus representantes, para lo cual deberá comunicárselo a la otra parte por escrito, con una anticipación no menor de quince
(15) dias calendarios. Los Convenios Específicos a suscribirse por ambas partes, deberán señalar los funcionarios competentes y/o representantes, que tengan vinculación con el objeto de dichos convenios.
CLAUSULA NOVENA: PLAZO
El presente CONVENIO MARCO, entrara en vigencia a partir de su suscripción y durante el periodo de 24 meses.
Las partes acuerdan que podrán prorrogar de mutuo acuerdo, la vigencia del presente CONVENIO MARCO, para lo cual será necesario que los representantes autorizados de cada una de ellas suscriban un documento en ese sentido.
CLÁUSULA DECIMO: DE LAS MODIFICACIONES
Lo que ndj: estuviere expresamente previsto, así como las modificaciones o ampliaciones al presente Convenio,, se resolverá de mutuo acuerdo entre las partes mediante la suscripción de la Adenda respectiva.
CLÁUSULA DECIMO PRIMERA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio podrá ser resuelto, cuando se presenten las siguientes situaciones:
11.1. Por acuerdo entre las partes, mediante comunicación escrita con una anticipación de treinta
(30) días hábiles.
11.2. Por caso fortuito o fuerza mayor, generados por hechos extraordinarios o imprevistos, ajenos a la voluntad o actuación de las partes. Las causas de fuerza mayor o caso fortuito serán invocadas por escrito detallando su naturaleza, para cuyo efecto se suscribirá la agenda correspondiente.
11.3. Por incumplimiento injustificado de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDO: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS.
Toda discrepancia o controversia derivada de la interpretación o incumplimiento del presente Convenio, se resolverá mediante la coordinación entre las partes siguiendo las reglas de concertación, buena fe y común intensión, comprometiéndose a brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa, teniendo en cuenta los principios que inspiran el Convenio.
CLÁUSULA DECIMO TERCERA: DE LAS DISPOSICIONES FINALES.
Las partes, por mediar el interés común, convienen en prestarse apoyo y colaboración recíproca para el logro del objeto del Convenio, en cuanto a las obligaciones que a cada uno le compete.
Las partes señalan como domicilio real los indicados en la parte Introductoria del presente Convenio, lugar donde se harán todas las comunicaciones, notificaciones y avisos derivados del mismo, para lo cual renuncian a la jurisdicción de sus domicilios y se someten a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Moquegua.
En señal de conformidad con los términos expresados, las partes lo suscriben en dos (02) ejemplares originales en la ciudad de Moquegua a los días
POR LA UNIVERSIDAD POR LA MUNICIPALIDAD
M uniti Xxxxxxxx Xxxxx
Dr.íP PEMAMANI
“AÑO INTERNACIONAL DE LA LUZ Y LAS TECNOLOGÍAS BASADAS EN LA LUZ" “2007 - 2016 DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERU"
“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL XXXXXXXX XXXXX
XXX ORGANICA N” 27972 DEL 26-05-2003
LEY N° 8230 DEL 03-04-1936
ACUERDO DE CONCEJO N° 067-2015-MPMN
Moquegua, 30 xx Xxxxx de 2015
EL CONCEJO PROVINCIAL DE “XXXXXXXX XXXXX”:
VISTO, en “Sesión Ordinaria” de la fecha, el Dictamen N° 010-2015-CODESYT/MPMN, sobre suscripción de “Convenio Marco de Colaboración” con la Universidad “Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx” xx Xxxxxxxx.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972;
Que, el Inciso 26) del Artículo 9o de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar la Celebración de Convenios de Cooperación Nacional e Internacional y Convenios Interinstitucionales;
Que, el “Convenio Xxxxx de Colaboración” a suscribirse con la Universidad “Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx" de Moquegua, es con el objeto de establecer y desarrollar mecanismos e instrumentos xx xxxxx colaboración y beneficio, sumando esfuerzos y recursos disponibles conducentes al desarrollo humano, así como la cooperación técnica de ambas Instituciones;
Que, en consecuencia es necesario dictar el correspondiente acto administrativo que apruebe la Celebración del referido “Convenio Marco de Colaboración";
En uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modificada por Ley N° 27680 del 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley N° 8230 del 03-04-1936, el Concejo Municipal en “Sesión Ordinaria” de la fecha;
ACORDÓ:
Aprobar la Celebración del “Convenio Marco de Colaboración" entre la Municipalidad Provincial “Xxxxxxxx Xxxxx" y la Universidad “Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx” xx Xxxxxxxx, con el objeto de aunar esfuerzos de Cooperación Interinstitucional para promover el desarrollo humano sostenible.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Municipalidad X Xxxxxxxx Xxxxx
Dk-HUGÜT|A1AS QU1SPE MAMAN1
ALCALDE