RESUMEN EJECUTIVO
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
RESUMEN EJECUTIVO
PERFIL DEL CONSULTOR PARA PRESTAR EL SIGUIENTE SERVICIO:
CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LASUPERVISION DE LA OBRA “CREACION DEL CENTRO CULTURAL, RECREATIVO Y ARTISTICO EN EL AA. HH XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX SECTOR II, DISTRITO XXXXX XXXXXXX XXXXX – PASCO”
I) GENERALIDADES:
BASE LEGAL:
1. Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley Nº 28411.
2. Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27209.
3. Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el presente Año Fiscal 2012.
4. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
5. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
6. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
7. Ley Nº 29289 Ley de Presupuesto del Sector Público - Año Fiscal 2012.
8. Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017.
9. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008-EF.
10. Código Civil – Locación de Servicios (Supletoriamente).
ENTIDAD CONVOCANTE: Municipalidad Distrital de Xxxxx Xxxxxxx -Pasco, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, con domicilio en la Plaza xx Xxxxx Nº 110, Distrito de Xxxxx Xxxxxxx, Provincia y Departamento xx Xxxxx.
II) OBJETO:
CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA LA SUPERVISION DE LA OBRA “CREACION DEL CENTRO CULTURAL, RECREATIVO Y ARTISTICO EN EL AA. HH XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX SECTOR II, DISTRITO XXXXX XXXXXXX XXXXX –
PASCO”, que se encuentra ubicada en el Distrito de Xxxxx Xxxxxxx, Provincia y Departamento xx Xxxxx.
OBJETO ESPECÍFICO
Estos Servicios comprenden todo lo relacionado con la Supervisión de la Obra indicada anteriormente. Sin exclusión de las obligaciones correspondientes, conforme a los dispositivos legales vigentes se obliga a realizar la supervisión de las obras mencionadas en la Referencia hasta su culminación, revisión de los Expedientes Técnicos, Revisión de los Informes Mensuales e Informe Final y de las Liquidaciones Técnicas – Financieras, hasta su aprobación.
III) MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Servicio de Consultoría de Obra, bajo el Sistema de Contratación a Suma Alzada
IV) TIEMPO DEL SERVICIO:
El plazo de ejecución de la obra es de 180 días calendarios.
Supervisión Ejecución de la Obra : 180 días calendarios
V) COSTO DE LA PRESTACIÓN
El costo de la prestación asciende a S/. 98,790.49 (Xxxxxxx y ocho Mil setecientos noventa con 49/100 Nuevos Soles) a todo costo incluidos los impuestos xx Xxx según el disgregado de gastos siguiente:
Honorarios Profesionales, Viáticos, Movilidad y otros gastos correspondientes a la Supervisión de la Obra, e incluido los impuestos xx Xxx.
FORMA DE PAGO: El pago se efectuará previo avance de obra y a la presentación del informe de actividades adjuntando el respectivo Recibo de Honorarios o Factura con la conformidad del servicio por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Supervisiones.
Debiendo retenerse el 10 % (Diez por Ciento del Monto de Contrato) en la mitad del número de valorizaciones a presentar, si es que no presenta la Carta Fianza como Garantía de Fiel Cumplimiento, la misma que se deberá hacerse efectivo (devolución de monto retenido) a la presentación de la Liquidación Final de la Obra debidamente aprobada mediante Resolución de Alcaldía.
VI) REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS:
6.1. DEL POSTOR: Persona natural y/o jurídica, con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, en el Registro de Consultor de Obra.
A) Experiencia en la Actividad:
La experiencia en la Actividad se calificara considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un periodo determinado de hasta diez (10) años a la fecha de presentación de la propuesta, por un monto acumulado de hasta CINCO (05) veces el valor referencial, tales experiencias se acreditaran mediante contratos de supervisión y/o elaboración de expedientes técnicos, con sus respectivas conformidades y/o documentación que acredite la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite fehacientemente, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del servicio ejecutado.
B) Experiencia en la Especialidad:
La experiencia en la Especialidad se calificara considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un periodo determinado de hasta diez (10) años a la fecha de presentación de la propuesta, por un monto acumulado de hasta DOS (02) veces el valor referencial, tales experiencias se acreditaran mediante contratos de supervisión de obras con sus respectivas conformidades y/o Acta de Recepción de Obra y/o documentación de obras, que acredita mediante contratos y su respectiva conformidad por la prestación efectuada.
NOTA: EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES: Son: Supervisión de obras: Construcción, ampliación o remodelación de edificios, educación (Inst. Educativas), locales comunales en general, plazas recreativas, infraestructura de salud (Hospitales, centros de salud), cercos perimétricos, muros de contención, pavimentaciones de calles, fábricas y afines
6.2. RECURSOS HUMANOS MINIMOS
6.2.1. Un (01) Supervisor de Xxxx
Arquitecto colegiado, colegiado (mínimo 05 años de colegiatura) y habilitado, sustentado con título, constancia de afiliación y habilidad profesional vigente. Deberá presentar habilidad original
Haber participado como supervisor en obras en general, acumulados en UN (01) años como mínimo, sustentado mediante copia simple del contrato y actas de recepción de obra
Haber realizado consultaría de la Evaluación de un expedientes técnico de infraestructura en la especialidad de arquitectura de un proyecto aprobado mayor a los S./ 10,000.000.00 (Diez Millones de 00/100 Nuevos Soles) el servicio se sustentara con copia del contrato y Resolución de Aprobación del Expediente Técnico
Certificados y/o constancia de Capacitación en temas X00, XX Project y/o Primavera Project Planner, Argis 9.2 (Mínimo 3 certificados).
6.2.2. Un (01) Asistente de Supervisión de Obra
Ingº Civil o Arquitecto colegiado (mínimo 05 años de colegiatura) y habilitado, sustentado con título, constancia de afiliación y habilidad profesional vigente. Deberá presentar habilidad original
Xxxxx participado como residente o supervisor en obras en general, acumulados en TRES (03) años como mínimo, sustentado mediante copia simple del contrato y actas de recepción de obra
Certificados y/o constancia de Capacitación en temas de concreto, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Manejo y Utilización de GPS, Estación Total y Software para Topografía (Mínimo 3 certificados).
.
6.2.3. Un (01) Topógrafo:
Técnico en Topografía.
Haber realizado más de veinte (20) trabajos de levantamientos topográficos y replanteo en obras civiles.
La experiencia y toda la información requerida la acreditará, de corresponder, con copias simples de los Contratos y/o Constancias y/o Certificados, que deberán serán verificados.
6.3. RECURSOS FISICOS MINIMOS
Cumplir con el equipo mínimo establecidas líneas abajo, siendo causal de descalificación del postor si éste no sustenta o acredita alguno de los equipos, los mismos que deben estar operativos.
(01) Equipo de Computación.
(01) Equipos de impresión de formato mínimo de papel A1.
(01) Equipos de Topografía (GPS , Estación Total y Nivel)
(01) cámara digital
(01) Camioneta.
Equipo de Radio de Comunicación FRS 25 Km.
(01) fotocopiadora
El equipo mínimo, el mismo que deberá de ser acreditado con la presentación de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, compromiso de compra venta o alquiler de los equipos que evidencien la disponibilidad de los equipos y vehículos. El equipo mínimo de propiedad del postor deberá ser acreditado con copia de Facturas, y/o Tarjeta de Propiedad.
VII) OBLIGACIÓN DE LAS PARTES
DEL SUPERVISOR:
Cumplir con los alcances de sus servicios; según lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
1. ALCANCES DE LOS SERVICIOS
El Consultor suministrará los servicios necesarios para la Supervisión de la Obra:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORIA PARA SUPERVISION DE
EJECUCION DE LA OBRA: “CREACION DEL CENTRO CULTURAL, RECREATIVO Y ARTISTICO EN EL AA. HH XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX SECTOR II, DISTRITO XXXXX XXXXXXX XXXXX – PASCO”.
Los servicios comprenderán todo lo relacionado con la revisión, supervisión, inspección, control técnico, económico y administrativo de las actividades a ejecutarse.
Sin exclusión de las obligaciones que corresponden al Supervisor conforme a los dispositivos legales vigentes.
1.1. Actividades Específicas del Supervisor
A continuación se presenta una relación de las actividades del Supervisor, sin que sea limitativa debiendo el postor proponer en mayor amplitud y detalle su propia relación de actividades para enriquecer su Propuesta.
1.1.1. Actividades durante la ejecución de la Obra.
INICIALES
1.1.1.1. Revisar y verificar el Expediente Técnico
La revisión y verificación se considera de fundamental importancia y debe entenderse como una optimización del mismo. De proponer modificaciones éstas deberán ser para mejorar la calidad del Proyecto original.
Considerando aspectos críticos del Proyecto como: diseño hidráulico, suministro y equipamiento, movimiento de tierras, estudio de suelos, disponibilidad del terreno, niveles, puntos de referencia, etc.
1.1.1.2. Revisar detalladamente los Calendarios de Avance de Obra, Adquisición de Materiales, Utilización de Equipos Mecánicos y Utilización del Adelanto Directo, que el Contratista presentará a la Entidad. Estos calendarios revisados y de ser el caso, corregidos y/o modificados serán aprobados con la suscripción de ellos, por el Contratista y el Supervisor.
1.1.1.3. Verificar la existencia de permisos y documentación necesaria para el inicio de los trabajos.
1.1.1.4. Participar en la entrega del terreno.
MENSUALES
1.1.1.5. Inspeccionar y verificar las instalaciones provisionales del Contratista, que cumplan los propósitos xx xxxxxxx, oficinas técnicas y administrativas entre otros.
1.1.1.6. Supervisar la ejecución de los trabajos de conformidad con el Expediente Técnico
1.1.1.7. Controlar la utilización del Adelanto Directo que se entregará al Contratista, cuyo propósito es la movilización de equipo y gastos iníciales en la ejecución del Contrato de Obra.
1.1.1.8. Verificar el replanteo general de la Obra y efectuar permanentemente el control topográfico durante la construcción.
1.1.1.9. Inspeccionar y verificar permanentemente: instalaciones, materiales, equipos (construcción - laboratorio) y personal del Contratista.
1.1.1.10. Revisar y evaluar el almacenamiento adecuado de todos los materiales y elementos a utilizar en la construcción.
1.1.1.11. Xxxxxxx y evaluar las pruebas o ensayos realizados por el Contratista.
1.1.1.12. Revisar y dar conformidad a los procedimientos de construcción propuestos por el Contratista.
1.1.1.13. Controlar que el Contratista cumpla con las normas de seguridad e higiene.
1.1.1.14. Controlar la seguridad del tránsito peatonal y vehicular durante la construcción en el ámbito de la obra, cumpliendo con lo requerido por la entidad.
1.1.1.15. Controlar que la obra se mantenga bien iluminada y señalizada durante los trabajos.
1.1.1.16. Controlar que se realicen las medidas de conservación ambiental exigidas en el Proyecto, la eliminación de los materiales excedentes se realizará según especificaciones técnicas y lugares debidamente autorizados.
1.1.1.17. Controlar permanente la vigencia de las Cartas Fianza del Contratista, comunicando a la entidad los vencimientos con un mes de anticipación, así como las Pólizas de Seguros correspondientes.
1.1.1.18. Controlar la Programación y Avance de Obra a través de un Cronograma PERT- CPM y Diagrama xx Xxxxxx con el detalle suficiente de cada una de las actividades desde el inicio hasta su conclusión, incidiendo en la Ruta Crítica.
1.1.1.19. Exigir al Contratista que adopte las medidas necesarias para lograr su cumplimiento en caso de atraso.
1.1.1.20. Controlar permanentemente los Adelantos por Materiales otorgados al Contratista, reflejándose ello en las valorizaciones y en los ajustes de los montos de las Cartas Fianzas.
1.1.1.21. Controlar que el adelanto directo otorgado al Contratista sea amortizado en las valorizaciones correspondientes y dentro del Plazo vigente de ejecución de la Obra.
1.1.1.22. Valorizar mensualmente los avances de obra, según presupuesto del Expediente Técnico, así como de los presupuestos adicionales aprobados, sustentada en la documentación técnico administrativa respectiva y considerando los reintegros correspondientes.
1.1.1.23. El Plazo máximo de aprobación por el Supervisor de las valorizaciones y su remisión a la Entidad para períodos mensuales, es de cinco (5) días calendario, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva.
1.1.1.24. Elaborar y presentar los Informes mensuales.
1.1.1.25. Elaborar y presentar los Informes Especiales cuando la entidad los solicite o las circunstancias lo determinen.
1.1.1.26. Presentar incluyendo su opinión y en el más breve plazo, los reclamos y/o planteamientos del Contratista, que excedan de su nivel de decisión y que a su juicio merezcan la organización de un expediente destinado a culminar en una resolución administrativa.
1.1.1.27. Asesorar a la entidad en controversias con el Contratista y/o terceros.
1.1.1.28. Elaborar oportunamente (dentro del plazo exigido) los informes o expedientes técnicos que involucren ampliaciones de plazo a que hubiera lugar, para su presentación y trámite de aprobación ante la entidad siempre dentro de los plazos xx Xxx. El Supervisor deberá efectuar el seguimiento de aprobación de los expedientes presentados, informando constantemente a la entidad del progreso del trámite hasta su aprobación.
1.1.1.29. Programar y coordinar reuniones periódicas con el Contratista.
1.1.1.30. Asistir y participar en las reuniones que organice La entidad.
1.1.1.31. Sostener con los funcionarios de entidad una permanente comunicación, informando sobre el estado de la obra y el desarrollo del Contrato.
1.1.1.32. Mantener actualizado el archivo general de la Obra objeto del Contrato. Este archivo se entregará a la entidad con la Liquidación pertinente.
RECEPCIÓN DE OBRA
1.1.1.33. Revisar y Aprobar antes de la Recepción de Obra, los Metrados y Planos Post Construcción, elaborados y presentados por el Contratista de acuerdo a los trabajos realmente ejecutados. El Supervisor remitirá esta documentación a la entidad, debidamente suscrita por el Supervisor y/o el representante legal del Supervisor, asimismo por el Residente y/o el representante legal del Contratista.
1.1.1.34. Efectuar un resumen estadístico del control de calidad de la Obra ejecutada.
1.1.1.35. Presentar el Informe previo a la Recepción, que contendrá entre otros, los Metrados - Post Construcción de acuerdo a los trabajos realmente ejecutados, los Planos Post Construcción, el Resumen estadístico del control de calidad de la
Obra ejecutada; también incluirá la declaración jurada de haber supervisado y observado las disposiciones técnicas y legales durante la construcción de la obra
.Este informe se presentará dentro de los cinco (5) días útiles previos a la fecha fijada para la Recepción de la Obra.
1.1.1.36. Comunicar a la entidad señalando su opinión clara sobre si culminó o no con la obra, así como la fecha de término de la misma, dentro de los cinco (5) días posteriores a la fecha en que el Contratista presente la solicitud para la Recepción. De ser el caso informará sobre las observaciones pendientes que hubiera al respecto.
1.1.1.37. En la etapa de Recepción de la Obra, el Supervisor cumplirá con los plazos y actividades establecidos en el Artículo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
1.1.1.38. Verificar como miembro del Comité de Recepción, junto con el Contratista el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos, especificaciones técnicas y documentos contractuales.
1.1.1.39. Los metrados de post-construcción deben formar parte del acta de recepción de obra, ya que complementan a los planos de post-construcción. Por lo tanto, deben plasmarse estos resultados en un cuadro explicativo donde consten los metrados contractuales, los correspondientes a los presupuestos adicionales, reducciones y los realmente ejecutados por cada partida.
1.1.1.40. Suscribir el acta al culminar la verificación junto con los demás miembros del Comité de Recepción y el Contratista. Donde se incluirá las observaciones, sí las hubiera. De no existir observaciones, se procederá a la Recepción de la obra, precisando que fue concluida en la fecha indicada por el Contratista en el Cuaderno de Obra, salvo que el Supervisor esté en desacuerdo.
1.1.1.41. Informar a la entidad, del levantamiento de observaciones, cuyo plazo máximo es de 1/10 del plazo de ejecución de la obra para subsanarlas, el cual se computará a partir xxx xxxxxx día de suscrita el acta. Subsanadas las observaciones, el Contratista solicitará la Recepción Final de la obra, para que el Comité de Recepción efectúe la verificación respectiva.
1.1.2 Actividades de liquidación de obra y liquidación del contrato de supervisión.
LIQUIDACIÓN DE OBRA
1.1.2.1 La liquidación del contrato de obra se realizara dentro del plazo de sesenta (60) días calendario o el equivalente a un décimo (1/10) del plazo de ejecución de la obra, el que resulte mayor, contado desde el día siguiente de la recepción de la obra.
1.1.2.2 Dentro del plazo xx xxxx (10) días calendario de presentada la liquidación por el Contratista, el Supervisor deberá pronunciarse, ya sea observando la liquidación presentada por el Contratista o, de considerarlo pertinente, presentando a la Entidad la liquidación del contrato de obra elaborada por la misma Supervisión, con el objeto que la Entidad notifique al Contratista, para que este último se pronuncie dentro de los quince (15) días calendario siguientes.
1.1.2.3 Si el Contratista no presenta su liquidación en el plazo previsto, dentro de los diez (10) días calendario de vencido el plazo del Contratista, la Supervisión efectuará y presentará la liquidación del contrato de obra. La Entidad notificará la liquidación al Contratista para que se pronuncie dentro de los quince (15) días siguientes.
1.1.2.4 En el caso de existir discrepancia con el Contratista respecto a la liquidación del Contrato de Obra, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 212º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE SUPERVISIÓN
1.1.2.5 Presentar la Liquidación de su Contrato dentro de los diez (10) días calendarios posteriores a la presentación de la Liquidación del Contrato de Obra, la misma que para ser aprobada por la entidad, será revisada, corregida y/o modificada según sea el caso.
1.1.3. Actividades en General
1.1.2.6 El Servicio se efectuará y pagará de acuerdo con el presupuesto contratado por el período de ejecución de la obra y acorde con el numeral 1.1.3.3 del presente.
1.1.2.7 La Etapa Final (Liquidación de Obra y Liquidación del Contrato de Supervisión) será considerada como actividad, la misma que será negociada entre el supervisor y la entidad por los servicios efectivamente prestados.
1.1.2.8 Todas las actividades durante la Etapa de ejecución de la Obra, se efectuarán en base a los servicios efectivamente prestados.
1.2. Responsabilidad del Supervisor
Será legalmente responsable de los alcances contractuales que le ha correspondido desempeñar, durante el plazo que establece la normatividad vigente, debiendo entre otros:
1.2.1. Garantizar la calidad de los servicios que preste y la idoneidad del personal a su cargo.
1.2.2. Velar por la óptima calidad de los trabajos efectuados en la Construcción de la obra.
1.2.3. Cumplir y hacer cumplir la reglamentación vigente, así como las normas de control de la Contraloría General de la República, en lo concerniente a la construcción de obras públicas.
1.2.4. Hacer cumplir las condiciones y plazos fijados en el Contrato del contratista.
1.2.5. Ejecutar todas las Actividades Específicas señaladas en el numeral 1.1.
1.2.6. Agotar todas las gestiones a nombre de la entidad ante las autoridades competentes para evitar que se originen ampliaciones de plazo en la ejecución de la Obra por falta de disponibilidad de las canteras.
Cuando aquéllas estuvieran en explotación por terceros, debe tener en cuenta que el Estado otorga concesiones para la explotación y no la propiedad de las mismas.
1.2.7. Verificar que el Contratista señalice adecuada y oportunamente los desvíos de tránsito colocando los carteles informativos de obra.
1.2.8. Asumir por medio de descuentos de sus honorarios, los mayores gastos en que deba incurrir la entidad por incumplimiento de la presentación oportuna de los Expedientes Técnicos que sustenten los presupuestos adicionales y/o deductivos, así como las ampliaciones de plazo. Así mismo no tendrá derecho a retribución de servicios adicionales, originados en base a lo señalado previamente.
1.2.9. En el caso de consorcios, todos los participantes son solidariamente responsables frente a la entidad.
2. PROCEDIMIENTO DE CONTROL
El Supervisor adoptará los procedimientos necesarios para realizar un efectivo control técnico de las actividades del Contratista, relacionadas con la ejecución del Contrato.
Asimismo en los procedimientos de control tomarán en cuenta la normatividad vigente y deberán considerar una coordinación permanente.
2.1. Controlar permanentemente la calidad de los trabajos ejecutados por el Contratista, en tal sentido los resultados finales del control deben estar dentro de los parámetros exigidos en las Especificaciones Técnicas.
En los casos en que no se cumplan las condiciones solicitadas, la Supervisión definirá los trabajos necesarios a efectuar para llegar a resultados óptimos, debiendo ser ejecutados por cuenta del Contratista, no correspondiéndole pago, reintegro o compensación alguna. Toda vez que el contratista está en la obligación de terminar correctamente los trabajos.
2.2. No tiene autoridad para exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de ordenar la ejecución de ningún trabajo adicional o variación de obra que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de la entidad.
2.3. Verificar que el Contratista realice una vez concluida la obra, las pruebas hidráulicas en los sistemas de agua potable y alcantarillado, así como de los equipos electromecánicos verificando su normal funcionamiento para el cual fueron diseñados, sin las cuales no se puede poner en servicio la obra.
Debiendo elevar a la entidad un informe sobre los resultados y conclusiones obtenidos.
3. RECURSOS HUMANOS Y FÍSICOS QUE PROPORCIONARA EL SUPERVISOR
El Supervisor deberá contar con los recursos necesarios para cumplir eficientemente las obligaciones descritas en los presentes Términos de Referencia.
3.1. Debe disponer de una organización adecuada, los cuales contarán con todas las instalaciones necesarias, así como el medio de transporte, informática y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones.
3.2. Los profesionales y técnicos que conformen el equipo (si lo hubiera) del Supervisor, deben acreditar los títulos profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en la Obra, así como la habilidad para el ejercicio profesional en el caso de profesionales (nacionales o extranjeros), mediante los Certificados otorgados por el Colegio de Ingenieros del Perú.
3.3. Todo el personal asignado a la Obra, será contratado con carácter de dedicación exclusiva por el tiempo y en la oportunidad que señalen en la Propuesta Económica.
3.4. El personal Técnico y Administrativo que labore para la Supervisión, estará dispuesto a efectuar trabajos eventuales en días domingos o festivos y jornadas nocturnas cuando así se requiera, sin que esto signifique costo adicional para la entidad Respecto del personal profesional especificado en su Propuesta Técnica, no está permitido su cambio, salvo por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas.
3.5. La entidad podrá solicitar cambios del personal del Supervisor, en cualquier momento por incumplimiento de funciones, cuando lo considere conveniente en beneficio de la Obra.
3.6. El personal deberá observar en todo momento las normas de seguridad vigentes, debiendo estar provistos de cascos, chalecos, botas, guantes, etc.
3.7. Debe poner a disposición de la obra equipos de topografía, vehículos y equipos de oficina propuestos. La no disposición de estos equipos dará lugar a sanciones.
3.8. El único obligado frente a la Entidad, por la ejecución oportuna y eficiente de la Supervisión será el Supervisor y a éste, corresponderá asumir como propias, todas las actividades de su personal.
3.9. El Supervisor, con relación al Contratista, se considerará como representante de la entidad.
4. DOCUMENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL SUPERVISOR
El Supervisor deberá presentar a la entidad la siguiente documentación, como resultado de la prestación del servicio:
4.1. Informe Inicial
Será presentado dentro de los 20 días naturales de iniciado el Servicio.
Revisión y verificación del Expediente Técnico, formulando las conclusiones y recomendaciones, precisando de ser necesarias las modificaciones correspondientes.
4.2. Informes quincenales
Serán presentadas el primer día hábil de cada quincena en los que se adjuntará las fotocopias del cuaderno de obra correspondiente al período y sus comentarios y recomendaciones.
4.3. Valorizaciones mensuales (por avances y reintegros del Contratista)
4.4. Informes Mensuales (Técnico - Económico - Administrativo)
Serán presentados dentro de los 10 primeros días calendario del mes y deben contener como mínimo lo siguiente:
4.4.1. Área del Supervisor
4.4.1.1. Actividades desarrolladas, memoria explicativa de los avances de obra y asuntos más saltantes, justificaciones de retrasos en caso que los hubiere, proponiendo soluciones para su corrección.
4.4.1.2. Relación de todos los ensayos realizados en la obra, indicando ubicación, fecha en que fueron realizados, resultados e interpretación estadística. Deberán indicar, asimismo, las medidas correctivas y responsabilidades, si las hubiere.
4.4.1.3. Personal empleado, durante el período comprendido en el informe.
4.4.1.4. Gráficos que se requieran para la correcta interpretación de los informes.
4.4.1.5. Fotografías y vídeo, que mostrarán el estado de avance de la Obra.
4.4.1.6. Copias de las comunicaciones más importantes intercambiadas con el Contratista o con terceros.
4.4.1.7. Opinión sobre los Planteamientos que el Contratista hubiese formulado, cuya decisión excediendo a sus facultades debe resolverse a un nivel superior.
4.4.1.8. Estado contable del Contrato de Supervisión discriminado por partidas.
4.4.1.9. Programa de sus actividades para el mes siguiente.
4.4.1.10. Copias claras y legibles de las hojas del Cuaderno de Obra
4.4.2. Área del Contratista
4.4.2.1. Avances físicos y valorizados del Contratista, cuadros y gráficos que muestren el programa real en comparación con el programado.
4.4.2.2. Documentación que certifique que los materiales y equipos cumplen con las especificaciones técnicas.
4.4.2.3. Lista de personal y equipo empleado por el Contratista durante el período respectivo, indicando variaciones con lo programado, si las hubiere.
4.4.2.4. Actividades de Conservación ambiental realizadas durante el mes.
4.4.2.5. Récord de índices de seguridad y accidentes de obra.
4.4.2.6. Proyectar los avances para el siguiente mes, tanto físico como valorizado.
4.4.2.7. Dificultades futuras previstas y las soluciones que se propone adoptar, sugiriendo la intervención de la entidad si lo considera indispensable.
4.4.2.8. Juicio crítico sobre la actuación del Contratista en su conjunto.
4.5. Informes Especiales
Serán presentados dentro del plazo de tres días hábiles.
4.5.1. Informes solicitados por la entidad. En este caso podrá solicitarse una ampliación del plazo de presentación, sí por razones justificadas amerita un plazo mayor.
4.5.2. Informe de oficio sin que lo pida la entidad cuando se trata de asuntos que requieran decisión o resolución de la Entidad promoviendo un Expediente Administrativo o se trate de hacer conocer acciones administrativas que haya tomado y que serán cursadas en el más breve plazo.
Se hará un recuento de estos en los Informes Mensuales.
4.5.3. Informe previo a la Recepción de la Obra, tal como se indica y exige en el numeral 1.1.1.34.
4.6. Informe Final
Será presentado dentro de los 15 días calendarios siguientes a la Recepción de Obra y debe contener como mínimo lo siguiente:
4.6.1. Revisión y conformidad de los Metrados y Planos "Post Construcción" presentados por el Contratista.
4.6.2. Recomendaciones para la conservación de la Obra.
4.6.3. Informe sobre la revisión y conformidad de la liquidación del contrato de obra si presentan la liquidación dentro de dicho plazo
5. INFORMACION QUE PROPORCIONARA LA ENTIDAD
Proporcionará al Supervisor toda la información necesaria disponible con relación al Proyecto.
6. FACULTADES DEL SUPERVISOR
6.1. Hacer cumplir al Contratista el Contrato de Obra, Términos de Referencia, Expediente Técnico, así como toda la reglamentación vigente.
6.2. No podrá dictar ninguna orden que sobrepase las atribuciones que se señalan en las Bases, Términos de Referencia y Contrato, debiendo en caso de eventualidades inevitables justificadas, bajo responsabilidad, recabar autorización expresa de la entidad.
6.3. Poderes de excepción, no obstante lo anterior, si durante el proceso de construcción se produjeran contingencias que pudieran poner en peligro la vida de personas, la propiedad pública o privada o que amenacen causar u ocasionar interrupciones en el tránsito vehicular por la obra en ejecución, el Supervisor, por excepción, podrá disponer las medidas que tiendan a mitigar y/o superar dichas situaciones, debiendo dar cuenta a la entidad en el más breve plazo.
7. CONDICIONES GENERALES
7.1. El Supervisor estará sujeto a fiscalización por los funcionarios que designe la entidad quienes verificarán la permanencia en la Obra del personal del Supervisor asignado; así como de la totalidad de los equipos incluidos en su Propuesta.
7.2. Toda información empleada o preparada durante el desarrollo de la Obra es de carácter reservada y no podrá ser entregado a terceros sin el previo consentimiento escrito de la entidad.
7.3. El Supervisor, al término de la Obra, deberá entregar a la entidad todo el acervo documental Técnico y Administrativo de la Obra, conjuntamente con la Liquidación Final y Cuadernos de Obra. Esto no exime al Supervisor que pudiera ser requerido posteriormente para cualquier absolución de consultas.
8. PENALIDADES
8.1. Por xxxx en la ejecución de la prestación se aplicará la penalidad señalada en el Artículo 165º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2004-PCM.
8.2. Si como consecuencia de alguna demora, deficiencia u omisión en la prestación del servicio, se produjera un pago indebido o se generara alguna obligación como gastos generales, intereses u otros a favor del Contratista y en perjuicio del Estado, el Supervisor asumirá el 100 % de dichos costos.
8.3. Las multas por todos los conceptos, serán aplicadas hasta un máximo equivalente al 10% del Contrato de Supervisión. Si el Supervisor supera el porcentaje máximo indicado, se podrá resolver el Contrato, además se comunicará al OSCE y a la Contraloría General de la República, a fin de que imponga la sanción administrativa de inhabilitación temporal o definitiva, según sea el caso.
8.4. Las sanciones previstas en el numeral 8. las aplicará administrativamente la entidad procediéndose al descuento en la Valorización correspondiente.
8.5. En caso de que el Supervisor incumpliera con la presencia física en obra del personal Técnico y Administrativo de su propuesta, se hará acreedor a la sanción correspondiente.
9. ACLARACIONES
El Supervisor tomará conocimiento que en el monto total señalado en su Propuesta están incluidos los beneficios sociales y otros gastos que por su naturaleza están relacionados al total cumplimiento del contrato.