SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
OFICIALÍA MAYOR
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios
Convocatoria a la
Invitacion a Cuando Menos Tres Personas Nacional
SG/SS/IA3-N/003/10
Relativas a la Contratación del:
“Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Parque Vehicular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública”
CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA:
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS
2. INFORMACIÓN SOBRE LOS BIENES O SERVICIOS
2.1. Condiciones y lugar de entrega
3. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN
3.1. Requisitos para participar
3.2. Condiciones de la bases
3.3. Condiciones para la aceptación
3.4. Condiciones económicas
3.5. Instrucciones para la presentación de proposiciones
4. ENTREGA DE PROPOSICIONES
4.1. Requisitos Legales-Administrativos
4.2. Requisitos Técnicos
4.3. Requisitos Económicos
5. ASISTENCIA A LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN
5.1. Junta de aclaraciones
5.2. Acto de presentación y apertura de proposiciones
5.3. Fallo
6. EVALUACIÓN
6.1. Criterios de evaluación que se aplicarán a las propuestas
6.2. Criterios de adjudicación
6.3. Descalificación de los licitantes
7. CAUSALES QUE IMPIDAN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
7.1. Declaración desierta
7.2. Cancelación
7.3. Suspensión
8. NOTIFICACION DE LOS ACTOS
8.1. Domicilio para recibir notificaciones
9. INSTRUMENTO JURÍDICO
9.1. Formalización
9.2. Modificación
9.3. Rescisión
9.4. Terminación anticipada
10. GARANTIA
10.1. Del cumplimiento del instrumento jurídico
10.2. Fianza
11. PENAS CONVENCIONALES
12. SANCIONES
13. CONDICIONES DE FACTURACION
14. IMPUESTOS Y DERECHOS
15. ASPECTOS VARIOS
15.1. Inconformidades
16. CONTROVERSIAS
17. FICHA TÉCNICA
18. FORMATOS GUÍA
19. MATRIZ DE EVALUACIÓN
20. CONTRATO TIPO (ANEXO I)
X X X X X
0. XXXXXXXX XX XXXXXXXX
• Convocante: SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN; GOBERNACIÓN a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, por conducto de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios.
• Área Solicitante: Unidad responsable de la Convocante, encargada de la solicitud y administración de los bienes o servicios objeto del presente procedimiento.
• SFP: Secretaría de la Función Pública.
• Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• DOF: Diario Oficial de la Federación.
• Licitante: La persona física o moral que se registre y participe en el procedimiento de Invitación Nacional objeto de las presentes bases.
• Adjudicado: La(s) persona(s) física o moral que derivado del fallo económico resulte(n) ganador(es).
• Invitación: Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas.
• Instrumento Jurídico: (Contrato o Pedido) Documento oficial que emite la Convocante, en el que se especifican las descripciones y cantidades del servicio y/o servicio adjudicado, así como los importes unitarios y precios totales; condiciones de entrega; y condiciones de pago, entre otros datos.
• Bienes o Servicios: Se refiere a el(los) Bien(es) o Servicio(s) especificado(s) en la(s) Ficha(s) Técnica(s) de las presentes bases.
• Precio no aceptable: Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación
La Secretaría de Gobernación, como dependencia del ejecutivo Federal en adelante “la Convocante”, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 134 Constitucional y en los artículos 25, 26 fracción II, 28 fracción I, 43, 47 y 51 de la Ley y 56 de su Reglamento; y demás disposiciones legales aplicables vigentes, por conducto de la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios, de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, de la Oficialía Mayor; ubicada, en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00-0x xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, México, Distrito, Federal, celebra la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional, requiere llevar a cabo la contratacion del (los) bien(es) o servicio(s) por lo cual:
I N V I T A
A las personas físicas x xxxxxxx cuya actividad u objeto social contemple la prestación del servicio, venta y/o distribución objeto de la presente invitación conforme a lo siguiente:
2. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS
CONCEPTO | PRESUPUESTO | |
Xxxxxx | Xxxxxx | |
“Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo al Parque Vehicular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública” | $280,000.00 | $700,000.00 |
(Conforme a lo solicitado en la Ficha Técnica)
2.1 Condiciones y lugar de entrega.
• La adjudicación se hará a través de un instrumento jurídico abierto por partida única a un solo proveedor.
• Inicio de la vigencia: conforme a lo indicado en la ficha técnica.
• Xxxxx, fecha y horario: Conforme a lo indicado en la ficha técnica.
3. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN.
3.1 Requisitos para Participar.
Entregar la documentación Legal-Administrativa, Propuesta Técnica y Propuesta Económica solicitada en esta Convocatoria.
• A los actos de la presente Invitación, podrán asistir los licitantes cuyas propuestas se hayan desechado, así como cualquier persona que sin haber sido invitada manifieste su interés en estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39 del Reglamento.
3.2 Condiciones de las Bases.
Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrá ser negociada; con fundamento en el Artículo 26 séptimo párrafo de la Ley.
3.3 Condiciones para la aceptación.
La aceptación de los bienes o servicios será a plena satisfacción de la Convocante a través del área usuaria y de acuerdo a las especificaciones indicadas en la ficha técnica de la presente Convocatoria.
3.4 Condiciones Económicas.
a) Los precios ofertados deberán cotizarse en Moneda Nacional.
b) Serán fijos hasta la total extinción de las obligaciones derivadas del Instrumento Jurídico, que abarcara el presente ejercicio fiscal.
c) No aplica Anticipo.
d) Los pagos que se generen, se efectuarán de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Ley.
3.5 Instrucciones para la presentación de proposiciones.
Deberán elaborarse de acuerdo con lo siguiente:
a) Dirigidas a la Convocante.
b) Señalar el número de Invitación.
c) En papel membreteado de la empresa.
d) Con firma autógrafa por persona facultada para ello.
e) Las propuestas y todo lo relacionado con las mismas deberán presentarse en idioma español.
Se anexa Formato Guía 1 de los puntos 4.1, 4.2 y 4.3, mismo que servirá de acuse para el licitante.
4. ENTREGA DE PROPOSICIONES
La entrega de proposiciones se hará en sobre cerrado que contendrá la propuesta técnica y económica, La documentación distinta a la propuesta podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que la contenga. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 34 de la Ley. (Identificado el sobre con: razón social o nombre de la persona física, número de Invitación.)
4.1 Requisitos Legales-Administrativos.
A. Los licitantes, deberán acreditar su personalidad, para efectos de la suscripción de las proposiciones, y en su caso la firma del contrato, por escrito en original y bajo protesta de decir verdad, que cuentan con facultades suficientes para comprometerse por si o su representada, indicando dirección de correo electrónica, en caso de contar con el. (Formato Guía 2).
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero solo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento.
B. Carta bajo protesta de decir verdad, de conformidad con el Artículo 29 Fracción VIII de la Ley, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo, de la Ley y (sic).
C. Carta de Declaración de Integridad, en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 29 fracción IX de la Ley y 30 fracción VIl del Reglamento.
X. Xxxxx en la que manifieste que se encuentra al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales.
4.2 Requisitos Técnicos.
A. La Propuesta Técnica, deberá contener la descripción clara de la partida de conformidad con lo solicitado en la ficha técnica y la información adicional que el licitante considere necesaria.
X. Xxxxx, en la que manifieste que cumple con alguna Norma Oficial Mexicana o las Normas Mexicanas y a falta de estas, las Normas Internacionales o, en su caso, las Normas de Referencia o especificaciones de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 13 y 13-A del Reglamento.
X.Xxxxx en el que manifieste que es una persona física con discapacidad o que es una empresa que cuente con personal con discapacidad en el porcentaje establecido en el Artículo 14 de la Ley. Para aquellos que se encuentren en dicho supuesto y deseen recibir puntos en la evaluación.
D.Constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial que acredite que se trata de una micro, pequeña o mediana empresa que produzca bienes con innovación tecnológica. Para aquellos que se encuentren en dicho supuesto y deseen recibir puntos en la evaluación.
X.Xxxxx bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste que es de nacionalidad mexicana
4.3 Requisitos Económicos.
A. Propuesta Económica deberá contener la descripción clara de la(s) partida(s) conforme a la ficha técnica.
• Precio unitario y el importe total de la propuesta en Moneda Nacional.
• Desglose del Impuesto al Valor Agregado.
• Indicar en caso de otorgar algún descuento y/o bonificación.
• La indicación de que los precios serán fijos hasta la total extinción de las obligaciones derivadas del Instrumento Jurídico.
Cualquier omisión de alguno de los requisitos solicitados en este numeral 4.1, 4.2 y 4.3 será causa de desechamiento de la Propuesta.
5. ASISTENCIA A LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN
FECHAS DE CELEBRACION DE LOS ACTOS DE LA INVITACION | |||
JUNTA DE ACLARACIONES | PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES | FALLO | FIRMA DEL INSTRUMENTO JURIDICO |
19/mayo/2010 a las 10:00 horas | 24/mayo/2010 a las 10:00 horas | 26/mayo/2010 a las 13:00 horas | Conforme a lo establecido en el articulo 46 de la Ley |
5.1 Junta de aclaraciones a la Convocatoria.
Se efectuará el día 19 xx xxxx de 2010 a las 10:00 horas en la Sala de Juntas de la Dirección General De Recursos materiales y Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 00, 0 xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 33 Bis de la Ley y 34 del Reglamento.
En dicho acto se levantara acta de constancia que firmaran los asistentes, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de la cual se entregara copia de la misma. Poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, en el domicilio de la convocante, conforme al Artículo 37 Bis de la Ley.
5.1.1 El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Las solicitudes de aclaración, se entregarán por escrito en papel membreteado, en español y firmadas por la persona facultada para ello, y en medio magnético, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, en la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios de la Convocante o al correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
Al término de la última junta de aclaraciones, no se efectuarán aclaraciones posteriores a dicha reunión, por lo que se recomienda a los licitantes revisar detalladamente esta convocatoria y asistir a dicho acto de aclaraciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 33 Bis de la Ley
5.2 Acto de presentación y apertura de proposiciones.
La recepción del Sobre cerrado que contiene las Propuestas Técnica y Económica, así como la documentación distinta a la propuesta se efectuará en las oficinas de la Convocante, el día 24 xx xxxx de 2010 a las 10:00 horas, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 34 y 35 Fracciones I, II y III de la Ley.
Para poder intervenir en este acto bastara que los licitantes presenten un escrito en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuentan con facultades suficientes para comprometerse por si o su representada.
A elección del licitante se podrá llevar a cabo una revisión previa de la documentación distinta a la propuesta (legal administrativa) hasta un día antes a la presentación y apertura de propuestas.
El registro de los licitantes participantes, iniciará a partir de las 09:30 horas y cerrará a las 10:00 horas en punto, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 00-0x xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
A partir de la hora señalada para el inicio de este acto no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39 del Reglamento.
Una vez recibidas las proposiciones estas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro de este procedimiento hasta su conclusión de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 29 antepenúltimo párrafo de la Ley y 30 fracción X del Reglamento.
5.2.1 El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido
En dicho acto se levantara acta que servirá de constancia de la celebración del acto, en la que se hará constar el importe de cada una de las proposiciones, de igual manera se señalara lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, misma que firmaran los asistentes, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de la cual se entregara copia. Poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido en el domicilio de la convocante.
De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán las propuestas técnicas y económicas, las que para estos efectos constarán documentalmente. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 35 Fracción II de la Ley y 39 de su Reglamento
5.3 Fallo
En junta pública se dará a conocer el fallo de la invitación, que se llevará a cabo en el domicilio de la Convocante, el 26 xx xxxx de 2010 a las 13:00 horas, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieran presentado proposición.
5.3.1 El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Se dará lectura al Fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas.
Se levantará acta en la que se dará a conocer al licitante ganador, así como a los demás licitante las razones por las cuales su propuesta no resulto ganadora, que firmaran los asistentes, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de la cual se entregara copia de la misma. Poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido.
La emisión del Fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35, fracción III de la Ley.
Con la notificación del fallo por el que se adjudica el instrumento jurídico, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha, lugar, hora y términos señalados en el mismo fallo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 37 sexto párrafo de la Ley.
6. EVALUACIÓN
6.1 Criterios de evaluación que se aplicarán a las propuestas
Las proposiciones serán evaluadas mediante el criterio de puntos y porcentajes conforme a la Matriz de Evaluación de la presente Convocatoria, verificando que cumplan con todos los requisitos y especificaciones solicitadas en la convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 segundo párrafo de la Ley.
Deberá haber congruencia entre las propuestas técnica y económica conforme a lo establecido en la ficha técnica.
6.2 Criterios de adjudicación
Se adjudicará al licitante que una vez hecha la evaluación de sus propuestas, resulte solvente por que reúne conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el numeral 6.1 las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante y que garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 Bis de la Ley.
Si resultare que dos o mas proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la Convocante, el instrumento jurídico se adjudicará a quien presente la proposición que haya obtenido el mayor puntaje.
Si se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuara en favor del licitante que acredite que cuenta con personal discapacitado conforme a lo indicado Artículo 14 de la Ley o en su defecto se efectuara a favor del licitante que resulte ganador de un sorteo manual por insaculación que celebrare la Convocante en el acto de fallo, de conformidad con lo señalado en el Artículo 44 del Reglamento
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. De subsistir el empate entre las personas del sector señalado, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el acto de fallo, en términos del Artículo 44 del Reglamento.
6.3 Descalificación de los licitantes
Será causa de descalificación el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las presentes Bases que afecte la solvencia de la propuesta, así como la comprobación de que algún Licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios del servicio o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás Licitantes; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 fracción XV de la Ley;
Así mismo, será causa de desechamiento, cualquier otra violación a las disposiciones de la Ley y a las aplicables del Reglamento de las mismas.
7. CAUSALES QUE IMPIDAN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
7.1 Declaración desierta
En caso que no se presenten las tres proposiciones en alguna partida, o las presentadas no reúnan los requisitos solicitados o los precios de todos los bienes o servicios ofertados no resulten aceptables, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 2 fracción XI, 38 de la Ley y 47 y 53 de su Reglamento.
7.2 Cancelación
Procederá cuando existan circunstancias que generen un caso fortuito o fuerza mayor o existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Convocante, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38 párrafo cuarto de la Ley.
7.3 Suspensión
La SFP derivado de la existencia de alguna inconformidad, podrá decretar la suspensión de los actos del procedimiento de contratación y los que de éste deriven, siempre que no se cause perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público, conforme a lo establecido por el Artículo 70 de la Ley.
8. NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS
Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones, y del fallo serán firmadas por los asistentes, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de la cual se entregara copia a los mismos.
Así mismo, las actas estarán disponibles para su consulta en el domicilio de la Convocante para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas al domicilio de la Convocante, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 37 Bis de la Ley y 35 del Reglamento.
8.1 Domicilio para recibir notificaciones.
El domicilio, así como la dirección de correo electrónico señalados en el Formato Guía 2, de cada uno de los licitantes será considerado por la Convocante, como el indicado para recibir toda clase de notificaciones que resulten de los actos, derivados de este procedimiento. En caso de que este no se encuentre en el Distrito Federal y Área Metropolitana, deberá señalar uno dentro de dicha demarcación y nombrar un apoderado con facultades suficientes para que lo represente, de conformidad con las Leyes aplicables en la materia, en observancia a lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley.
9. INSTRUMENTO JURÍDICO (Contrato)
Los compromisos que se deriven del presente procedimiento de contratación, serán de conformidad con lo dispuesto en la Ley, Reglamento, presente Convocatoria y demás disposiciones legales aplicables.
9.1 Formalización
La firma del instrumento jurídico se llevará a cabo en el domicilio de la Convocante, conforme a lo establecido en el articulo 46 de la Ley, por lo que quien resulte adjudicado deberá:
• Presentar en la Dirección de Adquisiciones, Almacenes e Inventarios de la Convocante dentro de los dos días hábiles siguientes a la lectura del fallo, los documentos consignados en el Formato Guía 2, en original y copia simple o copia certificada y copia simple para su cotejo con los que acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el instrumento jurídico correspondiente, así como, el “acuse de recepción” con el que compruebe que realizo la solicitud de opinión prevista en la regla 1.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal, de acuerdo al oficio circular No. UNAOPSFP/309/0743/2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 19 de septiembre de 2008, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo, debiendo marcar copia en las solicitudes de opinión al SAT, a los correos xxxxx@xxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx.
• Los derechos y obligaciones que se deriven del Instrumento Jurídico, no podrá cederse en forma parcial o total, a en favor de cualquier otra persona, con excepción de los de cobro con consentimiento de la Convocante.
• La adjudicación del Instrumento Jurídico obligara a la Convocante y al licitante adjudicado a formalizar dicho instrumento en la fecha, hora y lugar señalados en la presente convocatoria, así como en el fallo, fecha que deberá estar comprendida dentro de los quince días naturales siguientes al de la notificación del Fallo, en caso del que el interesado no firmara dicho instrumento por causas imputables al mismo dentro del plazo establecido la Convocante sin necesidad de un nuevo procedimiento adjudicara el instrumento jurídico al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 46 segundo párrafo de la Ley.
9.2 Modificación
En caso de ser necesario realizar modificaciones a los términos originalmente pactados se estará a lo dispuesto en los Artículos 52 de la Ley y 63 del Reglamento.
9.3 Rescisión
La Convocante podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el instrumento jurídico cuando el proveedor incurra en incumplimiento de sus obligaciones, de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 54 de la Ley, y 64 del Reglamento.
9.4 Terminación anticipada
Se dará cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios, originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la Convocante, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 54 Bis de la Ley y 66 de su Reglamento.
10. GARANTIA
10.1 De cumplimiento del instrumento jurídico
Para garantizar el cumplimiento del Instrumento Jurídico, el licitante adjudicado deberá presentar una fianza de garantía a favor de la Tesorería de la Federación en apego a la normatividad vigente, expedida por institución debidamente autorizada, por el equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total adjudicado antes de I.V.A., de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 48 y 49 de la Ley.
La garantía de cumplimiento del Instrumento Jurídico deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma de dicho Instrumento, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del plazo citado se podrá exceptuar, por lo que el costo de dicho concepto no deberá incluirse dentro de su propuesta y en estos casos la pena convencional que se aplicara por la entrega no oportuna será del 20%, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 48 de la Ley y 58 de su Reglamento.
10.2 Fianza
La fianza deberá constituirse en la forma y términos de lo previsto en los artículos 48 y 49 de la Ley y 68 de su Reglamento, la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación y su Reglamento y demás Disposiciones Legales aplicables en la materia así como a todo lo estipulado en el Instrumento Jurídico derivado de este proceso.
11. PENAS CONVENCIONALES
Se aplicará una penalización a cargo del proveedor por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio conforme a lo estipulado en la FICHA TÉCNICA. Las que no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del Instrumento Jurídico, y serán determinados en función de los bienes o servicios no entregados o prestados oportunamente. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 53 de la Ley y 64 del Reglamento.
12. SANCIONES
Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán sancionados, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 59, 60, 61, 63 y 64 de la Ley, y 69 y 70 del Reglamento.
13. CONDICIONES DE FACTURACION
La(s) factura(s) deberá(n) presentarse debidamente firmada de Xx.Xx. Por el área usuaria, debiendo ser presentadas para su cobro en la ventanilla de pagos, sita en el domicilio de la Convocante, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado, conforme a lo siguiente:
A nombre de: XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX
Xxxxxxxxx xxxxxx: Xxxxxxxx Xx. 00
Xxxxxxx: Xxxxxx
X.X. 00000
R.FC: SGO8501012H2.
• Contener impreso el nombre o denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes el número de folio, Lugar y fecha de impresión y datos de identificación de quien la expide.
• Cantidad, descripción de los bienes o servicios que ampara, precio unitario consignado en número e importe total con letra, referencia del Instrumento Jurídico e IVA desglosado.
• En el caso de Facturas Digitales, presentar o enviar vía electrónica el comprobante en formato .xm
14. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el adjudicado a excepción del pago del Impuesto al Valor Agregado, el cual será cubierto por la Convocante en los términos que señalen los ordenamientos fiscales.
15. ASPECTOS VARIOS
15.1Inconformidades
Los licitantes podrán inconformarse por escrito, a elección de los mismos, directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública ubicadas en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México, D.F., o en las oficinas del Órgano Interno de Control en la Secretaria de Gobernación ubicadas en Hamburgo 135, Mezanine colonia Juárez, delegación Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. o a través de CompraNet, por cualquier acto del procedimiento de contratación que a su juicio contravenga las disposiciones de la citada Ley y su Reglamento, de conformidad con los Artículos 65 y 66 de la Ley.
16. CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley, de su Reglamento o de los Instrumentos Jurídicos celebrados con base en los mismos, que se deriven de los procedimientos de contratación, serán resueltas por los Tribunales Federales, conforme a los Artículos 15 y 85 de la Ley.
SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA SECRETARIADO EJECUTIVO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
FICHA TÉCNICA
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO AL PARQUE VEHICULAR PROPIEDAD DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA CON VIGENCIA DEL 1 XX XXXXX AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.
DESCRIPCIÓN DEL PARQUE VEHICULAR DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS CUALES SE LES PROPORCIONARÁ MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO DURANTE EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 XX XXXXX AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.
N° | MARCA | MODELO |
1 | CHEVROLET SUBURBAN | 2000 |
2 | CHEVROLET SUBURBAN | 2000 |
3 | CHEVROLET SUBURBAN | 1997 |
4 | CHEVROLET CARGO VAN | 2000 |
5 | CHEVROLET CAVALIER | 1999 |
6 | CHEVROLET CAVALIER | 1999 |
7 | CHEVROLET EXP. VAGONETA 4/P | 1999 |
8 | CHEVROLET MALIBÚ | 1999 |
9 | CHEVROLET MONZA SEDAN | 1998 |
10 | CHEVROLET PICK UP | 2000 |
11 | CHEVROLET PICK UP | 2000 |
12 | CHRYSLER PICK UP | 1998 |
13 | CHRYSLER XXXXXXX | 0000 |
14 | CHRYSLER XXXXXXX | 0000 |
15 | CHRYSLER NEÓN | 2004 |
16 | CHRYSLER NEÓN | 2003 |
17 | CHRYSLER NEÓN | 2003 |
18 | CHRYSLER NEÓN | 2003 |
19 | XXXX CONTOUR | 1999 |
20 | XXXX CONTOUR | 1999 |
21 | XXXX ESCORT | 1998 |
22 | XXXX MICROBÚS | 2000 |
23 | XXXX MICROBÚS | 2000 |
24 | NISSAN SENTRA | 1997 |
25 | NISSAN TSURU | 2003 |
26 | NISSAN TSURU | 2001 |
27 | NISSAN TSURU | 2003 |
28 | NISSAN TSURU | 2003 |
29 | NISSAN TSURU | 2001 |
30 | NISSAN TSURU | 2003 |
31 | NISSAN TSURU | 2003 |
32 | NISSAN TSURU | 2003 |
33 | NISSAN TSURU | 1997 |
34 | NISSAN TSURU | 2003 |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
N° | MARCA | MODELO |
35 | NISSAN TSURU | 2003 |
36 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
37 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
38 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
39 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
40 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
41 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
42 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
43 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
44 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
45 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
46 | CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
47 | NISSAN PLATINA | 2006 |
48 | NISSAN PLATINA | 2006 |
49 | NISSAN PLATINA | 2006 |
50 | NISSAN PLATINA | 2006 |
51 | NISSAN PLATINA | 2006 |
52 | NISSAN PLATINA | 2006 |
53 | NISSAN PLATINA | 2006 |
54 | NISSAN PLATINA | 2006 |
55 | NISSAN PLATINA | 2006 |
56 | NISSAN PLATINA | 2006 |
57 | NISSAN PLATINA | 2006 |
58 | NISSAN PLATINA | 2006 |
59 | NISSAN PLATINA | 2006 |
60 | NISSAN PLATINA | 2006 |
61 | NISSAN PLATINA | 2006 |
62 | NISSAN PLATINA | 2006 |
63 | NISSAN PLATINA | 2006 |
64 | NISSAN PLATINA | 2006 |
65 | MITSUBISHI OUTLANDER* | 2008 |
* ESTE VEHÍCULO SOLAMENTE DEBERÁ SER CONSIDERADO PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE VERIFICACIÓN DEL SEGUNDO SEMESTRE DE 2010, YA QUE CUENTA CON GARANTÍA DE AGENCIA.
EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA ENTREGARÁ AL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, UNA RELACIÓN DEL PARQUE VEHICULAR CON NÚMERO DE PLACAS DE CIRCULACIÓN, AL CUAL SE LE REALIZARÁN LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
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REQUISITOS TÉCNICOS
1. LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN CONTAR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
1.1. EQUIPO REQUERIDO:
EQUIPO REQUERIDO | CANTIDAD SOLICITADA | CANTIDAD CON LA QUE CUENTA |
ESCÁNER PARA DETECCIÓN Y CORRECCIÓN XX XXXXXX PARA VEHÍCULOS AMERICANOS. | 1 | |
ESCÁNER PARA DETECCIÓN Y CORRECCIÓN XX XXXXXX PARA VEHÍCULOS ASIÁTICOS. | 1 | |
ESCÁNER PARA DETECCIÓN Y CORRECCIÓN XX XXXXXX PARA VEHÍCULOS EUROPEOS. | 1 | |
FOSO Y EQUIPO DE ALINEACIÓN. | 1 | |
EQUIPO DE BALANCEO POR COMPUTADORA EN 4 PLANOS. | 1 | |
EQUIPO PARA LAVADO DE INYECTORES. | 1 | |
PLATAFORMA Y EQUIPO PARA LAVADO A PRESIÓN. | 1 | |
EQUIPO PARA ENGRASADO A PRESIÓN. | 1 | |
EQUIPO PARA ANÁLISIS DE EMISIÓN DE 5 GASES. | 1 | |
GATO DE DOS TONELADAS. | 5 (preferentemente) | |
GATO PARA MÁS DE TRES TONELADAS. | 4 (preferentemente) |
1.2. UNA UNIDAD DE TRANSPORTE DEL LICITANTE PARA EL TRASLADO Y ATENCIÓN OPORTUNA ANTE EL REPORTE XX XXXXXX EN TRÁNSITO EN EL D.F. Y ÁREA METROPOLITANA (PROPORCIONAR LOS DATOS DE LA UNIDAD EN LA SIGUIENTE TABLA):
MARCA Y TIPO DE VEHÍCULO | MODELO |
1.3. UNA GRÚA, CON CAPACIDAD MÍNIMO DE 2 TONELADAS O CONTRATO DE GRÚAS PARA EL TRASLADO DE VEHÍCULOS, MISMO QUE DEBERÁ SER POR UNA VIGENCIA IGUAL O SUPERIOR A LA VIGENCIA DEL SERVICIO CONTRATADO (PROPORCIONAR LOS DATOS DE LA UNIDAD EN LAS SIGUIENTES TABLAS):
MARCA Y TIPO XX XXXX | MODELO |
NOMBRE DE LA EMPRESA DE GRÚAS | NÚMERO DE CONTRATO |
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1.4. INDICAR LA UBICACIÓN DONDE SE PRESTARÁ EL SERVICIO Y LA SUPERFICIE CON LA QUE SE CUENTA, CONSIDERANDO LAS CANTIDADES PREFERENTEMENTE REQUERIDAS DEL TALLER:
DOMICILIO | PREFERENTEMENTE ÁREA TECHADA DE SUPERFICIE DEL TALLER | PREFERENTEMENTE ÁREA DE SUPERFICIE DEL TALLER |
250 MTS² | 500 MTS² |
1.5. RELACIÓN DE PERSONAL SOLICITADO PARA ATENCIÓN EN EL TALLER:
NOMBRE | CANTIDAD |
SUPERVISOR. | 1 |
RECEPCIONISTA DE VEHÍCULOS. | 1 |
MECÁNICOS GENERALES. | 3 (PREFERENTEMENTE) |
MECANICOS ESPECIALIZADOS EN TRANSMISIONES AUTOMATICAS. | 2 (PREFERENTEMENTE) |
AYUDANTES DE MECÁNICO. | 3 (PREFERENTEMENTE) |
AUTOELÉCTRICO. | 1 |
AYUDANTE DE AUTOELÉCTRICO. | 1 |
2. DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR PARA SER INCLUIDA DENTRO DE LA PROPUESTA TÉCNICA.
2.1.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE, QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO TODAS LAS REFACCIONES QUE UTILICE SERÁN NUEVAS Y ORIGINALES DE LA MARCA DE LOS VEHÍCULOS O LAS AUTORIZADAS POR EL FABRICANTE DE LOS MISMOS, ASÍ MISMO SE COMPROMETE A MANTENER DISPONIBILIDAD DE LAS MISMAS.
2.2.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LAS PIEZAS, PARTES Y REFACCIONES QUE SEAN REEMPLAZADAS SERÁN ENTREGADAS A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES, AL MOMENTO DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO DEBIDAMENTE EMPACADAS E IDENTIFICADAS CON EL NÚMERO DE LA ORDEN DE SERVICIO CORRESPONDIENTE Y EL NÚMERO DE PLACAS DE CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO, A EXCEPCIÓN DEL FILTRO DE ACEITE.
2.3.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO SE COMPROMETE A DAR ATENCIÓN A LAS FALLAS MECÁNICAS QUE LES OCURRA A LOS VEHÍCULOS SEÑALADOS EN LA PRESENTE FICHA TÉCNICA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, DEBIENDO EL LICITANTE RECOGER EL O LOS VEHÍCULOS EN LAS INSTALACIONES DEL SECRETARIADO PARA EFECTUAR LAS REPARACIONES QUE PROCEDAN Y ENTREGARLOS EN CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO. PARA EL CASO XX XXXXXX EN TRÁNSITO, EL LICITANTE DEBERÁ DE RECOGER LOS VEHÍCULOS EN EL LUGAR DONDE SUCEDA.
PARA EL CASO DE RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS QUE PRESENTEN FALLAS EN TRÁNSITO EL SERVICIO DE RESCATE VIAL EN EL DISTRITO FEDERAL Y ÁREA METROPOLITANA , SERÁ SIN COSTO ADICIONAL LAS 24 HORAS DEL DÍA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, EN CUYO CASO, EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ REALIZAR UN INVENTARIO VEHICULAR, EN FORMATO CON MEMBRETE DONDE SE MANIFIESTEN LAS CONDICIONES EN LAS QUE FUE RECIBIDA LA UNIDAD, ACCESORIOS, HERRAMIENTAS, FALTANTES, DAÑOS Y NIVEL DE COMBUSTIBLE, EL CUAL SERÁ FIRMADO POR PERSONAL DEL LICITANTE ADJUDICADO Y DE CONFORMIDAD CON EL USUARIO QUE EN ESE MOMENTO CONDUZCA EL VEHÍCULO.
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2.4.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, EL TRASLADO DE VEHÍCULOS A SUS INSTALACIONES PARA REALIZARLES EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO, CORRERÁ POR SU CUENTA Y RIESGO SIN COSTO ADICIONAL PARA “EL SECRETARIADO”.
2.5.- CARTA DEL LICITANTE EN DONDE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, ENTREGARÁ PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EQUIVALENTE AL 100% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS QUE AFECTEN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA DE SU PARTE, SE LLEGUEN A CAUSAR A LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES O A TERCEROS.
2.6 CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LA GARANTÍA DE MANO DE OBRA POR MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO Y REFACCIONES, SERÁ DE CUANDO MENOS TRES MESES, A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, DICHO PLAZO DE LA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE AÚN DESPUÉS DE LA TERMINACIÓN DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
2.7.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LA VIGENCIA DEL CONTRATO DE GRÚAS (EN SU CASO), SERÁ IGUAL O SUPERIOR A LA VIGENCIA DEL SERVICIO CONTRATADO, COMO ESTA ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 1.3 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
2.8.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, ACEPTA QUE EL CONTRATO SEA RESCINDIDO EN CASO DE RECIBIR CINCO LLAMADAS DE ATENCIÓN POR ESCRITO QUE EFECTUÉ LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES, POR DEFICIENCIAS EN EL SERVICIO ESTABLECIDOS EN LOS NUMERALES 3.5, 3.8, 3.11, 3.12 Y 3.13, DURANTE UN XXXXXXX XX 00 XXXX NATURALES.
2.9.- CARTA DEL LICITANTE EN LA QUE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTA CON PERMISO VIGENTE DE USO DE SUELO, PARA PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
3. POLÍTICAS DE OPERACIÓN.
3.1.- EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, SE EFECTUARÁ EN EL DOMICILIO E INSTALACIONES DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
3.2.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ PRESENTAR POR ESCRITO A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, A MÁS TARDAR EN LA FECHA DE INICIO DEL CONTRATO, LOS NÚMEROS TELEFÓNICOS CONVENCIONALES Y CELULARES Y CORREO(S) ELECTRÓNICO(S) A TRAVÉS DE LOS CUALES SE REALIZARÁN LOS REPORTES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS ASÍ COMO EL SERVICIO DE GRÚAS.
3.3.- TODOS LOS VEHÍCULOS A LOS QUE SE LES PROPORCIONE EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO SERÁN RECOGIDOS POR EL PERSONAL DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EN EL LUGAR QUE LE SOLICITE LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO” Y UNA VEZ REPARADOS DEBERÁN SER ENTREGADOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA MENCIONADA JEFATURA, EN EL DOMICILIO UBICADO EN XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX 000, XXX. XXXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXXXX XXXXXXX.
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3.4.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ANTES DE LA RECEPCIÓN DEL(OS) VEHÍCULO(S) PARA EFECTUARLE(S) MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO, DEBERÁ REALIZAR UN INVENTARIO VEHICULAR, EN FORMATO CON MEMBRETE DONDE SE MANIFIESTEN LAS CONDICIONES EN LAS QUE FUE RECIBIDA LA UNIDAD, ACCESORIOS, HERRAMIENTAS, FALTANTES, DAÑOS Y NIVEL DE COMBUSTIBLE, EL CUAL SERÁ FIRMADO POR PERSONAL DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” Y DE CONFORMIDAD POR LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”.
PARA EL CASO DE RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS QUE PRESENTEN FALLAS EN TRÁNSITO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ REALIZAR UN INVENTARIO VEHICULAR, EN FORMATO CON MEMBRETE DONDE SE MANIFIESTEN LAS CONDICIONES EN LAS QUE FUE RECIBIDA LA UNIDAD, ACCESORIOS, HERRAMIENTAS, FALTANTES, DAÑOS Y NIVEL DE COMBUSTIBLE, EL CUAL SERÁ FIRMADO POR PERSONAL DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” Y DE CONFORMIDAD CON EL USUARIO QUE EN ESE MOMENTO CONDUZCA EL VEHÍCULO.
3.5.- EL TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA PARA LA RECEPCIÓN DE VEHÍCULOS POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EN LAS INSTALACIONES DE “EL SECRETARIADO”, PARA LA REALIZACIÓN DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO SERÁ DE CINCO HORAS DESPUÉS DE REALIZADA LA SOLICITUD POR PARTE DE LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, VÍA TELEFÓNICA Y/O CORREO ELECTRÓNICO Y COMO MÁXIMO DE DOS HORAS PARA ATENCIÓN XX XXXXXX EN TRÁNSITO DESPUÉS DE LA SOLICITUD REALIZADA POR LA JEFATURA ANTES MENCIONADA VÍA TELEFÓNICA O POR CORREO ELECTRÓNICO. EN CASO DE NO CUMPLIR CON LOS PLAZOS ESTABLECIDOS SE APLICARÁ LA DEDUCTIVA SEÑALADA EN EL NUMERAL 8 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
3.6.- LOS VEHÍCULOS SERÁN ENTREGADOS A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” MEDIANTE ORDEN DE SERVICIO AUTORIZADA POR LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO” Y EN NINGÚN CASO “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” PODRÁ REALIZAR MANTENIMIENTOS A UNIDADES SIN LA ORDEN DE SERVICIO CORRESPONDIENTE.
3.7.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ PROPORCIONAR COMO MÍNIMO CINCO CAJONES DE ESTACIONAMIENTO TECHADOS DENTRO DEL TALLER PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, PARA LOS VEHÍCULOS DE “EL SECRETARIADO”.
3.8.- EL TIEMPO MÁXIMO PARA LA REALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO SERÁ DE 48 HORAS HÁBILES A PARTIR DEL MOMENTO DE RECEPCIÓN DE LA UNIDAD POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EN CASO DE NO CUMPLIR CON EL PLAZO ESTABLECIDO SE APLICARÁ LA DEDUCTIVA SEÑALADA EN EL NUMERAL 8 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
3.9.- SI DERIVADO DE UN MANTENIMIENTO PREVENTIVO, SE REQUIERE LA REALIZACIÓN DE UN MANTENIMIENTO CORRECTIVO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ ENTREGAR UNA COTIZACIÓN DETALLADA POR ESCRITO PREVIO DIAGNOSTICO, A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, PARA AUTORIZAR LA REPARACIÓN CORRESPONDIENTE, UNA VEZ ANALIZADOS LOS COSTOS EN EL MERCADO, LOS CUALES SERÁN TOMADOS DE LOS PRECIOS DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRO MEDIO PÚBLICO EN EL CUAL SE DESGLOCEN LOS PRECIOS UNITARIOS.
3.10.- PARA EL CASO DE CAMBIO DE LLANTAS, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ EMITIR UN DICTÁMEN ESCRITO, EN EL CUAL MENCIONE LA SITUACIÓN EN LA CUAL SE ENCUENTRA EL NEUMÁTICO Y SI ES NECESARIO REALIZAR EL CAMBIO DEL MISMO.
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3.11.- PARA LA REALIZACIÓN DE CUALQUIER MANTENIMIENTO CORRECTIVO, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ ENTREGAR UNA COTIZACIÓN POR ESCRITO PREVIO DIAGNOSTICO, A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, PARA AUTORIZAR LA REPARACIÓN CORRESPONDIENTE, UNA VEZ ANALIZADOS LOS COSTOS EN EL MERCADO, LOS CUALES SERÁN TOMADOS DE LOS PRECIOS DEL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRO MEDIO PÚBLICO EN EL CUAL SE DESGLOCEN LOS PRECIOS UNITARIOS, LA CUAL DEBERÁ CONTENER UNA DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL MATERIAL Y LA MANO DE OBRA. DICHAS COTIZACIONES DEBERÁN DE SER ENTREGADAS POR ESCRITO EN UN PLAZO MÁXIMO DE 12 HORAS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE VEHÍCULO POR PARTE DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, EN CASO DE NO CUMPLIR CON EL PLAZO ESTABLECIDO SE APLICARÁ LA DEDUCTIVA SEÑALADA EN EL NUMERAL 8 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
3.12.- EL TIEMPO MÁXIMO PARA LA REALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO SERÁ DE 96 HORAS HÁBILES A PARTIR DEL MOMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LA REPARACIÓN, EN CASO DE NO CUMPLIR CON EL PLAZO ESTABLECIDO SE APLICARÁ LA DEDUCTIVA SEÑALADA EN EL NUMERAL 8 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
EN CASO DE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” REQUIERA DE UN PLAZO MAYOR AL ESTABLECIDO EN ESTE NUMERAL, DEBERÁ NOTIFICARLO VÍA TELEFÓNICA Y POR CORREO ELECTRÓNICO A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, DENTRO DE LAS 24 HORAS POSTERIORES A LA RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO, ACORDANDO POR ESCRITO, EN COORDINACIÓN CON LA MENCIONADA JEFATURA, EL TIEMPO ADICIONAL EN EL CUAL “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ENTREGARÁ EL VEHÍCULO EN ÓPTIMAS CONDICIONES DE FUNCIONAMIENTO Y A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA CITADA JEFATURA, CON LA FINALIDAD DE NO APLICAR LA DEDUCTIVA CORRESPONDIENTE.
3.13.- EL TIEMPO MÁXIMO PARA LA CORRECCIÓN DE UNA RECLAMACIÓN POR CONCEPTO DE LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 2.6.- GARANTÍA DE MANO DE OBRA POR MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO Y REFACCIONES, SERÁ DE 36 HORAS, EN CASO DE NO CUMPLIR CON EL PLAZO ESTABLECIDO SE APLICARÁ LA DEDUCTIVA SEÑALADA EN EL NUMERAL 8 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA.
EN CASO DE QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” REQUIERA DE UN PLAZO MAYOR AL ESTABLECIDO EN ESTE NUMERAL, DEBERÁ NOTIFICARLO VÍA TELEFÓNICA Y POR CORREO ELECTRÓNICO A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO” DENTRO DE LAS 6 HORAS POSTERIORES A LA RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO, ACORDANDO EN COORDINACIÓN CON LA JEFATURA ANTES MENCIONADA, EL PLAZO NECESARIO DE ATENCIÓN, EL CUAL NO PODRÁ SER MAYOR A 48 HORAS DESPUÉS DE LA RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO, CON LA FINALIDAD DE NO APLICAR LA DEDUCTIVA CORRESPONDIENTE.
3.14.- EL PERSONAL TÉCNICO DE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” QUE REALICE EL TRASLADO DE VEHÍCULOS AL TALLER PARA SU MANTENIMIENTO, DEBERÁ PRESENTARSE CON UN ESCRITO EN HOJA MEMBRETADA DEL LICITANTE ADJUDICADO EN EL QUE SE DESIGNE COMO RESPONSABLE DEL TRASLADO DEL VEHICULO, CON IDENTIFICACIÓN OFICIAL PARA TENER ACCESO A LAS INSTALACIONES DE “EL SECRETARIADO” Y CON LICENCIA VIGENTE PARA LA RECEPCIÓN Y TRASLADO DE VEHÍCULOS.
3.15.- EL SERVICIO DE VERIFICACIÓN DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES, SE REALIZARÁ DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR CADA UNO DE LOS VEHÍCULOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS ASÍ LO REQUIERAN, DE CONFORMIDAD CON LA NORMA CORRESPONDIENTE, INCLUYE TRASLADO DEL VEHÍCULO DE LAS INSTALACIONES DEL TALLER AL VERIFICENTRO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES DEL PERIODO CORRESPONDIENTE, EL CUAL DEBERÁ SER EFECTUADO CONFORME A LOS PERIODOS ESTABLECIDOS POR LAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.
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EN SU CASO, LAS MULTAS QUE SE ORIGINEN POR EL INCUMPLIMIENTO AL PROGRAMA DE VERIFICACIÓN DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES, CUANDO ÉSTAS SEAN IMPUTABLES A “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, DEBERÁN SER CUBIERTAS POR EL MISMO.
4. REPORTES.
4.1.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ ENTREGAR JUNTO CON LA FACTURA CORRESPONDIENTE A CADA UNIDAD, COMO REQUISITO PARA EL PAGO, LOS REPORTES DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO REALIZADOS AL PARQUE VEHICULAR DE “EL SECRETARIADO”, A LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”, CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN.
a) PARA EL CASO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO:
a.1) REFACCIONES SUSTITUIDAS INDICANDO:
• MARCA.
a.2) DIAGNÓSTICO POR ESCRITO PARA LA REALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO, ESPECIFICANDO:
• FALLA.
• PIEZAS A SUSTITUIR.
• TIEMPO DE REALIZACIÓN DEL TRABAJO.
a.3) REGISTRO DE FECHA DE RECEPCIÓN Y ENTREGA DE LA UNIDAD.
a.4) FICHA TÉCNICA CON LA DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SERVICIOS REALIZADOS AL VEHÍCULO.
a.5) REPORTE DEL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO DEL VEHÍCULO, DESPUÉS DE LA REALIZACIÓN DE LAS REPARACIONES.
b) PARA EL REPORTE DE ATENCIÓN XX XXXXXX EN TRÁNSITO:
b.1) UBICACIÓN DE ATENCIÓN XX XXXXX EN TRÁNSITO. b.2) FALLA PRESENTADA.
b.3) SOLUCIÓN DE LA FALLA PRESENTADA.
b.4) FORMA DE TRASLADO DE LA UNIDAD AL TALLER EN CASO DE QUE LA REPARACIÓN NO SE PUEDA REALIZAR EN SITIO.
5.- VISITA.
“EL SECRETARIADO” REALIZARÁ UNA VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS TALLERES DE LOS LICITANTES, EN ÉSTA VISITA SE VERIFICARÁ LO SOLICITADO EN EL PUNTO 1. “LOS LICITANTES PARTICIPANTES DEBERÁN CONTAR CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS” DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA, MISMA QUE SE EFECTUARÁ UN DÍA HÁBIL DESPUÉS DE LA APERTURA DE PROPUESTAS.
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6. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
6.1.- FRECUENCIA DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
AFINACIÓN.
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO.
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS.
LAVADO Y ENGRASADO.
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON PAGO DE DERECHOS.
RELLENO DE NIVELES.
ALINEACIÓN Y BALANCEO.
CHECAR RÉGIMEN DE CARGA.
REVISIÓN DE SISTEMA ELÉCTRICO EN GENERAL
SUSTITUCIÓN DE LLANTAS
FRECUENCIA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABOLECIDO EN EL NUMERAL 7 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA
DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE “EL SECRETARIADO“
UNIDAD DE MEDIDA
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
SERVICIO
TOTAL DE UNIDADES A LAS QUE SE LES REALIZARÁ EL SERVICIO
65
65
65
65
65
65
65
65
65
DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE “EL SECRETARIADO“
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6.2 CONCEPTOS MÍNIMOS QUE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ EFECTUAR EN LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
6.2.1.- AFINACIÓN DE MOTOR EFI:
• LAVADO DE INYECTORES.
• LIMPIEZA DE CUERPO DE ACELERACIÓN.
• CAMBIO DE BUJÍAS, DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES DEL FABRICANTE.
• CAMBIO DE FILTRO DE AIRE.
• CAMBIO DE FILTRO DE GASOLINA.
• LIMPIEZA DE VÁLVULA P.C.V.
• REVISIÓN DEL SISTEMA DE INYECCIÓN Y CONTROL DE EMISIONES CON SCANNER.
• ANÁLISIS DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES.
6.2.2.- CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO:
• ACEITE PARA MOTOR DE GASOLINA.
• CAMBIO DE FILTRO DE ACEITE.
6.2.3.- XXXXXXXX Y AJUSTE DE FRENOS:
• REVISIÓN DE FUGAS DE LÍQUIDO DE FRENOS.
• REVISIÓN DE DESGASTE DE PASTILLAS DE FRENOS.
• MEDIR ESPESOR DE DISCOS.
• MEDIR DIÁMETRO DE TAMBORES.
• LIMPIEZA DE BALATAS.
• AJUSTE DE FRENO DE MANO.
• LAVADO Y ENGRASADO XX XXXXXXX DE RODAMIENTO DELANTEROS Y TRASEROS.
6.2.4.- SERVICIO XX XXXXXX Y ENGRASADO:
• LAVADO DE MOTOR.
• LAVADO DE CHASIS.
• ENGRASADO DE SUSPENSIÓN.
• LAVADO DE CARROCERÍA.
• ASPIRADO DE INTERIORES.
6.2.5.- SERVICIO DE VERIFICACIÓN:
• ANÁLISIS DE EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES.
• REVISIÓN DE SISTEMA DE ESCAPE.
• REVISIÓN DE MANGUERAS.
• TRASLADO DEL VEHÍCULO AL VERIFICENTRO AUTORIZADO.
• HOLOGRAMA “0” DEL PERIODO CORRESPONDIENTE AL VEHÍCULO.
• HOLOGRAMA “2” DEL PERIODO CORRESPONDIENTE AL VEHÍCULO.
• CERTIFICADO DE VERIFICACIÓN.
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6.2.6.- RELLENO DE NIVELES:
• RELLENO DE ACEITE DE MOTOR.
• RELLENO DE ACEITE PARA DIRECCIÓN HIDRÁULICA.
• RELLENO DE ACEITE DE CAJA DE VELOCIDADES ESTÁNDAR (EN SU CASO).
• RELLENO DE ACEITE DE TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA (EN SU CASO).
• RELLENO DE LÍQUIDO DE FRENOS.
• RELLENO DE ELECTROLITO DE BATERÍA, LA PUESTA A PUNTO DEL NIVEL SE TENDRÁ QUE REALIZAR CON AGUA BIDESTILADA.
• REVISIÓN DE PRESIÓN DE INFLADO DE LLANTAS.
• RELLENO DE ANTICONGELANTE.
6.2.7.- ALINEACIÓN Y BALANCEO:
• MEDIR Y AJUSTAR ÁNGULO DE INCLINACIÓN XX XXXXXX DELANTERAS.
• BALANCEO DE LAS CUATRO RUEDAS.
• ROTACIÓN DE LLANTAS.
6.2.8.- REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA:
• REVISIÓN DE CARGA DEL ALTERNADOR.
• REVISIÓN DE NIVEL DE RETENCIÓN DE CARGA DE BATERÍA.
• REVISIÓN DE REGULADOR DE CORRIENTE.
• REVISIÓN DE NIVEL DE ELECTROLITO DE BATERÍA (EN CASO DE REQUERIR RELLENO PARA PUESTA A PUNTO DEL NIVEL ÉSTE SE TENDRÁ QUE REALIZAR CON AGUA BIDESTILADA).
6.2.9.- REVISIÓN DE SISTEMA ELÉCTRICO EN GENERAL:
• REVISIÓN XX XXXXX INTERIORES Y EXTERIORES.
• REVISIÓN DE INDICADORES DE TABLERO DE CONTROL.
• REVISIÓN DE SISTEMA DE LIMPIADORES.
7. PROGRAMA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO AL PARQUE VEHICULAR.
7.1. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO, DURANTE EL MES DE JULIO.
TERMINACIÓN DE PLACAS 5 Y 6.
MARCA MODELO | |
CHEVROLET MONZA SEDÁN | 1998 |
CHRYSLER NEÓN | 2004 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
FORD CONTOUR | 1999 |
NISSAN TSURU | 2001 |
NISSAN TSURU | 1997 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
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7.2. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO, DURANTE EL MES XX XXXXXX
TERMINACIÓN DE PLACAS 7 Y 8.
MARCA | MODELO |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHEVROLET CARGO VAN | 2000 |
CHEVROLET PICK UP | 2000 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
CHRYSLER NEÓN | 2003 |
CHRYSLER DURANGO | 1998 |
FORD CONTOUR | 1999 |
NISSAN SENTRA | 1997 |
CHEVROLET SUBURBAN | 2000 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
MITSUBISHI OUTLANDER | 2008 |
7.3. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO, DEL MES DE SEPTIEMBRE
TERMINACIÓN DE PLACAS 3 Y 4.
MARCA | MODELO |
CHEVROLET SUBURBAN | 2000 |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN TSURU | 2001 |
CHYSLER NEÓN | 2003 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
7.4. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO, DEL MES DE OCTUBRE
TERMINACIÓN DE PLACAS 1 Y 2.
MARCA | MODELO |
CHEVROLET CAVALIER | 1999 |
FORD MICROBÚS | 2000 |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHEVROLET MALIBÚ | 1999 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
CHEVROLET SUBURBAN | 1997 |
CHRYSLER DURANGO | 2000 |
FORD MICROBUS | 2000 |
NISSAN TSURU | 2003 |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
7.5. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO, DE LOS MESES XX XXXXX Y NOVIEMBRE
TERMINACIÓN DE PLACAS 9 Y 0.
MARCA | MODELO |
CHEVROLET PICK UP | 2000 |
FORD ESCORT | 1998 |
NISSAN TSURU | 2003 |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHEVROLET MALIBÚ | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
CHEVROLET CAVALIER | 1999 |
CHRYSLER NEÓN | 2003 |
NISSAN TSURU | 2003 |
CHRYSLER DURANGO | 2005 |
CHEVROLET EXP. VAGONETA | 1999 |
NISSAN PLATINA | 2006 |
8. DEDUCTIVAS.
SE APLICARÁ UNA DEDUCTIVA CORRESPONDIENTE AL 1% POR CADA HORA DE ATRASO EN LO SEÑALADO EN LOS NUMERALES 3.5, 3.8, 3.11, 3.12 Y 3.13 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA, MISMA QUE SERÁ CALCULADA DEL IMPORTE TOTAL DE LOS SERVICIOS EFECTUADOS A LA UNIDAD DE QUE SE TRATE, SIN CONSIDERAR EL I.V.A. DE IGUAL FORMA SE APLICARÁ DE MANERA ACUMULATIVA EL 1% POR INCUMPLIMIENTO A CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LA PRESENTE FICHA TÉCNICA, QUE SERÁ CALCULADA DEL IMPORTE TOTAL A FACTURAR POR LOS SERVICIOS EFECTUADOS AL VEHÍCULO DE QUE SE TRATE SIN CONSIDERAR EL I.V.A.
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
EN CASO DE QUE LAS PENAS CONVENCIONALES APLICADAS REBASEN DE MANERA ACUMULATIVA EL 10% DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO SE PROCEDERÁ A LA RESCISIÓN DEL MISMO.
9. FORMA DE PAGO.
LOS PAGOS SE REALIZARÁN POR SERVICIOS PRESTADOS, DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA RECEPCIÓN DE LA FACTURA DEL VEHÍCULO CORRESPONDIENTE, UNA VEZ RECIBIDOS LOS SERVICIOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA JEFATURA DE SERVICIOS GENERALES DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES DE “EL SECRETARIADO”.
10. MONTO MÍNIMO Y MÁXIMO
MONTO MÍNIMO | MONTO MÁXIMO | |
MONTO SIN I.V.A. | $ 241,379.31 | $ 603,448.28 |
I.V.A. | $ 38,620.69 | $ 96,551.72 |
MONTO CON I.V.A. | $ 280,000.00 | $ 700,000.00 |
NOTA: LA ORDEN DE SURTIMIENTO SERÁ ÚNICA.
11. CATÁLOGO DE CONCEPTOS.
11.1 MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS.
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN TSURU. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN TSURU CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN SENTRA. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN SENTRA CON MOTOR DE 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. | |||
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET MONZA. | COSTO DE MANO DE COSTO DE OBRA UNITARIO REFACCIONES TOTAL UNITARIO | ||
CHEVROLET MONZA CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET CAVALIER. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET CAVALIER CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULO CHEVROLET MALIBÚ. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET MALIBÚ CON MOTOR 6 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR SEIS CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET SUBURBAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET SUBURBAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET VAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET EXPRESS VAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET VAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET CARGO VAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS PICK UP. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
PICK UP CHEVROLET CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHRYSLER NEÓN | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHRYSLER NEÓN CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHRYSLER DURANGO. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHRYSLER DURANGO CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS PICK UP. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
PICK UP DODGE CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS FORD CONTOUR. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
FORD CONTOUR CON MOTOR 6 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR SEIS CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULO FORD ESCORT. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
FORD ESCORT CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO* DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA MICROBUSES. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
MICROBUSES FORD CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR OCHO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA DOS Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN PLATINA. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN PLATINA CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
AFINACIÓN DE MOTOR CUATRO CILÍNDROS EFI. | |||
LAVADO Y ENGRASADO. | |||
CAMBIO DE ACEITE Y FILTRO. | |||
LIMPIEZA Y AJUSTE DE FRENOS. | |||
ALINEACIÓN Y BALANCEO. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
RELLENO DE NIVELES. | |||
REVISIÓN DE RÉGIMEN DE CARGA. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS MITSUBISHI OUTLANDER. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
MITSUBISHI OUTLANDER CON MOTOR 6 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS | |||
SERVICIO DE VERIFICACIÓN CON HOLOGRAMA CERO Y PAGO DE DERECHOS. | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
11.2 MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN TSURU. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN TSURU CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN SENTRA. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN SENTRA CON MOTOR DE 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET MONZA. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET MONZA CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET CAVALIER. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET CAVALIER CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULO CHEVROLET MALIBÚ. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET MALIBÚ CON MOTOR 6 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET SUBURBAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET SUBURBAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET VAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET EXPRESS VAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHEVROLET VAN. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHEVROLET CARGO VAN CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS PICK UP. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
PICK UP CHEVROLET CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHRYSLER NEÓN | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHRYSLER NEÓN CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHRYSLER NEÓN | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHRYSLER NEÓN CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS CHRYSLER DURANGO. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
CHRYSLER DURANGO CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVO | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS PICK UP. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
PICK UP DODGE CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS XXXX CONTOUR. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
XXXX CONTOUR CON MOTOR 6 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE SENSOR DE OXIGENO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
CAMBIO DE SENSOR DE CAJA DE VELOCIDADES | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULO XXXX ESCORT. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
XXXX ESCORT CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH (KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA MICROBUSES. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
MICROBUSES XXXX CON MOTOR 8 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. |
CATÁLOGO DE CONCEPTOS PARA VEHÍCULOS NISSAN PLATINA. | COSTO DE MANO DE OBRA UNITARIO | COSTO DE REFACCIONES UNITARIO | TOTAL |
NISSAN PLATINA CON MOTOR 4 CILÍNDROS EFI. | |||
MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS | |||
REPARACIÓN DE FRENOS EN GENERAL (CAMBIO DE BALATAS, RECTIFICADO DE DISCOS Y TAMBORES) | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES DELANTEROS | |||
CAMBIO DE AMORTIGUADORES TRASEROS | |||
CAMBIO DE ACUMULADOR | |||
CAMBIO DE CLUTCH ( KIT COMPLETO ) | |||
CAMBIO XX XXXXXXX DEL VELOCÍMETRO | |||
CAMBIO DE BOMBA DE GASOLINA | |||
TOTAL, SIN INCLUIR EL I.V.A. | |||
SUMA TOTAL | |||
IVA | |||
TOTAL GLOBAL |
LOS CONCEPTOS DEL CATÁLOGO DE LOS MANTENIMIENTOS CORRECTIVOS REFLEJADOS EN EL NUMERAL 11.2 DE LA PRESENTE FICHA TÉCNICA, SON ENUNCIATIVOS MÁS NO LIMITATIVOS.
FORMATO GUÍA 1
Invitacion a Cuando Menos Tres Personas Nacional
SG/SS/IA3-N/003/10
Requisitos solicitados en los numerales 4.1, 4.2 y 4.3:
4.1 Requisitos Legales-Administrativos.
A. Los licitantes, deberán acreditar su personalidad, para efectos de la suscripción de las proposiciones, y en su caso la firma del contrato, por escrito en original y bajo protesta de decir verdad, que cuentan con facultades suficientes para comprometerse por si o su representada, indicando dirección de correo electrónica, en caso de contar con el. (Formato Guía 2).
No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero solo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento.
B. Carta bajo protesta de decir verdad, de conformidad con el Artículo 29 Fracción VIII de la Ley, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo, de la Ley y (sic).
C. Carta de Declaración de Integridad, en la que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 29 fracción IX de la Ley y 30 fracción VIl del Reglamento.
X. Xxxxx en la que manifieste que se encuentra al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales.
4.2 Requisitos Técnicos.
A. La Propuesta Técnica, deberá contener la descripción clara de la partida de conformidad con lo solicitado en la ficha técnica y la información adicional que el licitante considere necesaria.
X. Xxxxx, en la que manifieste que cumple con alguna Norma Oficial Mexicana o las Normas Mexicanas y a falta de estas, las Normas Nacionales o, en su caso, las Normas de Referencia o especificaciones de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 13 y 13-A del Reglamento.
C. Carta en el que manifieste que es una persona física con discapacidad o que es una empresa que cuente con personal con discapacidad en el porcentaje establecido en el Artículo 14 de la Ley. Para aquellos que se encuentren en dicho supuesto y deseen recibir puntos en la evaluación.
D. Constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial que acredite que se trata de una micro, pequeña o mediana empresa que produzca bienes con innovación tecnológica. Para aquellos que se encuentren en dicho supuesto y deseen recibir puntos en la evaluación.
X. Xxxxx bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste que es de nacionalidad mexicana
4.3 Requisitos Económicos.
A. Propuesta Económica deberá contener la descripción clara de la(s) partida(s) conforme a la ficha técnica.
• Precio unitario y el importe total de la propuesta en Moneda Nacional.
• Desglose del Impuesto al Valor Agregado.
• Indicar en caso de otorgar algún descuento y/o bonificación.
• La indicación de que los precios serán fijos hasta la total extinción de las obligaciones derivadas del Instrumento Jurídico.
Cualquier omisión de alguno de los requisitos solicitados en este numeral 4.1, 4.2 y 4.3 será causa de desechamiento de la Propuesta.
FORMATO GUÍA 2
Invitacion a Cuando Menos Tres Personas Nacional
SG/SS/IA3-N/003/10
Datos de la Empresa en Papel Membretado de la Empresa.
a de de
SECRETARIA DE GOBERNACION P R E S E N T E.
( nombre ) Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometer por si o por mi representada la propuesta en el presente Invitación Nacional a cuando menos
tres personas , en nombre y representación de ( persona física o moral )
Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio:
Calle y número
Colonia :
Delegación o municipio
Código Postal:
Entidad Federativa:
Teléfonos:
Fax:
Correo electrónico:
Estratificación de la empresa (MIPyME):
N° de la escritura en la que consta su acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se dio fe de la misma:
Fecha y datos inscripción en el Registro Público de Comercio
Relación de accionistas: Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombres:
Descripción del Objeto Social:
Reformas al Acta Constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura Pública Número:
Fecha:
Nombre número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario
(Nombre y firma del representante legal)
MATRIZ DE EVALUACIÓN
Invitacion a Cuando Menos Tres Personas Nacional
SG/SS/IA3-N/003/10
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el Contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la Convocatoria a la Invitación y sus Anexos, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad y demás circunstancias pertinentes.
Para tales efectos, la adjudicación del Contrato a la proposición que resulte más conveniente para el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se hará a través del mecanismo que atienda a las condiciones, criterios, parámetros y su correspondiente valoración en puntaje, en los siguientes términos:
I.- Criterio Relativo al Precio.- Representado por la proposición solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, o la de menor valor presente, la que tendrá una ponderación de: 50 puntos.
En estos términos, la puntuación que se le asigne a las demás proposiciones que hayan resultado solventes se determinará atendiendo a la siguiente fórmula:
PAj= 50(PSPMB / PPj); Para toda j= 1, 2 ……n Donde:
PAj= Puntos a asignar a la proposición “j”
PSPMB= Proposición solvente cuyo precio es el más bajo, o la de menor valor presente.
PPj= Precio de la proposición “j”
El subíndice ”j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación.
II.- Criterio Relativo a la Capacidad Instalada.- La capacidad instalada atenderá a los requerimientos mínimos de infraestructura que garantice la seguridad del patrimonio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través de la verificación física de los espacios propuestos por los Licitantes para el desarrollo de los servicios requeridos, habilitados específicamente para tal fin. Dicho rubro, deberá tener una ponderación de: 10 puntos, desglosados de la siguiente forma:
Concepto | Puntos |
Superficie techada del taller 250 mts2 y más | 5 |
Superficie techada del taller de 150 a menos 250 mts2 | 3 |
Superficie techada del taller menor de 150 mts2 | 2 |
Concepto | Puntos |
Superficie total del taller 250 mts2 y más | 5 |
Superficie total del taller de 150 a menos de 250 mts2 | 3 |
Superficie total del taller menor de 150 mts2 | 2 |
III.- Criterio Relativo al Equipamiento.- Este rubro atenderá a las necesidades mínimas de equipamiento técnico y herramienta especializada para atender las necesidades de servicio del parque vehicular del Secretariado Ejecutivo no importando marca o modelo específico. Dicho rubro, deberá tener una ponderación de: 20 puntos, desglosados de la siguiente forma:
Equipo requerido | 1 punto | 2 puntos | 3 puntos |
Escáner para detección y corrección xx xxxxxx para vehículos (1 americano, 1 asiático y 1 europeo). | 1 equipo de cada tipo | Más de 1 equipo en cualquiera de los tipos | |
Foso y equipo de alineación | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Equipo de balanceo por computadora en 4 planos. | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Equipo para lavado de inyectores. | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Plataforma y equipo para lavado a presión. | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Equipo para engrasado a presión. | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Equipo para análisis de emisión de 5 gases. | 1 equipo | Más de 1 equipo | |
Gato de dos toneladas. | De 1 a 2 equipos | De 3 a 4 equipos | 5 equipos o más |
Gato para más de tres toneladas. | 1 equipo | De 2 a 3 equipos | 4 o más |
Se acreditará mediante verificación física del equipamiento requerido conforme a la información presentada en la ficha técnica.
IV.- Criterio Relativo a la Capacidad Técnica.- Este rubro atenderá a la plantilla de personal técnico y administrativo necesario para garantizar la atención oportuna en todo momento de las necesidades de servicio programado y eventual al parque vehicular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, conforme a la información presentada en la ficha técnica. Dicho rubro, deberá tener una ponderación de: 10 puntos, desglosados de la siguiente forma:
Personal Solicitado | 1 punto | 2 puntos |
Supervisor. | 1 elemento | Más de 1 elemento |
Recepcionista de vehículos. | 1 elemento | Más de 1 elemento |
Mecánicos generales. | De 1 a 2 elementos | 3 elementos o más |
Mecánicos especializados en transmisiones automáticas. | De 1 a 2 elementos | Más de 2 elementos |
Autoeléctrico. | 1 elemento | Más de 1 elemento |
Se acreditará mediante manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, mediante el cual se avale la experiencia y la especialidad de cada uno de los integrantes de su plantilla de personal que estará destinada a atender los servicios requeridos por el Secretariado Ejecutivo, anexando una ficha de registro que contenga los datos generales y de identificación de dicho personal.
V.- Criterio Relativo a la Garantía de Calidad.- Este rubro atiende a la garantía de la prestación de servicios similares a los requeridos por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, bajo un esquema de eficiencia y calidad, con ausencia de antecedentes de antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos en un lapso no mayor a cinco años. Dicho rubro, deberá tener una ponderación de: 10 puntos.
Se acreditará mediante manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, que no cuentan con antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos en los últimos cinco años y que en caso de que se presentara alguna eventualidad en los servicios prestados al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, estos serán resarcidos por el Licitante a entera satisfacción del Secretariado Ejecutivo.
La documentación solicitada estará sujeta a verificación, mediante la información y mecanismos con que cuente el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
La suma de los cinco criterios anteriormente descritos será menor o igual a 100 puntos.
Para la asignación de puntos de los criterios establecidos en los criterios II a V, a cada una de las proposiciones determinadas como solventes, se aplicará una regla de tres simple, considerando como base la proposición solvente que reciba mayor puntaje en cada uno de los criterios enunciados.
Cuando el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública no cuente con elementos para valorar alguno de los criterios o rubros mencionados en estos, no aplicarán para la adjudicación y los puntos que le corresponderían no se reexpresarán.
Atendiendo a lo anterior, la proposición solvente que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad y demás circunstancias pertinentes, será aquella que reúna la mayor puntuación conforme a la valoración de los criterios y parámetros descritos anteriormente.
ANEXO I MODELO DE CONTRATO
Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional
SG/SS/IA3-N/003/10
SG/SIGLAS TIPO DE CONTRATO/200
CONTRATO anual o plurianual / abierto o cerrado DE prestación de servicios, prestación de servicios profesionales, adquisición de bienes muebles o arrendamiento de bienes muebles DE Objeto: varía QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION, REPRESENTADA POR el C. Oficial Mayor, (nombre del catalogo de servidores públicos ó por el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales nombre del catalogo de servidores públicos atendiendo al monto contractual), Y POR LA OTRA, LA empresa o persona física (en caso de empresa REPRESENTADA POR SU (depende del carácter otorgado en el poder público, si es persona física no se establece lo relativo al representante) nombre del representante de la empresa A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LES DENOMINARA “LA DEPENDENCIA” Y “EL PROVEEDOR” RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A X X X X X X
X. XX “XX XXXXXXXXXXX”:
I. .- QUE ES UNA DEPENDENCIA DEL EJECUTIVO FEDERAL, EN TERMINOS DE LOS ARTICULOS 26 Y 27 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL .
I. .- Para el caso del Oficial Mayor:
FUE NOMBRADO OFICIAL MAYOR DE “LA DEPENDENCIA” POR EL C. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LIC. XXXXXX DE XXXXX
XXXXXXXX XXXXXXXX, EL DIA Referir fecha de nombramiento del C. oficial Mayor, Y SE ENCUENTRA PLENAMENTE FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 7°, FRACCIONES VI Y X DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARIA DE GOBERNACION hasta en tanto no haya cambios.
Para el caso del Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales:
QUE SU REPRESENTANTE FUE NOMBRADO POR Citar datos de nombramiento, Y SE ENCUENTRA PLENAMENTE FACULTADO PARA REPRESENTAR A "LA DEPENDENCIA", DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 24 XX XXXX
DE 2002 hasta en tanto no haya cambios.
I. .- QUE “LA DEPENDENCIA” REQUIERE CONTRATAR Objeto: Varía, POR LO QUE HA CONSIDERADO CONVENIENTE LO QUE LE OFRECE “EL PROVEEDOR”.
Para el caso de contrato de adquisición
I. .- QUE “LA DEPENDENCIA” REQUIERE ADQUIRIR Objeto: Varía, POR LO QUE HA CONSIDERADO CONVENIENTE LO QUE LE OFRECE “EL PROVEEDOR”.
I. .- QUE EL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE
varía atendiendo al procedimiento de adjudicación CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS varía atendiendo al procedimiento de adjudicación Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES Y CUENTA CON varía atendiendo al procedimiento de adjudicación.
En caso de adjudicación directa el amparo del artículo 41
I. .- QUE EL PRESENTE CONTRATO FUE ADJUDICADO MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE
varía atendiendo al procedimiento de adjudicación CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS varía atendiendo al procedimiento de adjudicación Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES Y CUENTA CON varía atendiendo al procedimiento de adjudicación. EL SUPUESTO REGULADO POR EL ARTICULO 41 FRACCION precisar DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO QUEDA ACREDITADO CON precisar
documento que acredita marca, patente o derecho exclusivo.
I. .- QUE EL AREA RESPONSABLE DE COORDINAR TECNICA, OPERATIVA Y ADMINISTRATIVAMENTE LA EJECUCION, VERIFICACION, ENLACE Y DEMAS ACTIVIDADES
ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO SERA LA Varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria y/o UR adjudicataria, requirente y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia.
I. .- Para contrataciones anticipadas:
CUENTA CON AUTORIZACION DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO,
SEGUN CONSTA EN EL OFICIO NO. varía DE FECHA varía, PARA QUE LA varía. Corresponde a la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia LLEVE A CABO referir el texto precisado por la SHCP PARA EL (los) EJERCICIO (s) FISCAL (es) 200 , (200 , etc) QUEDANDO SUJETO EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PARA ESTE CONTRATO A LA DISPONIBILIDAD FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA QUE APRUEBE LA X. XXXXXX DE DIPUTADOS Y EL CALENDARIO DE GASTO QUE AUTORICE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE, Y QUEDANDO A CARGO DE LA
varía. Corresponde a la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia
DAR DEBIDA OBSERVANCIA A LO DISPUESTO EN EL OFICIO DE AUTORIZACION REFERIDO.
Cuando la suficiencia se otorga por la DGPYP:
CUENTA CON SUFICIENCIA PRESUPUESTARIA SEGUN CONSTA EN citar el documento suscrito por servidor público facultado que sustente la suficiencia presupuestaria EMITIDO POR citar la instancia que lo emite, EN EL CUAL CONSTA QUE LA (s) PARTIDA (s) A AFECTARSE ES (son) varía, puede ser cualquier partida del Clasificador por Objeto del Gasto acorde al objeto contractual, Y EL CONCEPTO PRECISADO EN ESTE ES varía.
I. .- “LA DEPENDENCIA” PROPONE A “EL PROVEEDOR” QUE SE UBIQUE EN EL SUPUESTO LA INCLUSION DEL COMPROMISO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS PARA INSCRIBIRSE EN EL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL DE NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO.
I. .- Para el caso de artículo 42 adjudicaciones directas:
QUE LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria y/o UR adjudicataria, requirente y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX XXXXXXXXXXX”, XXXXXX CON LAS COTIZACIONES POR ESCRITO QUE SIRVIERON DE BASE PARA LA ADJUDICACION DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
I. .- En caso de Asesorías, Consultorías, Estudios e Investigaciones:
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX XXXXXXXXXXX”, XXXXXXXXXX QUE CUENTA CON LA AUTORIZACION DE cargo del servidor público facultado PARA LA REALIZACION DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES, QUE NO CUENTA CON PERSONAL CAPACITADO O DISPONIBLE PARA SU REALIZACION, Y QUE LA PRESENTE CONTRATACION NO CONTRAVIENE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 62 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
I. .- En caso de dictaminación de la procedencia de contratación por parte del área usuaria o requirente, Artículo 41 fracciones II, IV, V, VI, VII, IX primer párrafo, XI, XII y XX
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, DE CONFORMIDAD CON documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado por el que se dictamina procedente la contratación DICTAMINA PROCEDENTE LA PRESENTE CONTRATACION, CUYA ADJUDICACION SE UBICA EN EL SUPUESTO REGULADO
POR EL ARTICULO 41 FRACCION varía puede ser II, IV, V, VI, VII, IX primer párrafo, XI, XII y XX DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO,
CORRESPONDIENTE AL SUPUESTO DE precisar el supuesto de la (s) fraccione(s) anteriores en la (s) que se ubica la contratación LO QUE SE SUSTENTA CON precisar el documento que acredita la elección del supuesto de excepción expedido por autoridad competente y suscrito por persona facultada.
I. .- Para telefonía celular
CUENTA CON AUTORIZACIÓN DEL C. OFICIAL MAYOR OTORGADA DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA APLICABLE.
I. .- En caso de arrendamientos de bienes muebles
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx
XX “XX XXXXXXXXXXX”, XXXXXX CON LOS ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD, Y PARA EFECTOS
DEL PRESENTE INSTRUMENTO debe haber pronunciamiento expreso respecto a si el arrendamiento de bienes muebles acarrea la posible adquisición mediante arrendamiento con opción a compra.
En caso de no precisarse expresamente lo anterior en el documento de adjudicación, SE ENTENDERÁ QUE DICHA OPCIÓN NO SE EJERCE.
En caso de no haber pronunciamiento respecto de lo indicado en el párrafo precedente
CORRESPONDE A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 12 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
I. .- En caso de contrato abierto cuando por la naturaleza del servicio no le son aplicables las órdenes de surtimiento
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX XXXXXXXXXXX” XXXXXXXXXX QUE POR LA NATURALEZA DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, NO LE SON APLICABLES LAS ORDENES DE SURTIMIENTO.
I. .- En caso de contrato plurianual
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX XXXXXXXXXXX” XXXXXXXXXX QUE LA PRESENTE CONTRATACION SE APEGA A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 50 DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y DEMÁS NORMATIVA QUE REGULA LAS CONTRATACIONES PLURIANUALES PROPIAS DE ESTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL, ASI
MISMO CORRESPONDE A DICHA varía. Corresponde a cualquier UR requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia HABER DADO Y DAR CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS APLICABLES A LOS CONTRATOS PLURIANUALES.
I. .- En caso de contrato que NO requiera autorización de UGEPTI y de la UPCP. (Tecnologías de la Información)
LA varía. Debe ser principalmente la Dirección General de Tecnologías de la Información, sin perjuicio de que por las particularidades de la contratación pudiera manifestarlo cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX XXXXXXXXXXX” XXXXXXXXXX QUE LA CELEBRACION DEL PRESENTE INSTRUMENTO NO REQUIERE LA AUTORIZACION DE LA UGEPTI Y DE LA UPCP
COMO LO ESTABLECE precisar ordenamiento de austeridad que así lo regule. Hasta en tanto no haya cambios
En caso de contarse con dicha autorización
citar el número
QUE CUENTA CON EL OFICIO NO. EMITIDO POR LA UGEPTI (Unidad de Gobierno
Electrónico y Políticas en Tecnologías de La Información de la Secretaría de la Función Pública) Y NO. citar el número EMITIDO POR LA UPCP (Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público).
I. .- En caso de corresponder a conceptos o partida presupuestal de Tecnologías de la Información
CUENTA CON DICTAMEN TECNICO EMITIDO POR LA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE “LA DEPENDENCIA”, OTORGADO POR OFICIO NO.
citar el número
Dictamen técnico para Contratos cuya UR sea un Órgano Desconcentrado
CUENTA CON DICTAMEN TECNICO EMITIDO POR citar el Órgano Desconcentrado que lo emite MEDIANTE OFICIO NO. citar el número, ASI COMO CON LA OPINION TECNICA DE LA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION DE “LA DEPENDENCIA”, OTORGADA
POR OFICIO NO. citar el número I. .- Para todos los contratos
CORRESPONDE AL AREA ADJUDICATARIA DE “LA DEPENDENCIA” EL QUE LA PRESENTE CONTRATACION SE APEGUE A LAS DISPOSICIONES DE COMPETENCIA ECONOMICA EN MATERIA DE PRACTICAS MONOPOLICAS Y CONCENTRACIONES, DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA APLICABLES, ASI COMO QUE “EL PROVEEDOR” CUENTE CON LOS PERMISOS, AUTORIZACIONES, LICENCIAS, SEGUROS, REGISTROS Y CUALESQUIERA OTRO NECESARIO, EXPEDIDOS POR AUTORIDAD COMPETENTE, QUE EN SU CASO SE REQUIERAN PARA LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL.
I. .- Se debe permitir la inclusión de cualquier declaración que requiera la naturaleza contractual atendiendo a la normativa aplicable.
I. .- QUE PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO, MANIFIESTA TENER COMO SU DOMICILIO EL UBICADO EN LA XXXXX XX XXXXXXXX XX. 00, XXX. XXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX, X.X. 00000, EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL.
La documentación que sustente la contratación debe ser emitida y suscrita por servidor público debidamente facultado
II.- “EL PROVEEDOR” BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, A TRAVES DE SU representante,
apoderado o cualquier otra calidad que expresamente adopte en el instrumento público por el que se encuentra facultado para suscribir este instrumento / si es persona física se elimina a través de su representante DECLARA QUE:
II. .- Varía para las declaraciones de personalidad, en caso de ser persona moral se detallan todas las escrituras públicas que le dan sustento, en su caso modificaciones a las mismas. En caso de micro, pequeña o mediana empresa se incluye la estratificación, en caso de persona física cambian las declaraciones
En caso de extranjeros y conforme a la Ley del Notariado para el Distrito Federal se deberá sujetar al artículo 139 que establece.- “Los instrumentos otorgados en el extranjero, una vez legalizados o apostillados y traducidos, en su caso, por perito, podrán protocolizarse a solicitud de parte interesada sin necesidad de orden judicial” y al artículo 140.- “Los poderes otorgados fuera de la República, una vez legalizados o apostillados, y traducidos, en su caso, por perito, deberán protocolizarse para que surtan sus efectos con arreglo a la Ley. Esto no es aplicable a los poderes otorgados ante Cónsules Mexicanos”.
II. .- En caso de persona moral EN EL DOCUMENTO CITADO EN indicar donde se ha citado, SE HACE CONSTAR QUE EL OBJETO SOCIAL ES ENTRE OTROS: El objeto social debe permitir realizar el objeto del contrato
II. .- CUENTA CON LOS SIGUIENTES REGISTROS VIGENTES:
R.F.C. varía, debe permitir además la captura de otros registros cuando estos son necesarios para el tipo de contratación, tales como IMSS, o precisiones provenientes de extranjeros.
II. .- En caso de persona moral ES UNA identificar lo aplicable micro, pequeña o mediana empresa, DE
identificar lo aplicable Comercio, Industria, Servicios, Industria y Servicios. Para empresa GRANDE, ELIMINAR esta declaración. En caso de no precisarse expresamente si es micro, pequeña o mediana empresa se entenderá
que es GRANDE y por tanto se ELIMINA esta declaración.
REFERENCIA.- Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas (publicado en el D.O.F. el 30 xx xxxxx de 2009)
Estratificación | ||||
Tamaño | Sector | Rango de número de trabajadores | Rango de monto de ventas anuales (mdp) | Tope máximo combinado* |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | Desde 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y Servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $4.01 hasta $100 | 95 | |
Mediana | Comercio | Desde 31 hasta 100 | Desde $100.01 hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 | Desde $100.01 hasta $250 | 250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%. El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
En caso de persona moral
II. .-
“EL PROVEEDOR” DE UBICARSE EN EL SUPUESTO DE SER MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, TOMA CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS CONDUCENTES, DE LA PROPUESTA DE “LA DEPENDENCIA” RESPECTO DE INSCRIBIRSE EN EL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL DE NACIONAL FINANCIERA, SOCIEDAD NACIONAL DE CREDITO, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO.
Varía
II. .-
en caso de ser persona moral,respecto al (los) poder (es) que le otorgan facultades al (los) representante (s) legal (es), DICHAS FACULTADES A LA FECHA DE FIRMA DE ESTE INSTRUMENTO, NO LE HAN SIDO REVOCADAS, LIMITADAS NI MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA POR LO QUE SURTEN PLENOS EFECTOS PARA LA CELEBRACION DEL PRESENTE CONTRATO.
En caso de extranjeros y conforme a la Ley del Notariado para el Distrito Federal se deberá sujetar al artículo 139 que establece.- “Los instrumentos otorgados en el extranjero, una vez legalizados o apostillados y traducidos, en su caso, por perito, podrán protocolizarse a solicitud de parte interesada sin necesidad de orden judicial” y al artículo 140.- “Los poderes otorgados fuera de la República, una vez legalizados o apostillados, y traducidos, en su caso, por perito, deberán protocolizarse para que surtan sus efectos con arreglo a la Ley. Esto no es aplicable a los poderes otorgados ante Cónsules Mexicanos”.
II. .- MANIFIESTA SER DE NACIONALIDAD MEXICANA Y CONVIENE QUE CUANDO LLEGARE A CAMBIARLA, SE SEGUIRA CONSIDERANDO COMO TAL POR CUANTO A ESTE CONTRATO SE REFIERE Y A NO INVOCAR LA PROTECCION DE NINGUN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE LA NACION MEXICANA TODO DERECHO DERIVADO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
En caso de extranjeros
II. .- CONVIENE NO INVOCAR LA PROTECCION DE NINGUN GOBIERNO EXTRANJERO, POR CUANTO HACE A ESTE CONTRATO, BAJO PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE LA NACION MEXICANA TODO DERECHO DERIVADO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
Para todos los contratos
II. .- SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN SUS OBLIGACIONES FISCALES, OBRERO- PATRONALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y CUALESQUIERA OTRA NECESARIA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO Y SURTIMIENTO DE EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES QUE CON LA
SUSCRIPCION DEL PRESENTE CONTRAE se adecua la redacción en caso de ser persona física sin actividad empresarial o sin personal a su cargo.
II. .- NO SE ENCUENTRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ARTICULO 50, NI DEL 60 ANTEPENULTIMO PARRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
II. .- PARA LOS EFECTOS DE LO PREVISTO POR XX XXXXXXXX 00-X XXX XXXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXXXXX, HA PRESENTADO A LA DIRECCION DE ADQUISICIONES, ALMACENES E INVENTARIOS DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
GENERALES DE “LA DEPENDENCIA” EL ACUSE DE RECEPCION QUE COMPRUEBA HABER REALIZADO LA SOLICITUD DE OPINION PREVISTA EN LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL
APLICABLE. Esta declaración se establece sólo en el caso de que de conformidad con los montos regulados por la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable a la fecha de suscripción contractual sea necesaria, de lo contrario se ELIMINA.
En caso de extranjeros sin residencia en el País, se adecua la redacción a la normativa aplicable, considerando lo dispuesto por la regla I.2.1.17. de la Resolución Miscelánea Fiscal aplicable, que establece: “Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y los contribuyentes que no hubieran estado obligados a presentar, total o parcialmente, la declaración a que se refiere la fracción I, numeral 3, inciso b) de esta regla, así como los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones en la solicitud a que se refiere el primer párrafo de la citada fracción…”
Para telefonía
II. .- LAS TARIFAS OFERTADAS EN EL PRESENTE CONTRATO SE ENCUENTRAN REGISTRADAS ANTE LA COMISION FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES.
Para telefonía, radio, televisión u otras que requieran concesión
II. .- LAS CONCESIONES OTORGADAS PARA LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO SE ENCUENTRAN VIGENTES Y SU VIGENCIA AMPARA EL TIEMPO QUE DURA EL PRESENTE INSTRUMENTO.
II. .- CUENTA CON TITULO DE CONCESION PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR
identificar el concepto otorgado en la concesión acorde al objeto de este contrato CON VIGENCIA DE identificar A PARTIR DEL identificar día DE identificar mes DE identificar año OTORGADA POR identificar autoridad competente que la otorga.
Para Seguros
II. .- QUE NO TIENE RELACION DE INDOLE ECONOMICA DERIVADO DEL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO DE “LA DEPENDENCIA”, CON EL ASESOR EXTERNO DE SEGUROS DE “LA DEPENDENCIA”, ASI COMO QUE TAMPOCO LA TENDRA DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO.
para todos los contratos
II. .- CUENTA CON CAPACIDAD JURIDICA, ECONOMICA Y DE RESPUESTA INMEDIATA, CON LOS RECURSOS TECNICOS, FINANCIEROS Y DEMAS NECESARIOS; SUS ACTIVIDADES COMERCIALES O PROFESIONALES ESTAN RELACIONADAS CON EL OBJETO DE ESTE CONTRATO; ASI MISMO TIENE LA EXPERIENCIA NECESARIA, LA MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTA PARA CUMPLIR EFICAZMENTE ESTE INSTRUMENTO.
II. .- ATENDIENDO AL OBJETO CONTRACTUAL, CUMPLE CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS, NORMAS DE REFERENCIA O ESPECIFICAS Y A FALTA
DE ESTAS, CON LAS NORMAS INTERNACIONALES, ASI COMO CON LOS TRATADOS DE LOS
QUE NUESTRO PAIS SEA PARTE. En caso de extranjeros se precisa el tipo de norma aplicable, la cual debe estar debidamente acreditada.
II. .- CUENTA CON TODOS LOS PERMISOS, AUTORIZACIONES, CONCESIONES, LICENCIAS, SEGUROS, REGISTROS Y CUALESQUIERA OTRO NECESARIO PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, ASI COMO PARA LA DEBIDA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL, MISMOS QUE SE ENCUENTRAN VIGENTES Y DEBIDAMENTE EXPEDIDOS POR AUTORIDAD COMPETENTE, POR LO QUE CUALQUIER ASPECTO QUE SOBREVINIERA SERA DE LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE “EL PROVEEDOR” OBLIGANDOSE A RESARCIR CUALQUIER DAÑO O PERJUICIO QUE SE OCASIONARA A “LA DEPENDENCIA” POR LA FALTA DE CUALESQUIERA DE ESTOS.
II. .-CUALQUIER EXTRANJERO QUE SEA CONTRATADO POR SU REPRESENTADA se adecua
en caso de ser persona física sin o con personal a su cargo, O PROVEEDORES INVOLUCRADOS EN LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, PARA EFECTOS DEL DESARROLLO, IMPLEMENTACION Y PUESTA EN MARCHA DEL MISMO, CONTARA CON LA AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD MIGRATORIA PARA INTERNARSE EN EL PAIS CON LA CALIDAD Y CARACTERISTICAS MIGRATORIAS QUE LE PERMITA TRABAJAR EN LAS ACTIVIDADES PARA LAS QUE HAYA SIDO CONTRATADO DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE POBLACION Y SU REGLAMENTO, COMPROMETIENDOSE SU REPRESENTADA A QUE ESTA
se adecua en caso de ser persona física sin o con personal a su cargo, O PROVEEDORES INVOLUCRADOS, DARAN AVISO A LA SECRETARIA DE GOBERNACION EN UN TERMINO DE QUINCE DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE ALTERE O PUEDA MODIFICAR LAS CONDICIONES MIGRATORIAS A LAS QUE SE ENCUENTRA SUJETO CUALQUIER EMPLEADO DE NACIONALIDAD EXTRANJERA A SU SERVICIO, OBLIGANDOSE A SUFRAGAR LOS GASTOS QUE ORIGINAN LA EXPULSION DEL EXTRANJERO DE QUE SE TRATE, CUANDO LA SECRETARIA DE GOBERNACION ASI LO ORDENE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO
EN EL ARTICULO 61 DE LA LEY GENERAL DE POBLACION. Hasta en tanto no haya cambios.
Para extranjeros que no se internen en el país para la realización del objeto contractual
II. .- EN SU CALIDAD DE EMPRESA EXTRANJERA, NO REALIZARA TRABAJO ALGUNO EN ESTE PAIS QUE LO OBLIGUE A CONTAR CON LA AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD MIGRATORIA PARA INTERNARSE CON LA CALIDAD Y CARACTERISTICAS MIGRATORIAS QUE LE PERMITA TRABAJAR EN LAS ACTIVIDADES PARA LAS QUE HAYA SIDO CONTRATADO DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE POBLACION Y SU REGLAMENTO, COMPROMETIENDOSE EN CASO CONTRARIO, A DAR AVISO A LA SECRETARIA DE GOBERNACION EN UN TERMINO DE QUINCE DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE ALTERE O PUEDA MODIFICAR LAS CONDICIONES MIGRATORIAS A LAS QUE SE ENCUENTRA SUJETO SU REPRESENTADA O CUALQUIER EMPLEADO DE NACIONALIDAD EXTRANJERA A SU SERVICIO, OBLIGANDOSE A SUFRAGAR LOS GASTOS QUE ORIGINARA LA EXPULSION DEL EXTRANJERO DE QUE SE TRATE, CUANDO LA SECRETARIA DE GOBERNACION ASI LO ORDENARA DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 61 DE LA LEY GENERAL DE POBLACION.
Para extranjeros que se internen en el país para la realización del objeto contractual
II. .- En caso de persona extranjera obligada a poseer calidad migratoria CUENTA CON LA AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD MIGRATORIA PARA INTERNARSE CON LA CALIDAD Y CARACTERISTICAS MIGRATORIAS QUE LE PERMITEN TRABAJAR EN LAS ACTIVIDADES PARA LAS QUE HA SIDO CONTRATADO DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE
POBLACION Y SU REGLAMENTO, SEGUN SE ACREDITA CON Precisar el documento migratorio que lo precisa MISMO QUE SE ENCUENTRA Y SE ENCONTRARA VIGENTE DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, COMPROMETIENDOSE A DAR AVISO A LA SECRETARIA DE GOBERNACION EN UN TERMINO DE QUINCE DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE TENGAN CONOCIMIENTO DE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE ALTERE O PUEDA MODIFICAR LAS CONDICIONES MIGRATORIAS A LAS QUE SE ENCUENTRA SUJETO SU REPRESENTADA O CUALQUIER EMPLEADO DE NACIONALIDAD EXTRANJERA A SU SERVICIO, OBLIGANDOSE A SUFRAGAR LOS GASTOS QUE ORIGINARA LA EXPULSION DEL EXTRANJERO DE QUE SE TRATE, CUANDO LA SECRETARIA DE GOBERNACION ASI LO ORDENE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 61 DE LA LEY GENERAL DE POBLACION.
II. .- CONOCE PLENAMENTE EL CONTENIDO Y REQUISITOS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, SU REGLAMENTO; LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y SU REGLAMENTO, EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL CORRESPONDIENTE EJERCICIO PRESUPUESTAL, LA LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION Y SU REGLAMENTO, ASI COMO LAS DEMAS NORMAS QUE REGULAN, EN LO GENERAL Y EN LO ESPECIFICO LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO.
II. .- LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, COINCIDEN FIELMENTE CON LOS ASENTADOS EN LA DOCUMENTACION PROPORCIONADA A “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DEL AREA ADJUDICATARIA DE LA MISMA, QUE SIRVIO DE BASE PARA LA ADJUDICACION CONTRACTUAL.
II. .- TIENE SU DOMICILIO ESTABLECIDO EN varía, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
Para el caso de extranjeros
COMO EMPRESA EXTRANJERA CUMPLE CON LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE REGULAN LAS ACTIVIDADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESTE PAIS, ASI COMO CON AQUELLAS QUE LA RIGEN EN LO PERSONAL.
II. .- TIENE SU DOMICILIO ESTABLECIDO EN señalar el domicilio en el extranjero Y SEÑALA COMO DOMICILIO EN ESTE PAIS EL UBICADO EN señalar el domicilio en este país PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
Para todos los contratos
II. .- CUALQUIER CAMBIO, QUE DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE SE EFECTUE A LOS INSTRUMENTOS Y/O DOCUMENTOS QUE SE PRESENTAN Y/O QUE SE RELACIONEN CON EL PRESENTE CONTRATO, SERA NOTIFICADO POR ESCRITO A LA varía. Corresponde a
cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier XX xx xx xxxxxxxxxxx XX “XX
XXXXXXXXXXX”, XXXXXXXXXXX PARA TALES EFECTOS EL (LOS) DOCUMENTO (S)
LEGALMENTE PROCEDENTE (S) QUE ASI LO ACREDITE (N); LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia, NOTIFICARA A LAS INSTANCIAS INTERNAS COMPETENTES DE “LA DEPENDENCIA” PARA LOS REGISTROS HA LUGAR.
II. .- Se debe permitir la inclusión de cualquier declaración que requiera la naturaleza contractual atendiendo a la normativa aplicable.
La documentación proporcionada por el proveedor debe ser emitida y suscrita por aquel que cuente con capacidad y facultades para obligarse.
En el supuesto de que la documentación proporcionada por el proveedor para la elaboración y formalización de este instrumento, presenten errores o deficiencias, deberán subsanarse por éste. El periodo que al efecto transcurra hasta que el proveedor presente las correcciones, será imputable a éste.
CON BASE EN LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN, LAS PARTES CONTRATANTES CONVIENEN EN OTORGAR LAS SIGUIENTES:
Para el caso de propuestas conjuntas deberán adecuarse las declaraciones y el clausulado a lo dispuesto en el artículo 34 de la LAASSP y normativa aplicable.
C L A U S U L A S
No. CLAUSULA.- OBJETO DEL CONTRATO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise el objeto, “LA DEPENDENCIA” ENCOMIENDA A “EL PROVEEDOR” Y ESTE SE OBLIGA A varía atendiendo el objeto del contrato CONFORME A LA DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS SEÑALADAS EN varía dependiendo de la
cantidad o no de anexos DE ESTE CONTRATO.
Para adquisición
No. CLAUSULA.- OBJETO DEL CONTRATO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise el objeto, “LA DEPENDENCIA” ADQUIERE DE “EL PROVEEDOR” Y ESTE SE OBLIGA A ENTREGAR varía atendiendo el objeto del contrato CONFORME A LA DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS SEÑALADAS EN varía
dependiendo de la cantidad o no de anexos DE ESTE CONTRATO.
No. CLAUSULA.- ANEXO (S).-. EL (los) ANEXO (s) QUE FIRMADO (s) POR LOS OBLIGADOS SE INTEGRAN AL PRESENTE INSTRUMENTO COMO SI ESTUVIESEN INSERTADOS A LA LETRA, ES (son) LOS QUE A CONTINUACION SE ENLISTAN:
Varía dependiendo de la cantidad de anexos y denominación de éstos o en su defecto SE ELIMINA si no contiene anexos
En caso de contrato abierto y de resultar aplicables.
ANEXO Precisar número.- ORDENES DE SURTIMIENTO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise las órdenes de surtimiento EL PRESENTE INSTRUMENTO SE SUJETARA A Atendiendo a la naturaleza y características de los bienes y servicios, dicho anexo, en su caso, deberá contemplar a manera de cronograma acorde a la vigencia contractual, el presupuesto mínimo y máximo que podrá requerirse en cada orden de surtimiento con cargo al contrato formalizado. Asimismo se deberá establecer el plazo para la entrega de los bienes o servicios solicitados por cada orden de surtimiento contado a partir de la recepción de la referida orden, considerando las particularidades de los bienes o servicios para su producción.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
Para el caso de consultorías, asesorías, estudios, investigaciones y servicios profesionales:
ANEXO Precisar número.- ENTREGABLES.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise los entregables. Dicho anexo, en su caso, deberá contemplar a manera de cronograma acorde a la vigencia contractual, los entregables objeto de la contratación así como el precio de cada uno de ellos. Atendiendo al artículo 56-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: Se podrá precisar precios unitarios y comisión regulado por dicho precepto.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
ANEXO Precisar número.- COMPROBACION, SUPERVISION Y VERIFICACION DE LOS SERVICIOS
CONTRATADOS La UR adjudicataria, requirente y/o usuaria, debe precisar los mecanismos para lo anterior, ello puede plasmarse en la cláusula de supervisión y verificación del presente o bien vía anexo.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
Párrafos genéricos para todos los contratos:
EL (los) CUAL (es) PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE ENTENDERA (n) COMO EL (los) DOCUMENTO (s) QUE CONTIENE (n) LOS REQUERIMIENTOS, ALCANCES Y PRECISIONES DE LA RELACION QUE SE CONTRAE Y QUE SE TIENEN COMO INSERTADOS A
LA LETRA EN ESTE CONTRATO COMO varía dependiendo de la cantidad o no de anexos.
EL (los) ANEXO (s) Precisar número (s) REFERIDO (s) SE CONVALIDA (n) DE FORMA EXTENSIVA Y CON LOS EFECTOS NORMATIVOS EN SUS EXTREMOS DE FONDO Y FORMA POR EL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DEL AREA USUARIA DE “LA DEPENDENCIA” Y “EL PROVEEDOR”.
RESPECTO A LAS PARTES CONSIDERADAS EN EL (los) ANEXO (s) Precisar número (s) varía dependiendo de la cantidad de anexos, en caso de no tener anexos se ELIMINA, DE ESTE INSTRUMENTO, SE ENTENDERA DE FORMA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVA, POR:
• Varía dependiendo de la cantidad de acepciones bajo las cuales se denomine a la Dependencia: A “LA DEPENDENCIA”.
• Varía dependiendo de la cantidad de acepciones bajo las cuales se denomine al Proveedor: A “EL PROVEEDOR”.
• Varía dependiendo de la cantidad de acepciones bajo las cuales se denomine a la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria: A LA Varía. Puede ser cualquier área de cualquier UR o cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria de la dependencia
ASIMISMO FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE INSTRUMENTO Y LO VINCULAN,
varía depende del procedimiento de adjudicación, puede ser desde la convocatoria a la licitación, junta (s) de aclaración (es) Y LA DOCUMENTACION INHERENTE QUE EMANE DE ESTE.
No. CLAUSULA.- MONTO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise el monto EL IMPORTE DE ESTE CONTRATO ASCIENDE A LA CANTIDAD TOTAL DE la captura del monto puede tener diversas formas: en moneda extranjera, anticipos, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, usuaria o requirente, de impuestos tanto de IVA como de ISR atendiendo a la calidad tributaria y a si es persona física o moral, así como cualquier especificación proveniente de la normativa específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual.
En caso de contratos plurianuales
ACORDE AL OFICIO precisar el número EMITIDO POR precisar el área DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, se deberá establecer y desglosar el importe por ejercicio presupuestal.
Para el caso de asesorías, consultorías, estudios, investigaciones y prestación de servicios profesionales:
MONTO.- PREVIA COMPROBACION, SUPERVISION Y VERIFICACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS QUE EFECTUE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA Varía. Corresponde a la
UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier área de cualquier UR o cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria de la dependencia Y DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise el monto EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO ASCIENDE A LA CANTIDAD TOTAL DE la captura del
monto puede tener diversas formas: en moneda extranjera, anticipos, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, de impuestos tanto de IVA como de ISR atendiendo a la calidad tributaria y a si es persona física o moral, así como cualquier especificación proveniente de la normatividad específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual.
Para el caso de contratos abiertos:
PRESUPUESTO O MONTO depende de la adjudicación.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise el presupuesto EL PRESUPUESTO O MONTO depende de la adjudicación MINIMO DEL PRESENTE CONTRATO, IMPORTA LA CANTIDAD
DE: la captura del monto puede tener diversas formas: En moneda extranjera, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, de impuestos tanto de IVA como de ISR atendiendo a la calidad tributaria y a si es persona física o moral, así como cualquier especificación proveniente de la normatividad específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual
PRESUPUESTO O MONTO depende de la adjudicación MAXIMO DEL PRESENTE CONTRATO, IMPORTA LA CANTIDAD DE: la captura del monto puede tener diversas formas: En moneda extranjera, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, así como cualquier especificación proveniente de la normatividad específica o la documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual
CORRESPONDE A LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” EL QUE CADA ORDEN DE SURTIMIENTO QUE SE EMITA CON CARGO AL PRESENTE INSTRUMENTO CUENTE CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA QUE CORRESPONDA.
LA DESCRIPCION COMPLETA DE varía atendiendo al tipo de contrato: la prestación de los servicios, el arrendamiento de bienes muebles o la adquisición de los bienes CON SUS CORRESPONDIENTES PRECIOS UNITARIOS SE PRECISA EN varia: Puede ser anexo (s) del presente o detallarse en este apartado y puede tener diversas formas: En moneda extranjera, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, así como cualquier especificación proveniente de la normatividad específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente respecto al párrafo anterior, ÉSTE NO SERÁ INCLUIDO.
En contratos abiertos tratándose de dos o más partidas deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 56 fracción VII del Reglamento de la Ley.
Tratándose de obligaciones de pago en moneda extranjera pagaderas en territorio nacional
Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en la fecha en que se haga dicho pago, precisando:.
… PAGADERO EN MONEDA NACIONAL, AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE EN EL LUGAR Y FECHA EN QUE DEBA HACERSE EL PAGO.
Párrafos genéricos para todos los contratos:
Para el caso de contrataciones anticipadas:
LOS IMPORTES ESTAN SUJETOS A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL AÑO EN EL QUE SE PREVE EL INICIO DE LA VIGENCIA CONTRACTUAL, POR LO QUE LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO ESTARAN CONDICIONADOS A LA EXISTENCIA DE LOS
RECURSOS PRESUPUESTARIOS RESPECTIVOS, SIN QUE LA NO REALIZACION DE LA REFERIDA CONDICION SUSPENSIVA ORIGINE RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA LAS
PARTES en caso de no pertenecer a contrataciones anticipadas o sujetas a condición suspensiva, se ELIMINA.
En caso de existir precisiones para el ejercicio del monto:
LOS IMPORTES ANTERIORES SERAN EJERCIDOS DE CONFORMIDAD CON se detalla el
documento del instrumento que lo contiene: propuestas, anexos, entre otros suscrito (s) por servidor (es) público (s) facultado (s) , LO CUAL NO DEBERA REBASAR EN SU CONJUNTO EL MONTO presupuesto o monto máximo en caso de contratos abiertos PARA EL PRESENTE INSTRUMENTO.
Continúa cláusula para todos los contratos
SI “EL PROVEEDOR” REBASA EL MONTO presupuesto o monto máximo en caso de contratos abiertos Y/O ALCANCES DEL PRESENTE INSTRUMENTO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA, NO TENDRA DERECHO A RECLAMAR PAGO ALGUNO POR ELLO.
TRATANDOSE DE PAGOS EN EXCESO QUE HAYA RECIBIDO “EL PROVEEDOR”, ESTE DEBERA REINTEGRAR LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO, MAS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO. LOS INTERESES SE CALCULARAN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARAN POR DIAS NATURALES DESDE LA FECHA DEL PAGO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DE “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia.
PARA EL CASO DE GASTOS NO RECUPERABLES SE ESTARA A LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 65 Y 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y DEMAS APLICABLES A LOS CASOS EN PARTICULAR.
TRATANDOSE DE BIENES O SERVICIOS SUJETOS A PRECIOS OFICIALES, SE RECONOCERAN LOS INCREMENTOS AUTORIZADOS CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLE.
La redacción de este párrafo depende del documento de adjudicación LOS PRECIOS SERAN FIJOS, NO OBSTANTE, EN CASOS JUSTIFICADOS CUANDO SE REQUIERA RECONOCER INCREMENTOS O DECREMENTOS EN LOS PRECIOS, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 44 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, 57 DE SU REGLAMENTO Y DEMAS NORMATIVA APLICABLE, ASI COMO AL FACTOR QUE ATENDIENDO A LA NATURALEZA CONTRACTUAL APLIQUE “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia EN CASO DE NO CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS REFERIDOS, EL INCREMENTO O DECREMENTO SERA IMPROCEDENTE.
En caso de que el (los) precio (s) se encuentre (n) sujeto (s) a ajustes, este instrumento DEBERÁ considerar EXPRESAMENTE la fórmula o condición conforme a la cual se hará y calculará el ajuste que se haya establecido
en la convocatoria, junta de aclaraciones, documento de adjudicación o cotización del proveedor, en el (los) que se haya determinando expresamente el o los indicadores o medios oficiales que se utilizarán en dicha fórmula, DE LO CONTRARIO LOS PRECIOS SERÁN FIJOS.
Para contratos abiertos que se ejerzan a través de órdenes de surtimiento:
No. CLAUSULA.- ORDENES DE SURTIMIENTO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento
soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la procedencia de las órdenes de surtimiento “LA DEPENDENCIA”, POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia EJERCERA EL PRESENTE CONTRATO A TRAVES DE ORDENES DE SURTIMIENTO, MISMAS QUE DEBEN CONTENER LA REFERENCIA DE ESTE CONTRATO.
LAS ORDENES DE SURTIMIENTO PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SE ENTENDERAN COMO LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN LOS REQUERIMIENTOS, ALCANCES Y PRECISIONES DE LA RELACION QUE SE CONTRAE Y QUE SE TIENEN COMO INSERTADAS A LA LETRA EN ESTE CONTRATO.
LAS ORDENES DE SURTIMIENTO QUE EMITA LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia, DE “LA DEPENDENCIA” SE ENTREGARAN A “EL PROVEEDOR” QUIEN SOLO RECIBIRA ORDENES DE SURTIMIENTO DENTRO DE LA VIGENCIA ORIGINALMENTE PACTADA O MODIFICADA MEDIANTE EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO.
CUANDO SE REQUIERA VARIAR ALGUNA ORDEN DE SURTIMIENTO, EN CUALQUIERA DE SUS
CONCEPTOS, DEBERA SER TRAMITADO POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, EN EL ENTENDIDO DE QUE NINGUNA VARIACION PODRA AFECTAR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO, YA QUE DE SER EL CASO, ESTA SE CONSIDERARA INEXISTENTE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE INSTRUMENTO.
LOS PLAZOS DE ENTREGA AMPARADOS EN CADA ORDEN DE SURTIMIENTO, SERA A MAS TARDAR EL DIA EN QUE CONCLUYA EL PLAZO PACTADO, SALVO QUE EL MISMO COINCIDA CON UN DIA INHABIL, EN CUYO CASO LA FECHA DE ENTREGA SE CORRERA HASTA EL DIA SIGUIENTE HABIL SIN DAR LUGAR A LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES, SIN EMBARGO, SI EL TERMINO DEL PLAZO NO COINCIDE CON UN DIA INHABIL Y “EL
PROVEEDOR” NO varía atendiendo al tipo de contrato: Entrega los bienes o presta los servicios EN ESA FECHA, LOS DIAS INHABILES SIGUIENTES CONTARAN COMO NATURALES PARA EFECTOS DE LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES, SALVO QUE POR LA NATURALEZA DEL OBJETO CONTRACTUAL DEBA EFECTUARSE EN DIA INHABIL EN DONDE TODOS LOS DIAS SERAN CONSIDERADOS COMO NATURALES PARA EFECTOS DE COMPUTO.
No. DE CLAUSULA.- EMISION Y CONFIRMACION DE ORDENES DE SURTIMIENTO.- LA EMISION Y CONFIRMACION DE LAS ORDENES DE SURTIMIENTO SE EFECTUARA DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” EMITIRA LAS
ORDENES DE SURTIMIENTO QUE REQUIERA TOMANDO EN CONSIDERACION LO
ESTABLECIDO EN EL citar el anexo con su número que refiera a las órdenes de surtimiento o bien el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que las refiera DE ESTE INSTRUMENTO cuando se remita a anexo, SIN QUE EN SU CONJUNTO ESTAS PUEDAN REBASAR EL presupuesto o monto MAXIMO ESTABLECIDO EN ESTE INSTRUMENTO PROCEDIENDO A NOTIFICAR A “EL PROVEEDOR” UTILIZANDO CUALQUIER VIA DE COMUNICACION, MEDIO ELECTRONICO O SIMILAR.
EN EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO RECOJA UNA ORDEN DE SURTIMIENTO, “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA CANCELARLA TOTAL O PARCIALMENTE EN LAS SITUACIONES QUE SE INDICAN A CONTINUACION:
A.- TOTALMENTE: a) CUANDO “EL PROVEEDOR” NO RECOJA LA ORDEN DE SURTIMIENTO
EN EL AREA QUE AL RESPECTO LE INDIQUE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia, b) CUANDO NO ENTREGUE O PRESTE AL TERMINO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LAS ORDENES DE SURTIMIENTO, varía atendiendo
al tipo de contrato: Los bienes o los servicios AMPARADOS EN LAS MISMAS;
B.- PARCIALMENTE: CUANDO “EL PROVEEDOR” AL TERMINO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LAS ORDENES DE SURTIMIENTO, ENTREGUE O PRESTE PARCIALMENTE varía atendiendo al tipo
de contrato: Los bienes o los servicios AMPARADOS, EN ESTE CASO SE CANCELARA LA PARTE INCUMPLIDA.
EN LOS SUPUESTOS ANTERIORES, “LA DEPENDENCIA”, POR CONDUCTO DE LA varía.
Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia
PROCEDERA A LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES O DE EN SU DEFECTO A
HACER EFECTIVA LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO SE ELIMINA lo de la garantía de cumplimiento en caso de que conforme a la normativa se exceptúe o no resulte aplicable
CUANDO LA ORDEN DE SURTIMIENTO SEA TRANSMITIDA POR CUALQUIERA DE LOS MEDIOS ANTES INDICADOS, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CONFIRMAR SU RECEPCION ACUSANDO DE RECIBO POR LA MISMA VIA A MAS TARDAR EL DIA HABIL SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE RECIBA DICHA ORDEN SALVO QUE POR LA NATURALEZA DEL SERVICIO LA ENTREGA DEBA EFECTUARSE EN DIA INHABIL, FECHA A PARTIR DE LA CUAL, EMPEZARA A COMPUTARSE EL PLAZO DE ENTREGA. SI “EL PROVEEDOR” NO CONFIRMA LA RECEPCION DE LA ORDEN DE SURTIMIENTO, EL PLAZO DE ENTREGA EMPEZARA A CONTABILIZARSE A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA FECHA DE TRANSMISION POR PARTE
DE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia SEGÚN CONSTE EN LA NOTIFICACION DE ENTREGA QUE PROPORCIONE EL MEDIO UTILIZADO.
Varía atendiendo al tipo de contrato: Los bienes amparados o los servicios ESTABLECIDOS EN CADA ORDEN DE SURTIMIENTO, SERAN ENTREGADOS EN varía. Corresponde indicar el lugar a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia.
En caso de que en la Convocatoria o documento de adjudicación no se efectúe pronunciamiento expreso respecto de la aplicación de órdenes de surtimiento para contratos abiertos o detalles de éstas, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN CONSIDERADOS.
En caso de adquisición de bienes:
No. CLAUSULA.- TRANSPORTACION DE LOS BIENES.- DE CONFORMIDAD CON señalar el
documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise y detalle lo relativo a la transportación y responsabilidad de los bienes LA RESPONSABILIDAD DE LOS GASTOS DE LA ENTREGA DE LOS BIENES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO, SU TRANSPORTACION ASI COMO LA INTEGRIDAD DE LOS BIENES HASTA SU RECEPCION FORMAL POR PARTE DE LA
varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, SERA A CARGO DE “EL PROVEEDOR”.
Lo anterior será aplicable, en tanto no haya pronunciamiento expreso en contrario en el documento soporte de adjudicación.
No. CLAUSULA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la forma y/o lugar de pago LAS PARTES CONVIENEN QUE EL PAGO POR LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO SE HARA
varía depende de la forma requerida por la UR adjudicataria, puede ser en forma mensual, conforme a facturación, entre otros DE FORMA DEVENGADA, SIN QUE EN NINGUN MOMENTO PUEDAN SER
SUPERIORES EN SU CONJUNTO AL MONTO o presupuesto máximo para contratos abiertos DEL PRESENTE INSTRUMENTO. La captura de la Forma de Pago puede tener diversas formas: en moneda extranjera, entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de anticipos, precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, usuaria o requirente, de impuestos tanto de IVA como de ISR atendiendo a la calidad tributaria y a si es persona física o moral, así como cualquier especificación proveniente de la normativa específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual.
Esta cláusula puede variar para el caso de requerirse anticipos, los que deberán sujetarse a la normativa aplicable y precisar porcentaje, número y fechas o plazo de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen.
Tratándose de obligaciones de pago en moneda extranjera pagaderas en territorio nacional
Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en la fecha en que se haga dicho pago, precisando:
… PAGADERO EN MONEDA NACIONAL, AL TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA, PUBLICADO POR EL BANCO DE MEXICO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EN EL LUGAR Y FECHA EN QUE DEBA EFECTURASE EL PAGO RESPECTIVO.
Esta cláusula puede variar para el caso de requerirse anticipos, los que deberán sujetarse a la normativa aplicable y precisar porcentaje, número y fechas o plazo de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen.
Para pronto pago. Se debe indicar expresamente en la convocatoria de licitación o en el documento de adjudicación, en el que además se deberá precisar el porcentaje de descuento DE LO CONTRARIO NO SERÁ PROCEDENTE:
DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la procedencia de pronto pago “EL PROVEEDOR” PODRA SOLICITAR A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente. Puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” LA CONDICION DE PRONTO PAGO MISMA QUE OPERARA CUANDO “EL
PROVEEDOR” ACEPTE EL DESCUENTO EN EL PRECIO DE LOS varía atendiendo al tipo de contrato: Bienes o servicios, POR EL ADELANTO EN EL PAGO CON RELACION A LA FECHA PACTADA. EN
ESTOS CASOS “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente. puede ser cualquier UR de la dependencia DEBERA INDICAR EL PORCENTAJE DE DESCUENTO APLICABLE POR CADA DIA DE ADELANTO EN EL PAGO.
DICHA CONDICION CONSISTIRA EN CUBRIR, PREVIA SOLICITUD POR ESCRITO DE “EL
PROVEEDOR” A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente. Puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, EL IMPORTE DEL varía atendiendo al tipo de contrato: Bien o servicios DE QUE SE TRATE, UNA VEZ QUE SE REALICE O ENTREGUE LA varía atendiendo al tipo de contrato: Entrega del bien o la prestación del servicio A ENTERA SATISFACCIÓN DE “LA DEPENDENCIA” OTORGADA POR CONDUCTO DE LA varía. corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente. puede ser cualquier UR de la dependencia Y QUE “EL PROVEEDOR” PRESENTE EL DOCUMENTO O LA FACTURA CORRESPONDIENTE EN LA QUE SE REFLEJE EL DESCUENTO POR EL PRONTO PAGO.
PARA TAL EFECTO “EL PROVEEDOR” DEBERA PRESENTAR A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” LA SOLICITUD CORRESPONDIENTE EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR LA varía. Corresponde
a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia , POR LO MENOS CON DIEZ DIAS HABILES DE ANTICIPACION Y ESTARA SUJETA A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DE “LA DEPENDENCIA”.
LOS PAGOS QUE AL RESPECTO PROCEDAN, SE REALIZARAN DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN ESTA CLAUSULA Y ESTARAN SUJETOS A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO PARA EL CASO DEL PAGO Y DE PAGOS EN EXCESO.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
Para pagos progresivos. Se debe precisar en la convocatoria de la licitación o en el documento de adjudicación, DE LO CONTRARIO NO SERÁN PROCEDENTE:
DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la procedencia de pagos progresivos “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, DE ACUERDO A SU DIPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA Y CALENDARIZACION AUTORIZADA, PODRA EFECTUAR PAGOS PROGRESIVOS A “EL PROVEEDOR” PREVIA VERIFICACION SATISFACTORIA DE LOS AVANCES. ESTOS PAGOS SOLO RESULTARAN PROCEDENTES CUANDO LOS AVANCES CORRESPONDAN A ENTREGABLES QUE HAYAN SIDO
DEBIDAMENTE DEVENGADOS EN TERMINOS DE LAS DISPOSICIONES PRESUPUESTARIAS APLICABLES.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
Para pagos anticipados para el caso de suscripciones, seguros u otros servicios, en los que no sea posible pactar que su costo sea cubierto después de que la prestación del servicio se realice:
“LA DEPENDENCIA” A TRAVES DE LA varía. corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia POR LAS RAZONES ADUCIDAS EN citar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado, donde consten las razones fundadas y motivadas AUTORIZA EL PAGO ANTICIPADO varia: de suscripciones, de seguros o de otros servicios POR NO SER POSIBLE PACTAR QUE SU COSTO SEA CUBIERTO DESPUES DE QUE LA PRESTACION DEL SERVICIO
SE REALICE. “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia PAGARA EN FORMA ANTICIPADA A “EL PROVEEDOR” LA CANTIDAD DE la captura del monto puede tener diversas formas: en moneda extranjera, anticipos (art. 51 LAASSP), entre otros y debe permitir el desglose de datos provenientes de precios oficiales, materiales u otro requerido por la UR adjudicataria, de impuestos tanto de IVA como de ISR atendiendo a la calidad tributaria y a si es persona física o moral, así como cualquier especificación proveniente de la normatividad específica o documentación soporte producto del procedimiento de adjudicación contractual.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie al respecto, DICHOS CONCEPTOS NO SERÁN INCLUIDOS.
Párrafos genéricos para todos los contratos:
PARA PODER HACER EXIGIBLE DICHO PAGO, PREVIAMENTE “EL PROVEEDOR”, DEBERA
OBTENER DEL AREA USUARIA, LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, LA ACEPTACION Y LA AUTORIZACION DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE, A TRAVES DE LA FIRMA DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO PARA DICHOS EFECTOS, QUIEN VALIDARA QUE EL OBJETO CONTRACTUAL HAYA SIDO DEBIDAMENTE DEVENGADO CONFORME A LOS CARACTERISTICAS, ESPECIFICACIONES TERMINOS Y CONDICIONES FIJADOS EN EL PRESENTE Y SUS ANEXOS varía dependiendo de la
cantidad o no de anexos, de lo contrario eliminar la referencia.
En caso de asesorías, consultorías, estudios, investigaciones y servicios profesionales:
PARA PODER HACER EXIGIBLE DICHO PAGO, PREVIAMENTE “EL PROVEEDOR”, DEBERA OBTENER DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DEL AREA USUARIA LA varía. Corresponde a
cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, LA VALIDACION DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE CADA ENTREGABLE OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, ASI COMO LA ACEPTACION Y LA AUTORIZACION DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EFECTIVAMENTE DEVENGADOS CONFORME A LOS PARAMETROS Y ENTREGABLES QUE ESTA HAYA FIJADO.
Párrafos genéricos para todos los contratos:
UNA VEZ OBTENIDA DICHA AUTORIZACION, “EL PROVEEDOR”, LA PRESENTARA EN LA VENTANILLA DE LA DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO DE “LA DEPENDENCIA” DEBIDAMENTE REQUISITADA Y ACOMPAÑADA DE UNA COPIA DEL ESTADO DE CUENTA QUE INCLUYA LA CLABE DE 18 DIGITOS PARA LA PROCEDENCIA DEL DEPOSITO CORRESPONDIENTE.
LA DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO, POR CONDUCTO DE QUIEN POR LA CITADA DIRECCIÓN GENERAL EFECTUARA SU REVISION Y DE SER PROCEDENTE, HARA EL PAGO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO o de conformidad con
las condiciones establecidas en la convocatoria, junta de aclaraciones o documento de adjudicación.
EN EL SUPUESTO DE QUE LAS FACTURAS ENTREGADAS POR “EL PROVEEDOR” PARA SU PAGO, PRESENTEN ERRORES O DEFICIENCIAS, “LA DEPENDENCIA”, POR CONDUCTO DEL AREA COMPETENTE, DENTRO DE LOS TRES DIAS HABILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCION, INDICARA POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR” LAS DEFICIENCIAS QUE DEBA CORREGIR. EL PERIODO QUE TRANSCURRA A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE “EL PROVEEDOR” PRESENTE LAS CORRECCIONES, NO SE COMPUTARA PARA EFECTOS DEL ARTICULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO ESTIPULADO EN EL PARRAFO ANTERIOR “LA
DEPENDENCIA”, POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, A SOLICITUD DE “EL PROVEEDOR”, DEBERA PAGAR GASTOS FINANCIEROS CONFORME A LA TASA QUE SERA IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION EN LOS CASOS DE PRORROGA PARA EL PAGO DE CREDITOS FISCALES. DICHOS GASTOS SE CALCULARAN SOBRE LAS CANTIDADES NO PAGADAS Y SE COMPUTARAN POR DIAS NATURALES DESDE QUE VENCIO EL PLAZO PACTADO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DE “EL PROVEEDOR”.
Para el caso de Ajuste de Precios, de no incluirse éstos en las bases de licitación, Acta de Comité o en la justificación el contrato respectivo, la contratación corresponderá a la condición de precio fijo
AJUSTE DE PRECIOS.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte suscrito por servidor público facultado que precise la procedencia del ajuste de precios LOS PRECIOS ESTARAN SUJETOS A AJUSTE CUANDO SE REQUIERA RECONOCER INCREMENTOS O DECREMENTOS EN LOS PRECIOS, POR VARIACIONES O CUALQUIER OTRO FACTOR DE CAMBIO QUE ALTERE LOS COSTOS PROPIOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
UNA VEZ QUE ESTOS SEAN APROBADOS Y CONSENTIDOS EXPRESAMENTE POR “LA
DEPENDENCIA”, A TRAVES DE Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia SE ESTARA A LA FORMULA DE AJUSTE PRECISADA EN señalar el documento que precise la fórmula de ajuste. En el caso de adjudicaciones directas, debe constar en la cotización del proveedor, SIGUIENTE:
Desglosar la fórmula de ajuste, determinando expresamente el o los indicadores o medios oficiales que se utilizarán en dicha fórmula, así como los componentes que integran la fórmula o mecanismo y el valor o factor de cada uno de ellos.
Los índices de precios o de referencia de los componentes aplicables para el cálculo del ajuste, deberán provenir de publicaciones elegidas con criterios de oportunidad, confiabilidad, imparcialidad y disponibilidad, debiéndose indicar en forma expresa el nombre de los índices y de la publicación en que se difundan los mismos.
El monto del anticipo podrá ser objeto de ajuste hasta la fecha de su entrega al proveedor, por lo que a partir de ésta sólo será ajustado el saldo del precio total.
CORRESPONDERA A LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia ACREDITAR QUE LOS INDICES DE PRECIOS O DE REFERENCIA DE LOS COMPONENTES APLICABLES PARA EL CALCULO DEL AJUSTE, PROVENGAN DE PUBLICACIONES ELEGIDAS CON CRITERIOS DE OPORTUNIDAD, CONFIABILIDAD, IMPARCIALIDAD Y DISPONIBILIDAD, POR LO QUE AL APLICARSE EL
AJUSTE DE PRECIOS LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia DEBERA INDICAR EN FORMA EXPRESA EL NOMBRE DE LOS INDICES Y DE LA PUBLICACION EN QUE SE DIFUNDAN LOS MISMOS, DE LO CUAL
OBRARA CONSTANCIA EN LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”.
TRATANDOSE DE INSUMOS, CUYOS PRECIOS VARIAN CONSTANTEMENTE POR SER ESTABLECIDOS POR EL MERCADO A NIVEL NACIONAL O INTERNACIONAL Y, QUE SUS INDICADORES SON PUBLICADOS POR ORGANISMOS ESPECIALIZADOS; “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia APLICARA LA FORMULA DE AJUSTE REFERENCIADA CONSIDERANDO LOS CITADOS INDICADORES. LO ANTERIOR RESULTA APLICABLE CUANDO SE TRATE DE BIENES QUE CONTENGAN PORCENTAJES IMPORTANTES DE DICHOS INSUMOS.
No. CLAUSULA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la vigencia EL PRESENTE CONTRATO OBSERVARA UNA VIGENCIA DEL varía SIN PERJUICIO DE SU POSIBLE TERMINACION ANTICIPADA EN LOS CASOS PREVISTOS EN ESTE CLAUSULADO Y EN LA LEGISLACION APLICABLE.
Esta cláusula puede complementarse cuando se trate de precisiones de entrega de bienes o servicios
No. CLAUSULA.- GARANTIA.- Esta cláusula puede sufrir variaciones atendiendo a las condiciones establecidas en la adjudicación y a las excepciones que pudieran aplicarse conforme a la Ley y su Reglamento, o bien si se requieren anticipos para la contratación
De forma genérica se establece:
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CONSTITUIR EN LA FORMA Y TERMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO; EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES EN LA MATERIA, LA GARANTIA
CORRESPONDIENTE CON MOTIVO DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LA CUAL DEBERA PRESENTARSE EN LA DIRECCION DE ADQUISICIONES, ALMACENES E INVENTARIOS DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE “LA DEPENDENCIA”, A TRAVES DE CUALQUIER INSTRUMENTO QUE PERMITA LA NORMATIVA APLICABLE, BAJO LOS SIGUIENTES TERMINOS:
DE CONFORMIDAD CON señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise las especificaciones de la garantía de cumplimiento, de lo contrario será conforme a la normativa aplicable PARA GARANTIZAR A “LA DEPENDENCIA”, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A ENTREGAR A “LA DEPENDENCIA”, DENTRO DEL PLAZO NORMATIVO, GARANTIA QUE PERMITA LA LEGISLACION EN LA MATERIA, EXPEDIDA POR INSTITUCION DEBIDAMENTE AUTORIZADA, POR LA CANTIDAD
DE: ------------ varía dependiendo de las condiciones fijadas QUE CORRESPONDE AL % varía
dependiendo de las condiciones fijadas por el área adjudicataria, en el documento de adjudicación o en la normativa aplicable DEL MONTO varía atendiendo a si es cerrado o abierto, en caso de ser abierto debe ser sobre el monto máximo total del contrato, en caso de anticipo el importe de la garantía será del 100% del monto por concepto de anticipo DEL PRESENTE CONTRATO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
Garantía de cumplimiento en contratos plurianuales:
PARA GARANTIZAR A “LA DEPENDENCIA”, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A ENTREGAR A “LA DEPENDENCIA”, DENTRO DEL PLAZO NORMATIVO, GARANTIA QUE PERMITA LA LEGISLACION EN LA MATERIA, EXPEDIDA POR
INSTITUCION DEBIDAMENTE AUTORIZADA, POR el porcentaje que corresponda DEL MONTO TOTAL POR EROGAR EN EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE, MISMA QUE DEBERA SER RENOVADA CADA EJERCICIO POR EL MONTO A EROGAR EN EL MISMO.
A PETICION DE “EL PROVEEDOR”, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía.
Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA ACCEDER A QUE NO SE SUSTITUYA LA GARANTIA OTORGADA EN EL PRIMER EJERCICIO, SIEMPRE QUE CONTINUE VIGENTE Y SU IMPORTE MANTENGA LA MISMA PROPORCION QUE LA DEL PRIMER EJERCICIO, EN RELACION AL MONTO POR EROGAR EN CADA EJERCICIO SUBSECUENTE.
EN EL CASO DE ENTREGAS PARCIALES O PRESTACION DE SERVICIOS REALIZADOS, LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO PODRA REDUCIRSE EN FORMA PROPORCIONAL A LOS BIENES RECIBIDOS O A LOS SERVICIOS YA PRESTADOS.
Para el caso de contratos abiertos:
PARA GARANTIZAR A “LA DEPENDENCIA”, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE A ENTREGAR A “LA DEPENDENCIA”, DENTRO DEL PLAZO NORMATIVO, GARANTIA QUE PERMITA LA LEGISLACION EN LA MATERIA, EXPEDIDA POR INSTITUCION DEBIDAMENTE AUTORIZADA MISMA QUE DEBERA CONSTITUIRSE POR el
porcentaje que se determine DEL MONTO MAXIMO TOTAL DEL CONTRATO, Y DEBERA ESTAR VIGENTE HASTA LA TOTAL ACEPTACION DE “LA DEPENDENCIA” OTORGADA POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR
de la dependencia RESPECTO DE varía atendiendo al tipo de contrato: La prestación del servicio o entrega de bienes.
Continúa cláusula para todos los contratos:
EN EL CASO DE QUE EL “EL PROVEEDOR” GARANTICE LAS OBLIGACIONES GENERADAS RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO MEDIANTE FIANZA, ESTA DEBERA CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS:
A) QUE SEA EXPEDIDA A FAVOR DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION;
B) LA INDICACION DEL IMPORTE TOTAL GARANTIZADO CON NUMERO Y LETRA;
C) QUE SE OTORGUE ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO;
D) LA INFORMACION CORRESPONDIENTE AL NUMERO DE CONTRATO, O ACTO CELEBRADO, SU FECHA DE SUSCRIPCION, ASI COMO LA ESPECIFICACION DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS;
E) EL SEÑALAMIENTO DE LA DENOMINACION O NOMBRE DE “EL PROVEEDOR”;
F) LA CONDICION DE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA DEBERA QUEDAR ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA CON SU OBJETIVO Y HASTA LA TOTAL ACEPTACION DE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, DE FORMA TAL QUE NO PODRA ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUAL NO DEBE CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTO EN LOS CONTRATOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS;
G) QUE LA FIANZA GARANTIZA EL MONTO QUE POR CONCEPTO DE LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES LLEGARE A APLICARSELE A “EL PROVEEDOR”;
H) QUE PARA SER CANCELADA LA FIANZA SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia ;
I) QUE LA FIANZA ESTARA VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRORROGA AL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, ASI COMO DURANTE LA SUBSTANCIACION DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCION DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE DE FORMA TAL QUE SU VIGENCIA NO PODRA ACOTARSE EN RAZON DEL PLAZO DE EJECUCION DEL INSTRUMENTO JURIDICO O FUENTE DE LAS OBLIGACIONES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA, SALVO QUE LAS PARTES SE OTORGUEN EL FINIQUITO;
J) QUE PARA LIBERAR LA FIANZA, SERA REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACION EXPRESA Y POR ESCRITO DE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO
DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia
K) QUE LA INSTITUCION AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR, PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORANEO DEL IMPORTE DE LA POLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL REFERIDO PROCEDIMIENTO DE EJECUCION SERA EL PREVISTO EN EL ARTICULO 95 DE LA LEY CITADA.
L) QUE EN EL CASO DE OTORGAMIENTO DE PRORROGAS O ESPERAS A “EL PROVEEDOR” PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA FORMALIZACION DE CONVENIOS DE AMPLIACION AL MONTO O AL PLAZO DEL CONTRATO, SE DEBERA OBTENER LA MODIFICACION DE LA FIANZA.
M) QUE CUANDO AL REALIZARSE EL FINIQUITO RESULTEN SALDOS A CARGO DE “EL PROVEEDOR” Y ESTE EFECTUE LA TOTALIDAD DEL PAGO EN FORMA INCONDICIONAL “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DEBERA LIBERAR LA FIANZA RESPECTIVA.
N) QUE CUANDO SE REQUIERA HACER EFECTIVA LA FIANZA, “LA DEPENDENCIA”, POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DEBERA REMITIR A LA TESORERIA DE LA FEDERACION, DENTRO DEL PLAZO A QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTICULO 143 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION, LA SOLICITUD DONDE SE PRECISE LA INFORMACION NECESARIA PARA IDENTIFICAR LA OBLIGACION O CREDITO QUE SE GARANTIZA Y LOS SUJETOS QUE SE VINCULAN CON LA FIANZA, DEBIENDO ACOMPAÑAR LOS DOCUMENTOS QUE SOPORTEN Y JUSTIFIQUEN EL COBRO.
DE IGUAL FORMA DEBERA CONTENER LA SIGUIENTE LEYENDA “LA PRESENTE GARANTIA DE CUMPLIMIENTO SERA LIBERADA UNICAMENTE MEDIANTE LA MANIFESTACION EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
RESPONSABLE DE “LA DEPENDENCIA”, A SABER LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia, ASI MISMO SE INDICA QUE LA GARANTIA SE HARA EFECTIVA A FAVOR DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION CUANDO “EL PROVEEDOR” POR CAUSAS QUE LE SEAN IMPUTABLES NO CUMPLA CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
EN TANTO NO ENTREGUE LA POLIZA DE FIANZA A “LA DEPENDENCIA”, “EL PROVEEDOR” DEBERA CUMPLIR CON TODAS SUS OBLIGACIONES, PERO NO PODRA EXIGIR NINGUNO DE LOS DERECHOS A SU FAVOR.
LA FIANZA TENDRA LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO Y EN CASO DE DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS O DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, CONTINUARA VIGENTE HASTA QUE AQUELLOS SE CORRIJAN O ESTAS SEAN SATISFECHAS.
SI AL TERMINO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO EXISTIEREN RESPONSABILIDADES EN CONTRA DE “EL PROVEEDOR” SUS IMPORTES SE DEDUCIRAN DEL SALDO A SU FAVOR, PERO SI NO LO HUBIERE, “LA DEPENDENCIA” HARA EFECTIVA LA FIANZA EN LA MEDIDA QUE PROCEDA.
Para el caso de Aseguradoras:
“EL PROVEEDOR” SE ENCUENTRA SUJETO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 14 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, QUE ESTABLECE: “MIENTRAS LAS INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, NO SEAN PUESTAS EN LIQUIDACION O DECLARADAS EN QUIEBRA, SE CONSIDERARAN DE ACREDITADA SOLVENCIA Y NO ESTARAN OBLIGADAS, POR TANTO, A CONSTITUIR DEPOSITOS O FIANZAS LEGALES, HECHA EXCEPCION DE LAS RESPONSABILIDADES QUE PUEDAN DERIVARLES DE JUICIOS LABORALES, XX XXXXXX O POR CREDITOS FISCALES”, ASIMISMO, A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 62 FRACCION VIII DE LA DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, QUE ESTABLECE “A LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS LES ESTARA PROHIBIDO: …VIII.
OTORGAR AVALES, FIANZAS O CAUCIONES”. (Lo anterior hasta en tanto no haya cambios en los dispositivos legales invocados)
Para el caso de que exceptuar la garantía de cumplimiento conforme al artículo 48 de la LAASSP:
“LA DEPENDENCIA” BAJO LA RESPONSABILIDAD DE varía. Corresponde al servidor público facultado de cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia, EXCEPTUA A “EL PROVEEDOR” DE PRESENTAR LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, NO OBSTANTE SE ESTARA A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 58 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, RESPECTO A LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES.
No. CLAUSULA.- IMPUESTOS O CONTRIBUCIONES.- “LA DEPENDENCIA” ENTREGARA EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO A “EL PROVEEDOR”, EL CUAL LO ENTERARA A LA OFICINA RECAUDADORA CONFORME A LA LEGISLACION FISCAL VIGENTE, DE IGUAL MANERA SE RECONOCERA LA CALIDAD TRIBUTARIA DE “EL PROVEEDOR” EN MATERIA DE ENTEROS Y RETENCIONES NORMATIVAMENTE PROCEDENTES, QUE EN SU CASO SE REFLEJEN EN LA FACTURACION QUE SEA PRESENTADA PARA SU COBRO.
“LA DEPENDENCIA” Y “EL PROVEEDOR”, SEGUN CORRESPONDA, PAGARAN LAS CONTRIBUCIONES Y DEMAS CARGAS FISCALES QUE CONFORME A LAS LEYES FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TENGAN LA OBLIGACION DE CUBRIR DURANTE LA VIGENCIA, EJECUCION Y CUMPLIMIENTO DEL
PRESENTE CONTRATO Y SU (s) ANEXO (s) Precisar número (s). En caso de no haber anexos se elimina la estipulación, SIN PERJUICIO DE QUE “LA DEPENDENCIA” REALICE, DE LOS PAGOS QUE HAGA A “EL PROVEEDOR”, LAS RETENCIONES QUE LE IMPONGAN LAS LEYES DE LA MATERIA.
En caso de extranjeros se capturara la calidad tributaria o bien el tratamiento al que se encuentre sujeto según los Instrumentos Internacionales que haya suscrito nuestro país, lo cual debe sustentar y acreditar el proveedor
Tratándose de adquisición de bienes:
“EL PROVEEDOR”, EN SU CASO, CUBRIRA LAS CUOTAS COMPENSATORIAS O CUALQUIER OTRA CONTRIBUCION QUE, CONFORME A LA LEY DE LA MATERIA, ESTE SUJETA LA IMPORTACION DE LOS BIENES, POR LO QUE NO PROCEDERA INCREMENTO EN LOS PRECIOS PACTADOS, NI CUALQUIER OTRA MODIFICACION AL PRESENTE CONTRATO.
Lo anterior será aplicable, en tanto no haya pronunciamiento expreso en contrario en el documento soporte de adjudicación.
Esta cláusula puede variar en caso de que el proveedor esté exceptuado o tenga algún tratamiento fiscal específico.
No. CLAUSULA.- RESTRICCION DE TRANSFERENCIA DE DERECHOS.- LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO NO PODRAN SER TRANSFERIDOS POR “EL PROVEEDOR” EN FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA, CON EXCEPCION DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERA CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE “LA DEPENDENCIA” OTORGADO POR CONDUCTO DEL SERVIDOR
PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia.
No. CLAUSULA.- SUPERVISION Y VERIFICACION.- PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, “EL PROVEEDOR” DEBERA SUJETAR EL MISMO A LAS CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES REFERIDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO Y
precisar el anexo (s) y su (s) número (s) que especifique las características y condiciones, o bien el documento de adjudicación o suscrito por servidor público facultado.
DE CONFORMIDAD CON documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado por el que se dictamina procedente la contratación, PARA VIGILAR EL ADECUADO CUMPLIMIENTO DE ESTE INSTRUMENTO, “LA DEPENDENCIA” DESIGNA COMO SU SUPERVISOR AL Varía. Citar el puesto
de servidor público facultado para supervisar el cumplimiento del objeto contractual. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia, DEBIENDO “EL PROVEEDOR” ATENDER LAS INDICACIONES QUE ESTE O EL PERSONAL A SU CARGO REALICE (N) EN FORMA EXPRESA.
“EL PROVEEDOR” MANIFIESTA SU CONFORMIDAD PARA QUE “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE Varía. Citar el puesto de servidor público facultado para supervisar el cumplimiento del objeto contractual. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia O EL PERSONAL A SU CARGO SUPERVISE EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO. DICHA SUPERVISION NO EXIME NI LIBERA A “EL PROVEEDOR” DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES CONTRAIDAS EN VIRTUD DE ESTE INSTRUMENTO.
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia O DEL PERSONAL A SU CARGO PODRA RECHAZAR AQUELLO QUE A SU JUICIO NO REUNA LAS ESPECIFICACIONES Y ALCANCES ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO si
contiene: Y SU (S) ANEXO (S) Precisar número (s), OBLIGANDOSE “EL PROVEEDOR” EN ESTE
SUPUESTO, A REALIZARLO NUEVAMENTE BAJO SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD Y SIN COSTO ADICIONAL PARA “LA DEPENDENCIA”.
Para el caso de asesorías, consultorías, estudios, investigaciones o servicios profesionales, se debe complementar la cláusula:
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia. O EL PERSONAL A SU CARGO, REALIZARA LA COMPROBACION, SUPERVISION Y VERIFICACION DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y EFECTIVAMENTE PRESTADOS, ASI COMO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS DE CADA ENTREGABLE.
LA área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia ESTABLECERÁ CON “EL PROVEEDOR” LOS MECANISMOS DE COMPROBACION, SUPERVISION Y VERIFICACION DEL OBJETO MATERIA DEL PRESENTE,
DE LO CUAL OBRARA CONSTANCIA EN LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia.. Puede remitirse al (los) anexo (s) de este contrato que lo detalle. La UR adjudicataria y/o usuaria, debe precisar los mecanismos para lo anterior, ello puede plasmarse en esta cláusula o bien precisarse vía anexo (s).
No. CLAUSULA.- DAÑOS Y PERJUICIOS.- EN EL CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” ATENDIENDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACION, CAUSE DESPERFECTOS A LOS EQUIPOS, MOBILIARIO E INSTALACIONES DE “LA DEPENDENCIA”, POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA, ASI COMO DAÑOS A TERCEROS, SE OBLIGA A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS EN UN TERMINO NO MAYOR A DIEZ DIAS NATURALES SIN COSTO ALGUNO PARA LA “LA DEPENDENCIA” Y A SATISFACCION DE ESTA, OTORGADA POR CONDUCTO
DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, EN CASO CONTRARIO, SE LE RETENDRA LA PARTE PROPORCIONAL DEL PAGO ESTIPULADO EN ESTE INSTRUMENTO, EN EL SUPUESTO DE QUE EL IMPORTE DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS RESULTARE SUPERIOR, SE PROCEDERA CONFORME A LA NORMATIVA QUE RESULTE APLICABLE AL CASO EN PARTICULAR.
“EL PROVEEDOR”, ATENDIENDO A LA NATURALEZA DEL SERVICIO CONTRATADO Y A LA NORMATIVA ESPECIFICA APLICABLE RESPECTO A DAÑOS A TERCEROS, SE OBLIGA EN SU CASO A CONTAR CON UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, QUE CUBRA A “LA DEPENDENCIA” DE CUALQUIER RIESGO EN LA MATERIA, MISMO QUE ESTARA VIGENTE HASTA LA CONFORMIDAD QUE OTORGUE EL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía.
Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”.
EN CASO DE QUE LA varía. Corresponde a cualquier UR usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, FACILITE A “EL PROVEEDOR” MATERIALES O BIENES DE “LA DEPENDENCIA” PARA LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL, REQUERIRA A “EL PROVEEDOR” EL DOCUMENTO QUE LO RESPONSABILICE DEL USO DE LOS MATERIALES O BIENES QUE ESTA LE FACILITE, DE LO CUAL OBRARA CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE DE LA CITADA
varía. Corresponde a cualquier UR usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia
El párrafo anterior será aplicable, en tanto no haya pronunciamiento expreso en contrario en el documento soporte de adjudicación.
Para el caso de adquicisión de bienes, atendiendo a la naturaleza contractual:
No. CLAUSULA.-.- CONDICIONES DE OPERACION Y MANTENIMIENTO.- “LA DEPENDENCIA”, A
TRAVES DE LA Varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia MANTENDRA LOS BIENES varia: Adquiridos o arrendados EN CONDICIONES APROPIADAS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO, Y VIGILARA QUE LOS MISMOS SE DESTINEN AL CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS Y ACCIONES PREVIAMENTE DETERMINADOS; ASIMISMO LA Varía. Corresponde a
cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia FIJARA CON “EL PROVEEDOR” LAS CONDICIONES QUE GARANTICEN LA CORRECTA OPERACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES.
EN SU CASO, “EL PROVEEDOR”, DEBERA CONTAR CON UNA POLIZA DE SEGURO QUE DEBERA ESTAR VIGENTE HASTA LA ENTREGA DE CONFORMIDAD POR PARTE DEL
SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, QUE GARANTICE LA INTEGRIDAD DE LOS BIENES HASTA EL MOMENTO DE SU ENTREGA.
En caso de que se considere en la Convocatoria o documento de adjudicación suscrito por servidor público facultado:
“EL PROVEEDOR” DEBERA BRINDAR LA CAPACITACION AL PERSONAL DE LA Varía. Corresponde
a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” QUE OPERARA LOS EQUIPOS, SIN COSTO ADICIONAL PARA “LA DEPENDENCIA”.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, dicho concepto NO SERÁ INCLUIDO.
POR LO QUE HACE A LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA LAS PARTES ACUERDAN: Se debe
precisar lo conducente o bien remitir al anexo respectivo de este instrumento.
Para el caso de que en la Convocatoria o documento de adjudicación se establezca que la adquisición de materiales cuyo consumo haga necesaria invariablemente la utilización de equipo propiedad del proveedor:
“EL PROVEEDOR” DEBERA PROPORCIONAR A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, EL EQUIPO DE SU PROPIEDAD SIN COSTO ALGUNO PARA “LA DEPENDENCIA” DURANTE EL TIEMPO REQUERIDO PARA EL CONSUMO DE LOS MATERIALES.
En caso de que la UR adjudicataria, requirente y/o usuaria no se pronuncie expresamente al respecto, dicho concepto NO SERÁ INCLUIDO.
No. CLAUSULA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- NINGUNA DE LAS PARTES SERA RESPONSABLE DE CUALQUIER RETRASO O INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO QUE RESULTE DIRECTA O INDIRECTAMENTE DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
EN TERMINOS DEL ARTICULO 63 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia EN LOS SUPUESTOS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, PODRA MODIFICAR EL PRESENTE INSTRUMENTO A EFECTO DE PRORROGAR LA FECHA O PLAZO PARA LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL, EN ESTE SUPUESTO DEBERA FORMALIZARSE EL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, NO PROCEDIENDO LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES POR ATRASO, DEBIENDO “EL PROVEEDOR” ACTUALIZAR LA (S) GARANTIA (S) Y/O SEGURO (S) QUE RESULTE (N) APLICABLE (S). TRATANDOSE DE CAUSAS IMPUTABLES A “LA DEPENDENCIA”, NO SE REQUERIRA DE LA SOLICITUD DE “EL PROVEEDOR”.
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR”, NO OBTENGA LA PRORROGA DE REFERENCIA, POR SER CAUSA IMPUTABLE A ESTE EL ATRASO, SE HARA ACREEDOR A LA APLICACION DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN ESTE INSTRUMENTO. En su caso remitir a
el (los) anexo (s) de este contrato.
NO SE CONSIDERA CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EL QUE “EL PROVEEDOR”
REALICE EL OBJETO MATERIA DEL PRESENTE DE UN MODO NO CONFORME A LAS
ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN ESTE CONTRATO en su caso remitir a el (los) anexo (s) de este contrato; CUALQUIER ACONTECIMIENTO RESULTANTE DE LA FALTA DE PREVISION, NEGLIGENCIA, IMPERICIA, PROVOCACION O CULPA DE “EL PROVEEDOR” O BIEN, AQUELLOS QUE NO SE ENCUENTREN DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS. DE ACTUALIZARSE ALGUNO DE ESTOS SUPUESTOS, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía.
Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia PROCEDERA A LA APLICACION DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE ESTABLECEN EN ESTE INSTRUMENTO O HACER EFECTIVA LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO Se elimina lo
de la garantía en caso de que la misma se exceptué o no aplique.
No. CLAUSULA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- QUEDA EXPRESAMENTE PACTADO QUE “EL
PROVEEDOR”, EN SU CARACTER DE EMPRESA ESTABLECIDA se adecua la redacción en caso de persona física CUENTA Y TRABAJA CON TODOS LOS ELEMENTOS PROPIOS Y SUFICIENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO Y EL DE SUS OBLIGACIONES LEGALES Y CONTRACTUALES EN GENERAL Y LABORALES EN PARTICULAR, POR LO QUE TODAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE TRABAJO ESTARAN A CARGO DE “EL PROVEEDOR” QUIEN NO TIENE EL CARACTER DE INTERMEDIARIO Y QUE “LA DEPENDENCIA” NO ADQUIERE LA CALIDAD DE PATRON DIRECTO, SOLIDARIO O SUSTITUTO DEL PERSONAL DE “EL PROVEEDOR”, LIBERANDO A “LA DEPENDENCIA” DE CUALQUIER OBLIGACION LABORAL Y/O DE SEGURIDAD SOCIAL U OTRA AJENA A LO ESTIPULADO EN LA PRESENTE RELACION CONTRACTUAL, Y A SACAR EN PAZ Y A SALVO A "LA DEPENDENCIA" DE CUALQUIER LITIGIO EN ESTAS MATERIAS.
EL RIESGO PROFESIONAL ASI COMO TODAS LAS OBLIGACIONES, RESPONSABILIDADES Y EN GENERAL LAS INDEMNIZACIONES QUE POR RIESGOS CIVILES, DE TRABAJO Y POR LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO PUEDAN RESULTAR DEL
CONTRATO DE TRABAJO O DE LA LEY, SERAN A CARGO EXCLUSIVAMENTE DE “EL PROVEEDOR” QUIEN AL EFECTO SE OBLIGA A RESPONDER ANTE SU PERSONAL Y A REMBOLSAR E INDEMNIZAR EN SU CASO A “LA DEPENDENCIA” DE CUALQUIER EROGACION QUE POR ESTE CONCEPTO Y NO OBSTANTE LO PACTADO LLEGARE A HACER.
SIN QUE LA ENUMERACION SE ENTIENDA RESTRICTIVA SINO SIMPLEMENTE ENUNCIATIVA, ESTARAN A CARGO DE “EL PROVEEDOR”, TODOS LOS PAGOS POR CONCEPTO DE SALARIOS; CUOTAS OBRERO-PATRONALES AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL; RETENCION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA; PAGO DE CUOTAS AL INFONAVIT; ASI COMO EL OTORGAMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRESTACIONES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A QUE EL PERSONAL DESTINADO A SU SERVICIO TENGA DERECHO CON MOTIVO DEL CONTRATO INDIVIDUAL O COLECTIVO, SEGUN EL CASO QUE LO LIGUE A “EL PROVEEDOR”, DEBIENDO ESTARSE EN SU CASO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 57, TERCER PARRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
Cuando por la naturaleza del servicio, arrendamiento de bienes o adquisición se desprenda que el proveedor requerirá del uso intensivo de mano de obra:
“EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A CUMPLIR CON LA INSCRIPCION Y PAGO DE CUOTAS AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, DEBIENDO ESTARSE A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 57 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, POR LO QUE HACE A LOS SUPUESTOS EN ESTE CONSIGNADOS.
En el caso de prestación de servicios que requieran del uso intensivo de mano de obra, y ésta implique un costo superior al treinta por ciento del monto total del contrato, en la convocatoria de la licitación deberá establecerse una fórmula de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, o bien, el mecanismo de ajuste que reconozca el incremento a los salarios mínimos, salvo que en el expediente de la contratación se haya justificado la inconveniencia de tal ajuste.
Esta cláusula puede variar en caso de que el proveedor no tenga personal a su cargo
No. CLAUSULA.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE “EL PROVEEDOR”.- “EL PROVEEDOR”, ATENDIENDO A LA NATURALEZA Y ALCANCES DE LA CONTRATACION, SE OBLIGA A:
• ENTREGAR A LA DIRECCION DE ADQUISICIONES, ALMACENES E INVENTARIOS DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE “LA DEPENDENCIA”, LA OPINION EMITIDA POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SAT) RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES CONFORME A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL APLICABLE AL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO LA(S) GARANTIA (S), SEGURO (S) O CUALESQUIER OTRO DOCUMENTO QUE CUBRA A “LA DEPENDENCIA”.
• CONTAR Y EN SU CASO, A RENOVAR TODOS LOS PERMISOS, AUTORIZACIONES, CONCESIONES, LICENCIAS, REGISTROS Y CUALESQUIER OTRO DEBIDAMENTE EXPEDIDOS POR AUTORIDAD COMPETENTE PARA REALIZAR EL OBJETO DE ESTE
CONTRATO, DE TAL FORMA QUE COMPRENDAN LA VIGENCIA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
• EN SU CASO, CONTAR CON UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL QUE CUBRA A “LA DEPENDENCIA” DE CUALQUIER RIESGO EN LA MATERIA, MISMO QUE ESTARA VIGENTE MIENTRAS EL PRESENTE INSTRUMENTO CONSERVE SU EXISTENCIA Y VALIDEZ Y HASTA LA CONFORMIDAD QUE OTORGUE EL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia
• CUBRIR LAS PRIMAS, CUOTAS, DEDUCIBLES O CUALQUIER OTRO PRODUCTO DE LOS RIESGOS, CALIDAD Y CUMPLIMIENTO QUE RECAIGAN Y/O DERIVEN DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SALVO DISPOSICION CONTRARIA QUE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DEL SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria puede ser cualquier UR de la dependencia OTORGUE POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR”
• CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES E INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD INSTITUCIONAL DE “LA DEPENDENCIA”, ASI COMO CON CUALQUIER OTRA DERIVADA DE ESTE CONTRATO.
• PRESTAR EL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO CON PERSONAL CAPACITADO O TECNICOS CERTIFICADOS, LOS QUE SE DEBERAN IDENTIFICAR AL MOMENTO DE LA REALIZACION DEL MISMO, EXHIBIENDO SU GAFETE CON FOTOGRAFIA PROPORCIONADO POR “EL PROVEEDOR”.
EL PERSONAL DE VIGILANCIA DE “LA DEPENDENCIA” SE ENCARGARA DE IDENTIFICAR DEBIDAMENTE AL PERSONAL DE “EL PROVEEDOR” Y CONSECUENTEMENTE NO PERMITIRA EL ACCESO A LAS INSTALACIONES DE “LA DEPENDENCIA”, A PERSONA ALGUNA NO AUTORIZADA, BIEN SEA DE “LA DEPENDENCIA” O AJENA A LA MISMA.
POR NINGUN MOTIVO DEBERA INTERVENIR PERSONAL NO IDENTIFICADO COMO PERSONAL CAPACITADO O TECNICOS CERTIFICADOS DE “EL PROVEEDOR” PARA PRESTAR EL OBJETO DE ESTE CONTRATO, SI LO HICIERE POR CAUSA DE “EL PROVEEDOR”, EL SERA RESPONSABLE; SI LO FUERA POR CAUSA DE “LA DEPENDENCIA” CESARA AUTOMATICAMENTE LA RESPONSABILIDAD POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, POR LO QUE RESPECTA A LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE QUE RESULTE AFECTADO.
• RESPONDER DE LA EJECUCION Y CALIDAD DE LO CONTRATADO, EN LOS TERMINOS PACTADOS EN ESTE CONTRATO Y SU (s) ANEXO (s) precisar número (s). En caso de no haber anexos se elimina la estipulación, EN EL CASO DE QUE LOS MISMOS NO SE HAYAN PRESTADO CONFORME A LO ESTIPULADO, O CONFORME A LAS ORDENES GIRADAS POR “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, SE LE HARA EFECTIVA LA PENA CONVENCIONAL PRECISADA EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, SIN PERJUICIO DE LA PROCEDENCIA DE HACER EFECTIVA LA GARANTIA DE
CUMPLIMIENTO en caso de no haber garantía de cumplimiento, SE ELIMINA esta disposición y se establece: SIN PERJUICIO DE PROCEDER CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLE.
• CUMPLIR CON CUALESQUIER OBLIGACION PROPIA O DERIVADA DE ESTE CONTRATO.
LO ANTERIOR SIN PRJUICIO DE LAS OBLIGACIONES PARTICULARES Y/O ESPECIFICAS QUE
ASUME “EL PROVEEDOR” EN EL (los) ANEXO (s) precisar número (s). En caso de no haber anexos SE ELIMINA la estipulación DEL PRESENTE.
No. CLAUSULA.- CONVENIOS MODIFICATORIOS.- EL PRESENTE INSTRUMENTO PODRA SER OBJETO DE LAS MODIFICACIONES QUE PREVE LA NORMATIVA APLICABLE Y SE SUJETARA A LO QUE ESTA DISPONE. “LA DEPENDENCIA” PODRA, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE, BAJO SU RESPONSABILIDAD Y POR RAZONES FUNDADAS Y EXPLICITAS, ACORDAR EL INCREMENTO DEL MONTO DE ESTE INSTRUMENTO O DE LA CANTIDAD DE LO SOLICITADO MEDIANTE MODIFICACION AL PRESENTE CONTRATO VIGENTE, SIEMPRE QUE LAS MODIFICACIONES NO REBASEN, EN CONJUNTO, EL VEINTE POR CIENTO DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS O VOLUMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN EL MISMO Y EL PRECIO DE LO REQUERIDO SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE.
CUALQUIER MODIFICACION AL PRESENTE INSTRUMENTO, DEBERA EFECTUARSE POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia Y DEBERA SER FORMALIZADA POR ESCRITO A TRAVES DE CONVENIO MODIFICATORIO QUE DEBERA SER SUSCRITO POR LOS QUE INTERVINIERON EN ESTE CONTRATO, O QUIENES LOS SUSTITUYAN O ESTEN FACULTADOS PARA ELLO.
“LA DEPENDENCIA” SE ABSTENDRA DE HACER MODIFICACIONES QUE SE REFIERAN A PRECIOS, ANTICIPOS, PAGOS PROGRESIVOS, ESPECIFICACIONES Y, EN GENERAL, CUALQUIER CAMBIO QUE IMPLIQUE OTORGAR CONDICIONES MAS VENTAJOSAS A “EL PROVEEDOR” COMPARADAS CON LAS ESTABLECIDAS ORIGINALMENTE.
Tratándose de contratos abiertos con órdenes de surtimiento:
UNA VEZ FORMALIZADO EL PRESENTE INSTRUMENTO, DE EXISTIR NECESIDAD DE CANTIDADES DISTINTAS A LAS PACTADAS PARA CADA ORDEN DE SURTIMIENTO, LAS MISMAS PODRAN SUMINISTRARSE SIEMPRE Y CUANDO “EL PROVEEDOR” LO ACEPTE, Y SE FORMALICE EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL QUINTO PARRAFO DEL ARTICULO 52 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
Cuando se trate de varias partidas en contratos abiertos:
DE CONFORMIDAD CON LA FRACCION I DEL ARTICULO 56 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, CON LA ACEPTACION DE “EL PROVEEDOR” SE PODRAN REALIZAR MODIFICACIONES AL PRESENTE INSTRUMENTO HASTA EN UN 20% DE LA CANTIDAD O PRESUPUESTO MAXIMO DE ALGUNA PARTIDA ORIGINALMENTE PACTADA, PARA LO CUAL “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR
de la dependencia, ATENDIENDO AL OBJETO Y PARTIDAS AFECTADAS EN EL PRESENTE, PODRA UTILIZAR PARA SU PAGO EL PRESUPUESTO DE OTRA U OTRAS PARTIDAS PREVISTAS EN ESTE INSTRUMENTO, SIEMPRE QUE NO RESULTE UN INCREMENTO EN EL MONTO MAXIMO TOTAL DEL CONTRATO.
En caso de cantidades o conceptos adicionales:
PARA LAS CANTIDADES O CONCEPTOS ADICIONALES SE RECONOCERA, EN SU CASO, EL AJUSTE DE PRECIOS HA LUGAR.
No. CLAUSULA.- PENA CONVENCIONAL.- EN TERMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTICULO 53 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO,
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DEBERA APLICAR A “EL PROVEEDOR” PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ESTE INSTRUMENTO QUE SERAN DETERMINADAS EN FUNCION DE LO NO PRESTADO Y/O NO OTORGADO OPORTUNAMENTE CONFORME A LAS CARACTERISTICAS Y TERMINOS
CITADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO y en sus (s) ANEXO precisar número (s), en caso de no haber anexo (s) SE ELIMINA; EN LAS OPERACIONES EN QUE SE PACTARE AJUSTE DE PRECIOS, LA PENALIZACION SE CALCULARA SOBRE EL PRECIO AJUSTADO.
CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN ESTE CONTRATO, SE APLICARA UNA PENALIZACIÓN CONFORME A LO
SEÑALADO EN EL señalar el documento soporte de adjudicación o suscrito por servidor público facultado que precise la pena convencional Y varía dependiendo de si las penas se consignan en ANEXO al presente documento que contenga las precisiones para la aplicación de las penas convencionales, Y EN LO NO PREVISTO POR ESTE (OS) la redacción varía dependiendo del documento que precise la aplicación xx xxxxx convencionales, EL CINCO AL MILLAR POR CADA DIA NATURAL DE ATRASO, TOMANDO COMO BASE EL MONTO DE LO NO PROPORCIONADO O NO PRESTADO EN LA FECHA, EN LOS TERMINOS Y CONFORME A LAS CONDICIONES PACTADAS.
Para el caso de contratos abiertos:
LAS PENALIZACIONES POR ATRASO EN LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL,
SERAN DETERMINADAS EN FUNCION DE LOS varía atendiendo al tipo de contrato: Bienes o servicios QUE SE HAYAN varía atendiendo al tipo de contrato: Entregado, arrendado o prestado CON ATRASO Y SE APLICARAN SOBRE LOS MONTOS QUE DEBAN PAGARSE POR CADA ORDEN DE
SURTIMIENTO EMITIDA POR LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”, EXCLUSIVAMENTE SOBRE EL VALOR DE LO ENTREGADO CON ATRASO Y NO POR LA TOTALIDAD DE ESTE CONTRATO.
Para todos los contratos:
AMBAS PARTES ACUERDAN QUE EL INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE DE AQUELLAS OBLIGACIONES QUE NO TENGAN ESTABLECIDO EN EL CONTRATO PLAZO DETERMINADO DE CUMPLIMIENTO, DARA LUGAR A QUE “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DEDUZCA SU COSTO DEL IMPORTE A PAGAR CORRESPONDIENTE,
SUJETANDOSE A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 53 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
DE APLICARSE PENAS CONVENCIONALES, EL PAGO MATERIA DEL PRESENTE QUEDARA CONDICIONADO PROPORCIONALMENTE AL PAGO QUE “EL PROVEEDOR” DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES POR ATRASO. ASIMISMO Y EN CASO DE QUE EL PRESENTE CONTRATO SEA RESCINDIDO, NO PROCEDERA EL COBRO DE PENALIZACIONES NI LA CONTABILIZACION DE LAS MISMAS PARA HACER EFECTIVA LA
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO en caso de que la garantía se exceptúe o no aplique se ELIMINA esta precisión.
LA SUMA DE LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE APLIQUEN NO DEBERA EXCEDER EN SU CASO, EL MONTO DE LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO. En
caso de que la garantía se exceptúe o no aplique se ELIMINA esta precisión.
LA PENA CONVENCIONAL SE CALCULARA CONFORME A LO SIGUIENTE:
1.- SE DETERMINARA EL NUMERO DE LO NO ENTREGADO O NO PROPORCIONADO OPORTUNA Y/O ADECUADAMENTE, CONFORME A LAS CARACTERISTICAS Y TERMINOS CITADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, O POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL Y/O DEFICIENTE.
2.- SE DETERMINARA EL NUMERO DE DIAS NATURALES DE ATRASO.
3.- SE ESTABLECERA EL PRECIO UNITARIO DE LO NO ENTREGADO O NO PROPORCIONADO OPORTUNA Y/O ADECUADAMENTE CONFORME A LAS CARACTERISTICAS Y TERMINOS CITADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, EN LOS SUPUESTOS QUE NO SE CUENTE CON UN PRECIO UNITARIO SE PODRA TOMAR COMO REFERENCIA PARA EL CALCULO DE LAS PENAS CONVENCIONALES, EL IMPORTE MENSUAL DEL CONTRATO O EL IMPORTE MENSUAL QUE CORRESPONDA A LA FACTURACION QUE SE PRESENTE A COBRO.
4.- SE MULTIPLICARA LA CANTIDAD DE LO NO ENTREGADO O NO PROPORCIONADO OPORTUNA Y/O ADECUADAMENTE , O POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL Y/O DEFICIENTE CONFORME A LAS CARACTERISTICAS Y TERMINOS CITADOS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO.
5.- SE MULTIPLICARA LOS DIAS NATURALES DE ATRASO POR EL RESULTADO DEL INCISO ANTERIOR.
6.- EL RESULTADO SE MULTIPLICARA POR EL PORCENTAJE ESTABLECIDO COMO PENA CONVENCIONAL APLICABLE POR DIA DE ATRASO.
7.- EL RESULTADO SERA LA CANTIDAD APLICABLE A “EL PROVEEDOR” COMO PENA CONVENCIONAL.
DEBIENDOSE APLICAR LA SIGUIENTE FORMULA.
BSxPU=MA. PCxDA=PA. MAxPA=CA.
EN DONDE: BS = NUMERO DE BIENES NO ENTREGADOS O SERVICIOS NO PRESTADOS CONFORME A LAS CARACTERISTICAS Y TERMINOS CITADOS EN EL PRESENTE CONTRATO; PU= PRECIO UNITARIO O IMPORTE MENSUAL DEL CONTRATO O IMPORTE MENSUAL QUE CORRESPONDA A LA FACTURACION QUE SE PRESENTE A COBRO; PC = PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL ESTABLECIDO; DA = DIAS DE ATRASO; MA = MONTO CON ATRASO; PA = PORCENTAJE A APLICAR; CA = CANTIDAD APLICABLE AL PAGO.
UNA VEZ QUE EL MONTO LIMITE SEA CUBIERTO POR LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES Y PERSISTA EL INCUMPLIMIENTO DE “EL PROVEEDOR” A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO
DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, puede ser cualquier UR de la dependencia HARA EFECTIVA LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. En caso de que la garantía se exceptúe o no aplique se ELIMINA esta precisión.
CORREPONDERA A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” DETERMINAR Y EJECUTAR EL IMPORTE Y APLICACION POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES
CUANDO POR MOTIVO DEL ATRASO EN LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL, O EL PROCEDIMIENTO DE RESCISION SE UBIQUE EN UN EJERCICIO FISCAL DIFERENTE A AQUEL EN QUE HUBIERE SIDO ADJUDICADO ESTE CONTRATO, SE ESTARA A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 54 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y 64 DE SU REGLAMENTO.
Para el caso de que se exceptue la garantía de cumplimiento conforme al artículo 48 de la LAASSP:
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia APLICARA A “EL PROVEEDOR” POR XXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXXXXXXX XX 00% XXX XXXXX XX XXX Xxxxx: Bienes no
entregados o servicios no prestados OPORTUNAMENTE.
No. CLAUSULA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- “EL PROVEEDOR” GARANTIZA A “LA DEPENDENCIA” QUE EN LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO NO SE INFRINGEN DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE TERCEROS; EN CASO DE PRESENTARSE CUALQUIER RECLAMACION O DEMANDA POR VIOLACIONES QUE SE CAUSEN EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL RESPECTO A LOS RECURSOS, TECNICAS Y EN GENERAL CUALQUIER ELEMENTO UTILIZADO PARA LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO EN CONTRA DE “LA DEPENDENCIA”, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A RESPONDER POR ELLO, A SACAR EN PAZ Y A SALVO A "LA DEPENDENCIA" DE CUALQUIER LITIGIO EN LA MATERIA, ASI COMO A REMBOLSAR A “LA DEPENDENCIA” CUALQUIER CANTIDAD QUE POR ESTE MOTIVO SE HUBIERE TENIDO QUE EROGAR, LO CUAL SERA
DETERMINADO POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”.
“EL PROVEEDOR” RECONOCE QUE LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES EN MATERIA INTELECTUAL QUE PUDIERAN DERIVARSE DE LA REALIZACION DEL OBJETO
DEL PRESENTE INSTRUMENTO, CORRESPONDEN A “LA DEPENDENCIA” Y SE CONSTITUIRAN A FAVOR DE LA FEDERACION, SALVO QUE EXISTA ALGUN IMPEDIMENTO O DISPOSICION EXPRESA EN CONTRARIO PARA LOS CASOS EN PARTICULAR; POR LO TANTO “EL PROVEEDOR” NO TENDRA DERECHO A RECLAMAR A “LA DEPENDENCIA” PRESTACION ALGUNA POR ESTE CONCEPTO.
EN CASO DE VIOLACIONES EN MATERIA DE DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL, LA RESPONSABILIDAD ESTARA A CARGO DE “EL PROVEEDOR” SEGUN SEA EL CASO, OBLIGANDOSE A SACAR EN PAZ Y A SALVO A "LA DEPENDENCIA".
EN EL SUPUESTO DE QUE “EL PROVEEDOR” NO PUEDA CONTINUAR PRESTANDO EL OBJETO DE ESTE CONTRATO POR CUALQUIER TIPO DE LITIGIO DERIVADO DE DICHO
RUBRO, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia, LO DARA POR RESCINDIDO.
No. CLAUSULA.- CONFIDENCIALIDAD.- “EL PROVEEDOR” SE COMPROMETE Y OBLIGA A:
• GUARDAR ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD RESPECTO DE PRODUCTOS O HECHOS PASADOS, ACTUALES O FUTUROS, SISTEMAS DE EVALUACION, OPERACION, SOFTWARE, REPORTES DE DESARROLLO, PROCESOS, TECNICAS, DISEÑOS, INFORMACION Y DATOS TECNICOS, Y DEMAS, QUE CONCIERNE A LOS ASUNTOS MATERIA DEL PRESENTE, A LOS QUE TENGA ACCESO.
• GUARDAR ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD Y A NO DIVULGAR TOTAL O PARCIALMENTE EN FORMA ALGUNA, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, NI A TRAVES DE TERCEROS O INTERPOSITA PERSONA, CUALQUIER INFORMACION CAPTADA POR LOS SENTIDOS U OTORGADA POR “LA DEPENDENCIA” CONTENIDA EN CUALQUIER SOPORTE O MEDIO, INCLUYENDO DOCUMENTOS, FORMULAS, CINTAS MAGNETICAS, PROGRAMAS DE COMPUTADORA, DISKETES O CUALQUIER OTRO MATERIAL QUE TENGA INFORMACION JURIDICA, OPERATIVA, TECNICA, FINANCIERA, DE ANALISIS, COMPILACIONES, ESTUDIOS, GRAFICAS O CUALQUIER OTRO SIMILAR.
• NO DIVULGAR LOS DATOS Y/O RESULTADOS OBTENIDOS, PROPIOS O DERIVADOS DE LA INFORMACION SUMINISTRADA POR “LA DEPENDENCIA”, INCLUIDOS DATOS PERSONALES, NOMBRES DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS TANTO DE “LA DEPENDENCIA” COMO DE TERCEROS DE LOS QUE TENGA CONOCIMIENTO Y QUE SE RELACIONEN CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, YA SEA A TRAVES DE PUBLICACIONES, CONFERENCIAS, INFORMACIONES O CUALESQUIER OTRA DE NATURALEZA ANALOGA.
• NO REPRODUCIR TOTAL O PARCIALMENTE EN CUALQUIER FORMA O MEDIO LA INFORMACION SUMINISTRADA POR “LA DEPENDENCIA”, SIN AUTORIZACION EXPRESA DE “LA DEPENDENCIA” OTORGADA POR CONDUCTO DE SERVIDOR PUBLICO FACULTADO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia.
• UTILIZAR TODA LA INFORMACION A QUE TENGA ACCESO O GENERADA, UNICAMENTE PARA PRESTAR EL OBJETO DE ESTE CONTRATO.
• TRANSMITIR Y ADVERTIR A SUS DIRECTIVOS Y EMPLEADOS O CUALESQUIER OTRO CON LOS QUE SE RELACIONE PARA LA CONSECUCION DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LOS TERMINOS DE CONFIDENCIALIDAD ADOPTADOS RESPECTO DE LA INFORMACION SUMINISTRADA O CAPTADA POR LOS SENTIDOS, Y A QUE SERAN INSTRUIDOS PARA TRATAR A LA MISMA CONFIDENCIALMENTE Y CON LAS RESERVAS EXPUESTAS EN ESTE INSTRUMENTO.
EN ESTE SENTIDO, “EL PROVEEDOR” ASUME COMO PROPIA LA RESPONSABILIDAD DE LOS ACTOS INDEBIDOS REALIZADOS POR SUS DIRECTIVOS Y EMPLEADOS O CUALESQUIER OTRO CON LOS QUE SE RELACIONE PARA LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE.
• UNA VEZ CONCLUIDA LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO, DEVOLVER A “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente o usuaria del contrato; puede ser cualquier UR de la dependencia, TODA LA INFORMACION, MATERIAL Y COPIAS PROPORCIONADAS U OBTENIDAS PARA LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO; CUALQUIER CIRCUNSTANCIA CONTRARIA, SERA DE LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE “EL PROVEEDOR” QUIEN RESPONDERA EN TODO MOMENTO SOBRE LA CONTRAVENCION A ESTE APARTADO.
• LIMITAR LA REVELACION DE LA INFORMACION Y DOCUMENTACION A QUE TENGA ACCESO, UNICAMENTE A LAS PERSONAS QUE DENTRO DE SU PROPIA ORGANIZACION SE ENCUENTREN AUTORIZADAS PARA CONOCERLA Y QUE SE RELACIONEN CON LA REALIZACION DEL OBJETO CONTRACTUAL, HACIENDOSE RESPONSABLE DEL USO QUE DICHAS PERSONAS PUEDAN HACER DE LA MISMA.
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A DARLE EL MISMO TRATAMIENTO Y NIVEL DE CONFIDENCIALIDAD, A TODA AQUELLA DOCUMENTACION E INFORMACION RECOPILADA, CAPTADA POR LOS SENTIDOS O A LA QUE TENGAN ACCESO DURANTE O CON MOTIVO DE LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO.
LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia SERA LA RESPONSABLE DE CLASIFICAR, EN TERMINOS DE LA NORMATIVA APLICABLE, LA INFORMACION PROPIA Y DERIVADA DE ESTE INSTRUMENTO CONTRACTUAL Y SU (S)
ANEXO(S) precisar número, en caso de no haber anexo (s) SE ELIMINA, ASI COMO DE REALIZAR LAS VERSIONES PUBLICAS HA LUGAR PARA EL CASO DE QUE SE REQUIERA EL ACCESO DE LA MISMA, PUES DICHA INFORMACION ES PROPIEDAD EXCLUSIVA DE “LA DEPENDENCIA”.
ESTA CLAUSULA CONTINUARA VIGENTE POR TIEMPO INDEFINIDO AUN DESPUES DE VENCIDO EL CONTRATO Y DE REALIZADO EL OBJETO MATERIA DEL PRESENTE
INSTRUMENTO, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA EJERCER LAS ACCIONES PENALES QUE SE DERIVEN DE LA VIOLACION A ESTA CLAUSULA, EN CUALQUIER TIEMPO, SIN PERJUICIO DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS O CIVILES A QUE HAYA LUGAR Y DE LA SUPLETORIEDAD APLICABLE POR DISPOSICION NORMATIVA QUE REGULE LAS
PARTICULARIDADES DE CONFIDENCIALIDAD, SECRECIA, DISCRECIONALIDAD, RESTRICCION DE DIVULGACION, ENTRE OTROS PROPIOS Y DERIVADOS DEL PRESENTE.
No. CLAUSULA.- SUSPENSION TEMPORAL DEL CONTRATO.- Solo para prestación de servicio, incluir EL siguiente párrafo. En adquisición y arrendamiento eliminar
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, BAJO SU RESPONSABILIDAD PODRA SUSPENDER LA PRESTACION DEL SERVICIO, EN CUYO CASO UNICAMENTE SE PAGARAN
AQUELLOS QUE HUBIESEN SIDO EFECTIVAMENTE PRESTADOS. En caso de haber otorgamiento de anticipos Y EN SU CASO, SE REINTEGRARAN LOS ANTICIPOS NO AMORTIZADOS.
CUANDO LA SUSPENSION OBEDEZCA A CAUSAS IMPUTABLES A “LA DEPENDENCIA”,
PREVIA PETICION Y JUSTIFICACION DE “EL PROVEEDOR” A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” Y POR CONDUCTO DE ESTA (E), REEMBOLSARA A “EL PROVEEDOR” LOS GASTOS NO RECUPERABLES QUE SE ORIGINEN DURANTE EL TIEMPO QUE DURE ESTA SUSPENSION, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN RAZONABLES, ESTEN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL ESTECONTRATO.
EL PRESENTE INSTRUMENTO PODRA CONTINUAR PRODUCIENDO TODOS SUS EFECTOS LEGALES, UNA VEZ QUE HAYAN DESAPARECIDO LAS CAUSAS QUE MOTIVARON DICHA SUSPENSION.
“LA DEPENDENCIA” A TRAVES DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, FIJARA CON “EL PROVEEDOR” EL PLAZO DE SUSPENSION, A CUYO TERMINO PODRA INICIARSE LA TERMINACION ANTICIPADA DEL CONTRATO.
No. CLAUSULA.- RESCISION DEL CONTRATO.- “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía.
Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO CUANDO “EL PROVEEDOR” INCURRA EN INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, ASI COMO POR CONTRAVENIR LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, SU REGLAMENTO Y DEMAS DISPOSICIONES QUE CIRCUNSCRIBAN A LA REALIZACION DEL OBJETO MATERIA DE ESTE CONTRATO; ESTA RESCISION SERA SIN RESPONSABILIDAD PARA "LA DEPENDENCIA", RESERVANDOSE EL DERECHO DE APLICAR LA PENA CONVENCIONAL ESTABLECIDA EN ESTE CONTRATO O DE HACER EFECTIVO EL
INSTRUMENTO DE GARANTIA QUE SE OTORGUE En caso de haberse exceptuado la garantía o de resultar inaplicable SE ELIMINA LA REFERENCIA de ésta. LA RESCISION ESTABLECIDA DEBERA SUJETARSE A LOS PROCEDIMIENTOS Y TERMINOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA APLICABLE.
CUANDO “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, puede ser cualquier UR de la dependencia SEA LA QUE DETERMINE RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, BASTARA QUE SE CUMPLA CON EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA APLICABLE, SI ES “EL PROVEEDOR” QUIEN DECIDE RESCINDIRLO, SERA
NECESARIO QUE ACUDA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL FEDERAL Y OBTENGA LA DECLARACION CORRESPONDIENTE.
DE FORMA ENUNCIATIVA MAS NO LIMITATIVAMENTE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO
DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, SIN NECESIDAD DE JUICIO, POR UNA O VARIAS DE LAS SIGUIENTES CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR”:
a.- POR PRESTAR U OTORGAR EL OBJETO DE ESTE CONTRATO DEFICIENTEMENTE O POR
NO APEGARSE A LO ESTIPULADO EN ESTE CONTRATO Y en sus (s) ANEXO precisar número (s), en caso de no haber anexo (s) SE ELIMINA;
b.- POR IMPEDIR EL DESEMPEÑO NORMAL DE LABORES DE “LA DEPENDENCIA” DURANTE LA REALIZACION U OTORGAMIENTO DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO;
c.- POR SUSPENSION INJUSTIFICADA EN LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO O POR NEGARSE A CORREGIR LO RECHAZADO POR “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia CONFORME AL PRESENTE INSTRUMENTO;
d.- POR INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE “EL PROVEEDOR”;
e.- POR CONTRAVENIR LO DISPUESTO EN LAS CLAUSULAS RESTRICTIVAS O PROHIBITIVAS DEL PRESENTE CONTRATO O POR HABER DECLARADO EN FALSEDAD;
f.- POR NEGAR A “LA DEPENDENCIA” O A QUIENES ESTEN FACULTADOS, LAS FACILIDADES PARA LA SUPERVISION EN LA REALIZACION DEL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO;
g.- CUANDO AUTORIDAD COMPETENTE LO DECLARE EN CONCURSO MERCANTIL O EXISTA ALGUNA OTRA SITUACION ANALOGA QUE AFECTE SU PATRIMONIO, EN TAL FORMA QUE LE IMPIDA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS EN ESTE CONTRATO;
h.- POR CONTRAVENIR LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE ESTE CONTRATO O LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, SU REGLAMENTO Y LOS DEMAS ORDENAMIENTOS LEGALES QUE DE FORMA GENERICA O ESPECIFICA RESULTEN APLICABLES;
i.- EN GENERAL CUALQUIER OTRA CAUSA IMPUTABLE A “EL PROVEEDOR” SIMILAR A LAS ANTES MENCIONADAS.
Se debe permitir la inclusión de cualquier otra causal cuyo incumplimiento produzca la rescisión contractual.
LO ANTERIOR SIN PRJUICIO DE LAS CAUSALES PARTICULARES Y/O ESPECIFICAS QUE ASUME
“EL PROVEEDOR” EN EL (los) ANEXO (s) PRECISAR NÚMERO (S). En caso de no haber anexos se elimina la estipulación DEL PRESENTE.
EN CASO DE ACTUALIZARSE ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ANTES REFERIDOS, LA
APLICACION DE LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO SE ELIMINA lo de la garantía de cumplimiento en caso de que conforme a la normativa se exceptúe o no resulte aplicable SERA PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS, SALVO QUE POR LAS CARACTERISTICAS DE Varia: los bienes o servicios, ESTOS NO PUEDAN FUNCIONAR O SER UTILIZADOS POR “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, POR ESTAR INCOMPLETOS, EN CUYO CASO, LA APLICACION SERA POR EL TOTAL DE LA GARANTIA CORRESPONDIENTE SE ELIMINA lo de la
garantía de cumplimiento en caso de que conforme a la normativa se exceptúe o no resulte aplicable y se adecua la redacción a la sanción aplicable
EN EL CASO DE SERVICIOS DISTINTOS A LOS QUE SE PRESENTAN DE MANERA CONTINUA Y REITERADA, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 59 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL
SECTOR PUBLICO, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia Y BAJO SU RESPONSABILIDAD, EN LUGAR DE INICIAR LA RESCISION DEL PRESENTE INSTRUMENTO, PODRA EFECTUAR MODIFICACIONES A ESTE CONTRATO, PARA AMPLIAR EL PLAZO DE ENTREGA O PRESTACION DEL SERVICIO, CON EL FIN DE QUE SE CONCLUYA EL OBJETO CONTRATADO, POR RESULTAR MAS CONVENIENTE QUE LA RESCISION DEL CONTRATO, DE LO ANTERIOR
DEBERA OBRAR CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia. LO EXPUESTO SIN PERJUICIO DE LA APLICACION DE LAS PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO QUE, EN SU CASO, RESULTEN PROCEDENTES.
En caso de otorgamiento de anticipo y pagos progresivos:
EN CASO DE RESCISION DEL CONTRATO, “EL PROVEEDOR” DEBERA REINTEGRAR A “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia EL ANTICIPO Y, EN SU CASO, LOS PAGOS PROGRESIVOS QUE HAYA RECIBIDO MAS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES, CONFORME A LO INDICADO EN EL ARTICULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO. LOS INTERESES SE CALCULARAN SOBRE EL MONTO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y PAGOS PROGRESIVOS EFECTUADOS Y SE COMPUTARAN POR DIAS NATURALES DESDE LA FECHA DE SU ENTREGA HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DE “LA DEPENDENCIA”.
No. CLAUSULA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISION.- LA RESCISION SE SUJETARA AL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE:
I. SE INICIARA A PARTIR DE QUE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia COMUNIQUE POR ESCRITO A “EL PROVEEDOR” EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TERMINO DE CINCO DIAS HABILES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES;
II. TRANSCURRIDO EL TERMINO A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia CONTARA CON UN PLAZO DE QUINCE DIAS PARA
RESOLVER, CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER “EL PROVEEDOR”. LA DETERMINACION DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERA SER DEBIDAMENTE FUNDADA, MOTIVADA Y COMUNICADA A “EL PROVEEDOR”
POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” DENTRO DE DICHO PLAZO.
III. CUANDO SE RESCINDA EL PRESENTE CONTRATO, “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia FORMULARA EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 66-A DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR “LA DEPENDENCIA” POR CONCEPTO DE Varia: los bienes recibidos o los servicios prestados, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, HASTA EL MOMENTO DE LA RESCISION.
LAS PARTES CONVIENEN EN QUE SI POR CAUSAS IMPUTABLES A “EL PROVEEDOR”, “LA
DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, puede ser cualquier UR de la dependencia OPTA POR LA RESCISION DEL PRESENTE INSTRUMENTO, ESTA PODRA HACER EFECTIVA LA GARANTIA A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO SE ELIMINA lo
de la garantía de cumplimiento en caso de que conforme a la normativa se exceptúe o no resulte aplicable y se precisa la sanción aplicable.
LO ANTERIOR SIN PERJUICIO DE LAS PARTICULARIDADES QUE AL RESPECTO REGULA LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y SU REGLAMENTO.
LA DETERMINACION DE DAR O NO POR RESCINDIDO ESTE CONTRATO, SE SUJETARA A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 54 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y DISPOSICIONES APLICABLES DE SU REGLAMENTO Y
SERA DEFINIDA POR “LA DEPENDENCIA” A TRAVES DE LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia.
Cuando se exceptúe de garantía
EN CASO DE RESCINDIRSE EL PRESENTE INSTRUMENTO, EL RESARCIMIENTO A “LA DEPENDENCIA” SE SUJETARA A LA NORMATIVA APLICABLE.
No. CLAUSULA.- TERMINACION ANTICIPADA.- DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 54 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, LAS PARTES CONVIENEN EN QUE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO
DE LA Varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia, PODRA DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERES GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES O SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS, Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARIA ALGUN DAÑO O PERJUICIO AL ESTADO, O SE DETERMINE LA NULIDAD DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCION DE UNA
INCONFORMIDAD O INTERVENCION DE OFICIO EMITIDA POR LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.
LOS GASTOS NO RECUPERABLES QUE EN SU CASO SEAN DETERMINADOS COMO
PROCEDENTES POR “LA DEPENDENCIA” A TRAVES DE Varía. corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia SERAN PAGADOS DENTRO DE UN TERMINO QUE NO PODRA EXCEDER DE CUARENTA Y CINCO DIAS NATURALES POSTERIORES A LA SOLICITUD FUNDADA Y DOCUMENTADA DE “EL PROVEEDOR”.
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE Varía. corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA LIQUIDAR A “EL PROVEEDOR” LO DEBIDAMENTE DEVENGADO Y ACEPTADO A ENTERA SATISFACCION, CONFORME AL
PRESENTE CONTRATO Y SU (sus) ANEXO (s) precisar número (s) en caso de no haber anexo (s) se ELIMINA QUE NO SE HUBIERAN PAGADO.
EN CASO DE PROCEDER LA TERMINACION ANTICIPADA, “LA DEPENDENCIA” POR
CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, DEBERA EMITIR UN DICTAMEN EN EL QUE SE PRECISEN LAS RAZONES O LAS CAUSAS JUSTIFICADAS QUE DEN ORIGEN A LA TERMINACION ANTICIPADA.
SERA IMPROCEDENTE LA TERMINACION ANTICIPADA CUANDO SE ACTUALICE LA RESCISION POR LAS CAUSALES REFERIDAS EN ESTE INSTRUMENTO O EN LA NORMATIVA APLICABLE.
No. CLAUSULA.- VERIFICACION E INFORMACION.- “EL PROVEEDOR” DEBERA
PROPORCIONAR POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia, LA INFORMACION Y/O DOCUMENTACION QUE, POR LO QUE HACE A ESTE CONTRATO, REQUIERA LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, LOS ORGANOS INTERNOS DE CONTROL Y/O CUALESQUIER AUTORIDAD COMPETENTE CON MOTIVO DE LAS AUDITORIAS, VISITAS O INSPECCIONES QUE PRACTIQUEN.
En caso de bienes muebles
LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA PODRA VERIFICAR LA CALIDAD DE LOS BIENES MUEBLES A TRAVES DE “LA DEPENDENCIA”, O MEDIANTE LAS PERSONAS ACREDITADAS EN LOS TERMINOS QUE ESTABLECE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGIA Y NORMALIZACION.
EN SU CASO, “EL PROVEEDOR” PROPORCIONARA A LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN CASO DE QUE ESTA SE LO SOLICITE, LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE PERMITA VERIFICAR QUE LOS BIENES OFERTADOS CUMPLEN CON EL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL.
En caso de licitación internacional bajo la cobertura de tratados o Internacionales abiertas
PARA EFECTOS DEL SEGUNDO PARRAFO, DEL ARTICULO 28, FRACCION I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, “EL
PROVEEDOR” PROPORCIONARA A LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN CASO DE QUE ESTA SE LO SOLICITE, LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE PERMITA VERIFICAR QUE LOS BIENES OFERTADOS CUMPLEN CON EL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL, DE LO CONTRARIO SE ESTARA A LO DISPUESTO EN EL CITADO ARTICULO.
Para todos los contratos:
CORRESPONDERA A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA” DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO 70, 70-A DE SU REGLAMENTO Y CUALESQUIER OTRO QUE CONLLEVE INFORMACION QUE DEBE PROPORCIONAR “LA DEPENDENCIA”, ASIMISMO LA RENDICION DE CUALQUIER INFORME NORMATIVO QUE RECAIGA AL PRESENTE.
LA SUBSTANCIACION DE CUALQUIER PROCEDIMIENTO DE INCONFORMIDAD O
CONCILIACION CORRESPONDERA A LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, usuaria y/o requirente; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”.
En caso de que la adjudicación se haya efectuado al amparo del artículo 28 fracción I de la LAASSP
PARA EFECTOS DEL SEGUNDO PARRAFO, DEL ARTICULO 28, FRACCION I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, “EL PROVEEDOR” PROPORCIONARA A LA SECRETARIA DE ECONOMIA, EN CASO DE QUE ESTA SE LO SOLICITE, LA INFORMACIÓN NECESARIA QUE PERMITA VERIFICAR QUE LOS BIENES OFERTADOS CUMPLEN CON EL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL, DE LO CONTRARIO SE ESTARA A LO DISPUESTO EN EL CITADO ARTICULO.
No. CLAUSULA.- DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y/O CALIDAD.- “EL PROVEEDOR” QUEDA
OBLIGADO ANTE “LA DEPENDENCIA” A RESPONDER DE Varia: Los defectos y vicios ocultos de los bienes y/o de la calidad de los servicios, ASI COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EN LOS TERMINOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE CONTRATO
precisar en caso de anexo (s) Y EN LA LEGISLACION APLICABLE, PROCEDIENDO LA APLICACION XX XXXXX CONVENCIONALES EN LA MEDIDA Y PROPORCIONALIDAD QUE PROCEDAN O EN SU DEFECTO LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTIA DE CUMPLIMIENTO SE ELIMINA lo de la garantía
de cumplimiento en caso de que conforme a la normativa se exceptúe o no resulte aplicable PARA EL CASO DE ACTUALIZARSE ALGUN SUPUESTO PROVENIENTE DE ESTE RUBRO.
En caso de Adquisición de Bienes
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A GARANTIZAR ANTE LA varía. Corresponde a cualquier área de la UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria y/o UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia. LA CALIDAD DE LOS BIENES ENTREGADOS, Y SE COMPROMETE A SU REPOSICION SIN COSTO PARA “LA DEPENDENCIA”, SI AL SER RECIBIDOS O PUESTOS EN OPERACION NO CORRESPONDEN A LOS TERMINOS, CONDICIONES Y A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS, CLASE Y/O CALIDAD REQUERIDAS POR LA varía. Corresponde a
cualquier UR adjudicataria, usuaria o requirente puede ser cualquier UR de la dependencia, DE “LA DEPENDENCIA” QUEDANDO SUJETO “EL PROVEEDOR” A LAS PENAS CONVENCIONALES
QUE RESULTEN APLICABLES, SIN PERJUICIO DE HACER EFECTIVO (S) EL (LOS) SEGURO
(S) Y/ O LA (S) GARANTIA (S) HA LUGAR.
La convocatoria, junta de aclaraciones o documento de adjudicación, para el caso particular, debe establecer expresamente las previsiones relativas a los términos y condiciones a las que se sujetará la devolución y reposición de bienes por motivos xx xxxxxx de calidad o cumplimiento de especificaciones originalmente convenidas, sin que las sustituciones impliquen su modificación; DE LO CONTRARIO NO SERÁ CONTEMPLADO EN EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
No. CLAUSULA.- PREVALENCIA DE DERECHOS.- QUEDA EXPRESAMENTE PACTADO QUE EL HECHO DE QUE “LA DEPENDENCIA” NO HICIERE USO DE SUS DERECHOS CONFORME A LO DISPUESTO EN ESTE CONTRATO, NO SIGNIFICA NI IMPLICA RENUNCIA DE LOS MISMOS, NI IMPEDIMENTO LEGAL PARA EJERCITARLOS POSTERIORMENTE.
LA VALORACION Y DETERMINACION DE LA COBERTURA DEL (LOS) SEGURO (S) Y LOS RUBROS QUE RESULTEN APLICABLES, ASI COMO CUALQUIER INSTRUMENTO NECESARIO PARA CUBRIR A “LA DEPENDENCIA” RESPECTO DE CUALQUIER RIESGO Y CALIDAD
CORRE, EN CASO DE RESULTAR APLICABLE (S), A CARGO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria puede ser cualquier UR de la dependencia. DE “LA DEPENDENCIA”.
LA (S) GARANTIA (S) Y/O SEGURO (S) DE NINGUNA MANERA SERA (N) CONSIDERADA (S) COMO UNA LIMITACION DE LA RESPONSABILIDAD DE “EL PROVEEDOR” DERIVADA DE SUS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN ESTE CONTRATO, Y DE NINGUNA MANERA IMPEDIRAN
QUE “LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia RECLAME LA INDEMNIZACION O EL REEMBOLSO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO QUE PUEDA EXCEDER EL VALOR DE LA (S) GARANTIA (S) Y/O SEGURO (S) APLICABLE (S) CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLE.
CUALQUIER CIRCUNSTANCIA PROVENIENTE DE LA EJECUCION, CUMPLIMIENTO Y/O INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO DEBERA SER ATENDIDA Y RESUELTA EN
TODOS LOS CASOS POR LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, requirente y/o usuaria; puede ser cualquier UR de la dependencia DE “LA DEPENDENCIA”.
Cuando se exceptúe garantía
“LA DEPENDENCIA” POR CONDUCTO DE LA DE LA varía. Corresponde a cualquier UR adjudicataria, solicitante y/o usuaria del contrato, puede ser cualquier UR de la dependencia PODRA RECLAMAR A “EL PROVEEDOR” LA INDEMNIZACION O EL REEMBOLSO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO AL PRESENTE INSTRUMENTO Y SU (s) ANEXO (s), CONFORME A LA NORMATIVA QUE RESULTE APLICABLE
No. CLAUSULA.- LEGISLACION APLICABLE.- LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA LA REALIZACION DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLAUSULAS QUE LO INTEGRAN Y SU (s) ANEXO (s), precisar número (s), en
caso de no haber anexo (s) ELIMINAR la referencia, ASI COMO A LOS TERMINOS DE REFERENCIA, LINEAMIENTOS, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE
ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO; SU REGLAMENTO; LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, SU REGLAMENTO, EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE, LA LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION Y SU REGLAMENTO Y DEMAS NORMAS Y DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS QUE EN LO GENERAL, EN LO PARTICULAR O DE FORMA SUPLETORIA LE RESULTEN APLICABLES AL PRESENTE CONTRATO Y A LOS CASOS NO PREVISTOS EN EL MISMO.
CUALQUIER DISPOSICION CONTENIDA EN DOCUMENTOS QUE EMANEN DEL PRESENTE CONTRATO Y/O FORMEN PARTE DEL MISMO, QUE CONTRAVENGA LA NORMATIVA APLICABLE A LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS GUBERNAMENTALES, SE TENDRA POR NO PUESTA, SUBSISTIENDO AQUELLA ACORDE A LA NORMATIVA EN LA MATERIA Y QUE NO CONTRAVENGA LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL ESTE INSTRUMENTO.
No. CLAUSULA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA.- LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CON MOTIVO DE LA INTERPRETACION O APLICACION DEL PRESENTE CONTRATO SERAN RESUELTAS POR LOS TRIBUNALES FEDERALES, CON XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX, POR LO QUE “EL PROVEEDOR” RENUNCIA AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZON DE SU DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA, LO ANTERIOR SIN PERJUICIO DE LAS ATRIBUCIONES, FACULTADES Y COMPETENCIA QUE POR DISPOSICION DE LAS LEYES, O DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA APLICABLE COMPETAN A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA EN SU CONJUNTO O DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 85 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO.
La cláusula arbrital u otro medio alterno de solución de controversias resultará procedente sólo cuando en la Convocatoria o documento de adjudicación se haya establecido expresamente.
LEIDO QUE FUE POR LAS PARTES Y SABEDORES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, SE FIRMA EL PRESENTE CONTRATO EN CUATRO TANTOS, EN LA CIUDAD DE MEXICO,
DISTRITO FEDERAL, EL DIA varía atendiendo a la adjudicación. La fecha de suscripción se establecerá
dentro del plazo que otorga la Ley para la formalización contractual DE DE 200
NOTA: El clausulado es genérico por lo que éste debe permitir la captura de datos que permita acoger las particularidades que permite la norma para circunstancias específicas, por ejemplo prestación de servicios profesionales, uso intensivo de mano de obra, bienes, servicios, ajuste de costos, abastecimiento simultáneo, puntos o porcentajes, proposiciones conjuntas, costo beneficio, excepciones a la licitación pública, adjudicación directa por rangos, invitación a cuando menos tres personas, las provenientes del acuerdo de voluntades procedente, o de las observaciones que al efecto efectúen los que intervienen en la contratación o dictaminación contractual, entre otras; asimismo debe permitir cualquier adecuación producto de las reformas que recaigan a las disposiciones que regulan el presente.
APARTADO DE FIRMAS