CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, SOLAR, GARAJE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, SOLAR, GARAJE
En _________ a __ de ______ de 20__
REUNIDOS
De una parte, DON ................................................................................., mayor de edad, soltero, domiciliado en ........................, calle ......................................., nº .................. y con DNI nº
De otra parte, DON ................................................................................., mayor de edad, soltero, domiciliado en ........................, calle ......................................., nº .................. y con DNI nº
.
INTERVIENEN
DON ............................................................ como arrendador, en su propio nombre y representación (en adelante el ARRENDADOR).
La segunda DON ................................................................................., mayor de edad, soltero, domiciliado en ........................, calle ......................................., nº .................. y con DNI nº
, (en adelante el ARRENDATARIO).
Tienen y se reconocen mutuamente capacidad y legitimación para celebrar el presente contrato de ARRENDAMIENTO, el cual llevan a efecto en este acto.
EXPONEN
I. DON _________ es propietario de la siguiente finca:
Local destinado a comercio, en la planta baja del inmueble nº ...... de la ___________________ en _______ (______). Con una superficie construida de ____ metros cuadrados, cuya superficie y composición así como demás características son perfectamente conocidas por los intervinientes.
Fue adquirida por compraventa en escritura autorizada por el Notario de .............................., Don ..........................................................................., en fecha ......... de ........................... de 19.......
Figura inscrita en el Registro de la Propiedad nº ...... de ........................, Tomo ............, Libro ......, Folio ................................., Finca ..........
Su referencia catastral es: ................................................................................................
El Certificado de eficiencia energética de la vivienda citada se facilita en el Anexo II.
El arrendador declara bajo su personal responsabilidad que la finca objeto de arriendo se encuentra libre de cargas, gravámenes y arrendamientos.
II.- Interesa a ___________________ el arrendamiento del local descrito para el uso comercial que más adelante se describe, por medio de su administrador único Don _____________, ambas parte acuerdan celebrar el presente contrato de ARRENDAMIENTO, que no es de adhesión y ha sido pactado por ambas partes de forma expresa y detallada, sin suscripción general del mismo, sino previa negociación particular de las diferentes estipulaciones y pactos que conforman el mismo.
ESTIPULACIONES
1ª.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante XXX), y conforme a su artículo 4, apartado 3, se regirá por lo libremente pactado en el presente contrato , y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil, al tratarse de un contrato para uso distinto del de vivienda, tal y como indica el artículo 3 de dicha Ley.
2ª.- DESTINO.
Manifiesta el arrendatario que la finca objeto de este contrato será destinado única y exclusivamente a ____________, _____________, _________________, conforme con el objeto social de la empresa arrendataria o al uso admitido.
El arrendatario no podrá modificar el destino mencionado sin el previo consentimiento por escrito del arrendador. El incumplimiento de este precepto será motivo de rescisión del contrato.
3ª.- DURACIÓN.
El plazo de duración de este contrato es de 1 AÑO (Este dato puede ser acordado entre las partes), a contar desde el otorgamiento del presente contrato, prorrogable, a voluntad del arrendatario, por periodos anuales sucesivos hasta el desistimiento de una de las partes.
Al contrato prorrogado le seguirá siendo de aplicación el régimen establecido en el presente contrato.
Finalizada la duración pactada y, en su caso, la de las prórrogas sucesivas, el arrendatario deberá abandonar el inmueble sin necesidad de requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado que tenía cuando lo ocupo, con la excepción del desgaste normal derivado del uso habitual de dichos elementos
4ª.- RENTA.
La renta será de __________ euros (____€) anuales, pagaderos por meses adelantados en los cinco primeros días de cada mes, siendo la cantidad a abonar mensualmente de _____________ euros (___ euros).
El recibo mensual del alquiler irá incrementado con el importe correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El abono de la renta se realizara por el arrendatario mediante transferencia bancaria o ingreso en cuenta, a la cuenta del arrendador cuyos datos son los siguientes:
Titular: .......
Entidad: .....
Oficina: ......
Cta/cte: ......
El resguardo de ingreso emitido por la entidad bancaria acreditará el pago de la renta salvo prueba en contrario.
El retraso en el pago de la renta será causa suficiente para la resolución del contrato, siendo de cuenta del arrendatario los gastos que ello origine, incluidos los derechos y honorarios de Procurador y Abogado aunque ellos no fuesen preceptivos.
El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, porcentaje que se descontará en los recibos mensuales, debiendo presentar a los arrendadores al final de año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
5ª.- ACTUALIZACIÓN XX XXXXX.
Ambas partes acuerdan que la renta se actualizará cada año según el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquél en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. En ningún caso la demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma.
6ª.- INTERÉS DE DEMORA.
La renta, cantidades asimiladas y demás conceptos incluidos en los recibos de alquiler, devengarán un interés de demora de tres puntos porcentuales por encima del que, en cada momento, sea el interés legal del dinero.
El interés de demora se devengará desde el día en que fuese exigible el recibo de alquiler.
7ª.- ESTADO Y SITUACIÓN ADMINISTRATIVA.
El arrendatario declara recibir el inmueble en un buen estado de uso y conservación y se compromete a devolverlo en el mismo estado a la conclusión de la relación contractual.
El arrendatario declara conocer la situación urbanística y de planeamiento del local arrendado, así́ como los usos administrativamente permitidos en el mismo.
Serán de su cuenta y riesgo la obtención de los permisos y licencias que sean necesarios para la apertura y el desarrollo de la actividad. No será causa de resolución del contrato el hecho de que dichos permisos y licencias se denieguen, suspendan o revoquen, salvo que sean causas imputables al arrendador.
8ª.- FIANZA.
A la firma de este contrato el arrendatario hace entrega al arrendador en concepto de fianza de la cantidad de _____________ euros (_____€), equivalente a ___ mensualidades xx xxxxx, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
En su caso, durante los tres primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Finalizado este periodo, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades xx xxxxx vigente en ese momento, según proceda.
El saldo de la fianza debe ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.
9ª.- GASTOS GENERALES.
Los gastos de comunidad serán de cuenta del arrendador.
Los gastos por servicios con que cuente el inmueble arrendado que se individualicen mediante aparatos contadores (agua, luz, gas, teléfono etc.) serán de cuenta del arrendatario, así como el alta y la baja en los referidos suministros.
El pago del recibo del Impuesto de bienes inmuebles o contribución será a cargo del arrendador.
10ª.- SERVICIOS Y SUMINISTROS.
El local se arrienda en el estado actual, que el arrendatario manifiesta conocer y aceptar, de las acometidas generales y ramales o líneas existentes correspondientes al mismo, para los suministros de los que está dotado el inmueble.
El arrendatario podrá concertar con las respectivas compañías suministradoras todos o alguno de los suministros de los que está dotado el inmueble, con total indemnidad del arrendador.
Los gastos por servicios individuales, mediante aparatos contadores, tales como luz, agua, teléfono o gas, serán de cuenta exclusiva del arrendatario, así como la adquisición, conservación y reparación o sustitución de los contadores.
El arrendador queda exento de toda responsabilidad derivada de cualquier suministro del local.
Si hubiera que realizar alguna modificación, tanto en las instalaciones generales de la finca como en las particulares del local arrendado, su coste será íntegramente a cargo del arrendatario, caso de que le interese y desee continuar con el suministro de que se trate. Previamente, deberá contar con la autorización de la propiedad, a la que habrá de presentar un informe y el proyecto de reformas que en cada caso deban realizarse.
El arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad, por los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivadas de instalaciones para servicios y suministros del local arrendado.
11ª- OBRAS DEL ARRENDATARIO.
El arrendatario no podrá́ realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración del inmueble o del mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios del inmueble por el arrendador. En ningún caso el arrendatario podrá́ realizar obras que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad del inmueble.
Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá́ exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que este pueda reclamar indemnización alguna.
Si el arrendatario ha realizado unas obras que han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad del inmueble o sus accesorios, el arrendador podrá́ exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior.
12ª.- OBRAS DE CONSERVACIÓN.
El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones adecuadas para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
13ª.- OBRAS DE MEJORA.
El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.
El arrendador que se proponga realizar una de tales obras deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante al inmueble arrendado. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.
El arrendatario que soporte las obras tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte del inmueble de la que se vea privado por causa de aquéllas, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
14ª.- DAÑOS.
La parte arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable de cuantos daños puedan ocasionarse a terceras personas o cosas, y sean consecuencia directa o indirecta del negocio instalado, del mal uso del mismo, y de la actuación de sus empleados, eximiendo de toda responsabilidad a la propiedad por dichas causas.
Asimismo, el arrendatario se compromete a contratar y mantener en vigencia, a su xxxxx y durante el plazo de vigencia del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo de daños y prejuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas, o al propio inmueble, como consecuencia del uso del local, sea por actos u omisiones del arrendatario o del personal dependiente.
15ª.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO.
El arrendatario viene obligado:
A no instalar transmisiones, motores, máquinas, etc., que produzcan vibraciones o ruidos molestos para los demás ocupantes del inmueble o de los colindantes de la propiedad, o que puedan afectar a la consistencia, solidez o conservación del inmueble.
A no almacenar o manipular en el local materias explosivas, inflamables, incómodas o insalubres, y observar en todo momento las disposiciones vigentes.
A permitir el acceso en el local, al propietario, al Administrador y a los operarios o industriales mandados por cualquiera de ambos, para la realización, inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble.
Hallándose el local integrado en un inmueble en Régimen de Comunidad en Propiedad Horizontal, a cumplir en todo momento las normas estatutarias, reglamentarias y a los acuerdos que la Comunidad de Propietarios tenga establecidos o establezcan, en orden a la utilización de los servicios, elementos comunes y buenos régimen de convivencia.
16ª.- SUBROGACIÓN DE LOS DERECHOS DEL ARRENDATARIO. En caso de fallecimiento del arrendatario, cuando en el local se ejerza una actividad empresarial o profesional, el heredero o legatario que continúe el ejercicio de la actividad podrá subrogarse en los derechos y obligaciones del arrendatario hasta la extinción del contrato. La subrogación deberá notificarse por escrito al arrendador dentro de los dos meses siguientes a la fecha del fallecimiento del arrendatario.
17ª.- DERECHOS DE INDEMNIZACIÓN DEL ARRENDATARIO.
La parte arrendataria renuncia expresamente a los derechos indemnizatorios por transcurso del plazo contractual que reconoce el artículo 34 de la XXX.
18ª.- DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE.
Con expresa renuncia de las partes a lo dispuesto en el artículo 31 de la XXX., se acuerda que en caso de venta del local arrendado no tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre el mismo. El arrendador comunicará al arrendatario con treinta días de antelación a la fecha de formalización del contrato de compraventa su intención de vender el inmueble.
19ª.- CESIÓN Y SUBARRIENDO.
El arrendatario renuncia expresamente al derecho de traspaso así como a cualquier tipo de cesión o subarriendo del local arrendado en el régimen establecido en el artículo 32 de la XXX.
En especial, siendo el arrendatario una sociedad mercantil, con renuncia a lo establecido en el número 3 del artículo 32 de la XXX, se reputará cesión el cambio producido en la persona del arrendatario por consecuencia de la fusión, transformación o escisión de la sociedad arrendataria.
20ª.- EXTINCIÓN DEL ARRENDAMIENTO Y RESTITUCIÓN DEL LOCAL.
A la expiración del contrato o su resolución judicial firme, el arrendatario está obligado a desalojar el inmueble dejándolo libre, vacío y a disposición de la propiedad, debiendo hacer entrega de las llaves en el domicilio de la parte arrendadora.
21ª.- DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES. Las partes fijan como domicilio a efectos de notificaciones derivadas de la relación contractual el que figura para cada uno de ellos en el encabezamiento del contrato.
22ª.- INSCRIPCIÓN.
A instancia de cualquiera de las dos partes y en cualquier momento de vigencia del arrendamiento, el documento presente podrá ser elevado a escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Los gastos y derechos derivados de esta operación correrán a cargo de las dos partes, distribuyéndose a partes iguales entre las mismas.
23ª.- JURISDICCIÓN DE TRIBUNALES.
Los contratantes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad en la que se encuentra ubicado el inmueble, para todas aquellas cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del mismo.
24ª.- Protección de datos personales.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Arrendador y arrendatario autorizan que los datos personales proporcionados sean sometidos a un tratamiento automatizado, de carácter confidencial, en un fichero creado a tal efecto por _______ ______. que es el destinatario de los mismos. Arrendador y arrendatario podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de las finalidades para las que autoriza el uso de sus datos, en los términos establecidos en la legislación vigente, que podrá hacer efectivos dirigiéndose a la Agencia Española de Protección de datos, o _________ a través de correo electrónico a _____@xxxxx.xxx o a la siguiente dirección: _______ ______. ____________ - ___ _________ (________₎.
Y en prueba de conformidad los contratantes firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO
ANEXO I AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL.
En ……………., a .......... de ......................... de 2.00…
Calle ........................................................................, número: ......., piso: .........º, letra: ..............., de ……………….Ciudad……………., Código Postal:....................
INVENTARIO MOBILIARIO
En Vestíbulo |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
En Primer Despacho |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
En Segundo Despacho (descripción) |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
En Tercer Despacho (descripción) |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
En Cuarto Despacho (descripción) |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
En Almacén
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
Material de oficina (mesas, sillas, fotocopiadora, cortinas, etc) |
-
CANTIDAD
MOBILIARIO
Ambas partes arrendadora y arrendataria, corroboran la existencia de los bienes inventariados, así como su buen estado.
Y en prueba de conformidad los contratantes firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.
ARRENDADOR ARRENDATARIO
ANEXO II
Eficiencia energética
RECIBO DE FIANZA
En ……………., a .......... de ......................... de 2.00…
Yo, D./D.ª.........................................................................., he recibido de D./D.ª ............................................, la cantidad liquida de ………………………………….euros, en concepto de fianza, comprensiva de ……… mensualidad xx xxxxx, por el arrendamiento del local de negocio sito en la Calle …..........................................................., número:........ , piso: ..........º, letra: ..................., de ………………………….
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RECIBO PRIMERA MENSUALIDAD XX XXXXX
En …………, a .......... de .................................... de 2.00….
Yo, D./ Xx…………………..................................................................., he recibido de D./ Xx..........................................................,la cantidad liquida de................................................... €, en concepto de Primera Mensualidad xx Xxxxx por el arrendamiento del local de negocio sito en la Calle ......................................................................, número: ............., piso:........, letra: ......................, de ………….., Código Postal: 280…..
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