Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE DIRECCIÓN DE OBRA, DIRECCIÓN MEDIOAMBIENTAL Y DIRECCIÓN COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA APERTURA DEL CANAL DE DEUSTO Y XXX XXXXXX DE ACCESO A LA ISLA DE ZORROTZAURRE
1. ANTECEDENTES
El objeto del “PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA APERTURA DEL CANAL DE DEUSTO Y
XXX XXXXXX DE ACCESO A LA ISLA DE ZORROTZAURRE”, es la definición técnica y económica de las obras necesarias para la ejecución de los muelles o xxxxx xx xxxxxx que transformarán la actual península de Zorrotzaurre, en Bilbao, en una isla, constituyendo el inicio del desarrollo de lo contenido en el Plan Especial de Ordenación del Área Urbana de Zorrotzaurre del Plan General de Ordenación Urbana xx Xxxxxx.
Asimismo, el proyecto incluye la definición técnica y económica xxx xxxxxx de acceso a la isla de Zorrotzaurre. La solución xx xxxxxx propuesta para el acceso a la futura isla de Zorrotzaurre permitirá salvar los 75 m de anchura del canal de Deusto con un esquema estructural innovador y que supondrá una reducida presencia visual sobre el tablero.
Las obras se ejecutarán delimitando adecuadamente la zona de actuación y desarrollo de la obra. Asimismo es necesario la renovación o reposición de los servicios municipales existentes (alumbrado, saneamiento y abastecimiento), y las redes no municipales de gas, energía, telefonía o telecomunicaciones a instancias de los propios operadores.
Las principales unidades constructivas que integran la obra, son:
• Desvío o anulación de los servicios afectados, y posterior reposición de los mismos.
• Movimiento de tierras y dragados de la xxxx xx xxxxxx.
• Ejecución de las secciones constructivas de los xxxxx xx xxxxxx que marcarán la apertura del canal.
• Gestión de residuos de los materiales excavados o dragados.
• Construcción de los estribos y de la estructura xxx xxxxxx.
La apertura del canal de Deusto consiste básicamente en la construcción de dos alineaciones paralelas de xxxxxx xx xxxxxx separadas 75 m, constituyendo las dos márgenes del canal para su posterior vaciado hasta una cota variable, definida previamente por los estudios hidráulicos realizados. El xxxxxx xx xxxxxx de la margen norte presenta una longitud de 533,36 m, finalizando en su extremo oeste en una
rampa para el acceso al agua de embarcaciones de salvamento. El xxxxxx xx xxxxxx de la margen sur presenta una longitud de 369,30 m.
El fondo del canal presenta una cota variable, definida en los estudios hidráulicos de referencia, siendo de -5,00 m (NMMA) en la zona de conexión con la ría y de -5,50 m (NMMA) en la zona de conexión con el canal de Deusto.
Las cotas de rasante han sido definidas por la futura urbanización de la zona según el Plan Especial de Ordenación de Zorrotzaurre, siendo la cota más representativa del estado final de las obras la +5,00 m.
La solución xx xxxxxx propuesta para el acceso a la futura isla de Zorrotzaurre permitirá salvar los 75 m de anchura del canal de Deusto con un esquema estructural innovador y que supondrá una reducida presencia visual sobre el tablero.
Se emplean como estructura principal xxx xxxxxx dos vigas tipo Xxxx invertidas, con mástiles de altura variable y con un cordón inferior en vientre de pez (también invertido), xx xxxxx también variable, situadas entre la calzada y las zonas de acera + carril bici. Estas vigas sirven, además de elemento estructural principal xxx xxxxxx, de elemento de separación de tráficos, confiriendo una sensación psicológica de protección y seguridad a los peatones y ciclistas, y permitiéndoles disfrutar de las vistas al canal.
2. OBJETO
El objeto del contrato es la contratación de un Consultor que sea responsable de la Dirección de la Obra, Dirección Medioambiental y Dirección de Coordinación de Seguridad y Salud de las obras del PROYECTO CONSTRUCTIVO DE LA APERTURA DEL CANAL DE DEUSTO Y XXX XXXXXX DE ACCESO A LA ISLA DE ZORROTZAURRE.
Por Dirección de la Obra se entienden tanto los trabajos de control de calidad técnica de ejecución de las obras y su funcionalidad, conforme a proyecto y normativa, como su realización en el precio y en el plazo que fijado el contratista al que el Ayuntamiento encomiende la realización de la obra; todo ello de conformidad con lo especificado a tal efecto en la normativa vigente en relación con la figura “Dirección Facultativa” de la obra objeto del presente pliego. La Dirección Medioambiental durante las obras y la Dirección de la Coordinación de Seguridad y Salud de las Obras también son objeto de este contrato.
3. DIRECCIÓN DE LA OBRA
3.1. ALCANCE DE LOS TRABAJOS
La Dirección de Obra dirigirá la ejecución material de la obra proyectada y controlará cualitativa y cuantitativamente la ejecución y calidad de lo construido, conforme al proyecto. Será obligación de la Dirección de Obra la supervisión del proyecto para
detectar posibles imperfecciones cualitativas y cuantitativas, y comunicarlas a la Dirección del Contrato para su subsanación. Será labor de la Dirección de Obra la redacción de esta subsanación.
La interpretación técnica del Proyecto Constructivo corresponde a la Dirección de Obra, si bien se precisará autorización previa del Director del Contrato, al que el Contratista Adjudicatario de las Obras debe obedecer en todo momento.
3.2. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE OBRA
a) Verificar el replanteo de la obra.
b) Suscribir el Acta de Comprobación de Replanteo (de comienzo de obra) y el Acta de Recepción (de final de obra).
c) Inspección de los trabajos: Realizar cuantas visitas de obra sean precisas para el correcto y completo seguimiento de la obra.
d) Realizar un seguimiento exhaustivo de lo cuantitativo para poder conformar con precisión las relaciones valoradas parciales y finales para la emisión por el Ayuntamiento de las certificaciones parciales y las certificaciones finales de las unidades de obra ejecutadas. En particular deberá de realizar un control topográfico de aquellas unidades de obra que así lo requieran. En este sentido se entiende que los excesos de medición de las unidades existentes en el proyecto o la ausencia de alguna partida que fuera necesario realizar, y que no han sido tenidas en cuenta en el proyecto, correrán a cargo del contratista y por lo tanto no se incluirán en las certificaciones. Las certificaciones parciales serán expedidas mensualmente sobre las relaciones valoradas elaboradas por la Dirección de Obra validadas por la Dirección del Contrato, para su tramitación entre el 1 y 5 de cada mes. Serán entregadas 3 copias mecanizadas y una en disquete en el programa Xxxxxxxxxx.
e) Presentarse sin excusa, debiendo estar localizable incluso fuera del horario laboral, cuando su presencia fuera requerida por la Dirección del Contrato.
f) Verificar la adecuación de las cimentaciones y estructuras proyectadas a las características geotécnicas del terreno.
g) Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
h) Elaborar el Plan de Control de Calidad de conformidad con la Dirección del Contrato.
i) Verificar la recepción en obra de los productos de construcción y la ejecución de las diferentes unidades de obra, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas y rechazando lo inadecuado según normativa vigente.
j) Interpretar y aportar los resultados del ensayo de correcto funcionamiento de la conducción de saneamiento ejecutado mediante inspección con cámara de televisión.
k) Interpretar y aportar los resultados del ensayo de correcto funcionamiento de la conducción de abastecimiento ejecutado, mediante ensayo de estanqueidad, del cual dará fe un laboratorio.
l) Interpretar y aportar los resultados del ensayo de correcto funcionamiento de la instalación de alumbrado público, en la cual se medirá como mínimo la puesta a tierra, el factor de potencia, el consumo en fases, las corrientes de fuga, las caídas de tensión y las prestaciones fotométricas (iluminación y uniformidades).
ll) Definición de soluciones en modificaciones: Elaborar, a requerimiento del Director del Contrato, y, con su conformidad, la documentación necesaria para la completa y correcta definición de las eventuales modificaciones o indefiniciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra, siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Esta documentación será elaborada con la máxima urgencia a fin de que no quede interrumpido en ningún momento el normal desarrollo de las obras.
m) Proponer las modificaciones del proyecto que se deriven tanto de unidades de obra no contempladas en el proyecto (Acta de Precios Contradictorios), como de variación en la medición de las unidades sí contempladas (Acta de aumento de medición o supresión).
n) Verificar que el proyecto posee la documentación actualizada de los servicios afectados y en caso de afección a éstos coordinar con las entidades municipales u operadores externos su modificación para poder llevar a cabo la obra proyectada.
o) En el caso de las modificaciones del proyecto, verificar que el mismo posee la documentación actualizada de los servicios afectados y en caso de afección a éstos coordinar con las entidades municipales u operadores externos su modificación para poder llevar a cabo la obra proyectada.
p) Cuidar del cumplimiento de los plazos parciales y globales marcados en proyecto para la ejecución de la obra y elaborar de conformidad con el Técnico Municipal Supervisor del presente Contrato la propuesta de ampliación de éstos, debidamente justificada y razonada.
q) Realizar un inventario fotográfico exhaustivo del antes, el durante y el después de la obra, donde queden reflejados hechos como: mediciones parciales realizadas, la ejecución de los diferentes trabajos parciales que tras la finalización de la obra quedarán ocultos, etc...
r) Xxxxx entrega al Director del Contrato de la obra en cuestión, de los diferentes croquis de obra intercambiados durante su ejecución.
s) Confección de la liquidación y planos as-built: Elaborar el documento de liquidación de la obra que defina correcta y completamente la obra realizada. El documento estará formado como mínimo por los siguientes documentos:
1. Memoria: la cual contará obligatoriamente y como mínimo con un anejo donde se incorporará la documentación original resultante del Control de Calidad y con un anejo fotográfico donde quede reflejado el antes, el durante y el final de la obra, un anejo de cálculo de estructuras para reposición, un anejo de geología-geotecnia y un anejo de topografía.
2. Planos:
2.a) Taquimétrico de planta final con la definición de todas las actuaciones realizadas de los servicios municipales modificados, indicando, planta, perfiles, y características de las conducciones y elementos, así como urbanización final de los elementos de jardinería y mobiliario urbano instalados y de servicios operadores externos creados o modificados.
2.b) De pavimentación.
2.c) De Perfiles Transversales de cada uno de los tramos intervenidos y con definición expresa de la actuación realizada.
2.d) De Secciones Transversales (firmes, elementos singulares,...).
2.e) De Estructuras, identificando su localización en planta y apuntando secciones transversales que definan dimensiones y armado.
3. Presupuesto y Mediciones.
De la anterior documentación se entregarán 5 copias; además los planos y el presupuesto con las mediciones se entregarán en soporte informático.
Los documentos de texto deberán presentarse en el siguiente formato de Tratamiento de Texto: MICROSOFT WORD.
Los Cuadros de Precios y Presupuesto, deberán presentarse en formato xx XXXXXXXXXX Versión 2010.d de la casa CYPE, o en la última versión disponible en el momento de la redacción.
Los ficheros gráficos a entregar tendrán las siguientes características:
• FORMATO: Extensión DGN (Programa Microstation, versión “V8”)
• ESCALA: 1:1
• COORDENADAS: Cartografía municipal
• UD. DE TRABAJO: Principales (m), auxiliares (cm)
• TEXTOS, COTAS: Dimensiones de acuerdo con la escala de ploteo
• NIVELES: Todos los niveles estarán debidamente especificados con su nombre, color, grosor y tipo de línea
• FUENTES: Las de Microstation por defecto
• TABLA DE COLORES: La de Microstation por defecto
• PLANOS: Cada uno en un fichero
• FOTOGRAFÍAS: Formato JPG
t) Informar a la Dirección del Contrato, una vez finalizada la obra, de cuanta información pueda aportar para diagnosticar cualquier patología denunciada por los servicios municipales que reciben la obra para su mantenimiento.
u) Xxxxxxxx informada en todo momento a la Dirección del Contrato del desarrollo de la obra. Para ello remitirá semanalmente un acta resumen del desarrollo de las obras sin perjuicio de las informaciones verbales oportunas.
w) Informar por escrito a la Dirección del Contrato cada vez que le sea solicitado, o si así lo requiere la marcha de los trabajos. Igualmente informará por escrito de todas las relaciones que mantuviera con otros Organismos, Empresas o Administraciones afectadas por la marcha de los trabajos.
x) Confeccionar un informe para la conservación en el que, de manera sucinta, se resuman las características principales de las obras, así como las incidencias y aspectos que pudieran tener trascendencia para la conservación de las mismas. Este informe se apoyará con abundante información gráfica: croquis, fotografías, etc. Deberá presentarse en el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de las obras.
y) Cuantas actividades sean precisas aún no mencionadas expresamente en el presente documento para realizar un correcto y completo seguimiento cuantitativo, cualitativo y técnico de la obra.
4. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
4.1. OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD
Las obligaciones serán las legalmente establecidas en la legislación vigente (Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales parcialmente modificada en la Ley 50/98 del 31/12/698, Reglamento de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 1627/1997 del 24 de Octubre, Ley Reguladora de la Subcontratación y Real Decreto 1109/2007 de 24 xx Xxxxxx, que desarrolla la Ley Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción.
Estas obligaciones se consideran extendidas a la obra reflejada en el proyecto de ejecución, así como a las sucesivas ampliaciones o modificaciones aprobadas durante su ejecución. En cuanto al ámbito estas obligaciones se consideran extendidas tanto a la obra como al ámbito de transición con el entorno y tanto al personal interviniente como no participante en la obra.
A continuación se enumeran las obligaciones mínimas:
a) Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y seguridad:
- Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
- Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
b) Coordinar las actividades de la obra y el ámbito de transición con el entorno para garantizar que se apliquen durante la ejecución de la obra de manera responsable y coherente los principios de acción preventiva, que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997 de 15 de Septiembre.
c) Coordinar el mantenimiento de la obra y el ámbito de transición con el entorno en perfectas condiciones de seguridad para los vehículos rodados y transeúntes tanto intervinientes como no participantes en la obra y afectados por ésta.
d) Aprobación del Plan de Seguridad y Salud.
e) Efectuar aviso a la Autoridad Laboral competente antes del comienzo de los trabajos mediante la cumplimentación del Anexo III del Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. Así mismo, deberá de justificar a la Dirección de Obra la cumplimentación del trámite mediante entrega de justificante de recepción por parte de la Autoridad Laboral competente.
f) Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
g) Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
h) Organizar la coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
i) La tramitación de todo lo referente al Libro de Incidencias, según se recoge en el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de Octubre y en la redacción dada por el Real Decreto 1109/2007 de 24 xx Xxxxxx, que desarrolla la Ley Reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción.
j) Redactar informe en respuesta a todas las reclamaciones realizadas por terceros como consecuencia de incidentes ocurridos por motivo del estado de las obras.
k) Realizar un seguimiento y control tanto técnico como económico de los accesorios necesarios para mantener la obra y el ámbito de transición con el entorno en las debidas condiciones de seguridad exigidas.
l) Adjuntar informe semanal y final en el que se incluyan todas las incidencias ocurridas durante la semana y durante todo el transcurso de la obra.
m) Realizar un seguimiento a las contratas del cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con lo establecido en la Ley de la Subcontratación.
n) Independientemente de las labores anteriores, el Coordinador de Seguridad y Salud extenderá sus funciones más allá de la obra en sí misma, encargándose de exigir al Contratista Adjudicatario de la Obra, diseñándolas si fuera preciso, las medidas a tomar en cada obra al objeto de disminuir el riesgo o la afección en su caso a los terceros (peatones, vehículos, vecinos, comerciantes, etc.) que eventualmente pudieran verse afectados por el normal desarrollo de los trabajos de construcción. En este sentido se pretende conseguir una modélica actuación en orden a prevenir, informa y controlar todos los aspectos de obra que interfieren con el entorno físico y humano de la misma.
5. DIRECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
Es preciso la contratación de una entidad acreditada por Gobierno Xxxxx en materia de suelos contaminados según Decreto 199/2006, que actúe como Dirección Técnica Medioambiental, en los trabajos de apertura del canal de Deusto y puente de acceso a la isla de Zorrotzaurre, de acuerdo a lo recogido en el documento “Investigación de la calidad del suelo y plan de excavación de los materiales existentes en el ámbito de la apertura del canal de Deusto (Bizkaia)” elaborado por DINAM ingeniería, S.L. en junio de 2012, así como en la correspondiente autorización para la ejecución de dicho plan de excavación a emitir por el órgano ambiental de la CAPV, de manera que a la finalización de dichos trabajos se pueda obtener la correspondiente Declaración de Calidad del Suelo por parte del órgano ambiental de la CAPV, de acuerdo a la Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
5.1. ÁMBITO Y ALCANCE DEL TRABAJO
Dado que el objeto del proyecto de ejecución de apertura del Canal de Deusto implica el excedente de aproximadamente un volumen de unos 360.000 m3, se contempla la gestión externa de los materiales excavados.
Será responsabilidad de dicha entidad dirigir y controlar a pie de obra en continuo que todas las labores de excavación, gestión de residuos a ejecutar por el contratista adjudicatario de la ejecución de los trabajos de apertura del canal y puente de acceso a la isla de Zorrotzaurre, se ajusten a lo establecido en el Plan de Recuperación del ámbito, así como a la legislación y buenas prácticas que sea aplicables, contemplando las directrices establecidas por el correspondiente plan de seguridad y salud.
Dicha Dirección Técnica Medioambiental, de acuerdo al plan de excavación presentado, será la encargada igualmente de aportar y operar un sistema de tratamiento para las aguas contaminadas que pudieran aflorar durante los trabajos de excavación, así como de controlar analíticamente la calidad de las aguas subterráneas, reponiendo para ello los piezómetros que pudieran no encontrarse operativos localizados en los límites del área de actuación (se prevé la instalación de 4 piezómetros), y de efectuar el muestreo de calidad remanente de los suelos, recogiendo en un informe final todos aquellos aspectos relacionados con los trabajos efectuados, de manera que dicho informe será presentado al órgano ambiental con el objeto de solicitar la declaración de calidad del suelo.
La entidad acreditada deberá controlar que todos los trabajos objeto de la contratación se realicen siguiendo las directrices marcadas en el documento “Investigación de la calidad del suelo y plan de excavación de los materiales existentes en el ámbito de la apertura del canal de Deusto (Bizkaia)” elaborado por DINAM ingeniería, S.L. en junio de 2012, así como en resoluciones de Gobierno Xxxxx enmarcadas en el expediente de declaración de calidad del suelo del ámbito de actuación y considerando la legislación vigente en materia de suelos y residuos, en particular:
• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
• Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y remediación del suelo.
• Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
• Decreto 199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de entidades de investigación y recuperación del suelo y se determina el contenido y alcance de la investigación de la calidad del suelo a realizar por dichas entidades.
• Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.
Adicionalmente, el desarrollo de los trabajos se ejecutará siguiendo los procedimientos y protocolos que el Ayuntamiento xx Xxxxxx establezca según sus propias normas de funcionamiento.
Asimismo, la entidad acreditada deberá ajustarse a las disposiciones del Plan de Seguridad y Salud a elaborar según directrices del Real Decreto 1726/1997 de 24 de octubre por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el cual será facilitado a la entidad acreditada previamente al inicio de los trabajos.
Se propondrá un procedimiento de trabajo incluyendo al menos las siguientes fases, definiéndose la intervención concreta de la entidad acreditada en materia de suelos contaminados en cada uno de ellos:
- Tramitaciones y gestiones previas al inicio de la fase de excavación
- Implantación y delimitación de obra
- Seguimiento y supervisión trabajos excavación
- Control afección al entorno
- Tratamiento aguas
- Caracterización remanente
- Informes
A la finalización de la totalidad de los trabajos la Dirección Técnica Medioambiental redactará un informe final en el que se recogerán los trabajos realizados, las campañas de muestreo realizadas, los resultados analíticos obtenidos y un análisis del impacto producido y conclusiones / recomendaciones. Dicho informe supondrá un registro documental de toda aquellas actuaciones realizadas en el ámbito del proyecto (resultados analíticos, documentación relativa a la gestión de residuos, reportaje fotográfico,etc.).
Este documento deberá ser redactado con el alcance necesario para ser entregado al Órgano Ambiental para la valoración de las actuaciones realizadas y la emisión de la Declaración de la Calidad del Suelo para las parcelas que corresponden al ámbito.
6. EJECUCIÓN DE LA OBRA
6.1. CONDICIONES ESPECIALES DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
6.1.1. ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO
La Comprobación del Replanteo se formalizará con la presencia del contratista, mediante un Acta que será firmada por el Director del Contrato y el Director de Obra.
El plazo de ejecución de las obras se inicia con la firma del Acta de Comprobación de Replanteo de la Obra.
Serán de cuenta del Contratista Adjudicatario de la Obra todos los gastos derivados de la Comprobación del Replanteo.
El Director de Obra reflejará en el Libro de Órdenes el acto de Comprobación del Replanteo, que autorizará con su firma y al que dará el "enterado" el Jefe de Obra.
La Comprobación de Replanteo deberá incluir, al menos, la comprobación en planta de los diferentes puntos que delimitan el ámbito de actuación.
El citado replanteo se relacionará a las Bases de la Red Municipal, con relación a las cuales se ha efectuado la definición altimétrica y planimétrica de la zona.
El Contratista Adjudicatario de la Obra reflejará en un plano los resultados de las acciones anteriormente descritas, que se unirá al expediente de la obra.
A partir de la Comprobación del Replanteo todos los trabajos de replanteo necesarios para la ejecución de las obras serán realizados por cuenta y riesgo del Contratista Adjudicatario de la Obra. El Director de Obra, a requerimiento del Contratista Adjudicatario de la Obra, comprobará los replanteos efectuados por éste, el cual no podrá iniciar la ejecución de ninguna obra o parte de ella sin haber obtenido la correspondiente aprobación del replanteo por parte del Director del Contrato.
La aprobación por parte del Director del Contrato de cualquier replanteo efectuado por el Contratista Adjudicatario de la Obra no supone la aceptación de posibles errores que pudiesen haberse cometido, ni disminuye la responsabilidad del Contratista Adjudicatario de la Obra en la ejecución de las obras. Los perjuicios que ocasionasen los errores de los replanteos realizados por el Contratista Adjudicatario de la Obra, deberán ser subsanados a cargo de éste, en la forma que indique el Director del Contrato.
El Contratista Adjudicatario de la Obra deberá proveer, a su xxxxx, todos los materiales, aparatos y equipos, personal técnico especializado y mano de obra auxiliar, necesarios para efectuar los replanteos. También ejecutará, a su xxxxx, los accesos, sendas, etc. necesarios para una correcta realización de estos trabajos.
El Contratista Adjudicatario de la Obra será responsable de la conservación, durante el tiempo de vigencia del Contrato, de todos los puntos topográficos materializados en el terreno y señales niveladas.
El Contratista Adjudicatario de la Obra deberá cumplir con los requisitos establecidos por los diferentes Organismos competentes, por ejemplo Capitanía, Arqueología, etc.
6.1.2. LIBRO DE ÓRDENES Y DE INCIDENCIAS
El Libro de Órdenes, debidamente diligenciado por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, se abrirá en la fecha de Comprobación de Replanteo y se cerrará en la de la Recepción Definitiva.
Durante dicho lapso de tiempo estará a disposición del Director de Obra y del Director del Contrato en la oficina de obra del Contratista Adjudicatario de la Obra que, cuando proceda, anotará en él las órdenes, instrucciones y comunicaciones que estime oportunas, cada uno en el ámbito de sus competencias, autorizándolas con sus firmas.
Efectuada la Recepción Definitiva, el Libro de Ordenes pasará a poder del Director del Contrato, si bien podrá ser consultado, en todo momento, por el Contratista Adjudicatario de la Obra.
El Contratista Adjudicatario de la Obra está obligado a proporcionar al Director de Obra y al Director del Contrato las facilidades necesarias para la recogida de los datos de toda clase que sean precisos para que éstos pueda hacer las anotaciones oportunas correctamente en el Libro de Órdenes.
El Contratista Adjudicatario de la Obra se atendrá, en el curso de la ejecución de las obras, a las órdenes e instrucciones técnicas que le sean dadas por el Director de Obra y a las indicaciones generales de actuación que le sean dadas por el Director del Contrato, las cuales se le comunicarán por escrito a través del Libro de Órdenes, debiendo, el Contratista Adjudicatario de la Obra o su Delegado, firmar el "recibí".
Cuando el Contratista Adjudicatario de la Obra estime que las prescripciones de una Orden sobrepasan las obligaciones del contrato, deberá presentar la observación escrita y justificada en un plazo de quince (15) días, transcurrido el cual no será atendible. La reclamación no suspende la ejecución de la orden de servicio.
El Contratista Adjudicatario de la Obra está obligado a aceptar las prescripciones escritas que señalen el Director del Contrato y el Director de Obra, aunque supongan modificación o anulación de órdenes precedentes, o alteración de planos previamente autorizados o de su documentación aneja.
Con relación al Libro de Incidencias éste se tendrá en lugar visible y accesible a todo aquel que se detalla en el articulado de la vigente Ley en materia de Seguridad y Salud en las Obras de construcción.
6.1.3. CONSIDERACIONES PREVIAS AL COMIENZO DE LOS TRABAJOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN
El Contratista Adjudicatario de la Obra realizará una correcta delimitación del centro de trabajo. Señalizará correctamente acorde con la normativa vigente en materia de seguridad y salud en las obras el centro de trabajo así como las zonas que xxxxxx con éstas a fin de dar a conocer la existencia de las obras en los viales, peatonales y rodados, contiguos. Se restringirá el acceso al centro de trabajo al personal autorizado a tal efecto y éste deberá de cumplir con la normativa de seguridad y salud en los centros de trabajo en las obras (EPIs, Protecciones Colectivas, etc.).
El Contratista Adjudicatario de la Obra no realizará trabajo alguno en materia de excavaciones de zanjas y/o movimientos de tierras en la zona hasta que no se replanteen, localicen y se verifique correctamente la totalidad de las instalaciones subterráneas de titularidad municipal y no municipal con la ayuda de los técnicos de cada una de las compañías afectadas (Iberdrola, Telefónica, Euskaltel, NaturGas Energía) y Servicios de mantenimiento de las instalaciones municipales (redes de saneamiento, alumbrado público y abastecimiento de agua). Esto es importante de cara a evitar contactos indirectos eléctricos que puedan poner en riesgo a los operarios en la zona, roturas de acometidas de gas, etc…Todos aquellos costes que se deriven con motivo del incumplimiento de esta cláusula, de las roturas de las instalaciones subterráneas, correrán a cargo del Contratista Adjudicatario de la Obra.
El acopio de materiales se ubicará en las zonas de acopios preestablecidas y se realizará mediante el empleo de eslingas homologadas y en correcto estado de funcionamiento y mantenimiento. Mientras se ejecute esta operación no se encontrará personal alguno en la vertical de la trayectoria de los materiales a acopiar mediante el camión grúa. Tampoco se encontrará persona alguna en el radio de acción de la maquinaria.
Con carácter previo al inicio de cualquier tipo de excavación, se deberán replantear con los técnicos de los servicios de las compañías afectadas las instalaciones afectadas, (Euskaltel, Naturgas Energía, Telefónica, Iberdrola), así como con los técnicos municipales del mantenimiento de las mismas.
Al inicio de cualquier tipo de trabajo, se efectuará la correcta delimitación del ámbito de actuación, cerramiento de obra y señalización de prohibido del acceso al centro de trabajo. Será indispensable la colocación de la señalización de cumplimiento con las medidas vigentes en materia de seguridad y salud en la obra.
La totalidad de los trabajos que se hayan de ejecutar en las inmediaciones de espacios que carezcan de protección alguna de una diferencia de altura superior a 2 m. se deberán realizar por trabajadores provistos de arneses de sujeción sujetos a una guía o cable xx xxxxx. Los trabajos que requieran la existencia de operarios en el entorno de puntos en los que exista un desnivel mayor a 2 m. los operarios irán provistos de arneses sujetos mediante cable a una guía de protección.
El acceso de la maquinaria desde las zonas balizadas de trabajo a la calzada donde exista tráfico rodado y viceversa se realizará siempre bajo la supervisión de un señalista y con estrechamiento xx xxxxxxx balizado.
7. DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO
El Consultor Adjudicatario de este contrato queda obligada a aportar, para la realización del contrato, el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos, pudiendo la Administración rechazar cualquier componente que considere inadecuado.
La Dirección e Inspección de los Trabajos del Contrato corresponderá con carácter general a la Subdirección de Proyectos y Obras Públicas y por delegación a las jefaturas de las Subáreas competentes en cada caso, dando las instrucciones necesarias para el correcto cumplimiento del contrato.
El Director de Contrato desempeñará funciones directoras e inspectoras, administrativas y económicas, estableciendo los criterios y líneas generales de la actuación del Consultor Adjudicatario, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos perseguidos.
El Director de Contrato desempeñará una función coordinadora y establecerá los criterios y líneas generales de actuación del Consultor Adjudicatario, que realizará los trabajos de desarrollo, cálculo y detalle. Por consiguiente el Director del Contrato no será responsable, ni directa, ni solidariamente de lo que con plena responsabilidad técnica y legal proyecte, calcule o dirija el Consultor Adjudicatario, que tendrá el carácter de Director de Obra, Vigilancia Ambiental y Coordinador de Seguridad y Salud, el cual deberá disponer el personal adecuado y con la titulación legal necesaria para la realización completa del trabajo objeto de este Contrato.
Las funciones de la Dirección del Contrato son las siguientes:
a) Redactar este Pliego de Condiciones Técnicas y demás condiciones establecidas en el Contrato o en otras disposiciones legales; aprobar las oportunas modificaciones y su incidencia en el presupuesto y/o plazo de realización del Proyecto Constructivo.
b) Establecer y concretar los criterios del Proyecto Constructivo y supervisar el desarrollo de los trabajos.
c) Aprobar el plan de trabajo propuesto por el Consultor Adjudicatario.
d) Facilitar al Consultor Adjudicatario credenciales ante otros organismos oficiales.
e) Facilitar al Consultor Adjudicatario, en los plazos establecidos en el Plan de trabajo, el conjunto de información que la administración pone a su disposición.
f) Preparar la recepción única y definitiva del Contrato, y preparar la liquidación del mismo.
8. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR ADJUDICATARIO
Será labor del Consultor Adjudicatario del contrato, en coordinación con la Dirección del Contrato, la obtención de los permisos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos.
En el supuesto de que por cualquier causa el Consultor Adjudicatario deba proceder obligatoriamente a la sustitución de algún interviniente en el equipo propuesto en su oferta, deberá hacerlo mediante la incorporación de otro Técnico de la misma especialidad y de igual o superior experiencia acreditada, debiendo ser esta circunstancia debidamente comunicada a la Administración, al menos con 15 días de antelación, para su aceptación, la cual en caso de perjuicio para la Administración
podrá ser causa de penalización económica. Ésta será calculada sobre un porcentaje, variable en función del alcance del perjuicio, de los honorarios correspondientes de los trabajos que estuviera desarrollando el Técnico a sustituir.
De la misma manera, durante los períodos vacacionales xx Xxxxxxx, Semana Santa y Verano, el equipo profesional del Consultor Adjudicatario no paralizará su Coordinación con el Ayuntamiento por lo que deberá tener personal suficiente en activo para el objeto del Contrato, lo cual en caso de perjuicio para la Administración podrá ser causa de penalización económica.
El Subdirector de Proyectos
y Obras Públicas