CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - RENOVACIÓN
CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE - RENOVACIÓN
En la ciudad de Neuquén, capital de la Provincia del mismo nombre, a los días
del mes de...................... del año 2021 entre el Estado Provincial, representado en este acto por la Dra. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, D.N.I. Nº 27.883.953, señora Ministra de Gobierno y Seguridad, organismo con C.U.I.T. N° 30-71591070-1, en adelante “EL LOCATARIO”, por una parte, y por la otra, el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx con
C.U.I.T. N° 20-16297981-8, en calidad de propietario del inmueble, en adelante “EL LOCADOR”, convienen en celebrar el presente contrato de locación del inmueble, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO” el
inmueble de su propiedad, ubicado en calles Xxxxxx xx Xxxxxxx y Xxxx X. Xxxxx de la localidad xx Xxxxxxxx, donde funciona la seccional 2316 de la Dirección Provincial de Registro Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Seguridad, Nomenclatura Catastral Nº 09-22- 000-0000-0000.
SEGUNDA: DEL PRECIO. El valor total de la locación se establece en la suma de pesos un millón cuatrocientos veinticinco mil novecientos con 00/100 ($1.425.900,00), pagaderos por mes adelantado del 1º al 10º día de cada mes, siendo el valor locativo de pesos cincuenta y tres mil novecientos con 00/100 ($53.900,00.-) mensuales para el primer año de contrato desde el 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 de diciembre de 2021 y de pesos setenta y ocho mil cuatrocientos con 00/100 ($78.400,00.-) mensuales para el segundo año de contrato desde el 01 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022.
TERCERA: DE LA VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de veintiún
(21) meses, prestando conformidad su propietario, a partir del día 01 xx xxxxx de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
CUARTA: DE LOS IMPUESTOS, LAS TASAS Y LOS SERVICIOS. Será por cuenta
de “EL LOCADOR” el pago de impuestos, tasas y/o contribuciones existentes o futuros que incidan sobre el inmueble locado, siendo por cuenta de “EL LOCATORIO” el pago de los servicios de gas, electricidad, teléfono y agua, como así también los gastos de habilitación y baja de los mismos.
QUINTA: DEL DEPÓSITO EN GARANTÍA: Se deja constancia que “EL LOCATARIO” ha abonado a “EL LOCADOR”, el monto acumulado de pesos cincuenta y un mil trescientos setenta con 00/100 ($51.370,00), en concepto de depósito en garantía, el cual a la fecha no ha sido reintegrado, sirviendo el mismo a idénticos efectos en el presente contrato. En la presente renovación, “EL LOCATARIO” abonará por única vez a “EL LOCADOR” el monto de pesos veintisiete mil treinta con 00/100 ($27.030,00), a fin de actualizar dicha garantía al valor del monto para el segundo año de contrato, de pesos setenta y ocho mil cuatrocientos con 00/100 ($78.400,00).
SEXTA: MANTENIMIENTO. “EL LOCADOR” entrega el bien a “EL LOCATARIO”
y este se obliga a conservarlo en buen estado, tal como lo recibió oportunamente, respondiendo por los daños, deterioros y roturas que se produzcan por su culpa o negligencia, la de sus dependientes, con excepción de aquellos producidos por el transcurso del tiempo ocasionado por desgaste natural y el buen uso. “EL LOCADOR” se hará cargo de las reparaciones que sea necesario efectuar y que surjan por vicios ocultos del inmueble arrendado. A tal fin “EL LOCADOR” deberá proceder a efectuar las reparaciones en forma inmediata, a partir de la fecha de notificación fehaciente de “EL LOCATARIO”. De no hacerlo, “EL LOCATARIO” procederá a realizar los arreglos necesarios, siendo los gastos deducidos de los alquileres que se devenguen sin admitir reclamos futuros por tal concepto.
IF-2021-00337149-NEU-LEGAL#MG
SÉPTIMA: DE LAS MEJORAS Y/O MODIFICACIONES. Se conviene
expresamente que “EL LOCATORIO” podrá ejecutar en el inmueble las mejoras que fueren útiles a su gestión, previa autorización expresa de “EL LOCADOR”, quedando en todos los casos las realizadas en beneficio del inmueble. “EL LOCATORIO” no podrá realizar construcciones o modificaciones sin la previa autorización por escrito de “EL LOCADOR”, obligándose restituir el inmueble al vencimiento del presente contrato en las mismas condiciones en las que recibió.
OCTAVA: DE LA RESCISIÓN. “EL LOCATARIO” queda facultado para rescindir el presente contrato previa notificación fehaciente a “EL LOCADOR” con sesenta (60) días de anticipación, conforme el artículo 83º, Sección IV del Reglamento de Contrataciones, Decreto Nº 2758/95 de la Ley de Administración Financiera y Control 2141. La rescisión operará a partir del último día del mes en que ella se hubiere efectuado, pero será requisito indispensable la entrega o consignación de las llaves del inmueble a “EL LOCADOR”. Dicho acto será formalizado mediante un acta que labrará el funcionario competente del organismo que utiliza el bien locado y será suscripta por “EL LOCADOR” o quien lo represente.
NOVENA: DE LA PRÓRROGA. Las partes estipulan de común acuerdo, que al vencimiento del contrato, el mismo podría ser prorrogado por igual período, previo consentimiento de ambas partes.
DÉCIMA: El sellado xx Xxx que corresponda abonar será soportado por “EL LOCADOR” en la parte correspondiente, estando exento el Estado Provincial.
DÉCIMA PRIMERA: SUB-ARRENDAMIENTO. Queda terminantemente prohibido a “EL LOCATARIO”, bajo apercibimiento de rescisión del presente contrato, ceder total o parcialmente el contrato o sub-arrendar total o parcialmente el bien locado. -- DÉCIMA SEGUNDA: JURISDICCIÓN. Ambas partes contratantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Neuquén, renunciando al Fuero Federal o a cualquier otro de excepción.
DÉCIMA TERCERA: DOMICILIO. A los efectos legales, las partes constituyen domicilio en: “EL LOCATARIO” en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx y “EL LOCADOR” en calle……………………………………………………………… de la ciudad de
………………………, y a todos los efectos derivados del presente y donde se tendrán por válidas las notificaciones.
De plena conformidad, ambas partes firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
XX-0000-00000000-XXX-XXXXX#XX
Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx 2021
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2021-00337149-NEU-LEGAL#MG
NEUQUEN, NEUQUEN
Miércoles 31 xx Xxxxx de 2021
Referencia: Contrato
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Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2021.03.31 23:54:42 -03'00'
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Directora General
MG-Dirección Provincial de Legal y Técnica Ministerio de Gobierno y Seguridad
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2021.03.31 23:51:01 -03'00'