CONTRATO DE ALIZANZA ENTRE EL MÉDICO Y BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
CONTRATO DE ALIZANZA ENTRE EL MÉDICO Y XXXXXXXXX- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
Partes:
BDMET: XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad, vecino de Bogotá D.C., identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.032.450.188, actuando en calidad de representante legal de la sociedad BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S., sociedad comercial debidamente constituida bajo las leyes colombianas, identificada con el NIT. 901.091.921-6, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D.C.
EL MÉDICO: ___________________________, mayor de edad, vecino de la ciudad de ___________., identificado con la cédula de ciudadanía No. __________________, actuando en su propio nombre y representación, manifiesta su voluntad para suscribir el presente contrato.
Las partes acuerdan suscribir el presente contrato de alianza, el cual se regirá por las cláusulas que establecen en el presente documento, previas las siguientes definiciones y consideraciones.
DEFINICIONES
TELEMEDICINA: Es la provisión de servicios de salud a distancia en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, por profesionales de la salud que utilizan tecnologías de la información y la comunicación, que les permiten intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso y la oportunidad en la prestación de servicios a la población que presenta limitaciones de oferta, de acceso a los servicios o de ambos en su área geográfica.
PORTAL WEB: Sitio virtual mediante el cual se prestará el servicio de telemedicina, el cual podrá ser planamente identificado mediante un dominio.
CONSIDERACIONES
BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. es una sociedad comercial, constituida bajo las leyes colombianas, la cual ha desarrollado un portal web por medio del cual médicos, acreditados como tales, puedan prestar servicios de telemedicina. BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. ha dispuesto la tecnología e infraestructura necesaria para desarrollar el servicio de telemedicina, el cual se regirá bajo unos determinados términos y condiciones a través del portal web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. tiene el interés de promover la cobertura en salud a través del desarrollo de la telemedicina, mediante el desarrollo de un sitio web que permita generar una relación médico paciente.
Las condiciones y cláusulas del presente contrato atienden al interés de las partes en fomentar esta modalidad de servicios de salud y uso de las tecnologías de la información para ello. Por lo que BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. podrá pactar diferentes condiciones y cláusulas con otros usuarios del servicio de CONSULTI, sin que haya lugar a afectar el presente contrato.
EL MEDICO, declara ser un profesional de la salud, médico titulado en la especialidad de _____________________, el cual se encuentra debidamente inscrito en el Registro Único Nacional xx Xxxxxxx Humano en Salud, portador de la Tarjeta Profesional No. ________________.
EL MÉDICO tiene el interés de prestar servicios de telemedicina, sin embargo, no cuenta con la infraestructura tecnológica requerida para desarrollar dicho servicio de salud.
El servicio de telemedicina se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la Ley 1419 de 2010, la Resolución No. 1448 de 2006 del Ministerio de la Protección Social, sus anexos y demás leyes colombianas que regulen el servicio de telemedicina.
Las partes reconocen que tienen intereses que coinciden, que mediante la unión de su experticia se genera un beneficio mutuo en el área de la salud/telemedicina.
CLÁUSULAS
PRIMERA. – OBJETO: En virtud de este contrato LAS PARTES unirán esfuerzos, prestando servicios de manera conjunta pero independiente. Cada parte asumirá las obligaciones propias del servicio que presta directamente, pero aprovechando la estructura conjunta que por el presente pactan, donde promoverán y ejecutarán de manera conjunta servicios de telemedicina a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, los cuales tendrán como área de especialidad ____________________, en consideración a los estudios de especialización realizados por EL MÉDICO, profesional de salud. BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. dispondrá los elementos tecnológicos y la infraestructura virtual mediante la cual ________________________ ejecutará el servicio de telemedicina, garantizando una adecuada asistencia que tiene como objetivo ampliar la cobertura en salud. Finalmente, el presente contrato de ninguna manera implica subcontratación de servicios de salud y se basa en el esfuerzo conjunto y aportes que cada una de LAS PARTES realiza.
SEGUNDA. – ALCANCE:
La cooperación que se realizará entre LAS PARTES se desarrollará en el territorio colombiano, sin perjuicio que BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. pueda prestar su servicio en otros territorios.
El servicio se prestará a personas que tengan la capacidad para contratar, que pretendan obtener una asesoría en el ámbito de la salud y que dicha asesoría pueda establecerse mediante una relación a través de la utilización de tecnologías de la información y la comunicación.
Se debe agregar que inicialmente el servicio se prestará a través del portal web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, sin perjuicio que este servicio pueda ofrecerse a través de otro tipo de plataformas virtuales. Por lo anterior BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. se reserva el derecho a establecer el dominio mediante el cual la alianza tendrá lugar. así como podrá ofrecerse mediante diferentes tipos de tecnologías.
En el portal web de CONSULTI EL MÉDICO obtendrá los siguientes beneficios, correspondientes a la membresía “Consulti Partner”, adicionales al uso del objeto de la plataforma:
EL MÉDICO podrá otorgar un número ilimitado de citas virtuales gratuitas a sus pacientes, esto sin que una misma persona o usuario pueda obtener más de dos (2) citas gratuitas al mes. Así mismo la cita no podrá exceder cuarenta y cinco (45) minutos, tiempo equivalente a tres fracciones.
CONSULTI tendrá un directorio médico del que los pacientes podrán elegir los médicos que deseen. En el directorio médico de CONSULTI EL MÉDICO tendrá un lugar de ubicación prioritario o premium, correspondiente a prelación de visbilidad por especialidad, además sus datos de contacto profesionales serán visibles al público.
EL MÉDICO obtendrá el servicio de interconsulta en vivo de forma gratuita, lo cual le permitirá compartir información de un caso que tenga varias especialidades de forma simultanea con otro médico que pueda aportar en el desarrollo de la consulta.
EL MÉDICO podrá hacer uso de un material de apoyo jurídico, el cual será un material de carácter informativo sobre el alcance de la telemedicina en Colombia.
TERCERA. – DURACIÓN: La presente alianza tendrá una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del presente contrato. Para que la prórroga de esta alianza sea procedente debe suscribirse documento entre LAS PARTES en dicho sentido.
CUARTA. – OBLIGACIONES XX XXXXXXXXX- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
Desarrollar la metodología del contenido virtual del portal web de CONSULTI.
Mantener el funcionamiento del sitio web, así como las correcciones que sean requeridas en caso de presentarse fallas, las cuales serán aquellas de carácter necesario y pertinente para el fin de la presente alianza.
Otorgar al MÉDICO la información necesaria de la infraestructura virtual de la plataforma virtual CONSULTI para su adecuado uso.
Responder las quejas, peticiones y reclamos que eleven los consumidores. Para ello dispondrá de un e-mail (correo electrónico) en el que podrán recibirse las mismas.
Realizar las devoluciones de dinero o garantizar que las mismas se realicen por la plataforma de pagos contratada para recibir el pago de parte de los consumidores, en los casos que deba realizarse la devolución.
Entregar al MÉDICO las sumas recaudadas en su nombre, en virtud del servicio que presta y discriminar en la factura emitida al consumidor los rubros correspondientes al servicio de salud prestado por el MÉDICO.
Rendir cuentas al MÉDICO, con base en su contabilidad, ingresos de terceros y operación de la plataforma, con el fin de que éste cuente con la información de la operación de alianza.
Liquidar los valores a ser recibidos por el MÉDICO de acuerdo con los criterios establecidos en este contrato y con base en las participaciones de aportes que aquí se establecen.
Cumplir con las normas de protección de datos personales, para aquellos datos registrados en la plataforma web.
responder de manera autónoma e independiente por las obligaciones que a su cargo se generen en el desarrollo de la presente alianza, manteniendo indemne al MÉDICO.
Aquellas que naturalmente se originen de la ejecución de la alianza.
QUINTA. – OBLIGACIONES DEL MÉDICO:
Prestar los servicios de telemedicina conforme a lo determinado en la ley colombiana. De manera autónoma e independiente, con un alto estándar de calidad en la prestación del servicio, así como lo dispuesto en el Código de Ética Médica, Ley 23 de 1981.
Realizar las citas de telemedicina en el tiempo pactado para ello conforme a lo agendado mediante el sitio web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Proteger y conservar con la adecuada confidencialidad y seguridad, las historias clínicas de los pacientes. LAS PARTES podrán convenir métodos de conservación de los mismos, siempre que cumplan con la legislación de protección de datos personales con especial atención a que se trata de datos sensibles de los consumidores. En ningún caso, LAS PARTES cederán ni entregarán a terceros bajo ningún título dicha información sensible, salvo cuando medie orden de autoridad competente.
Responder de manera autónoma e independiente por las obligaciones que a su cargo se generen en el desarrollo de la presente alianza, manteniendo indemne x XXXXXXXXX- XXXXXX MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
Utilizar el sitio virtual conforme a los lineamientos otorgados por BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
Acatar los términos y Condiciones, así como las Políticas de Privacidad vigentes en el sitio xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Aquellas que naturalmente se originen de la ejecución de la alianza.
SEXTO. COORDINACIÓN ENTRE LAS PARTES: LAS PARTES de manera conjunta harán un seguimiento trimestral a su gestión, donde se plantearán estrategias de mejora y de evaluación de la presente alianza.
SÉPTIMA. – RETRIBUCIÓN ECONÓMICA A LAS PARTES: La retribución económica será generada con base en la tarifa bruta cobrada a los pacientes que utilicen el servicio de telemedicina a través de CONSULTI. La cual será distribuida así:
Al valor de consulta se le restaran novecientos pesos m/cte. (Cop$900) correspondientes al valor del uso de la plataforma de pago PayU.
Del resultado de la resta anterior, el médico recibirá un porcentaje del ochenta y nueve punto cincuenta y uno por ciento (89,51%).
BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. recibirá un porcentaje del siete por ciento (7%) de la tarifa médica pagada por el paciente.
El porcentaje restante, es decir, tres punto cuarenta y nueve por ciento (3,49%), será pagado a la plataforma de pagos PayU, junto a los novecientos pesos m/cte. (Cop$900) previamente señalados, por su uso.
Esta forma de retribución empezará a regir después de la finalización del periodo de prueba, el cual tendrá una duración de 3 meses calendario, contados a partir de febrero del 2018. Durante este periodo de tiempo el PROFESIONAL recibirá el valor de su consulta menos el valor cobrado por la plataforma de pagos PayU declarado anteriormente.
PARÁGRAFO. La tárifa de cada cita será determinada por el número de fracciones que adquiera el paciente, es decir cada fracción tendrá un valor y el costo final de una cita estará compuesto por el número total de fracciones que haya reservado el paciente.
OCTAVA. – INDEPENDENCIA: LAS PARTES no tienen ningún tipo de dependencia ni subordinación entre sí. No existe entre LAS PARTES vínculo laboral alguno. Por lo que las contraprestaciones económicas que se generen para cada parte serán otorgadas debido a la presente alianza.
NOVENA. – CLÁUSULA GENERAL DE INDEMNIDAD: LAS PARTES se comprometen a responder por las obligaciones que a su cargo se hayan incumplido, de forma autónoma. Si bien ninguna PARTE está llamada a salir en defensa ni a asumir responsabilidades ajenas a sus obligaciones y en su propio interés, no obstante, en caso de que una autoridad imponga multas, sanciones o condenas, o si vincula a un trámite, proceso o procedimiento judicial o administrativo a una PARTE con causa u ocasión de las obligaciones de la otra, podrá LA PARTE afectada solicitar sea mantenida completa y totalmente indemne. Así mismo, la PARTE incumplida deberá responder a título propio por los gastos, pérdidas u otros costos y gastos en los que incurra en relación con los reclamos judiciales o extrajudiciales que en su contra se ocasionen.
DÉCIMA. – PROPIEDAD INDUSTRIA Y DERECHOS DE AUTOR: BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. es el titular de todos los derechos patrimoniales que se reputen respecto de la plataforma virtual CONSULTI. Es decir, es el titular del dominio xxx.xxxxxxxx.xxx.xx así como de la marca mixta, CONSULTI registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio. EL MÉDICO renuncia a cualquier acción que pudiera invocar para reclamar titularidad, licencia, permiso de uso o cualquier derecho que considere reclamar sobre la misma.
DÉCIMA PRIMERA. – MANDATO DE FACTURACIÓN Y RECAUDO: EL MÉDICO autoriza x XXXXXXXXX- XXXXXX MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. es para que por cuenta del MÉDICO y en nombre del MÉDICO, BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. facture, recaude y entregue al MÉDICO los impuestos causados por el servicio de telemedicina prestado. En virtud del presente mandato dichos ingresos no serán en ningún momento propiedad xx XXXXXXXXX- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S., quien deberá contabilizarlos como ingresos para terceros. Por otro lado, BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. cumplirá con las obligaciones de reporte de información a las autoridades fiscales que se encuentren vigentes.
DÉCIMA SEGUNDA. – ARREGLO DE DIFERENCIAS: En el caso de diferencias, conflictos o disputas relacionadas con la interpretación, ejecución y aplicación de este documento, LAS PARTES acuerdan intentar primero un arreglo directo entre ellas. Lo anterior no obsta ni limita el derecho de LAS PARTES de acudir a la jurisdicción ordinaria, de conformidad con la legislación vigente.
DÉCIMA TERCERA. – IMPUESTOS: Cada una de las partes será la responsable exclusiva de los impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes ocasionados por el desarrollo de su actividad.
DÉCIMA CUARTA. – CONFIDENCIALIDAD: La información y documentación relacionada con la ejecución del presente contrato es de carácter estrictamente confidencial y por consiguiente dicha información no puede ser suministrada a terceros por LAS PARTES, ni por sus empleados, ni utilizada por estos para efectos diferentes a los del presente contrato. La presente obligación se extenderá por el término de duración de la relación contractual y tres (3) años más. La parte incumplida responderá por todos los perjuicios que pueda llegar a causar por el uso indebido o divulgación a terceros de la información. Las partes sólo podrán revelar información confidencial a quienes la necesiten para la ejecución del objeto del presente contrato y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata.
DÉCIMA QUINTA. – MODIFICACIONES: Las Partes acordarán cualquier modificación al presente Convenio mediante la celebración por escrito de un Convenio adicional.
Los asuntos relacionados con el objeto del presente Convenio y que no se encuentren expresamente previstos en sus cláusulas, serán resueltos de común acuerdo por las partes y conforme a la normatividad y legislación vigente y sus decisiones se harán constar por escrito.
DÉCIMA SEXTA. – NOTIFICACIONES: Las comunicaciones que hayan de manifestarse entre las partes y que se relacionen directamente con lo previste en la presente colaboración deben realizarse por escrito, ya sea entregadas personalmente, enviadas por correo electrónico o correo certificado a las direcciones que se indican a continuación.
BENAVIDES- DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S.
NIT. 901.091.921-6
TELÉFONO: 0000000000
DIRECCIÓN: Xxxxx 000 # 00 . 55
CORREO ELECTRÓNICO: xxxxxxxx@xxxxx.xxx
__________________________________________________
C.C.
TELÉFONO:
DIRECCIÓN:
CORREO ELECTRÓNICO:
En constancia de lo anterior, se firma por las partes, en ____________ a los ____ del mes de __________ del año ___________, en dos (2) ejemplares de igual tenor literal y valor.
XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX C.C. 1.032.450.188 REPRESENTANTE LEGAL BENAVIDES-DONADO MEDICAL TECHNOLOGIES S.A.S. NIT. 901.091.921-6
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_________________________________ C.C. ______________________
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