Contract
A los efectos de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso xx xxxxxxx y en el artículo 226 del texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, Promotora de Informaciones, S.A. (la “Sociedad” o “Prisa”) comunica la siguiente
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
El Consejo de Administración de Prisa ha aprobado, por unanimidad, la firma de un contrato de compromisos básicos o “lock-up agreement” (el “Contrato de Lock-Up”) que incorpora una hoja de términos o “Term Sheet” con las condiciones básicas para la modificación de la deuda financiera sindicada del grupo (la “Refinanciación”).
Los términos básicos de la Refinanciación acordada consisten en: (i) ampliación del plazo de vencimiento de la deuda financiera a 2026 y 2027 y división xxx xxxxxxxx sindicado en dos tramos diferenciados (uno de deuda senior y otro de deuda junior); (ii) coste medio total estimado de la deuda (media de todos los tramos, incluyendo la deuda Super Senior) de Euribor + 5,99% (ex. warrants), una parte a pagar en efectivo y otra a pagar en PIK, lo que supone un abaratamiento del coste medio de la deuda de aproximadamente un 1,17%;
(iii) flexibilización de los compromisos contractuales de la deuda vigente que permitirá, entre otras mejoras, aumentar el margen operativo de Prisa y suavizar los ratios financieros exigidos por sus actuales contratos; (iv) una comisión de refinanciación, estructuración y aseguramiento, que la Sociedad podrá pagar en efectivo o mediante su capitalización. En caso de que la Sociedad opte por abonar la referida comisión mediante capitalización, procederá a emitir “warrants” o instrumentos financieros equivalentes que otorgarán a sus titulares (las entidades acreedoras y aquellas que han actuado como estructuradoras y/o aseguradoras de la Refinanciación), el derecho de suscribir hasta 32 millones de acciones nuevas de la Sociedad, para satisfacer un pasivo equivalente a un precio máximo de €1,4 por acción. Las nuevas acciones, que serán representativas de hasta un 4,3% del capital social post-ampliación, permitirán alinear intereses de la compañía y los nuevos acreedores, aumentando también la liquidez del valor. A tal fin, el Consejo de Administración de Prisa propondrá a la próxima Junta General de Accionistas que celebre la Sociedad una ampliación de capital por compensación de créditos (y, en consecuencia, sin derechos de suscripción preferente). Con ocasión de la convocatoria de dicha Junta General, Xxxxx pondrá a disposición de sus Accionistas los oportunos informes del Consejo de Administración y demás documentación relevante que justifique y describa la propuesta de emisión de nuevas acciones.
El Contrato de Lock-Up ha entrado en vigor, al haber sido suscrito por la Sociedad y por entidades acreedoras que representan más de un 95% de la financiación sindicada a refinanciar. Tras ello, la Sociedad promoverá la adhesión al Contrato de Lock-Up de las restantes entidades acreedoras a fin de llegar a su apoyo unánime. En su defecto, el nivel que ya se ha alcanzado garantiza que el acuerdo firmado podrá ser en todo caso implementado mediante instrumentos legales que resulten vinculantes para la totalidad de las entidades acreedoras.
Según el calendario previsto para el cierre de la Refinanciación, el objetivo de la Sociedad es que ésta quede documentada y firmada durante el mes xx xxxxx, sin perjuicio de que la emisión de los “warrants” y la aprobación de la emisión de las nuevas acciones quede diferida para la Junta General de Accionistas a celebrar no más tarde del 30 xx xxxxx próximo.
La Refinanciación acordada flexibilizará de esta forma la deuda financiera del Grupo y le dotará de una estructura financiera que posibilite cumplir con sus compromisos financieros, asegurando la estabilidad del Grupo en el corto y medio plazo.
En Madrid, a 00 xx xxxxxxx 0000
Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx Secretario del Consejo de Administración