PLIEGO DE CONDICIONES TECNICO-FACULTATIVAS QUE HA DE REGIR EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y DE EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES DE VALDEPEÑAS
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICO-FACULTATIVAS QUE HA DE REGIR EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y DE EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES XX XXXXXXXXXX
GENERALIDADES
El presente pliego tiene por objeto determinar las actuaciones que se habrán de llevar a cabo por el adjudicatario del Concurso así como diseñar los medios necesarios, tanto personales como materiales, para mantener la Ciudad xx Xxxxxxxxxx y sus Anejos xx Xxxxxxxxxxx y el Pantano de la Xxxxxxxxx en un estado de limpieza óptimo durante la vigencia de la adjudicación.
CAPITULO I: LIMPIEZA VIARIA
1. SERVICIOS A PRESTAR Y TRATAMIENTOS TIPO
Dado el ámbito del concurso, los servicios y tratamientos tipo constitutivos del plan básico de limpieza para la adecuación a los trabajos requeridos, podrán ser los siguientes:
1.1 Limpieza Viaria.
X. Xxxxxxx.
A.1 Barrido manual xx xxxxxx (aceras y/o calzadas).
A.2 Barrido mecánico xx xxxxxx (calzadas y/o aceras).
A.3 Barrido mixto (calzadas y/o aceras).
A.4 Repaso permanente de tardes.
B. Baldeo.
B.1 Baldeo mecánico xx xxxxxx (calzadas y/o aceras).
B.2 Limpieza y vaciado de papeleras.
B.3 Limpieza de alcorques, parterres y jardines de las vías públicas.
B.4 Recogida de hojas.
B.5 Limpieza de pasos de peatones.
B.6 Limpieza de mobiliario urbano público, pintadas, carteles y pegatinas.
B.7 Limpieza de manchas en el pavimento.
B.8 Actuaciones en situaciones de emergencia.
B.9 Recogida, transporte y eliminación de animales muertos.
B.10 Gestión de Residuos procedentes de la limpieza viaria.
B.11 Limpieza de excrementos de perros y zonas específicamente destinadas al esparcimiento de los mismos.
B.12 Limpiezas especiales de carácter habitual.
B.13 Otros trabajos especiales.
B.14 Actuaciones inmediatas.
2. DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Comprende el conjunto de operaciones que se consideran necesarias para limpiar las diferentes zonas de la ciudad con la máxima eficacia.
2.1 LIMPIEZA VIARIA.
Básicamente comprende las labores de barrido y baldeo.
X. Xxxxxxx.
En cualquier modalidad, se entiende esta operación como la limpieza, recogida y transporte posterior a los puntos de depósito de todos los residuos existentes en aceras, calzadas o cualquier otra parte de la vía pública objeto de este tratamiento.
A.1 Barrido manual.
Este trabajo consistirá en la limpieza detallada de aceras, paseos, plazas, calzadas, aparcamientos, muy especialmente en las proximidades de los bordillos y ángulos que forman aceras con fachadas. Se incluyen asimismo en estos trabajos la limpieza de los alcorques.
En este servicio se incluye asimismo la eliminación de hierbas y matojos de las calzadas y aceras, así como las tierras, piedras o barro que invadan las calzadas, y aceras, prestándose una especial atención a este servicio en épocas de lluvia.
Estas labores serán efectuadas por equipos de trabajo formados por uno o más operarios según las características de la zona y que se fijarán en el Programa de Actuación de los Trabajos.
Cada equipo de barrido irá equipado con las herramientas necesarias para desempeñar con eficacia y perfección su cometido y como mínimo serán: un carro manual con ruedas de goma, dotado de portacubos o similar, cepillos, escobas, recogedores, palas, cubos, etc. Los carros estarán numerados y pintados adecuadamente al objeto de que en horas nocturnas sean perfectamente visibles.
El servicio se complementará con la asistencia de vehículos de recogida, u otros sistemas eficaces para el vaciado de los cubos de forma que en ningún momento queden residuos acumulados en la vía pública.
Todos los carros portacubos dispondrán de bolsa de plástico para, una vez llena, cerrar y echar dentro de los contenedores de basura de RSU. Si fuera preciso, por la enorme magnitud de residuos recogidos, se dispondrá de contenedores industriales para el vertido de basura, a coste de la empresa de limpieza, para luego llevar al vertedero.
El barrido de las vías públicas se realizará con posterioridad a la recogida de R.S.U.
A.2 Barrido mecánico.
Se trata de un servicio a realizar mecánicamente, es decir, sin ayuda de personal alguno excepto el conductor especialista de la máquina utilizada y será de aplicación en aquellas vías públicas que, por sus características, lo permitan.
Las máquinas utilizadas serán las idóneas para recoger todos los residuos que se vayan acumulando en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos e irán provistas de dispositivos xx xxxxx a fin de evitar la formación de polvo.
Asimismo serán adecuadas a los pavimentos por los que han de circular especialmente cuando se trate de barridos mecánicos de acerados, calles peatonales o bulevares, de forma que no se produzcan daños en los mismos.
En ningún momento el uso de maquinaria podrá ocasionar molestias a los vecinos por ruidos. Se prestará especial atención en este punto cuando se realicen trabajos en zonas donde por su extensión o cantidad de residuos acumulados, como puedan ser plazas, sea necesaria la presencia de la maquinaria durante dilatados espacios de tiempo a cuya consecuencia puedan producir molestias en los vecinos o transeúntes. Todo ello tendrá lugar sin menoscabo de la calidad del servicio.
Cuando el barrido se efectúe con sopladora, todos los residuos dispersados deberán ser recogidos por el servicio de limpieza.
A.3 Barrido mixto.
Con el fin de optimizar los medios agilizando los trabajos manuales y mejorando la calidad del trabajo de los medios mecánicos puede realizarse lo que viene a denominarse barrido mixto que combina la utilización de medios manuales y mecánicos en diversa proporción.
Los medios mecánicos a utilizar pueden ser barredoras o baldeadoras, dependiendo de si la recogida de los residuos viarios se realiza mecánica o manualmente.
A.4 Repaso permanente de tardes.
Esta operación se realizará en aquellas calles que previamente, dentro del mismo día habrán sido limpiadas, pero por sus condiciones urbanísticas, centricidad, tránsito peatonal, actividad comercial, etc, requieran elevados niveles de limpieza (ZONA 1: CENTRO).
Estos trabajos consistirán preferentemente en la limpieza de aceras, paseos, bordillos, plazas y vaciado de papeleras.
B. Baldeo.
Consiste, en cualquiera de sus modalidades, en la utilización de agua como apoyo a los trabajos de limpieza viaria. El baldeo se realizará con agua no potable suministrada en los diversos puntos de que dispone la ciudad, siendo los Servicios Técnicos Municipales los que determinen en cada momento y en función de la disponibilidad de agua de los pozos, en que sitio se deba tomar.
El riego de las vías públicas con agua a presión tomada de la red municipal, se realizará únicamente cuando los Servicios Técnicos así lo aconsejen, no constituyendo éste un tratamiento habitual debido a que las bocas xx xxxxx se encuentran conectadas a la red de abastecimiento de agua potable y a la escasez de los recursos hídricos de la ciudad. En todo momento la ejecución de estos trabajos se encontrará supeditada a:
- Disponibilidad de recursos hídricos, que será controlada por los Servicios Técnicos.
- Temperaturas adecuadas que no entrañen riesgo de formación de hielo.
- Emisión de ruidos y otras causas que no provoquen molestias a los vecinos.
En cualquiera de los casos anteriores en que no se pudiera prestar el servicio, la empresa concesionaria arbitrará medidas complementarias de limpieza que mantengan los niveles de calidad exigidos.
B.1 Baldeo mecánico.
Se realizará tanto en las aceras como en las calzadas y calles peatonales, siempre que tenga acceso la maquinaria.
El baldeo mecánico de las aceras se realizará mediante cortina corrida de agua, con la inclinación suficiente para que, sin que se introduzca en los portales o moje las fachadas, se arrastre la suciedad hasta el entronque del bordillo de la acera con la calzada.
Las calles peatonales, bulevares y aceras donde pueda realizarse el baldeo mecánico serán objeto de limpieza especial con máquina baldeadora de alta presión, mínima de 15 kg/cm2 y apoyo de detergentes y otros productos químicos respetuosos con el medio ambiente y el pavimento.
El baldeo mecánico de las calzadas, como apoyo al barrido manual, se prestará empezando antes de que comience el barrido con el fin de que posteriormente se recojan los restos de suciedad. Se controlará la presión del agua, de forma que se arrastre la suciedad hacia las aceras sin que se suba a las mismas. La maquinaria utilizada será adecuada a la capacidad portante de los pavimentos por los que circule. En cuanto a la emisión de ruidos será aplicable todo lo anteriormente citado en relación al barrido mecánico.
Esta actuación no se realizará habitualmente -debido a la poca disponibilidad de recursos hídricos de la ciudad- salvo que así lo soliciten los servicios de Medio Ambiente o porque lo estime conveniente el Encargado de la empresa adjudicataria por criterios de eficiencia o por las características o propiedades de la mancha a eliminar (grasas, aceites, materias viscosas...).
B.2 Limpieza y vaciado de papeleras.
Este servicio comprende el vaciado, correcta colocación y lavado periódico de todas las papeleras existentes en calles, plazas y zonas ajardinadas de uso público.
La frecuencia de vaciado será la misma con que se realiza el barrido manual o mixto del espacio en que se encuentre. El vaciado de las mismas tendrá que realizarse en bolsas, no admitiéndose esparcir los residuos en el pavimento para su posterior recogida mediante maquinaria.
Para el vaciado de las papeleras en tramos donde se realiza el barrido mecánico, los licitadores propondrán el sistema de vaciado que les parezca oportuno, realizándose el mismo en las mismas condiciones anteriormente descritas.
Las papeleras se mantendrán en perfecto estado de conservación y limpieza. El lavado, desengrase y desinfección de las mismas se efectuará con una frecuencia mínima trimestral.
El concesionario deberá mantener en todo momento inventario actualizado de las papeleras instaladas, del que facilitará información en soporte informático mensualmente.
El contratista vendrá obligado a mantener en todo momento el inventario actualizado, recogiendo las altas y bajas que se vayan produciendo.
B.3 Limpieza de alcorques, parterres y jardines de las vías públicas.
Los alcorques, parterres y jardines ubicados en la vía pública se limpiarán de residuos como el resto de la acera y con la misma frecuencia que la de la limpieza de la calle.
Aunque el mantenimiento de las zonas verdes corresponde a los Peones de Parques y Jardines, los operarios de la empresa de limpieza deberán en todo momento retirar de las zonas verdes aquellos residuos inorgánicos y voluminosos como bolsas, latas de bebida, cartones, papeles, botellas, etc.
En el caso de los alcorques con trames, los licitadores propondrán algún sistema complementario para limpiar en profundidad los mismos, con indicación de los medios y frecuencias que se crean oportunos, que en ningún caso podrá ser inferior a la de la limpieza de la calle en el caso de los abiertos y mensual en el caso de los alcorques con trames.
B.4 Recogida de hojas.
Las empresas incluirán dentro de su memoria un Plan Programado para la limpieza y pronta retirada de la hoja que durante la época de caída se deposite sobre los viales del Municipio xx Xxxxxxxxxx, detallando medios humanos y materiales al efecto.
B.5 Limpieza de pasos de peatones.
Se efectuará la limpieza trimestral por el procedimiento más conveniente de todos los pasos de peatones existentes e isletas delimitadas mediante pintura vial.
B.6 Limpieza de mobiliario urbano público, pintadas, carteles y pegatinas.
Consiste en el tratamiento de limpieza del mobiliario urbano instalado en las vías públicas del municipio (bancos, farolas, señales verticales, semáforos, marquesinas de autobuses, etc.) y la eliminación de pegatinas, carteles y pintadas de las fachadas de edificios públicos u otras superficies.
El concursante propondrá, de acuerdo con lo especificado, la forma de prestar este servicio, máquinas, elementos y dotación a emplear en estos trabajos. Todos los productos químicos de apoyo a estos trabajos serán compatibles con los materiales de que están compuestos las superficies a tratar.
Las frecuencias de limpieza se efectuarán conforme al programa propuesto o a petición de los servicios técnicos de limpieza.
B.7 Limpieza de manchas en el pavimento.
A requerimiento de la Concejalía de Medio Ambiente, por parte de la empresa concesionaria se procederá a limpiar las manchas de aceite, grasa u hormigón de calzadas y aceras sin coste adicional para el Ayuntamiento. Se prestará una especial atención a las paradas de los autobuses urbanos, calles peatonales y zonas de ocio.
B.8 Actuaciones en situaciones de emergencia.
Las empresas licitadoras presentarán un Plan de actuación en caso de nevadas y fuertes heladas describiendo con detalle los medios humanos y materiales, organización, material fundente, etc. dispuestos para este supuesto.
En los casos de catástrofes, grandes incendios, calamidades públicas y otras emergencias extraordinarias, el personal y material de los servicios se pondrá a disposición de la Alcaldía.
B.9 Recogida, transporte y eliminación de animales muertos.
Se recogerán los animales muertos que se encuentren en el casco urbano y sus proximidades, así como en Consolación. El personal de servicio lo realizará respetando las más elementales normas y medidas higiénico-sanitarias.
Para la correcta eliminación de estos residuos u otros análogos que se pudieran presentar, la empresa propondrá el método que considere más adecuado, el cual deberá ser aprobado por técnicos municipales.
B.10 Gestión de residuos procedentes de la limpieza viaria.
En principio la recogida de residuos viarios se realizará a través del Consorcio RSU.
En casos especiales (fiestas, actos públicos, etc.) en que por la gran acumulación de residuos
se haya aconsejado la implantación de contenedores de mayor tamaño, su instalación y retirada será por cuenta de la empresa; debiéndose depositar la basura en la Planta de Transferencia del Consorcio RSU ó vertedero autorizado designado por la Concejalía de Medio Ambiente, siendo con cargo al Ayuntamiento las tasas de vertido de dichos residuos.
B.11 Limpieza de excrementos de perros y zonas específicamente destinadas al esparcimiento de los mismos.
Incluye suministro regular de bolsas para recogida de excrementos que son instaladas en las papeleras instaladas a tal efecto (pipicanes) y la limpieza de los excrementos de perros en aceras, calzadas, alcorques, etc.
Estas zonas serán limpiadas con la misma frecuencia de la zona ó a requerimiento de los Servicios Técnicos Municipales.
B.12 Limpiezas especiales de carácter habitual.
Este servicio tiene por finalidad la limpieza de aquellas zonas y calles afectadas por la celebración de festejos populares y actos públicos en general.
Para estos casos se montará un dispositivo extraordinario para la limpieza inmediatamente anterior y posterior al acontecimiento, con independencia de los horarios y fechas en que se desarrolle, expresando con detalle los medios humanos y materiales propuestos. La atención de estos eventos no podrá afectar a la calidad e intensidad de los trabajos de limpieza a desarrollar en el resto de la ciudad.
La relación no exhaustiva de las distintas actividades a cubrir será:
- Mercadillos.
- Fiestas de barrio.
- Fiestas patronales.
- Carnavales.
- Semana Santa, Corpus, Día de todos los Xxxxxx.
- Romerías.
- Manifestaciones y concentraciones populares.
- Campañas electorales.
- Ferias.
- Actos culturales, deportivos, sociales.
- Otros acontecimientos.
La empresa concesionaria previamente a la realización de los actos facilitará al Servicio Técnico del Ayuntamiento un programa detallado de los trabajos a desarrollar especificando horarios y medios para su supervisión y posibles modificaciones.
B.13 Otros trabajos especiales.
En este apartado se recogen una serie de trabajos de diversa índole que habrán de ser ejecutados por la empresa concesionaria.
- Suministro y retirada de elementos de contención.
Esta actividad consistirá en el suministro de los elementos de contención necesarios para cubrir las necesidades que se puedan plantear en la celebración de cualquier tipo de acto.
Estos elementos que comprenden bidones-papelera, papeleras y contenedores, que en la
actualidad pertenecen al Ayuntamiento, pasarán en el momento de la concesión a depender de la empresa, siendo responsabilidad suya su mantenimiento y conservación. Se establecerá un servicio de ubicación y retirada.
Con carácter habitual este servicio se prestará previo a la instalación xxx xxxxxxxxxx de los Jueves y en todas las demás ocasiones que así lo requieran los servicios técnicos de la Concejalía de Medio Ambiente.
- Supervisión de bidones-papelera.
La empresa concesionaria vendrá obligada a la supervisión y vaciado regular de los bidones- papelera instalados por el Ayuntamiento en parajes como el Pantano de la Xxxxxxxxx (zonas xx xxxxxxx y presa), A tal fin, se establecerá un servicio periódico suficiente.
Este tipo de mobiliario puede tener un carácter permanente, como los bidones-papelera ubicados en las zonas descritas, o temporal, como los ubicados en zonas de ambiente (Avenida del Sur) y aquellos ubicados con motivo de fiestas populares y demás actos al aire libre donde deberán ser suministrados y retirados una vez concluida la actividad.
Los Servicios Técnicos de Medio Ambiente podrán modificar las zonas y días de ubicación de bidones-papelera en función de las actividades o celebraciones que pudieran tener lugar, sin coste adicional para el Ayuntamiento.
- Vigilancia de contenedores.
Con la misma frecuencia de barrido de cada zona, serán revisados los contenedores de recogida selectiva y de orgánica, introduciendo en los mismos los cartonajes, envases, vidrios y restos de basura que indebidamente hayan sido depositados en la vía pública por los ciudadanos. Se tendrá especial atención a los contenedores soterrados (instalados y por instalar), debido a que son una fuente constante de acumulación de residuos en su entorno.
- Riegos.
La empresa concesionaria realizará los riegos oportunos que determinen los servicios técnicos municipales con el camión de baldeo en los horarios y zonas que se especifiquen (por ejemplo ferias, fiestas, plaza de toros, etc...), sin coste adicional alguno para el Ayuntamiento.
- Limpieza xx xxxxxxx públicas.
Limpieza y desinfección de las fuentes públicas ubicadas en todo el municipio, a requerimiento del Ayuntamiento, salvo las fuentes de la Plaza de España y de la Plazoleta Xxxxxxxx, que se limpiarán con una periodicidad semanal. Se podrá incrementar la frecuencia de limpieza a petición de los servicios municipales.
B.14 Actuaciones inmediatas.
Para corregir cualquier eventualidad que, en relación a la limpieza, se pueda ocasionar en la vía pública, las empresas licitadoras tendrán que conformar al menos dos equipos de acción inmediata, uno en turno de mañana y otro en turno de tarde, que permitan solucionar las anomalías que se originen. Estos equipos se conformarán con el personal en activo en el momento de producirse la eventualidad, de forma que no suponga un incremento extra de la plantilla habitual de limpieza.
Estas operaciones podrán abarcar desde el barrido manual y/o mecánico de una superficie hasta recogida de objetos voluminosos, baldeos, supresión de pintadas, recogida de animales muertos, retirada jeringuillas, restos de accidentes o cualesquiera otras que por su carácter o
peligrosidad requieran una actuación urgente e inmediata.
Estos equipos deberán estar dimensionados desde el punto de vista de los medios humanos como los materiales o mecánicos que le sean adscritos. Se dispondrá de los medios de comunicación necesarios para que todos los operarios puedan estar en contacto, durante su jornada de trabajo, con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
Los licitadores deberán presentar en sus ofertas la capacidad del equipo que propongan para la realización de las tareas, turnos considerando como mínimos uno de mañana y otro de tardes de lunes x xxxxxxx (festivos e inhábiles incluidos), y programa básico de trabajos habituales. Estos equipos estarán en todo momento a lo que dispongan los Servicios Técnicos Municipales.
3. PLAN BASICO DE LIMPIEZA VIARIA
3.1 Organización Propuesta.
Para la organización de los servicios de Limpieza Viaria, el concursante establecerá en la memoria los recorridos más idóneos para el máximo aprovechamiento del personal y equipos en cumplimiento de las condiciones establecidas en este Pliego.
En el ANEXO I se establece una sectorización del municipio, donde se distinguen varias zonas de trabajo. Se propone un programa basado en la limpieza:
- Diaria y repaso de tardes de la ZONA 1.
- Alterna 3 veces por semana en la ZONA 2.
- Alterna 2 veces por semana en la ZONA 3.
- El resto de zonas rotan entre sí para recibir una limpieza cada 14 días (ZONA 4).
Se especificarán por zonas, sectores y calles, las operaciones a realizar en cada una de ellas incluyendo la ubicación exacta de los elementos, recipientes a vaciar o limpiar, la periodicidad y frecuencia de estas operaciones, en función de las características, importancia y época del año.
Asimismo, se fijará el personal y material necesario para la realización de los servicios y se expresará el recorrido que efectuará dicho personal, horario aproximado y material para el mejor aprovechamiento y eficacia de los servicios dentro del horario establecido.
Tanto el personal como los vehículos, maquinaria, herramientas y en general, todos los medios ofertados por el adjudicatario, deberán estar disponibles durante el horario a cumplir por la contrata, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma. Se fijarán los itinerarios para cada uno de los vehículos.
Los servicios técnicos municipales podrán visitar e inspeccionar en cualquier momento las instalaciones y maquinaria de la empresa concesionaria para verificar el estado y mantenimiento de éstas.
Una vez aprobada por el Excmo. Ayuntamiento la concesión de los Servicios a la empresa adjudicataria, ésta realizará la adecuación de los mismos en el Programa de Puesta en Marcha por ésta definido y la organización de los servicios deberá ser respetada al máximo y no podrá ser variada sin autorización de la Corporación a propuesta del Concejal Delegado o Contratista.
Las propuestas que presentarán los concursantes con la organización que para cada caso estime más conveniente estarán documentadas en planos, en los cuales quedarán fijados todos los detalles que para cada uno de los servicios sean necesarios para la mejor descripción de las condiciones recogidas en este Pliego que se consideran mínimos, quedando el adjudicatario obligado a cumplir lo propuesto por él.
De igual forma, se especificarán los tratamientos de limpieza para cada nivel, por aplicación de los diferentes servicios propuestos para cada uno de ellos, debiendo indicar la frecuencia que en su caso le corresponda.
La delimitación y frecuencias propuestas se consideran mínimas, pudiendo la empresa presentar ampliaciones tanto en extensión como en intensidad a la misma.
Independientemente de los tratamientos anteriormente mencionados, existirán actuaciones concretas para todos los niveles como quedó determinado en el punto referente a los servicios a prestar por la empresa. En estos servicios, se realizará la programación diseñada al efecto, que garantice una adecuación del servicio prestado para con las necesidades.
Dadas las características del Municipio, las empresas licitantes presentarán planes detallados de carácter estacional como son:
- Plan de nevadas y heladas.
- Plan de recogida de hoja.
- Plan de actuación en época de sequía.
3.2 Frecuencias mínimas de los trabajos a ejecutar.
Las frecuencias y tipos de tratamiento mínimos a aplicar en cada una de las funciones son:
3.2.1 LIMPIEZA VIARIA (según zonificación propuesta en ANEXO I) ZONA 1: CENTRO
- Barrido mixto (manual y mecánico): diario de lunes x xxxxxxx.
- Repaso de tardes (barrido manual): de lunes a sábado.
ZONA 2: COMERCIAL, PLAZAS Y VÍAS PRINCIPALES
- Barrido mixto (manual y mecánico): alterno 3 veces por semana.
ZONA 3: RESIDENCIAL A
- Barrido mixto (manual y mecánico): alterno 2 veces por semana.
ZONA 4: RESIDENCIAL B
- Barrido mixto (manual y mecánico): cada 14 días.
3.2.2 Limpieza y vaciado de papeleras:
- Vaciado: frecuencia igual a la de barrido de la calle.
- Limpieza y desinfección: trimestral programada.
3.2.3 Limpieza de alcorques, parterres y jardines de las vías públicas:
- Misma frecuencia que barrido de la calle.
- Alcorques con trames: mensual programada.
3.2.4 Limpieza de hojas:
- Estacional programada.
3.2.5 Limpieza de pasos de peatones:
- Semestral programada.
3.2.6 Limpieza de mobiliario urbano, pintadas, carteles y pegatinas:
- Conforme a programa propuesto o a petición.
- Propaganda: inmediatamente después de las elecciones.
3.2.7 Limpieza de manchas en el pavimento:
- A petición.
3.2.8 Actuaciones de casos de emergencia:
- En los casos que se requiera.
3.2.9 Recogida, transporte y eliminación de animales muertos (de carácter doméstico):
- Permanente y a petición.
3.2.10 Gestión de residuos procedentes de la limpieza viaria.
- Diaria.
3.2.11 Limpieza de excrementos de perros y zonas específicamente destinadas al esparcimiento de los mismos:
- Vaciado: frecuencia igual a la de barrido de la calle.
- Limpieza y desinfección: bimestral programada.
- Mantenimiento y reposición de bolsas: permanente.
3.2.12 Limpiezas especiales de carácter habitual.
- Programada para cada actividad.
3.2.13 Otros trabajos especiales:
a. Suministro y retirada de elementos de contención.
- Programada y/o a petición.
- En el Mercadillo municipal de los Jueves, xxxxx xx Xxxxxx y Fiestas del Vino.
b. Supervisión de bidones-papelera.
- Semanal en el Pantano de la Xxxxxxxxx.
- A petición según actividades programadas.
c. Vigilancia de contenedores.
- Introducción de basura, cartonajes, vidrios y envases dentro de sus correspondientes contenedores.
- Frecuencia igual a la de barrido de la calle.
x. Xxxxxx.
- A petición de los servicios técnicos municipales, pero preferentemente en ferias, fiestas u otros eventos.
3.2.14 Actuaciones inmediatas.
- Brigada diaria en turno de mañana y tarde de lunes x xxxxxxx.
- Será destinado del personal del servicio, el imprescindible para subsanar cualquier eventualidad dentro de los horarios de trabajo en que por las características del servicio exista personal realizando alguna función.
3.3. Normas Complementarias.
- Limpieza xxx xxxxxxxxxx.
Esta prestación se realizará semanalmente el día de la celebración xxx xxxxxxxxxx, y su comienzo deberá efectuarse inmediatamente después del momento de la finalización xxx xxxxxxxxxx. Comprende la limpieza con medios manuales y mecánicos xxx xxxxxxx afectado.
- Limpieza del cauce de la xxxxxxxx.
Comprende el tramo desde el principio del Parque del Este hasta la salida del Xxxxxx xx Xxxxxx.
Esta operación se realizará con una frecuencia mínima semanal, así como en aquellas ocasiones en que sea necesario, a juicio del Ayuntamiento.
Comprende la limpieza con medios manuales y si fuera posible mecánicos de todo el cauce canalizado de la xxxxxxxx así como la aplicación de limpieza de hierbas y matojos, eliminación de pintadas y restos de tierras acumuladas (en especial en los tramos finales del cauce, bajo el Xxxxxx xx Xxxxxx y el Puente del Parque del Este).
- Limpieza con ocasión de ferias y fiestas.
- Con ocasión de la celebración de las Ferias y Fiestas, que figuran relacionadas en el ANEXO V, se realizará la limpieza en las zonas afectadas por las celebraciones de acuerdo con las instrucciones que dicte el Ayuntamiento, durante todos los días de la celebración de las mismas, y el de su finalización, sin que ello suponga incremento del canon.
- Para la Xxxxx xx Xxxxxx, la empresa concesionaria tendrá la obligación de mantener permanentemente en las debidas condiciones de limpieza todas las zonas donde se encuentre instalada; así como sus alrededores para evitar que se dispensen residuos (plásticos, papeles) por el aire. Colocará un mínimo de cuatro contenedores industriales distribuidos por el recinto ferial, durante el tiempo de duración del festejo y desmontaje del mismo. Estos serán retirados a la Planta de Transferencia del Consorcio RSU ó vertedero designado por la Concejalía de Medio Ambiente, siendo con cargo al Ayuntamiento las tasas de vertido de dichos residuos. Con independencia de lo anterior, realizará limpiezas intensivas inmediatamente antes y después.
- Para las Fiestas de la Patrona, la empresa concesionaria tendrá la obligación de mantener permanentemente en las debidas condiciones de limpieza la plaza y calles afectadas por el desarrollo del festejo, debiendo estar limpia la plaza de España todos los días antes de las nueve de la mañana, si la finalización del acto lo permite.
- Para la retirada de residuos se dispondrá de los elementos de contención necesarios.
- Se hará una limpieza intensiva diaria antes y después de los actos, incluyendo las zonas verdes y jardineras.
- La empresa propondrá un plan de actuación especial de limpieza para el período de duración de las fiestas.
- Para las Fiestas de los Barrios se procederá a una limpieza de carácter especial, antes, después y durante la realización de las mismas.
- Limpieza con motivo de la celebración de actos y manifestaciones culturales, deportivas, cívicas y similares, o cuando circunstancias de especial relevancia lo aconsejen.
- El servicio habrá de realizar la limpieza de las vías públicas que se señalen por el Ayuntamiento.
- Salida de Ciudad Real y salida xx Xxxxx (hasta rotondas)
- Baldeo mecánico (aceras y calzadas) con la misma frecuencia que la de la zona.
3.4. HORARIOS
Los horarios para cada servicio serán propuestos por las empresas licitadoras, y serán sometidos a aprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales. No obstante se recomiendan los siguientes:
Limpieza viaria y servicio de actuación inmediata:
HORARIO DE INVIERNO (OCTUBRE-MARZO):
⋅Turno de mañana: de 7:00 a 13:00 horas
⋅Turno de tarde: de 14:00 a 20:00 horas
HORARIO XX XXXXXX (ABRIL-SEPTIEMBRE):
⋅Turno de mañana: de 6:00 a 12:00 horas
⋅Turno de tarde: de 16:00 a 22:00 horas
LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES
Serán objeto de este servicio los edificios y dependencias municipales que figuran en el
ANEXO III con la relación de horas que se indica en el mismo.
1. SERVICIOS A PRESTAR Y TRATAMIENTOS TIPO
1.1 Pavimentos.
Los suelos duros como mármol, terrazo, baldosa o similar, se tratarán con selladoras en base agua de carácter neutro para que la suciedad no penetre, abrillantándose con emulsiones antideslizantes y autobrillantes. El mantenimiento posterior se hará mediante un “barrido húmedo” y un fregado con mopa y detergente neutro. Los pavimentos no porosos como el granito y ciertos tipos de baldosas, se barrerán por el sistema de limpieza de absorción, fregándose posteriormente con mopa y detergente no abrasivos. Los suelos de cemento y hormigón se barrerán con un compuesto especial, o se aspirarán o se baldearán o se fregarán. Se evitará en general el uso de ácidos en todos los pavimentos xx xxxxxx natural o artificial. Los suelos xx xxxxxx barnizada se limpiarán con mopsec impregnando con productos fija-polvos antideslizantes y un ligero fregado con una mopa húmeda y detergente no abrasivos.
Periódicamente se aplicará una capa xx xxxx en base disolvente, especial para este tipo xx xxxxxxx, que tendrá por objeto realzar el brillo y prolongar la duración del tratamiento de base. Esta capa protectora se abrillantará a continuación con máquinas. Los suelos xx xxxxxx encerados serán objeto del mismo procedimiento en lo que se refiere a la eliminación del polvo, pero se excluirá totalmente el uso de agua en su limpieza. Los suelos de goma, sintasol o similares, serán también objeto de un tratamiento de base que consiste en un fregado a fondo seguido de la aplicación de un sellado en base agua, que proteja contra las manchas negras producidas por la anilina de las suelas de los zapatos o xxxxxx xx xxxxxx, camillas, etc.
Para realizar el aspecto estético del suelo y conservar su aspecto de origen, se aplicará además encima del sellador una emulsión autobrillante y abrillantable que permitirá a su vez una remolución más fácil de la suciedad. El mantenimiento se hará mediante un barrido húmedo y un fregado de toda la superficie y un abrillantado en seco con máquina, siempre que las condiciones del local lo permitan o lo aconsejen. La elección de uno ú otro método de mantenimiento queda a criterio del contratista.
1.2 Techos y paredes.
Los techos y las paredes se mantendrán en todo momento libres de polvo, que se quitará a base de aspiradores industriales provistos de mangos telescópicos o con mopsec limpios o impregnados de fija-polvo. En el caso de superficies lavables, la limpieza se efectuará con gamuzas humedecidas en una solución de detergentes neutros con la frecuencia que fuese necesaria.
1.3 Cristales.
Los xxxxxxxxx xx xxxxxxx y ventanas se tendrán perfectamente limpios utilizando cualquiera de los procedimientos usuales. La limpieza de las ventanas de difícil acceso se realizará según necesidad.
1.4 Puertas.
Los roces de los xxxxxx y puertas de acceso a los locales se quitarán para que estén en todo momento en perfectas condiciones de limpieza. Las xxxxxxx xx xxxxxx se tratarán con limpiamuebles y productos adecuados; asimismo serán objeto de esmerada limpieza las forradas con materias plásticas, aplicando una solución de agua y detergente neutro con gamuzas suaves.
1.5 Aparatos de iluminación.
Los puntos de luz se limpiarán por su parte externa y por su parte interna, desarmándolos, cuando sea preciso.
1.6 Persianas.
Las persianas se mantendrán libres de polvo y se procederá a una limpieza más a fondo con detergente neutro cuando así lo precisen.
1.7 Patios y Azoteas.
Se exige el xxxxx y limpieza de las mismas con la periodicidad prevista para los edificios de que formen parte.
1.8 Servicios.
Todos los aparatos sanitarios y lavabos serán objeto de una escrupulosa limpieza, así como los suelos y accesorios. Se usarán detergentes adecuados y bayetas, no abrasivos, que no pueden rayar las superficies, aplicando periódicamente desinfectantes de tipo medio. Se evitará el uso de ácidos que producen a la larga daños irreparables en las tuberías, pavimentos y accesorios. Se repondrán los rollos de papel higiénico, así como los aparatos de papel para secado de manos.
1.9 Dorados y Metales.
Los dorados y metales se limpiarán semanalmente con limpiametales adecuados, y en su caso, se aplicará un producto protector que evite una oxidación demasiado rápida del metal, conservando así el aspecto original. Los aceros inoxidables se limpiarán semanalmente con detergente neutro y se excluirá de su limpieza todo agente abrasivo que pudiera rayarlos o cualquier producto ácido que pudiera alterar sus cualidades, quedando prohibido el uso de los clásicos limpiametales.
Los aluminios se limpiarán igualmente con detergente neutro, excluyendo cualquier agente abrasivo o ácido que pudiera alterar el anodizado del mismo.
1.10 Limpieza de Muebles.
El mobiliario se mantendrá en condiciones perfectas de limpieza y estética, quitando el polvo de toda su superficie diariamente con bayetas impregnadas de anti-polvo, así como los roces que se hubiesen producido en el uso diario. Los muebles lavables y tapicerías plásticas se fregarán semanalmente con detergente neutro, aplicando una fina capa de producto protector que evite que la suciedad se adhiera en ellos. Los muebles xx xxxxxx se tratarán con productos especiales que mantengan sus condiciones originales, para que den en todo momento una buena imagen.
Los ceniceros y papeleras se vaciarán y limpiarán a diario.
Se seguirán los criterios señalados en el párrafo noveno del artículo anterior.
Cuadros y objetos pendientes de las paredes.
Los cuadros y objetos pendientes de las paredes se limpiarán semanalmente, siguiendo los criterios anteriormente señalados, según se trate de objetos o parte de los mismos, metálicos, xx xxxxxx o de cristales.
Los cuadros que carezcan de protección xx xxxxxxxxx no podrán ser limpiados por el personal de servicio, excepto la limpieza de sus xxxxxx.
Limpieza de alfombras y moquetas.
Las alfombras y moquetas se cepillarán y aspirarán en profundidad con máquinas industriales y con especial cuidado; cuando las circunstancias lo requieran se procederá a una limpieza más profunda y más completa mediante cepillado y fregado a máquina utilizando un shampoo adecuado y un compuesto especial para realzar los colores de los suelos textiles. Las manchas se quitarán cada vez que se produzcan, evitando que no pase mucho tiempo para no facilitar su penetración dentro de la fibra del pavimento.
2. Normas sobre Limpieza de los Edificios.
1 La limpieza de los edificios se realizará fuera de las horas lectivas en los edificios escolares y fuera de las horas de servicio en el resto de las dependencias municipales, de acuerdo en uno y otro caso con el horario y forma que sea estimada como más eficaz por los Directores de los Centros Escolares o por los encargados de las demás dependencias municipales.
2 Todos los productos utilizados para la limpieza de los edificios se custodiarán debidamente, sin que en ningún momento puedan tener acceso a los mismos personas ajenas al servicio, debiendo mantenerse en envases cerrados y debidamente señalizados para su perfecta identificación.
3. Prestaciones Especiales.
Con motivo de la celebración de actos oficiales, feriales, culturales, sociales, cívicos y similares en edificios y dependencias municipales previstos o no en el presente pliego, o cuando circunstancias de especial relevancia lo aconsejen, el servicio habrá de realizar las limpiezas especiales que se señalen por el Ayuntamiento.
4. Plan básico de Limpieza de Edificios y Dependencias Municipales.
Para la organización de los servicios de limpieza de edificios y dependencias municipales quedará la ciudad dividida en sectores que el concursante establecerá en la memoria definiendo los recorridos más idóneos para el máximo aprovechamiento del personal y equipos en cumplimiento de las condiciones establecidas en este pliego.
La especificación por zonas y dependencias, las operaciones a realizar en cada una de ellas incluyendo la ubicación exacta de los edificios, dependencias, la periodicidad y frecuencia de estas operaciones, en función de las características e importancia de las mismas.
Asimismo se fijará el personal y material necesario para la realización de los servicios y se expresará el recorrido que efectuará dicho personal, horario aproximado y material para el mejor aprovechamiento y eficacia de los servicios dentro del horario establecido.
Tanto el personal como los vehículos y en general todos los medios ofertados por el adjudicatario, deberán estar disponibles durante el horario a cumplir por la contrata, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma.
Una vez aprobada por el Excmo. Ayuntamiento. la concesión de los servicios a la empresa adjudicataria, ésta realizará la adecuación de los mismos en programa de puesta en marcha por ésta definido y la organización de los servicios deberá ser respetada al máximo y no podrá ser variada sin la autorización de la corporación.
Las propuestas que presentarán los concursantes estarán documentadas en planos, en los cuales quedarán fijados todos los detalles que para cada uno de los servicios sean necesarios para la mejor descripción de las condiciones recogidas en este pliego que se consideran mínimos, quedando el adjudicatario obligado a cumplir lo propuesto en él.
La delimitación y las frecuencias propuestas se consideran mínimas, pudiendo la empresa presentar ampliaciones tanto en extensión como en intensidad a la misma.
5 Frecuencias Mínimas de los Trabajos a Ejecutar.
En el ANEXO III se establecen las horas semanales para cada dependencia municipal.
A continuación se establecen las labores a realizar en todas las dependencias, salvo en el edificio Consistorial, donde se aplicarán diariamente las acciones descritas en los apartados 5.1 y 5.2:
- Fregado de cuartos de aseo y servicios.
- Vaciado de papeleras.
5.2 Limpieza 2 Días a la Semana (Martes y Viernes preferentemente).
- Barrido húmedo de los suelos de oficinas, salones, escaleras, despachos. Dicha limpieza se efectuará con bayetas y gamuzas impregnadas en líquidos antipolvo.
- Fregado de todas las instalaciones de las Dependencias Municipales no indicadas en los apartados anteriores.
- Repaso de los cristales de las puertas de acceso a las Dependencias Municipales, para la eliminación de manchas de las manos y demás suciedad.
- Se incluyen las acciones descritas en el apartado 5.1.
- Aspirado mecánico de las dependencias que tengan instalado algún tipo de alfombra, maqueta o similar.
- En el edificio Consistorial, estas acciones se realizarán con una periodicidad semanal.
5.4 Limpieza Mensual.
- Limpieza de estanterías, en aquellas dependencias que tengan instalada una biblioteca.
- En el edificio Consistorial, estas acciones se realizarán con una periodicidad quincenal.
- Limpieza de los alicatados completos de los cuartos de aseos, servicios, escaleras, pasillos, etc.
- Limpieza de todas las puertas, cristales, mamparas incluyendo los xxxxxx.
- Limpieza xx xxxxxxxxx, techos, lámparas, apliques de luz, paredes, mostradores y demás accesorios existentes.
- Limpieza con los productos adecuados de aquellos dorados o embellecedores, que por su uso así lo demanden (picaportes, cerraduras, etc.)
- Limpieza de las repisas interiores de las ventanas.
- Limpieza de las rejas, balconadas y puertas de los Museos, con los productos adecuados a cada material.
- En el edificio Consistorial, estas acciones se realizarán con una periodicidad mensual.
- Abrillantado de suelos.
- Lavado y jabonado de moquetas y alfombras en aquellas dependencias que las tengan instaladas.
- Limpieza de persianas en función de los materiales que las componen (madera, plástico, etc), para evitar la acumulación de polvo en las mismas.
- Xxxxxx xx xxxxxxxx en aquellas dependencias que las tengan instaladas.
- Tratamiento especial para suelos de saipolan y sintasol.
- Limpieza a fondo de dorados, metales, y aluminios, utilizando los productos adecuados según el material que se pueda limpiar.
- Limpieza a fondo xx xxxxxxx, techos, lámparas para quitar manchas y telarañas.
- En el edificio Consistorial, estas acciones se realizarán con una periodicidad trimestral.
- Limpieza anual general de todas las dependencias, coincidiendo con las fechas en las que las actividades de los mismos se suspendan, como consecuencia de Fiestas, vacaciones, etc.
Aparte de las horas semanales establecidas en el Anexo III, se considerarán las siguientes peculiaridades a tener en cuenta para los centros que se especifican a continuación:
- SALA DE COMISIONES de la Casa Consistorial: Limpieza diaria.
- CENTRO CULTURAL XXXXXXX XXXXX XXXXXX: Se limpiará exclusivamente la entrada y la planta superior.
- PISTAS CUBIERTAS COLEGIOS XXXXX XXXXX y XXXXXX: limpieza de accesos, pista y vestuarios de la instalación.
- COLEGIOS PUBLICOS: Durante los periodos NO LECTIVOS se realizará una limpieza general a final de cada mes. La limpieza del mes xx Xxxxxx, al coincidir con el inicio del Curso Escolar, se realizará con una antelación máxima de una semana a efectos de que se encuentre el Centro en óptimas condiciones a 1 de septiembre.
- MUSEO MUNICIPAL:
Limpieza diaria de servicios y entrada principal. Con motivo de la celebración de exposiciones, congresos, jornadas, etc., antes y después se realizará una limpieza del mismo de forma que permita su perfecto uso siguiente. El horario de limpieza deberá estar comprendido entre las 7 y 10 horas de lunes a viernes.
- TEATRO-AUDITORIO Y AUDITORIO XXXXXXXXX XXXXX:
Debido a que no tienen una actividad diaria, su limpieza se realizará de forma general antes de cualquier actuación. Dicha limpieza comprenderá escenario, camerinos, servicios, taquillas, patio de butacas, anfiteatros, puertas de acceso, cristales, carpintería metálica de las puertas y demás dependencias incluidas en el normal funcionamiento de dichos Auditorios.
- Igualmente, después de cada utilización del Auditorio, se efectuará una limpieza del mismo, siguiendo las normas anteriores y que comprenderá entradas, servicios, patio de butacas, etc., de forma que permita su perfecto uso siguiente.
Los ventanales del Teatro-Auditorio se limpiarán a requerimiento del Ayuntamiento en su totalidad.
- PABELLÓN FERIAL:
Debido a que no tiene una actividad diaria, su limpieza se realizará según las actividades previstas para cada año, y siempre con el Informe favorable del Servicio de Limpieza.
Las actividades previstas para cada año aparecen en el ANEXO IV, y supuestamente se repetirán, salvo modificaciones o aumento de eventos, para años posteriores.
Durante los días que dure una misma Feria, se realizará una limpieza poco intensiva xxx xxxxxxx de forma permanente (retirada de residuos y limpieza del suelo donde sea necesario). Después de cada Feria se efectuará una limpieza intensiva del mismo, de forma que permita su perfecto uso posterior.
El total de días de actividades se estima en unos 30 días, a tenor de posibles variaciones en la duración de las distintas Ferias Comerciales.
- PISCINA CONSOLACIÓN:
Debido a que no tiene una actividad diaria salvo en el período estival, su limpieza se realizará de forma general al menos una vez cada 3 meses.
Durante los meses xx xxxxxx se hará una limpieza diaria de servicios y entrada principal. Resto de dependencias al menos tres veces por semana.
Con motivo de la apertura estival, se realizará una limpieza general de la instalación, de forma que permita su perfecto uso.
- ALMACEN MUNICIPAL:
Aparte de la limpieza de dependencias, se hace preciso una limpieza mensual de la calle interior que rodea el núcleo central, bien con barredora y un operario de apoyo o como mejor estime la empresa licitadora.
- CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL AGUA (EL XXXXX):
Debido a que no tiene una actividad diaria salvo en períodos de visita, su limpieza se realizará 3 veces por semana durante los meses xx xxxx a septiembre. Durante los meses de octubre x xxxxx se hará una limpieza mensual, ya que las visitas se reducen considerablemente.
Se realizará una limpieza general intensiva antes de su apertura para el mes xx xxxx.
- COMPLEJO DEPORTIVO CIUDAD XX XXXXXXXXXX: El horario de limpieza deberá estar comprendido entre las 6:00 y las 10:00 horas.
- La limpieza de instalaciones deportivas municipales se realizará según los cuadros detallados del ANEXO II.
- POLIDEPORTIVO MUNICIPAL Y ZONA DEPORTIVA AVENIDA DEL SUR: Limpieza de lunes a sábado. El horario de limpieza deberá estar comprendido entre las 8:00 y las 12:00 horas.
Debido al personal propio de que dispone la Concejalía de Deportes, la limpieza complementaria que realice la empresa concesionaria será siempre en jornada de lunes a sábado, evitando en todo momento domingos y festivos. Sólo por motivos de especial importancia o urgencia se realizarán trabajos en estas jornadas xx xxxxxxxx y festivos.
- OFICINAS AYTO 1ª PLANTA VALCENTRO: Limpieza por las tardes.
- PLAZA DE TOROS: Durante las corridas que se celebren en la Xxxxx xx Xxxxxx y las Fiestas del Vino, la empresa deberá disponer de un camión con depósito de agua para el xxxxx xxx xxxxxx.
6 Horarios.
Los horarios que no se hayan especificado en el presente pliego serán propuestos por las empresas licitadoras, y serán sometidas a aprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales.
No obstante se recomienda lo siguiente:
La limpieza de los edificios se realizará fuera de las horas lectivas en los edificios escolares y fuera de las horas de servicio en el resto de las dependencias municipales de acuerdo en uno y otro caso con el horario y forma que sea estimada como más eficaz por los Directores de los Centros Escolares o por los encargados de las demás dependencias municipales.
En el ANEXO III se detalla una relación de las horas que se estiman oportunas para cada dependencia.
7 Medios Materiales.
El contratista deberá disponer al inicio de la contrata de cuantos vehículos sean necesarios para la prestación de los distintos servicios, haciendo constar en la oferta el material adscrito, número y características de cada tipo.
Estos vehículos se utilizarán única y exclusivamente para realizar los trabajos que exija la prestación de los servicios objeto de esta contrata. Los vehículos irán pintados con los colores y símbolos que determine el Ayuntamiento.
Los materiales a aportar por los licitadores estarán en perfectas condiciones de uso, con las suficientes garantías de prestar el servicio exigido.
Si durante la ejecución del contrato se comprobase por lo servicios municipales la necesidad de aumento de medios materiales para la realización eficiente de la obligación contraída, el adjudicatario vendrá obligado a hacerlo sin aumento alguno del precio.
Periódicamente, los Servicios Técnicos Municipales procederán a revisar todo el material adscrito a los servicios contratados, siendo dado de baja aquella unidad que a su juicio no reúna las debidas condiciones.
El adjudicatario se compromete a tener los medios materiales necesarios de reserva con objeto de prever cualquier contingencia o avería que pueda entorpecer el normal funcionamiento del servicio. Los vehículos y maquinaria deben ser limpiados al finalizar los trabajos diarios con el fin de que ofrezcan el aspecto de limpieza y pulcritud que el servicio se merece.
El servicio dispondrá del siguiente material mínimo:
- una furgoneta.
- aspiradoras en número suficiente.
- stock de cubos, furgones, escobas, cepillos, paños, esponjas y otro pequeño utillaje necesario para la prestación del servicio y la sustitución inmediata del inutilizado.
- Stock suficiente de detergentes, lejías, limpiacristales, ceras, abrillantadores, limpiametales y otros productos necesarios para la limpieza.
Las aspiradoras se encontrarán siempre en perfecto estado de conservación, y en caso de avería serán sustituidas en el plazo de veinticuatro horas por otras de similares características y prestaciones.
1. Medios Humanos
La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, a fin de conseguir una óptima prestación del servicio, para lo que habrá de contar con los medios adecuados a tal fin. El adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año, para la buena ejecución de los trabajos.
La empresa adjudicataria deberá subrogar el personal actual de la plantilla de limpieza viaria y de interiores (detalles en ANEXO VI), a quienes se deberá respetar todos los derechos que actualmente tienen reconocidos, tales como categoría, salario, jornada, horario, antigüedad, etc.
En su oferta presentará un organigrama del servicio especificando adecuadamente su plantilla, el cual no podrá modificar sin antes solicitar la correspondiente autorización del Ayuntamiento, indicando con detalle suficiente las motivaciones que considera justifican su propuesta.
Si durante la puesta en marcha del Programa de Organización se comprobase por el Ayuntamiento la necesidad de aumento de plantilla para la realización eficiente de la obligación contratada, el Adjudicatario vendrá obligado a hacerlo sin aumento alguno del precio del contrato.
Si el aumento de personal viniera determinado por decisiones municipales de extensión o mejora del servicio, el adjudicatario propondrá el Plan de Actuación que prevé implantar para alcanzar los nuevos requerimientos para, previamente a su retribución, ser sometido a aprobación municipal de la forma indicada en la Puesta en Marcha.
El Contratista facilitará mensualmente, siempre que le sea solicitado por el Ayuntamiento, los impresos oficiales de las mutualidades laborales correspondientes al personal adscrito al servicio, la filiación de la persona que desempeña un específico cometido, el organigrama con el nombre y categoría laboral del personal que ocupa los diversos puestos de trabajo y, en general, toda aquella información que permita comprobar la plantilla e identificar a los responsables de las distintas tareas.
El Contratista está obligado a poner en conocimiento del Ayuntamiento el domicilio y teléfono de los conductores y los peones, al objeto de que puedan ser fácilmente localizables en caso de extrema urgencia o por situaciones de emergencia, siempre y cuando no se haya podido contactar antes con el Encargado o con otro superior.
a) Encargado
Al frente de la plantilla deberá figurar como mínimo y expresamente con dedicación total y exclusiva a la planificación, organización y supervisión desde el punto de vista técnico de este contrato y de los trabajos antes referidos, un encargado de acreditada experiencia o formación en materia de limpieza viaria, que será el responsable máximo de la contrata como interlocutor oficial ante el Ayuntamiento y que en ningún caso podrá tener el carácter de mero asesor, sino que ha de
encontrarse afecto a la dirección y organización de los trabajos.
Cualquier cambio que la empresa pretendiera realizar en relación con este encargado, por los motivos que fueren durante el periodo de la adjudicación, deberá ser consultado previamente con el Ayuntamiento (Concejalía de Medio Ambiente), pudiendo además proponer el cambio del encargado si no es considerado idóneo para el servicio objeto de la contrata.
Este deberá conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este Pliego de Condiciones Técnicas, reservándose el Ayuntamiento el derecho a recusar a toda persona por incumplir este precepto.
El encargado deberá disponer de un teléfono de contacto para atender cualquier incidencia que pudiera ocurrir a través de la Concejalía de Medio Ambiente, al efecto de establecer las medidas pertinentes para solucionar el problema.
b) Operarios, conductores, ayudantes, limpiadoras, etc.
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de los trabajos relacionados. El Servicio de Limpieza podrá proponer el cambio de cualquier personal si estos no son considerados idóneos para el servicio objeto de la contrata.
El Ayuntamiento a través del Servicio de Limpieza, deberá ser consultado en la renovación del personal, pudiendo solicitar del contratista que separe del servicio o imponga la sanción oportuna, cuando el personal diese motivos para ello, mediante resolución razonada, sin que le repercutan a éste gastos referentes a este capitulo.
Todos los operarios irán provistos de uniforme y de una tarjeta de identidad, debiendo quedar definido claramente en la oferta el equipo personal y uniforme con que propone dotar a todos ellos en cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad y color de los tejidos, la periodicidad y fecha de entrega. En este sentido, se especificarán uniformes xx xxxxxx, invierno y lluvia para operarios, encargados y conductores, así como todo el equipo de seguridad personal y especial para caso de operaciones o labores que así lo exijan, todo ello de acuerdo al Reglamento de Seguridad y salud en el trabajo y a Ley de Prevención de riesgos laborales, en vigor. No obstante y como mínimo deberá ser el que en estos momentos está reflejado en el Convenio Socio-Laboral en vigor en este Ayuntamiento.
El modelo de uniforme deberá ser aprobado por el Servicio de Limpieza, pudiendo establecer las modificaciones que estime convenientes. En todo momento los uniformes se mantendrán en buen estado, siendo responsable el contratista, de la falta de aseo o de decoro en el vestir, o de carecer de uniforme, así como de las faltas por trato desconsiderado hacia el vecindario.
La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal a su cargo en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Servicio de Limpieza, para ello se adjuntará a cada certificado el TC-2 del mes anterior, siendo causa de resolución del contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.
Para las posibles eventualidades o emergencias que pudieran surgir fuera del horario laboral, se dispondrá de un equipo xx xxxxxxx compuesto por un conductor y un peón, de forma que se pueda contactar con él directamente o a través del Encargado.
2 Subcontratas.
Si los adjudicatarios decidiesen subcontratar algunas labores u operaciones de este Contrato, será requisito indispensable la propuesta a la Dirección Facultativa del Servicio de Limpieza del subcontratista seleccionado, siendo obligatorio la aprobación de ésta Dirección a la mencionada propuesta.
3 Medios Materiales.
3.1 Vehículos.
El Contratista deberá disponer al inicio de la contrata de cuantos vehículos sean necesarios para la prestación de los distintos servicios, haciendo constar en su oferta el material adscrito, número y características de cada tipo, incluidos los vehículos de reserva. Estos vehículos se utilizarán única y exclusivamente para realizar los trabajos que exija la prestación de los servicios objeto de esta contrata.
Los vehículos serán especialmente concebidos para las funciones que deban realizar y se adaptarán a las características de las zonas por donde deban circular, anchura de las calles, capacidad portante de las superficies, etc., de forma que se consiga el máximo rendimiento. Los vehículos irán pintados con los colores y símbolos que determine el Servicio de Limpieza.
Los vehículos que se destinen al barrido deberán ser de gran maniobrabilidad y adecuados a las condiciones de trabajo en la ciudad, por lo que los licitadores que oferten este tipo de vehículos justificarán la idoneidad de su implantación y detallarán las características de los mismos en cuanto a sistema de arranque de desperdicios, aspiración o medio de traslado a depósito, dispositivos antipolvo, sistemas auxiliares, emisión de ruidos, etc.
Los vehículos que se utilicen para el riego y baldeo estarán dotados de los elementos adecuados: boquillas orientables, anchura y presión de baldeo variable, etc., y dimensionados para un servicio eficaz en la red viaria xx Xxxxxxxxxx.
Los vehículos que se destinen a otros trabajos especiales, recogida de animales, muebles y enseres, etc., podrán ser normales o especiales, debiendo los licitadores hacer constar en sus ofertas las características de los mismos.
El adjudicatario está obligado a hacerse cargo, con la consiguiente minoración del precio, y con destino a la gestión del servicio, de la maquinaria detallada en el correspondiente ANEXO VI.
Los materiales a aportar por los licitadores estarán en perfectas condiciones de uso para cubrir las necesidades exigidas en el Pliego especialmente los que correspondan a equipos mecánicos de tecnología avanzada como barredoras y baldeadoras. En cualquier caso, todo el material adscrito a lo largo de la Contrata no podrá tener una antigüedad superior a ocho años.
Si durante la ejecución del contrato se comprobase por los Servicios Municipales la necesidad de aumento de medios materiales para la realización eficiente de la obligación contraída, el adjudicatario vendrá obligado a hacerlo. sin aumento alguno de precio.
Periódicamente, los Servicios Técnicos Municipales procederán a revisar todo el material adscrito a los Servicios Contratados, siendo dada de baja toda aquella unidad que a su juicio no reúna las debidas condiciones.
El adjudicatario se compromete a tener los necesarios vehículos de reserva con objeto de prever cualquier contingencia o avería que pueda entorpecer el normal funcionamiento del servicio. Todos los vehículos habrán de ser limpiados al finalizar los trabajos diarios con el fin de que al día siguiente, y al entrar de nuevo en servicio ofrezcan el aspecto de limpieza y pulcritud que el servicio merece.
Todos los vehículos estarán en perfectas condiciones de funcionamiento en todos sus mecanismos, así como en cuanto a la pintura, señalización y sistemas de seguridad, tales como destellos, bandas de atención, etc., atendiéndose en todo momento a las puestas a punto que determinen los Servicios Técnicos Municipales. Cumplirán en todo momento los límites de emisión de
ruidos y contaminación.
Los vehículos que se compren al inicio y a lo largo de la contrata se matricularán en Valdepeñas.
Además del material propuesto por el contratista, éste podrá proponer al Ayuntamiento, una vez iniciada la contrata, la utilización de otros vehículos, además de los anteriormente citados, que podrán ser puestos en servicio previa aprobación de la Concejalía de Medio Ambiente.
La adquisición de todo el material móvil necesario para la prestación del servicio será por cuenta y cargo del adjudicatario, así como todos los gastos de entretenimiento y conservación en perfecto estado de funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato.
3.2 Otro Equipamiento.
El adjudicatario deberá aportar cuantas herramientas se precisan para una buena realización del servicio contratado y dispondrá de las reservas correspondientes para suplir las normales incidencias que surjan. Entre otras, dispondrá de las siguientes herramientas normales: carritos portacubos, cepillos, escobijos, cogedores, palas, escobas, azadones, rastrillos, mangueras, desengrasantes, desincrustantes, etc.
El adjudicatario, deberá tener un sistema de comunicación interna y externa, de tal forma que el encargado pueda ser localizado cuando sea requerido por la Concejalía de Medio Ambiente.
La adquisición de todo el material necesario para la prestación del servicio será por cuenta y cargo del adjudicatario, así como todos los gastos de entretenimiento y conservación en perfecto estado de funcionamiento durante el periodo de vigencia del contrato.
4 Instalaciones Fijas.
Se consideran instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc..., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc...), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Los concursantes en sus ofertas deberán comprometerse a disponer de los locales y almacenes necesarios para el servicio a prestar, aportando tantos como fuera preciso con el fin de que los tiempos de desplazamiento sean idóneos para la obtención de un mayor rendimiento.
El adjudicatario se compromete durante la duración del contrato y sus posibles prórrogas a disponer de las instalaciones precisas para atender todo el personal y la maquinaria que pueda ser objeto de ampliación. La puesta en servicio de las nuevas instalaciones para el personal deberá coincidir con el comienzo del servicio.
Si se dispusiera de una instalación de propiedad municipal para la nave-almacén:
- Al producirse la caducidad o rescisión del contrato, todas las instalaciones que deban revertir al Ayuntamiento estarán en perfecto estado de conservación y libres de cargas y gravámenes.
- En garantía del cumplimiento por el contratista de la obligación de conservar las instalaciones fijas de propiedad municipal, durante el último año de duración de la concesión, se someterán las mismas a la intervención técnica que la Corporación estime oportuna, realizando el adjudicatario las reparaciones y reposiciones necesarias, en los últimos seis meses y totalmente a su cargo.
- Los gastos que se originen como consecuencia del consumo de energía eléctrica y agua, en
los locales de propiedad municipal utilizados correrán a cargo del Ayuntamiento. Estos consumos se ajustarán a las necesidades imprescindibles del uso normal del local.
- Al comienzo del contrato se confeccionará para cada uno de los locales un inventario con la totalidad de los medios que la instalación dispone.
- Si a lo largo de la vigencia del contrato alguno de estos locales, fuera reclamado por el Ayuntamiento, sería sustituido por otro similar de titularidad municipal o en el caso de que fuera aportado por la empresa adjudicataria en régimen de alquiler o compra, se fijará por el Ayuntamiento el incremento de costos que tal concepto supone. Dichas cantidades serán abonadas en las certificaciones mensuales, sin que pueda ser repercutido en el canon que estuviera en vigor en ese momento.
Es obligación del adjudicatario conservar la totalidad de los elementos que componen la instalación, y como mínimo se requieren entre otras las siguientes operaciones:
a) Limpieza diaria xx xxxxx, aseos y papeleras.
b) Limpieza semanal del local.
c) Desinfección mensual de las instalaciones.
d) Pintar una vez al año la totalidad de la edificación.
e) Reposición inmediata de los deterioros que sufra cualquier elemento del local.
f) Adaptación a la normativa aplicable en cada momento a este tipo de instalaciones.
Si el adjudicatario dispone para su uso de otros locales, y éstos resultan inadecuados para el servicio objeto de la adjudicación, tendrá la obligación de acondicionarlos debidamente para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso, de acuerdo con la legislación de Seguridad e Higiene en vigor.
Los licitadores deberán definir con todo detalle en sus ofertas, mediante planos y memoria, las nuevas instalaciones que se aporten y las adaptaciones a realizar si fueran necesarias.
Al menos uno de los locales deberá estar habilitado como oficina de conexión con el Ayuntamiento, con la Concejalía de Medio Ambiente y con el ciudadano, debiendo contar con una línea telefónica directa atendida durante las horas de jornada laboral municipal, fax y contestador automático para las horas que no sean de jornada laboral y siendo esta misma además el domicilio social de la empresa en Valdepeñas a efectos de comunicaciones y otros. Este local debe de ser de propiedad de la empresa.
5 Ampliaciones de la Contratación.
Sólo procederá la compensación cuando los acuerdos que dicte la Administración respecto al desarrollo del Servicio tengan trascendencia económica, en caso contrario, el contratista no tendrá derecho a indemnizar por razón de los mismos.
Cuando el crecimiento de población e incremento de nuevas urbanizaciones y vías públicas exija aumentar los medios destinados a la prestación del servicio, el Ayuntamiento ordenará las ampliaciones necesarias que implicarán compensación económica para el adjudicatario.
En los servicios generales de limpieza urbana, las ampliaciones se harán en base al incremento xx xxxxxx de uso público que se amplían o modifican su nivel de limpieza y su valoración contemplará el número de metros cuadrados que se amplían, según las características de las ampliaciones a realizar.
A efectos de modificar el canon anual, las ampliaciones de los servicios generales de limpieza urbana tendrán efectividad cuando la valoración global de las mismas alcance un 3 % de incremento del total de los metros cuadrados a la fecha de adjudicación. Las variaciones inferiores al
3 % serán absorbidas por la empresa adjudicataria sin que supongan variación del canon hasta inicio del año siguiente. Cada año, durante el primer mes, se procederá a actualizar el canon anual con los incrementos registrados durante el año anterior.
A tal efecto, los licitadores deberán presentar un cuadro de precios unitarios para cada uno de los trabajos incluidos en el presente Pliego y que se definirán a continuación. Dichos precios se obtendrán de los costes materiales incrementados tanto en los conceptos de gastos generales como de beneficio industrial, porcentajes que fijará libremente el licitador, y que en ningún caso podrán superar el 10 % en concepto de gastos generales y beneficio industrial.
El precio ofertado para la contratación de los trabajos de limpieza viaria deberá venir justificado mediante la aplicación de los precios unitarios a los trabajos a realizar con las frecuencias mínimas requeridas. La relación de precios unitarios responderá a los siguientes trabajos:
⋅m2 y día limpieza viaria modalidad zona centro y comercial incluida parte proporcional de servicios complementarios (papeleras, alcorques, fiestas, etc.)
⋅m2 y día limpieza viaria modalidad residencial incluida parte proporcional de servicios complementarios (papeleras, alcorques, fiestas, etc.)
Con independencia de los precios anteriores el adjudicatario facilitará los siguientes precios:
- m2 barrido manual/día.
- m2 barrido mecánico/día.
- m2 barrido mixto/día.
- m2 repaso de tardes/día.
- m2 baldeo mecánico/día.
- m2 riego.
- Ud. vaciado de papelera/día (cualquier modelo).
- Ud. lavado y desinfección de papelera (cualquier modelo).
- €/día trabajo para cada uno de los equipos.
- €/jornada peón y conductor de equipo de emergencias.
Dentro de los precios de los servicios ofertados vendrán incluidas las partes proporcionales correspondientes al incremento de costes por ejecución de trabajos en domingos, inhábiles y festivos con independencia del tipo de día u horarios en que hayan de ejecutarse. En el apartado de anexos se facilita la sectorización de las distintas zonas e inventario de papeleras.
El adjudicatario vendrá obligado a elaborar en el plazo de tres meses a partir de la adjudicación un inventario informatizado xx xxxxxx a limpiar donde consten longitudes y superficies, inventario de papeleras por calles. Estos inventarios se mantendrán en todo momento actualizados.
6 Definición del Nivel de Prestación.
6.1 Objeto y Enfoque del Ensayo.
El ensayo tiene por objeto:
- Definir lo que se considerará como vial limpio una vez haya pasado el equipo de limpieza, en el marco de las modalidades descritas en el pliego.
- Cualificar el grado negativo de la prestación que pudiera existir.
De forma genérica, el ensayo que se prevé para ello consiste en una observación de los residuos presentes en un área de superficie determinada, inmediatamente después de la actuación de su limpieza.
6.2 El Área de Observación.
El tramo de observación consistirá en una longitud de 60 a 100 metros del conjunto calzada- acera de la calle que acaba de limpiar el equipo en el momento del control, incluyendo en este área alcorques abiertos, boca de los alcorques cerrados, contenedores soterrados y de plástico, áreas libres entre coches aparcados o entre coches y bordillos, y de forma general cualquier superficie objeto de la prestación y accesible, en condiciones normales de trabajo, con los útiles previstos para el equipo.
6.3 Los Residuos y su Peso Específico en la Sensación de Suciedad.
A los efectos de clasificación de los residuos se determinan las siguientes categorías:
- Residuos no orgánicos:
Son los productos inertes, sin olor, no susceptibles de descomposición rápida.
Se incluyen los envases de productos alimenticios (llenos y vacíos), de bebida (llenos y vacíos) y de limpieza. También entran en este grupo trozos de ropa o prendas de vestir, compresas, gasas, etc.
Entre ellos se distinguirán:
1.- Residuos pequeños: papeles, colillas, bolsitas de plástico, etc. de tamaño inferior o similar a un paquete de cigarrillos.
Se considerará como una unidad un paquete, un papel aislado o un grupo de papeles que tuviera en su conjunto un tamaño similar. Papeles o residuos más pequeños aislados, serán computados por agrupaciones de 4, 5 o 6 de ellos según su tamaño en una superficie de 1 m2 . También se computará en esta categoría agrupaciones de hojas de arbolado (8 a 12 por ejemplo) que se hubieran producido de forma aislada fuera del periodo otoñal.
2.- Residuos medianos: serán los papeles, trozos de plástico, xx xxxxxx, etc.. de tamaño comprendido entre el paquete de cigarrillos y los de tamaño folio.
3.- Residuos grandes: serán de tamaño superior al folio, incluyéndose cartones, embalajes,
etc.
- Residuos orgánicos:
Son los restos de basura domiciliaria o eventualmente otros residuos que por su olor o su
incidencia negativa sobre la higiene deban ser objeto de un mayor cuidado.
Entre ellos se distinguirá:
1.- Se consideran como pequeños los que tengan un tamaño similar al de una piel de plátano, haciendo eventualmente reagrupaciones de residuos más pequeños como se ha visto anteriormente.
2.- Se considerarán como medianos los restos hasta el tamaño de una bolsa de basura, siempre que esta bolsa esté cerrada. Entrarán en esta categoría envases sueltos como botellas, latas, etc.
3.- Se considerarán como grandes las bolsas de basura abiertas o reventadas, envases de tamaño igual o superior a una bolsa, que contuvieran basura, grupo de residuos domiciliarios sin bolsa o envase que tuviera una superficie aparente igual o mayor a la de una bolsa normal de basura, etc.
unidad.
- Otros residuos:
⋅Los excrementos de animales: dos o tres excrementos próximos se considerarán como una
⋅Papeleras: se valorará su limpieza, ausencia de contenido y estado de conservación.
⋅Alcorques: se valorará la ausencia de sedimentos y residuos.
.Aceites y grasas: se valorará la aplicación realizada y el estado posterior de limpieza.
.Pintadas: se valorará el grado de efectividad de los productos utilizados.
6.4 Calificación de la Suciedad.
La valoración del nivel de limpieza obtenido en la calle como satisfactorio o insatisfactorio vendrá determinada por la apreciación de la limpieza obtenida después de la actuación. Será una evaluación determinada por la calidad del trabajo y por la cantidad de suciedad presente una vez realizada la limpieza.
Al término de la actuación se valorará la limpieza para cada uno de los aspectos contemplados, determinando en su caso el grado de efectividad, que será ALTA, MEDIA o BAJA.
6.5 Control de Calidad.
En este apartado se articulan una serie de medidas de control y su repercusión en la retribución de los servicios de limpieza viaria, mantenimiento de papeleras y de imbornales, etc.
Periodo transitorio de la Puesta en Marcha.
Al objeto de comprobar la suficiencia de los medios y rendimientos previstos en el Plan de actuación del Contratista para alcanzar el nivel de calidad en la prestación del servicio requerido, una vez transcurrido un mes desde el comienzo del contrato, se procederá a la medición sistemática de los niveles de limpieza alcanzados por cada servicio, en su ámbito de actuación.
En el supuesto de que alguno de ellos no alcanzara el nivel requerido, se concederá un mes adicional sin penalización al contratista para que efectúe las modificaciones necesarias al Programa de Actuación con objeto de alcanzar a plena satisfacción la calidad exigida.
En el caso de que al término del segundo mes de puesta en marcha no se hubieran efectuado las variaciones necesarias para alcanzar los rendimientos previstos en todos y cada uno de los servicios, se concederá un tercer periodo de un mes improrrogable para efectuarlo. De no alcanzarse a satisfacción el nivel requerido con los medios proporcionados se procederá a la rescisión del contrato.
Al término de estos periodos se aprobará el Programa de Actuación definitivo del Contratista, y se procederá a implantar el sistema de inspección y control sistemático más adelante descrito, que, si bien durante un primer mes no tendrá efectos en la retribución de los trabajos efectuados, servirá de baremo al objeto de juzgar el efectivo logro de nivel de prestación exigido.
Una vez finalizado este periodo xx xxxxxx en los baremos obtenidos en la medición del nivel de calidad alcanzado, serán plenamente operativos de cara a la facturación mensual como más adelante se especifica, sin perjuicio de ser de aplicación, de ser necesario, lo previsto en el caso de reiterados incumplimientos por prestación insuficiente.
Control de calidad permanente.
La valoración del servicio básico de limpieza realmente prestado se cualificará a través de un
sistema aleatorio de cuyos resultados se obtendrá la efectividad en función de la prestación y calidad efectivamente proporcionada.
Asimismo se realizarán controles referentes al vaciado y limpieza de papeleras, limpieza de pintadas y de restos de basura entorno a los contenedores.
La inspección será favorable o desfavorable en función de si se ha alcanzado o no el nivel de limpieza prefijado para el sector y la cobertura total del mismo.
El control se efectuará conjuntamente por técnicos del Ayuntamiento y de la Empresa. Para ello, acudirán al sector seleccionado a lo largo de la jornada de actuación de los equipos, en un momento elegido por el Ayuntamiento. Una vez encontrado el mismo se procederá a elaborar la ficha de control de calidad en el tramo recién limpiado.
Se efectuarán controles al final de la jornada para comprobar la ejecución completa de los distritos. Todos aquellos que se compruebe no han sido finalizados serán considerados como incorrectamente ejecutados sin que fuera necesaria la elaboración de la ficha de control.
Valoración del servicio de limpieza prestado.
Como consecuencia de los controles de medios y de calidad se podrán derivar deducciones para el adjudicatario en la cuantía mensual, cuantificadas como faltas en el apartado de sanciones.
La suma de las deducciones se aplicará directamente a la certificación mensual. Estas deducciones mensuales se aplicarán sin menoscabo de las sanciones y multas que se le puedan imponer a la empresa por infracciones cometidas.
Mantenimiento de papeleras y contenedores caninos.
Se realizará una inspección mensual de 10 papeleras a primera hora de la mañana, se valorará fundamentalmente la ausencia de contenido, así como el estado de conservación, limpieza exterior y ausencia de pegatinas y pintadas.
En caso de encontrar entre un 90 y un 100 % las papeleras defectuosas procederá la incoación de expediente sancionador por incumplimiento de las obligaciones del contrato, y se valorará como una falta muy grave. Entre un 50 y un 90 % de incumplimiento será considerado grave, y entre un 10 y un 50 % de incumplimiento será motivo de sanción leve.
Las papeleras serán elegidas al azar del total de papeleras de la ciudad que vendrán recogidas en inventario que tiene obligación la empresa de elaborar y mantener actualizado.
Mantenimiento de fachadas, marquesinas de autobuses, etc.
Mensualmente se efectuará la inspección de 10 elementos urbanos (fachadas, marquesinas y otros). En ella se valorará fundamentalmente la ausencia de pintadas y cartelería.
En caso de encontrar entre un 90 y un 100 % de los elementos defectuosos procederá la incoación de expediente sancionador por incumplimiento de las obligaciones del contrato, y se valorará como una falta muy grave. Entre un 50 y un 90 % de incumplimiento será considerado grave, y entre un 10 y un 50 % de incumplimiento será motivo de sanción leve.
Mantenimiento de contenedores.
Mensualmente se efectuará la inspección de 10 contenedores de orgánica y 10 de selectiva (incluyendo soterrados). En ella se valorará fundamentalmente la ausencia de restos de basura en el suelo, así como la introducción de cartones, envases y vidrio dentro de los contenedores de selectiva.
En caso de encontrar entre un 90 y un 100 % del entorno de los contenedores sucio procederá la incoación de expediente sancionador por incumplimiento de las obligaciones del contrato, y se valorará como una falta muy grave. Entre un 50 y un 90 % de incumplimiento será considerado grave, y entre un 10 y un 50 % de incumplimiento será motivo de sanción leve.
7 Inspección y Control.
El Servicio Técnico del Ayuntamiento vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación de los diferentes servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego. Mantendrá una inspección con la organización que estime oportuna, si bien dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él.
El personal técnico que vaya a desempeñar el servicio de inspección tendrá acceso a los locales y dependencias del adjudicatario, y le serán facilitados cuantos datos se precisen respecto a su funcionamiento.
Sus facultades y funciones serán las siguientes:
a) Controlar que las labores de limpieza viaria y demás trabajos recogidos en el pliego, así como los posteriores compromisos adquiridos por el adjudicatario, se ejecutan correctamente y con la frecuencia requerida.
b) Determinar si los vehículos, equipos, maquinaria y herramientas de que se dispongan para la realización de los trabajos, satisfacen las condiciones exigidas en el pliego.
c) Vigilar si el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tenga encomendada.
A la vista del resultado de estas inspecciones, se determinarán las correcciones y modificaciones que se estimen oportunas en la organización de los trabajos. Las decisiones de los Técnicos municipales del Servicio de Limpieza se reflejarán en el Informe correspondiente y serán cumplidas de forma inmediata o, en su caso, en el plazo que oportunamente se fije por dichos Técnicos y el adjudicatario o persona que en cada momento lo represente.
El adjudicatario estará obligado a desplazar diariamente, y en las horas que se señale por el Técnico municipal, a un técnico de la empresa o encargado general, para recibir las instrucciones pertinentes o las observaciones necesarias para la mejor prestación del servicio.
Se entregará diariamente por parte del adjudicatario, un parte de todo el personal, vehículos y medios mecánicos que están trabajando, con determinación de su situación y cometidos concretos asignados en ese mismo día, con el fin de facilitar la realización de las comprobaciones oportunas; y que será complementado a día vencido con el parte de los trabajos realmente ejecutados el día anterior.
Como complemento a estos partes diarios, mensualmente la concesionaria confeccionará un resumen general de los servicios prestados en relación a los servicios contratados, en orden a la determinación del nivel de cumplimiento. A tal efecto técnicos del Servicio de Limpieza y de la empresa concesionaria, antes del inicio de la concesión, determinarán el contenido exacto y forma de presentación del citado resumen.
Los operarios deberán portar durante la prestación del servicio una tarjeta en la que se identifique mediante un código el recorrido o zona de prestación del servicio. Al efecto la concesionaria deberá poner a disposición del Servicio de Limpieza un conjunto de planos de fácil manejabilidad y plastificados que expresen el recorrido o zona exacta de trabajo de cada operario con el código antes señalado.
Los operarios que sean requeridos por cualesquiera ciudadanos o por funcionarios municipales deberán mostrar la tarjeta de identificación.
8 Responsabilidad del Contratista.
Será responsabilidad del contratista la calidad de los trabajos objeto de este concurso, debiendo contar para ello con el personal responsable y preparado para esta misión.
El contratista será asimismo responsable de accidentes, daños de cualquier naturaleza y perjuicios que puedan causar a terceros o al Municipio, como consecuencia de la realización de los trabajos que exige la prestación de este Servicio.
Los trabajos se ejecutarán de forma que ocasionen el mínimo posible de incomodidades a la vida ciudadana.
9 Infracciones.
Procederá la imposición de sanciones en los casos y en las cuantías previstas en la legislación vigente, en la normativa que la desarrolle, en las correspondientes Ordenanzas Municipales que estén vigentes en cada momento, particularmente en la de Limpieza Viaria, y en este Pliego.
En concreto, las infracciones previstas en este Pliego se calificarán como leves, graves o muy graves.
La empresa adjudicataria será responsable de las infracciones cometidas, por acción u omisión, por sus representantes o empleados.
9.1 Faltas Muy Graves.
Se considerarán faltas muy graves:
- No dar comienzo la prestación del servicio contratado dentro del plazo establecido.
- La paralización o no prestación del servicio contratado.
- El incumplimiento y/o demora de las Órdenes de Trabajo dadas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento con el carácter de urgentes.
- La negativa por parte de los adjudicatarios a cumplimentar las órdenes singulares y requerimientos de carácter informativo de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
- La ocupación de los medios adscritos a la contrata en tareas distintas de las propias de la concesión.
- Ceder, subarrendar o traspasar en todo o en parte el servicio contratado, sin previa autorización del Ayuntamiento.
- El incumplimiento de las obligaciones laborales; de Seguridad Social con el personal de la contrata.
- Incumplir el Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo.
- El no estar al corriente en pago de las primas del seguro obligatorio de algún vehículo.
- La utilización de los uniformes, vehículos o equipos como soporte de elementos publicitarios o propagandísticos.
- El tener los vehículos o el material en defectuoso estado de conservación o funcionamiento, que pueda producir daños a las personas o bienes, o el que el estado de los vehículos sea calificado
como malo en la inspección técnica realizada por los Servicios Municipales.
- El tener las instalaciones fijas en defectuoso estado de limpieza, conservación o funcionamiento.
- La negativa o resistencia a permitir la inspección municipal o la no remisión al Ayuntamiento de la información prescrita en el Pliego.
- El verter en lugar no autorizado los productos de la recogida o limpieza.
- La modificación de algún servicio sin causa justificada y sin notificación previa.
- La no prestación de los servicios objeto de la contrata, o su prestación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimientos de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista, sus representantes o sus empleados que provoquen alguna de las siguientes consecuencias:
- Causar daños a la población o al personal de la contrata.
- Suspender o interrumpir la prestación de los servicios objeto de la contrata.
- Causar daños a la vía pública o a sus instalaciones o elementos.
- El no tener disponible al equipo de emergencias durante una situación de carácter urgente en la que se requiera su presencia.
- La acumulación de tres faltas graves en un trimestre, cinco en un semestre ó nueve en un año.
- El incumplimiento de alguna de las condiciones del presente Pliego que a juicio del Ayuntamiento merezca la calificación de falta muy grave.
9.2 Faltas Graves.
- La carencia por algún equipo de su ficha de identificación.
- El no comunicar inmediatamente a la inspección municipal las deficiencias o irregularidades en la prestación del servicio, o las variaciones que se produzcan en la plantilla.
- La manifiesta falta de aseo en el personal de la contrata, de deferencia de éste con el publico, de respeto del mismo a la propiedad ajena y cualquier falta similar que afecte a la imagen pública del Ayuntamiento y del Servicio de Limpieza.
- Tener afecto al servicio algún vehículo automóvil menos de los establecidos en el contrato (por cada uno).
- El tener afectos al servicio menos recursos humanos que los establecidos en el contrato (por persona y día).
- El tener los vehículos o el material en defectuoso estado de conservación o funcionamiento que dificulte la eficaz prestación del servicio.
- Falta de respeto para con el ciudadano, inspectores municipales o agentes de la autoridad.
- Verter por los imbornales los productos de barrido.
- Arrojar productos de barrido bajo los vehículos estacionados, verterlo en solares, espacios sin urbanizar o en cualquier otro lugar omitiendo la obligación de retirarlos o depositarlos en los lugares adecuados.
- Arrojar residuos de basura orgánica y selectiva en contenedores no específicos para cada tipología.
- El triaje y/o aprovechamiento de los productos de la limpieza así como no poner a disposición de Policía Local todo objeto de valor hallado en la vía pública.
- La acumulación de cuatro faltas leves en un trimestre, seis en un semestre u ocho en un año, sea cual fuera su extensión ó importancia técnica ó económica.
- La no prestación de los servicios objeto de la contrata o su prestación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimiento de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista, sus representantes o empleados y que provoquen alguna de las siguientes consecuencias:
- Poner en situación de riesgo o causar molestias a la población o al personal de la contrata.
- Dificultar o alterar la regularidad de la prestación de los servicios objeto de la contrata.
- Afectar o entorpecer el funcionamiento de la vía pública o de sus instalaciones.
- Amenazar la integridad de la vía pública o de sus instalaciones o elementos.
- Obstaculizar la labor inspectora del Ayuntamiento.
- Menoscabar la imagen del servicio o de sus operarios o la del Ayuntamiento o inspectores.
- El incumplimiento de alguna de las condiciones del presente Pliego que a juicio del Ayuntamiento merezca la calificación de falta grave.
9.3 Faltas Leves.
- Estado de conservación de los vehículos insuficiente con falta de limpieza interior o exterior, pintura, etc.
- Pintura de los vehículos no ajustada a lo exigido por el Ayuntamiento.
- Incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y limpieza de papeleras.
- Incumplimiento de la programación, o del horario señalado, o la variación de los itinerarios previstos, por algún equipo afecto al servicio de limpieza.
- Falta de uniforme reglamentario en el personal, estado indecoroso o llevar distintivos ajenos a los establecidos.
- No tener afectos al servicio los equipos, materiales y vehículos no automóviles establecidos en el contrato.
- La no prestación de los servicios objeto de la contrata, o su presentación defectuosa o insuficiente y las demás omisiones o incumplimientos de las cláusulas de este pliego, los términos de su oferta o las condiciones de la adjudicación, cometidas por el contratista, sus representantes o empleados y que causen incomodidades a la población o que impliquen negligencia leve o distracción en la ejecución de los trabajos.
10 Sanciones.
Las faltas cometidas por el contratista se sancionarán con:
- Las faltas leves con multas de 150 a 5.000 €.
- Las faltas graves con multas de 5.000´01 a 50.000 €.
- Las faltas muy graves, con multas de 50.000´01 a 250.000 €, posible pérdida de la fianza definitiva con obligación de constituir una nueva por igual importe o, según los casos, resolución del contrato.
Las sanciones, una vez firmes, se descontarán de la próxima certificación que proceda
abonar al contratista. El importe de las sanciones, se verá incrementado según los casos en la valoración que se haga del servicio no realizado, medios no aplicados, etc.
Asimismo, en el caso de que la infracción cometida haya reportado algún beneficio a la contrata, la sanción económica podrá incrementarse en la cuantía del beneficio obtenido por la contrata, en los términos que se establezcan en el correspondiente expediente sancionador.
Por último, en el supuesto de que por causa de la infracción cometida hayan sufrido daño las personas o los bienes, una vez valorados los mismos se procederá a descontar su valor de la próxima certificación que proceda abonar al contratista, a fin de indemnizar a los perjudicados.
La imposición de cualquiera de estas sanciones se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, en el Reglamento que regula el procedimiento sancionador y en las demás normas de aplicación.
El procedimiento sancionador se tramitará por los Servicios Técnicos Municipales, a propia iniciativa, por denuncia de los inspectores municipales, que se presumirá veraz salvo prueba en sentido contrario, o por denuncias de particulares, cuyos extremos deberán acreditarse fehacientemente. La resolución corresponderá al Alcalde o quien ostente su delegación.
ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
1 Dirección, Coordinación, Inspección y Control.
1.1 La facultad de alta dirección e inspección de los Servicios corresponderá a la Alcaldía u Órgano Delegado.
1.2 Las relaciones y gestiones ordinarias con los servicios contratados se llevarán ordinariamente por el Concejal Delegado correspondiente, personal Técnico de la Oficina Técnica Municipal o el personal que específicamente pueda nombrarse al efecto por la Alcaldía u órgano Delegado.
1.3 Las relaciones y gestiones ordinarias relacionadas con los servicios se tratarán con el trabajador Encargado-Responsable, sin perjuicio de que puntualmente también puedan tratarse con el representante legal que al efecto designe la empresa.
1.4 Las relaciones con la empresa para asuntos de especial trascendencia podrán tratarse bien con el trabajador Encargado-Responsable, bien con el representante legal que al efecto designe la empresa, a criterio del Ayuntamiento.
1.5 Las funciones de inspección, control y policía de los servicios contratados corresponderá al personal Técnico de la Oficina Técnica Municipal, o al personal que específicamente pueda nombrarse al efecto por la Alcaldía u Órgano Delegado.
Todo ello sin perjuicio de que por la Policía Local se puedan realizar funciones de policía sobre los servicios, especialmente de seguimiento de horarios, recorridos y circuitos, de estado de decoro y limpieza del personal y material, trato a los usuarios, uso del material y personal adscrito a los mismos y deficiencias y notorias infracciones a las prestaciones previstas en el presente Pliego.
1.6 El contratista vendrá obligado a presentar un parte diario al Ayuntamiento donde se reflejen los trabajos realizados y las anomalías producidas en el servicio del día anterior, con suficiente detalle de unos y otras, y recibirá las instrucciones pertinentes por parte del Concejal Delegado, Técnico Municipal o persona que al efecto se designe.
2 Horarios de los Servicios.
2.1 Corresponderá a los licitadores proponer los horarios de los servicios en sus proposiciones. Independientemente de los que se citan a título orientativo en el punto referido a la limpieza viaria.
Una vez adjudicado el servicio, los mismos serán fijados definitivamente de mutuo acuerdo entre el Contratista y el Concejal Delegado y la Oficina Técnica Municipal, con la aprobación de la Alcaldía u órgano delegado, sin perjuicio de las ulteriores modificaciones que puedan acordarse por el mismo procedimiento por razones de interés municipal, las cuales serán de obligado cumplimiento por el contratista.
2.2 La limpieza viaria no podrá comenzar a realizarse en ningún caso hasta que se haya efectuado la recogida domiciliaria de basuras.
2.3 La jornada habrá de ser continuada como regla general, con la excepción de los servicios especiales y específicos que se realicen.
3. Zonificación y Ordenación de los Servicios.
Servicio de Limpieza Viaria:
1.- A efectos de la prestación del servicio, la ciudad se dividirá en zonas de limpieza, atendiendo preferentemente a lo propuesto por la Concejalía de Medio Ambiente en el presente Pliego (ANEXO I).
2.- Corresponde a los licitadores efectuar la propuesta de zonificación en sus ofertas, sin perjuicio de que últimamente puedan ser modificadas por razones de interés municipal, previos los informes de la Oficina Técnica Municipal y del Concejal Delegado del Servicio y con la aprobación de la Alcaldía u Órgano Delegado, siendo de obligatoria aceptación por el contratista.
3.- Dentro de cada zona se establecerá un circuito de calles de orden de ejecución del servicio, de tal manera que se pueda realizar su seguimiento.
Servicio de Limpieza de Edificios y Dependencias Municipales:
1.- Corresponde a los licitadores presentar en sus ofertas las planificaciones de la prestación de este servicio, de acuerdo con las prescripciones del presente Pliego, respetando en todo caso la relación prevista en el ANEXO III del presente pliego.
2.- Dicha planificación podrá ser modificada por razones del servicio, previos los informes de la Oficina Técnica Municipal y del Concejal Delegado del Servicio, con la aprobación de la Alcaldía u Órgano Delegado, siendo de obligada aceptación por el contratista.
4 Reglamento de los Servicios.
El Ayuntamiento podrá dictar el o los Reglamentos que considere precisos para la regulación de los servicios a que se refiere el presente Pliego, que serán de obligado cumplimiento por parte del contratista y los usuarios, prevaleciendo en todo momento lo recogido en el pliego sobre las ofertas propuestas por las empresas concursantes.
5 Interpretación del Proyecto del Servicio.
Corresponde en todo caso al Ayuntamiento la interpretación de las dudas que puedan surgir en la interpretación y aplicación del presente proyecto de servicios, con audiencia del contratista y previos los informes de la Oficina Técnica Municipal, interventor y Secretario del Ayuntamiento.
CAPÍTULO V DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.- El contratista tendrá la obligación de colaborar en la preparación, diseño y ejecución de las campañas de limpieza de todo tipo que organice el Ayuntamiento, incluidas las de publicidad y concienciación ciudadana. Los gastos derivados de este motivo correrán por cuenta del contratista.
SEGUNDA.- El contratista vendrá obligado a redactar y presentar en el Ayuntamiento en el plazo de tres meses a contar desde la formalización del correspondiente contrato administrativo un estudio sobre la instalación de bidones-papelera en los núcleos de población del Municipio xx Xxxxxxxxxx (Ciudad xx Xxxxxxxxxx, Pedanía xx Xxxxxxxxxxx) indicando los modelos idóneos de papeleras a emplear y su ubicación (aportación de planos detallados, donde se indiquen con diferentes símbolos convencionales los modelos a instalar en cada punto propuesto y el presupuesto de la inversión).
Dicho estudio será realizado x xxxxx del contratista, facilitándole el Ayuntamiento cuanta documentación obre en su poder que sea precisa para su elaboración.
XXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXXX "XXXXXX XX XXXXXXXXXX" CALLE POSTAS | ||
AREA | SUB-AREA | PERIODICIDAD |
ZONAS HUMEDAS | CUBIERTA | |
GRADAS CUBIERTA | SEMANAL | |
VESTUARIOS HOMBRES | DIARIO | |
VESTUARIOS MUJERES | DIARIO | |
VESTUARIOS MINUSVALIDOS | CADA 2 DÍAS | |
PIES DESCALZOS | DIARIO | |
VESTUARIOS MONITORES | DIARIO | |
BOTIQUIN | DIARIO | |
ZONAS SALAS | SAUNA GIMNASIO MANTENIMIENTO | DIARIO 2 DÍAS/SEMANA |
PIES DESCALZOS | DIARIO | |
SALA AEROBIC | 2 DÍAS/SEMANA | |
TEMPORADA XX XXXXXX | VESTUARIOS PISCINA XX XXXXXX (15 JUNIO-31 AGOSTO) | DIARIO |
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL “MOLINETA” | ||
AREA | SUB-AREA | PERIODICIDAD |
PABELLÓN CUBIERTO | PASILLO VESTUARIOS | SEMANAL |
GRADAS | SEMANAL | |
ASEOS PÚBLICO | DIARIO | |
VESTUARIOS 1, 2, 3 Y 4 | DIARIO | |
VESTUARIOS ARBITROS 1 Y 2 | SEMANAL | |
EDIFICIO OFICINAS | OFICINAS | 2 DÍAS/SEMANA |
VESTUARIOS 1, 2 Y 3 | DIARIO | |
ESCALERAS | SEMANAL | |
EDIFICIO VESTUARIOS PISCINA ZONA DEPORTIVA | SALÓN DE ACTOS | DESPUÉS DE CADA USO |
VESTUARIOS, ASEOS (VERANO) | DIARIO | |
ACCESOS | SEMANAL | |
BOLERA | VESTUARIOS (2 UNIDADES) | DIARIO |
AREA | SUB-AREA | PERIODICIDAD |
PABELLÓN CUBIERTO | ACCESOS AVDA.SUR | QUINCENAL |
ESCALERAS ACCESO PABELLÓN | SEMANAL | |
RAMPAS ACCESO PABELLÓN | SEMANAL | |
GRADAS | SEMANAL | |
ASEOS PÚBLICOS | DIARIO | |
VESTUARIOS 1,2,3 Y 4 | DIARIO | |
VESTUARIO ARBITRO (4) | DIARIO | |
ASEOS MINUSVÁLIDOS | 2 DÍAS/SEMANA | |
OFICINA | 2 DÍAS/SEMANA | |
PASILLOS A GRADAS | SEMANAL |
CAMPOS DE FÚTBOL | VESTUARIOS 1 Y 2 Y ÁRBITRO | DIARIO |
RELACIÓN DE DEPENDENCIAS Y DISTRIBUCIÓN DE HORAS DE
TRABAJO
Para la correcta realización de este servicio de limpieza, será necesario un número mínimo de horas semanales, siguiendo el siguiente desglose a título orientativo:
DEPENDENCIAS HORAS SEMANALES
- Casa consistorial | 30 | |
- Oficina de Turismo | 3 | |
- Colegio Xxxxx Xxxxxxxx | 45 | |
- Colegio Xxxxxxx Xxxxxx | 30 | |
- Colegio Xxxxxx y Pista Cubierta | 45 | |
- Colegio Xxxxx Xxxxx y Pista Cubierta | 45 | |
- Colegio Xxxx Xxxxxxx | 30 | |
- Colegio Xxxx Xxxxxxxx | 45 | |
- Colegio Pedanía xx Xxxxxxxxxxx, Biblioteca y Gimnasio | 10 | |
- Valcentro zonas comunes | 10 | |
- Complejo Deportivo Ciudad xx Xxxxxxxxxx | 15 | |
- Polideportivo La Molineta | 10 | |
- Zona Deportiva Xxxx xxx Xxx | 00 | |
- Xxxxxxxxxxxx: banda de música, coral y conservatorio | 10 | |
- Centro de Salud Pedanía Consolación | 3 | |
- Casa de la Juventud | 15 | |
- Xxxxx Xxxxxxxxx | 00 | |
- Xxxxxx Cultural Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | 5 | |
- Archivo Municipal | 2 | |
- Xxxxxxx Xxxxx | 00 | |
- Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0 | |
- Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (oficinas Ayto y zonas comunes) | 10 | |
- Almacén Municipal | 3 | |
- Oficina de Obras y Medio Ambiente | 10 | |
- Centro de Servicios Sociales Xxxxxx Xxxx | 00 | |
- Xxxxxx social Xxx Xxxxxx (Xxxxxx) | 0 | |
- Xxxxxx social Xxxxxx xx Xxx Xxxxxx | 0 | |
- Xxxxxx social de la Manzana | 3 | |
- Centro social Xxxxxx | 5 | |
- Centro social Xxxxxx xx xx Xxxxxx | 00 | |
- Xxxxxx social Xxxxxx | 00 | |
- Xxxxxx social Pedanía xx Xxxxxxxxxxx | 3 | |
- Centro social Xxxx Xxxxxxx | 10 | |
- Cerro de las Cabezas | 10 |
TOTAL 490
NOTA: El adjudicatario deberá contemplar las limpiezas generales de los edificios municipales y limpiezas especiales de centros culturales (museos, auditorios, etc.) con motivo de celebración de actos que no están incluidos en el cómputo medio de horas. La realización del mencionado trabajo no supondrá en ningún momento incremento de canon, aunque sí se podrá facturar aparte.
No se incluyen determinados Centros en la relación de horas (como Auditorios, Centro del Agua, etc) debido a que su frecuencia de limpieza es estacional o transitoria en función de las actividades.
ANEXO IV:
CALENDARIO APROXIMADO DE FERIAS Y ACTIVIDADES EN EL PABELLÓN FERIAL
“XXXXXXX XXXXX XXXX”
- Xxx 0 xx 0 xx xxxxx: FERIA DEL STOCK
- 2ª xxxxxxxx xx xxxxx: SALON DEL CABALLO Y DE LA CAZA
- 2ª xxxxxxxx xx xxxx: CONCENTRACIÓN MOTERA CIUDAD DEL VINO
- Del 16 al 17 de septiembre: CONCENTRACIÓN TUNNING SHOW
- 2ª quincena de septiembre: REUNION DE MOTOS XXXXXX XXXXXXXX- CUSTOM
- 1ª quincena de octubre: PASARELA
- 2ª quincena de octubre: FERIA REGIONAL DEL QUESO
- Del 10 al 12 de noviembre: SALON DEL AUTOMÓVIL
- Del 26 de diciembre al 4 de enero: CHICOLANDIA
ANEXO V:
RELACION APROXIMADA DE FERIAS Y FIESTAS
FESTIVIDAD
ZONA
FECHA
SAN XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX DE XXXXXX XXXXXX DE LOS XXXXXX XXXXX)
A.VV. ZONA CENTRO STA. Xx XXXXXXXXX XXXXXX DE LA CABEZA
STMO. CRISTO MISERICORDIOSO
procesión)
NTRA. XXX. XXXXXXXXXXX
XXX. XXXXXXXXXXX X-XX XXXXXX XX XXXXXX
XXXXXX XXX XXXXXX
00-00-00 XX XXXX
25-26-27 MAYO
29 JUNIO-1 JULIO (ó 6-8
PLAZA DE ESPAÑA BARRIO CACHIPORRO BARRIO V. CABEZA
BARRIO STO. CRISTO
10 Y 11 JULIO
20-22 JULIO
11-15 AGOSTO
26 AGOSTO (sólo
XXXXX XX XXXXXX
0 X 0 XXXXXXXXXX
XXX XXXXXXXXX | XXXXXX XXX XXXX | 7-8 XXXXX |
XXXXXX XXX XXXXX | BARRIO XXXXX | 11 -12 Y 14-15 AGOSTO |
ANEXO VI: