PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LA LICITACIÓN
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LA LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 371058/1 PARA EL SUMINISTRO DE TERRENOS, PROYECTO YEJECUCIÓN DE VIVIENDAS PARA EL "REALOJO CHACARITA DE LOS PADRES"
Índice
CAPITULO 01_
01.01 DEFINICIONES
01.02 CUADRO RESUMEN TRAMITES Y GESTIONES.
01.03 NORMAS VIGENTES: Disposiciones y recaudos que rigen el llamado
CAPITULO 02_
02.01 OBJETO LICITADO
02.02 CONDICIONES DE LAS PROPUESTAS
02.03 SISTEMA DE ADQUISICIÓN DE TERRENO Y CONTRATO DE OBRA.
02.04 OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES
02.05 CONDICIONES DE LOS OFERENTES
02.06 RECAUDOS EXIGIDOS AL MOMENTO DE PRESENTARSE LA OFERTA
02.07 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
02.08 PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS SOBRE EL LLAMADO Y REUNIÓN PREVIA
02.09 COTIZACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
02.10 RECEPCIÓN DE OFERTAS Y APERTURA DEL LLAMADO
02.11 ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIONES
02.12 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN-PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO-REGISTRO PROVEEDORES
A.02-ANEXOS:
A.02.01 METROS CUADRADOS HABITABLES
A.02.02 MODELO DE PROPUESTA
A.02.03 RESUMEN DE OFERTA
A.02.04 RECAUDOS MINIMOS EXCLUYENTES A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
A.02.05 RUBRADO EJEMPLO
CAPITULO 03_
I.DEL CONTRATO
I.03.01 COMPONENTES DEL CONTRATO
I.03.02 CESIÓN DEL CONTRATO
I.03.03 OBLIGACIONES Y PRESTACIONES DE LA PARTE ADJUDICATARIA
I.03.04 OBLIGACIONES Y PRESTACIONES DE LA IM
I.03.05 RESCISIÓN DE CONTRATO POR PARTE DE IM
I.03.06 EFECTOS DE LA RESCISIÓN POR PARTE DE IM
I.03.07 RESCISIÓN DEL CONTRATO POR LA PARTE ADJUDICATARIA
I.03.08 EFECTOS DE LA RESCISIÓN POR LA PARTE ADJUDICATARIA
I.03.09 CONDICIONES LABORALES
I.03.10 INDEMNIZACIÓN EN CASO DE FUERZA MAYOR
I.03.11 RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
I.03.12 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA
GARANTIAS Y PAGOS
II.03.01 PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA
II.03.02 PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
II.03.3 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA
II.03.4 GARANTÍA DE CONSERVACIÓN
II.03.5 LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO
II.03.6 CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR
III.PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
III.03.1 PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
III.03.2 XXXX AUTOMÁTICA
III.03.3 MULTAS
III.03.4 RECEPCIÓN PROVISORIA
III.03.5 RECEPCIÓN DEFINITIVA
III.03.6PLAZO DE GARANTÍA DE LOS TRABAJOS; RECEPCIÓN DEFINITIVA
III.03.7 EXONERACIÓN
IV.EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
IV.03.1 TRABAJOS A REALIZAR
IV.03.2 RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LA PARTE ADJUDICATARIA
IV.03.3 TRABAJOS EXTRAORDINARIOS O IMPREVISTOS
IV.03.4 INFORMACIÓN A CARGO DEL PROPONENTE
IV.03.5EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LA IM
IV.03.5 REGLAMENTOS Y NORMAS PARA MATERIALES
IV.03.6 ÓRDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES
IV.03.7 ALINEACIÓN Y NIVELES
IV.03.8 CARTEL DE OBRA
IV.03.9 MATERIALES, OBJETOS Y VESTIGIOS ENCONTRADOS
V.CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
V.03.1 ACTA DE INICIO
V.03.2 ACTA DE MEDIANERIA
V.03.3 ACTA DE AMOJONAMIENTO
V.03.4 RITMO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
V.03.5 CONSTATACIÓN DEL AVANCE FÍSICO DE LAS OBRAS
V.03.6 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA PARA SOLICITAR LA VERIFICACIÓN DEL AVANCE FÍSICO.
V.03.7 OBSERVACIONES DEL CONTRATISTA AL ACTA DE MEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS
V.03.8 REPRESENTANTE TÉCNICO Y JEFE DE OBRA
V.03.9 INSPECCIONES
V.03.10 EXAMEN DE LAS OBRAS
V.03.11 VICIOS DE CONSTRUCCIÓN
V.03.12 OBLIGACIÓN DE COLABORAR
VI.RESPONSABILIDADES DE LA PARTE ADJUDICATARIA
VI.03.1 CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
VI.03.2 AJUSTES DE LOS SUMINISTROS A LAS MUESTRAS APROBADAS
VI.03.3 DERECHOS DE PATENTE Y DERECHOS DE AUTOR
VI.03.4 PREVENCIÓN DE DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
VI.03.5 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
VI.03.6 SEGUROS
VI.03.7 LUCRO CESANTE
VI.03.8 VIGILANCIA DE LAS OBRAS
VII.RESPONSABILIDADES DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA
VII.03.1 RESPONSABILIDADES DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA
A.03-ANEXOS:
A.03.01 MODELO ACTA DE VISADO
A.03.02 MODELO ACTA DE INICIO DE OBRA
A.03.03 MODELO ACTA RECEPCIÓN PROVISORIA
CAPITULO 04_PLANIFICACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES Y MEMORIA
DISPOSICIONES TECNICAS GENERALES PARA EL PROYECTO Y CONSTRUCCION DE VIVIENDAS AGRUPADAS
04.01 DEL CONJUNTO HABITACIONAL
A.- DISPOSICIONES RELATIVAS AL MEDIO AMBIENTE B- RÉGIMEN DOMINIAL
C- DE LOS PREDIOS (si corresponde)
D-CONDICIONES Y PREMISAS REFERENTES AL DISEÑO DEL CONJUNTO HABITACIONAL D.01- DEL AGRUPAMIENTO DE LAS VIVIENDAS.
04.02- DEL EDIFICIO
A-CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO DEL EDIFICIO.
B-CONDICIONES REFERENTES A ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LAS EDIFICACIONES.
04.03 DE LA VIVIENDA
A- CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO
B -ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA VIVIENDA
04.04 OBRAS COMPLEMENTARIAS
04.05 ÁREA RED VIAL Y MOVIMIENTOS DE SUELO
04.06 ÁREA RED INTERNA E INSTALACIÓN SANITARIA
I.DEL CONJUNTO HABITACIONAL
A.- CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO DE LA RED INTERNA DE SANITARIA B.- CONSTRUCCION DE LA RED INTERNA DE SANITARIA DEL CONJUNTO
II.DEL EDIFICIO
A.- CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO DE LA RED INTERNA DE SANITARIA B.- ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA RED INTERNA SANITARIA DEL EDIFICIO XXX.XX LA VIVIENDA
A-CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO Y ASPECTOS CONSTRUCTIVOS
04.07 ÁREA RED INTERNA E INSTALACIÓN ELÉCTRICA
I.DEL CONJUNTO HABITACIONAL
A-CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO Y ASPECTOS CONSTRUCTIVO
II.DEL EDIFICIO
A-CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO Y ASPECTOS CONSTRUCTIVOS
XXX.XX LA VIVIENDA
A-CONDICIONES REFERENTES AL DISEÑO Y ASPECTOS CONSTRUCTIVOS
A.04-ANEXOS:
A.04.01 CARATULAS DE LAS CARPETAS Y ROTULO DE LAS LAMINAS PARA EL PROYECTO DE LA OFERTA Y EL PROYECTO EJECUTIVO
CAPITULO 01
DEFINICIONES
CAPITULO 01_
01.01 DEFINICIONES
Los términos que se emplearán en estas bases se refieren a:
ACTA DE INICIO DE OBRA: Documento que suscriben el supervisor de obra, designado por la Intendencia, y el Contratista en el cual se estipula la fecha del comienzo de las obras. A partir de dicha fecha se comienza a contabilizar el plazo y se establece la fecha ultima para la entrega de lo pactado en el objeto del Contrato.
ACTA de VISADO (según modelo, ver anexoI) documento firmado por representantes del Contratista y la Intendencia donde consta formalmente la aptitud del Proyecto Ejecutivo Visado para la firma del contrato correspondiente. Serán requisitos para la firma del Acta de Visado la obtención de la aprobación del Proyecto Ejecutivo Definitivo y del Proyecto Legal.
ACTA DE CONSTATACION: Si existieran obras de infraestructura (cordones, calles, rebajes de cordón...etc) o vegetales de especial interés, en el padrón destinado a las obras, deberán ser relevados en un documento (acta notarial), previo al inicio de la obra.
ACTA DE MEDIANERIA: Inmediatamente luego de la Firma del Acta de Inicio de Obra y antes de ejecutar las pertinentes demoliciones o construcciones, la empresa elaborará a su costo un acta de constatación del estado de las medianeras existentes, en la que intervendrán el Arquitecto Jefe designado y un escribano designado por la empresa, y en la cual se establecerá fehacientemente el estado de las construcciones. El acta deberá estar acompañada de fotos de relevamiento de las medianeras y debidamente certificadas por el escribano actuante.
ACTA DE AMOJONAMIENTO: Alcanzada la etapa de definición de trazado de vías de circulación y/ó disposición de los lotes o parcelas, con los niveles respectivos, la empresa deberá presentar al Supervisor/a de obra de la IM un Acta de Amojonamiento firmada por Ing. Agrimensor, certificando la colocación de mojones planialtiméricos en un todo de acuerdo con los recaudos del Proyecto Ejecutivo Visado. El técnico firmante será responsable solidario con la Empresa Contratista de los perjuicios o reclamos que deriven de errores o incongruencias con el citado proyecto.
La Administración podrá disponer las inspecciones que considere oportunas.
ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA:
Documento firmado por la empresa y el representante técnico de la IM, mediante el cual se constata que hayan finalizado el 100% de las obras físicas resultando satisfactorios los ensayos, las pruebas de carácter técnico e inspecciones previas exigidas para las diversas instalaciones.
ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA:
Documento firmado por la Empresa y el representante técnico de la IM una vez finalizado el contrato de obra y finalizado el período de garantía.
CONJUNTO HABITACIONAL: es la agrupación de viviendas que tienen asiento en un mismo predio y que conforman una unidad física independiente
COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIONES / COMISIÓN ASESORA / C.A.A.: Se refiere a la
Comisión designada por la Intendencia de Montevideo a los efectos de analizar, evaluar y pronunciarse sobre todas las actuaciones relacionadas con los Llamados a Licitación que se convoquen en el marco del presente Pliego de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 66 del T.O.C.A.F.
CRONOGRAMA DE AVANCE FÍSICO: “PLAN DEFINITIVO DE EJECUCION DEL CONTRATO DE
OBRA”: Disposición en el tiempo de las tareas a realizar para la ejecución de la obra contratada, aprobado por la Administración, ajustado al calendario real, en el que se indica el día del acta de
inicio, los meses efectivos de obra y la fecha de finalización; desglosado en correspondencia con el monto del contrato expresado en un diagrama XXXXX tiempo/obra por períodos mensuales, mediante barras que mensuran la magnitud del avance porcentual de los trabajos con respecto al ítem en particular y la obra en general.
CURVA DE AVANCE FÍSICO: es la curva que registra los avances, por períodos mensuales, de la sumatoria de los porcentajes que en esos períodos está previsto realizar en cada rubro/ítem del Plan de Trabajo.-
CURVA DE AVANCE FÍSICO TARDÍO: es la curva de avance físico teórico que presenta un desfasaje respecto a la curva de avance físico previsto en el cronograma, debido a los posibles atrasos normales de obra. Dicho desfasaje no superará en ningún punto el veinte por ciento (20%).-
CURVA DE AVANCE FÍSICO TEÓRICO Y TEMPRANO: es la curva que registra los avances por períodos mensuales de la sumatoria de los porcentajes que en esos períodos está previsto realizar en cada rubro/ítem del plan de trabajo y que no podrá ser superada por la Empresa Contratista salvo autorización expresa del Contratante.-
JEFE DE LA OBRA: Arquitecto o Ingeniero Civil con título expedido por la Universidad de la República o revalidado por la misma, o egresado de Universidades Privadas con título habilitante para el ejercicio profesional en el Uruguay. El mismo será elegido por el Contratista para controlar las obras y suministros objeto del contrato, así como la ejecución de las obras necesarias para su habilitación, el cumplimiento de las obligaciones contraídas y resolver los problemas técnicos y administrativos, dentro del ámbito de su competencia, y obtener el/los permisos, habilitaciones de construcción departamentales y demás Organismos competentes. Deberá tener una experiencia mínima demostrada en la dirección y/o construcción de obras de arquitectura en general, en los últimos cinco años, de por lo menos la misma cantidad de metros cuadrados de construcción que el proyecto a ejecutarse y en programas similares.- Deberá estar en obra cada vez que se solicite por parte de la Indendencia y podrá ser sustituido, en caso que la Administración lo entienda conveniente, (previo aviso).
DOCUMENTOS DEL PROYECTO TÉCNICO ARQUITECTÓNICO DE LA OFERTA Y DE
INFRAESTRUCTURA BÁSICA: Conjunto de recaudos y documentos solicitados en este Pliego en el Anexo capítulo 2 A.02.04 para la presentación de la Oferta.
EMPLAZAMIENTO: cada uno de los terrenos donde se desarrollarán las obras necesarias para el suministro de viviendas agrupadas en conjuntos habitacionales. A los efectos de este Pliego emplazamiento, terreno y predio serán sinónimos.-
ESPECIFICACIONES: todas las disposiciones contenidas en este Pliego, en la propuesta o el contrato relativas al tipo y características de los materiales y elementos de construcción que definen la ejecución de la obra y de los suministros, incluyendo las ordenanzas departamentales y/o disposiciones técnicas de Organismos con competencia en la materia.-
MEMORIAS: Son los documentos técnicos constructivos (memoria general y particular) de las obras del proyecto que integran los recaudos del proyecto ejecutivo.-
FUERZA MAYOR: hechos irresistibles, imprevisibles y ajenos a la voluntad de las partes contratantes, como por ejemplo: perturbaciones atmosféricas fuera de lo común, crecientes superiores a las máximas conocidas, terremotos, epidemias, guerras, revoluciones, bloqueos u otros sucesos equivalentes, incluyendo paros y huelgas en los organismos intervinientes en cualquier gestión incluida en el contrato y paros en la industria de la construcción.-
LIBRO DE OBRA: La IM proveerá un Libro de obra el cual contará con páginas foliadas, con original y dos copias (triplicado) donde la Supervisón de Obra designada por la IM deberá escriturar las novedades de las visitas de obra y el Jefe de obra designado por el Contratista, registrarán todo cambio, solución alternativa, observación, etc. Todas las páginas deberán estar firmadas por ambas partes.
En el Libro de obra constarán además de los trabajos que se entiendan relevantes, las observaciones en cuanto a calidad de los procedimientos, de los materiales, cumplimiento de los plazos, aprobación y/o rechazo de muestras puestas a consideración de la Supervisión por parte del Contratista; Podrá figurar ademas, el detalle de los días no trabajos y sus causas, lluvia, paros, etc., así como toda otra observación referida a la obra. Servirá también al registro de propuestas de soluciones alternativas propuestas. Todos los técnicos que pasen por la obra deberan dejar constancia en el Libro.
IMPORTE DE LA OFERTA: Es el precio del terreno, más el precio del contrato de obra más, el importe de las Leyes Sociales calculadas sobre Monto máximo de mano de Obra Imponible.
LICITANTE, CONTRATANTE O ADMINISTRACIÓN O IM: la Intendencia de Montevideo. Es quien promueve la Licitación.
MANUAL DE USO Y MANTENIMIENTO: Es el documento que registra, a través de gráficos o descripciones, todas las especificaciones para el uso adecuado de la vivienda sus espacios e instalaciones y explicita las rutinas para el mantenimiento preventivo del conjunto.
OBRA: refiere a todas y cada una de las construcciones y trabajos objeto de la presente Licitación.
OBRAS: Comprende los trabajos necesarios para llevar a cabo una correcta ejecución de las obligaciones emergentes del Contrato. Se incluyen además aquellas tareas, que aunque no estén especificadas, sean necesarias para dar una correcta terminación de acuerdo al arte del buen construir y a juicio del Supervisor de obra. Asimismo, comprende las diversas actividades que debe llevar a cabo el Contratista, sean permanentes o temporarias, así como todo material, equipo y mano de obra suministrados por el mismo, y todas las gestiones, acciones y otras obligaciones emanadas de los Documentos del Contrato.-
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA: comprende los trabajos que deben ser ejecutados de acuerdo a las obligaciones emergentes del Contrato y que refieren a las obras de saneamiento y disposición final de líquidos residuales, vialidad y alcantarillado, red de suministro de energía eléctrica y alumbrado público y de red de agua potable; incluirán las diversas clases de actividades que debe llevar a cabo el Contratista, sean permanentes o temporarias, así como todo material, equipo y mano de obra suministrados por el Contratista, y todas las gestiones, acciones y otras obligaciones emanadas de los Documentos del Contrato.-
OBRAS PERMANENTES: las obras que se van a ejecutar y mantener de acuerdo al Contrato.-
.OBRAS PROVISORIAS: todas las obras de carácter provisorio de cualquier clase que sean y que se requieran en o para la ejecución o mantenimiento de las obras.-
PRECIO/MONTO DEL CONTRATO DE OBRA: es el precio en pesos uruguayos pagadero al Contratista de conformidad con el contrato de obra, a cambio del debido y pleno cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Esto no incluye el precio del terreno (si corresponde) ni el importe de las Leyes Sociales calculadas sobre Monto máximo de mano de Obra Imponible.
. PLAZO DE OBRA: Se entiende por Plazo de Obra el plazo comprendido entre la fecha del Acta de Inicio de Obra y la fecha del acta de Recepción Provisoria de la Obra.
.PLAZO TOTAL: Se entiende por Plazo Total el que media entre el Acta de Inicio de Obra y el Acta de Recepción Definitiva de la Obra
.PROGRAMA DE INVERSIONES / CRONOGRAMA FINANCIERO: determinación mensual de las partidas dinerarias necesarias para cumplir con el Plan de Trabajo.-
PLAN DE TRABAJO: disposición en el tiempo de las tareas a realizar para la provisión de
viviendas, edificios y la ejecución de las obras necesarias para su habilitación, desglosado en ítems que se correspondan con su presupuesto y expresado en un diagrama XXXXX tiempo/avance de los ítems por períodos mensuales, mediante barras que mensuran la magnitud del avance porcentual de los trabajos con respecto al ítem en particular y la provisión en general.-
PROYECTO EJECUTIVO: Conjunto de recaudos y documentos solicitados en este Pliego en la Capítulo 4 sección I.03.03: “Obligaciones y prestaciones de la parte adjudicataria: Proyecto Ejecutivo“ a los efectos del proceso de Visado y ajustado a la Norma UNIT-2013.
PROYECTO EJECUTIVO DEFINITIVO: es el Proyecto Ejecutivo ajustado con las correcciones que durante el proceso de visado se le hubieran realizado y aprobado por los técnicos de la Intendencia, o por quien ésta designe.
PROYECTO EJECUTIVO DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA: Conjunto de recaudos y documentos solicitados en este Pliego en la Sección V, a los efectos del proceso de Visado, que incluye proyecto de saneamiento y disposición final de líquidos residuales, proyecto de vialidad y alcantarillado, proyecto de red de suministro de energía eléctrica, alumbrado público y proyecto de red de agua potable.
PROYECTO EJECUTIVO DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA DEFINITIVO: es el Proyecto
Ejecutivo de infraestructura básica ajustado con las correcciones que durante el proceso de visado se le hubieran realizado y aprobado por el técnico de la IM asignado
PROYECTO EJECUTIVO VISADO: es el que forma parte del contrato de obra. Incluye el proyecto ejecutivo definitivo y el proyecto legal, ambos aprobados por los técnicos de la Administración, más el Acta de Visado otorgada.
PROYECTO LEGAL: es el conjunto de Proyectos (totales o parciales), en correspondencia con el Proyecto Ejecutivo Definitivo aprobados por los organismos competentes en cada materia y que es necesario para la obtención del Acta de Visado: Intendencia de Montevideo, Dirección Nacional de Bomberos, OSE, UTE, Dirección Nacional de Catastro, Acta de Amojonamiento y Constancia de Replanteo.
REPRESENTANTE TÉCNICO: Arquitecto o Ingeniero Civil designado por el Contratista para asumir la representación técnica ante la Administración y con residencia en el país durante el plazo de ejecución del Contrato.-
.SISTEMA CONSTRUCTIVO TRADICIONAL (SCT). Se refiere al que se describe en todo o parte, en la Memoria Constructiva General Edición 2006 de la División de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas.( MGC del MOTP-2006).
.SISTEMA CONSTRUCTIVO NO TRADICIONAL (SCNT). Todo sistema constructivo no comprendido en la MGC del MOTP-2006. Todo SCNT deberá contar con el Documento de Aptitud Técnica (DAT) otorgado por el MVOTMA y/o estar registrado como tal en el Servicio de Contralor de la Edificación de IM.
SUPERVISION DE OBRA: la ejercerá la IM por sí ó por quién ésta designe, a través de profesionales Arquitectos ó Ingenieros (Supervisor de Obra), que estarán facultados para exigir el cumplimiento de las disposiciones que consideren necesarias para asegurar la fiel aplicación de las normas del contrato y la buena ejecución del producto a suministrar. La supervisión de obra no implicará tareas de Dirección de la Obra ni compartirá o derivará en las responsabilidades que son propias de ésta.
VIVIENDA: es aquella apta para brindar a sus destinatarios una solución habitacional adecuada, que debe cumplir con las condiciones exigidas por las Especificaciones Técnicas establecidas en los diversos recaudos mencionados en el presente Pliego y con los requisitos legales vigentes.- A los efectos del presente Pliego, serán tomados como sinónimos: vivienda, solución habitacional, unidad de vivienda y apartamento
OFERENTE: es quien presenta una oferta en una licitación. Otros términos sinónimos son: proponente, postulante, etc.
PARTE ADJUDICATARIA: es la parte oferente cuya oferta fue seleccionada como la más conveniente por Resolución.
SUBCONTRATISTA: refiere a la persona, empresa o comercio que mediante Contrato celebrado con quien hubiera resultado la Parte Adjudicataria, con la debida autorización de la IM, tenga a su cargo la ejecución de parte de las obras o xxxxxxxxxxx.Xx durante el transcurso del proceso de la obra, el Supervisor de Obra exige, por causas fundadas, la sustitución de alguno de los subcontratistas propuestos por la empresa, el contratista deberá acceder a la sustitución requerida y ello no dará derecho a la modificación del precio del contrato, ni a indemnización alguna. De todo lo actuado se dejará constancia en el Libro de Obra.
CONTRATISTA: adjudicatario que ha suscrito con la Administración el contrato correspondiente.
CONTRATO DE OBRA: Es el contrato en el que se establece la obligación que contrae el Contratista de hacer una obra determinada y el Comitente de pagarle la correspondiente retribución.
01.02 CUADRO RESUMEN TRAMITES Y GESTIONES.
Trámite | Régimen Dominial | |||
Propiedad Común | Propiedad Horizontal | |||
O R G A N I S M O S C O M P E T E N T E | I n t e n d e n c i a | Permiso Construcción | Información A/ Fase A (gestión que corresponda en caso de encontrarse en zona Patrimonial). Aprobada. | Información A/ Fase A (gestión que corresponda en caso de encontrarse en zona Patrimonial). Aprobada. |
Proy. De Fraccionamiento | ||||
Proyecto de P.H. | ||||
Proyecto Urbano-arquitectónico (incluye Permisos de Instalación Sanitaria) Tramite de rebaje de cordón de vereda. Nomenclatura | Proyecto Urbano- arquitectónico (incluye Permisos de Instalación Sanitaria) Tramite de rebaje de cordón de vereda. Nomenclatura | |||
I n t e n d e n c i a | Aprobación Proyecto de infraestructu ra básica | Proyecto de Infraestructura básica Aprobación por parte de las oficinas competentes (Estudios y Proyecto Viales, Estudios y proyectos de Saneamiento y UTAP) | Proyecto de Infraestructura básica Aprobación por parte de las oficinas competentes (Estudios y Proyecto Viales, Estudios y proyectos de Saneamiento y UTAP) | |
O S E | Aprobación abastecimie nto de agua y saneamiento | Informe de presión del abastecimiento de agua Proyecto de red de Abastecimiento de agua | Informe de presión del agua existente Proyecto de red de Abastecimiento de agua | |
U T E | Aprobación de Proyectos | Red de Media y Baja Tensión Solicitud de Carga | Red de Media y Baja Tensión Solicitud de Carga |
01.03 NORMAS VIGENTES
Disposiciones y recaudos que rigen el llamado
Este llamado se regirá por:
1.1.- El Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) aprobado por Xxxxxxx 000/000 Xx 00 Xx Xxxx xx 0000.
1.2.- Artículos 694 al 697 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 en lo pertinente, y Art. 333 de
la Ley 17930 de 19 de diciembre de 2005.-
1.3.- Artículo 1844 de la Ley 19.726 del Código Civil (Responsabilidad Decenal).
1.4.- Decreto Nº 208/09 de 4 xx xxxxxx de 2009 (Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas).
1,5 - Ley Nº 16.060 de 0 xx xxxxxxxxx xx 0000 (Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx) en lo pertinente.
1.6.- Artículo 15 de la Ley Nº 10.459 (Empleo de personal no permanente y no especializado, el cual deberá tomarse por intermedio de las comisiones que por dicha Ley se crean).
1.7.- Ley Nº 16.074 del 00 xx xxxxxxx xx 0000 (Xxxxxx sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales)
1.8.- Reglamentos, ordenanzas municipales y disposiciones u órdenes relativos a las obras que se ejecutan, emitidas por la autoridad competente en el ejercicio de sus cometidos específicos.
1.9.- Ley Nº 14.411 de 7 xx xxxxxx de 1975 y Decreto Nº 951/975 de 11 de diciembre de 1975. (Leyes sociales).
1.10.- Ley Nº 17.250 de 11 xx xxxxxx de 2000 y Decreto Nº 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000 (Defensa del Consumidor) en lo pertinente.
1.11.- Art. 581 de la Ley Nº 17.296 de 00 xx xxxxxxx 0000 y Decreto Nº 333/2001 de 21 xx xxxxxx de 2001 (inmunidades impositivas).
1.12.- Ley Nº 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
1.13.- Ley Nº 17.897 del 14 de setiembre de 2005 (inc. 1º del art. 14), sobre inserción laboral de personas liberadas.
1.14.- Ley Nº 17.957 de 4 xx xxxxx de 2006 (artículo 6).
Las leyes, Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
1.15.- El presente Pliego de Condiciones Particulares (PCP), Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública, Decreto N° 257/015. el pliego Particular para la Ejecución de Obras, el pliego Particular para la Ejecución de Xxxxxxx y la Memoria Constructiva y Descriptiva General, en lo que sean aplicables.
1.16.- Las enmiendas y aclaraciones que se comuniquen por escrito a los interesados que adquirieron los Pliegos o manifestaron su interés en participar durante el plazo del llamado.-
En el caso que a juicio de la Administración, la modificación o ampliación fuese sustancial, deberán mediar por lo menos treinta (30) días calendario entre la comunicación a los interesados y la fecha de apertura de las ofertas.-
1.17.- Comunicados emitidos por la Administración.
1.18.- La propuesta formulada por el contratista, aceptada por la Administración.
1.19.- Las órdenes de servicio e instrucciones que expida el Jefe de Obra dentro de las facultades que le confieren los documentos que integran el contrato y las indicaciones que asiente en el libro de obra el Supervisor de Obra (técnico que representa a la Intendencia de Montevideo). .
1.21.- En la parte constructiva, en los casos de falta de reglamentaciones y/o de especificaciones de este Pliego o en el de los Organismos competentes en cada materia, regirán las pautas del arte del buen construir, y Particularmente en los aspectos constructivos regirán los pliegos de la Intendencia de Montevideo y lo establecido en la Memoria Constructiva General Para Edificios Públicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas-Dirección Nacional de Arquitectura, versión 2006, incluidos los apartados sobre Accesibilidad y Acústico.
1.22.- Los oferentes no podrán alegar en caso alguno, falta de conocimiento de las normas jurídicas vigentes en la República Oriental del Uruguay, y en Particular en Montevideo, especialmente en lo inherente a los aspectos administrativos, a la legislación sobre la Obra Pública en el orden nacional y/o departamental y a las disposiciones del Derecho Laboral y la Seguridad Social.
Estándares de desempeño y requisitos para la vivienda de interés social del MVOTMA
CAPITULO 02
Licitación
02.01 OBJETO LICITADO
1- La presente Licitación Pública, tiene por objeto el diseño y construcción de hasta veinticinco (25) viviendas en terrenos suministrados por el oferente, mediante el sistema de compraventa del terreno y contrato de obra, en concordancia con lo establecido en los recaudos que rigen la licitación. Las viviendas podrán implantarse en un único terreno o dos.
Todos los terrenos que se propongan en la oferta deberán ubicarse en zona urbana, dentro de los limites del Municipio “F” de la ciudad de Montevideo. El terreno se deberá localizar a una distancia mínima de 500m de asentamientos y Realojos existentes. Si no se cumpliera con estos requerimientos no se considerará la oferta.
En caso que los terrenos suministrados por el oferente, carezcan de infraestructura básica, éste deberá incluir en la oferta los proyectos necesarios para su dotación, así como la cotización de las obras correspondientes de modo que el precio del terreno siempre será un terreno con infraestructura básica.
2.- Se establecen los siguientes plazos:
Para el cómputo de los siguientes plazos se considerará el total de viviendas de la oferta.
N° viviendas : 25
Plazo de obra (*) : Máximo 330 días calendario
Plazo total (inicio de obra-recepción definitiva): Plazo de obra + 365 días calendario
(*) Los plazos de obra de las ofertas que empleen sistemas constructivos con componentes prefabricados en su totalidad, deberán ser reducidos por lo menos en un 20% (veinte por ciento).
TOTAL = 25 | ||
2D | 3D | 4D |
10 | 10 | 5 |
02.02 CONDICIONES DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas presentarán predios donde sea posible el desagüe por gravedad de los líquidos cloacales directamente a colectores públicos en funcionamiento. En aquellos casos donde la infraestructura básica no exista, deberán presentarse como parte de la oferta la cotización de los proyectos y de las obras necesarias para que el terreno tenga
todos los servicios en el momento de recibir por parte de la IM los conjuntos habitacionales.
02.03 SISTEMA DE ADQUISICIÓN DE TERRENO Y CONTRATO DE OBRA.
A través de esta modalidad de contratación, donde el oferente propone la venta del terreno y la ejecución de la obra en el mismo, la IM una vez que la Resolución de Adjudicación haya quedado firme, procederá a la firma de la escritura de compraventa cuyo objeto será el terreno donde se construirá el Conjunto Habitacional.
De este modo la propiedad del terreno pasará por título compraventa y modo tradición a la IM quien otorgará en forma simultánea o sucesiva el contrato de obra de acuerdo a los términos de la oferta aceptada por un único precio, el cual no admitirá cambios o adicionales, imprevistos y/o sobrecostos de clase alguna, que impliquen modificación en las condiciones reglamentarias pactadas originariamente. Y se labrará el acta notarial de entrega de la tenencia del predio al contratista.
El pago se realiza contra la firma de la compraventa a favor de la Intendencia.
El monto será el que cotizo la empresa adjudicada en cuanto al precio del terreno.
Se pagará al propietario del terreno. Si el propietario es el oferente, será a él a quien se pague; si el terreno es de un tercero, se pagará a ese tercero.
El presente artículo primará sobre cualquier otra posible interpretación en contrario de cualquier disposición del presente pliego.
02.04 OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES
Los oferentes, por la aplicación del presente régimen de contratación, tendrán a su cargo las siguientes obligaciones:
1.- Aportar el terreno: sea propio o de un tercero, que estarán obligados a transferir a la IM, apto para el tipo de solución habitacional requerida.-
2.- En aquellos casos que los terrenos no cuenten con la infraestructura básica, y que tanto los proyectos de ésta como su construcción formen parte de la oferta, los proyectos deberán ser aprobados por las dependencias de la IM correspondientes.
3.- Realizar los trámites ante la IM referidos a disposiciones urbanísticas que sean necesarias para la viabilidad y aprobación del proyecto técnico-arquitectónico.
4.- Diseñar las viviendas y obras de instalaciones de infraestructura interna (saneamiento, abastecimiento de agua y energía eléctrica, etc.) necesarias para dotar de servicios y conexiones de agua potable (incluyendo los medidores), del saneamiento y energía eléctrica, para el/los conjunto/s habitacional/es de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas por la Administración en los recaudos correspondientes.
5.- Designar un Representante Técnico con el alcance contenido en el capítulo 01- 01.01 "Definiciones".
6.- Ajustarse en todos los aspectos a las Leyes, Decretos y Reglamentos y a las disposiciones u órdenes de las autoridades locales u otras debidamente constituidas, que tengan competencia en la materia relativa al suministro y a las obras que se ejecutan.
7.-De resultar adjudicatarios:
7.1.- Obtener la aprobación de estos diseños por parte de los organismos competentes en la materia (OSE, UTE, ANTEL, Dirección Nacional de Catastro, Dirección Nacional de Bomberos, etc.) y de los servicios técnicos de la IM competentes en las diferentes especificidades.
7.2.- Construir la totalidad de las obras incluidas en el proyecto y obtener la habilitación final de los organismos competentes, así como del pago de todas las conexiones de agua potable, saneamiento y energía eléctrica, posibilitando de esta forma la utilización funcional e integral de las soluciones habitacionales conjuntamente con redes internas y servicios.-
7.3.- Financiar en su integridad el Contrato de Obra, sin perjuicio de los pagos por certificados mensuales que la IM realice durante el desarrollo de la obra.-
7.4.- Asumir la responsabilidad de la ejecución de la obra adjudicada, constituyéndose en el responsable técnico, legal, administrativo y financiero de todas las acciones u omisiones relativas a la ejecución del Contrato de Obra.
7.5.- Entregar la documentación en condiciones de proceder a la enajenación de las viviendas. El régimen dominial del conjunto habitacional será el de propiedad común o propiedad horizontal (Ley Nº 10.751). Deberá realizar, a su cargo, todos los trámites necesarios para el nacimiento y la formalización de la propiedad individual, y en caso de propiedad horizontal, plano de mensura y fraccionamiento horizontal y demás trámites que permitan la enajenación de cada vivienda como unidad de propiedad horizontal.
7.6.- Responsabilizarse plenamente por la adecuada estabilidad y seguridad de las obras y de los métodos de construcción, así como por el diseño, proyecto y las especificaciones de las obras permanentes y temporarias suministradas.
7.7.- Llevar a cabo todas las operaciones necesarias para la ejecución de las viviendas (e infraestructura básica si esta es parte de la oferta) y de las obras necesarias para su habilitación, en forma que no causen perturbación innecesaria o impropia a los servicios públicos, ni el acceso, uso y ocupación de carreteras y caminos públicos o privados u otros bienes ya sea propios o de terceros.
Responsabilizarse por todas las reclamaciones, demandas, daños, costos, gastos y desembolsos de toda índole originados por o correspondientes a dichas cuestiones, debiendo indemnizar al Contratante cuando correspondiere.
7.8.- Asumir la exclusiva responsabilidad de la dirección y ejecución de la obra, al haberse contratado por la Administración un producto terminado. Designar el Jefe de Obra, el que será responsable de verificar el cumplimiento de la propuesta técnico-constructiva incluida en la oferta y deberá estar en obra cada vez que se lo requiera la Supervisión de obra de la IM.
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7.9.- Responsabilizarse de la custodia del terreno, las obras y los materiales desde la firma del Contrato.
7.10.- Ante la solicitud de la CAA, para poder verificar las condiciones del terreno in situ y
realizará los informes que considere pertinentes, el oferente está obligado a facilitar el acceso efectivo al predio para una inspección ocular, en un plazo no mayor a las 96 horas a partir del momento de la comunicación cursada y tendrá 48 horas a partir de ese momento para comunicar a la CAA la fecha y hora para que los técnicos intervinientes por parte de la IM puedan realizar la inspección solicitada. El incumplimiento en plazo o la imposibilidad de acceder al inmueble podrá ser causal suficiente para no recomendar la oferta.
02.05 CONDICIONES DE LOS OFERENTES
Requisitos excluyentes:
1.- En cuanto a la capacidad para contratar con el Estado, se aplicará íntegramente lo establecido en el artículo 46 del TOCAF.
2.- El oferente deberá acreditar una experiencia mínima demostrada en el suministro y/o diseño, construcción y provisión de obras de arquitectura en general, de por lo menos una cantidad igual de metros cuadrados de construcción a la de su propuesta, o en programas similares (Escuelas, liceos, hoteles, oficinas etc.) en los último 5 años.
En caso que deban ejecutarse obras de infraestructura básica deberá acreditar experiencia en proyectos y obras de similares características (por lo menos una obra con las mismas características y metraje que la propuesta).
Se acreditará con Actas de Recepciones definitivas y/o documentos legales que avalen la conformidad del contratante. Esta documentación tendrá carácter de declaración juarada
3. - Por el solo hecho de presentarse a la licitación se entenderá que el oferente:
a) hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso y que renuncia al fuero que pudiera corresponderle en función de su domicilio presente y futuro o por cualquier otra causa.
b) tiene el perfecto conocimiento y comprensión del presente Pliego, de sus cláusulas, de los recaudos solicitados para la presentación de su oferta, de los Documentos del Proyecto, de los emplazamientos de las obras y sus condiciones específicas, de los precios de materiales, fletes y de medios de transporte, de los derechos aduaneros, de los tributos nacionales y departamentales, de las condiciones de trabajo, aprovisionamiento de materiales y mano de obra, de la naturaleza de los terrenos, del régimen de los cursos de agua, agua de obra, condiciones climáticas y otras condiciones locales, por todo lo cual no se admitirán reclamos relacionados con cualquiera de estos puntos, los cuales acepta en su totalidad.
4.- Tiene capacidad disponible para ofertar conforme al certificado expedido por el Registro Nacional de Empresas Constructoras de Obras Públicas del MTOP.
02.06 RECAUDOS EXIGIDOS (EXCLUYENTES) AL MOMENTO DE PRESENTAR LA OFERTA
1.- Certificado habilitante para ofertar expedido por el Registro Nacional de Empresas
Constructoras de Obras Públicas que funciona en la órbita del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que acredite que el oferente está calificado en las especialidades acordes al llamado y que cuente con VECA libre suficiente para su oferta. Este certificado se actualizará previamente a la adjudicación.
2.- Estar inscripto en el registro de proveedores de la IM al momento de la apertura de la oferta.
3.- Pago xx Xxxxxx: De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
El recibo debe estar a nombre del oferente. Cuando se postule un consorcio, en el recibo debe figurar, como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
4.- Depósito de la garantía de mantenimiento de oferta: De comprobarse que no fue abonado, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
El recibo debe estar a nombre del oferente. Cuando se postule un consorcio, en el recibo debe figurar, como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
5.- La documentación que acredita la disponibilidad y/o propiedad de los terrenos, de acuerdo a la siguiente descripción:
5.1.- Si el oferente es el propietario del bien, deberá presentar:
a.- certificado notarial con fecha dentro de las cuarenta y ocho (48) horas anteriores al momento de presentación de las propuestas que acredite:
1. la propiedad del bien y;
2. la bondad de los títulos en los aspectos dominial y registral.-
b.- Relacionado de procedencia por treinta (30) años, indicación de certificados de todos los Registros, descripción y deslinde completos del bien (en caso de que fuera fracción se describirá y deslindará la misma según croquis de futuro fraccionamiento y se indicará exactamente la superficie que se está ofertando, lo mismo se aplica a una oferta sobre terrenos pasibles de una futura fusión), firmado por Xxxxxxxxx. Si dentro del relacionado de procedencia hay varios fraccionamientos hasta llegar al predio ofertado, se deberá agregar, relacionado gráfico firmado por Ing. Agrimensor. En el caso que en las procedencias se haya actuado por poder, deberá expresarse con detalle en el relacionado y en la indicación de certificados.-
c.- deberá entenderse que la disponibilidad y propiedad de los terrenos se referirá y abarcará también los predios necesarios para realizar la constitución de servidumbres que correspondieran.
5.2.- Si el oferente no es propietario del bien, además de lo indicado en los literales a), b) y c) precedentes, deberá presentar reserva o compromiso irrevocable con vigencia por igual plazo que el mantenimiento de la oferta (180 días más una prórroga de 90 días, es decir 270 días), firmado por el propietario y oferente, con firmas certificadas y representación controlada donde el propietario del terreno se obligue a venderle a la IM.
La no presentación del compromiso irrevocable en la forma establecida, se considerará requisito insubsanable que habilitará a la administración a no considerar la oferta presentada.
6.- Copia del plano de mensura registrado en la Dirección Nacional de Catastro. En caso de ofertar una fracción, debe presentarse croquis de fraccionamiento firmado por Ingeniero Agrimensor, lo mismo se aplica en caso de posible fusión.- En todos los casos se exigirá Cédula Catastral con indicación de antecedente gráfico, informada. Si la Dirección Nacional de Catastro sólo informa el Plano Antecedente y no el Padrón o Fracción que da origen al predio ofertado se deberá complementar con una nota explicativa firmada por el Ing. Agrimensor de la empresa.
7.- Si el postulante fuera un consorcio, documento constitutivo del mismo o carta- intención.
Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención.
En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de dictada la resolución de adjudicación, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley N° 16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamente inscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación del dictamen o informe de la Comisión Asesora.
Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal y unificar la representación con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos sus miembros asumiendo tal responsabilidad.
Frente a la I.M todas las empresas que integren el consorcio serán solidariamente responsables.
Cada firma que lo integra deberá cumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma consorciada. A los efectos de la evaluación se considerarán los antecedentes en la proporción de la participación de cada empresa constituyente.
8.- Certificado de Actos Personales por el oferente con inscripciones descartadas por Xxxxxxxxx, si las hubiere, con fecha dentro de las cuarenta y ocho (48) horas anteriores al día de recepción de las ofertas.-
9.- Acreditación de la representación del proponente en los siguientes términos: representante legal de la empresa que firma la propuesta, representante técnico y representante para el acto de apertura, con facultades bastantes para realizar observaciones, aclaraciones y firmar el acta. Todos estos recaudos pueden estar documentados en un poder general o en uno especial para este llamado, en una carta poder con firmas certificadas y personería jurídica de la empresa controlada, o en un
certificado notarial, para lo que se deberá tener en cuenta la aplicación del art. 13 de la Ley 17.904, si corresponde. Cualquiera sea la forma elegida para documentar lo referido precedentemente debe acreditarse, por el Escribano interviniente, la vigencia de los cargos con fecha dentro de las cuarenta y ocho (48) horas anteriores al día de la recepción de las ofertas.-
El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, la existencia, vigencia de la sociedad, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 17.904 art. 13 y leyes 18.930 y
19.484 en caso de corresponder, y quienes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la Ley 18.244 (deudores alimentarios).
Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.
10.- antecedentes conforme a lo indicado en el capítulo 02.05: condiciones de los oferentes presentados en forma de declaración jurada, teniendo en cuenta lo dispuesto en el capítulo II del código penal relativo a “falsificación documentaria” en lo aplicable, donde conste: la denominación y ubicación de la obra, nombre del propietario, característica de la obra, metros cuadrados construidos, fecha de inicio y de fin de contrato, monto total del contrato en dólares estadounidenses.-
11.- Propuesta propiamente dicha, especificando:
a) Declaración de la cantidad de viviendas indicando cantidad de dormitorios y superficies.
Según planilla en Anexo A.02.1
b) Identificación xxx xxxxxx (o fracción) en donde se ubica.
c) Detalle de la oferta definiendo el precio de las viviendas ofertadas, detallando, si corresponde, si la oferta/s incluyen proyectos y obras de infraestructura básica (según Anexo A.02.2 y A.02.3 ).El representante legal de la empresa debe firmar obligatoriamente este documento para que se lo considere.
12.- Informe firmado por el técnico responsable del proyecto sanitario declarando que la oferta cumple con los términos de este Pliego en el sentido que es posible el desagüe por gravedad de las aguas servidas del Conjunto Habitacional propuesto. En caso que haya que realizar ampliaciones de la red de colectores públicos el proyecto de estos así como su construcción serán parte de la oferta.
13.- Proyecto Técnico Arquitectónico de la Oferta y de infraestructura básica si corresponde, (firmado por el representante técnico de la empresa y por técnicos especializados que la avalen en cada materia), de acuerdo a lo establecido en Anexo
A.02.4 RECAUDOS MINIMOS EXCLUYENTES A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
14.- Plan de Trabajo y Programa de Inversiones según Capítulo 01 – 01.01 "Definiciones" "Programa de Inversiones- Cronograma Financiero y Plan de Trabajo"
15.- Presupuesto detallado por rubros abiertos con cómputos y precios.
Los precios unitarios, metrajes y montos por rubro que se indiquen en el presupuesto detallado serán los que el contratista estime necesarios para la terminación de la totalidad de las obras y suministros pero no han de tomarse como cantidades efectivas y exactas para las provisiones y trabajos que ha de ejecutar el Contratista en cumplimiento de sus obligaciones emanantes del contrato. No obstante, serán tenidas en cuenta a los efectos de la presentación y comparación de ofertas y como base para la preparación del Plan de desarrollo de los Trabajos.
a.- Rubrado
Se presentará obligatoriamente el Presupuesto con la planilla que se adjunta en el Anexo A.02.5: "Rubrado", en papel y en formato digital. Los rubros que no se llenen por no estar incluidos en la propuesta constructiva, se dejarán en cero.
Rubrado ampliatorio (No se considerará en la oferta)
a.-Como rubrado ampliatorio, se deberan cotizar las posibles obras destinadas a ampliaciones (1 dormitorio y pieza independiente con baño si corresponde) y adaptación de viviendas a accesibles. A si mismo, es responsabilidad de la empresa adjudicaaria señalar cualquier modificacion que entienda necesaria al momento de la elaboracion del Proyecto Ejecutivo destinada a dotar a la vivienda de todas las caracteristicas necesarias para ser potencialemente accesible.
b.- Metrajes.
El contratista deberá indicar las cantidades de obra calculadas para cada rubro en las unidades en correspondencia con la realidad material que representan los diseños.
c.- Precio Unitario y Precio Total
El contratista deberá indicar los metrajes y los precios unitarios calculados para cada rubro en pesos uruguayos, así como el porcentaje de incidencia en el total de la obra. Estos se tomaran como referencia para futuros calculos de tareas durante el proceso de obra, de ser necesario.
Si verificados los montos unitarios y/o los metrajes de cada rubro, la CAA comprobase que no se ajustan a la realidad del costo de la construcción ofertada, en su dictamen podrá recomendar que se adopten las modificaciones o ajustes que correspondan, o no recomendar la oferta según sea la importancia del desajuste.
Si la entidad del desajuste entre los montos parciales de cada rubro y la realidad del costo de la construcción ofertada fuese de tal importancia o configuración que no pueda corregirse sin alterar significativamente la estructura económica de la oferta, la CAA no la recomendará para su adjudicación
De resultar ser adjudicada su oferta, la empresa se obliga a aceptar las modificaciones recomendadas por la CAA al aceptar la adjudicación.
16.- Información complementaria, no contemplada en este Pliego, que el oferente estime necesaria presentar para una mejor evaluación de su propuesta.
17.- Nota del postulante mediante la cual constituya domicilio en la República, con indicación de teléfono-fax y dirección de e-mail para recibir las notificaciones a que diera
lugar el procedimiento licitatorio. Será obligación del oferente comunicar a la Administración si hubiere cambios en algunos de los datos aportados.-
18.- Informe de aptitud ambiental y geotécnico del predio según el capítulo 04.05 inciso C (C4)
02.07 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.- Las propuestas y toda la documentación que integre las mismas deberá presentarse en el lugar y fecha indicados en la publicación del llamado, en un sobre cerrado, con el siguiente rótulo: Licitación Pública Nº 362949/1, diseño y construcción de 25 viviendas, en terrenos suministrados por el oferente, dentro del Municipio “F” del Departamento Montevideo. Se indicará en forma precisa el oferente, fecha y hora de recepción de ofertas:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº xxxxx
Empresa :
Fecha y hora límite de recepción de ofertas:
xx/xx/2019 -
..... horas
2.- Las propuestas (incluye todo documento, plano, certificado, declaratoria, folleto, etc.) deberán presentarse por escrito redactadas en forma clara y precisa, en idioma castellano y firmadas por el oferente o sus representantes, el original en hoja membretada de la empresa ,dos copias en papel simple y 1 copia digital (CD,DVD, pendrive). Sus hojas serán numeradas en su totalidad, correlativamente y sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio idóneo, admitiéndose excepcionalmente en casos debidamente justificados la presentación en forma manuscrita. En todo caso deberán ser fácilmente legibles y las enmiendas, interlineados y testaduras salvadas en forma. Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura, a criterio de la Administración se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
La falta de firma responsable en la propuesta será causal de rechazo de la misma.
3.- La propuesta se presentará en tres vías en papel (original y 2 copias) y 1 vía digital:
a- Vía rotulada “Original”: Con documentación original y recaudos técnicos en copia heliográfica con las firmas técnicas correspondientes y timbres profesionales.
b- Dos vías rotuladas como “copia 1” y “copia 2” y 1 “copia digital”: con copia de toda la documentación que integra la propuesta original fotocopiada en papel simple y los planos y demás recaudos gráficos de las áreas técnicas ploteados, en copia heliográfica ó fotocopiados, con las firmas técnicas correspondientes.
c- Los recaudos técnicos se presentarán según lo establecido en Capítulo 02.06
"Recaudos exigidos al momento de presentar la oferta"
d- En caso de presentar la oferta en más de un predio, la documentación y los recaudos técnicos de cada predio se presentarán debidamente identificados y por separado dentro del mismo sobre.
4.- Las propuestas, correspondencia y documentos relacionados con el llamado que
intercambien los oferentes y la Administración, deberán redactarse en idioma español; en todo caso, cualquier material impreso que acompañe a la oferta podrá estar en otro idioma a condición de que vaya acompañado de una traducción en español de las partes pertinentes y firmada por éste, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta.
5.- La empresa será responsable por la totalidad de la información, documentación y avales técnicos que presente en su oferta así como en cualquier instancia del proceso de contratación. La presentación de cualquier información, documentación, firma o recaudo adulterado o falso será considerada por la Administración y por la Comisión Asesora de Adjudicaciones a los efectos correspondientes; sin perjuicio de las acciones legales que en cada caso pudieran proceder.
02.08 PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS SOBRE EL LLAMADO Y REUNIÓN PREVIA
Cualquier particular podrá realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta diez (10) días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de las ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, de lunes a viernes en el horario de 10:15 a 15:30 horas o por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas al que realizó la consulta y a todos los interesados que hayan comprado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx - Institucional - Compras - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, cualquier proveedor podrá solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
02.09 COTIZACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
1.- Las propuestas deberán cotizarse exclusivamente en pesos uruguayos, debiendo discriminarse el precio del terreno, el costo de las obras de infraestructura básica si correspondiese, el costo de obra de las viviendas, el Monto de las Leyes Sociales calculadas sobre el monto de Mano de Obra Imponible y el IVA. En caso que no se le discrimine se entenderá que dichos impuestos están incluidos en el precio ofertado. Ver anexo A.02.3:" Resumen de la oferta"
2.- Importe total de la contratación: es la suma del precio del terreno, mas el precio del contrato de las obras de infraestructura básica si correspondiese, más el precio del contrato de los trabajos, suministros, impuestos, gravámenes, tributos de cualquier clase, aportes sociales y gastos originados por cualquier concepto requerido para la realización y habilitación de los componentes de las obras de las viviendas.
3.- Precio del contrato de obra: es el precio en pesos uruguayos pagadero al Contratista de conformidad con el contrato de obra, a cambio del debido y pleno cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Esto no incluye el precio del terreno ni el importe de las Leyes Sociales calculadas sobre Monto máximo de mano de Obra Imponible.
4- Los oferentes deberán considerar que, por la sola presentación de su propuesta, están incluidas en su cotización y serán de cargo de la empresa:
• el aporte del terreno
• proyecto y aprobación de infraestructura básica si correspondiese
• implantación de la propuesta, obras de instalaciones internas y conexiones necesarias.
• el diseño y aprobación de las soluciones habitacionales
• gastos implicados para la obtención de la aprobación del proyecto legal
• la construcción total del conjunto habitacional (incluyendo las conexiones del suministro de los servicios públicos) y obras de infraestructura básica si correspondiese
• habilitaciones finales
• plano de mensura y fraccionamiento - régimen de propiedad horizontal o propiedad común
• cédulas catastrales que cumplan con el Art.178 de la Ley Nº 17.296.
• financiamiento íntegro del proyecto
• otros costos derivados de las responsabilidades que establece este Pliego.
Se consideran incluidos los gastos administrativos, los materiales, mano de obra, beneficios de empresa, honorarios profesionales, costo de gestorías, montos de tasas, timbres, certificados e impuestos necesarios para la obtención de permisos y habilitaciones de los Organismos competentes y del Impuesto al Valor Agregado y todo otro tributo exigido por la legislación vigente.
Estos ítems se discriminarán en la oferta.
5.- El precio de oferta incluye todas las variables y rubros que la componen y no estará sujeto a variante alguna, cualquiera sean las contingencias o alteraciones que pudieran incidir sobre el mismo. La IM no reconocerá sobrecostos de ninguna naturaleza. No se reconocerán sobrecostos que tengan origen en la variación de los costos o las cantidades del rubrado de obra, de los suministros, de las normas aplicables, de las condiciones físicas del predio o de las exigencias técnicas provenientes de terceros (movimientos de tierras adicionales, extracción de rocas, tasas de UTE, OSE, Dirección Nacional de Catastro, Banco de Seguros del Estado, BPS, etc.). Cualquiera de estas modificaciones será de exclusivo cargo del oferente.-
6.- Monto de Mano de Obra Imponible.
En función de la Resolución 2255/93 del 28 xx xxxxx de 1993 se establece que de acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria de la Construcción, establecidas por la ley Nº 14.411 los aportes al Banco de Previsión Social quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.
A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrá en cuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta, para lo cual, los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro y la sumatoria total.
El registro de la Obra ante el B.P.S.
La empresa deberá presentar los formularios F10 y F2 de inscripción de obra publica, firmados y sellados por el técnico de la obra por la IdeM, ante Contaduría, 1er piso, para obtener la firma del titular de la obra por la IdeM.
Luego de tener la documentación firmada, enviar al correo electrónico:
xxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, toda la documentación exigida por el Banco de Previsión Social para la inscripción de obra pública.
Tener en cuenta que el envío de documentación incompleta o con errores, no suspende el plazo para la inscripción (48 horas), por lo que es imprescindible verificar los requisitos de la documentación antes de enviar el mail.
Los pagos xx xxxxx sociales por la I.M., se realizarán en base a las planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagos por cuenta de la I.M. se harán hasta el tope indicado por la empresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los realizará la I.M. mediante la retención del importe que corresponda del certificado respectivo.
De acuerdo al art. 7 lit. a) del Decreto ley 14.411 del 7/8/75-
"Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornales determinados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, la diferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas, quienes serán sujetos pasivos por deuda propia."
Presentación de nóminas y facturas xx Xxxxx Sociales
Las empresas dispondrán del plazo fijado por BPS para cada mes, para la presentación de nóminas firmadas y selladas por el técnico a cargo del control de la obra, en Contaduría General, para que se le coloque el código y emitir la factura del mes.
Una vez emitida la factura, se envía al correo electrónico: xxxxx.xxx@xxx.xxx.xx junto con la nomina firmada y sellada, adjuntos en archivos separados, en formato PDF con el
asunto: MES DE CARGO-NOMBRE DE EMPRESA- Nº DE OBRA.
El plazo de recepción de facturas vía correo electrónico, se debe verificar en Contaduría, al momento de colocar los códigos en las nominas, ya que la IdeM no realiza pagos fuera de fecha. De no hacerlo en tiempo y forma, la empresa podrá optar por realizar el pago de las facturas del mes y solicitar mediante carta presentada en Contaduría, la devolución del dinero. En caso de no realizarlo, se emitirá con la factura del mes siguiente.
Serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS Y RECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.
En caso de no tener jornales en el mes, puede presentar nómina en $0 o declarar inactividad mediante formulario F9 (con firma y sello de técnico y representante).
Vinculación o desvinculación de subcontratistas
La empresa deberá agendarse en la web de la IdeM.
El día y hora asignados, debe presentarse con el formulario F2 firmado y sellado por el técnico de la obra, y con el monto en moneda nacional correspondiente a un timbre profesional para la realización del trámite.
En caso de vinculación, deberá contar con el RUT de la empresa a vincular. Cierre de la Obra
La empresa deberá agendarse en la web de la IdeM.
El día y hora asignados, debe presentarse con el formulario F9 firmado, sellado por el técnico de la obra, y con el monto en moneda nacional correspondiente a un timbre profesional para la realización del trámite.
Dicho cierre deberá hacerse dentro de los treinta (30) días de terminada la obra.
Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de la obra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen por presentar la planilla mensual fuera de plazo.
7.- Los oferentes deberán establecer la bonificación que se ofrece si el pago se realiza dentro de los quince (15) días calendario de presentada la factura en Contaduría General de la I. de M., y la bonificación que se ofrece si dicho pago se realiza entre los dieciséis
(16) y los treinta (30) días calendario de presentada la factura en Contaduría General de la I. de M.
Dicho descuento será evaluado por el Departamento de Recursos Financieros de la I. de
M. al momento del pago.
Cuando los oferentes no hagan referencia a la bonificación pronto pago en su oferta, se entenderá que el precio se mantiene sin descuentos sin importar la fecha de cobro. Esta tasa de descuento pronto pago no será tomada en cuenta en la evaluación y comparación de las ofertas. La aceptación por parte de la IM de esta opción no lo compromete a
realizar los pagos en ese plazo.
8.- Los tributos incluidos en los precios cotizados serán aquellos generados al contratista por el cumplimiento del contrato vigentes diez (10) días antes a la fecha de presentación de las ofertas. Toda modificación tributaria posterior dará lugar a modificaciones, en más o en menos, respecto a dichos precios.
9.- Todo trabajo o elemento indicado en alguna de las piezas integrantes de los recaudos (planos, planillas, memorias, Xxxxxxx), aunque haya sido omitido en las restantes, se considerará incluido en la propuesta.-
10.- El contratista podrá subcontratar la ejecución de algunas de las tareas comprendidas en este Pliego, sujeto a autorización de la Administración. El oferente, en su propuesta, debe indicar las obras que subcontrataría.
02.10 RECEPCIÓN DE OFERTAS Y APERTURA DEL LLAMADO
1.-La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales. No serán válidas las ofertas que no se presenten en el lugar y a la hora dispuesta para la recepción.
2.- En la hora, día y lugar indicados en el correspondiente llamado o comunicaciones posteriores, se abrirán las ofertas en presencia de los oferentes o representantes que concurrieren al acto.
Abiertas las ofertas, una de las vías se pondrá a disposición de todos los oferentes para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.
02.11 ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIONES
1.- De la solicitud de aclaraciones y sus respuestas
Los elementos notariales, documentos y recaudos del proyecto técnico-arquitectónico faltantes en la presentación de la oferta y que sean subsanables deberán complementarse durante el proceso de evaluación a pedido de la Comisión Asesora de Adjudicaciones por la vía de la solicitud de aclaraciones.
La documentación de las ofertas será analizada por la Comisión Asesora, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Art.65 del TOCAF, pudiendo dar lugar a observaciones, solicitudes de aclaraciones e incluso a la desestimación de la oferta.
2.- Determinación de la oferta más conveniente:
Una vez identificadas las ofertas aptas, se revisarán las mismas a fin de determinar si se
requiere alguna corrección de tipo aritmético, para lo cual se procederá según lo previsto en este Pliego, y se realizará al estudio tendiente a determinar la oferta más ventajosa.
Si alguna oferta presenta factores que excedan los requerimientos del llamado y que resulten beneficios para la Administración, tales beneficios no se tendrán en cuenta en la evaluación de las ofertas.
3.- Determinación de la oferta más ventajosa:
Se entiende por oferta más ventajosa aquella propuesta que cumpla con las siguientes condiciones:
Alcance el máximo puntaje “P”
El puntaje “P” se definirá según la siguiente ecuación:
P = 0,4 x A + 0,20 x T + 0,35 x B + 0,05 x RP (Puntaje total máximo 100 Puntos) Donde:
A= Puntaje de comparación en el aspecto económico de la obra del conjunto habitacional (Puntaje Máximo 100 Puntos)
T= Puntaje de comparación del costo del terreno en relación con el número de viviendas ofertadas. Se compararán los terrenos con la infraestructura añadida. Es decir que en los casos en que la oferta deba incluir proyecto y obras de infraestructura básica, el costo del terreno será el que surja de la suma de estos elementos más el costo del terreno. (Puntaje Máximo 100 Puntos)
B= Puntaje de comparación en el aspecto Urbano-Arquitectónico (Puntaje Máximo 100 Puntos)
RP= Reducción de plazo (Puntaje Máximo 100 Puntos)
Si uno de los proyectos no fuese admisible o apto será así informado por la CAA, lo que no impedirá la adjudicación de otro.
3.1.-Determinación del puntaje A : máximo 100 puntos
Donde :
A= Pm / Po * 100 ( Po: precio de la oferta a evaluar / Pm: precio menor de oferta )
3.2.- Determinación del puntaje “T”: máximo 100 puntos
Para determinar el puntaje “T” se calculará el valor promedial VP de la siguiente manera: VP= PT / Nº de Viv. = Precio del terreno / Nº total de viviendas
En los casos en que la oferta deba incluir proyecto y obras de infraestructura básica, el precio del terreno será el que surja de la suma de estos elementos más el costo del terreno.
La oferta que obtenga el menor valor así calculado obtendrá el máximo puntaje “T” de 100 Puntos.
T= Ptm / Pto * 100 ( Po: precio del terreno a evaluar / Pm: precio menor de terreno )
3.3.- Determinación del puntaje “B”: máximo 100 puntos
En la determinación del puntaje “B”, del Proyecto, intervienen los siguientes parámetros con la correspondiente puntuación.
I.- Localización del predio: máximo 25 puntos
En este ítem se calificará de acuerdo a la zona en que el mismo esté ubicado.
a) Si el predio está ubicado a menos de 300 mts. de un centro educativo o de salud o de por lo menos una línea de transporte colectivo: 25 puntos
b) Si el predio está ubicado a entre 300 mts y 800m de un centro educativo o de salud o de por lo menos una línea de transporte colectivo: 20 puntos
c) Si el predio se encuentra a más de 800 mts. de un centro educativo o de salud o de por lo menos una línea de transporte colectivo : 5 puntos
No se interpola.
II.- Aspectos de la implantación del proyecto en el predio: máximo 25 puntos
e) El partido arquitectónico aprovecha las características y potencialidades del predio en cuanto a la organización general y la espacialidad generada alcanzando el mayor aprovechamiento posible sin comprometer el resultado arquitectónico: de 0 a 15 puntos
f) El proyecto integra satisfactoriamente la normativa vigente y las pautas de la morfología del tejido urbano: de 0 a 10 puntos.
III.- Resolución constructiva: máximo 20 Puntos
En este ítem se calificará según los siguientes sub-ítems y exclusivamente con los puntajes indicados:
g) Resolución constructiva sin observaciones técnicas de consideración: 20 puntos
h) Resolución constructiva con observaciones técnicas de menor entidad subsanables: 15 puntos
i) Resolución constructiva con observaciones técnicas de mayor entidad pero subsanables: 5 puntos
- Los sistemas constructivos con observaciones técnicas insubsanables no serán recomendados.
IV.- Aspectos funcionales: máximo 15 Puntos
Este ítem está compuesto por los siguientes sub-ítems:
1 . - Tipología de las unidades de vivienda: se puntuará de 0 a 15 Puntos
A modo indicativo, se considerará positivamente para la valoración de este ítem:
j) La adaptación de las unidades a las diferentes ubicaciones dentro del conjunto y con relación a la vía pública o espacios interiores.
k) La calidad funcional de las unidades de vivienda en cuanto a la distribución de los locales y optimización de espacios de circulación.
l) La calidad funcional y espacial de los locales de las unidades de vivienda en cuanto dimensiones y proporciones.
Nota: si el presente ítem 1 calificase con menos de 5 puntos, la oferta no será recomendada.
V.- Aspectos formales: máximo 15 Puntos
Resolución formal del proyecto: se puntuará de 0 a 15 Puntos. Se considerará positivamente para la valoración de este ítem:
m) Un esmerado diseño de fachadas, con particular atención al entorno.
n) Una volumetría de esmerada resolución, con particular atención al entorno.
Nota : si el ítem V calificase con menos de 5 puntos, la oferta no será recomendada.
3.4.- Determinación del puntaje “RP”: máximo 100 puntos
Reducción de plazo estipulado en la Licitación | PUNTOS |
Reduce 0-9 % | 0 |
Reduce 10-19 % | 50 |
Reduce 20-29 % | 75 |
Reduce 30% o mas | 100 |
RESUMEN CUADRO COMPARATIVO
P = 0,4 x A + 0,20 x T + 0,35 x B + 0,05 x RP
A | Puntaje de comparación en el aspecto económico de la obra del conjunto habitacional (Puntaje Máximo 100 Puntos) Precio |
T | T= Puntaje de comparación del costo del terreno en relación con el número de viviendas ofertadas. Se compararán los terrenos con la infraestructura añadida. Es decir que en los casos en que la oferta deba incluir proyecto y obras de infraestructura básica, el costo del terreno será el que surja de la suma de estos elementos más el costo del terreno. (Puntaje Máximo 100 Puntos) |
B | Puntaje de comparación en el aspecto Urbano-Arquitectónico (Puntaje Máximo 100 Puntos) |
A
0,4 | 0,4 | 0,4 |
A= Po / Pm * 100
Precio menor oferta /Precio a evaluar x 100
Incidencia en puntaje total
EMPRESA 1 EMPRESA 2 EMPRESA 3
0,4 x A | 0 | 0 | 0 |
T | |||
Cantidad de viviendas | 20 | 20 | 20 |
VP= PT / Nº de Viv. | |||
Precio del terreno / Nº total de viviendas | |||
Precio menor terreno/Precio terreno a evaluar x 100 | |||
Incidencia en puntaje total | 0,2 | 0,2 | 0,2 |
0,20 x T | 0 | 0 | 0 |
B LOCALIZACIÓN | |||
MAX. 25 puntos | |||
Ubicado a menos de 300m 25 | |||
Entre 300 y 800m 20 | |||
Ubicado a más de 800m 5 | |||
IM PLANTACIÓN | |||
MAX. 25 puntos | |||
Partido arquitectónico 0 a 15 | |||
Integración urbana 0 a 10 | |||
RESOLUCIÓN CONSTRUCTIVA |
Sin observaciones técnicas | de | MAX. 20 puntos |
consideración | 20 | |
Con observaciones técnicas | de | |
menor entidad subsanables | 15 | |
Con observaciones técnicas mayor entidad pero subsanables | de | 5 |
Sistemas constructivos con observaciones técnicas insubsanables
no se acepta
ASPECTOS FUNCIONALES
MAX. 15 puntos
Tipología 0 a 15
adaptación de las tipologías a las diferentes ubicaciones...
calidad funcional en cuanto a distribución de los locales y optimización de espacios de circulación
calidad funcional en cuanto a dimensiones y proporciones
Menos de 5 no se acepta
ASPECTOS FORMALES
MAX. 15 puntos
Resolución del proyecto 0 a 15 Esmerado diseño de fachada, con
particular atención al territorio
Esmerada volumetría, con particular atención al territorio
0,35 x B 0 0 0
0,35 | 0,35 | 0,35 |
0 | 0 | 0 |
Menos de 5 no se acepta Incidencia en puntaje total TOTAL PUNTAJE B
RP
REDUCCIÓN DE PLAZO
0,35 | 0,35 | 0,35 |
Plazo estipulado en la Licitación 0
Reduce 10% -19 50
Reduce 20%-29 75
Reduce 30% 100
Incidencia en puntaje total
0,05 x RP 0 0 0
4.- Dictamen y recomendación de la/s oferta/s más conveniente/s
La Comisión Asesora de Adjudicaciones realizará su evaluación empleando el criterio de razonabilidad y buena administración, teniendo en cuenta el interés de la IM y el fin social perseguido y formulará un dictamen fundado con las conclusiones de su evaluación, aconsejando la adjudicación del objeto de este llamado a la/s empresa/s cuya/s oferta/s se considere/n más conveniente/s para la Administración.
El dictamen establecerá un orden de prelación de las ofertas.
4.1.- La CAA no recomendará la adjudicación de las ofertas que obtengan un puntaje “P” inferior a los 60 (sesenta) puntos, ó un Puntaje “B” inferior a 60 (sesenta) puntos.
La CAA no recomendará la adjudicación de las ofertas que obtengan menos de 3 puntos al menos en uno de los numerales j, k y l del Capítulo 02.11.IV (Aspectos Funcionales)
4.2.- El informe de la Comisión Asesora se pondrá de manifiesto por el término de cinco
(5) días hábiles notificándose en forma fehaciente a los interesados dentro de las 24 horas de haberse dispuesto el trámite aludido.-
Los oferentes podrán formular por escrito, dentro del plazo establecido, en el numeral anterior, las consideraciones que les merezca el proceso cumplido hasta el momento y el dictamen o informe de la Comisión Asesora.
No será necesario esperar el transcurso de dicho plazo si todos los interesados manifestaren que no tienen consideraciones que formular.
4.3.-Los escritos que los interesados formulen en esta etapa serán considerados por la Administración como una petición de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 30 y 318 de la Constitución de la República, a tener en consideración al momento de dictar la Resolución de Adjudicación y respecto de los cuales debe existir informe fundado.
02.12 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN -REGISTRO PROVEEDORES
1.- Criterios de adjudicación.
La IM se reserva la facultad de adjudicar la/s oferta/s que a su juicio considere más conveniente/s para sus intereses aunque no sea/n la/s de menor/es precio/s, o podrá rechazar todas las ofertas sin incurrir en ninguna responsabilidad.
2.- Será de aplicación lo dispuesto en el artículo 66 del TOCAF, reservándose la Administración la facultad de utilizar el instituto de la negociación si así lo estima conveniente a los fines del servicio y/o recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas .
3.- La Administración se reserva el derecho de aceptar o de rechazar en la/s oferta/s considerada/s más conveniente/s los factores que excedan los requerimientos del llamado.
4.- Una vez adjudicada la Licitación, se notificará a quien/es resulte/n adjudicatario/s así como a los demás oferentes presentados, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la adjudicación.-
5.- A partir de la fecha en que quede firme la adjudicación, los adjudicatarios dispondrán
de los siguientes plazos no acumulables:
a) un plazo de hasta 45 (cuarenta y cinco) días corridos para ingresar el Proyecto Ejecutivo de las obras de infraestructura básica si correspondiese y del conjunto habitacional.
b) un plazo de hasta 60 (sesenta) días corridos para otorgar la compraventa del predio, (cápitulo 3.I.03.3 "Obligaciones y prestaciones de la parte adjudicataria: Escritura de compraventa del terreno ofertado, Contrato de obra y Acta de tenecia")
c) un plazo de hasta 90 (noventa) días corridos para la firma del contrato de Obra, objeto del llamado.
A tales efectos se deberá adjuntar, con la debida anticipación, todos los recaudos y documentos necesarios.
6.- En caso de no cumplir los plazos del art. 5, por causas imputables al adjudicatario, sin que se otorgue una prórroga por causas debidamente justificadas, se considerará que constituye una renuncia a la adjudicación. En tal caso, la Administración podrá dejar sin efecto la adjudicación del mismo y apreciará la conveniencia de adjudicar a la empresa que quedó en el siguiente lugar en el orden de prelación de ofertas del dictamen o realizar un nuevo llamado, de todo lo cual se dejará constancia escrita en el expediente de la licitación.
7 .- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, si los días de atraso superasen los 60 días corridos y el contrato de obra no se pudiese firmar por causas imputables al Adjudicatario, y sin que medie el otorgamiento de una prórroga, la IM podrá dejar sin efecto la adjudicación del mismo.
a.- Si la compraventa del terreno no se pudiera firmar por causas imputables al Adjudicatario, distintas a las enumeradas en el artículo precedente, la IM, transcurrido el plazo estipulado para su firma y sin que medie el otorgamiento de una prórroga, podrá proceder a dejar sin efecto la adjudicación.
b.- Si el contrato de obra no se pudiese firmar por causas imputables al Adjudicatario, la IM, transcurrido el plazo estipulado para su firma y sin que medie el otorgamiento de una prórroga, podrá dejar sin efecto la adjudicación del mismo.
8 - La Administración no contratará ofertas con proyectos técnico-arquitectónicos que impliquen tolerancias departamentales que graven las contribuciones inmobiliarias de las futuras viviendas.
a.- La constatación de tal extremo con posterioridad a la adjudicación, y hasta tanto no se suscriba la compraventa del predio de referencia, hará incurrir a la empresa en incumplimiento de las disposiciones que rigen este llamado, quedando facultada la Administración para proceder sin más trámite, a dejar sin efecto la adjudicación de referencia. Lo anterior es sin perjuicio de la correspondiente reclamación por daños y perjuicios ocasionados a la Administración y sin dar lugar a reclamación alguna por parte del adjudicatario.
b.- Si tal irregularidad se constatara con posterioridad a la celebración de la compraventa del terreno respectivo, la empresa incurrirá en incumplimiento respecto de las disposiciones que rigen este llamado, pudiendo la Administración dejar sin efecto la Resolución de adjudicación, no suscribiendo en consecuencia el correspondiente contrato
de la obra, sin perjuicio de la compraventa ya celebrada.
Lo anterior es sin perjuicio de la correspondiente reclamación por daños y perjuicios ocasionados a la Administración y sin dar lugar a reclamación alguna por parte del adjudicatario.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Notificación:
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra, la cual podrá ser enviada en forma válida vía fax, por correo electrónico, o al domicilio fiscal.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar en la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación, fax ó correo electrónico que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
REGISTRO DE PROVEEDORES.
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, e-mail: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
ANEXO CAPITULO 2
A2.01 PLANILLA DE M² HABILITABLES
TIPOLOGIA | 2 DORMITORIO | 3 DORMITORIOS | 4 DORMITORIOS | |||
CANTID AD | m² HAB/V IV | CANTID AD | m² HAB/VIV | CANTID AD | m² HAB/VIV | |
A | ||||||
X | ||||||
X | ||||||
X | ||||||
X | ||||||
X |
X0.00 XXXXXX XX XXXXXXXXX
Xxxxxxxxxx,…..de de 2019.
Sr/a Intendente de Montevideo
………………………………….. Presente
De mi mayor consideración:
………(la Empresa)………. representada por……… C.I.
………… en su carácter de …………con domicilio real de la empresa en la xxxxx , xx
xx xxxxxx xx …………, xxxx)…. y con domicilio legal en la calle ….…de la ciudad de
…….,de la República Oriental del Uruguay, con fax Nº ….. y correo electrónico ................................se compromete a suministrar por el sistema de compraventa del terreno y contrato de obra para la construcción de viviendas y
obras de infraestructura si correspondiese en el /los Predio/x Xxxxxx /es …….. de la ciudad de Montevideo del Departamento de Montevideo de la República Oriental del Uruguay en un plazo de obra de…....................... días corridos y en un plazo total de
…....................... días corridos y en un todo de acuerdo con los Documentos de Licitación que declaran conocer, por un monto único y total de $.....(pesos Uruguayos)…..
IVA y todo tributo exigido por la legislación vigente, mas un Monto de Mano de Obra Imponible máximo de $ (pesos uruguayos) que importa un monto xx Xxxxx sociales
de $ ............................(pesos uruguayos )
Saluda a Ud. muy atentamente
Firma y aclaración Representante Técnico
Firma y aclaración Representante Legal
NOTA: en caso de consorcios, agregar lo requerido en el capítulo 2.06 del presente Xxxxxx
A2.03 RESUMEN DE LA OFERTA
RESUMEN DE LA OFERTA
MONTO BÁSICO | $ | |
I.V.A. | $ | |
SUBTOTAL | $ | |
IMPREVISTOS | 10 % | $ |
MONTO TOTAL | $ |
MONTO TERRENO $
MONTO INFRAESTRUCTURA BÁSICA TERRENO $
(si corresponde)
MONTO TOTAL DE LA OBRA $
(Son pesos uruguayos )
El MONTO IMPONIBLE DE MANO DE OBRA $
(sin imprevistos)
Plaza de ejecución de las obras: días calendario:
Firma y aclaración Representante Técnico
Firma y aclaración Representante Legal
A2.04 - RECAUDOS MINIMOS EXCLUYENTES A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
Los recaudos se presentarán ordenados, doblados y foliados, en el orden detallado a continuación, en tres vías: original y dos copias, en láminas con los formatos que establecen las Normas UNIT- ISO 15:95, según la escala exigida y las necesidades.
Las láminas del proyecto ejecutivo deberán incluir el rótulo según las Normas UNIT, con indicación de Nº de lámina, nombre de la empresa, Nº de Licitación a la que se presenta, cantidad de viviendas ofertadas, Nº xx xxxxxx, escalas, fecha, firma y aclaración de firma del representante legal del oferente, firma y aclaración de firma de los técnicos, y todo otro elemento que contribuya a la mejor identificación de la propuesta.
La propuesta técnica deberá presentarse encarpetada, caratulada, ordenada según el siguiente orden:
1.- DE LA UBICACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y CARACTERISTICAS DEL PREDIO (si
corresponde)
1.1.- Constancia de la IM de la información Territorial y afectaciones del predio: viabilidad de implantación del conjunto habitacional en el/los predios ofertados, retiros frontales, laterales y posteriores, alturas máximas de las construcciones, factor de ocupación máxima del suelo, factor de ocupación total, eventuales afectaciones de protección de las pre-existencias por razones patrimoniales, históricas o de cualquier otra naturaleza.
1.2.-De la ubicación del predio.
a.- Plano a escala 1/10.000 de ubicación del predio indicando límites de zonas urbanas. b.- Plano de ubicación del predio en la ciudad a escala 1:2.000 indicando:
-Norte
-Nombre de calles, avenidas, bulevares y vías principales hasta una distancia de por lo menos 2000 m. del predio
-Infraestructura pública de servicios existentes, cobertura de redes de abastecimiento de agua y saneamiento, alumbrado público, u otras. En caso de no haber, y que ésta sea parte de la propuesta, se deberá indicar que son proyectadas.
-Indicación de redes de alta tensión iguales o mayores a 150 KV hasta una distancia de 200 m del predio
-Institución pública de enseñanza escolar hasta una distancia de hasta 800 m del predio.
-Medios de transporte público departamental e interdepartamental existentes, indicando las líneas.
-Localización, identificación y clasificación de las industrias instaladas en un radio de 500 m.
1.3.- De la identificación del Predio.
-Plano de mensura registrado. Antecedente
- Plano de Señalamiento o Plano Proyecto de Fraccionamiento-Propiedad Horizontal
(según exigencias de la Intendencia Municipal) firmado por Xxx. Agrimensor
-Cédula Catastral informada.
1.4.- De las características del predio.
a.- Plano planialtimétrico con origen de cotas fijo. Se indicarán dimensiones y curvas de nivel cada 0.50 m. del predio.
b.- Certificado firmado por Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Ing. Especialista en Infraestructura Vial o el especialista en impacto ambiental, de que el predio que se oferta cumple que su cota mínima se encuentra a 0.70 m por encima de la línea de máxima creciente conocida.
c.- Informes técnicos del subsuelo con la siguiente información, con firmas competentes:
-Corte del terreno acotado por capas; desde el nivel natural hasta 1 m. por debajo del nivel de fundación.
-Sigma (Tensión) admisible del terreno seleccionado.
-Descripción de la solución de fundación adoptada. Indicación de los distintos tipos de capas y espesores de suelo, capacidad portante de los mismos, presencia, profundidad y características de agua subterránea, grado de expansión o contracción en caso de suelos arcillosos y justificación de las soluciones de fundación propuestas.
-Certificación de la existencia o no de antecedentes o vestigios de actividades anteriores como sitio de volcado para el relleno de su superficie mediante la aplicación de residuos sólidos, tanto sean estos de origen doméstico, industrial, o especiales, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Capitulo 04.01.C: "DEL CONJUNTO HABITACIONAL : XX XXX XXXXXXX"
0.- XX XXX XXXXXXXXX X XX XXX XXXXXXXXX HABITACIONALES.
3.1.- Arquitectura
Una vista área de la propuesta y una a nivel xx xxxxxx (mínimo). Se admitirán fotomontajes o croquis perspectivos.
a.- .Plantas y cortes longitudinales y transversales a escala 1/100 de cada agrupamiento de viviendas debidamente acotadas.
b.- Xxxxxxxx a esc. 1/100, con indicación de alturas y materiales de terminación.
3.2.- Tipología.
a.- Plantas, cortes y fachadas de los diferentes tipos a emplear, a escala 1:50, acotadas, con niveles de interiores y exteriores, con nombre de los locales, indicando el tipo de terminaciones de paramentos, pisos y cielorrasos (estos datos podrán especificarse en una planilla de locales o en la misma lámina).
b.- Cortes integrales en ambos sentidos a escala 1.20. Se presentarán los necesarios
para clarificar los encuentros de superficies horizontales y verticales, diseño de los diferentes tipos xx xxxxx, detalles de antepechos y dinteles, áreas de revestimiento en zonas xx xxxxx y cocinas, impermeabilizaciones xx xxxxx, xx xxxxx exteriores, xx xxxxxxxx y balcones.
c.- Accesibilidad:
Plantas de las unidades equipadas con el itinerario convertible accesible.
3.3.-Aberturas
Memoria especificando materiales, series de perfiles y procedencia, espesor de anodizado, tipos de cerraduras, herrajes, tipos xx xxxxxx, contravidrios, etc.
3.4.- Planilla xx xxxxx a escala 1:5 3.5.- Asoleamiento
Estereográficas demostrativas de que las viviendas más comprometidas cumplen con el asoleamiento mínimo exigido por el Pliego.
3.6.- Valor de U para muros exteriores y cerramientos horizontales propuestos.
3.7.- Memoria técnico descriptiva de los materiales o elementos que componen el sistema constructivo propuesta.
3.8- Estructura
Esquema estructural a esc. 1/100, incluyendo toda dimensión e información necesaria para verificar la viabilidad del proyecto.
Memoria especificando fundaciones adoptadas, muros de contención (si corresponde), losas, pretiles o aleros, vigas, puntos de transición de carga de pilares no alineados, balcones o salientes, escaleras.
4- DE LAS INSTALACIONES INTERNAS
4.1. Esquemas de la Red de Saneamiento, Red de pluviales, de la Red de distribución de agua, de la Red de canalización de teléfonos, de la Red de iluminación exterior y de la Red de distribución de energía eléctrica a esc. 1/100 si correspondiera o 1/200 si el tamaño del predio lo requiere.
4.2 Esquema completo de Instalación Sanitaria, de todos los niveles esc. 1/100 y Memoria Técnica descriptiva de la instalación. Se incluirá toda dimensión e información necesaria para verificar la viabilidad del proyecto.
4.2 x. Xxxxxxxxxx de viabilidad de conexión a las redes oficiales de agua potable y saneamiento de O.S.E. e Intendencia Municipal indicando las profundidades de los colectores frentistas existentes.
4.3.- Esquema completo de Instalación eléctrica de todos los niveles esc. 1/100 y Memoria técnica descriptiva de la instalación. Se incluirá toda dimensión e información
necesaria para verificar la viabilidad del proyecto.
4.3 a.- En caso de no ser necesario local de subestación, presentar documento de UTE indicando dicha situación.
5.- RED VIAL INTERNA Y MOVIMIENTOS DE SUELOS
a.- Planos completos de la red vial, con determinación de niveles de caminería, cunetas, viviendas y todo otro punto de importancia para asegurar una correcta evacuación de los drenajes pluviales hacia las redes publicas existentes, sin alterar las condiciones sobre la zona del punto de vertido.
b-Tipo, nivel y características de los pavimentos proyectados
c-indicación de contención de suelo (muros de contención), si corresponde.
d-Presentar como mínimo, dos cortes transversales en calles o sendas que incluyan el nivel interior y vereda de la vivienda, uno en la ubicación de mayor desnivel relativo entre piso terminado y el nivel de eje o senda terminada y otro en el de menor desnivel relativo. Deformar la escala vertical para su mejor visualización.
6.- DE LOS ESPACIOS LIBRES DE USO COMÚN
6.1.- Forestación
Planta de proyecto de forestación y jardinería a esc.1:100 ó 1:200
Se indicarán especies existentes y a plantar, tipo y tamaños de los ejemplares al momento de su plantación, niveles de suelo, naturales y proyectados.
6.2.- Equipamiento y luminarias de los espacios comunes abiertos.
Planos de los espacios libres comunitarios indicando su equipamiento. Señalización de calles, sendas, etc.; con indicación de niveles
6.3.- Memoria técnica descriptiva.
A2.05 RUBRADO
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CAPITULO 03
DEL CONTRATO
I-DEL CONTRATO
I.03.01 COMPONENTES DEL CONTRATO
Constituirán piezas del contrato a celebrarse, las presentes Bases, el Proyecto Ejecutivo con los correspondientes planos, memorias descriptivas y constructivas, otros recaudos gráficos, piezas explicativas del proyecto, anexos y notas aclaratorias, así como la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato (capítulo 3 Sección II.03.03).
En estos recaudos estarán fijadas las condiciones del llamado a licitación, de la oferta, de la adjudicación, de la contratación y de la ejecución de las obras.
I.03.02 CESIÓN DEL CONTRATO
La Parte Contratista no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
En las mismas condiciones se admitirá la asociación de la Parte Adjudicataria con terceros para llevar a cabo la ejecución de las obras o parte de ellas. La Parte Adjudicataria podrá subcontratar con arreglo a la ley los trabajos especiales, previa aprobación de la IM.
Xxxxxx subcontrato autorizado por la IM, eximirá a la Parte Adjudicataria de las obligaciones y responsabilidades derivadas del contrato.
I.03.03 OBLIGACIONES Y PRESTACIONES DE LA PARTE ADJUDICATARIA
La parte Adjudicataria se obliga a las siguientes prestaciones:
1.- Designar un Capataz de Obra con experiencia en el cargo de por lo menos dos años y competencia suficiente para realizar las tareas propias del contrato de obra.
2.- Designar un Jefe de Obra con el alcance contenido en el capítulo 1 quien podrá asumir solamente la responsabilidad de hasta dos conjuntos habitacionales por contratos con la IM
3-Designar un Topógrafo a disposición en obra
4-Locomoción. Deberá poner a disposición de la Intendencia, un vehículo, a los efectos de trasladar a los funcionarios, en caso que la Administración lo requiera y entienda necesario.
5- Trámites: La tramitación ante los diferentes Organismos Públicos de todas las autorizaciones que pudiesen corresponder para que la edificacion quede plenamente funcional al momento de ser otorgada la Recepcion Provisoria.
6- Servicios: Serán de cargo del Contratista todas las gestiones y obras para la desconexión de los servicios suministrados por IM, UTE, ANTEL, OSE, MONTEVIDEOGAS, TV Cable u otras. Asimismo, se tomaran todas las medidas del caso para evitar cualquier tipo de inconvenientes con los tendidos existentes de las empresas u organismos citados-sean subterráneas o aéreas-dando previo aviso de los posibles inconvenientes. Asimismo, el Contratista deberá reparar a la brevedad y a su costo, los desperfectos de cualquier índole que pudiere ocasionar a públicos y/o privados
como consecuencia de la realización de los trabajos licitados.
7- Terminaciones: Todos los trabajos deberán resultar completamente terminados y ejecutados hasta en sus detalles mínimos, con la mayor prolijidad, haciéndose entrega de la obra en perfecto estado de limpieza y utilización.
8- Excedentes: El Contratista queda obligado a transportar a su cargo los excedentes de la obra, cualquiera sea su naturaleza, hasta los puntos que se indiquen expresamente en los recaudos. Si no estuvieran establecidos dichos puntos, se calculará un transporte hasta 20 Km. de distancia medidos desde la obra.
9- Volquetas y cualquier otro tipo de elemento que sirva para el acopio y transporte de residuos: Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podrán utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Único Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos acorde a la normativa departamental vigente (capítulo II.1. Título IX del Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a 424.110.19). Por más información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.
I10- Suministros: en todos los rubros en que se cotice suministro de elementos terminados, como por ejemplo: luminarias, equipos, bombas, artefactos sanitarios, grifería, etc., deberá indicarse marca, modelo y procedencia, adjuntando información folletos o catálogo en caso que corresponda. Los materiales deberán ser de primera calidad y provenientes de proveedores reconocidos en plaza. El Contratista será responsable de su garantía hasta la Recepción Definitiva.
11- Recaudos: La entrega a la IM, de un juego de recaudos gráficos y escritos del Proyecto Ejecutivo. Una vez entregado, los técnicos referentes asignados por la intendencia de Montevideo realizarán un Visado siguiendo el punteo del Anexo del capítulo 3: A.03.01 (se firma acta de visado según modelo, adjuntarlo en el indice).
Una vez aprobado, el proyecto ejecutivo definitivo habilita a la firma del Contrato y una vez formalizado el mismo, al inicio de la obra.
Una vez aprobado el Proyecto Ejecutivo, la parte Adjudicataria deberá entregar a la IM una copia en soporte magnético (CD-ROM) y una carpeta copia papel.
PIEZAS A ENTREGAR:
PROYECTO EJECUTIVO
El Proyecto ejecutivo tanto sea para sistema tradicional o alternativo, deberá presentar los gráficos que se indican en este apartado y otros que se consideren necesarios para la mejor comprensión del sistema.
También se tendrá que presentar las Memorias de albañilería, estructura, eléctrica, sanitaria, etc. que deberán estar firmadas por los técnicos correspondientes.
1.- DE LA UBICACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y CARACTERISTICAS DEL PREDIO (si
corresponde)
1.1.- Constancia de la IM de la información Territorial y afectaciones del predio: viabilidad de implantación del conjunto habitacional en el/los predios ofertados, retiros frontales, laterales y posteriores, alturas máximas de las construcciones, factor de ocupación máxima del suelo, factor de ocupación total, eventuales afectaciones de protección de las pre-existencias por razones patrimoniales, históricas o de cualquier otra naturaleza.
1.2.-De la ubicación del predio.
a.- Plano a escala 1/10.000 de ubicación del predio indicando límites de zonas urbanas. b.- Plano de ubicación del predio en la ciudad a escala 1:2.000 indicando:
-Norte
-Nombre de calles, avenidas, bulevares y vías principales hasta una distancia de por lo menos 2000 m. del predio
-Infraestructura pública de servicios existentes, cobertura de redes de abastecimiento de agua y saneamiento, alumbrado público, u otras. En caso de no haber, y que ésta sea parte de la propuesta, se deberá indicar que son proyectadas.
-Indicación de redes de alta tensión iguales o mayores a 150 KV hasta una distancia de 200 m del predio
-Institución pública de enseñanza escolar hasta una distancia de hasta 800 m del predio.
-Medios de transporte público departamental e interdepartamental existentes, indicando las líneas.
-Localización, identificación y clasificación de las industrias instaladas en un radio de 500 m.
1.3.- De la identificación del Predio.
-Plano de mensura registrado. Antecedente
- Plano de Señalamiento o Plano Proyecto de Fraccionamiento-Propiedad Horizontal (según exigencias de la Intendencia Municipal) firmado por Ing. Agrimensor
-Cédula Catastral informada.
1.4.- De las características del predio.
a.- Plano planialtimétrico con origen de cotas fijo. Se indicarán dimensiones y curvas de nivel cada 0.50 m. del predio.
b.- Certificado firmado por Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Ing. Especialista en Infraestructura Vial o el especialista en impacto ambiental, de que el predio que se oferta cumple que su cota mínima se encuentra a 0.70 m por encima de la línea de máxima creciente conocida.
c.- Informes técnicos del subsuelo con la siguiente información, con firmas competentes:
-Corte del terreno acotado por capas; desde el nivel natural hasta 1 m. por debajo del nivel de fundación.
-Sigma admisible del terreno seleccionado.
-Solución de la fundación adoptada. Indicación de los distintos tipos de capas y espesores de suelo, capacidad portante de los mismos, presencia, profundidad y características de agua subterránea, grado de expansión o contracción en caso de suelos arcillosos y
justificación de las soluciones de fundación propuestas.
-Certificación de la existencia o no de antecedentes o vestigios de actividades anteriores como sitio de volcado para el relleno de su superficie mediante la aplicación de residuos sólidos, tanto sean estos de origen doméstico, industrial, o especiales, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Capitulo 4 _04.01.C "Del conjunto habitacional : De los predios"
2.- DE LA URBANIZACION
- Plano proyecto de fraccionamiento firmado por Xxx Xxxxxxxxxx.
- Planta general del conjunto y cortes a escala 1/100 ó 1/200 que incluye:
- Indicación del norte
- Calles circundantes existentes con tipo y niveles de pavimento medidos a eje y niveles de fondo de cunetas (si corresponde) o de cordón cuneta.
- Red vial interna (incluye hasta las veredas perimetrales de las viviendas) acotada, con tipo y características de los pavimentos proyectados, niveles de pavimento medidos a eje, y niveles de cordón cuneta indicados en cada frente de vivienda (referidos a un punto fijo o eje xx xxxxx existente).
- Afectaciones, líneas de propiedad, de retiro y de edificación, ochavas, cotas planimétricas.
- Curvas de niveles suminstradas con superposición de todos los niveles y pendientes proyectados interiores y exteriores a las viviendas (referidos a un punto fijo o eje xx xxxxx existente) e indicación de niveles de vértices de lotes o parcelas.
- Acotado de los lotes y viviendas
- Forestación existente y proyectada
- Tipo, nivel y características de los pavimentos proyectados
- Esquema de funcionamiento del desagüe y escurrimiento pluvial superficial
- Indicación de contención de suelo (muros de contención), si corresponde.
- Memoria descriptiva y constructiva adicional del proyecto, de tratarse de un sistema constructivo alternativo.
- Todo otro detalle que el oferente crea necesario indicar para analizar la propuesta.
3.- DE LAS INFRAESTRUCTURA BASICA (DE SER NECESARIO)
Proyecto de saneamiento y drenaje
- Esquema general de saneamiento de la zona de estudio.
- Esquema general del drenaje de la zona de estudio.
- Planos con microcuencas de aporte.
- Datos físicos de las microcuencas y topología.
- Identificación de zonas problemáticas.
- Definición de la necesidad de relevamiento complementario.
- Memoria descriptiva, justificativa y de cálculo.
- Memoria constructiva y especificaciones técnicas.
- Planimetrías, perfiles y detalles.
- Presupuestos.
En los planos se podra incluir:
- Plano de ubicación general en Montevideo, escala 1:10.0000 indicando:
- Trazado de calles públicas, indicando los nombres de las calles principales.
- Curvas de nivel cada 2 metros.
- Planimetría de la red de colectores de saneamiento escala 1:1.000 indicando:
- Redes existentes en trazo punteado.
- Redes proyectadas en trazo lleno (pluviales en color verde y servidas en color rojo), indicando longitud, pendiente (m/m), material y diámetro de cada tramo de colector. Se balizarán con respecto a las líneas de propiedad..
- Cámaras indicando cotas de terreno de pavimento proyectado, cotas de zampeado, salto (si hubiera) y profundidad (donde existan saltos se indicarán los zampeados correspondientes).
- Se indicará si los colectores son unitarios, mixtos ó separativos.
- Elementos importantes que puedan interferir con el trazado de colectores (árboles, columnas, etc.)
- Fajas de servidumbre de colectores (si las hubiera).
- Trazado de servicios existentes o proyectados (UTE, ANTEL, OSE, GASEBA).
- Bocas de tormenta (si las hubiera) indicando ubicación (si es de punto bajo poner un asterisco) y tipo.
- Xxxxx xx xxxxxx (si las hubiera).
- Altimetría de los colectores indicando por tramo: número de colector, longitud parcial, acumulada, pendiente y sección y por punto singular cota de terreno, cota de zampeado y profundidad. Se expresarán en el corte los cruces con otros servicios existentes o proyectados y sus conexiones además de indicar los puntos de conexión de otros colectores existentes o proyectados y captaciones de pluviales.
- Planos de detalle xx xxxxx de cuneta, cámaras o bocas de tormenta (puede hacerse referencia a Planos
- Generales del Saneamiento de Montevideo, indicando el número correspondiente) y de las estructuras de entrada y salida.
- Todos los recaudos que se entienda necesario para explicitar la oferta
5- Trámites: La tramitación ante los diferentes Organismos Públicos de todas las autorizaciones que pudiesen corresponder para que la edificacion quede plenamente funcional al momento de ser otorgada la Recepcion Provisoria.
6- Servicios: Serán de cargo del Contratista todas las gestiones y obras para la desconexión de los servicios suministrados por IM, UTE, ANTEL, OSE, MONTEVIDEOGAS, TV Cable u otras. Asimismo, se tomaran todas las medidas del caso para evitar cualquier tipo de inconvenientes con los tendidos existentes de las empresas u organismos citados-sean subterráneas o aéreas-dando previo aviso de los posibles inconvenientes. Asimismo, el Contratista deberá reparar a la brevedad y a su costo, los desperfectos de cualquier índole que pudiere ocasionar a públicos y/o privados
como consecuencia de la realización de los trabajos licitados.
7- Terminaciones: Todos los trabajos deberán resultar completamente terminados y ejecutados hasta en sus detalles mínimos, con la mayor prolijidad, haciéndose entrega de la obra en perfecto estado de limpieza y utilización.
8- Excedentes: El Contratista queda obligado a transportar a su cargo los excedentes de la obra, cualquiera sea su naturaleza, hasta los puntos que se indiquen expresamente en los recaudos. Si no estuvieran establecidos dichos puntos, se calculará un transporte hasta 20 Km. de distancia medidos desde la obra.
9- Volquetas y cualquier otro tipo de elemento que sirva para el acopio y transporte de residuos: Las empresas adjudicatarias de licitaciones de obra solo podrán utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Único Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos acorde a la normativa departamental vigente (capítulo II.1. Título IX del Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a 424.110.19). Por más información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.
I10- Suministros: en todos los rubros en que se cotice suministro de elementos terminados, como por ejemplo: luminarias, equipos, bombas, artefactos sanitarios, grifería, etc., deberá indicarse marca, modelo y procedencia, adjuntando información folletos o catálogo en caso que corresponda. Los materiales deberán ser de primera calidad y provenientes de proveedores reconocidos en plaza. El Contratista será responsable de su garantía hasta la Recepción Definitiva.
11- Recaudos: La entrega a la IM, de un juego de recaudos gráficos y escritos del Proyecto Ejecutivo. Una vez entregado, los técnicos referentes as
4.- DE ALUMBRADO PUBLICO
Documentación posible Memoria
- Descripción de la zona a iluminar
- Límites del proyecto
- Características de uso y de carácter
- Situación actual del alumbrado
- Determinación de los niveles lumínicos
- Descripción y justificación de la solución adoptada (Tipo y disposición de los puntos de luz, materiales, instalación eléctrica, obra civil)
- Especificación de materiales, catálogos, software, manuales, etc.
- Especificaciones constructivas
- Cálculos de fundaciones de acuerdo a las postaciones del proyecto.
- Características del futuro Mantenimiento
- Consumo de energía
- Especificación del sistema de control y protección
- Seguridad de las instalaciones
- Normas y reglamentos que se tomaron en cuenta para realizar el proyecto
- Identificación del proyectista, curriculum y experiencia en proyectos y obras similares. Graficos
- Plano general con la ubicación del proyecto.
- En el caso de los Proyectos de Alumbrado de espacios públicos en general (plazas, plazoletas,
parques), fachadas y/o momumentos, se deberá presentar las perspectivas que muestren la
iluminación propuesta en relación con el equipamiento urbano existente y el ornato público. La
expresión es libre.
- Plano con la ubicación de las luminarias acotado en la planimetría de la calle o la zona a proyectar.
Escala mínima: 1:2000.
- Plano digitalizado con la ubicación de las luminarias en la planimetría de la calle o la zona a
proyectar,
- Detalle constructivo acotado de la puesta (columna, brazo, luminaria y acometida eléctrica). Escala 1:50.
- Corte esquemático de la calle ó espacio público con la ubicación de la puesta, acotando la altura
del punto de luz con respecto al plano a iluminar y su ubicación planimétrica. Escala 1:200
- Indicar en un plano los cálculos de iluminación: iluminancias (Xxxx, Xxxx, Emax) y uniformidades (Umed y Uext).
- Plano de la instalación eléctrica especificando sección de conductores y puntos de alimentación
(carga a solicitar, tensión)
- Plano unifilar eléctrico, con indicación de las protecciones, calibres, potencias de los elementos,
secciones de conductores, calibre de los diferenciales, etc. Sistema de protección a tierra, valores, resistencia a tierra, aislaciones.
- Planos de obra civil, secciones de zanjas sobre acera x xxxxxxx. Pavimentos.
Fundaciones de las postaciones.
Características fotométricas podran especificar:
En forma de tablas
a.- Tablas C-Gama según recomendaciones de la CIE. b.- Tablas de coeficiente de utilización o de rendimientos.
c.- Rendimiento mínimo, 70%. (Para la lámpara que se tomó para el diseño)
En forma de gráficos
a.- Diagramas polares C-Gama.
b.- Diagramas de coeficiente de utilización o de rendimiento.
c.- Diagrama isolux relativo, dibujado sobre una malla expresada en múltiplos de altura de montaje. El valor máximo de iluminancia se dará para un flujo de la lámpara y una altura de la
lámpara unitaria. Cada línea isolux se dará como un valor porcentual de dicho máximo. d.- Curvas isocandelas.
Proyecto lumínico Condiciones de cálculo:
- Los valores de lumínicos son para un factor de conservación de 0.8 y una grilla de cálculo de 2 x 2 (dos
por dos) m a nivel xx xxxxxxx y acera. Los valores calculados serán en los vértices de la
grilla donde uno
de los vertices coincide con la ubicación de una columna. Indicar en la grilla los valores alcanzados.
- Los valores de uniformidad mínima y máxima son mínimos. Deslumbramiento:
- Se calculará el índice de confort G y el incremento de contraste umbral TI en %, para pavimentos R2 y
R4. Los índices deben ser G mayor que 5 y TI menor que 15 %. Para los cálculos se utilizarán las
mismas condiciones que para la iluminancia.
Valores lumínicos:
- Iluminancia media en la calzada (lux) Em = 24 lx a 26.5 lx
- Iluminancia media en la acera (lux) Em = 12 lx a 13.5 lx
- Iluminancia media en la acera opuesta a las luminarias (lux) Em = 6 a 7 lx
- Uniformidad media en la calzada Umed = 0.4
- Uniformidad media en la acera Umed = 0.45
- Uniformidad media en la acera opuesta a las luminarias (lux) Em = 0.6
- Uniformidad extrema en la calzada Uext = 0.2
- Uniformidad extrema en la acera Uext = 0.2
- Uniformidad extrema en la acera opuesta a las luminarias (lux) Eext = 0.4
Contaminación lumínica.
- Se deberá especificar el porcentaje de flujo lumínico que emite la luminaria a partir de un plano horizontal que pasa por el centro óptico de la misma cuando es colocada con a 0, 5 y 10 °de inclinación con la lámpara ofertada.
Software de diseño.
- Se deberá entregar a la I.M., U.T.A.P., el software de diseño, con el fin de corroborar los cálculos y poder realizar proyectos nuevos donde varíe el escenario.
5.- DE LAS VIVIENDAS Y DE LOS CONJUNTOS HABITACIONALES.
Arquitectura
General del conjunto:
0- Planta de Implantación y replanteo planialtimétrico, indicando el +-0,00 de obra, cotas parciales y acumuladas. Según ESP- de la IM.
(se aclara que para el replanteo en obra deberá estar presente un agrimensor o topógrafo junto a la Dirección de obra de la IM).
a.-Plantas y cortes longitudinales y transversales a escala 1/100 de cada agrupamiento de viviendas debidamente acotadas.
b.- Xxxxxxxx a esc. 1/100, con indicación de alturas, niveles respecto al +-0,00 de obra, materiales de terminación e indicación de los detalles.
c.- Plantas de estructura a esc. 1/50, incluyendo toda dimensión e información necesaria para verificar la viabilidad del proyecto y su correspondencia con las cantidades de la planilla de rubros (vigas, pilares, pantallas, muros de contención, fundaciones , escaleras, aleros etc). Se podrán solicitar cortes u otras aclaraciones.
Tipología.
a.- Plantas, cortes y fachadas a escala 1:50 acotadas, con niveles de interiores y exteriores, con nombre de los locales, indicando el tipo de terminaciones de paramentos, pisos y cielorrasos (estos datos podrán especificarse en una planilla de locales o en la misma lámina).
b-Cortes integrales en ambos sentidos a escala 1.20. Se presentarán los necesarios para clarificar los encuentros de superficies horizontales y verticales, diseño de los diferentes tipos xx xxxxx, detalles de antepechos y dinteles, áreas de revestimiento en zonas xx xxxxx y cocinas, impermeabilizaciones xx xxxxx, xx xxxxx exteriores, xx xxxxxxxx y balcones.
c.- Accesibilidad:
Plantas de las unidades equipadas con el itinerario convertible accesible. Planilla de aberturas
A escala 1:50, especificando materiales, series de perfiles y procedencia, espesor de anodizado, tipos de cerraduras, herrajes, tipos y espesores xx xxxxxx, contravidrios, etc.
Detalles constructivos:
a.- Tipos xx xxxxx exteriores, en planta y alzado, a escala 1:10 detallando materiales, espesores, capas impermeables, antepechos, pilares xx xxxxx o trabas de otra especie, dinteles, terminaciones finales, (revestimientos, revoques, pinturas, etc.), indicando espesores, dosificaciones y calidades.
b.- Tipos xx xxxxx interiores.- Ídem anterior si corresponde.
c.- Detalles de impermeabilizaciones xx xxxxx, terrazas y balcones a escala 1:5, indicando capas, espesores, materiales, procedencia de estos últimos, marcas y folletos
de fabricante de los productos a utilizar.
En caso de sistemas constructivos no tradicionales será obligatorio presentar los detalles que permitan evaluar sus componentes y su forma de montaje.
Se pide aclaración sobre su compatibilidad con el sistema tradicional, para posibles futuras ampliaciones por parte de los usuarios.
-Otros recaudos que se consideren necesarios para poder evaluar la solución propuesta.
-Valor de U para muros exteriores y cerramientos horizontales propuestos.
-Memoria técnico descriptiva de procedimientos, materiales, componentes y elementos que componen la tecnología propuesta.
6- DE LAS INSTALACIONES INTERNAS
Instalación Sanitaria
- Red interna e Instalación de evacuación sanitaria del edificio.
a.-Memoria Justificativa del diseño y Memoria Descriptiva Particular de la Instalación Sanitaria Interna del ó los Edificios de viviendas, definiendo tipos y materiales de tuberías, piezas especiales y aparatos sanitarios, de manera que queden inequívocamente definidas calidades y formas de ejecución.
b.- Planos de la instalación indicando tuberías y cámaras de inspección en Planta Baja ó Subsuelo, indicando niveles de terreno, de tapas y de zampeado, que permitan verificar el correcto funcionamiento hidráulico de las obras, diámetros, longitudes, puntos de conexión, pendientes, tamaño de cámaras, sifones desconectores, ventilaciones, y tuberías secundarias con sus bocas de desagüe, interceptores de grasa colectivos, bocas de desagüe y piletas de patio tapadas ó abiertas.
c.- Verificación que las bajadas de primaria, así como las cañerías de desagüe de planta baja ó subsuelo son suficientes en cantidad, diámetro y pendiente de acuerdo a la Ordenanza Municipal.
d.- Diseño a escala 1:100 ó mayor de las instalaciones sanitarias en las distintas plantas incluyendo la totalidad de las tuberías y aparatos sanitarios, indicando además cuáles son sus diámetros, las bajadas cloacales, pluviales y de descarga de cocinas, y caños de ventilación.
e.- Detalle a escala 1:50 ó mayor de las distintas tipologías de instalaciones sanitarias que se vayan a emplear en baños y cocinas, indicando aparatos sanitarios, tuberías de agua fría y caliente, desagüe y ventilación con sus diámetros respectivos, bocas de desagüe abiertas o tapadas, interceptores de grasa, cajas sifonadas y rejillas de piso, llaves de paso, cisternas, conexión a calefones.
- Abastecimiento de agua potable
a.- Memoria justificativa y Memoria técnica descriptiva del diseño incluyendo los respectivos cálculos hidráulicos y justificación de que no son necesarias otras obras que las proyectadas.
b.- Planos del trazado de la red de distribución indicando los diámetros de las tuberías y
puntos de conexión domiciliarias.
c.- Indicación de otras obras previstas, con sus detalles y características generales, altura y capacidad de depósitos de reserva de agua, características de los equipos de bombeo (si corresponde), instalación contra incendio.
d.- Planos a esc. 1:100 del diseño de las bajadas de agua potable y de incendio (si corresponde), indicando la existencia de tanques inferiores y superiores, diámetros de tuberías en todos los pisos, mediante una tabla incluida en el plano o en un corte en alzado.
e.- Instalación sanitaria interna de las unidades
Planta y cortes a escala 1:50 graficando la instalación desde el medidor de OSE .Se detallarán y especificarán todos los materiales y componentes de la instalación. Se detallará el listado de artefactos y accesorios sanitarios según requerimiento xxx Xxxxxx.
-Verificación de que el abastecimiento de agua potable tiene diámetro suficiente para asegurar una presión equivalente a un mínimo de 5 metros de columna de agua ó superior, medida frente a la entrada de la unidad habitacional más comprometida, y con respecto al nivel de piso de ésta.
Instalación de energía eléctrica, alumbrado y telefonía.
- Red de Media y Baja Tensión
a.- Memoria técnica descriptiva de la instalación.
b.- Plano – escala 1:100 o 1:250 - de proyecto de la red de baja tensión indicando trazado y tipo de red; sub- estación de UTE (SSEE) existente o proyectada, ubicación, clase y tipo de postación. Viabilidad de conexión aprobada por UTE.
c.- Esquema unifilar, planillas de cálculos y datos técnicos, memoria descriptiva listado de morsetería y herrajes.
d.- Plano de Locales de subestaciones y canalizaciones si corresponde. En caso de no ser necesario el local de subestación, presentar documento de UTE indicando dicha situación.
e.- Red de alimentación y tablero de comando de bombas u otros servicios (en caso de utilizarse).
f.- Análisis de la necesidad de instalación de un sistema de pararrayos y el cálculo correspondiente si es necesaria su instalación.
.- Red de alumbrado interno.
a.- Planos escala 1:100 o 1:250 de la red de alumbrado interna del conjunto indicando el trazado de la red; ubicación, clase y tipo de postación, tableros y canalizaciones.
b.- Esquema unifilar, planillas de cálculo y datos técnicos y memoria descriptiva.
c.- Detalles constructivos de los tableros, catálogo de luminarias y listado de morsetería y herrajes.
- Instalación eléctrica interna de la edificacion:
a.- Plano con ubicación de acometidas y tableros de UTE y ANTEL.
b.- Plano de plantas tipo a escala 1:100 con puestas y canalizaciones de todas las redes proyectadas.
c- Planta a escala 1:50 indicando ubicación de puestas, canalizaciones, tableros,
centralizaciones, medidor de UTE, diámetro y tipo de materiales a utilizar en las canalizaciones y conductores, sistema de instalación de tierra y todo otro detalle y especificación que permita evaluar la propuesta. La instalación proyectada debe ser embutida.
d.- Sistema eléctrico de bombeo y control de nivel de líquidos. e.- Medidas de resitividad del terreno y proyecto puesta a tierra f.- Esquemas unifilares
g- Planilla datos técnicos
h.- Detalle conexión equipotencial de partes metálicas en baño y cocina.
i.- Detalle constructivo de los tableros de medidores e ICP de UTE, general de servicio, de bombas, llave doble vía.
j- Detalle sistema pararrayos
k- Características mecánicas y eléctricas de ascensor.
l-Presentar listado de marcas y catálogos de los materiales y equipos ofertados.
- En todos los casos además se podra presentar:
- Para sistemas industrializados de construcción de la vivienda, planos con detalles constructivos de la instalación.
- Detalles de tableros de medida y general o centralización.
7- RED VIAL INTERNA Y MOVIMIENTOS DE SUELOS
a.- Planos completos de la red vial, con determinación de niveles de caminería, cunetas, viviendas y todo otro punto de importancia para asegurar una correcta evacuación de los drenajes pluviales hacia las redes publicas existentes, sin alterar las condiciones sobre la zona del punto de vertido.
En un mismo plano indicar:
- Calles circundantes existentes con tipo y niveles de pavimento medidos a eje y niveles de fondo de cunetas (si corresponde) o de cordón cuneta.
- Red vial interna (incluye hasta las veredas perimetrales de las viviendas) acotada, con tipo y características de los pavimentos proyectados, niveles de pavimento medidos a eje, y niveles de cordón cuneta indicados en cada frente de vivienda (referidos a un punto fijo o eje xx xxxxx existente).
- Cotas planimétricas
- Curvas de niveles existentes con superposición de todos los niveles y pendientes proyectados interiores y exteriores a las viviendas (referidos a un punto fijo o eje xx xxxxx existente) e indicación de niveles de vértices de lotes o parcelas.
- Tipo, nivel y características de los pavimentos proyectados
- Todo otro detalle que el oferente crea necesario indicar para analizar su propuesta.
- Proyecto de desagüe y escurrimiento pluvial superficial con indicación de pendientes y niveles en esquinas y puntos extremos o singulares de los predios y parcelas.
- Indicación de contención de suelo (muros de contención), si corresponde.
b.- Perfil longitudinal y transversal de calles, sendas peatonales, veredas, etc. básicas (anchos y espesores de pavimentos).
c.- Cortes transversales en calles o sendas que incluyan el nivel interior y vereda de la vivienda, uno en la ubicación de mayor desnivel relativo entre piso terminado y el nivel de eje o senda terminada y otro en el de menor desnivel relativo.
d. -Detalles de:
- Sendas de acceso a las viviendas.
- Veredas perimetrales.
- Detalle de los desagües de los terrenos con indicación de los niveles correspondientes.
- Cálculo de espesores de pavimentos. Señalar CBR o similar del material de sub-rasante sobre el que se efectuó el cálculo del espesor de pavimento.
e.- Memoria técnica descriptiva y especificaciones particulares de calles, sendas, etc. indicando anchos, espesores, calidad de los materiales (CBR>=60% medido al 95% de la DMC) (AASHOT180), grado de compactación (mín. 90% de la DMC); Material retenido en tamiz UNIT 2000 serán partículas resistentes, la fracción que pasa el tamiz 74 será <= al 60% de la que pasa el tamiz 420 y será >= al 7%.
LL<35, IP<9. Es decir que el material no será expansivo.
8.- DE LOS ESPACIOS LIBRES DE USO COMÚN
- Forestación (si corresponde)
Planta de proyecto de forestación y jardinería a esc.1:100 ó 1:200
-Se indicarán especies existentes y a plantar, tipo y tamaños de los ejemplares al momento de su plantación, niveles de suelo, naturales y proyectados.
- Equipamiento y luminarias de los espacios comunes abiertos.
- Memoria técnica descriptiva.
9.- PLANILLA TIPO DE PRESUPUESTO
Detallado por rubros, cómputos y precios de obras.
En el Anexo capitílo 2: A.02.5 se adjunta la Planilla tipo de presupuesto detallado por rubros, cómputos y precios de obras, que deberá ser presentada con la propuesta. El listado de sub rubros es a título indicativo y el oferente deberá incorporar todos aquellos que integren su oferta.
10.- PLAN DE TRABAJO, PROGRAMA DE INVERSIONES Y OTROS
Lo establecido en el capitulo 1 del presente pliego
En caso de haber subcontratos, la parte proponente deberá adjuntar el nombre de las
empresas subcontratistas que considere necesarias para la obra. Los subcontratistas deberán ser de reconocida solvencia y la IM se reserva el derecho de seleccionar, aceptar, o rechazar al subcontratista según estime conveniente, sin que ello signifique cambio alguno en el monto de la propuesta, no pudiendo el Contratista General cambiarlos sin acuerdo previo, documentado por la Dirección de Obras.
La empresa deberá elaborar los planos de coordinaciones por sectores donde serán admisibles pases, ductos, sectorizaciones, etc.
En función de las características de cada propuesta y de los recaudos gráficos y escritos, la IM podrá solicitar a la parte Adjudicataria, que fundadamente otras piezas complementarias.
Asimismo el día de inicio de la obra, se firmará un acta de INICIO DE OBRAS (según modelo en anexo capítulo 3: A.03.02) en tres vías firmadas por representantes de la Empresa y de la Administración.
PROCESO DE VISADO
Ajuste del Proyecto técnico-arquitectónico de las obra de infraestructura básica si estas correspondiesen, y del conjunto habitacional de la oferta adjudicada hasta la obtención del Proyecto Ejecutivo Definitivo.
El proceso de Visado del Proyecto Ejecutivo de la oferta adjudicada se trata de una instancia de ajuste del proyecto técnico – arquitectónico, de contralor de las condiciones técnicas, de habitabilidad y características técnico-constructivas del conjunto habitacional. Este proceso tiene por objeto obtener el Proyecto Ejecutivo Definitivo.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de 45 (cuarenta y cinco) días corridos a contar del siguiente a que la Resolución de Adjudicación quede firme, para presentar en el Servicio de Tierras y Vivienda el Proyecto Ejecutivo ajustado de acuerdo al Informe Técnico de la Comisión Asesora de Adjudicaciones que forma parte del dictamen. El incumplimiento de este plazo, sin mediar la concesión formal de una prórroga, se considerará que constituye una renuncia a la adjudicación. En tal caso, la Administración podrá desadjudicarlo y apreciará la conveniencia de aplicar lo dispuesto en los art. 6 y 7.b. del capítulo 02.12.
La Administración podrá normalizar los procedimientos de visado de proyectos ejecutivos adjudicados. También podrá establecer procedimientos de visados alternativos al que la empresa podrá adherir voluntariamente con objeto de disminuir los plazos hasta la contratación respectiva.
A efectos del proceso de ajuste del Proyecto Ejecutivo, la empresa adjudicataria deberá presentar un juego completo de los recaudos que definen la propuesta en papel común, caratulados y debidamente suscritos por las firmas técnicas.
En esta instancia los técnicos encargados del visado podrán sugerir y exigir al adjudicatario las correcciones o cambios del Proyecto Ejecutivo para subsanar omisiones o carencias de aspectos exigibles según el presente Pliego de Bases y Condiciones, para adecuarlos a las disposiciones vigentes de los Organismos competentes, o que impliquen acciones o resultados que se aparten del arte del buen construir.
El contratista estará obligado a atender lo solicitado por los técnicos de la IM y dar respuesta satisfactoria a las observaciones.
Si el adjudicatario no diera respuesta en tiempo para llegar a cumplir el plazo dispuesto en este Pliego para la firma del contrato respectivo, será aplicable lo dispuesto en el Artículo 6 del capítulo 02.12.
Una vez ajustado el Proyecto Ejecutivo, el adjudicatario deberá presentar el Proyecto Ejecutivo Definitivo en papel común, un respaldo en archivo magnético de los recaudos correspondientes al mismo (planos, planillas, memorias), de la planilla de Presupuesto Detallado por rubros (formato Excel) y de la Ficha Técnica correspondiente de acuerdo al
A.03.01 (en formato pdf) que se consideran parte del mismo.
1.- Aprobación del Proyecto Legal
Para la aprobación del Proyecto Legal se presentarán los originales aprobados por los Organismos correspondientes.
Los originales quedarán en posesión de la IM. 2.- Proyecto Ejecutivo Visado-Acta de Visado.
El proyecto ejecutivo visado se conforma con el proyecto ejecutivo definitivo, el proyecto legal aprobado más el Acta de Visado.
Los técnicos encargados por parte de la IM labrarán un Acta de Visado donde conste formalmente la aptitud del Proyecto Ejecutivo Visado para la firma del contrato correspondiente. Serán requisitos para la firma del Acta de Visado la obtención de la aprobación del Proyecto Ejecutivo Definitivo y del Proyecto Legal, conformados por el técnico designado.
ESCRITURA DE COMPRAVENTA DEL TERRENO OFERTADO, CONTRATO DE OBRA
Y ACTA DE TENENCIA (si corresponde)
4.1.- Una vez que la Resolución de Adjudicación haya quedado firme y en un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos, se procederá a la firma de la compraventa cuyo objeto es el terreno donde se construirá el Conjunto Habitacional. Previamente la Administración exigirá al Adjudicatario, la presentación de los elementos notariales de estilo para el otorgamiento de una compraventa, enunciando a título de ejemplo: títulos antecedentes, certificados registrales, recaudos impositivos del terreno y de la empresa, plano de mensura, etc. de este modo el terreno quedará en propiedad de la IM.
Como requisito para la escrituración, la Administración podrá exigir a la empresa los certificados de los análisis del estudio de la aptitud ambiental del predio referido en el Capitulo 4.01.C. c4
4.2.- La Administración suscribirá en actos simultáneos: el Contrato de Obra y el Acta notarial de entrega de la tenencia y custodia del predio al contratista.
4.3.- Contenido del Acta de Tenencia
En el acta notarial de entrega de tenencia al Contratista se dejará necesariamente constancia de los siguientes extremos: a) un relacionado de antecedentes que incluirá el acto administrativo de adjudicación del proceso licitatorio, la compraventa del terreno y el contrato de obra suscrito por las partes; b) la entrega de la tenencia del predio y de las futuras construcciones que se emplazarán en el mismo; c) que se entrega la mera tenencia al Contratista, el que nunca adquirirá la calidad de poseedor, según los términos del Código Civil; y d) el plazo durante el cual el Contratista conservará la mera tenencia será el comprendido entre la fecha suscripción de esta Acta y la fecha posterior al Acta de Recepción Provisoria en la que se labre el acta de retroversión de la tenencia, ó en su caso hasta que le sea revocada en forma unilateral por la IM por incumplimiento.
I.03.04 OBLIGACIONES Y PRESTACIONES DE LA IM
La IM se obliga a las siguientes prestaciones:
a) Realizar la Supervisión de Obra a efectos de monitorear la calidad de los trabajos.
b) Abonar los pagos en fecha conforme a lo estipulado (capítulo 3 sección II.03.05).
I.03.05 RESCISIÓN DE CONTRATO POR PARTE DE IM
La IM tendrá derecho a declarar rescindido el Contrato por si y sin forma alguna de juicio, ni necesidad de intimación judicial ni extrajudicial alguna, especialmente en los siguientes casos:
a) Cuando la parte Adjudicataria sea responsable de fraude, grave negligencia o contravención de las obligaciones y condiciones estipuladas en el Contrato.
b) Si la parte Adjudicataria cediera total o parcialmente las obligaciones y derechos emergentes del contrato sin previa autorización de la IM.
c) Si la parte Adjudicataria cayera en estado de cesación de pagos, concordatos o moratoria.
d) Cuando la parte Adjudicataria por causas que le sean imputables no realice las presentaciones documentales y los trabajos dentro de los diez (10) días hábiles de los distintos plazos estipulados en estas Bases.
e) Cuando la parte Adjudicataria, sin causa debidamente justificada, paralice totalmente los trabajos durante siete (7) días corridos o veinte (20) alternados durante el plazo del contrato.
f) Cuando la parte Adjudicataria, sin causa debidamente justificada, tenga un atraso que exceda en veinte (20) días hábiles el tiempo asignado para la culminación de los trabajos.
g) Por violación manifiesta, por parte de la parte Adjudicataria,de las obligaciones estipuladas en el contrato.
Sin perjuicio de lo antes expuesto, el incumplimiento de la parte Adjudicataria de cualquiera de las obligaciones sustanciales asumidas, producirá de pleno derecho la rescisión del contrato, independientemente de la opción por el cumplimiento que siempre podrá ejercer la IM.
I.03.06 EFECTOS DE LA RESCISIÓN POR PARTE DE IM
En el caso de producirse la rescisión por las causales mencionadas en el numeral anterior, se aplicarán las siguientes normas:
a) La IM tendrá derecho a tomar posesión de la obra, previo inventario y avalúo que se practicará al efecto de los trabajos efectuados, materiales de recibo, compromisos de pago y subcontratos concertados, labrándose el Acta pertinente.
b) Los materiales no aceptados y los equipos que no deban quedar en la obra serán retirados por la parte Adjudicataria dentro del plazo que se establezca, el cual no será mayor de quince (15) días corridos subsiguientes a aquél en que haya sido notificado de la obligación de hacerlo.
c) Los trabajos que no sean recibidos por los encargados de realizar el inventario y avalúo, serán demolidos o deshechos por la parte Adjudicataria a su exclusivo cargo y dentro del plazo que se estipule. Si no lo hiciere, la IM los podrá hacer demoler o deshacer por cuenta del Contratista.
d) El importe de la liquidación de los trabajos ejecutados, terminados o inconclusos que sean recibidos con los mismos recaudos que la Recepción Provisoria constituirán un crédito a favor de la parte Adjudicataria previa deducción de los gastos efectuados a cuenta por la IM.
e) La parte Adjudicataria responderá por los perjuicios que sufra la IM a causa del nuevo Contrato que celebre para la continuación de las obras.
En estos casos la parte Adjudicataria perderá las garantías y los refuerzos que hubieren sido constituidos.
I.03.07 RESCISIÓN DEL CONTRATO POR LA PARTE ADJUDICATARIA
La parte Adjudicataria tendrá derecho a rescindir el Contrato en los siguientes casos:
a) Cuando la parte Adjudicataria por causas debidas a la IM, o a otros eventuales bloqueos procedimentales dentro de la Administración Pública, no pudiera iniciar los trabajos sesenta (60) días corridos después de la entrega del Proyecto Ejecutivo.
b) Cuando la IM suspenda los trabajos por cualquier causa, salvo los casos de fuerza mayor, y esa suspensión superara los sesenta (60) días.
En los casos previstos en este artículo, previamente a rescindir el Contrato, la parte Adjudicataria intimará fehacientemente a la IM para que dentro de un plazo perentorio xx xxxx (10) días hábiles arbitre las medidas conducentes a regularizar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
I.03.08 EFECTOS DE LA RESCISIÓN POR LA PARTE ADJUDICATARIA
En el caso de producirse la rescisión por causas imputables a la IM, ella producirá las siguientes consecuencias:
a) Liquidación a favor de la parte Adjudicataria del importe de los materiales acopiados y los contratados, en viaje o en elaboración, que sean de recibo, quedando éstos en poder de la IM.
b) Se abonará un resarcimiento equivalente al 5% (cinco por ciento) de lo no construido, no liquidándose a favor de la parte Adjudicataria otra suma por concepto de indemnización o de beneficio que hubiera podido obtener sobre las obras no ejecutadas.
I.03.09 CONDICIONES LABORALES
El Contratista cumplirá con las Leyes y Reglamentos laborales de la República Oriental del Uruguay y con todos los estatutos e instrucción contenidas en ellas y cualquier enmienda que se les haga. Los contratistas deberán incluir en sus relaciones convencionales con los respectivos subcontratistas, la obligación de éstos
de cumplir con todas las disposiciones vigentes del derecho laboral, seguridad social y seguro de trabajo.
SEGURIDAD E HIGIENE EN OBRA
1) El Contratista estará obligado a aceptar y mantener la obra en las condiciones de seguridad que pauta el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto 125/014 y Anexos. A su vez dar cumplimiento a la Ley 5.032 que establece la responsabilidad en la prevención de Accidentes de Trabajo.
2) El Contratista está obligado a cumplir con la Ley 16074, Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. "Art. 61. Será necesaria la exhibición de la documentación que acredite el cumplimiento de la presente ley para importar, exportar, intervenir en las licitaciones públicas, reforma de estatutos, liquidación o disolución total o parcial de establecimientos comerciales o industriales y distribución de utilidades o dividendos”.
3) Ley 18.251 en concordancia con Ley 18.099. “Artículo 4º. (Información sobre el
cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social).- Todo patrono o empresario que utilice subcontratistas, intermediarios o suministradores de mano de obra tiene derecho a ser informado por éstos sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, así como las correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores”.
La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales, originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
La Intendencia de Montevideo queda facultada a exigir a la adjudicataria la exhibición de los siguientes documentos:
a. Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley No. 16.713, de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional.
b. Certificado que acredite situación regular de pago a las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley No. 16.170, de 28 de diciembre de 1990).
c.Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
d. Planilla de control de trabajo, recibos de haberes salariales y, en su caso, convenio colectivo aplicable. Asimismo, podrá requerir los datos personales de los trabajadores comprendidos en la prestación del servicio a efectos de realizar los controles que estime pertinentes
4) Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad - El Decreto 481/09 dispone la inscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución supere las treinta (30) jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad.
Quienes estén comprendidos en la obligación de registrarse y no hayan cumplido debidamente con dicha condición, serán pasibles de clausura por parte de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS.
5) El Contratista deberá cumplir con el Decreto 103/96 referente a la homologación de Normas UNIT para asegurar estándares de calidad para los equipos de protección personal y la maquinaria en general.
6) Disposiciones Generales
6.1 La Dirección de Obra podrá solicitar las constancias de autorización de andamiaje y condiciones generales de la obra cuando lo estime conveniente. El incumplimiento en la presentación de las constancias así como la no observación de las normas de seguridad dispuestas, podrán ser sancionados con la detención de los trabajos sin que esto implique una prórroga en el plazo de terminación.
6.2 La empresa adjudicataria deberá tener un Técnico Prevencionista durante el desarrollo de todos los trabajos. El mismo será responsable de todo lo concerniente a la seguridad y salud ocupacional (inclusive de los eventuales subcontratos). Dicho Técnico deberá estar registrado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social según Resolución 23/6/95 donde crea el Registro Nacional de Asesores en Seguridad e Higiene en el Trabajo para la industria de la construcción, y determina las funciones del asesor en seguridad así como los requisitos del mismo.
6.3 Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo suscrito vigente), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional. Asimismo, deberá cumplir con la normativa vigente en materia de protección de los trabajador/es en el ejercicio de la libertad sindical.-
La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en forma unilateral sin derecho a indemnización alguna, por responsabilidad imputada al adjudicatario.-
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
6.4 Resolución Nº 2518/09, del 22/6/09, las empresas contratantes deberán incluir en las planillas de trabajo un mínimo equivalente al 5%, del personal afectado a tareas de peones o similares a personas liberadas que se encuentren en la bolsa de trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.
6.5 El contratista se compromete a que : 1) Todo personal dispone de aptitud de salud laboral vigente, adecuada a los trabajos a realizar. 2) Todas las instalaciones, máquinas, equipos y herramientas (propias) a emplear están aptas para su uso, son inspeccionadas y mantenidas apropiadamente disponiendo de registros de estas actuaciones; 3) Todo el personal está dotado de los medios de protección colectivos y personales que corresponden a las tareas a realizar según la normativa legal vigente, están aptos para su uso, son inspeccionados y mantenidos apropiadamente, y su uso correcto es controlado por nuestra supervisión en el lugar de trabajo, disponiendo de registros de estas actuaciones; 4) Todo el personal cuenta con la formación necesaria en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo según lo indicado por la normativa legal vigente, disponiendo de registros de estas actuaciones; 5) Adoptarán todas las medidas preventivas y correctivas indicadas por la normativa legal vigente así como las solicitadas especialmente por la IM cuando así lo indique; 6) Se informará en forma inmediata y fehaciente a la IM todos los accidentes de trabajo ocurridos en ocasión o durante la prestación del servicio, haciéndole llegar en caso de accidente grave o mortal el informe técnico de investigación correspondiente, en un plazo máximo de 48 horas; 7) En caso de emplear subcontratistas exigirán fehacientemente que cumplan con todas las obligaciones emergentes de su grupo de actividad en materia de Seguridad e Higiene en el trabajo. 8)
En el marco de la Ley 19196 del 25/03/2014 adoptarán los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma de evitar poner en peligro grave y concreto la vida, salud o integridad física del trabajador.
I.03.10 INDEMNIZACIÓN EN CASO DE FUERZA MAYOR
El Contratista no tendrá derecho a indemnización por pérdidas, xxxxxxx y demás perjuicios ocasionados en las instalaciones, materiales y útiles de trabajo, sean cuales fueren esos perjuicios y las causas de los mismos, aún en el caso de ser producidos por fuerza mayor y aún cuando no resulten de imprevisión, negligencia, o deficiencia en los medios empleados o maniobras equivocadas.
I.03.11 RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
La rescisión del contrato de obra por causas imputables al Contratista habilitará a la Administración a proceder a la ejecución de las garantías y/o la restitución de todas las sumas recibidas a cuenta del precio, y/o el cobro de las multas; sin perjuicio de la reclamación judicial de los daños y perjuicios que pudieran corresponder.
Con la rescisión del contrato caduca automáticamente la tenencia del terreno por parte del Contratista y la IM recupera la plena tenencia del inmueble y sus mejoras. El contratista se obliga a retirar todos los equipos y herramientas introducidos en el proceso de la obra en el plazo de 5 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de la IM o al otorgamiento de la rescisión del contrato. De no proceder al retiro de los elementos antes referidos el contratista libera a la IM de toda responsabilidad sobre dichos equipos y herramientas.
1.- Causales de rescisión
La IM podrá optar por la rescisión del contrato en los siguientes casos:
a.- Cuando el Contratista resulte responsable de dolo, culpa o negligencia grave o contravención a las obligaciones estipuladas en el contrato de obra o se encuentre o ingrese en proceso concursal o de quiebra.
b.- Cuando el Contratista no firmase en plazo el Acta de Inicio de Obra.
c.- Cuando las obras no se encontrasen ejecutadas con arreglo al contrato. En tal caso la Supervisión de Obra dará al Contratista instrucciones detalladas y precisas y un plazo para subsanar los defectos observados. A la expiración de este plazo, o antes si el Contratista lo pidiese, se efectuará nuevo reconocimiento y si de él resultare que el Contratista no ha cumplido las órdenes recibidas, la Administración podrá declarar rescindido el contrato. El plazo otorgado por la Supervisión de Obra para efectuar las reparaciones o trabajos que indique no exime al Contratista de las responsabilidades y multas en que pueda haber incurrido.
d.- Cuando a juicio de la Supervisión de Obra, no pudieran subsanarse los defectos constatados, podrá rescindirse el contrato de acuerdo a lo establecido en el derecho positivo vigente.-
e- cuando se verifique atrasos en el avance de obra que impliquen un desfasaje acumulado del treinta por ciento (30%) o más respecto al avance de obra previsto en el cronograma.-
f.- Por no terminar las obras o hacer abandono de las mismas, o suspenderlas por causas imputables a la empresa, constatado un plazo de paralización de las obras de 30 (treinta) o más días corridos
g.- Por fallecimiento del Contratista, si exigido el cumplimiento del contrato a sus herederos o causahabientes, éstos no cumplieren con las obligaciones emergentes del mismo.
h.- Por atrasos tales en los plazos contractuales que dieran lugar a multas mayores al 15% del monto del contrato según el capítulo 3 sección III.03.02
Las causales de rescisión imputables al contratista y constatadas por la Administración, se tomarán en cuenta como antecedente negativo de la empresa para futuras contrataciones con el organismo.
I.03.12 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA
Al producirse el incumplimiento del contratista, se tendrán por cumplidas todas las obligaciones de la IM que surjan del Contrato de obra suscrito, retornado de pleno derecho la tenencia del terreno y las obras que le accedan al Contratante.
II-GARANTIAS Y PAGOS
II.03.01 PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA
1.- Los proponentes deberán garantizar el mantenimiento de las ofertas presentadas por un plazo no inferior a ciento ochenta (180) días calendarios, contados a partir del día de presentación de la oferta ante la Administración.-
2.- Vencido el referido plazo sin que la Administración se hubiere pronunciado, se entenderá de pleno derecho, prorrogado el mantenimiento de ofertas con las correspondientes garantías por un término de noventa (90) días más, -total 270 días - excepto que algún oferente hubiere puesto en conocimiento de la Administración -por escrito en forma fehaciente- su decisión de retirar las ofertas formuladas, dentro del plazo xx xxxx (10) días siguiente al expirar el plazo primario de mantenimiento de las mismas.-
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados deberán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta una cifra de $500.000 (pesos uruguayos quinientos mil) de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del T.O.C.A.F. Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería General (art. 12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la Intendencia de Montevideo por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación.
El depósito de mantenimiento de oferta, el mismo no podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura
Al oferente se le entregará recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M.- El recibo debe estar a nombre del oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados. La vigencia de la garantía, cualquiera sea su forma, será de 300 días calendario.
En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.
II.03.02 PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
1.- El retiro de las ofertas, dentro del plazo de ciento ochenta días (180) obligatorio para su mantenimiento, operará la pérdida de la garantía; lo mismo ocurrirá si se retiran dentro del plazo de prórroga complementario a que refiere al capítulo 3 sección II.03.01 punto 2, excepto que el oferente hubiera hecho uso de la opción de retiro en el plazo dispuesto para ello.-
2.- También se operará la pérdida de la citada garantía en el caso de que la oferta sea aceptada y el oferente no suministra la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para ello.-
II.03.03 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRA
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el artículo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 20 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo de la obra y hasta la última recepción provisoria.
Si se estableciere un plazo menor, la póliza deberá prever su renovación. En caso de no ser renovada por el adjudicatario, la fianza de cumplimiento será ejecutada por la IM, lo cual deberá estar establecido en la póliza como causal de ejecución.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o
autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda.
Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego. El importe de la garantía de cumplimiento de contrato será devuelto con la última recepción provisoria de la obra.
Cuando el Adjudicatario haya procedido a la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la Administración comunicará al Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas (MTOP) la adjudicación del contrato y facultará a la Tesorería de la IM devolver la garantía de mantenimiento de oferta al adjudicatario y a las empresas no adjudicatarias, en caso que alguna de dichas empresas hubiere optado por constituir dicha garantía.
II.03.04 GARANTÍA DE CONSERVACIÓN
De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalente al cinco por ciento (5%), como Garantía de Conservación, para garantir la conservación de las obras.
El adjudicatario podrá optar al momento de la liquidación, por constituir esta garantía por cualquiera de las formas admitidas para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y de mantenimiento de oferta (valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza). Pero, hecha la opción por uno de los instrumentos mencionados precedentemente, no se podrá, salvo autorización de la IM, sustituir un instrumento por otro.
La garantía de conservación será devuelta luego de recibirse definitivamente las obras, una vez que el Servicio competente haya informado sobre la procedencia de la devolución, que el contratista haya presentado el formulario de cambio de estado de obra ante BPS (F9) solicitando el cierre de la misma ante Contaduría General, y siempre que el contratista no haya incurrido en multas cuyos pagos se encuentran pendientes y en caso de que no exista contra él reclamación alguna por daños y perjuicios derivados de la
ejecución.
PERÍODO DE GARANTÍA
El mismo se extenderá por el término de 1 (un) año contado a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria, prorrogable hasta la firma del Acta de Recepción Definitiva.
1.- Intimación por ejecución defectuosa:
a.- Durante el plazo de garantía, el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones, sustituciones y reconstrucciones que se originen por deficiencia en la calidad de los materiales o de ejecución de los trabajos.
b.- Si producido y constatado algún desperfecto o deficiencia y avisado el Contratista para que proceda a su arreglo, éste no realizara el trabajo, se le intimará su ejecución dentro de un plazo xx xxxx (10) días hábiles mediante fax, acta notarial, carta certificada o telegrama colacionado.
c.- Si vencido el plazo otorgado de esa intimación el Contratista no se presentara a realizar los trabajos, la IM quedará automáticamente autorizado a realizarlo por sí o por terceros y a cuenta del Contratista sin necesidad de algún otro trámite ni intimación judicial, o extrajudicial, cargándose al Contratista todos los gastos que el incumplimiento origine, deduciendo su importe de las garantías sin que por esto represente responsabilidad alguna para la IM, ni pérdida de sus derechos a reclamar por daños y perjuicios.
d.- Trabajos urgentes. Tratamiento.
En el caso que la IM considere necesaria la realización de los trabajos en forma urgente, podrá disponerla por sí, previas las inspecciones o inventarios que sean necesarios.
Si la responsabilidad fuera atribuida finalmente a la Contratista, los gastos serán de su cargo, al igual que los daños y perjuicios que haya ocasionado.
2- Extensión del plazo de la garantía:
a.- Si vencido el término del plazo de garantía no se hubieren cumplido las condiciones
contractuales, la Administración podrá extender este plazo hasta que el Contratista de total cumplimiento a sus obligaciones, de todo lo cual se levantará Acta en la cual consten las causas de la no recepción y el nuevo plazo de garantía fijado.
b- Si en el transcurso del plazo de garantía una parte cualquiera del conjunto de viviendas y/o las obras necesarias para su habilitación, tuviera que ser reconstruida, modificada o sustituida en razón de vicios de construcción u otras causas imputables al Contratista, la Administración extenderá el período de garantía para dicha parte del suministro y/o las obras hasta por un tiempo igual al transcurrido entre la Recepción Provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia, rigiendo para este nuevo término todas las responsabilidades y obligaciones que emanen del contrato.
c- Si en el transcurso de la ejecución de las obras se constataren desviaciones respecto de las especificaciones técnicas, materiales, procedimientos, etc., se extenderá el plazo de garantía sin perjuicio de la reconstrucción de los trabajos que correspondiere realizar al Contratista. La extensión del plazo de la garantía será igual al período de tiempo que insuma el retiro o reemplazo de los materiales observados y/o los trabajos de reconstrucción correspondientes todo lo cual deberá asentarse en un Acta.
II.03.05 LIQUIDACIÓN Y FORMA DE PAGO
SOLICITUD DE PAGO: PRESENTACIÓN Y AUTORIZACIÓN
1) Los trabajos objeto de este contrato se pagarán por medio de certificaciones mensuales.
El contratista presentará al Director de la Obra dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al mes en que se realizaron los trabajos, solicitudes de pago por los siguientes conceptos:
a) Trabajos presupuestados ejecutados, con detalle de la liquidación a precio básico. Necesariamente se deberá facturar el avance de obra por el mes de cargo en que se presente la planilla.
b) Trabajos extraordinarios o imprevistos autorizados, notificados y ejecutados, con detalle del monto imponible que corresponda en cada caso.
c) Ajuste del monto de los trabajos indicados en los literales a) y b) cuando corresponda.
Los ajustes paramétricos deberán presentarse en factura independiente del básico con detalle de la liquidación, junto con el certificado a precio básico de los trabajos, tanto para los presupuestados como para trabajos imprevistos o extrarodinarios.
En cada ajuste paramétrico deberá referenciarse la factura que se está ajustando.
d) Se deberá presentar copia de las planillas de declaración de personal del B.P.S. del mes de los trabajos que se facturan, con una liquidación de la mano de obra imponible a fecha de contrato y su ajuste por aumentos.
2) En caso de discrepancia en lo referente al monto total de un certificado, se liquidará la cantidad sobre la que exista acuerdo. En cuanto a la cantidad objeto de discrepancia se liquidará por vía separada con carácter provisorio la que xxxxxxxx definitiva ya sea por acuerdo de partes o por arbitraje.
En caso que en la liquidación definitiva resultara una diferencia a favor del Contratista, le corresponderá al mismo el interés xx xxxx.
3) El Director de la obra deberá elevar el certificado de pago autorizado dentro de los diez
(10) días hábiles de presentado. En caso que hubiera mediado alguna observación no se computará a los efectos del plazo establecido, el tiempo transcurrido entre la formalización de la observación y su levantamiento. Asimismo, dicho plazo quedará interrumpido en los casos de omisión xx xxxx o cualquier otra imputación al Contratista, una vez notificado éste de la misma.
De no mediar acuerdo en cuanto a las observaciones, deberán realizarse el desglose correspondiente elevándose la parte aprobada del certificado para su liquidación y pago.
Facturación:
1) Aprobada la solicitud de pago, se presentará la factura correspondiente en la Contaduría General de la IM. El pago será hecho entre los treinta y uno (31) días y los cuarenta y cinco (45) días del ingreso de la factura en la Contaduría General de la IM, previa aprobación del avance correspondiente por parte del Director de Obra, de la solicitud de pago, no computándose dentro de dicho plazo, las interrupciones que pudieran originarse por las causales a que se hace mención en el numeral anterior.
En el momento de hacer efectivo cualquier pago, el contratista deberá estar al día en el pago de obligaciones tributarias, nacionales o departamentales, de Previsión y Asistencia Social e Inscripción en el Banco de Seguros del Estado.
2) La última cuota se hará efectiva una vez que los trabajos estén completamente terminados y recibidos provisionalmente.
3) La Intendencia de Montevideo podrá optar, en el momento de hacer efectivo el pago, por la financiación del mismo, mediante la entrega de cheques de pago diferido o documentos de pago, acordándose en su momento, con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
4) Si el pago de los certificados se realiza antes de los treinta y un (31) días, se aplicarán los descuentos ofertados.
Si el pago de los certificados tuviera lugar después del vencimiento del plazo estipulado de cuarenta y cinco (45) días, regirán las siguientes disposiciones:
a) Los plazos se contarán a partir de la presentación de la solicitud por el Contratista, en las condiciones establecidas en el (numeral 1 del presente artículo), y no se computarán en dichos plazos las interrupciones que pudieran originarse por las causales a que hacen mención el (numeral 3 del presente artículo).
Los certificados que realice de oficio la Administración se regirán por este mismo criterio computándose el plazo de cuarenta y cinco (45) días a partir de la correspondiente certificación.
b) Vencidos los cuarenta y cinco (45) días sin haberse pagado el certificado, correrán los intereses xx xxxx sobre el importe del monto impago.
c) El interés xx xxxx queda fijado en el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento.
d) Vencidos los setenta y cinco (75) días sin haberse pagado el certificado, previa solicitud de la empresa mediante comunicación de la Dirección de la obra, quedarán interrumpidos los plazos ya sea parciales como totales para la ejecución de las obras, los que volverán a regir una vez que se paguen los certificados atrasados.
A los efectos de la liquidación de los intereses se aplicará el criterio de imputación de la paga en primer lugar al capital. Asimismo, la tasa de interés establecida se considerará como tasa de interés simple.
e) Vencidos ciento veinte (120) días sin que se haya hecho efectivo el pago del certificado
atrasado, podrá el Contratista optar por la rescisión del contrato. Para hacer uso de esta opción, el Contratista deberá comunicar por escrito al Director de Obra su intención de así hacerlo con una antelación de por lo menos diez días hábiles.
En esta circunstancia el Contratista podrá reclamar asimismo el pago de una indemnización equivalente al seis por ciento (6 %) de la diferencia entre el importe del noventa por ciento (90 %) del contrato y el de las obras ejecutadas, más el monto de los materiales acopiados, salvo que se hiciera cargo de los mismos en cuyo caso se le deducirá el importe adelantado si lo hubiese.
La actualización del monto de esa diferencia se calculará con arreglo a los precios resultantes del día inmediato posterior al vencimiento de los ciento veinte (120) días calendario, debiendo efectuarse su pago dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la fecha de solicitud de liquidación.
- Ajuste
La totalidad de rubros cotizados se ajustarán semestralmente (los primeros 6 meses no hay ajuste) en base a un único índice: INDICE GENERAL DE LOS COSTOS DE CONSTRUCCIÓN, variación operada entre el vigente diez (10) días calendario antes de la fecha de apertura de la licitación y el vigente el mes anterior al que corresponde el ajuste.
5) El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el proveedor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluidos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
6) Respecto a los Requisitos para presentación de facturas el adjudicatario deberá deberá consultar en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx temáticas - proveedores - consulta de acreedores
II.03.06 CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
III.PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
III.03.01 PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Los plazos de ejecución de los trabajos pactados serán los siguientes:
a) Plazo de presentación del Proyecto Ejecutivo Definitivo de la parte Adjudicataria ante la IM.
Una vez emitido el fallo por el Jurado, estudiados los documentos de los oferentes y dictada la Resolución de Adjudicación, el equipo ganador dispondrá de un plazo máximo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la notificación de la resolución de Adjudicación, para presentar el
correspondiente Proyecto Ejecutivo Definitivo de las obras y/o construcciones a realizar.
b) Plazo para el inicio de los trabajos. Una vez que la parte Adjudicataria ha recibido la comunicación de la IM avalando el Proyecto Ejecutivo Definitivo, a partir de esa fecha, tendrá 10 (diez) días corridos para el inicio oficial de los trabajos, salvo que se acuerde otro plazo.
Dentro de estos 10 (diez) días, la parte Adjudicataria y la IM firmarán el Acta de Inicio de las obras.
Una vez iniciadas las obras, no podrán suspenderse, salvo motivo de fuerza mayor probado fehacientemente, y debidamente asentado en el libro de la obra y refrendado por ambas partes. Para poder iniciar las obras el adjudicatario deberá presentar:
1) Formularios para la inscripción de la obra en BPS.
2) Plan de Prevención de Seguridad del MTSS
c) Plazo para la construcción. La parte Adjudicataria tendrá como plazo para la construcción el
período mencionado en la oferta, que no podrá ser superior a los 330 días colendario contados a partir de la aprobación del Proyecto Ejecutivo Definitivo.
CÓMPUTO DE PLAZOS:
5.1.- Salvo disposición en contrario, los plazos se computará en días calendarios. Cuando el vencimiento de un plazo coincida con un día inhábil, dicho vencimiento se extenderá hasta el primer día hábil inmediato siguiente. A los efectos legales y de administración o gestión, se entenderá por día hábil aquel en que funcionen las oficinas públicas.-
5.2.- El plazo de obra incluyendo la ejecución de las obras necesarias para su habilitación se entenderá en días corridos, sin deducción por días de lluvia (cuando éstos no superen la media mensual para la localidad), feriados ni festivos. Las licencias regulares de la industria de la construcción se consideran incluidas en dicho plazo.
5.3.- Se deja constancia que a los efectos del presente Xxxxxx, se considerarán 30 días por mes nominal.
PRORROGAS DE PLAZOS
Quedan excluidos de los plazos establecidos, los lapsos comprendidos por conflictos gremiales de carácter general, feriados de carácter nacional o local decretados por la autoridad competente
con posterioridad a la fecha de presentación del plan de trabajos y serán tenidos como causales de prórroga cuando se presenten algunas de las siguientes causas: casos fortuitos o de fuerza mayor conforme a las normas vigentes, falta notoria y debidamente comprobada de materiales o elementos de transporte que no provengan de causas originadas por la parte Adjudicataria, siempre que, a juicio de la Supervisión de Obra las causas invocadas sean justificadas.
Los pedidos de prórroga de los plazos deberán ser presentados a la IM dentro de los cinco (5) días corridos de haberse producido el hecho que motivó el retraso en los trabajos. Los pedidos presentados vencido ese plazo no serán considerados. La recepción por parte de la Supervisión de Obra de un pedido de prórroga no implica su otorgamiento. Recibido el mismo podrá rechazarlo directamente si a juicio de la
Supervisión de Obra la prórroga no se justifica y la parte Adjudicataria en tales casos no tendrá recurso alguno.
Si la parte Adjudicataria se viera obligada a interrumpir en parte o totalmente los trabajos, por causas que no le sean imputables, deberá denunciarlo dentro de un plazo de 3 (tres) días corridos y por escrito a la Supervisión de Obra, detallando claramente las causas que le impiden la continuación de los trabajos. Recibido el mismo, podrá rechazarlo directamente si a juicio de la Supervisión de Obra la prórroga no se justifica y la parte Adjudicataria en tales casos no
tendrá recurso alguno.
El otorgamiento de prórroga en el plazo, no dará derecho al Contratista a indemnización alguna ni podrá ser invocado como prueba de daño susceptible de indemnización.
Una vez realizada la Recepción Provisoria de las Obras, la IM podrá conceder ampliaciones del plazo para la Recepción Definitiva por razones atribuibles a los Organismos del Estado implicados en los trámites finales y las habilitaciones exigidas para esa instancia, y no atribuibles al contratista. En tales casos dicha prórroga tampoco dará derecho al Contratista a reparación o indemnización alguna.
III.03.02 XXXX AUTOMÁTICA
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
III.03.03 MULTAS
Las multas a que se hará pasible la parte Adjudicataria, serán las siguientes:
a) Por xxxx en el inicio del los trabajos. Si la parte Adjudicataria no iniciara las obras a los cinco
(5) días hábiles de la fecha oficial de inicio de los trabajos, la IM aplicará una multa equivalente al 1 o/oo (uno por mil) del importe del Contrato, por día de demora en iniciar los trabajos.
b) Por paralización de la Obra. Si la obra se paralizara sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente al 2,5 0/00 (dos punto cinco por mil) del monto del contrato por día de paralización.
c) Por falta de acatamiento a las órdenes de servicio y otras causales varias. Sin perjuicio de las causales de rescisión de contrato, la IM, a pedido de la Supervisión de Obra, aplicará al
Adjudicatario multas equivalentes al 0,5 0/00 (cero punto cinco por mil) por cada día de incumplimiento a las Órdenes de Servicio o negativa a firmar las mismas.
d) Por demora en la terminación de la Obras. La demora en la terminación final de las obras, siempre que la parte Adjudicataria no probase que se debe a causas justificadas y éstas sean aceptadas por la Supervisión de Obra, la hará pasible de una multa equivalente al 1 o/oo (uno por mil) del monto contratado y ajustado por cada día calendario de atraso.
Las multas además, se harán efectivas descontándose de los pagos pendientes y/o liquidaciones correspondientes.
III.03.04 RECEPCIÓN PROVISORIA
Cuando el Contratista haya finalizado el 100% de las obras físicas de conformidad con el contrato y hayan resultado satisfactorios los ensayos, las pruebas de carácter técnico e inspecciones previas exigidas para las diversas instalaciones, solicitará a la Supervisión de Obra por escrito la fecha en que desee se realice la Recepción Provisoria, enviándole a tales efectos los comprobantes necesarios. En caso contrario no se dará trámite a la misma.
La solicitud para la Recepción Provisoria, deberá acompañarse de los siguientes documentos:
A) Las constancias de que se han solicitado las habilitaciones de las obras ante la Intendencia, (incluye Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Mecánicas, Instalaciones contra incendio, Fraccionamiento, etc.).
B) Constancia de conexión a colector, realizada.
C) Habilitaciones y actas finales de redes de abastecimiento de agua de OSE y de saneamiento de la IM, incluyendo la instalación de los medidores domiciliarios de agua potable de O.S.E. para cada una de las unidades de vivienda, así como las conexiones al sistema de saneamiento, y documentación que acredite el libre de deudas con ese Organismo por todo concepto atinente al Conjunto Habitacional.
Se adjuntará asimismo copia de los planos aprobados por O.S.E. del abastecimiento de agua potable y por la IM la red de saneamiento.
D) Planos y permisos de las instalaciones de Energía eléctrica aprobados y habilitados por UTE, incluyendo Redes de Media Tensión, y Subestación, redes de Baja Tensión, instalaciones internas a las viviendas y red de alumbrado interno y documento de la oficina comercial de UTE donde se establezca que no existen adeudos de la obra y conexiones, y que los usuarios pueden contratar los servicios.
E) Dictamen final y aprobación de la Dirección Nacional de Bomberos (si corresponde)
F) Constancia de pago de:
- presupuesto por concepto de estudio, carga, obras y conexiones a UTE
-conexiones y medidores colectivos e individuales de agua potable a OSE
- conexiones de saneamiento.
G) Copia de todo otro trámite que deba realizarse ante los organismos públicos.
H) Constancia de recepción conforme, por parte de la Intendencia Municipal de las reposiciones de los pavimentos que hayan sido afectados por la realización de las obras.
I) Un juego de planos completos de balizamiento conforme a obra de las instalaciones construidas correspondientes a la red interna sanitaria.
J) La solicitud de cierre de obra e inspección final del Banco de Previsión Social.
Para la Recepción Provisoria de Obra y mientras conserve la tenencia del predio y sus accesorios, el Contratista limpiará y retirará del emplazamiento todo el equipamiento y equipos utilizados para su ejecución, los materiales sobrantes, los desperdicios y las obras temporarias de cualquier tipo, y dejará todo el emplazamiento y las obras, limpias y en condiciones de ser habitadas a satisfacción de la Supervisión de Obra.
Ningún pago de certificados o reintegros implicará la aprobación parcial o total de las obras, excepto la correspondiente al Acta de Recepción Provisoria.- Asimismo, se entiende que efectivamente se aprobó la Recepción Provisoria una vez se haya firmado este documento (modelo) por parte de la Empresa Adjudicataria y la Administración, no siendo de recibo ningún otro documento firmado.
Presencia del Representante Técnico y Supervisor de Obra
La inspección para la Recepción Provisoria, se verificará en presencia del Representante Técnico del Contratista y el Supervisor de Obra, controlándose los exámenes, ensayos y pruebas previstos en los documentos contractuales. Si realizada la inspección se comprobara que las obras han sido ejecutadas de acuerdo con las condiciones contractuales, y se entregó la totalidad de la documentación exigida ut-supra, se procederá a la Recepción Provisoria extendiendo el acta respectiva.
Si en la inspección se constataran faltas o defectos en las obras, se labrará un Acta con las observaciones que merezca y con el plazo para su reparación y demás indicaciones. Si las observaciones fuesen de entidad o afectasen la correcta habitabilidad de alguna de las viviendas no se realizará la Recepción Provisoria. El Contratista deberá subsanar las observaciones contenidas en el Acta siguiendo las instrucciones que imparta la Supervisión de la Obra.
Subsanados los defectos y faltas a satisfacción de la Supervisión de Obra, se procederá a la Recepción Provisoria. El tiempo que insuman las reparaciones mencionadas en el artículo anterior no le dará al contratista el derecho a prórroga del Plazo Total del contrato y no lo libran de las multas en que incurriera por el incumplimiento del Plazo de Obra, según lo establecido en este Pliego.
III.03.05 RECEPCIÓN DEFINITIVA
1.- Plazo para solicitar la Recepción Definitiva
Una vez transcurrido el plazo de garantía, incluidas las eventuales prórrogas y extensiones, la empresa podrá solicitar la Recepción Definitiva, para lo cual deberá presentar, ante la IM, la solicitud y los documentos que habiliten la Recepción Definitiva
de las obras.
La IM acordará y comunicará al contratista la fecha para la realización de la inspección de las construcciones e instalaciones.
.2.- Presencia del representante técnico y Supervisor de obra
La inspección para la Recepción Definitiva, se realizará en presencia del Representante Técnico del Contratista y el Supervisor de Obra.
.3.- Si el examen de las obras demostrara que no existen defectos o que los defectos constatados a la fecha de la Recepción Provisoria han sido subsanados a satisfacción del Contratante, se verifica la bondad de la documentación presentada y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, se realizará la Recepción Definitiva labrándose el Acta correspondiente la cual será suscrita por el Representante Legal y el representante Técnico de la Empresa, el Supervisor de Obra y los representantes de la IM.
.4.- Formalidad de la Recepción Definitiva
Se labrará Acta administrativa circunstanciada de la misma, por Escribano Público de la IM, con constancia de fecha del Acta de Recepción Provisoria y de la nota con el levantamiento de las observaciones que se le hubiesen realizado, en su caso, enumeración de la entrega previa de los documentos que se detallan a continuación y constatación del análisis de su contenido por el Servicio de Tierras y Vivienda en forma aprobatoria, se liberará en el mismo documento el pago del saldo final del precio, otorgando el Contratista carta de pago total.
Los citados documentos son:
a.- Habilitaciones finales pendientes desde la Recepción Provisoria: Habilitación Final de la Intendencia Municipal, OSE y UTE (si corresponde).
b.- Plano de Mensura-Fraccionamiento inscripto en la Dirección Nacional de Catastro y los Fraccionamientos en Propiedad Horizontal si correspondieren. Declaración Jurada de Caracterización Urbana (si corresponde).
c.- Plano inscripto de Servidumbre, si la hubiere
d.- Cierre Definitivo de Obra otorgado por B.P.S. donde conste que no existen deudas pendientes (Avalúo final de BPS).
e.- Cierre de los provisorios de obra de los Servicios de Energía Eléctrica y Agua y constancia de no existencia de deuda de cargos fijos y consumos de los medidores de UTE y OSE que están instalados, correspondientes a la fecha de finalización de la tenencia de las obras por parte de la Contratista.
f.- Cédulas catastrales por cada nuevo padrón.
g.- Conjunto de planos definitivos fieles a lo ejecutado, en concordancia con los presentados al realizar las solicitudes de habilitaciones finales de obras ante Intendencia y el B.P.S
III.03.06 PLAZO DE GARANTÍA DE LOS TRABAJOS; RECEPCIÓN DEFINITIVA
El plazo de garantía de correcta ejecución y funcionamiento de los trabajos recibidos provisionalmente . Se extenderá por el término de 1 (un) año contado a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria, prorrogable hasta la firma del Acta de Recepción Definitiva.
Durante este plazo la empresa Contratista deberá realizar de su cuenta y cargo las eventuales reparaciones, sustituciones y reconstrucciones que se originen por deficiente calidad de los materiales o de ejecución de los trabajos.
Transcurrido el plazo de garantía se efectuará una inspección para realizar la Recepción Definitiva de la obra, con las mismas formalidades que la Provisoria.
III.03.07 EXONERACIÓN
La aceptación de la Recepción Definitiva total de las obras y la devolución de las garantías, librará a las partes contratantes y dará por terminado el Contrato, sin perjuicio de la Responsabilidad
que corresponda según Ley Nº19726.
Por el hecho de retirar las garantías se entenderá que la parte Adjudicataria renuncia a cualquier derecho o reclamación que no hubiese iniciado anteriormente.
IV.EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
IV.03.01 TRABAJOS A REALIZAR
Los trabajos a efectuar incluyen la provisión de la mano de obra, materiales, equipos y dirección técnica necesarias para ejecutar todos los trabajos objeto de esta Licitación.
Bastará que una prescripción o trabajo se halle indicado en una sola de las piezas que forman parte de estas Bases, Planos y/o Memorias incluidas en el Contrato, aunque haya sido omitido en otras, para que tenga que ser efectuado por la parte Adjudicataria. Si hubiera contradicción entre alguna de las piezas de los recaudos respectivos, la misma se resolverá en el sentido de dar mayor beneficio a la obra según lo que la Supervisión de Obra indique, sin que haya derecho a reclamo alguno.
La ejecución y disposición de todas las partes de la obra se llevará a cabo con el mayor cuidado posible, ajustándose estrictamente a las indicaciones de los planos, memorias y detalles, y las que de estos documentos resulten como intención evidente, aunque no se encuentren indicadas específicamente.
Asimismo, los trabajos serán realizados y terminados de acuerdo con los principios y normas de la más rigurosa y depurada técnica constructiva. Ninguna obra podrá ser arreglada, corregida, compuesta u ocultada por la inmediata que debe recibir, quedando la parte Adjudicataria obligada a deshacer, a su entero costo, toda obra que la Supervisión de Obra considere imperfecta o defectuosa. No se tolerará malas terminaciones por premura y/o falta de eficiencia del
personal de obra.
La parte Adjudicataria es responsable de la correcta interpretación de los planos y especificaciones para la ejecución de la obra y responderá ante los daños, defectos u errores que pudieran producirse durante la realización y conservación de la misma hasta la
Recepción Definitiva.
En correspondencia con las obras a realizar, la parte Adjudicataria deberá prever la instalación xx xxxxxxx de obra reglamentaria, alimentación y desagües correspondientes, y vallado general, necesarios para el desarrollo de estas.
IV.03.02 RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LA PARTE ADJUDICATARIA
A los efectos del cumplimiento del Contrato, no se considerará a la parte Adjudicataria como simple comerciante, industrial o arrendatario de obra, sino también como técnico responsable,
capacitado y experimentado del trabajo, obligado a indicar a la Supervisión de Obra cualquier detalle, error u omisión que a su juicio conspire contra la perfecta ejecución de las obras, así como proponer las modificaciones que a su juicio puedan mejorar o perfeccionar el proyecto.
Toda indicación en tal sentido será debidamente atendida, quedando la Supervisión de Obra en libertad de aceptarla, rechazarla o de ordenar la realización de la que crea más conveniente.
La parte Adjudicataria no podrá realizar por su cuenta modificaciones, alteraciones o variaciones en el proyecto presentado. Para realizarlas será necesaria la autorización escrita de la Supervisión de Obra, y si ellas revistieran carácter de extraordinarios, deberá proceder en la forma prevista en Capítulo 3 sección IV. 03.03.
IV.03.03 TRABAJOS EXTRAORDINARIOS O IMPREVISTOS
Podrá ser considerado como extraordinario todo trabajo que no pueda reputarse comprendido en lo establecido en las presentes bases y demás documentos, así como los adicionales y modificaciones pedidos y autorizados por la Supervisión de Obra.
Pero para que cualquiera de esos trabajos sea considerado como extraordinario, deberá hacerse constar por escrito y detalladamente antes de iniciarse su ejecución.
La Supervisión de Obra no autorizará ningún extraordinario sin conocimiento previo de la forma de evaluar su costo, el que quedará anotado en la boleta respectiva.
IV.03.04 INFORMACIÓN A CARGO DEL PROPONENTE
La presentación de la propuesta implica que la parte Adjudicataria ha estudiado las Bases de este Concurso - Licitación, ha inspeccionado el lugar de emplazamiento de la obra y sus alrededores, se ha compenetrado de las cantidades y la naturaleza de los trabajos a realizar, de los materiales necesarios para ejecutar la obra, de la disponibilidad de materiales, mano de obra común y especializada, contingencias climáticas previsibles tales como lluvias, inundaciones, acción del viento, etc., y que, en general ha obtenido toda la información necesaria sobre los riesgos y contingencias que puedan afectar su propuesta.
Bajo ningún concepto, podrán argumentarse derechos ni formular reclamos por pagos adicionales ni indemnizaciones, fundados en el desconocimiento, interpretación o influencia de los datos reseñados en las presentes Bases, como asimismo ambigüedad o discordancia
de los recaudos presentados.
IV.03.05 EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LA IM
La IM quedará al margen de cualquier tipo de contingencias que en el proceso de elaboración, confección o preparación de los artículos, productos o materiales licitados, deriven del uso o manipulación de herramientas, equipos, máquinas, sistemas de producción o cualesquiera otros útiles o instrumentos.
IV.03.06 REGLAMENTOS Y NORMAS PARA MATERIALES
1.- El Contratista y el Director de Obra son los responsables solidarios de todos los materiales a emplear en la construcción de viviendas y en las obras en general. Los materiales deberán cumplir con lo especificado en todos los recaudos que se consideran incluidos en el contrato de obra.-
El Contratista no podrá utilizar ningún material que haya sido rechazado por la Supervisión de Obra.-
2.- Regirán todas las normas UNIT que sean aplicables, publicadas hasta 10 (diez) días antes de la fecha del llamado a licitación. UNIT significa, Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, equivalente a la ASTM "American Society for Testing Materials".
3.- El Contratista presentará muestras de los materiales de acuerdo con lo que se establezca en este Pliego, o como lo indique la Supervisión de Obra en todos los casos en que ésta lo crea conveniente, debiendo ser entregadas con la antelación suficiente como para permitir su examen y análisis.
Las muestras y ensayos se extraerán y analizarán acorde a la Normativa UNIT o las que indique la Supervisión de obra y se ensayarán en laboratorios nacionales o internacionales reconocidos y que sean aceptados para ese fin, por la referida Supervisión.
Las muestras y ensayos serán de cargo del contratista.
4.- La Supervisión de Obra no será responsable de la aceptación de los materiales de la obra pero podrá rechazar aquellos materiales que no se ajusten a los solicitados en este Pliego o a las normas antes referidas, de todo lo cual dejará constancia en el libro de obra. El rechazo se podrá manifestar dentro del plazo de ocho (8) días para los materiales a inspeccionar en obra y de treinta (30) días en caso de materiales que deban ser analizados fuera del emplazamiento. Ambos plazos serán contados a partir de la correspondiente visita de obra ó de la fecha de entrega de las respectivas muestras y/o ensayos requeridos en el laboratorio elegido.-
5.- Xxxxx conservadas en obra para el control de los materiales que se utilicen, las muestras representativas de los materiales ensayados y aceptados.
Independientemente de la aprobación inicial del material a emplear, la Supervisión de Obra podrá extraer periódicamente, o cuando lo crea conveniente, muestras de los materiales acopiados en obra.
6.- Los materiales rechazados serán retirados de la obra por el Contratista dentro de un plazo de dos (2) días a contar desde la fecha de notificación del rechazo y los sustituirá, a su costo y sin derecho a indemnización alguna, por otros adecuados y convenientes que cumplan las condiciones establecidas.
IV.03.07 ÓRDENES DE SERVICIO Y OBSERVACIONES
La parte Adjudicataria deberá proveer a la Supervisión de Obra, de un registro de dos hojas movibles y una fija, por folio, que se destinará al asiento de las Actas u Órdenes que se originen durante la ejecución de las obras. Una vía es para la parte Adjudicataria, otra vía es para la Supervisión de Obra y la que queda en el Registro permanecerá en obra. Este registro será foliado, sellado y rubricado por la Supervisión de Obra.
Toda disposición u observación referente a la ejecución de la obra será comunicada por la Supervisión de Obra a la parte Adjudicataria mediante órdenes de servicio dadas por escrito las que debidamente numeradas se consignarán por orden de fecha. Dentro de 24 horas de requerírselo la Supervisión, la parte Adjudicataria deberá notificarse de cada orden de servicio que aquella imparta. Toda observación no contestada en 48 h. de extendida se dará por aceptada y entra a formar parte del contrato sin implicar retribución adicional.
La parte Adjudicataria está obligada a dar inmediato cumplimiento a las órdenes de servicio que
reciba, excepto aquellas que observe de inmediato y con los debidos fundamentos. En tal caso la Supervisión de Obra reconsiderará las órdenes observadas en un plazo máximo
de 48 horas, estándose a lo que ésta decida.
IV.03.08 ALINEACIÓN Y NIVELES
La parte Adjudicataria verificará las cotas en obra, siendo la única responsable para la perfecta coordinación de los diversos materiales, estructuras, etc., ejecutados en obra y taller.
IV.03.09 CARTEL DE OBRA
Se deberá colocar un cartel de obra por cada calle que enfrente, cuya ubicación precisa la determinará la Supervisión de Obra.
En todos los casos el cartel será diseñado por el Equipo de Comunicación Institucional (1950 2366, 3215, xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx), y suministrado por el Servicio solicitante de este concurso-licitación. Para tal fin se necesitan los siguientes datos: Departamento de la Intendencia desde donde se realiza la obra: Nombre de Obra, Licitación Pública Nº XXX/2019, Monto de contrato, Inicio de contrato, Plazo de ejecución, Empresa, Responsable Técnico (de la empresa). Los textos gráficos e imágenes se realizarán en vinilo xx xxxxx con estructura xx xxxxxx y puntales de eucaliptos como soporte. Sus dimensiones serán de 2,55 mt x 1,55 mt. En ningún caso el cartel podrá ser pintado a mano.
IV.03.10 MATERIALES, OBJETOS Y VESTIGIOS ENCONTRADOS
La parte Adjudicataria renuncia a todo derecho sobre los materiales y objetos de cualquier naturaleza que se encuentren en los lugares de trabajo en el curso de las operaciones, particularmente en las excavaciones o demoliciones, pero tendrá derecho a recibir indemnización si el Supervisor de Obra exige extraerlos o conservarlos con cuidados especiales no especificados en el Contrato.
La parte Adjudicataria renuncia a todo derecho sobre los materiales y objetos o vestigios que puedan ser de carácter artístico, arqueológico o histórico, así como restos humanos. La parte Adjudicataria notificará de ello inmediatamente al Supervisor de Obra y hará todas las declaraciones previstas por la reglamentación en vigor.
Sin perjuicio de las disposiciones legales o reglamentarias en vigor, la parte Adjudicataria no deberá desplazar tales objetos o vestigios sin la autorización expresa de la Supervisión de Obra. Deberá colocar en lugar seguro los que accidentalmente hubieran sido sacados del terreno.
V.CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
El adjudicatario, una vez notificado y presentada la documentación que a tales efectos le sea requerida, quedará habilitado para dar comienzo a los trabajos, esto incluye la firma del
acta de inicio de obra.
El plazo de inicio de las obras se coordinará con la Administración, teniendo en cuenta lo establecido en la sección III.03.1 del presente capítulo.
V.03.01 ACTA DE INICIO
1.- Previamente a la suscripción del Acta de Inicio de Obra, el contratista deberá entregar las constancias del registro de la Obra en MTSS y BPS (Ley Nº 14.411) y comunicar por escrito la designación del Jefe de Obra.
2.- El Contratista con anterioridad al Acta de Inicio de la Obra deberá contratar un seguro de responsabilidad civil contra cualquier daño que pudiera producirse a propiedades o bienes y a personas como consecuencia de la ejecución de obras provisionales o de la ejecución del contrato. Están incluidas en esta disposición las propiedades o bienes y personas relacionadas con la IM.
3.- El Contratista deberá definir y comunicar previamente al Acta de Inicio de Obra qué obras subcontratará y comunicará al Supervisor de Obra cuáles serán las empresas que ejecutarían cada una de ellas y proporcionará los antecedentes de las mismas. El Supervisor de Obra podrá, por causas justificadas, objetar cualquiera de las empresas subcontratadas y pedir la sustitución de las mismas. El Supervisor de Obra informará de lo actuado a la Jerarquía y lo registrará en informes.
El contratista deberá acceder a la sustitución requerida y ello no dará derecho a la modificación del precio del contrato, ni a indemnización alguna.-
4.- Una vez firmado el contrato de obra, la empresa dispondrá de un plazo de treinta días
(30) para labrar el Acta de Inicio de Obra, que deberán suscribir el Representante Técnico y el Jefe de Obra del Contratista conjuntamente con el Supervisor de Obra designado por la IM. En caso de que no se formalice en la fecha prevista el Acta de Inicio de Obra, el plazo de obra y el plazo total comenzarán a contarse desde el día inmediato siguiente al vencimiento del término del plazo con que contaban las partes para la realización de dicha Acta.
5.- El Contratista no podrá iniciar las obras sin la previa suscripción de dicha Acta. En caso de que el Contratista así no lo hiciere, la IM no estará obligado a reconocer ni pagar el monto correspondiente a las obras ejecutadas. De todo ello se dejará constancia en el Acta de Inicio correspondiente. Tal hecho habilitará a la Administración a descontar del monto del Contrato original, el valor de las obras ejecutadas anteriormente a la firma del Acta de Inicio de Obra.
6.- En el caso de que previo a la suscripción del Acta de Inicio el contratista haya empezado las obras, sin perjuicio de lo referido precedentemente, la Supervisión de Obra deberá verificar que éstas sean correctas según los recaudos del Contrato de Obra. A tales efectos dispondrá las pericias y ensayos que estime convenientes, los cuales serán de cargo del Contratista cualquiera sea el resultado de los mismos.
7.- Libro de Obra
El Contratista deberá proveer un Libro de obra el cual contará con páginas foliadas, con original y dos copias (triplicado) donde el Supervisor de Obras designado por la IM, deberá escriturar las novedades de las visitas de obra.
En el Libro de obra constarán además de la descripción sucinta de los trabajos que se desarrollan, las observaciones en cuanto a calidad de los procedimientos, de los materiales, cumplimiento de los plazos, aprobación y/o rechazo de muestras puestas a consideración de la Supervisión por parte del Contratista, detalle de los días no trabajos y sus causas, lluvia, paros, etc., así como toda otra observación referida a la
obra según lo considere el Supervisor.
Cada informe deberá estar fechado y firmado por el Supervisor de obra y por el Jefe de obra o Representante Técnico del Contratista.
El Jefe de obra y/o el Representante Técnico del Contratista podrán realizar por escrito en el Libro de Obra los descargos que consideren pertinentes respecto de las observaciones realizadas por la Supervisión. Estos descargos no le darán derecho al Contratista, en ningún caso, a modificar las condiciones del Contrato.
Los informes por triplicado del Libro de obra se destinarán; uno al Supervisor de obra, otro al Jefe de obra y el restante permanecerá en el obrador hasta la Recepción Provisoria de la obra, entregándose en ese momento al Supervisor para que quede en poder de la IM.
Este Libro quedará disponible en forma permanente en el obrador.
V.03.02 ACTA DE MEDIANERIA
Inmediatamente luego de la Firma del Acta de Inicio de Obra y antes de ejecutar las pertinentes demoliciones o construcciones, la empresa elaborará a su costo un acta de constatación del estado de las medianeras existentes (si corresponde), en la que intervendrán el Arquitecto Jefe designado y un escribano designado por la empresa, y en la cual se establecerá fehacientemente el estado de las construcciones. El acta deberá estar acompañada de fotos de relevamiento de las medianeras y debidamente certificadas por el escribano actuante.
V.03.03 ACTA DE AMOJONAMIENTO
Alcanzada la etapa de definición de trazado de vías de circulación y/ó disposición de los lotes o parcelas, con los niveles respectivos, la empresa deberá presentar al Arquitecto Supervisor de Obra de la IM un Acta de Amojonamiento firmada por Ing. Agrimensor, certificando la colocación de mojones planialtiméricos en un todo de acuerdo con los recaudos del Proyecto Ejecutivo Visado. El técnico firmante será responsable solidario con la empresa de los perjuicios o reclamos que deriven de errores o incongruencias con el citado proyecto.
La Administración podrá disponer las inspecciones que considere oportunas.
V.03.04 RITMO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
1.-Horario
El Contratista trabajará dentro de la jornada legal, en el horario que convenga con la Dirección de Obra; para hacerlo en horas extraordinarias o días festivos, deberá solicitar autorización por escrito a dicha Dirección con 48 horas de anticipación, por lo menos, sin perjuicio de cumplir con toda otra disposición de carácter nacional o departamental. El Contratista podrá habilitar, también con autorización, más de un turno de trabajo con obreros diferentes, corriendo por su cuenta todos los gastos que por concepto de instalaciones, consumos, aumentos de jornales, gastos de gestión, etc. pudieran ocasionarse.
2.- Si en cualquier momento y a juicio de la Supervisión de Obra el ritmo de la ejecución de la Obra y/o de las obligaciones necesarias para su habilitación es demasiado lento para dar cumplimiento con los plazos contractuales y no por causas que den derecho a prórroga, ésta intimará por escrito al Contratista para adoptar las medidas necesarias para acelerar la marcha de las mismas con el objeto de terminar en los plazos establecidos. Un atraso del 15% (quince por ciento) verificado en el cronograma de avance físico tardío será suficiente para intimar a la empresa a que tome las medidas correctivas. En todos los casos los costos de las medidas correctivas a que diera lugar la intimación serán de cargo del Contratista, sin derecho a ningún tipo de resarcimiento o costo adicional.
3.- El Contratista deberá hacer lugar a lo solicitado. La Supervisión de Obra controlará si las medidas adoptadas son efectivas, de lo contrario, informará esta situación, para que la Administración adopte las medidas que considere pertinentes.
El Contratista no tendrá derecho a ninguna reparación, indemnización o pago adicional al adoptar las medidas mencionadas y será pasible de las multas establecidas por incumplimiento de los plazos.
V.03.05 CONSTATACIÓN DEL AVANCE FÍSICO DE LAS OBRAS
1.- Planilla de medición de avance de obra
El contratista presentará al Supervisor de Obra designado la planilla de medición de avance de obra según modelo indicado en este Pliego a tal efecto.-
El listado de rubros es indicativo y el contratista podrá ampliar el mismo y/o eliminar aquellos rubros que no se adapten al tipo de construcción de su propuesta.
La Planilla se confeccionará sólo con los rubros de obra, sin incluir en la misma los rubros correspondientes a terreno, gastos generales, I.V.A., otros impuestos y aportes sociales.
Los porcentajes de incidencia correspondientes a cada rubro responderán a los montos indicados en el presupuesto detallado del contrato.-
2.- Constatación
La Supervisión de Obra deberá constatar el avance físico de la construcción de las viviendas así como el cumplimiento de las obras que deben realizarse por ordenanzas vigentes, obtención de permisos, inspecciones de obra y demás trámites administrativos necesarios para la habilitación de las obras edilicias , redes internas, y que las mismas se realicen de acuerdo al contrato.
La constatación del avance físico la realizará la Supervisión de Obra en compañía del Representante Técnico y/o del Jefe de Obras del Contratista, dentro de los últimos cinco
(5) días hábiles de cada mes. El Contratista deberá coordinar con la Supervisión de Obra, para realizar la verificación de la obra ejecutada.-
El Supervisor de Obra deberá documentar por escrito las observaciones que le merezcan la ejecución del contrato en su aspecto constructivo y en su apego al cronograma de obra; de todo lo cual se notificará en debida forma al Contratista y se dejará debida constancia.
Dichas constancias, avaladas por la Administración, se tomarán en cuenta como antecedente negativo o positivo de la empresa para futuras contrataciones con el organismo.
3.- Metodología para la determinación del avance físico
El método para determinar el avance físico de las obras consistirá en constatar el porcentaje global de avance de la obra, para lo cual se procederá de la siguiente forma:
Para cada uno de los rubros que se detallan en la Planilla de Medición de Obra, se realizará el metraje, se calculará el porcentaje de avance del rubro y multiplicando este porcentaje por el porcentaje de incidencia de ese rubro en la obra, se calculará la incidencia del porcentaje de avance del rubro en el total de la obra; luego se realizará la sumatoria de estos últimos porcentajes de cada rubro, obteniéndose el porcentaje global de avance de obra.-
A efectos de realizar la constatación del avance, a solicitud de la Supervisión de Obras, el Contratista deberá brindar un metraje detallado por niveles y/o locales por cada rubro de obra.-
Si al avanzar la obra, la Supervisión constatara que los metrajes de obra no se ajustan con la realidad de la misma, a los solos efectos de constatar el avance físico, podrá solicitar al contratista que se corrijan los mismos en el presupuesto y en la planilla de medición o evaluar el porcentaje de avance de obra respecto a metraje que faltare por ejecutar.-
Todos aquellos rubros que a juicio de la Supervisión de Obra estén incorrectamente ejecutados, no serán evaluados como obras realizadas; asimismo tampoco serán tenidos en cuenta en la medición aquellos rubros que, aunque estén correctamente ejecutados vayan a tener que rehacerse para reparar otras obras defectuosas o por haberse ejecutado en una secuencia de obra inconveniente.
Si en el transcurso de las obras se verificara que: trabajos ya incluidos en una Medición de Obra no son correctos o que se han deteriorado, se procederá a descontarlos en la siguiente acta de medición hasta que las obras sean rehechas a satisfacción de la Supervisión de Obra. De igual forma se procederá a descontar la obra ya evaluada si se constatare que por alguna causa hubiere rubros sobrevaluados.
V.03.06 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA PARA SOLICITAR LA VERIFICACIÓN DEL AVANCE FÍSICO.
Para que se realice la constatación de la obra conforme a lo establecido en este Pliego, el contratista deberá presentar a la Supervisión de Obra:
a) cálculo del avance físico ejecutado en el mes indicando metrajes y porcentajes de avance por rubro, en la planilla de medición de obra.
En caso de errores u omisiones en dicho cálculo, estos tienen efectos suspensivos para las obligaciones de la Administración hasta su corrección.
b) documentación, certificados de inspecciones parciales y/o totales, y/o habilitaciones de los organismos competentes en cada materia y que sean exigibles para las obras edilicias y de redes internas a constatar.
V.03.07 OBSERVACIONES DEL CONTRATISTA AL ACTA DE MEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS
1.- Las observaciones que el Contratista formulare sobre las actas de medición, no eximirán a la IM de la obligación del pago de los certificados hasta la suma líquida reconocida por el Servicio de Tierras y Vivienda, dentro de los plazos establecidos.-
2.- En caso de que el contratista observe el acta de medición, deberá fundamentar la observación por nota al Supervisor de Obra en un plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de su emisión; en caso contrario se lo tendrá por desistido de la misma
3.- A efectos de poder constatar fehacientemente el plazo anterior, cuando el contratista observe o conforme el acta de medición, deberá fechar la conformación u observación y emitir la factura correspondiente al monto admitido por el Servicio de Tierras y Vivienda.-
V.03.08 REPRESENTANTE TÉCNICO Y JEFE DE OBRA
El Representante Técnico y/o el Jefe de Obra entenderán en todas las cuestiones de carácter técnico y administrativo que se planteen durante la ejecución de los conjuntos de viviendas, así como en todas las gestiones de la misma índole que realice el Contratista. Todas las comunicaciones de carácter técnico y administrativo que planteen ambas partes contratantes durante la ejecución de la obra, deben realizarse por intermedio del
Representante Técnico, el Jefe de la Obra y el Supervisor de Obra, además de las vías normales de comunicación en estos casos.-
El Jefe de Obra deberá concurrir diariamente a la obra y toda vez que la Supervisión de obra lo requiera.-
Sin perjuicio de ello, los funcionarios de la IM o aquellos que esta institución determine podrán ejercer los procedimientos de inspección de las obras y/o de los centros de producción, a su mejor conveniencia, obligándose el Contratista o proveedor a otorgar las facilidades necesarias para el desarrollo de dichas tareas.
Si durante la ejecución de las obras, la Administración considera necesario requerir del Contratista la sustitución del Representante Técnico y/o del Jefe de Obra, podrá hacerlo y desde ese momento se entenderá que ha cesado en aquel cargo la persona que lo ocupaba, debiendo el Contratista designar de inmediato otro en su lugar.
V.03.09 INSPECCIONES
La Supervisión de Obra y los funcionarios de la IM deberán tener en todo momento libre acceso a las obras y al emplazamiento y a todos los talleres y lugares en que se está realizando trabajo o de donde proceden los materiales, artículos fabricados o maquinarias destinados a las obras. El Contratista deberá proporcionar todas las facilidades, medios y ayudas que correspondan para conseguir dicho acceso y verificar fehacientemente la calidad de las construcciones y obras.
El Contratista a su costo, deberá apoyar las actividades de inspección de las construcciones y obras, facilitando de esta forma los medios materiales y de mano de obra para lograr el adecuado examen de las mismas, salvaguardando las condiciones de seguridad e higiene personal, debiendo descubrir cualquier parte o partes de las obras, o hacer aberturas en ellas o a través de ellas, toda vez que el Supervisor de Obra así se lo indique, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes a satisfacción de la misma.
El Contratista o su Representante Técnico y el Jefe de Obra, acompañarán al Supervisor de Obra y funcionarios de la IM en las inspecciones, siempre que estos lo exijan.
Si el Supervisor de Xxxx detectase algún aspecto o acción que se aparten del arte del buen construir o de las normas y reglamentos, realizará las observaciones correspondientes. El contratista estará obligado atender lo solicitado por la Supervisión de Obra, dar una respuesta satisfactoria y hacerse cargo de los eventuales costos que tales medidas o correctivos conlleven.
No servirá de excusa al Contratista para dar cumplimiento en obra a lo exigible por parte de la Administración que las obras consten de ese modo en los recaudos del Contrato.
V.03.10 EXAMEN DE LAS OBRAS
31.1.-Ninguna parte de las obras deberá cubrirse o hacerse invisible sin la aprobación de la Dirección de la Obra, y el Contratista deberá asegurar todas las facilidades a la Supervisión de Obra para examinar y medir toda obra que vaya a cubrirse o quedar invisible así como inspeccionar fundaciones antes de iniciar
trabajos permanentes.
El Contratista deberá pasar aviso a la Supervisión de Obra, con la debida anticipación,
siempre que tales obras estén a punto o vayan a estar a punto para su examen, y el Supervisor de Obra, deberá presentarse con el fin de examinar la obra a menos que no lo considere necesario y se lo comunique al Contratista.
31.2.- El Contratista a su costo, deberá descubrir cualquier parte o partes de las obras, o hacer aberturas en ellas o a través de ellas, toda vez que el Supervisor de Obra se lo indique, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes a satisfacción de la misma.
V.03.11 VICIOS DE CONSTRUCCIÓN
VICIOS APARENTES
Cuando el Supervisor de Xxxx, durante la realización del suministro y/o la ejecución de las obras necesarias para su habilitación y hasta su Recepción Definitiva advirtiera vicios de construcción en ellas, podrá disponer que el Contratista proceda a demolerlas y a reconstruirlas a su costo, sin que a éste le sirva de excusa ni le de derecho alguno la circunstancia de que el Supervisor de Obra o sus subalternos las hubieran inspeccionado anteriormente sin observación.
Si la parte Adjudicataria se negase o no pudiese efectuar las reparaciones, demoliciones y reconstrucciones, podrá la IM disponer su ejecución por un tercero, por cuenta de la parte Adjudicataria.
El Contratista y el Jefe de Obra son responsables en los términos del articulo 1844 del Código Civil, por los vicios de construcción de cualquier naturaleza que aparezcan con posterioridad a la Recepción Definitiva del suministro y/o las obras.
VICIOS OCULTOS
Si la Supervisión de Obra tuviese motivos para sospechar la existencia de vicios de construcción ocultos en la obra ya ejecutada, ordenará en cualquier tiempo, antes de la Recepción Definitiva, los trabajos que sean necesarios para reconocer si efectivamente existen.
Los gastos que se originen por tal motivo, serán de cuenta de la parte Adjudicataria, siempre que los vicios existan; en caso contrario, serán por cuenta de la IM.
CAMBIOS O MODIFICACIONES
El contratista deberá ejecutar y mantener las obras y el suministro en estricta concordancia con el contrato. Si por causas debidamente justificadas fuese necesario realizar algún cambio o modificación de importancia, deberá ser aprobado y autorizado por escrito por el Supervisor de Obra previamente a su ejecución, lo que no significará una modificación del contrato de obra y no dará lugar a reclamación económica alguna por parte de la empresa.
V.03.12 OBLIGACIÓN DE COLABORAR
Si se lo solicitara la Administración por escrito, el Contratista buscará la causa de cualquier defecto, imperfección o deficiencia que aparezca durante la marcha del suministro y/o de las obras o en el período de garantía, de acuerdo a las instrucciones dadas.
VI.RESPONSABILIDADES DE LA PARTE ADJUDICATARIA
VI.03.01 CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
La parte Adjudicataria deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales, ordenanzas y reglamentos vigentes, que impliquen de alguna manera a las personas empleadas en los trabajos, a los equipos e instalaciones que utilice y a la forma de llevar a cabo la obra. La incorporación, remuneración y obligaciones en materia de aportes sociales del personal deberá respetar las leyes, reglamentos y convenios laborales vigentes.
La IM no tendrá responsabilidad alguna por cualquier reclamación o sanción a que diera lugar la parte Adjudicataria por violación de las leyes, ordenanzas o reglamentos.
Cuando se de inicio al trabajo de construcción y montaje en el sitio, estará siempre en obra una persona representante de la parte Adjudicataria que pueda recibir órdenes e instrucciones de la Supervisión de Obra en ausencia de la misma.
VI.03.02 AJUSTES DE LOS SUMINISTROS A LAS MUESTRAS APROBADAS
La parte Adjudicataria estará obligada, cuando la IM solicitare, a presentar a su consideración y aprobación, muestras de todos los artículos que se oferten o de los materiales o productos que se proponen emplear o emplearon en los trabajos licitados o en la preparación de los mismos. Si la IM lo considerase necesario, las muestras que fueren aprobadas serán selladas, rubricadas y lacradas, según corresponda, y quedarán depositadas a los efectos de las
verificaciones pertinentes, en poder de la IM.
VI.03.03 DERECHOS DE PATENTE Y DERECHOS DE AUTOR
8.1.- El Contratista será responsable de todas las reclamaciones y actuaciones relativas a la infracción de derechos de patente, diseño, marca o nombre registrado u otros derechos protegidos relativos a equipo de construcción, maquinaria y procedimientos constructivos, trabajo o material que se use para o con respecto al suministro de viviendas y a las obras o cualquier parte de las mismas, así como con respecto a todas las acciones judiciales y desembolsos de cualquier clase que tengan relación con las antedichas infracciones. Asimismo, deberá indemnizar al Contratante cuando corresponda.
8.2.- En la eventualidad de que se dictare sentencia desfavorable para la Administración, el Contratista deberá indemnizar a la misma por la totalidad de las sumas que éste pagare en dicho juicio, y todas las costas y costos que su defensa le insuma.
VI.03.04 PREVENCIÓN DE DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
Durante la construcción de la obra, la parte Adjudicataria deberá respetar las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas referentes a la Prevención de Accidentes de Trabajo, siendo única responsable de los accidentes que se pudieran producir a sus obreros o a terceros.
La parte Adjudicataria deberá tomar todas las medidas necesarias y hará cumplir todas las normas y disposiciones para la ejecución segura de los trabajos a fin de evitar accidentes y limitar los