Í N D I C E
Í N D I C E
Cláusula Página
1 OBJETO DEL CONTRATO 1
2 CALIFICACIÓN DEL CONTRATO, 1
3 CODIFICACIÓN. 1
4 PROCEDIMIENTO DE LA ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE 2
5 DURACIÓN DEL CONTRATO.PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 2
6 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN 3
7 FINANCIACIÓN Y FORMA DE PAGO 3
8 CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS. 5
9 CAPACIDAD PARA CONCURRIR 6
10 PUBLICIDAD 7
11 PROPOSICIONES, DOCUMENTOS, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN 8
Contenido sobre “1” 8
Contenido sobre “2” 13
Contenido sobre “3” 14
12 ADMISIBILIDAD DE VARIANTES 15
13 CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DE QUE LA OFERTA CONTIENE VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS 15
14 APERTURA DE OFERTAS 15
15 ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN CON LA EMPRESA/CRITERIOS
DE ADJUDICACIÓN 16
16 CLASIFICACION DE OFERTAS. ADJUDICACIÓN. EFECTOS. GASTOS 17
17 CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES AL CONTRATISTA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. APLICACIÓN CAUSAS RESOLUCIÓN Y
SUS EFECTOS. 19
18 REVISIÓN DE PRECIOS 23
19 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 23
20 PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 23
21 LEYES ESPECIALES 24
22 JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 24
23 RÉGIMEN JURÍDICO 24
ANEXO I: ASPECTO DE NEGOCIACIÓN. CRITERIOS DE VALORACIÓN ANEXO II: MODELO DE AVAL
ANEXO III: MODELO CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN ANEXO IV: MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS
ANEXO V: MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIÓN DEFONDOS DE INVERSION
XXXXX XX: MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE (ART. 60 LCSP) ANEXO VII: MODELO DECLARACIÓN SOBRE I.A.E. (Sociedades) ANEXO VIII: MODELO OFERTA ECONÓMICA.
ANEXO IX: MODELO OFERTA KILOMETRAJE
1
Unidad de Contratación y Compras Exp. 11/2015
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS (PARTICULARES) QUE HABRÁN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE “SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO, DE UN VEHÍCULO PARA EL SERVICIO DE LA POLÍCIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXXXX XX XXXXXXX”, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.-
La contratación que se realice tendrá por objeto la contratación del “Suministro, mediante arrendamiento de un vehículo, para el servicio de la Policía Local”, cuyas características y equipamientos se definen en el artículo
2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas unido al expediente, el cual se considera parte del presente Pliego, por cuya causa no se reproduce con arreglo a estas cláusulas administrativas y al referido Pliego de Prescripciones Técnicas.
2ª.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato tiene la calificación de “Contrato de Suministro”, según lo que establece el art. 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP) y tiene carácter administrativo, conforme al art. 19.1.a) del TRLCSP.
3ª. CODIFICACIÓN DEL CONTRATO. CPV
De conformidad con el Reglamento del CE número 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, modificado por el Reglamento CE 213/2008, de la Comisión, de 28 de noviembre de
2007 por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), el suministro objeto del contrato la codificación es la siguiente:
CPV: 34114200-1 - Automóviles de Policía
4ª.- PROCEDIMIENTO DE LA ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE:
El procedimiento contemplado para esta contratación es “NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD”, al amparo de lo establecido en el artículo 173 f) del TRLCSP mediante tramitación ordinaria.
5ª. – DURACIÓN DEL CONTRATO, PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.
5.1 Duración del contrato:
La duración del contrato se establece CUATRO (4) AÑOS (cuarenta y ocho meses) no pudiéndose iniciar la ejecución del mismo sin la previa formalización, según lo dispuesto en el art. 156.5 del TRLCSP.
El plazo podrá ser prorrogado por periodos de UN AÑO y un máximo de dos prórrogas.
5.2 Plazo de entrega:
El plazo máximo de entrega del vehículo es de CIENTO VEINTE (120) DÍAS contados a partir del día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
5.3 Lugar de entrega:
El vehículo, con su equipamiento, será entregado en las dependencias de la Policía Local de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Plaza de España s/n . Previamente a la firma del ACTA DE RECEPCIÓN, la Jefatura de la Policía (o miembro de la Policía Local que designe) inspeccionarán, junto con un representante de la empresa adjudicataria, el vehículo suministrado y su
documentación, a fin de comprobar que se ajusta a lo establecido en los artículos 2 y 3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El vehículo no se considerará entregado si no reúne las características y equipamiento exigido o no va acompañado de la documentación necesaria para su correcta circulación.
El adjudicatario no tendrá derecho a solicitar indemnización en el supuesto de que se produjesen daños durante, o con anterioridad, a la entrega del vehículo, salvo que éstos hubieran ocurrido por demora del Ayuntamiento en la recepción.
6ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN:
6.1 VALOR ESTIMADO:
El valor estimado del contrato, teniendo en cuenta su duración y sus posibles prórrogas asciende a CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUATRO CON TRECE (59.504,13) EUROS, más el importe correspondiente al Impuesto sobre el valor añadido.
6.2 PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN:
El presupuesto máximo de licitación es TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y DOS (39.669,42)
EUROS, más el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA 21 %), cantidad que podrá ser mejorada para el Ayuntamiento, por los licitadores en sus ofertas.
El importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), o tributo que le sustituya, deberá expresarse de forma separada.
7ª.- FINANCIACIÓN Y FORMA DE PAGO.
7.1 Financiación:
La financiación del contrato se realizará con cargo a los Presupuestos municipales, partida presupuestaria: 132120400, de los ejercicios siguientes, por los importes que igualmente se indican:
2015: 4.000,00€
2016: 12.000,00€
2017: 12.000,00€
2018: 12.000,00€
2019: 8.000,00€
7.2. Pago del arrendamiento:
El pago del arrendamiento se efectuará por mensualidades vencidas, previa presentación de la correspondiente factura.
.
7.3. Kilometraje:
Para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4. Kilometraje, xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, la regularización económica de los kilómetros realizados, tanto por exceso como por defecto, se seguirá la siguiente metodología:
a) El adjudicatario no emitirá factura correspondiente al último mes de vigencia del contrato, hasta que no se proceda a la lectura de los kilómetros el último día de vigencia del mismo.
b) Si el saldo de kilómetros fuera favorable al adjudicatario (exceso), éste emitirá dos facturas, una correspondiente al último mes de vigencia del contrato y otra la correspondiente al importe a abonar por el exceso de kilómetros. Bajo ningún concepto ambos importes se podrán refundir en una única factura y, de ser así, no será admitida.
c) Si el saldo de kilómetros fuera favorable al Ayuntamiento, el adjudicatario emitirá factura correspondiente al último mes de vigencia del contrato, detrayéndose de esta el importe de los kilómetros no realizados.
Las facturas, relativas al pago del arrendamiento y al kilometraje, deberán ser presentadas de conformidad con lo establecido en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. En la factura deberá hacerse constar los Códigos Dir3 para que pueda tramitarse en tiempo y forma:
• Oficina Contable: LA0001893
• Órgano Gestor:
• Unidad Tramitadora:
Los datos relativos al Órgano Gestor y Unidad Tramitadora serán alfanuméricos y serán facilitados a la empresa adjudicataria por el Área correspondiente.
8ª.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS.- PLAZO GARANTÍA
Las garantías se depositarán en la CAJA MUNICIPAL de este Ayuntamiento y se podrán constituir en metálico o en cualquier otro medio de los admitidos por el artículo 96.1 apartados a), b) y c) del TRLCSP. En el caso de que se optara por el Aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, Establecimientos financieros de crédito, Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España o por Contrato de Seguro de Caución, se realizará según los modelos que, como anexos II, III, IV y V, se acompañan a este Pliego.
Garantía Provisional: No procede
Garantía Definitiva.- El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva, por importe del 5 por 100 sobre el precio ofertado, excluido IVA, conforme a lo dispuesto en el art. 95.1 del TRLCSP.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde día siguiente a aquel en que el licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, reciba la notificación conforme a lo establecido en el art. 151.2 del TRLCSP.
La garantía definitiva será devuelta transcurrido el plazo de SEIS (6) MESES, desde la fecha de finalización del contrato, plazo que se establece como garantía y siempre y cuando hayan sido cumplidas por el adjudicatario todas las obligaciones de acuerdo con los términos del contrato y a satisfacción del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, según lo previsto en el artículo 222.1 del TRLCSP.
9ª.- CAPACIDAD PARA CONCURRIR.-
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, y no estén incursas en ninguna de las circunstancias de prohibición de contratar señalada en el artículo 60 del TRLCSP, cuya actividad tenga relación directa con el objeto de este contrato y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica previstas en los artículos 74, 75 y 677del TRLCSP, mediante la documentación que se requiere en la cláusula 11 de este Pliego.
Cuando los candidatos sean personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro Mercantil o en que otro Registro Oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante.
Cuando en representación de una Sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad e incompatibilidad citadas.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad, se acompañarán a la proposición bastanteados por el Sr. Secretario de la Corporación, a cuyo efecto deberán ser presentados previamente, con una anticipación mínima de veinticuatro horas a la entrega de la proposición, en horario de 11 a 13 horas, en la Secretaria General del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Plaza de España s/n, previo pago de la tasa establecida en las Ordenanzas Municipales vigentes, establecida en 56,59 €, que serán ingresadas en la Tesorería Municipal.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante y apoderado único.
10ª – PUBLICIDAD
Por tratarse de contratación mediante el procedimiento negociado sin publicidad, al amparo de lo establecido en el artículo 173 f) del TRLCSP, se solicitaran ofertas, mediante correo administrativo o correo electrónico, a un
mínimo de tres empresas capacitadas, conforme a lo establecido en el art.
178.1 del citado TRLCSP, dejando constancia en el expediente. Asimismo se dará publicidad en el “perfil del contratante” del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
11ª-PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.-
El expediente de esta contratación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la Unidad de Compras y Contratación de este Ayuntamiento, de 9,00 a 14,00 horas, todos los días hábiles hasta el
_13_de_ABRIL DE 2015 , fecha en que
finalizará el plazo de presentación de ofertas, las cuales se entregarán en el lugar indicado, dentro de tres sobres cerrados con la firma del presentador en el reverso, en cuyas portadas deberá figurar la inscripción "Proposición para tomar parte en la contratación negociada sin publicidad para el “SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO, DE UN VEHÍCULO PARA EL SERVICIO DE LA POLÍCIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXXXX XX XXXXXXX ”.
El sobre "1" se subtitulará "Documentación administrativa", el sobre "2" “Descripción y características del vehículo" y el sobre “3” “Documentación para aplicación criterios que no obedecen a un juicio de valor,”, debiendo contener, cada uno, los siguientes documentos, bien originales o mediante copias compulsadas: (A estos efectos las compulsas de copias pueden realizarse en el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, previo pago de la tasa de 0,87€ por hoja).
SOBRE 1.
“Documentación administrativa”
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición consistentes en:
1.1. Para Empresas españolas:
a) Documentación que acredite la personalidad jurídica de las empresas mediante Escritura de Constitución o Modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, Escritura o Documento de Constitución, Estatutos o Acto Fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
b) Documento Nacional de Identidad, caso de que el licitador sea persona física que actúe por si misma
1.2. Para las Empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico-Europeo:
a) Inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
1.3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. Poder bastanteado por la Sra. Secretaria de la Corporación, si se obra en representación de otra persona o entidad, acompañado del Documento Nacional de Identidad o similar de la persona que ostente el poder.
3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando un representante o apoderado único de la unión que, durante
la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
4. Declaración responsable del licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 60.1 del TRLCSP, según modelo adjunto (anexo VI).
5. Justificación de solvencia económica, financiera, técnica y profesional mediante los siguientes documentos:
5.1 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
a) Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresarios, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
c) Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
5.2 SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
a) Una relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, con certificaciones que acrediten un importe mínimo de 40.000 Euros.
b) Muestras, descripciones y fotografías del vehículo a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse.
c) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
6. En relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, a tenor de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, deberá aportar, en su caso, los siguientes documentos:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. (modelo Anexo VII)
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 83.1, apartados b), e) y f) de la Ley 39 1988, de 29 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en su nueva redacción dada por Ley 51/2002, de 27 de diciembre, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocio inferior a
1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 83.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas.
Se exceptúa de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 83.1 apartados a), d), g) y h) de la citada Ley.
b) Certificación administrativa que acredite haber presentado, si estuvieren obligadas, las declaraciones del I.R.P.F., o del Impuesto de Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a uno u otro impuesto, así como las correspondientes declaraciones de los pagos a cuenta o fraccionados que en cada caso procedan, y de haber presentado las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
c) Certificación administrativa de no existir deudas con el Estado, ni con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. Para la expedición de la certificación administrativa del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, se presentará escrito solicitando la expedición de dicho documento en el Registro Municipal de este Ayuntamiento, con una anterioridad de tres días a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas.
d) Certificación administrativa que acredite la inscripción del licitador en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratare de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda por razón de la actividad; haber afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que presten servicios en la empresa; haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquéllas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anterior a la fecha de solicitud de la certificación; estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
e) La documentación exigida en el apartado 6 a),b),c),d), podrá ser sustituida por una declaración responsable que comprenda expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Modelo Anexo VI), sin perjuicio de que la justificación acreditativa establecida en los citados apartados, deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde el día siguiente a aquel en que le sea requerida. De no cumplirse estos requisitos en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
7. Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
8. Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4ª del TRLCSP.
SOBRE 2:
“Descripción y características del vehículo"
Contendrá una detallada descripción de las características y equipamiento del vehículo a suministrar, que como mínimo, deberá contemplar las establecidas en el artículo 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
SOBRE 3
“Proposición económica y resto de documentación relativa a criterios de adjudicación que no dependen de juicio de valor”
1. Proposición económica ajustada al MODELO que se indica en el ANEXO VIII, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de la licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
2. Propuesta para la regularización del kilometraje, según MODELO ANEXO IX.
3. Plazo de entrega
A efectos de la finalización del plazo de presentación, el sábado será considerado día inhábil, trasladándose dicho plazo al primer día hábil siguiente.
Las proposiciones podrán también presentarse por correo administrativo, dentro del plazo de presentación de ofertas, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por TELEX, FAX o TELEGRAMA, la remisión de la
proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Ayuntamiento con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
A efectos de la finalización del plazo de presentación, el sábado será considerado día inhábil, trasladándose dicho plazo al primer día hábil siguiente.
12ª ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
No se admitirán variantes o alternativas.
13ª CRITERIOS PARA LA CONSIDERACIÓN DE QUE LA OFERTA CONTIENE VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Se considerará que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados en los siguientes casos:
• Las proposiciones económicas cuyas baja sea superior a la baja media, de las propuestas admitidas, en más xx xxxx (10) puntos.
14ª. APERTURA DE OFERTAS
Al día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura de las mismas, sin que sea preciso constituir Mesa de Contratación conforme a lo previsto en el art 320.1 del TRLCSP, al tramitarse la contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad y ser potestativo de la Administración.
Las ofertas serán abiertas en presencia del Concejal Delegado de Hacienda, la Sra. Secretaria General de la Corporación y la Sra. Interventora de Fondos, levantándose acta.
15ª ASPECTOS OBJETO DE NEGOCIACIÓN CON LA EMPRESA/ CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
En su caso, podrá abrirse una negociación con las empresas sobre los aspectos indicados en el Anexo I de este Pliego.
Para la adjudicación del contrato se aplicarán los criterios de valoración que se especifican en el Anexo I de este Pliego.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme a los párrafos anteriores, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos y, si continuara persistiendo el empate, se adjudicará a aquella que lo obtenga en el segundo criterio.
Si continuara persistiendo el empate, se procederá a sorteo público de cuya fecha y hora se dará publicidad en el perfil del contratante, y serán informados los licitadores. El sorteo se llevará a cabo mediante el sistema de extracción de bolas, que realizarán los representantes de las empresas licitadoras por orden de nº de Plica presentada, siendo la empresa mejor clasificada la que obtuviera la bola con el número mayor.
16ª.- CLASIFICACIÓN DE OFERTAS. ADJUDICACIÓN. EFECTOS. GASTOS.
16.1. Clasificación de ofertas.
Una vez finalizada la negociación se emitirá informe técnico aplicando los criterios de valoración que figuran en el Anexo I de este Pliego y elevará el expediente, con propuesta motivada, al órgano de contratación, a los efectos de que clasifique, por orden decreciente, las ofertas presentadas requiriendo al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de los siguientes aspectos, siempre que no lo hubiera presentado previamente:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 83.1, apartados b), e) y f) de la Ley 39 1988, de 29 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en su nueva redacción dada por Ley 51/2002, de 27 de diciembre, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocio inferior a
1.000.000 de euros respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 83.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas.
Certificaciones que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, mediante la documentación que se
especifica en la cláusula 11. SOBRE 1, punto 5 de este Pliego, así como certificación de no tener deudas con el Estado, ni con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario. (*) La certificación de no tener deudas con este Ayuntamiento, no es necesario solicitarlo, se expide de oficio.
b) Justificante de haber depositado la garantía definitiva.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas conforme a lo previsto en el art. 151.2 del TRLCSP.
16.2. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en el párrafo primero del apartado 1 de este artículo conforme a lo previsto en el art 151.3 del TRLCSP.
La adjudicación, será notificada al adjudicatario y al resto de candidatos.
En el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el adjudicatario comparecerá en la Unidad de Compras y Contratación de este Ayuntamiento, para la formalización del correspondiente contrato en documento administrativo.
En el caso de que el contrato hubiere sido adjudicado a una UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, en dicho plazo se deberá acreditar previamente la constitución de la misma en escritura pública, NIF asignado a la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión, con
poder bastante para ejercitar derechos y cumplir obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.
Asimismo, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
Transcurrido el plazo de un mes desde la notificación de la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios, la documentación administrativa contenida en el sobre 1, podrá ser retirada por éstos. En el supuesto de que los licitadores no hayan procedido a solicitar su devolución y retirada, el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, transcurrido el plazo de seis meses desde la fecha de la mencionada notificación, no estará obligado a seguirla custodiando pudiendo proceder a su destrucción.
16.3. Gastos: Serán por cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
a) Los tributos estatales, autonómicos y municipales que se deriven del contrato.
b) Asumir el pago del IVA.
17ª. - CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES AL CONTRATISTA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. APLICACIÓN DE LAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN Y SUS EFECTOS.
1. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento de los plazos del contrato, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 por cada 1.000,00 euros del precio del contrato (art. 212.4 del TRLCSP).
2. En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, se podrán imponer sanciones al adjudicatario por cuantías de hasta el 10 por
100 del presupuesto del contrato, atendiendo a la gravedad del incumplimiento.
3. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación a propuesta del responsable del contrato y será inmediatamente ejecutivo, haciéndose efectivo mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía constituida. (art. 196.8 de la LCSP)
4. Causas de Resolución del contrato:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 85 del TRLCSP,
b) La declaración de concurso de acreedores o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c) El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista.
d) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte de contratista y el incumplimiento del plazo de inicio de la ejecución del contrato.
e) La demora en el pago por parte del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx por plazo superior a ocho meses.
f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato.
g) La suspensión por causa imputable al Ayuntamiento de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato para la entrega.
h) El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año acordada por el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx.
i) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
5. Aplicación de las causas de resolución
a) La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, siguiendo el procedimiento que en las normas de desarrollo de la TRLCSP se establezcan.
b) La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, darán siempre lugar a la resolución del contrato.
En los restantes casos, la resolución podrá instarse por aquella parte a la que no le sea imputable la circunstancia que diere lugar a la misma, sin perjuicio de lo establecido en el apartado f).
c) Cuando la causa de resolución sea la muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual el ayuntamiento podrá acordar la continuación del contrato con sus herederos o sucesores.
d) La resolución por muto acuerdo sólo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución que sea imputable al contratista, y siempre que razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
e) En caso de declaración de concurso y mientras no se haya producido la apertura de la fase de liquidación, el Ayuntamiento potestativamente continuará el contrato si el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de aquélla para su ejecución.
f) El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato por parte del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx originará la resolución de aquél sólo en los casos previstos en el TRLCSP.
6. Efectos de la Resolución:
a) Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
b) El incumplimiento por parte del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx de las obligaciones del contrato determinará para aquélla, con carácter general, el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen al contratista.
c) Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada
d) En todo caso el acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso acerca de la procedencia o no de la pérdida, devolución o cancelación de la garantía constituida.
e) La resolución del contrato dará lugar a la recíproca devolución de los bienes y del importe de los pagos realizados y cuando no fuera posible o conveniente para el Ayuntamiento de San
Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, habrá de abonar éste el precio de los efectivamente entregados y recibidos de conformidad.
f) En el supuesto de suspensión de la iniciación del suministro por tiempo superior a seis meses, solo tendrá derecho el contratista a percibir una indemnización del 3 por ciento del precio de la adjudicación.
g) En el caso de desistimiento o de suspensión del suministro por plazo superior a un año por parte de la Administración, el contratista tendrá derecho al 6 por ciento del precio de las entregas dejadas de realizar en concepto de beneficio industrial
18ª.- REVISIÓN DE PRECIOS.
Los precios en que se celebre el contrato no serán revisados.
19ª.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá modificar, por razón de interés público, las características del mismo, dentro de los limites y con sujeción a los requisitos señalados en los artículos 105, 106, 107, 108, 211 y 219 del TRLCSP.
Será causa de modificación del contrato la necesidad ineludible de reducir el gasto público por imperativos externos y/o internos del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, con la consiguiente reducción en los servicios y actividades que forman parte de esta contratación, siendo obligatoria la modificación para el adjudicatario.
20ª.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El órgano de contratación municipal, hace constar que los datos de carácter personal que pueda contener el contrato, serán tratados conforme a la legislación específica de aplicación, de acuerdo con lo dispuesto en la
disposición adicional vigésima sexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Asimismo, la empresa adjudicataria, como responsable del tratamiento de datos facilitados exclusivamente a la finalidad del contrato, deberá guardar secreto sobre el contenido de los mismos, asumiendo la prohibición de utilizarlos en cualquier otro sentido, estando sometidos los datos que se le faciliten, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, debiendo cumplir con lo establecido en la Disposición adicional vigésima sexta del TRLCSP.
21ª. - LEYES ESPECIALES
La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente, como en los Pliegos (administrativos y técnicos) que rigen esta contratación.
En caso de que los suministros no sean de origen comunitario, la empresa deberá haber cumplido, para su importación, con la legislación vigente en tal materia.
22ª. - JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes y se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes con jurisdicción en el lugar en que la Corporación tiene su sede.
23ª- RÉGIMEN JURÍDICO.-
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego de cláusulas administrativas particulares y para lo no previsto en él , será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de Desarrollo Parcial de la Ley 30/2007 y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Real Decreto Legislativo 3/2011 y disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho Público.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas (Particulares) Proyecto Técnico (con los documentos que los integran) y alguno de sus anexos, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx a 13 xx xxxxx de 2015
POR CONTRATACIÓN Fdo. XXXXXXX XXXXX XXXXXX
1
ANEXO I
ASPECTOS DE NEGOCIACIÓN. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Aspectos de negociación:
- Precio.
- Regularización del kilometraje.
- Plazo de entrega del vehículo.
Criterios de Valoración:
CRITERIO 1. Oferta económica (MÁXIMO 20 PUNTOS)
Las bajas sobre el precio máximo de licitación se valorarán hasta un máximo de 20 puntos de acuerdo con la siguiente tabla:
Baja sobre el precio máximo de licitación | Puntuación |
Entre el 48.000,00 y 47.640,00 € | 2 puntos |
Entre el 47.639,99 y 47.280,00 € | 4 puntos |
Entre el 47.279,99 y 46.920,00 | 6 puntos |
Entre el 46.919,99 y 46.560,00 | 8 puntos |
Entre el 46.559,99 y 46.200,00 | 10 puntos |
Entre el 46.199,99 y 45.840,00 | 12 puntos |
Entre el 45.839,99 y 45.480,00 | 14 puntos |
Entre el 45.479,99 y 45.120,00 | 16 puntos |
Entre el 45.119,99 y 44.760,00 | 18 puntos |
Entre el 44.759,99 y 44.400,00 | 20 puntos |
CRITERIO 2. Regularización kilometraje. (MÁXIMO 10 PUNTOS)
Las ofertas basadas en el kilometraje total contratado, tanto por exceso como por defecto, se valorarán hasta un máximo de 10 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
2.1 - Kilometraje por exceso (máximo 5 puntos)
Importe a abonar por el Ayuntamiento por cada cien kilómetros, o fracción, que excedan de 140.00 km. | Puntuación |
De 3,00 a 2,80 euros | 1 punto |
De 2,79 a 2,60 euros | 2 puntos |
De 2,59 a 2,40 euros | 3 puntos |
De 2,39 a 2,20 euros | 4 puntos |
De 2,19 a 2,00 euros | 5 puntos |
2.1 - Kilometraje por defecto (máximo 5 puntos)
Importe a abonar por el adjudicatario por cada cien kilómetros, o fracción, que no lleguen a 140.00 km. | Puntuación |
De 1,50 a 1,60 euros | 1 punto |
De 1,61 a 1,70 euros | 2 puntos |
De 1,71 a 1,80 euros | 3 puntos |
De 1,81 a 1,90 euros | 4 puntos |
De 1,91 a 2,00 euros | 5 puntos |
CRITERIO 3: Plazo de entrega. ( MÁXIMO 10 PUNTOS)
El plazo de entrega del vehículo se valorará hasta un máximo de 10 puntos de acuerdo con la siguiente tabla:
Plazo de entrega del vehículo (ciento veinte días máximo) | Puntuación |
Entre 120 y 115 días | 2 puntos |
Entre 114 y 109 días | 4 puntos |
Entre 108 y 103 días | 6 puntos |
Entre 102 y 97 días | 8 puntos |
Entre 96 y 91 días | 10 puntos |
En el caso de que dos o más empresas igualaran en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios de adjudicación, en primer lugar, tendrán preferencia en la adjudicación las empresas que hayan acreditado, en el momento de la presentación de las proposiciones, que tienen en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2%, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme a los párrafos anteriores, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos y, si continuara persistiendo el empate, se adjudicará a aquella que lo obtenga en el segundo criterio.
Si continuara persistiendo el empate, se procederá a sorteo público de cuya fecha y hora se dará publicidad en el perfil del contratante, y serán informados los licitadores. El sorteo se llevará a cabo mediante el sistema de extracción de bolas, que realizarán los representantes de las empresas licitadoras por orden de nº de Plica presentada, siendo la empresa mejor clasificada la que obtuviera la bola con el número mayor.
Se considerará que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados en los siguientes casos: Las proposiciones económicas cuyas baja sea superior a la baja media, de las propuestas admitidas, más diez (10) puntos.
ANEXO II
Modelo de Aval
La entidad (razón social de la entidad o sociedad de garantía recíproca)............................, NIF......
con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ........
.....................C.P.................. y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)
......................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ...........................................................
..............................., NIF ..................., en virtud de lo dispuesto por (art. 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar si es Garantía Provisional o Definitiva y el objeto del contrato), ante el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, por importe de: (en letra) ........................................euros (en cifra) .........................
La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos previsto en el artículo 56 del Reglamento de Contratos de las Administraciones Publicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA CGD O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Número o Código:
ANEXO III
Modelo de certificado de seguro de caución
Certificado número (1)..................................................( en adelante, asegurador) con domicilio en
............................., calle ............................., y NIF/ CIF .................................
debidamente representado por don (2) ............................................................, con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA
A (3) ......................................................NIF/CIF....................... , en concepto de tomador del seguro,
ante el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), en adelante asegurado, hasta el importe de euros (4) en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de (5) ................................... , en concepto de garantía (6) ....................... para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
La entidad aseguradora declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de éste, en los términos establecidos en el art. 57 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el órgano de contratación del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En............................ a .............. de ....................... de ...............
Firma: Asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia: Fecha: Número o Código
Instrucciones para la cumplimentación del modelo
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada
(4) Importe en letras por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(6) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc
ANEXO IV
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN)
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificación y requerimientos en al calle/plaza/avenida, código postal, localidad
PIGNORA a favor del: AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXXXX XX XXXXXXX (MADRID), los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número: Valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión. | Código Valor | Referencia del Registro | Valor nominal Unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y articulo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objetivo del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificación y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario, (firma)
Don …, con DNI …, en representación de … (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda,
(fecha) (firma)
ANEXO V
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad.
PIGNORA a favor de: Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx las siguientes participaciones de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número de participación | Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objetivo del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificación y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad gestora del fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al participe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor del Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx a primer requerimiento de los mismos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s) Con mi intervención, el Notario, (firma)
Don…., con DNI …, en representación de (entidad gestora del fondo), certifica la constitución de la prenda sobre las participaciones indicadas.
(fecha)
(firma)
ANEXO VI
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (Artículo 60 TRLCSP,
obligaciones tributarias y con la seguridad social)
D.___________________________________________, con D.N.I. nº_____________________. en representación de la Sociedad
________________________ , CIF _.
DECLARA:
Que la citada Sociedad, sus Consejeros Directivos, administradores y representantes legales, así como el firmante no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición para contratar establecidas en el artículo 60 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Que la citada Sociedad se encuentra al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a justificar esta circunstancia mediante la aportación de los documentos y certificados acreditativos, tan pronto sea requerida para ello.
Que la mencionada empresa, comprende una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato y su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato.
La presente declaración se formula para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 146.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), firmo la presente en San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, a _____
de de 2015
FIRMA
ANEXO VII
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE I.A.E. (Para Sociedades)
D. , con D.N.I. nº . en representación de la Sociedad
, CIF .
DECLARA:
Que la Sociedad , a la que represento, está exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.), por no alcanzar en el año la cifra de facturación de un millón de euros.
Y para que así conste y a los efectos de contratar con el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid), firmo la presente en San Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, a de de 2015
FIRMA
ANEXO VIII
MODELO OFERTA ECONÓMICA
"Don , vecino de, con domicilio en
DNI nº en plena
posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ) hace constar:
Que enterado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aprobados por ese Ayuntamiento, a regir en la contratación del “SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO DE UN VEHÍCULO PARA EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN
XXXXXXXX XX XXXXXXX”, se compromete a su ejecución con arreglo a los
citados documentos, por un precio de (en letra y cifra) euros,
más la cantidad de (en letra y cifra) euros, en concepto del IVA repercutido, lo que hace un total de (en letra y
cifra)
AÑOS.
euros, por una duración de CUATRO
Asimismo, se obliga al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria.
En a de de 2015 FIRMA
ANEXO IX
MODELO OFERTA KILOMETRAJE
"Don , vecino de, con domicilio en DNI nº en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ) hace constar: Que se compromete a que los importes correspondientes al kilometraje tanto por exceso como por defecto del “SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO DE UN VEHÍCULO PARA EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN XXXXXXXX XX XXXXXXX”, serán los siguientes: | ||||
IMPORTE A ABONAR POR EL AYUNTAMIENTO POR CADA 100 KM., O FRACCIÓN, QUE EXCEDAN DE 140.000 KM. | IMPORTE A ABONAR POR EL ADJUDICATARIO POR CADA 100 KM., O FRACCIÓN, QUE NO ALCANCEN LOS 140.000 KM. | |||
En | a | de | de 2.015 FIRMA |