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PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO‐ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELECTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
1 OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye la contratación de la sustitución de la instalación eléctrica de alumbrado y fuerza en las galerías y salas de control del embalse xx Xxxxxx, propiedad de SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. (en adelante STTZ) de conformidad a lo previsto en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato incluye tanto el servicio de desmantelamiento de la instalación existente, el de suministro del material necesario, como el montaje, pruebas y revisión final por Organismo de Control Autorizado, de acuerdo con lo previsto en el presente pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2 ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. (en lo sucesivo, STTZ).
El órgano de contratación es el Consejo de Administración, quien en reunión celebrada el 27 xx xxxxx de 2017 facultó a su Presidente para la adjudicación y a la Directora‐ Gerente para la firma del posterior contrato.
3 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, al contratista que presente la oferta económicamente más ventajosa, de conformidad a los criterios de valoración de las ofertas establecidos en el presente Pliego y que, asimismo, cumpla con las obligaciones previstas en el presente pliego.
4 VARIANTES
No se admiten.
5 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice tras la adjudicación, el presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como la oferta final que realice el adjudicatario en todo aquello que beneficie a STTZ y no sea contrario a lo previsto en los restantes documentos citados.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto mismo de la formalización del contrato.
6 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo máximo de ejecución del contrato, incluyendo tanto el desmontaje de la instalación existente, como el suministro de material y la prestación del servicio de montaje de la nueva instalación, será de un máximo de 13 semanas. Este plazo podrá ser mejorado a la baja por los licitadores en sus ofertas, siendo éste uno de los criterios de valoración.
El plazo de ejecución del contrato se iniciará al día siguiente al de la formalización del contrato al que se refiere la cláusula 15ª del presente pliego.
7 PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El precio máximo de licitación del contrato es de noventa y tres mil euros (93.000,00 euros), I.V.A. no incluido.
Dicha cantidad podrá ser objeto de reducción en la proposición económica que presenten los licitadores, quedando directamente excluidas las ofertas que superen dicho precio máximo de licitación.
Los licitadores deberán indicar como partida independiente el I.V.A. que deba soportar STTZ.
El precio ofertado por los licitadores deberá englobar todos los gastos necesarios para la prestación del servicio y suministro de materiales objeto del contrato, en los términos previstos en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, no admitiéndose a posteriori la facturación por conceptos que previamente deberían haber sido observados en el precio final.
Las ofertas realizadas por los licitadores comprenderán no sólo los honorarios, sino también el importe de la totalidad de los gastos que ocasione la ejecución del
contrato, los permisos, las tasas, revisión por Organismo de Control Autorizado (OCA), y cualesquiera otros tributos que pudieran corresponder a la realización de la actividad, con exclusión del I.V.A., que se indicará como partida independiente en la proposición presentada.
8 REVISIÓN DEL PRECIO
No procede la revisión de precios en ningún caso.
9 FORMA DE PAGO
El precio se abonará, previa presentación de la correspondiente factura por el contratista que deberá emitirse, dentro de los diez primeros días del mes siguiente al que se finalice el servicio y suministro objeto del contrato, y remitirse a STTZ para su visto bueno.
STTZ abonará el precio por el servicio y suministro objetos del contrato, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que se indique por parte del adjudicatario, dentro de los 60 días siguientes a la finalización del mes a que correspondan los servicios, siempre y cuando se cumplan las condiciones referidas en el párrafo anterior.
10 GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe equivalente al 10% del precio de adjudicación del contrato.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por STTZ y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Xxxxx XXX.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimenta variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de 15 naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
11 CONDICIONES DE APTITUD
Podrán tomar parte en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y dispongan de la solvencia económico y financiera y técnica o profesional definida en la presente cláusula.
Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con STTZ en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con XXXX las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera, así como su solvencia técnica o profesional de la siguiente forma:
A.‐ Solvencia económica y financiera:
‐ Declaración responsable del volumen de negocio en el ámbito de la asistencia técnica y suministro objeto del contrato que deberá alcanzar al menos la cantidad de 186.000.‐ euros, en cada uno de los últimos dos ejercicios inmediatamente anteriores (2015 y 2016).
B.‐ Solvencia técnica o profesional:
‐ Relación de los principales servicios y suministros realizados en el ámbito del objeto del contrato en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración jurada del empresario.
Como solvencia técnica o profesional adicional por requerimiento legales, las empresas deberán poseer la correspondiente certificación de capacitación técnica correspondiente a: Instalador autorizado en Baja Tensión, categoría especialista.
12 PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN
El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOG.
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx y restante documentación contractual, sin salvedad alguna.
Para participar en la presente licitación, las empresas licitadoras deberán presentar en las oficinas de XXXX (xxxxx Xxxxxx, xx 00, xxxx, X.X. 00000 xx Xxxx – Gipuzkoa), en horario de Registro (de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00) y dentro del plazo establecido,
TRES SOBRES CERRADOS (A, B y C), con la documentación que luego se indicará, indicando en los mismos la contratación a la que se concurre, esto es, “PROPOSICIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.”,
letra del sobre, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico.
La referida limitación horaria para la presentación de proposiciones no será de aplicación cuando las proposiciones sean remitidas por correo, en cuyo caso, podrá realizarse la presentación a cualquier hora del último día del plazo de presentación de proposiciones, siempre que se cumplan los requisitos indicados en el apartado siguiente.
En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a STTZ la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943639700) o telegrama urgente el mismo día. Asimismo, podrá remitirse el anuncio de envío mediante correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, 5 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada sobre constará de los documentos que se indican a continuación y contendrá una relación numerada de los documentos incluidos en el mismo.
Sobre A‐ Se subtitulará “APTITUD PARA CONTRATAR":
Contendrá los siguientes documentos:
a) DNI de la persona que presenta la oferta en nombre propio o en nombre y representación xx xxxxxxx.
b) Números de teléfono y de fax, dirección de correo electrónico y medio para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo I. Todo ello de forma legible.
c) Declaración responsable del licitador, ajustada al modelo del Anexo II, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con STTZ, y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
En el caso de las empresas extranjeras, se incluirá en la referida declaración responsable, en la forma prevista en el referido Anexo II, la mención expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Asimismo, en el caso de que la empresa licitadora perteneciera al mismo grupo empresarial que otra/s empresa/s licitadora/s (entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio), en la declaración a que hace referencia este apartado 2 se incluirá dicha circunstancia, identificando a la/s otra/s empresas licitadoras del grupo, en la forma prevista en el referido Anexo II.
d) En el caso de que varios empresarios deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal, la declaración a que se refiere el apartado b) anterior deberá ser presentada por todos y cada uno de los que vayan a integrarla.
Adicionalmente, deberán presentar un documento privado, firmado por todos ellos, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y de designar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
NOTAS:
(i) STTZ se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
(ii) Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera.
Sobre B‐ Se subtitulará “PROPUESTA TÉCNICA". La propuesta técnica incluirá:
a) Memoria técnica:
De acuerdo con el Pliego de Prescripciones Técnicas, se presentará una memoria técnica, donde se recoja el Programa de trabajo, incluyendo la metodología, instrumentos y medios necesarios para la ejecución del servicio. Se incluirá una relación del equipo humano adscrito a la prestación del servicio.
Se determinará el perfil, la cualificación y la experiencia en trabajos similares, de todo el personal que se adscribirá a la ejecución del contrato.
b) Relación del suministro de materiales para la ejecución:
Se describirán las características de las luminarias propuestas, bandejas, conductos, del tipo/clase de cables, y con relación a los soportes, tipos de materiales, anclajes, etc., así como planos de detalle.
c) Relación de los medios materiales adscritos:
Se describirán aquellos medios materiales que el contratista adscriba a la ejecución del contrato.
Sobre C‐ Se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA".
La proposición económica que se ajustará al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XX.
Para la confección de la Proposición Económica los licitadores deberán ofertar todos los precios unitarios recogidos en la tabla de precios que se anexa al Pliego como Anexo V, y aplicar dichos precios a la situación propuesta en dicha tabla. Los precios unitarios que se propongan en las tablas que necesariamente deberán adjuntarse a la proposición económica según modelos, serán los que se apliquen en la ejecución del contrato.
Asimismo, quedarán directamente excluidas de la licitación las empresas que oferten un precio de licitación superior al identificado como máximo en la actuación (93.000,00.‐ euros).
El sobre deberá contener las tablas de precios unitarios ofertados, tanto en papel como en soporte digital.
STTZ podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A, B y C, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, por incumplimiento imputable al contratista.
La presentación de ofertas presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna.
Se advierte expresamente a los licitadores de que:
a.‐ El conocimiento efectivo del contenido de la documentación que tiene que ser objeto de valoración en un momento anterior al previsto en el pliego, derivado de su inclusión incorrecta en los diferentes sobres por parte de las empresas licitadoras, comportará la exclusión de éstas del procedimiento de licitación.
b.‐ La inclusión de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos en un sobre incorrecto comportará que tenga que volverse a presentar en el plazo de subsanación que se conceda al efecto.
c.‐ La inclusión de documentación relativa a criterios de adjudicación sometidos a un juicio de valor (B) en el sobre que contiene la documentación evaluable mediante criterios automáticos (C) comportará que la documentación incluida incorrectamente no se valore.
Transcurridos dos meses desde la publicación del anuncio de adjudicación del contrato en el perfil del contratante y durante los tres meses siguientes, los licitadores, a excepción del adjudicatario podrán retirar la documentación que conforma su oferta. Una vez transcurrido dicho plazo, XXXX procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada por los licitadores.
13 CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración, indicados por orden decreciente de importancia y con su ponderación correspondiente, son los siguientes:
A) Criterios de valoración objetiva:
A.1.‐ Oferta Económica: hasta un máximo de 55 puntos.
En el análisis económico prima en orden decreciente, el precio final de la oferta económica más baja, teniendo ésta la valoración máxima, es decir, 55 puntos; a continuación, se establece la siguiente fórmula.
Vi = 55 * Pmin / Pi
Dónde:
Vi = Valoración correspondiente a la oferta i
Pi = Presupuesto correspondiente a la empresa i, en €. Pmin = Presupuesto mínimo ofertado, en €.
A.2.‐ Reducción del plazo de ejecución del contrato: hasta un máximo de 10 puntos.
Se otorgarán 2 puntos por cada semana que se reduzca el plazo de ejecución del contrato respecto del plazo máximo de 13 semanas establecido en la cláusula 6ª del presente pliego.
A.3.‐ Ampliación del plazo de garantía legal de 2 años: hasta un máximo de 5 puntos.
Se otorgará un punto por cada semestre adicional de garantía ofertado por el licitador respecto a la garantía legal de 2 años.
B) Criterios de valoración subjetiva: Propuesta técnica: hasta un máximo de 30 puntos.
En la propuesta técnica se valorará:
a) Materiales ofertados: Hasta un máximo de 22 puntos.
b) Memoria Técnica: Hasta un máximo de 5 puntos.
c) Medios materiales: Hasta un máximo de 3 puntos.
14 APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El personal técnico de STTZ calificará previamente los documentos presentados en el sobre A (“Aptitud para contratar”) en tiempo y forma y si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que el licitador subsane dichos defectos u omisiones.
Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre B, comprensivo de la propuesta técnica, en orden a efectuar su estudio y valoración.
Una vez realizada la valoración de las propuestas técnicas presentadas en el sobre B, se procederá a la apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre C, públicamente, comunicándose a todos los licitadores admitidos, a través del medio para la recepción de notificaciones designado por los mismos conforme al Anexo I, las circunstancias de fecha, hora y lugar del acto público de apertura de las proposiciones económicas. Dichas circunstancias se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxx.xxx) con una antelación mínima de 48 horas. En el acto público, con carácter previo a la apertura del sobre C, se harán públicas las puntuaciones de las propuestas técnicas presentadas en el sobre B.
No será necesaria la apertura pública del sobre C en caso de que llegados a esa fase del procedimiento de licitación solo queda un licitador admitido y una única oferta susceptible de resultar adjudicataria del contrato.
Leídas las propuestas se desechará las que se encuentren incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP).
Terminado el acto público de apertura de proposiciones económicas, se iniciará el estudio y valoración de las mismas y a la comprobación e identificación, en su caso, de proposiciones económicas anormales o desproporcionadas según criterios previstos en el presente pliego.
Tras el estudio y valoración, el personal técnico de XXXX elaborará la relación de proposiciones presentadas, clasificadas en orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Cláusula 13ª e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
Podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
En caso de empate, el mismo se resolverá en favor de la empresa que obtenga mejor puntuación en el precio, y en caso de persistir el empate, se resolverá en favor de la empresa que tenga mejor puntuación en el siguiente criterio de adjudicación de mayor relevancia de la propuesta técnica y así sucesivamente.
La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a STTZ.
La adjudicación del contrato, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, deberá motivarse la decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las ofertas.
XXXX requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
A) Documentación justificativa de cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con STTZ, y todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx, en la forma indicada a continuación. En el supuesto de que la propuesta se hubiera formulado por empresarios que pretenden concurrir integrados en una unión temporal, la referida documentación debe referirse a la totalidad de las empresas que la han de integrar:
1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, de su representación:
‐ La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
‐ La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
‐ La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
‐ La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
‐ Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
‐ Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones de que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
‐ Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado 1. El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada.
2. Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. Se deberá acreditar estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los restantes supuestos. En todo caso, se deberá acompañar de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
4. Justificantes acreditativos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario previstas en la Cláusula 11ª, de la siguiente manera:
A.‐ Solvencia económica y financiera:
‐ Declaración responsable del volumen de negocio en el ámbito de la asistencia técnica y suministro objeto del contrato que deberá alcanzar al menos la cantidad de 186.000.‐ euros, en cada uno de los últimos dos ejercicios inmediatamente anteriores (2015 y 2016).
B.‐ Solvencia técnica o profesional:
‐ Relación de los principales servicios y suministros realizados en el ámbito del objeto del contrato en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración jurada del empresario.
5. Documentación específica vinculada a la actividad:
‐ Se deberá acreditar aportando la correspondiente certificación de capacitación técnica. Instalador autorizado en Baja Tensión, categoría especialista.
6. Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 10 del presente Xxxxxx.
7. Copia, en su caso, de la escritura pública de constitución en unión temporal de empresa.
B) Copia de la póliza/s de seguro/s y los certificados de cobertura de los mismos en los términos previstos en la Cláusula 25ª del presente Pliego.
C) La totalidad de la documentación identificada en el Anexo VI del presente pliego, en relación a la Prevención de Riesgos Laborales.
Nota: STTZ se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Nota: Si STTZ observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo máximo de tres días hábiles para dicha subsanación.
Nota: La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del RD 1098/2001.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
STTZ acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por STTZ en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio indicado por ellos en su propuesta, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
15 PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por el adjudicatario.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, STTZ podrá pedir la correspondiente indemnización.
En este caso, XXXX podrá requerir al siguiente licitador la documentación exigida en la Cláusula 14ª del presente Xxxxxx, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
16 RESPONSABLE DEL CONTRATO
XXXX designa a un técnico del Departamento de Instalaciones de la empresa como responsable del contrato, al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquél le atribuya.
Las instrucciones que imparta el responsable del contrato serán de obligado cumplimiento para el contratista.
17 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, al Pliego de Prescripciones Técnicas, y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista STTZ o, en su caso, el responsable del contrato.
La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de STTZ. A estos efectos, STTZ podrá inspeccionar, en su caso, las diferentes fases de dicha ejecución. A este respecto, el contratista no podrá obstaculizar en ningún caso las labores de dirección, inspección y control ejercidas desde STTZ.
El contratista deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal y en materia laboral y de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales en relación con el personal que emplee en la ejecución de la prestación.
La totalidad del personal dependerá exclusivamente del contratista, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a STTZ derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
El contratista será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo STTZ ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el contratista contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el contratista asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
La prestación de servicios objeto del contrato no comprenderá ni conllevará, en ningún caso, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de STTZ.
Siendo así, cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para ella de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, como consecuencia de dicho tratamiento.
18 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones del contratista las siguientes:
a) El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en los Pliegos y en la oferta que haya resultado adjudicataria.
b) El seguimiento de las instrucciones dadas por los responsables del contrato y por el personal técnico de XXXX y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con ellos, debiéndoles mantener informados de manera continua.
c) La indemnización por los daños y perjuicios que se causen, tanto a STTZ, como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
d) La adscripción al contrato de los medios humanos y materiales a que se hubiera comprometido en su oferta.
e) El cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral (convenio colectivo, retribuciones, etc.), de Seguridad Social y de seguridad y salud laboral, quedando STTZ exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
f) La prestación, sin derecho de pago suplementario, de los servicios que XXXX estime necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas.
g) El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no garantizasen tales servicios, STTZ estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los mismos, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Todas las obligaciones de la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de STTZ.
19 CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego con relación a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, STTZ no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales.
El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el mismo, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al contratista como consecuencia de la ejecución del contrato.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
20 PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas o hubiere incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, STTZ podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos previstos en la Cláusula 26ª del presente Xxxxxx, o continuar en su ejecución, devengándose en este caso, a favor de STTZ, una penalidad equivalente al 2% del precio de adjudicación del contrato. Dicha penalidad tendrá carácter cumulativo a los daños y perjuicios efectivamente causados.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución de contrato, mientras dure el incumplimiento por demora o por ejecución defectuosa, en cualquier momento STTZ podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de las mismas.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, XXXX podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que estime preciso, a través de terceros, repercutiendo el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
21 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
No cabrá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato, ni la subcontratación de las prestaciones del mismo salvo solicitud previa del contratista y autorización expresa de STTZ en ese sentido.
22 MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, XXXX podrá modificar el contrato por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las cuales tendrán carácter obligatorio para el contratista.
23 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si STTZ acordara la suspensión del contrato o ésta tuviera lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 216, apartado 5, del TRLCSP, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, XXXX abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.
24 RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El contrato se entenderá cumplido totalmente por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de STTZ, la totalidad de las prestaciones.
XXXX determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, XXXX podrá rechazar los mismos quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Ello sin perjuicio de lo previsto en la Cláusula 20, pudiendo exigir STTZ las correspondientes penalidades, además de la indemnización por daños y perjuicios por razón de la ejecución defectuosa de la prestación objeto del contrato.
25 SEGURO
El adjudicatario deberá contar con póliza/s de seguro/s que garanticen de forma adecuada y suficiente las responsabilidades indicadas, siempre en relación con los servicios o trabajos objeto del expediente.
El adjudicatario quedará obligado a mantener en vigor la/s póliza/as contratadas durante la duración del contrato y a acreditar esta vigencia mediante la presentación del último recibo de pago de la prima y de la copia o copias de las pólizas solicitadas en la presente cláusula.
En caso de que durante la vida del contrato, la Compañía Aseguradora del adjudicatario decidiese resolver el contrato de seguro que garantiza las responsabilidades derivadas de los servicios o trabajos objeto del expediente, el adjudicatario estará obligado a comunicarlo de inmediato a este órgano de contratación, asumiendo de forma inmediata y directa los daños y perjuicios que de esta falta de cobertura se deriven, tanto para STTZ, como para terceros, e igualmente, vendrá obligado a la suscripción de una nueva póliza que garantice las responsabilidades anteriormente indicadas y a la presentación del recibo de pago de la prima y de la copia de las nuevas pólizas en el plazo de un mes a contar desde el día en que se haya producido el vencimiento del anterior contrato. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la rescisión del contrato celebrado con el adjudicatario y a la ejecución, en caso necesario, de la fianza definitiva constituida al inicio de los servicios o trabajos objeto del expediente.
Certificado de acreditación de la cobertura de seguro:
Para la acreditación de la cobertura el adjudicatario deberá presentar el/los certificado/s de seguros correspondiente/s emitidos, firmados y sellados por su Compañía/s Aseguradora/s según el alcance de garantías solicitadas y detalladas en las cláusulas de cobertura que se adjuntan.
En el caso de que el adjudicatario tenga cubiertas las garantías solicitadas a través de diferentes pólizas, deberá presentar un certificado de seguro de forma individualizada para cada una de ellas.
Seguro de Responsabilidad Civil como mínimo con las siguientes coberturas y límites:
a) Responsabilidad Civil Explotación.: Min. 600.000 €/siniestro/año.
b) Responsabilidad Civil Patronal: Min. 600.000 €/siniestro/año y con Sublímite por víctima de Xxx. 120.000 €
c) Defensa Jurídica y Fianzas: Min. 600.000 €/siniestro/año.
La empresa adjudicataria se obliga a exigir a sus subcontratistas (si existiesen) la contratación de los seguros y el cumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente cláusula. El incumplimiento de esta obligación no eximirá al adjudicatario de sus obligaciones frente a STTZ.
En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias, u otro tipo de descubierto en los seguros contratados, deberán ser soportados por el adjudicatario.
El adjudicatario, se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguros descritas en esta cláusula (y que sean imputables al mismo), a fin de llevar a buen término las obligaciones y responsabilidades asumidas en el presente contrato.
26 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 223, letras a) ‐sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85‐, b), d), f), g) y h) del TRLCSP y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación de su decisión realizada por XXXX al contratista mediante correo electrónico remitido a la dirección identificada por el contratista en su oferta mediante el Anexo I del presente pliego.
Recibida dicha notificación, el contratista vendrá obligado de inmediato a entregar a XXXX, poniendo a su disposición, la totalidad de los documentos elaborados o generados por el contratista hasta la fecha para llevar a cabo las prestaciones contratadas, junto con el material y los documentos utilizados y entregados por STTZ al contratista, pasando todos ellos a ser propiedad de STTZ.
A estos efectos, se redactará un Acta de estado de ejecución del contrato de forma que queden determinados los documentos y el trabajo que acepta XXXX como entregados y recibidos y los que se tienen por no entregados o recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, XXXX podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por terceros.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato, no siendo óbice para que XXXX pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, el contratista tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los trabajos que efectivamente hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al contratista, se devengará a favor de STTZ, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del precio del contrato.
Ambas cantidades se deducirán de las cantidades que, en concepto de pago deban abonarse al contratista, siendo objeto de la correspondiente reclamación extrajudicial adicional, en la cuantía que exceda de dichas cantidades pendientes de pago.
27 RÉGIMEN JURÍDICO
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las instrucciones internas de contratación de STTZ y por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP (para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública).
En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público y el RGLCAP serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
Asimismo, al presente contrato le será de aplicación la normativa sectorial vigente en cada momento.
28 JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
ANEXO I.‐ DESIGNACIÓN DE MEDIO DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………..……………………, con domicilio en y
D.N.I. nº ………………….. en nombre propio, o en representación de
………………………………………………………., con domicilio en y
D.N.I. o C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico‐Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas para la contratación DE LA SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI –
TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., mediante la presente, designa como medio para la recepción de cualquier notificación que SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. deba realizar con motivo de esta licitación las siguientes direcciones de correo electrónico:
A) Durante el procedimiento de contratación y hasta la formalización del correspondiente contrato, en su caso: ……….………………………………………………………........
B) Tras la formalización del contrato y durante toda su ejecución:
…………………………………………………………………………………………………….
Nota 1: En caso de que se identifique una única dirección de correo electrónico se entenderá que la misma es la designada por el licitador y/en su caso adjudicatario para las distintas fases especificadas (procedimiento de contratación y ejecución del contrato.
Nota 2: La justificación del envío de email por parte de STTZ a la dirección previamente establecida por los licitadores y adjudicadores será prueba suficiente de la notificación, sin necesidad de que tenga que constar la confirmación de recepción por parte del destinatario.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
XXXXX XX.‐ MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en. ,
D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e‐
mail. , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
nombre propio (o en representación de)
..............................................................................................................................................,
con domicilio en.............................................................................................................., y
D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº. ,
enterado Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas para la contratación DE LA SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.,
facultado suficientemente en virtud de poder/nombramiento otorgado ante
………………………………………………….DECLARA:
I. Que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas.
II. Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
III. Que la citada sociedad está dada de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
IV. Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el/la firmante, no se hallan comprendidos en causa alguna de prohibición e incompatibilidad para contratar de las señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto 3/2011 de 14 de noviembre.
(A incluir en el caso de que, para acreditar la solvencia exigida y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos y materiales pretendiera basarse en los de otras entidades) Que no obstante lo anterior, a efectos de completar su solvencia y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos, pretende integrar tal solvencia y medios con los de la empresa …, lo que acreditará en forma cuando proceda, en la forma establecida en los Pliegos de la licitación a la que concurre.
(A incluir en el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial – entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo
42.1 del Código de Comercio‐ presenten individualmente distintas proposiciones para
concurrir a la adjudicación del contrato). Que la empresa que representa forma parte del mismo grupo de sociedades que la empresa …………………, que también presenta proposición a la presente licitación.
(A incluir en el caso de empresas extranjeras). Que la empresa a la que representa se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero extranjero que le pudiera corresponder.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
XXXXX XXX.‐ MODELO DE AVAL PARA GARANTÍA DEFINITIVA
La entidad [… ] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía
recíproca), con C.I.F. [……………..], con domicilio en […………………..] (a efectos de notificaciones y requerimientos), y en su nombre [… ] (nombre y apellidos
del apoderado), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA ante SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. a:
[… ] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F.
[……………], para responder de las obligaciones derivadas del contrato para LA SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS
DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., por importe total de
……………………………..………………………………….……………… (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento realizado por SERVICIOS DE TXINGUDI ‐ TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que SERVICIOS DE TXINGUDI ‐ TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO IV.‐ PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en..................................................................................................................... y D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e‐
mail........................................., en nombre propio, o en representación de. , con domicilio
en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] N.º....................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico‐ Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas para la contratación de la SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. DECLARA:
1.‐ Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación de la SUSTITUCIÓN DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALUMBRADO Y FUERZA EN LAS GALERÍAS Y SALAS DE CONTROL DEL EMBALSE XX XXXXXX, PROPIEDAD DE SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
2.‐ Que tiene capacidad y medios suficientes para obrar como instalador autorizado en baja tensión, pudiendo ejecutar la reforma de la instalación propiedad de Servicios de Txingudi‐Txingudiko Zerbitzuak, S.A., en las condiciones establecidas en los Pliegos mencionados y en la propuesta que acompaña.
3.‐ Que se compromete a ejecutar la sustitución de la instalación eléctrica de alumbrado y fuerza en las galerías y salas de control del embalse xx Xxxxxx, propiedad de SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. en el plazo de ………………
semanas (no se admitirán fracciones menores) y en los precios unitarios que se ofertan en la tabla adjunta a la presente proposición económica, y que se compromete a su ejecución en la cantidad total de ……………………………………………………….. [Indíquese en letra y en números] euros, incrementados en el I.V.A. correspondiente, esto es, en… [Indíquese en letra y en números] euros.
4.‐ Que concede una garantía adicional en los productos objeto de suministro de …….
semestres (no se admitirán fracciones menores) más allá de la garantía legal. Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO V.‐
Se deberá cumplimentar cada una de las partidas de la tabla siguiente resultando el sumatorio total menor o igual al presupuesto total estimado de 93.000 €
Pos | Ud | Concepto | Cant. | Precio máx. licitación | Precio Ofertado | Importe máx. licitación | Importe Ofertado |
ALUMBRADO | |||||||
1 | ud | Suministro e instalación de pantalla estanca Gewiss Smart 3 1200 54 LED 20W Opal Ref.GWS 3136P (o nivel de calidad similar) Incluso cableado caja/emergencia y conectores externos. | 77 | 159,90 | 12.312,30 | ||
2 | ud | Suministro e instalación de kit de emergencia para luminaria Smart 3 Ref. GWS 3195 (o nivel de calidad similar) Incluso cableado caja/emergencia. | 25 | 147,90 | 3.697,50 | ||
3 | ud | Suministro e instalación de cuadro para enchufes compuesto por: – Envolvente plástica. – 1 ud. 4P‐16A‐C. – 1 ud. 4P‐25A‐30mA. – 1 ud. Toma Cetac 16A 3F +N+T (estanca) – 1 ud. Xxxx Xxxxxx Blanca (estanca) | 11 | 667,00 | 7.337,00 | ||
CABLEADO | |||||||
4 | m. | Suministro e instalación de cable 5x16 mm2Cu RV‐K Galería 1: 200 m. Galería 2: 200 m. Galería tubos salida: 180 m. | 580 | 9,40 | 5.452,00 | ||
5 | m. | Suministro e instalación de cable 4x6 mm2Cu RV‐K Galería 1: 200 m. Galería 2: 000 x. | 000 | 5,27 | 2.108,00 | ||
6 | m. | Suministro e instalación de cable 4x2,5mm2Cu RV‐K Galería 1: 200 m. Galería 2: 200 m. Galería tubos salida: 180 m. | 580 | 4,36 | 2.528,80 |
Pos | Ud | Concepto | Cant. | Precio máx. licitación | Precio Ofertado | Importe máx. licitación | Importe Ofertado |
7 | m. | Suministro e instalación de cable 3x1,5mm2Cu RV‐K Pulsadores Galería 1: 400 m. Pulsadores Galería 2: 400 m. Pulsadores Galería tubos salida: 180 m. | 980 | 3,96 | 3.880,80 | ||
8 | m. | Suministro e instalación de bandeja PVC con tapa y fondo perforado 150x60 mm. Incluso soporte en forma de U a techo, todos los herrajes y tornillería en acero inoxidable 316L o equivalente. Soportes cada 1 m. | 580 | 59,91 | 34.747,80 | ||
9 | ud | Desmontaje de instalaciones de alumbrado antiguas. Incluye retirada de luminarias, tubos, cableado y soporte en paredes. Así como mecanismos. Lo mismo para las xxxxx xx xxxxx de fuerza. | 1 | 5.028,00 | 5.028,00 | ||
10 | ud | Instalación de alumbrado bajo tubo PVC, incluso parte proporcional de registros y mecanismos en cámara de llaves. No incluye luminarias. | 1 | 3.432,00 | 3.432,00 | ||
11 | ud | Instalación de alumbrado bajo tubo PVC, incluso parte proporcional de registros y mecanismos en taller. No incluye luminarias. | 1 | 5.554,40 | 5.554,40 | ||
12 | ud | Suministro e instalación de pulsador IP. Incluso parte proporcional de tubo y caja de registro. | 8 | 83,85 | 670,80 | ||
13 | ud | Reforma de cuadro general consistente en añadir los siguientes elementos según esquema: 6 ud: 2P 10A‐C 6 ud: 2P 25A 30MA 2 ud: GV2 3 ud: TELERUPTORES 1 ud: TRANSFORMADOR 24VCA | 1 | 2.916,60 | 2.916,60 |
Pos | Ud | Concepto | Cant. | Precio máx. licitación | Precio Ofertado | Importe máx. licitación | Importe Ofertado |
INGENIERIA | |||||||
14 | ud | Ingeniería y documentación de los trabajos realizados. Se hará entrega de 3 copias en papel y en formato informático con los ficheros originales, incluyendo: – Esquemas cuadros. – Esquemas conexionado. – Planos instalación. – Documentación de los equipos instalados. | 1 | 2.634,00 | 2.634,00 | ||
15 | ud | Inspección por Organismo de Control Autorizado (OCA) | 1 | 700,00 | 700,00 | ||
TOTAL PRESUPUESTO | 93.000,00 |
ANEXO VI.‐ PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación relativa a prevención de riesgos laborales según lo establecido en el art. 23.3 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre (BOE 10/11/95), de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa, o en su caso de la o las empresas subcontratadas, para los trabajos a realizar en las instalaciones de STTZ, en el plazo previsto en la cláusula 14ª del presente pliego:
Evaluación de riesgos sobre las actividades a realizar en Servicios de Txingudi – Txingudiko Zerbitzuak, S.A.
Relación de medidas preventivas a tener en cuenta en función de la evaluación de riesgos facilitada.
Relación de trabajadores que van a trabajar en Servicios de Txingudi – Txingudiko Zerbitzuak, S.A.
Responsable de seguridad y salud ante Servicios de Txingudi ‐ Txingudiko Zerbitzuak, S.A. (interlocutor válido en materia de prevención de riesgos laborales).
Modelo de organización establecido en materia de prevención: servicio de prevención ajeno, propio, mancomunado, asumido por el empresario.
Acreditación de que sus trabajadores han sido informados de su evaluación de riesgos y de haber recibido la formación para la realización en nuestras instalaciones si fuera necesario (manejo de carretillas elevadoras, grúas puente, etc.) emitidos por una entidad acreditada o por técnico de prevención de riesgos laborales de la empresa.
Relación de equipos de protección individual que van a utilizar.
Acreditación de que sus trabajadores han recibido los Equipos de Protección Individual necesarios según la evaluación de riesgos.
Relación de equipos de trabajo a utilizar en nuestras instalaciones y justificante de cumplimiento de los equipos de trabajo utilizados según RD 1215/97.
Copia de los Certificados de Aptitud medica de los trabajadores.